Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • Las pymes no recuperan los niveles prepandemia

    Las pymes no recuperan los niveles prepandemia

    La recuperación de los niveles prepandemia no termina de llegar a las pequeñas y medianas empresas, en especial a las de menor dimensión, las microempresas, que del conjunto de las pymes son las que registran una peor evolución de sus ventas, empleo y costes en el primer trimestre de 2025. Así lo asegura el Indicador CEPYME sobre la Situación de la Pyme correspondiente al primer trimestre de este año, que elabora el servicio de Estudios de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).

    Las ventas de las pymes aumentaron un 4,9% en el primer trimestre de este año, respecto del mismo período del año anterior, según los datos ajustados por inflación, tal como refleja el Indicador CEPYME. La recuperación es desigual según el tamaño de empresa, con una mejor evolución en el caso de las empresas medianas frente a las pequeñas. El volumen de ventas creció un 4,7% interanual en el caso de las pequeñas empresas, el mejor dato desde junio de 2022, y un 5,4% en las empresas medianas, la mayor variación desde diciembre de 2022.

    Sin embargo, si se observa la tendencia de los últimos años, el Indicador refleja que las ventas de las pymes aún no han recuperado la tendencia prepandemia. Las ventas de las pequeñas empresas se sitúan un 16% por debajo de la tenden­cia resultante de proyectar su ritmo de crecimiento entre el primer trimestre de 2015 y el último de 2019. En el caso de las compañías medianas, esta brecha negativa alcanza el 7%.

    Los costes de la pyme se incrementaron un 2,8% en el primer trimestre del año, encadenando tres trimestres consecutivos de subidas y situándose un 26% por encima del nivel de 2019. El impacto de este incremento de los costes también es desigual si se observa en función del tamaño de las empresas. En el periodo que va del primer trimestre de 2019 al primer trimestre de 2025, los costes de las empresas medianas han registrado una subida acumulada del 22,5%, mientras que en las empresas pequeñas el incremento ha sido del 27%. En el caso de las microempresas, el incremento acumulado de los costes es del 26,4%

    Dentro de los costes, hay que destacar el incremento de los costes laborales, que, pese a que moderaron su ritmo de crecimiento en el período analizado, siguen incrementándose por encima del ritmo medio anual prepandemia. (0,3%). Para el conjunto de las pymes, los costes laborales aumentaron en el primer trimestre de este año un 3,2% interanual, con un crecimiento similar por tamaño de empresa: 3,2% en las empresas medianas y en las microempresas y una décima más en las empresas pequeñas.

    Sin embargo, desde el primer trimestre de 2021 hasta el primer trimestre de este año se aprecia una diferencia de casi 6 puntos entre el incremento de los costes laborales de las empresas pequeñas, incluyendo las microempresas (25,7%) y las empresas medianas (19,8%).

    Esta diferencia refleja el enorme peso que el incremento de los costes está teniendo para las empresas más pequeñas, en especial para las microempresas, que por su menor dimensión y recursos tienen menos capacidad para afrontar estos fuertes incrementos y ven mermada su capacidad para mantener la actividad.

    Desde CEPYME se advierte de la necesidad de tener en cuenta la situación de la pyme española, en especial de las más pequeñas, a la hora de tomar medidas que supongan un nuevo aumento de costes que perjudique todavía más a su competitividad y ponga en riesgo su supervivencia. En este sentido, la Confederación recuerda que la microempresa es el primer escalón para que la empresa se desarrolle y consolide sus primeros pasos y el deterioro de esta base puede condicionar la fortaleza del tejido empresarial español en el futuro y, en conjunto, los datos de crecimiento económico.

    La productividad, por debajo del nivel prepandemia

    La productividad, medida como el volumen medio de ventas por empleado, aumentó un 1,7% en el primer trimestre de 2025 en términos interanuales. Sin embargo, la productividad de las pymes sigue siendo un 2,9% inferior a la del tercer trimestre de 2022, el mejor dato de la pospandemia y un 0,6% inferior a la del periodo previo a la crisis sanitaria.

    Por tamaño de empresa, tanto las empresas medianas como las pequeñas mostraron en el primer trimestre del año un nivel de productividad media más bajo que sus respectivos máximos pospandemia, con una pérdida de 1,8% para las firmas pequeñas y del 6,9% en el caso de las medianas.

    En este sentido, CEPYME insiste en que la productividad sigue siendo uno de los principales problemas de las pequeñas y medianas empresas.

    Menor ritmo de incremento del empleo

    El empleo se incrementó en las pymes durante el trimestre considerado, un 1,9% en tasa interanual, superando los 9,2 millones de asalariados. En términos absolutos, son 170.100 empleos más que un año antes, el incremento más reducido en cuatro años.

    El crecimiento del empleo resultó más débil cuanto menor es el tamaño medio de la empresa. Así, en las microempresas el incremento del empleo fue del 0,4% interanual, en las pequeñas empresas las plantillas aumentaron un 2,4% y en las medianas un 3%.

    De total de empleos asalariados creados por el sector privado entre el primer trimestre de 2024 y el mismo periodo de 2025, un 68,3% correspondió a grandes empresas, mientras que el conjunto de las pymes aportó el 31,7% restante.

    Dentro de las pymes, el más de un millón de microempresas con asalariados solo pudo crear 11.200 empleos (2,1% del total), frente a 77.800 empleos de las empresas pequeñas (14,5% del total) y 89.000 de las compañías medianas (16,6% restante).

    Como refleja el Indicador CEPYME, desde junio de 2021, el aumento del empleo en las microempresas es más lento que en el resto de las pymes.

    Menos empresas que antes de la pandemia

    El número de pymes no creció en el primer trimestre de 2025 en relación con el mismo periodo del año anterior, rompiendo una serie de nueve incrementos interanuales consecutivos que, aunque débiles, permitían mantener una tendencia ascendente.

    Ese crecimiento nulo para el conjunto de pymes es el resultado de un incremento interanual del 2,7% en el número de empresas medianas, junto a un aumento del 2% en las firmas pequeñas y una reducción de 0,4% en el parque de microempresas, de manera que el número de microempresas ha caído un 2% en los últimos seis años (22.700 empresas menos), mientras que las empresas
    pequeñas se han incrementado un 10,4% (16.200 empresas más) y las medianas un 11,9% (2.950 empresas más).

    Estos datos reflejan que en el primer trimestre de 2025 hay 3.580 pymes menos que las que había en el primer trimestre de 2019, periodo prepandemia.

  • India: cómo entrar en el mercado de la quinta economía mundial por PIB

    India: cómo entrar en el mercado de la quinta economía mundial por PIB

    Aragón Exterior (en adelante AREX) y la Cámara de Comercio de Zaragoza ponen en marcha el Plan India, un programa dirigido a empresas que busquen familiarizarse con las oportunidades de negocio en este mercado, recibir consultoría para acometer proyectos en él y compartir experiencias con otras empresas en la misma situación.

    El Plan India integra, por un lado, sesiones de formación y networking y, por otro, proyectos individuales.

    Sesiones de formación y networking

    La Cámara de Zaragoza celebrará cuatro sesiones dirigidas a conocer en detalle los aspectos más conflictivos o desconocidos del mercado:

    Sesiones Fecha
    Transporte y logística en India
    16 de septiembre – 09.00h
    Medios de pago en India
    23 de septiembre – 09.00h
    Complejidades aduaneras en India
    30 de septiembre – 09.00h
    30 de septiembre – 09.00h
    7 de octubre – 09.00h

    En estas sesiones las empresas conocerán las principales problemáticas a las que se enfrentarán al acceder al mercado indio y como resolverlas de la mano de expertos.

    Proyectos individuales

    Aragón Exterior seleccionará a un máximo de 10 empresas para la ejecución de proyectos en el mercado indio. 

    La valoración se realizará en función del impacto que tengan dichos proyectos en la facturación y funcionamiento de la empresa.

    Entre los proyectos que se podrán financiar dentro de este programa se contempla:

    • Servicios de consultoría de desarrollo comercial.
    • Supply Chain: selección y búsqueda de proveedores estratégicos.
    • Participación en Ferias o eventos especializados.
    • Servicios jurídicos para implantaciones y colaboraciones: creación de filiales, joint ventures, redacción de contratos o auditorías.
    • Personal: selección y contratación de personal en India.
    • Asesoramiento fiscal, laboral o administrativo.
     Inteligencia de mercados: seguimiento de competidores, tendencias, compras de importadores.

    Estos servicios serán ejecutados por equipos expertos seleccionados por cada empresa bajo la coordinación y supervisión de Aragón Exterior.

    Coste

    Una empresa puede participar en el Plan India en dos modalidades:

    • Participación exclusiva en las sesiones de formación y networking, con un coste de 100 euros (más IVA) por empresa
    • Participación en las sesiones de formación y acceso a bono para la ejecución de proyectos, con un coste total de 500 euros (más IVA) por empresa.

    Aragón Exterior ofrecerá un bono de 4.500 euros a las empresas seleccionadas para formar parte del plan India que se podrán gastar en los servicios de consultoría y promoción descritos anteriormente. Aragón Exterior será el encargado de contratar los servicios solicitados a cargo de la empresa beneficiaria.

    Plazo

    Los servicios a contratar deberán iniciarse y ejecutarse antes del 31 de diciembre de 2025. Aquellos proyectos que lo requieran, podrán seguir ejecutándose en 2026, si bien la contratación íntegra del proyecto se realizaría antes del 31 de diciembre de 2025.

  • Convocadas las ayudas MOVES III para vehículos eléctricos y puntos de recarga

    Convocadas las ayudas MOVES III para vehículos eléctricos y puntos de recarga

    Publicada la convocatoria en Aragón de ayudas a la movilidad eléctrica, MOVES III para el año 2025 basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas.

    Beneficiarios

    Siempre que tengan su residencia fiscal en España y la actuación objeto de la ayuda esté ubicada en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas:

    • Personas físicas que deseen adquirir un vehículo eléctrico o instalar un punto de recarga en su hogar.
    • Empresas y autónomos que busquen incorporar vehículos eléctricos a sus flotas o instalar infraestructura de recarga en sus instalaciones.
    • Administraciones públicas que vayan a renovar flotas de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga en espacios públicos.

    Actuaciones subvencionables

    Adquisición de vehículos eléctricos

    La compra de vehículos eléctricos nuevos, como turismos, motocicletas y cuadriciclos eléctricos, está subvencionada. Se incluyen tanto vehículos eléctricos puros (BEV) como vehículos híbridos enchufables (PHEV) y vehículos de pila de combustible. No serán actuaciones subvencionables las adquisiciones de vehículos de categorías M2, M3, N2 y N3. Más información sobre la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible

    Instalación de puntos de recarga

    Las ayudas también se destinan a la instalación de puntos de recarga, tanto en viviendas particulares como en instalaciones empresariales y públicas. Más información sobre la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

    Cuantía

    Turismos Eléctricos (Categoría M1)

    Sin achatarramiento:

    • Autonomía entre 30 km y 90 km: 2.500 euros.
    • Autonomía superior a 90 km: Ayuda: 4.500 euros.

    Con achatarramiento (vehículo antiguo con más de 7 años de antigüedad):

    • Autonomía entre 30 km y 90 km: 5.000 euros.
    • Autonomía superior a 90 km: 7.000 euros.

    Furgonetas Eléctricas (Categoría N1)

    • Sin achatarramiento: 7.000 euros.
    • Con achatarramiento: 9.000 euros.

    Motocicletas Eléctricas (Categorías L3e, L4e, L5e)

    • Sin achatarramiento: 1.100 euros.
    • Con achatarramiento: 1.300 euros.

    Motocicletas Eléctricas (Categorías L3e, L4e, L5e)

    • Sin achatarramiento: 1.400 euros.
    • Con achatarramiento: 1.600 euros.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas finaliza el 31 de diciembre de 2025 y las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

    Quedan incluidas las actuaciones iniciadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de entrada en vigor de la Orden, considerándose válidas las solicitudes presentadas a partir del 1 de enero de 2025.

  • Firmado el Convenio del Comercio del Metal de Zaragoza

    Firmado el Convenio del Comercio del Metal de Zaragoza

    La Federación de Empresas del Metal de Zaragoza (FEMZ), la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Aragón (FeSMC-UGT Aragón) y la Federación de Servicios de CCOO Aragón (Servicios-CCOO Aragón) han firmado esta mañana el Convenio Colectivo del Comercio del Metal de la provincia de Zaragoza para 2025.

    Patronales y sindicatos han pactado un incremento salarial del 3% para este año, con posibilidad de una revisión adicional máxima del 1% en caso de que el IPC interanual de diciembre supere ese porcentaje. Asimismo, se ha acordado la adaptación de los CNAE del convenio a la clasificación de 2025 y la incorporación de un protocolo LGTBI en los términos ya debatidos.

    Por otro lado, se ha convenido la creación de una Comisión de Reforma del Convenio, que analizará propuestas de simplificación salarial y adaptación del sector a los nuevos retos tecnológicos; y se ha fijado fecha para la constitución de la Comisión Negociadora del convenio de 2026 en el próximo 1 de diciembre.

    Este convenio afecta a más de 18.500 personas trabajadoras de este sector en la capital aragonesa y su provincia y más de 2.000 empresas tan diversas como joyerías, tiendas de suministros industriales, venta de vehículos, de electrodomésticos, de material informático o ferreterías, entre otros.

    Les informaremos de la publicación oficial del convenio en el BOPZ, fecha a partir de la cual entrará en vigor.

  • Fersa unifica sus marcas bajo una sola visión con una nueva identidad y el lanzamiento de su sitio web

    Fersa unifica sus marcas bajo una sola visión con una nueva identidad y el lanzamiento de su sitio web

    Fersa, experto global en soluciones avanzadas de rodamientos, ha revelado su nueva identidad corporativa y lanza su primera página web corporativa. Este hito representa la culminación de un proceso estratégico de integración que unifica las marcas comerciales de Fersa bajo una visión cohesionada, reforzando su posición como líder multinacional en ingeniería, diseño y fabricación de soluciones de rodamientos de alto rendimiento.

    Esta renovación de marca es el resultado de años de crecimiento estructurado. Desde la adquisición de NKE Bearings en 2016 y PFI Bearings en 2022, seguida de la inversión en Delux Bearings en 2023, el grupo se ha consolidado como una familia global de marcas. Con esta transformación completada, la empresa ha integrado plenamente sus negocios principales bajo el nombre simplificado “Fersa”, retirando la anterior denominación “Fersa Group”.

    Esta nueva etapa también presenta una arquitectura de marca refinada. Fersa Bearings, que ahora opera simplemente como “Fersa”, continuará liderando la división de automoción industrial, ofreciendo soluciones de rodamientos para vehículos industriales pesados, comerciales e industriales ligeros. PFI Bearings, ahora renombrada como “PFI Fersa”, se centrará en soluciones de alto rendimiento para turismos y vehículos eléctricos. NKE Bearings, que pasa a llamarse “NKE Fersa”, enfoca su actividad en tecnologías de rodamientos avanzadas para los sectores eólico, ferroviario e industrial. Cada nombre de marca incluye ahora un descriptor sectorial que aclara su especialización y posicionamiento dentro del grupo Fersa.

    La transformación visual es igualmente significativa. La nueva identidad incorpora un logotipo rediseñado, una tipografía moderna y un sistema cromático distintivo que fusiona el legado de la empresa con una estética contemporánea y dinámica. El azul marino característico de Fersa, ahora denominado “Fersa Origin”, continúa simbolizando confianza y experiencia, mientras que las nuevas tonalidades aportan energía y diferenciación a cada división. Estas incluyen “Fersa Electric”, un azul vibrante que representa el espíritu innovador del grupo; “Fersa Soul”, un aguamarina brillante que distingue a la división de automoción ligera; y “Fersa Power”, un verde intenso que simboliza la fuerza y sostenibilidad en aplicaciones industriales. El sistema de diseño también recupera una versión renovada del isotipo original de Fersa: un símbolo circular inspirado en las bolas de un rodamiento, que se utiliza como motivo gráfico y no como parte del logotipo principal.

    Todo ello se articula bajo un nuevo lema de marca: “Excellence beyond bearings”. Esta frase resume la esencia de la visión de Fersa, aludiendo a su profunda experiencia técnica en soluciones de rodamientos, al tiempo que subraya su compromiso con la excelencia en todos los ámbitos del negocio: desde la investigación y desarrollo hasta la fabricación, sostenibilidad y atención al cliente.

    Para acompañar esta evolución de marca, Fersa también lanza un nuevo sitio web corporativo. Por primera vez, la empresa contará con una plataforma digital central que aglutina toda su estructura global, cartera de marcas, capacidades de innovación y ambiciones estratégicas. Diseñado para ser el eje del ecosistema digital en expansión de Fersa, el nuevo sitio web complementa a las tiendas online recientemente lanzadas tanto de Fersa como de NKE Fersa, ofreciendo una presencia online unificada y moderna que refleja la identidad integrada del grupo y su enfoque orientado al futuro.

    “Estamos entusiasmados con esta nueva etapa de Fersa. Esta integración y cambio de imagen impulsará nuestra eficiencia y mejorará nuestros servicios al alinear todas nuestras marcas bajo una visión coherente y estratégica. No se trata solo de una evolución visual, sino del reflejo de cómo hemos crecido como grupo: optimizando operaciones, profundizando sinergias y afinando nuestro enfoque hacia los sectores que servimos. Nuestra base sigue siendo la experiencia en soluciones de rodamientos, pero nuestra ambición y nuestra excelencia van mucho más allá del producto en sí”.

    El lanzamiento de la nueva identidad y presencia digital de Fersa representa un paso cuidadosamente planificado en el camino continuo de la compañía. Refleja un esfuerzo por aportar mayor claridad y cohesión a su estructura, sin perder de vista su legado. A medida que Fersa continúa creciendo y evolucionando internacionalmente, este nuevo capítulo se construye sobre sus cimientos con un renovado enfoque en la colaboración, la especialización y un propósito a largo plazo.

  • El Banco de España anuncia la licitación de dos obras en su sucursal de Zaragoza

    El Banco de España anuncia la licitación de dos obras en su sucursal de Zaragoza

    El Banco de España ha anunciado la licitación de dos actuaciones a realizar en su sucursal de Zaragoza durante el próximo semestre. Las obras, que están abiertas a la participación de empresas interesadas, incluyen la construcción de una nueva salida alternativa y la ampliación del ascensor de caja.

    Obra de la salida alternativa de evacuación

    La ejecución de la nueva salida alternativa de evacuación comprende los siguientes trabajos principales (este listado no pretende ser exhaustivo ni limitativo):

    • Demolición de forjado de terraza para realizar la conexión de planta terraza y planta garaje.
    • Levantado de carpinterías. 
    • Modificación de rejas de protección y portón de salida del garaje. 
    • Construcción de escalera de evacuación mediante estructura metálica y bloques de hormigón y fábrica.
    • Instalación de nueva carpintería de seguridad.
    • Ejecución de todas las instalaciones necesarias para realizar la correcta evacuación del personal.
    • Aplicación de pintura y nuevos acabados.

    Visita obligatoria a las instalaciones

    De conformidad con la cláusula “Visita a las instalaciones” del Pliego de Cláusulas Particulares, la visita tendrá lugar el día 10 de julio de 2025 en dos turnos, a las 10:00 y a las 12:30, en el edificio del Banco de España sito en Pl. de España, 8, Casco Antiguo, 50001 Zaragoza.

    Para participar en la misma deberán solicitarlo antes de las 14:00 horas del día 9 llamando al teléfono 976 22 49 04, extensión 3 (secretaría), de 9 a 14 horas en días laborales de lunes a viernes, o solicitarlo al correo electrónico sucursal.zaragoza@bde.es, indicando el turno en que desea realizar la visita, así como nombre, apellido y DNI de los asistentes.

    El número máximo de asistentes por licitador es de 2 personas.

    Obra de ampliación del ascensor de caja

    La ejecución de la nueva salida alternativa de evacuación comprende los siguientes trabajos principales (este listado no pretende ser exhaustivo ni limitativo):

    • Desmontaje del actual ascensor.
    • Desconexión y desplazamiento de instalaciones afectadas (iluminación, electricidad, megafonía, PCI, CCTV.
    • Demolición parcial de forjado en planta baja y entreplanta.
    • Ampliación del foso de ascensor en losa de cimentación.
    • Obra civil y refuerzo estructural en forjados.
    • Instalación provisional de medios auxiliares para uso de montacargas. 
    • Instalación del nuevo ascensor y sus instalaciones. 
    • Puesta en marcha. 
    • Aplicación de pintura y nuevos acabados.

    Visita obligatoria a las instalaciones

    De conformidad con la cláusula vigésima sexta “Visita a las instalaciones” del Pliego de Cláusulas Particulares, la fecha prevista para realizas la visita tendrá lugar el día 16 de julio de 2025, siendo el primer turno de visita a las 11:00 y el segundo a las 13:00, en la sucursal del Banco de España en Zaragoza, ubicada en Plaza de España 8.

    Para poder asistir y concertar la visita se debe solicitar antes de las 14:00 horas del día 15 de julio de 2025 en el correo electrónico sucursal.zaragoza@bde.es o llamando al teléfono: 976.224.904 de 09:00 a 14:00 en días laborables de lunes a viernes antes de la fecha indicada.

    El número máximo de asistentes por licitador es de 2 personas.

  • II Edición ‘Talleres prácticos de gestión empresarial’

    II Edición ‘Talleres prácticos de gestión empresarial’

    Gestionar asuntos que no están ligados directamente con el cuore del negocio puede suponer un quebradero de cabeza para los autónomos y pequeños empresarios.

    Conscientes de ello, lanzamos una nueva edición de los Talleres prácticos de gestión empresarial, con los que buscamos capacitar a los socios de FEMZ en temas fundamentales para la supervivencia y progreso de cualquier empresa.

    Del 23 de septiembre al 11 de noviembre. 

    Todos los martes de 16:00 h. a 19:30 h. 

    Con la colaboración de Integra Technology School 

    ¿A quién está dirigido?

    Autónomos, gerentes y mandos intermedios de pequeñas empresas.

    Objetivos

    Capacitar con conocimientos básicos en distintas áreas de gestión interna empresarial para:

    • Identificar oportunidades de negocio y planificar la estrategia de negocio.
    • Conocer las implicaciones como proveedor que puede suponer tener determinados sistemas de gestión.
    • Ejercer un liderazgo efectivo con las personas de la organización.
    • Conocer las consecuencias legales de la normativa laboral.
    • Ser capaz de tener un sistema de compras y ventas adecuado al negocio y consolidarse con una marca sólida.
    • Llevar un control presupuestario y definir estrategias financieras adecuadas.
    • Comprender los estados financieros del negocio y las repercusiones fiscales.
    • Conocer las herramientas tecnológicas que pueden facilitar la gestión del negocio.
    • Sensibilizar en una adecuada gestión del tiempo y la importancia del equilibrio entre trabajo y vida personal.

    Precio por alumno/a

    El precio es de 390 euros para asociados y de 450 euros para no asociados.

    Es parcialmente bonificable a cargo del crédito de formación (FUNDAE).

    FEMZ puede hacerse cargo de la gestión administrativa de dicha bonificación.

    Método

    Formación presencial: talleres prácticos a través de casos o situaciones reales.

    Cuando termine cada uno de los talleres se propondrá un “reto”: desarrollar una tarea práctica relacionada con su negocio y aplicar lo aprendido con la tutorización de los ponentes. 

    Para la realización y tutorización del reto se tendrá el apoyo de nuestra plataforma de formación online: Virtuox.

    Temario

    Taller 1: Introducción a la gestión empresarial

    • Fundamentos de emprendimiento.
    • Estructuras empresariales.
    • Sistemas de gestión.

    Taller 2: recursos humanos y gestión del talento

    • Liderazgo y gestión de equipos.
    • Aspectos laborales y jurídicos.

    Taller 3: compras, marketing y ventas

    • Estrategias de Marketing para pequeñas empresas.
    • Gestión de las compras para pequeñas empresas.
    • Técnicas de ventas efectivas.

    Taller 4: fiscalidad y contabilidad

    • Principios básicos de contabilidad.
    • Fiscalidad para autónomos y pequeñas empresas.

    Taller 5: gestión financiera

    • Presupuesto y control de gastos.
    • Financiación y gestión de deudas.

    Taller 6: tecnología y transformación digital

    • Herramientas tecnológicas para la gestión empresarial.
    • Estrategias de transformación digital.

    Taller 7: gestión del tiempo y autoorganización

    • Productividad y gestión del tiempo.
    • Autocuidado y bienestar.

    Taller 8: casos de éxito

    Más información:

    socios@femz.es | 670 38 39 07

    Inscripción

    II Talleres prácticos gestión empresarial

  • Aragón publica un Plan Renove de calderas centrales

    Aragón publica un Plan Renove de calderas centrales

    Aragón publica un Plan Renove de calderas centrales que aportará ayudas económicas y otros incentivos provenientes del sector privado.

    El objetivo de este convenio es sustituir las calderas centrales que utilizan combustibles distintos al gas natural por espacios con calderas de condensación que utilicen este recurso. Esta renovación supondrá una mejora de la eficiencia y de la seguridad de las instalaciones existentes mediante la reducción del precio final del producto instalado.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de las empresas instaladoras que participen en el plan de renovación mediante la correspondiente adhesión.

    ¿Qué empresas pueden adherirse?

    Podrá adherirse al Plan Renove de Calderas Centrales 2025, cualquier instalador que posea la habilitación correspondiente, cualquier empresa fabricante de calderas centrales de condensación y compañías energéticas suministradoras de combustible.

    Cada compañía energética definirá el proceso de adhesión para el Plan Renove de calderas centrales 2025.

    Los instaladores que se adhieran al Plan Renove, deberán estar habilitados por el organismo competente para ejercer la actividad de empresa instaladora en la especialidad de instalaciones térmicas en los edificios y cumplir con todos los requisitos exigidos por la correspondiente reglamentación de seguridad industrial para el ejercicio de la mencionada actividad.

    Acciones subvencionables

    Tendrán la consideración de inversiones incentivables las reformas de instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural como combustible, y ubicadas en el territorio de la Comunidad de Aragón, en las que se instalen generadores de calor que utilicen gas natural como combustible.

    Dichos generadores, en adelante calderas eficientes, deberán ser siempre de condensación, no utilizarse en procedimientos industriales y dar servicio a:

    • Comunidades de propietarios o fincas de propiedad particular de dos o más viviendas
    • Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes, con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.
    • Con carácter excepcional, podrá admitirse otro tipo de calderas, siempre y cuando no sea posible la instalación de calderas de condensación. De esta forma, tras la pertinente justificación técnica y con el acuerdo favorable de la comisión de seguimiento se considerará el incentivo aplicable.

    Además, deben cumplir las condiciones siguientes:

    • Los aparatos que se instalen deben ser nuevos, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente.
    • En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación.
    • Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados.
    • Podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas sustituciones firmadas desde la fecha de firma de este convenio hasta el 31 de diciembre de 2025.

    Con carácter general, sólo podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este plan quienes, siendo los titulares o arrendatarios del inmueble en el que esté ubicada la instalación, sean, además – y en último término – quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita.

    Descentralización

    De manera adicional se habilita una partida económica en el Plan Renove de centrales 2025 que permite la sustitución de caldera central por calderas individuales.

    La oferta se encuentra sujeta a disponibilidad de gas en la zona, para contratación de nuevos puntos de suministro en fincas plurifamiliares y con uso centralizado de energía que sustituyan el sistema centralizado de calefacción y/o ACS que utilice otro combustible distinto del gas natural por sistemas individuales que utilicen gas natural. La finca sólo precisa la construcción de la acometida para conectarla a la red de distribución de la compañía energética.

    Requisitos para la aplicación:

    • Fincas con sistemas centralizados para calefacción y/o agua caliente sanitaria que utilicen combustibles distintos del gas natural, con un mínimo de 6 viviendas.
    • Fincas situadas sobre la red de distribución actual.
    • La IRC a construir será propiedad de la compañía energética, quien la cederá a los consumidores, que abonarán el canon correspondiente.

    Para estos supuestos, la aportación de la compañía energética consiste en:

    Los clientes, a través de la empresa instaladora, recibirán una aportación de 600 € para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento existente necesario para el cambio a consumo de gas. Esta aportación será de aplicación a aquellos clientes que firmen el documento “solicitud conexión nuevo punto de suministro” antes del 31 de diciembre de 2025 y la instalación receptora a la que hace referencia el documento sea puesta efectivamente en servicio antes de sesenta días desde la construcción de la acometida.

    La empresa instaladora incluirá el importe de la aportación (600 euros) junto con el resto de conceptos en la certificación mensual que emita, una vez realizada la puesta en servicio y previa entrega de la siguiente documentación.

    La empresa instaladora deberá firmar con la compañía energética la correspondiente adhesión a la misma.

    Cuantía

    Para el caso de sustitución de calderas centrales, todas las empresas instaladoras que se adhieran al Plan Renove de Calderas Centralizadas 2025 concederán una aportación de 1€/kW por caldera central sustituida.

    Dicha aportación se materializará a través de un descuento que la empresa instaladora realizará en la factura de compra e instalación de la caldera.

    Las empresas fabricantes que se adhieran al Plan, realizarán los descuentos que cada una de ellas se haya comprometido a aplicar al adherirse al Plan, a las empresas energéticas por la compra de calderas centralizadas de potencia termina superior a 70 kw cuando se instale.

    Las empresas REDEXIS, NEDGIA e IBERPROPANO, contribuirán cada una, con el tipo de aportación por la compra de calderas centrales de potencia nominal superior a 70 kW de 200€ por vivienda en concepto de equipos y/o calderas.

    Para el caso de las descentraliazaciones, las empresas energéticas contribuirán con una aportación 600€ por vivienda para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento.

    Plazo

    El Convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2025.

  • Entra en vigor la Ley de apoyo fiscal a la empresa familiar

    Entra en vigor la Ley de apoyo fiscal a la empresa familiar

    La Ley 3/2025, de 27 de junio, es de carácter esencialmente fiscal y tiene como objetivo principal, de acuerdo con sus promotores, fortalecer el tejido productivo aragonés, dotando a cualquier negocio familiar de mayor seguridad jurídica, estabilidad y certidumbre en los procesos de transmisión empresarial en Aragón.

    En este sentido, cabe destacar que el tejido empresarial aragonés está compuesto por 28.000 empresas familiares (un 87,6% del total) que generan 165.000 puestos de trabajo.

    Como adelantábamos en una publicación anterior, la norma introduce cuatro novedades principales:

    • La posibilidad de aplicar la bonificación fiscal incluso cuando el negocio heredado se transmite posteriormente a otro heredero.
    •  La inclusión de beneficios no distribuidos como activos afectos durante un periodo de hasta 10 años, favoreciendo así la reinversión.
    • La reducción de la edad mínima del donante en transmisiones ‘inter vivos’ a 60 años y la eliminación de la obligación de cesar en sus funciones.
    • El reconocimiento expreso del pacto sucesorio como figura propia del Derecho civil aragonés, con un tratamiento fiscal claro y favorable.

    La norma publicada, modifica -y amplia en algún caso- las exenciones y bonificaciones de tipo fiscal que ya estaban en vigor en nuestra Comunidad para el caso de transmisión (inter vivos o mortis causa) de la empresa familiar, siempre condicionadas en  su aplicación con el compromiso de permanencia y mantenimiento de la estructura empresaria objeto de transmisión.

    En Aragón estaba vigente hasta el momento una alta protección fiscal de su transmisión lucrativa, mortis causa o inter vivos, al existir una reducción de la base imponible del 99 % del valor de lo adquirido. Ahora se reforma nuevamente el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, realizando una recopilación de los preceptos existentes, para facilitar su aplicación, así como una ampliación en alguno de sus beneficios fiscales, aunque la referencia sobre la que se construye el concepto de empresa familiar a estos efectos sigue siendo la normativa estatal del Impuesto sobre el Patrimonio.

    Transmisión mortis causa

    Así, en la reducción para la adquisición mortis causa de la empresa individual, destaca que la transmisión del negocio por parte de un causahabiente a otro no suponga, en determinadas condiciones, la pérdida del beneficio para el primero.

    Este favorecimiento en la obligación de mantener la actividad económica está también presente en los otros tres beneficios.

    En el beneficio por la adquisición mortis causa de participaciones en entidades es donde se concentra el mayor número de novedades:

    • Pensando en estructuras societarias de más de una entidad, se facilita la prueba de la finalidad de la tenencia de valores en otras entidades o la de la existencia de medios para su dirección y gestión.
    • El requisito de que existiera implicación gerencial en las sociedades cuyas acciones se heredan se puede cumplir en el año del fallecimiento o en el año natural anterior.
    • Se configura, más claramente, que el grupo de parentesco de hasta el cuarto grado es el que hay que tomar tanto para verificar que se da el requisito de control de la entidad como el de realización de labores directivas.
    • El valor contable de los activos financieros presentes en el momento del devengo, por un importe que no sobrepase el de los beneficios no distribuidos en ese ejercicio y en los diez años anteriores, se puede añadir al importe de los activos, de esa o distinta naturaleza, de los que se haya probado su afectación.

    Transmisión inter vivos

    Se destacan como novedades:

    • En la regulación de la transmisión lucrativa inter vivos del negocio individual se muta su naturaleza de “mejora” del beneficio estatal preexistente por la de “reducción propia” aragonesa.
    • Se facilita el cumplimiento del requisito de que lo donado esté exento en el Impuesto sobre el Patrimonio y se flexibiliza la condición de mantenimiento de lo adquirido durante 5 años.
    • En la regulación de la transmisión lucrativa inter vivos de participaciones en entidades se rebaja la edad que debe tener el donante para aplicar el beneficio (dejándola en 60 años) y se estructura sobre la idea de propiciar el cambio generacional, exigiendo la involucración del donatario en la gerencia empresarial, aunque eliminando la obligación de que el donante, normalmente creador de la empresa, cese en sus responsabilidades en la misma.

    Coordinación con la normativa foral aragonesa

    La presente Ley tiene como segundo eje sustancial, junto al de la protección de la sucesión empresarial, la adecuada consideración de alguna de nuestras más singulares instituciones civiles, pretendiendo una mejor sintonía entre la fiscalidad de aquél fenómeno y la normativa foral aragonesa con la que se puede instrumentar la transmisión de los negocios familiares, algo que habitualmente causa discordancias, en especial en la parte de aplicación de la normativa estatal que conllevaba la  inaplicación de beneficios fiscales a tales figuras forales.

    • Pactos sucesorios de presente

    Por el pacto sucesorios de presente se formaliza una ordenación mortis causa en la que la voluntad del ordenante — instituyente— queda vinculada a otra voluntad —instituido o tercero— no pudiendo revocarse dicha disposición por acto unilateral del causante. Una suerte de testamento en vida no modificable unilateralmente.

    Esta institución mortis causa, desconocida en el derecho común, desencadena como efecto propio y principal una transmisión inter vivos de difícil subsunción en la normativa tributaria básica, fundada en el derecho del Código Civil. Tan es así que la actual interpretación administrativa de la normativa estatal de este impuesto lleva a que los beneficios de la sucesión empresarial no sean aplicables a los pactos de presente, ni a los contemplados para los actos mortis causa (diseñados sobre la premisa de un fallecimiento), ni a los correspondientes a negocios inter vivos (configurados para instituciones no sucesorias).

    La presente Ley, en concordancia con la Sentencia del Tribunal Constitucional 62/2023 de 24 de mayo, confirma y asegura la aplicación de los beneficios previstos para las transmisiones inter vivos, tanto los específicos de la sucesión empresarial como el resto, a los pactos de presente.

    • La fiducia

    Mediante la fiducia una persona  – el testador normalmente – da poderes a un tercero (normalmente el cónyuge u otro heredero) para que decida el reparto de sus bienes cuando haya fallecido (en una o varias veces, inter vivos o mortis causa …) . Se considera una alternativa al reparto de una herencia sin testamento, ya que será la persona que ostente la fiducia sucesoria quién decidirá el reparto de los bienes y derechos de la herencia, así como  (entre ellos la empresa familiar). Tal institución plantea problemas de determinación del momento del devengo y obligación de pago del impuesto (el fallecimiento del causante o el momento de ejercicio de la facultad fiduciaria), que “casaban” mal con una normativa estatal que no preveía tal institución, inexistente en el Código Civil.

    En este caso, la expulsión del artículo 131-13 del texto refundido, cuyo ámbito de repercusión es más amplio que el de la fiducia, lo que persigue es que la normativa aplicable a los beneficios fiscales procedentes, y singularmente los relativos a la sucesión empresarial, sean los vigentes en el momento del devengo. Y, por tanto, en el caso de esta figura foral, en el momento de su ejecución o extinción.