Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • Aprobada la reforma penal que endurece las penas por multirreincidencia

    Aprobada la reforma penal que endurece las penas por multirreincidencia

    La reiteración en la comisión de delitos contra el patrimonio y otras infracciones de menor gravedad ha puesto de manifiesto, en los últimos años, determinadas disfunciones en la eficacia de la respuesta penal. Diversas instancias profesionales han señalado que la multirreincidencia genera un impacto significativo en la convivencia y en la percepción de seguridad de la ciudadanía, así como dificultades operativas en los ámbitos policial y judicial.

    A esta realidad se añade la preocupación expresada por numerosos alcaldes, que constatan un incremento de conductas delictivas reiteradas que afectan de manera directa al comercio local, a la actividad económica y, especialmente, a la seguridad y tranquilidad de los vecinos. Las entidades locales, que con frecuencia son la primera administración en percibir estos efectos, han reclamado la necesidad de una respuesta más ágil y adecuada a los comportamientos multirreincidentes, así como instrumentos jurídicos que permitan reforzar la efectividad de las actuaciones policiales y judiciales.

    Para dar solución a esta situación, en 2022 se modificó el Código Penal, añadiéndose un nuevo párrafo en el apartado 2 del artículo 234, dirigido a dar respuesta penal a los hurtos leves multirreincidentes. Con la presente reforma se pretende resolver ciertos problemas interpretativos y de aplicación práctica, asegurando una regulación congruente entre la multirreincidencia de dichos delitos leves y el concepto básico de la reincidencia, para garantizar los principios de legalidad y seguridad jurídica y con pleno respeto al principio de proporcionalidad de la pena.

    Delitos leves, multirreincidencia y antecedentes

    Esta reforma tiene por objeto mejorar la regulación penal relativa a los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico previstos en el capítulo I y el capítulo VI del título XIII del libro II del Código Penal, y adecuarla a las exigencias jurisprudenciales y a la necesidad de ofrecer una respuesta equilibrada y efectiva frente a la multirreincidencia.

    Por este motivo, se introducen modificaciones en los artículos 22, 66, 80, 234, 235, 248 y 250 del Código Penal, con especial atención al tratamiento de los antecedentes y a la definición de nuevos supuestos agravados.

    Teléfonos móviles y dispositivos electrónicos

    Se prevé un supuesto agravado específico para la sustracción de teléfonos móviles. También para la de aquellos dispositivos electrónicos que, por su propia naturaleza, son susceptibles de contener información personal, datos identificativos, registros de actividad y acceso a servicios bancarios o de comunicación. En el caso de los teléfonos móviles, además de ser los objetos sustraídos con mayor frecuencia en el espacio público, su pérdida genera siempre perjuicios que exceden el valor material del dispositivo, afectando gravemente a la privacidad, a situaciones de incomunicación, a la seguridad de los datos, a la comunicación esencial y a la vida cotidiana de la víctima. Esta singularidad, así como el notable impacto social que produce, justifica un tratamiento penal específico.

    Hurtos en explotaciones agrícolas y ganaderas

    Asimismo, se modifica el tipo agravado de hurto en el ámbito de las explotaciones agrícolas y ganaderas. La reiteración de sustracciones de productos, herramientas y materiales indispensables para la actividad agraria –a menudo de escaso valor de reventa, pero de elevado coste de reposición– ha situado a estos sectores en una notable situación de vulnerabilidad. Los daños ocasionados por la sustracción de herramientas o instalaciones, así como de cultivos, generan graves perjuicios operativos en un sector esencial para el equilibrio territorial y la sostenibilidad del medio rural.

    Por este motivo, se simplifica el requisito de apreciación del tipo agravado del artículo 235.1.4.º, de manera que resulte suficiente acreditar que el valor de lo sustraído supera los 400 euros, evitando litigios sobre la gravedad del perjuicio y dotando al sistema penal de una mayor eficacia en la protección de la actividad agrícola y ganadera.

    Delito leve de estafa

    Además, se incorpora la modificación de los artículos 248 y 250 del Código Penal para actualizar la regulación del delito leve de estafa, habida cuenta de su incremento en los últimos años, especialmente en modalidades que afectan a personas mayores y otros colectivos vulnerables. Estas conductas, a menudo reiteradas y de baja cuantía individual pero con un impacto económico relevante, hacen necesario un régimen más preciso y coherente que permita ofrecer una respuesta penal efectiva a los supuestos de multirreincidencia en este ámbito.

    “Petaqueo”

    Adicionalmente, se modifica también el artículo 568 del Código Penal incorporando un segundo apartado para dar respuesta a la práctica conocida comúnmente como “petaqueo” (suministro de combustible (gasolina) o transporte a las “narcolanchas” en alta mar).

    Medidas cautelares de carácter personal

    Con la finalidad de evitar la reiteración delictiva y reforzar la protección de las víctimas desde las primeras fases del procedimiento, se modifican los artículos 13 y 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para garantizar que los juzgados puedan adoptar con mayor eficacia medidas cautelares de carácter personal, incluida la prohibición de acudir o residir en determinados lugares.

    Legitimación a entidades locales

    Finalmente, se refuerza la participación de las entidades locales en la respuesta institucional frente a los delitos de hurto mediante la introducción de un nuevo apartado 3 en el artículo 105 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que les reconoce legitimación para ejercer la acción penal en estos casos.

    Esta medida responde a la necesidad de dotar a los municipios –administraciones que padecen de manera inmediata los efectos de la multirreincidencia– de herramientas jurídicas que permitan contribuir de forma efectiva a la persecución de los delitos que afectan a la convivencia y a la seguridad vecinal.

  • Se modifica la normativa del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas

    Se modifica la normativa del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas

    Desde la aprobación del Real Decreto 144/2021, de 9 de marzo, se ha producido un conjunto de circunstancias que aconsejan la modificación del Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero, por que se crea y regula el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas al menos, en tres direcciones: de una parte, resulta esencial recuperar la configuración inicial del consejo; de otra parte, procede ampliar y actualizar la relación de competencias que debe asumir el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas, tanto para incorporar las establecidas en otras normas publicadas desde la entrada en vigor del Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero, como para acomodarse definitivamente a la nueva configuración institucional del consejo. Por último, resulta necesario realizar ajustes de carácter técnico, tales como referencias normativas a competencias y estructuras institucionales del Gobierno.

    Por lo que se refiere al primero de los aspectos, se refuerza el reconocimiento del carácter institucional del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas, incorporando expresamente el requisito de «más representativas» a las organizaciones sindicales y empresariales que participan en dicho consejo (dicha calificación había sido afectada estos años por alguna sentencia del Tribunal Constitucional).

    En segundo lugar, la presente norma renueva el elenco de competencias que debe asumir el consejo, incorporando las referencias necesarias a otras disposiciones de ámbito nacional, tales como la Ley 2/2011, de 4 de marzo, o la Ley 11/2018, de 28 de diciembre y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, así como numerosas normas europeas en la materia, que aconsejan ampliar el ámbito de actuación del consejo.

    Finalmente, la presente norma realiza necesarios ajustes de carácter técnico, tales como la adaptación de determinadas referencias normativas en el originario Real Decreto 221/2008, de 15 de febrero tras la numerosa actividad normativa posterior a su publicación.

  • La nueva Ley de Economía Social entra en vigor

    La nueva Ley de Economía Social entra en vigor

    La Ley 1/2026 convierte la economía social en un pilar estratégico del modelo económico, reforzando su papel en materias como el empleo inclusivo, la cohesión social y la sostenibilidad.

    Las cooperativas (tanto en su organización como en su fiscalidad) y las empresas de inserción se ven afectadas por esta norma, que modifica esencialmente la economía social en un sentido más amplio.

    ¿Qué busca la nueva Ley?

    La ley busca modernizar y reforzar la economía social en España, adaptándola a los cambios económicos, sociales y tecnológicos recientes.

    Pretende crear un marco jurídico más claro, actualizado y favorable para este tipo de entidades (cooperativas, empresas de inserción, etc.).

    Los objetivos de esta ley se alinean con el Plan de Acción Europeo para la Economía Social que fija como meta dar un mayor apoyo a la economía social no solo en términos de creación de puestos de trabajo, sino también buscando incrementar el impacto social que tienen estas organizaciones en toda la Unión Europea.

    Así, son objetivos de la futura norma, en primer lugar, la actualización y adecuación de la Ley 27/1999, de 16 de julio, como forma de potenciar el papel tractor que tienen las cooperativas en el sector.

    Para avanzar en esta regulación se pretende garantizar la creación y el funcionamiento de un nuevo órgano social, la Comisión de Igualdad, encargado de garantizar la conformación y ejecución de los planes de igualdad cooperativos, así como armar la arquitectura de funcionamiento interno capaz de garantizar el ejercicio de los derechos digitales y la participación telemática de las personas socias.

    En segundo lugar, la actualización y adecuación del marco regulatorio de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la adaptación de las empresas de inserción a las nuevas circunstancias económicas y sociales impulsando la consolidación y el impulso del modelo inclusivo y sostenible y  las necesidades de inserción social y laboral de las personas expuestas a factores de vulnerabilidad o exclusión social, con revisión de los perfiles de las personas que pueden ser contratadas por las empresas de inserción, contemplando nuevos factores de exclusión adaptados a la actual coyuntura económica, social y laboral, con la finalidad de afrontar de manera eficaz las brechas de desigualdad.

    También se incluye una regulación más detallada de los requisitos de las entidades promotoras de las empresas de inserción actualizándose en resumidas cuentas el marco regulatorio de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, para la adaptación de las entidades de la economía social a las nuevas circunstancias económicas y sociales.

    La nueva Ley modifica normas clave

    No es una ley aislada, sino que modifica varias normas clave del sector:

    • Ley de Cooperativas
    • Ley de Empresas de Inserción
    • Ley de Economía Social
    • Régimen fiscal de cooperativas

    Es, por tanto, una reforma estructural del ecosistema de la economía social.

    Refuerzo de cooperativas y empresas de inserción

    La ley pone especial énfasis en:

    • Cooperativas de trabajo asociado
    • Empresas de inserción laboral

    Medidas principales:

    • Mejora del estatuto de las personas socias trabajadoras
    • Más incentivos laborales y de Seguridad Social
    • Fomento de la inclusión laboral de colectivos vulnerables

    Igualdad y gobernanza

    Se introduce modificaciones importantes en igualdad, que se traducen en nuevas obligaciones para las empresas en tales materias:

    • Planes de igualdad específicos para cooperativas
    • Creación de Comisiones de Igualdad
    • Exigencia de equilibrio de género (40/60) en órganos de gobierno

    La igualdad pasa de ser un principio general a un sistema con medidas concretas y exigibles.

    Impulso a nuevos sectores y modelos

    La ley fomenta nuevas formas de economía social:

    • Vivienda cooperativa en cesión de uso
    • Comunidades energéticas
    • Economía circular y de cuidados
    • Comercio justo

    Apoyo público y financiación

    Incluye medidas para:

    • Facilitar financiación e inversión
    • Reducir trabas administrativas
    • Favorecer acceso a subvenciones y contratación pública

    ¿Cuándo entra en vigor?

    La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación, pero algunas medidas tienen plazos transitorios (ej. adaptación de empresas o web obligatoria).

  • ¿Te gustaría asistir a Advanced Factories Barcelona?

    ¿Te gustaría asistir a Advanced Factories Barcelona?

    Queda menos de un mes para la 10ª edición Advanced Factories 2026 que se celebra del 5 al 7 de mayo en Fira Barcelona – Gran Vía, una edición que ya supera cifras récord con miles de profesionales industriales registrados.

    Durante tres días más de 33.000 CEOs, COOs, CIOs, Plant Managers, Directores de unidad de negocio y Responsables de producción, entre otros, acuden a Advanced Factories a descubrir las últimas soluciones e innovaciones de la mano de los líderes y más de 680 firmas expositoras.

    Todo ello junto al Industry 4.0 Congress 2026, una masterclass de tres días para inspirarte de la mano de más de 420 expertos internacionales líderes en el sector de la talla de Javier Vila Diego de Nissan Motor Corporation, Frank Maurer de Boehringer Ingelheim, Belén Brunet de Coca-Cola Europacific Partners, Aloña Auzmendi de Gestamp, Alberto de los Ojos de Horse, Laura Barquin de Michelin, Jerome Engel de UC Berkeley, Alicia Asin de Libelium, Fermín Rodríguez de Eurofragance, Slawomir Mielnikiewicz de 3M, Rafael Morgade de Navantia, Emilio Anglés de Mars, Sergio Vega de Faccsa Prolongo, Pol Salvadó de Almirall, Emanuel Pupello de Volkswagen y, muchos más, en cinco auditorios simultáneos que compartirán sus conocimientos, experiencias industriales y casos de éxito en el mayor Congreso europeo de industria avanzada y digital.

    FEMZ cuenta con invitaciones gratuitas para Advanced Factories 2026

    Gracias al acuerdo de colaboración entre FEMZ y Advanced Factories 2026, ponemos a disposición de nuestras empresas asociadas un paquete de invitaciones para asistir de manera gratuita.

    Si estás interesado/a escribe un correo a cgonzalez@femz.es

  • Participa en la encuesta europea AI@Work sobre el uso de la Inteligencia Artificial

    Participa en la encuesta europea AI@Work sobre el uso de la Inteligencia Artificial

    CEEMET, en el marco del proyecto AI@Work coordinado por el Instituto Europeo de los Empleadores, está llevando a cabo una iniciativa dirigida a analizar el impacto y la implantación de la Inteligencia Artificial en el entorno laboral.

    Como parte de este proyecto, se ha desarrollado una encuesta elaborada por Explorare, que se complementa con diversos estudios e informes sobre casos empresariales. El objetivo es recopilar información relevante y comparable a nivel europeo sobre el uso de la Inteligencia Artificial en las empresas.

    Un requisito clave para participar en esta encuesta es que su empresa cuente con al menos un aplicación práctica de IA establecido, es decir, que el caso o los casos de uso hayan estado en funcionamiento durante al menos 12 meses y hayan superado la fase de prueba piloto.

    La fecha límite es el 30 de abril de 2026.

  • Teltronic se integra en el proyecto EURO‑3C para impulsar la soberanía digital y las comunicaciones de nueva generación en Europa

    Teltronic se integra en el proyecto EURO‑3C para impulsar la soberanía digital y las comunicaciones de nueva generación en Europa

    Teltronic se ha integrado en el consorcio EURO-3C, una de las iniciativas tecnológicas más ambiciosas impulsadas por la Unión Europea para avanzar hacia una infraestructura federada que integre capacidades Telco, Edge, Cloud e IA bajo un modelo abierto y seguro que refuerce la soberanía digital del continente.

    La compañía se suma así a un proyecto estratégico que reúne a operadores, centros de investigación y empresas tecnológicas con el objetivo de construir una arquitectura común para los servicios digitales críticos del futuro.

    El proyecto EURO‑3C -European Cloud-Cloud-Continuum- pretende desarrollar una plataforma europea de Edge Computing que conecte capacidades distribuidas de red, procesamiento y servicios avanzados. Esta infraestructura permitirá habilitar aplicaciones esenciales basadas en IA, comunicaciones seguras, automatización industrial o servicios públicos digitales de alta disponibilidad, todo ello bajo estándares comunes de interoperabilidad, seguridad y resiliencia.

    El proyecto fue presentado en el Mobile World Congress.

    EURO‑3C fue presentado oficialmente en la pasada edición del Mobile World Congress (MWC), con representación de un buen número de miembros del consorcio. “El proyecto federará los esfuerzos de un amplio número de actores europeos en torno a un objetivo común: construir un ecosistema de comunicaciones convergentes, seguro y soberano, en beneficio de los sectores industriales que desarrollan y utilizan tecnología, así como de la sociedad en su conjunto”, explicó es directora general adjunta en la Dirección General de Redes de Comunicación, Contenido y Tecnología (DG CONNECT) de la Comisión Europea, Renate Nikolay.

    “Para Teltronic, formar parte de EURO‑3C supone un impulso decisivo que reconoce nuestra experiencia en comunicaciones críticas y nos permite contribuir a definir la próxima generación de infraestructuras digitales europeas”, ha explicado la directora de Product Marketing de la compañía, Marta Fontecha, quien estuvo en el acto de presentación del proyecto.

    Con su incorporación a EURO‑3C, Teltronic reafirma su posición a la vanguardia de la innovación en comunicaciones profesionales, sumando este proyecto a otros programas estratégicos como EUCCS o Morane 2, que están redefiniendo el futuro de las telecomunicaciones en Europa en ámbitos esenciales como la seguridad pública y el transporte.

  • Reserva tu plaza para conocer La Salle Santo Ángel

    Reserva tu plaza para conocer La Salle Santo Ángel

    La colaboración entre el tejido empresarial y el sistema educativo es fundamental para garantizar el relevo generacional, la empleabilidad y la competitividad de nuestro sector.

    Por eso, tras el éxito de la primera visita celebrada el pasado mes de febrero en el IES Virgen del Pilar, ya tenemos fecha para la segunda visita dirigida a nuestras empresas asociadas, con la que continuamos avanzando en este espacio de encuentro y colaboración.

    Esta nueva jornada volverá a ofrecer una oportunidad única para generar un diálogo directo y enriquecedor entre empresas y centros educativos, favoreciendo la detección de necesidades comunes, la mejora de la adecuación entre formación y empleo, y el impulso de iniciativas conjuntas como prácticas, formación dual o proyectos colaborativos.

    17 abril 2026

    9 a 11h

    La Salle Santo Ángel

    C/ Tomás Anzano, 1

    ¿Qué se hace durante la visita?

    Durante la jornada, las empresas participantes tendrán la oportunidad de conocer de primera mano la oferta formativa del centro, sus instalaciones, los ciclos vinculados al ámbito industrial y metalúrgico, así como el talento joven que se está formando actualmente y que en un futuro próximo se incorporará al mercado laboral.

    Del mismo modo, el alumnado y el equipo docente podrán interactuar directamente con las empresas, conocer la realidad del sector, sus necesidades reales y las oportunidades profesionales que ofrece.

    Programa

    09:00 | Bienvenida

    09: 15 | Visita a los talleres del centro

    • Talleres de Automatismos.
    • Talleres de Electricidad.
    • Talleres de Soldadura y carpintería de aluminio.
    • Talleres de mecanizado manual y CNC.

    10:00 | Encuentro Alumnado- Empresas
    “Los alumnos del presente, trabajadores del futuro”

    10: 30 | Café y Networking

    ¿Qué formación imparte La Salle Santo Ángel?

    Actualmente, La Salle Santo Ángel cuenta con la siguiente oferta formativa relacionada con el sector metal:

    Grados Básicos

    • Electricidad y electrónica
    • Fabricación de elementos metálicos

    Grados Medios

    • Instalaciones eléctricas y automáticas
    • Mecanizado

    Grados Superiores

    • Automatización y robótica industrial
    • Programación de la producción en fabricación mecánica
    • Desarrollo de aplicaciones multiplataforma
  • El 8 de abril arranca la Campaña de la Renta

    El 8 de abril arranca la Campaña de la Renta

    El próximo 8 de abril de 2026 arranca oficialmente la Campaña de la Renta 2025 que  se prolongará hasta el 30 de junio.

    La campaña correspondiente al IRPF del ejercicio 2025 llega con varias novedades que conviene tener presentes, tanto para personas trabajadoras como para autónomas y contribuyentes en general. Entre los cambios más destacados figura la nueva deducción vinculada al salario mínimo interprofesional, la continuidad de determinadas deducciones energéticas, la posibilidad de pagar por Bizum y la confirmación de que las personas que hayan cobrado prestación por desempleo no estarán obligadas a declarar solo por ese motivo en esta campaña.

    Fechas clave de la Campaña de la Renta 2026

    La Agencia Tributaria mantiene el calendario habitual por fases:

    • La presentación por internet se abre el 8 de abril y estará disponible hasta el 30 de junio.
    • La confección telefónica podrá solicitarse desde el 29 de abril y prestarse desde el 6 de mayo.
    • La atención presencial en oficinas podrá solicitarse desde el 29 de mayo y se desarrollará entre el 1 y el 30 de junio.

    Principales novedades

    Nueva deducción para rentas vinculadas al SMI

    Una de las principales novedades afecta a quienes percibieron el SMI en 2025, fijado en 16.576 euros anuales. Estas personas deberán presentar la declaración si quieren recuperar posibles retenciones soportadas en exceso. Además, se introduce una nueva deducción de hasta 340 euros para rendimientos del trabajo iguales al SMI, que se reduce gradualmente para rentas de hasta 18.276 euros anuales.

    Las personas en desempleo no estarán obligadas por esta causa

    Finalmente, no se aplicará en esta campaña la obligación general de declarar por el solo hecho de haber percibido prestación o subsidio por desempleo. Sí se mantienen, no obstante, las reglas generales: estarán obligadas a declarar quienes superen 22.000 euros de rendimientos del trabajo con un pagador, o 15.876 euros con dos o más pagadores en los términos previstos; también las personas dadas de alta como autónomas y las beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, incluidas las integrantes de la unidad de convivencia.

    Novedades para determinados colectivos

    En el ámbito de actividades económicas y otros rendimientos, esta campaña incluye ajustes para los rendimientos derivados de actividades artísticas y recuerda la subida del tipo aplicable al ahorro a partir de 300.000 euros, que pasa al 30%. Además, continúa la atención sobre el régimen de módulos de autónomos en un contexto de prórroga de umbrales.

    Otras deducciones

    La campaña incorpora o mantiene distintas medidas fiscales de interés. Entre ellas, las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, con porcentajes de hasta el 20%, 40% o 60% según el tipo de actuación, así como la deducción del 15% por adquisición de vehículo eléctrico o instalación de puntos de recarga realizada dentro de los plazos habilitados. También se recogen beneficios fiscales específicos para personas afectadas por la dana y por incendios, especialmente en la Comunitat Valenciana.

    Nuevas formas de pago

    Cuando la declaración resulte a ingresar, podrá abonarse mediante domiciliación, cargo en cuenta, NRC, tarjeta o transferencias instantáneas a través de plataformas seguras, entre ellas Bizum. También se mantiene la opción de fraccionar el pago en dos plazos: un 60% al presentar la declaración y el 40% restante posteriormente, si se opta por esta modalidad.

    ¿Tienes dudas sobre tu declaración?

    AEAT cuenta con un ‘Asistente virtual de Renta’ que responde de forma personalizada a las consultas que realizan los usuarios y a las dudas más habituales de la campaña de la Renta.

    Además, si necesitas más información podrás acceder al Informador de Renta que te permitirá seleccionar entre distintas opciones hasta llegar a la respuesta que buscas, o bien al chat atendido por especialistas de la Administración Digital Integral.

  • Desayuno de trabajo: Relaciones Laborales

    Desayuno de trabajo: Relaciones Laborales

    La Comisión de Relaciones Laborales de FEMZ organiza el próximo miércoles 22 de abril un nuevo Desayuno de Trabajo en el que se abordarán diversas cuestiones de actualidad normativa y jurisprudencial en materia laboral.

    22 abril 2026

    8.30h

    FEMZ

    En un contexto marcado por cambios constantes en la normativa laboral y un entorno económico cada vez más complejo, mantenerse actualizado se ha convertido en una prioridad para las empresas.

    Contaremos con la participación de nuestro colaborador habitual Diego Pascual, de Pascual Beltrán Abogados.

    Programa

    8:30-8:40 | Recepción de asistentes

    8:40-8:45 | Presentación

    • Inmaculada Avellaneda, vocal FEMZ y Directora de Estrategia Laboral y Negociación Colectiva CEOE Aragon.
    • Eduardo Bescós, responsable RRLL y Negociación colectiva FEMZ.

    08:45-09:30 | Cuestiones de especial relevancia

    Eduardo Bescós / Inmaculada Avellaneda

    • Transparencia retributiva. Directiva UE 2023/970 de 10 de mayo.
    • Ley 9/2025 de 3 de diciembre de Movilidad Sostenible.
    • RDL 7/2026 de 20 de marzo y afectación al plan de Movilidad Sostenible.
    • Estatuto de las personas en formación práctica no laboral (Estatuto del Becario)
    • Orden PJC/297/296 de 30 de marzo (Cotización y bases 2026)

    09:30-10:00 | Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Temas que se están tratando

    Inmaculada Avellaneda, vocal FEMZ y Directora de Estrategia Laboral y Negociación Colectiva CEOE Aragon.

    • Contexto geopolítico y económico internacional
    • Seguridad Social
    • Registro horario
    • Democracia en la empresa
    • Directiva europea sobre salarios mínimos

    10:00-10:30 | Desarrollo de sentencias

    Diego Pascual, socio Pascual Beltrán Abogados.

    • Sentencias de interés en el ámbito social.

    10:30-11:00 | Clausura y networking

    Inscripción

  • ¿Cómo quedan las cotizaciones a la Seguridad Social para el ejercicio 2026?

    ¿Cómo quedan las cotizaciones a la Seguridad Social para el ejercicio 2026?

    En ausencia de Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno publicó el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre y el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero con los que se prorrogaron y actualizaron las normas de cotización para el 2026.

    El pasado 30 de marzo, se publicó la Orden que desarrolla estas cuestiones y que mantiene la estructura general del sistema de cotización, pero incorpora actualizaciones relevantes para 2026:

    • Sube el MEI al 0,90 %
    • Aumenta el tope máximo de cotización
    • Se actualizan las bases mínimas conforme al nuevo SMI
    • Continúa el despliegue de la cotización adicional de solidaridad.

    Para una mejor constatación de las modificaciones entre el 2025 y 2026, compartimos un cuadro comparativo entre la Orden PJC/178/2025 (Ejercicio 2025) y la Orden PJC/297/2026, con las principales novedades en materia de cotización a la Seguridad Social para 2026.

    Materia 2025 · Orden PJC/178/2025 2026 · Orden PJC/297/2026 Novedad
    Naturaleza de la orden
    Orden anual de cotización para 2025
    Orden anual de cotización para 2026
    No hay un cambio estructural del sistema; la orden de 2026 mantiene, en lo esencial, la regulación de 2025 y actualiza importes y referencias normativas.
    MEI
    0,80%
    0,90%
    Aumenta el coste de cotización por este concepto en 2026.
    Tope máximo de cotización
    4.909,50€/mes
    5.101,20€/mes
    Impacto directo en retribuciones altas, pluriempleo y supuestos con bases topadas.
    Bases mínimas
    Referenciadas al SMI 2025: 1.184€/mes o 39,47€/día
    Referenciadas al SMI 2026: 1.221€/mes o 40,70€/día.
    Se elevan las bases mínimas al subir el salario mínimo.
    Cotización adicional de solidaridad
    Ya aplicable sobre la parte salarial que excede de la base máxima, con estructura por tramos.
    Se mantiene y continúa su escalado legal en 2026.
    En salarios superiores a la base máxima, la carga adicional es mayor en 2026
    Tarifa de primas AT/EP
    Remisión a la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006
    Remisión a la disposición adicional sexagésima primera de la LGSS, tras el RDL 3/2026.
    Cambia la referencia legal, sin alterar por sí sola la operativa ordinaria.
    Prorrateo de pagas extras y conceptos de vencimiento superior al mensual
    Se mantiene la regla general de integrar la parte proporcional en la base mensual.
    Se mantiene la misma lógica de integración y prorrateo.
    Sin cambio sustancial; sigue siendo una regla clave para nómina y cotización.
    Vacaciones devengadas y no disfrutadas a la finalización
    Regulación continuista.
    Regulación continuista.
    Sin novedad material destacable.
    Pluriempleo y topes
    Reglas anuales de distribución y topes para 2025.
    Se mantienen las reglas con actualización de importes para 2026.
    No cambia el esquema, pero sí los importes.