Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • Jornada: “Sostenibilidad que genera valor”

    Jornada: “Sostenibilidad que genera valor”

    ¿Apostar por la sostenibilidad se traduce en crecimiento empresarial? La respuesta es clara: no hablamos de una estrategia de marketing, sino de un modelo de gestión integral capaz de impulsar la competitividad, anticipar riesgos y generar nuevas oportunidades de crecimiento.

    Cómo integrar esta visión en las empresas del sector del metal de Zaragoza es el cometido de nuestra próxima jornada: “Sostenibilidad que genera valor”, organizada junto a El Pacto Mundial de la ONU en España

    7 octubre 2026

    09:30h.

    FEMZ

    No te pierdas este desayuno empresarial, una oportunidad para conocer cómo empresas como la tuya están integrando la sostenibilidad en su estrategia.

    Inscripción

    20261007_Jornada Pacto Mundial

  • Vuelven las tertulias logísticas: “IA en logística: ¿dónde está el límite?”?

    Vuelven las tertulias logísticas: “IA en logística: ¿dónde está el límite?”?

    Automatizar tareas, anticipar incidencias, optimizar rutas, mejorar la gestión de stocks o revisar procesos es posible gracias a la Inteligencia Artificial.

    Poniendo el foco en las ventajas competitivas que derivan de su aplicación, retomamos las Tertulias Logísticas de FEMZ, un espacio informal y participativo dirigido a empresas asociadas.

    24 septiembre 2026

    De 17:30h. a 19:00h.

    Bunkerbar

    C/Jerónimo Zurita, 20.

    La pregunta ya no es qué puede hacerse con la IA, sino qué queremos conseguir.

    Para explorar hasta dónde podemos llegar contaremos con Pablo Sanagustín (Niusan), empresario, fundador y CEO de Nodriza Tech, el primer venture builder de Aragón, desde donde ha impulsado y creado más de 25 marcas y proyectos tecnológicos.

    Una tertulia para conocer posibilidades reales, compartir inquietudes y, sobre todo, empezar a pensar la IA desde las necesidades concretas de cada empresa.

    Inscripción

    20260924_Tertulia logística

  • Participa en la consulta pública sobre la incorporación de productos siderúrgicos en la Regulación de Acero de la UE

    Participa en la consulta pública sobre la incorporación de productos siderúrgicos en la Regulación de Acero de la UE

    La Comisión Europea ha abierto una consulta para evaluar la posible incorporación de nuevos productos siderúrgicos al ámbito de aplicación de la Regulación del Acero de la UE, entre ellos determinadas categorías de tubos, alambres y barras forjadas.

    Las organizaciones interesadas pueden participar directamente en la consulta pública o, si lo prefieren, trasladar sus observaciones a Confemetal hasta el 29 de septiembre con el objetivo de presentar una postura común.

    El plazo finaliza el 30 de septiembre.

  • Las empresas deberán registrar su alias comercial para poder utilizarlo como remitente en sus SMS, MMS o RCS

    Las empresas deberán registrar su alias comercial para poder utilizarlo como remitente en sus SMS, MMS o RCS

    Las empresas y organizaciones deben registrar sus alias comerciales 15 de septiembre de 2026 para evitar que los operadores de telecomunicaciones bloqueen la identificación de sus mensajes SMS, MMS y RCS a clientes. La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) recuerda a las empresas que utilicen alias (nombre comercial o marca, denominación social, o dominio de internet) como remitentes de sus mensajes SMS, MMS (mensajes multimedia) o RCS (otro tipo de mensajes, Rich Communication Services), que deberán registrarlos para poder seguir utilizando los alias en este tipo de comunicaciones.

    Registro

    El Registro de alias permitirá verificar los nombres o marcas que aparecen como remitentes en los mensajes SMS, MMS o RCS enviados a números españoles

    El objetivo es devolver la confianza a los usuarios en las comunicaciones electrónicas a través de mensajes y reforzar su protección frente al intento de fraudes de suplantación de identidad, una práctica cada vez más frecuente en la que los estafadores utilizan alias —por ejemplo, el nombre de un banco o de una empresa— para aparentar que un mensaje procede de una entidad legítima.

    Estas medidas se enmarcan en la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, que establece diversas actuaciones para combatir las estafas mediante llamadas o mensajes fraudulentos.

    ¿Cómo funciona?

    El Registro recogerá todos los identificadores alfanuméricos (letras, números y letras combinados u otros caracteres) que pueden utilizarse como remitente en mensajes enviados a números españoles. 

    Podrán inscribir alias los titulares de alias (empresas y administraciones públicas) u otras entidades o proveedores de mensajería que actúen en nombre de los titulares de alias.

    Para registrarlos, deberán acreditar que el alias tiene vinculación con su marca, nombre comercial, denominación social o dominio, u otros criterios, y que cumple las reglas técnicas y de formato establecidas en la Circular 1/2026.

    El titular de alias o el solicitante que actúe en su nombre podrán llevar a cabo las modificaciones de los datos previamente inscritos, las suspensiones, reactivaciones y cancelaciones de alias. Un alias inscrito no puede modificarse y la habilitación o inhabilitación de proveedores de origen (PRO) asociados a un alias sólo se puede llevar a cabo por parte del titular del alias, o por el propio proveedor de origen (PRO) interesado, previa autorización del titular.

    Los alias no podrán utilizarse hasta su efectiva inscripción en el Registro de alias. 

    Obligaciones para proveedores de mensajería

    Los proveedores registrados deberán bloquear los mensajes cuando:

    • Se utilicen alias no inscritos en el registro.
    • Procedan de proveedores no registrados.
    • Se envíen sin la habilitación por parte del titular del alias.
    • Correspondan a empresas extranjeras no inscritas en España, salvo cuando el usuario destinatario del mensaje esté en itinerancia.

    Los obligados son los operadores que presten servicios de comunicaciones interpersonales, los prestadores de almacenamiento y reenvío de mensajes y sus respectivos revendedores en la medida en que permitan establecer comunicaciones (llamadas y mensajes) mediante el empleo de números del Plan Nacional de Numeración Telefónica, o de la Orden ITC/308/2008, de 31 de enero, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de recursos públicos de numeración para la prestación de servicios de mensajes cortos de texto y mensajes multimedia, o alias.

    Recordamos que todo ello descansa en la prohibición genérica – y ya en vigor – de la utilización de rangos de numeración atribuidos al servicio de comunicaciones móviles para la prestación de servicios de atención al cliente y para la realización de llamadas comerciales no solicitadas. Son los números del rango 800 y 900 los que se deben emplear para ello.

    La información y tramites de inscripción se facilitan en la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC).

  • Entra en vigor el reglamento europeo sobre envases y residuos de envases

    Entra en vigor el reglamento europeo sobre envases y residuos de envases

    Desde el 12 de agosto, los Estados miembros de la Unión Europea aplican las normas del nuevo Reglamento sobre los envases y residuos de envases.

    El reglamento, en vigor desde febrero de 2025, establece un marco armonizado para los envases y los residuos de envases en el mercado interior y prevé una aplicación progresiva de sus diferentes obligaciones de carácter ambiental.

    Además, el nuevo marco pretende mejorar el funcionamiento del mercado interior, sustituyendo distintas legislaciones nacionales por normas comunes aplicables a lo largo de todo el ciclo de vida de los envases. La Comisión Europea espera aportar una mayor seguridad jurídica y eficiencia a las empresas que operan en distintos Estados miembros, así como favorecer la inversión y la innovación en soluciones de envasado circular.

    Principales novedades

    • Límites a la presencia de sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en los envases destinados a entrar en contacto con alimentos. En particular, no podrán introducirse en el mercado de la UE envases alimentarios que contengan PFAS por encima de los límites establecidos, con el objetivo de reducir la exposición de los consumidores a estas sustancias persistentes y limitar su liberación al medio ambiente.
    • La armonización a escala europea de determinadas definiciones relativas a fabricantes y productores, en particular en relación con las obligaciones derivadas de la responsabilidad ampliada del productor en materia de envases.
    • Nuevos requisitos de información e identificación de los operadores económicos, destinados, entre otras cuestiones, a facilitar la identificación y los datos de contacto de los fabricantes o importadores de los envases cuando resulte necesario.

    El Reglamento contempla asimismo la aplicación progresiva de nuevas obligaciones durante los próximos años:

    • A partir de 2028 se aplicará en toda la UE un sistema armonizado de etiquetado de los envases, dirigido a facilitar la separación de los residuos y mejorar la eficiencia de los procesos de reciclado y compostaje. En la hostelería, a partir de 2027, los bares y restaurantes deberán permitir que los clientes utilicen sus propios recipientes sin coste adicional, y en 2028 tendrán que ofrecer alternativas reutilizables.
    • A partir de 2030, otras medidas relacionadas con la reciclabilidad de todos los envases, la incorporación obligatoria de determinados porcentajes de plástico reciclado en nuevos envases de plástico, los límites al espacio vacío en los envases, determinados objetivos de reutilización y las restricciones aplicables a algunos formatos de envases de plástico de un solo uso utilizados, entre otros ámbitos, en hoteles y establecimientos de restauración. A título de ejemplo: para el año 2030 desaparecerán los sobres de salsas, azúcar o leche de un solo uso en la hostelería, así como los botes pequeños de gel y champú en los hoteles, que pasarán a ser dispensadores de mayor tamaño, y quedarán prohibidos los envases de plástico para frutas y verduras frescas de menos de 1,5 kg y los anillos de plástico para agrupar bebidas.

    La Comisión Europea señala que continuará trabajando con los Estados miembros, la industria y la sociedad civil para favorecer una aplicación eficiente y homogénea del nuevo marco regulatorio, así como para desarrollar a tiempo la normativa secundaria necesaria.

    Para facilitar la interpretación de las obligaciones, la Comisión ha publicado directrices sobre la aplicación del Reglamento y preguntas frecuentes sobre el Reglamento de envases y residuos de envases.

    Devolución de envases – SDDR

    Relacionado, pero con una base normativa diferente, cabe hacer referencia al Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR), que cambiará la manera de gestionar una parte de los envases de plástico en España.

    Su funcionamiento parte de la idea de que el comprador pagará una cantidad adicional al adquirir determinados productos y podrá recuperarla después al devolver el recipiente vacío. Se configura no como un recargo sino como una fianza asociada al envase para favorecer su tratamiento posterior.

    Esta implantación obedece al calendario previsto en la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular

    El plazo de dos años para ponerlo en marcha en España termina el 22 de noviembre de 2026.

  • Webinar: “Ayudas PAIP Línea TDI-FEDER: claves para financiar tu próxima inversión industrial”

    Webinar: “Ayudas PAIP Línea TDI-FEDER: claves para financiar tu próxima inversión industrial”

    ¿Has invertido recientemente o tienes previsto invertir en maquinaria, mejorar la eficiencia energética de tus instalaciones o avanzar en la digitalización de tus procesos productivos?

    Las ayudas PAIP – Línea TDI-FEDER constituyen una oportunidad de financiación para las empresas que estén planificando nuevos proyectos de inversión vinculados a la transformación y el desarrollo industrial en Aragón.

    En vista de darte la mejor orientación, organizamos una jornada informativa online el 17 de septiembre, a las 9:00 horas.

    17 septiembre 2026

    09:00h.

    Conocer con antelación los requisitos de este tipo de programas permite a las empresas planificar mejor sus inversiones y preparar adecuadamente la documentación necesaria.

    Por ello, durante la jornada, Álvaro Monclús, socio de SMF Monclús Abogados y especialista en fondos europeos y ayudas públicas, analizará de forma práctica los principales aspectos que las empresas deberán tener en cuenta:

    • Qué proyectos e inversiones pueden ser susceptibles de recibir financiación.
    • Qué empresas pueden acceder a estas ayudas.
    • Principales requisitos y condiciones de la convocatoria.
    • Gastos e inversiones que pueden resultar subvencionables.
    • Aspectos que deben tenerse en cuenta a la hora de planificar una inversión.
    • Claves para preparar correctamente la solicitud y la documentación asociada.

    La sesión contará además con un espacio destinado a resolver las dudas de las empresas participantes.

  • Metal Business Day: una oportunidad para conectar

    Metal Business Day: una oportunidad para conectar

    El cliente que buscamos o el partner que necesitamos pueden estar a un par de naves de distancia. O quizá en un polígono de Monzón o en otro de Zuera.

    El potencial del tejido productivo aragonés es tan amplio como desconocido para algunas de las empresas que lo integran. Por ese motivo, desde FEMZ y MetalHUB lanzamos Metal Business Day, un encuentro B2B para compañías aragonesas que rompe los esquemas tradicionales.

    21 octubre 2026

    De 10:00 h. a 14:00h.

    WTCZ

    Metal Business Day no será un encuentro B2B al uso, sino una plataforma de colaboración orientada a fomentar el crecimiento cohesionado del sector del metal en Aragón.

    El encuentro se desarrollará a través de reuniones, previamente acordadas, entre empresas que puedan generar una oportunidad de negocio. Como novedad, estos encuentros también podrán realizarse entre mandos intermedios de distintas áreas que busquen conocer las best practices de otras.

    Además, sobre la premisa de competir colaborando, también existirá la posibilidad de que dos empresas mantengan una reunión para unir sinergias y dirigirse como proveedor conjunto a una tercera.

    De forma paralela a las reuniones se desarrollarán cuatro talleres prácticos, enfocados a cuestiones troncales como el impulso de la digitalización, la aplicación de soluciones innovadoras o la disminución de costes.

    Durante las tres primeras rondas de reuniones se habilitarán dos espacios para el desarrollo simultáneo de talleres, de manera que los asistentes que no tengan una reunión programada puedan elegir entre distintas propuestas. En la cuarta y última ronda, la programación se concentrará en un único taller.

    Agenda

    09:45h. | Recepción y acreditaciones

    10:00h. | Apertura institucional

    10:15h. | Presentación de la plataforma de conexión MetalHUB

    • Presentación del directorio empresarial y sus posibilidades para los socios. 

    10:35h. | ¿Qué busca una gran empresa en sus proveedores?

    • Varias compañías tractoras expondrán sus intereses.

    10:50h. | Explicación de la dinámica

    • Reuniones, ubicación de los talleres alternativos.

    11:00h. | Tres reuniones B2B + talleres

    • Tres reuniones de quince minutos y cinco de descanso. 
    • Se habilitarán dos espacios con talleres simultáneos.

    11:55h. | Café networking

    12:25h. | Cuarta ronda B2B + taller

    • Una reunión de quince minutos y cinco de descanso.
    • Se desarrollará un único taller.

    12:45h. | ¿Qué hacen FEMZ y MetalHUB por ti?

    13:00h. | Clausura institucional

    13:10h. | Networking

    ¿A quién está dirigido?

    Al desligarse del concepto tradicional de encuentro B2B, Metal Business Day no está dirigido exclusivamente a perfiles comerciales, sino que también busca reunir a mandos intermedios de los distintos departamentos de las empresas de la industria y el comercio del metal, independientemente de su tamaño o volumen de facturación.

    El aforo es limitado y se circunscribe a los socios de FEMZ y MetalHUB.

    En vista sondear el interés, solicitamos que los socios interesados completen el siguiente formulario:

    Completa el formulario

    20260616_Sondeo interés Metal Business Day

  • Ayudas para impulsar la competitividad de autónomos y pequeñas empresas de la ciudad de Zaragoza

    Ayudas para impulsar la competitividad de autónomos y pequeñas empresas de la ciudad de Zaragoza

    El Ayuntamiento de Zaragoza convoca 400.000 euros en ayudas para impulsar la competitividad de autónomos, microempresas y pequeñas empresas de la ciudad.

    El plazo para solicitarlas finaliza el 15 de septiembre de 2026. 

    Beneficiarios

    Pueden solicitar esta ayuda los autónomos, microempresas y pequeñas empresas de hasta 20 personas trabajadoras y con una cifra de negocio inferior a 10 millones de euros al cierre del ejercicio anterior. Asimismo, deberán estar ubicadas en el término municipal de Zaragoza y, a fecha de su solicitud, tener ahí su domicilio social y fiscal.

    En el caso de los autónomos, podrán estar dados de alta en el RETA o en otra mutualidad alternativa. 

    Por otra parte, en el caso de las sociedades mercantiles los límites de plantilla y de cifra de negocio se aplican también a los socios que forman parte del accionariado. En ese sentido, cabe mencionar que si uno de los socios tiene otra empresa con un volumen relevante, deberá declararse a través de una declaración responsable, pudiendo afectar a la solicitud.

    Las empresas podrán presentar una única solicitud, que deberá encauzarse en una única línea de las dos que contempla esta ayuda. 

    Las dos líneas de ayuda

    Línea 1: mejora de la competitividad

    Dotada con 325.000 euros, comprende gastos corrientes como, por ejemplo, creación de contenido digital para redes, web o app; acciones de marketing; licencias temporales de software de gestión (solo la parte proporcional a 2026); formación en digitalización, marketing, innovación o nuevas tecnologías, impartida por organismo oficial o entidad de acreditada experiencia; y la incorporación a plataformas de digitalización.

    En cuanto a los gastos inventariables, cubre obras de ampliación, la transformación o nueva implantación del establecimiento y equipamiento especializado y equipamiento informático de uso exclusivo del establecimiento.

    Las acciones deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y solo se admiten gastos devengados en 2026.

    Línea 2: Verifactu y factura electrónica

    Esta línea está dotada con 75.000 euros y tiene el objetivo de ayudar a los negocios a adaptarse a Verifactu y a la factura electrónica.

    Consiste, por tanto, en una línea de ayudas específicas para cubrir los gastos que obliga asumir la normativa: los sistemas informáticos de facturación vinculados a la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.

    Concesión

    La subvención no cubre el gasto entero: 

    • Hasta el 80 % del proyecto presentado para autónomos sin trabajadores.
    • Hasta el 50 % del proyecto para el resto de solicitantes.

    Sobre el resultado se aplican los siguientes límites:

    Mínimo Máximo
    Línea 1
    2.000€
    20.000€
    Línea 2
    500€
    2000€

    Para llegar al mínimo de 2.000 €, una sociedad necesita un proyecto de al menos 4.000 €, y un autónomo sin trabajadores, de 2.500 €.

    Documentación, plazo y pago

    La solicitud es telemática y con modelo específico a través de la sede electrónica municipal. Hace falta certificado electrónico o Cl@ve.

    La documentación general a aportar consiste en el informe de plantilla media de los últimos 6 meses y certificado de situación censal de la AEAT actualizado. Las empresas añaden NIF, escritura de constitución, certificado de composición del órgano de gobierno y el último modelo 200 para acreditar la cifra de negocio. Los autónomos, DNI, último recibo del RETA o mutualidad y el modelo 100 (declaración de la renta de 2025). En la línea 1, además, memoria del proyecto y presupuestos o facturas proforma.

    El plazo es de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el BOPZ. Publicado el 26 de agosto de 2026, el cómputo arranca el 27 de agosto y el último día es el 15 de septiembre de 2026.

    Si hay defectos, se concede un plazo de subsanación de 10 días naturales. La resolución debe dictarse en un máximo de 3 meses desde el fin del plazo de solicitudes.

    La justificación se presenta antes del 31 de marzo de 2027, por el total del proyecto (no solo por la parte subvencionada), separando gasto corriente de inventariable. No se aceptan pagos en efectivo ni facturas de base imponible igual o inferior a 50 €. Y si un proveedor supera los 15.000 € en servicios o suministros (40.000 € en obras), hay que haber pedido tres presupuestos.

    Esta convocatoria es incompatible con estas otras del Ayuntamiento de Zaragoza de 2026:

    • Subvenciones para la creación, crecimiento y consolidación de proyectos para emprendedores.
    • Subvenciones para el apoyo al autónomo en el inicio y relevo de actividad.
    • Subvenciones para proyectos de innovación en el sector comercial, restauración y hostelería.
  • Real Decreto 643/2026: principales cambios para las empresas en materia de Seguridad Social

    Real Decreto 643/2026: principales cambios para las empresas en materia de Seguridad Social

    El Real Decreto 643/2026, de 29 de julio entró en vigor el pasado 1 de agosto de 2026, modificando el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social (Real Decreto 84/1996) y el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004).

    La norma introduce tres cambios con incidencia directa en la gestión laboral y financiera de las empresas: amplía el plazo para comunicar bajas y variaciones de datos de trabajadores, crea una nueva obligación de comunicar el código de ocupación laboral de la plantilla, y revisa las condiciones de los aplazamientos de deudas con la Seguridad Social.

    A continuación explicamos cada una de ellas al detalle:

    El Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social establece en el artículo 32 que las solicitudes de baja y de variaciones de datos de los trabajadores deberán presentarse dentro del plazo de los tres días naturales siguientes al del cese en el trabajo o a aquel en el que la variación se produzca.

    Sin embargo, los profesionales que actúan como representantes de los sujetos responsables de comunicar las bajas y variaciones de datos, han transmitido la conveniencia de ampliar dicho plazo debido a la dificultad de efectuar los trámites en el marco establecido, con las consecuencias negativas que se derivan para sus representados por el posible incumplimiento.

    Teniendo en cuenta lo expuesto, el Real Decreto 643/2026, de 29 de julio, modifica el precepto reglamentario, ampliando de tres a seis días el plazo establecido en la norma.

    El Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, dedica desde el artículo 31 hasta el 35 a la regularización de los aplazamientos en el pago de las deudas de la Seguridad Social.

    El Real Decreto 643/2026, de 29 de julio, efectúa una serie de modificaciones en dicha regulación reglamentaria, afectando a los artículos previamente señalados. Estos son los principales reajustes:

    Deudas susceptibles de aplazamiento

    Se clarifica la redacción del apartado 1 del artículo 32, relativo a las deudas con la Seguridad Social susceptibles de aplazamiento. El objetivo es eliminar cualquier duda sobre la consideración como inaplazables de todas las cuotas por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, ya sea cuando corresponde trabajadores por cuenta propia, como cuando corresponde a trabajadores por cuenta ajena o asimilados.

    Deudas aplazables respecto a la que no es necesaria la constitución de garantías

    Se actualizan las cuantías de las deudas aplazables respecto a las que no es necesaria la constitución de garantías, adaptándolas a los importes ya fijados por la Tesorería General de la Seguridad Social en 2020.

    Procedimiento de concesión de aplazamientos

    Se actualiza la regulación del interés aplicable a los aplazamientos, adaptándola a lo establecido en la vigente Ley General de la Seguridad Social.

    Sobre el importe de deuda aplazable

    Se facilita la tramitación y concesión automatizada de determinados aplazamientos, especialmente aquellos que no requieren garantías, y se concretan los órganos competentes para su gestión y resolución.

    El real decreto establece una disposición adicional de gran relevancia para todas las empresas y autónomos que cuentan con plantilla contratada. Tienes un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el código de ocupación laboral, ya sea único o principal, de todos los trabajadores por cuenta ajena dados de alta en tus códigos cuenta de cotización.

    Este dato, que debe ajustarse a la Clasificación Nacional de Ocupacionesvigente, resulta imprescindible para elaborar los informes necesarios para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades penosas, tóxicas o peligrosas.

  • Calendario del contribuyente. Septiembre 2026

    Calendario del contribuyente. Septiembre 2026

    Hasta el 14 de septiembre

    • INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario

     

    Hasta el 21 de septiembre

    • Renta y Sociedades
    • IVA
    • Impuesto sobre las Primas de Seguros
    • Impuestos Especiales de Fabricación
    • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • Impuestos Medioambientales
    • Impuesto sobre las Transacciones Financieras
    • Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras

     

    Hasta el 30 de septiembre

    • IVA
    • Impuestos Medioambientales
    • Declaraciones informativas

     

    Fuente: AEAT