Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • ¿Qué hacer y cómo documentar los daños por inundaciones?

    ¿Qué hacer y cómo documentar los daños por inundaciones?

    Las inundaciones, ya sea por lluvias intensas o desbordamiento de ríos, pueden causar daños significativos a viviendas, negocios y bienes personales. La rápida actuación ante estos eventos es esencial para minimizar las pérdidas y garantizar la correcta gestión de las reclamaciones.

    A continuación ofrecemos una guía básica de actuación frente a daños por inundación, estableciendo los pasos fundamentales que todo afectado debe seguir: desde la constatación y acreditación de los daños, hasta la comunicación con la compañía aseguradora y, en su caso, la intervención del Consorcio de Compensación de Seguros.

    1º Constancia y acreditación de los daños causados

    Como actuación inicial, válida para cualquier tipo de siniestro, el afectado debe dejar constancia de la mejor forma posible de la realidad y alcance de los daños causados.

    El método para ello iría desde una simple relación, pasando por soporte gráfico de los mismos (fotos, videos …) hasta, en casos concretos o de especial relevancia, constancia documental por acta notarial o informe pericial específico si el objeto o bienes dañados lo justificaran.

    El deber de acreditación se extenderá a la recopilación de toda la documentación acreditativa de los gastos en los que hay podido incurrir en las tareas de reparación o limitación de los daños (alquileres de máquinas, compra de material, …) de los que se deberá tener factura que precisará en lo posible que se emitió con motivo de la inundación.

    2º Comunicación a la propia compañía aseguradora

    Tras la constatación del siniestro, el afectado debe dirigirse a su compañía aseguradora (actividad, vivienda, vehículo …), incluso – por lo que luego se dirá – en los casos en los que tenga duda de que pueda ser un siniestro sin cobertura en su póliza.

    El servicio de atención de la aseguradora le indicará un número de siniestro, de obligada referencia para posteriores actuaciones con motivo del siniestro, y deberá atender la solicitud de datos e información que le vayan formulando.

    Posteriormente – y tras posible visita de sus peritos – la asegurador comunicará si la póliza suscrita cubre en su totalidad, parcialmente o no cubre los daños.

    Hay que tener en cuenta que, salvo contratación especifica, las pólizas ordinarias (de actividad, vivienda o vehículo) cubren los llamados daños “ordinarios”. Una inundación catastrófica suele exceder tal concepto, quedando fuera de la cobertura de tales pólizas.

    Es ahí – en la parte a la que no llega la póliza ordinaria – en dónde puede entrar en juego la cobertura que ofrece el Consorcio de Compensación de Seguros como luego indicamos.

    3º Realización de todo tipo de actuación tendente a disminuir en lo posible el daño causa

    A fin de no dificultar el cobro de la indemnización, es muy conveniente que el perjudicado realice en lo posible las labores que – en sus medios – tiendan a reducir o evitar los daños.

    Como hemos indicado, el deber de acreditación se extenderá a la recopilación de toda la documentación acreditativa de los gastos en los que hay podido incurrir en las tareas de  reparación o limitación de los daños (alquileres de máquinas, compra de material, …) de los que se deberá tener factura que precisará en lo posible que se emitió con motivo de la inundación.

    4º En su defecto: Consorcio de Compensación de Seguros

    En el caso de daños “extraordinarios” causados por fenómenos naturales muy destructivos, como puede ser el caso que nos ocupa (una inundación por riada), quien se hace cargo de los daños es el Consorcio de Compensación de seguros, pero siempre que por el afectado se disponga de un seguro en vigor.

    Por ello, y como hemos indicado, el perjudicado (empresa o particular) debe dirigirse, en primer lugar, a su propia compañía de seguros, que seguramente le indicará que NO le cubrirá los daños por inundación o entrada de agua “por el suelo” (por inmisión), pero puede hacer el trámite de comunicarlo al Consorcio de Compensación de seguros que sí atiende este tipo de daños.

    Las propias compañías aseguradoras suelen, tras indicar que la póliza no cubre el daño, tramitar la solicitud de su cliente ante el Consorcio.

    Si su compañía no le hace el trámite (no es lo habitual, pero debes comprobarlo), se pueden dirigir directamente al Consorcio, teniendo siempre claro que si no hay seguro no se puede ir al Consorcio.

    El trámite es sencillo y entre la documenta a aportar estará la de la póliza de seguros que se tenga (y que no cubre el daño), así como una relación de los daños y la tan citada documentación acreditativa de los daños que se haya ido recopilando.

    Con posterioridad, el perito del Consorcio realizará visita y se emitirá propuesta de indemnización, normalmente en un plazo relativamente breve. 

    FEMZ está a tu disposición

    Desde la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ) queremos transmitirte que estamos a tu disposición para cualquier consulta, problema o gestión en la que podamos ayudarte.

    Nuestro equipo está preparado para atenderte y ofrecerte apoyo en lo que necesites.

    Puedes contactar con nosotros a través del 976 768 768 o mandando un correo a socios@femz.es

  • Éxito de participación en la Feria de Negocios PROFER de Coferdroza

    Éxito de participación en la Feria de Negocios PROFER de Coferdroza

    La Feria de Zaragoza se ha convertido en el epicentro nacional de la ferretería, el bricolaje y el suministro industrial con la celebración de la Feria Presencial de Negocios PROFER, que ha tenido lugar los días 25 y 26 de septiembre.

    Esta edición, que ha contado con la participación de 250 socios y proveedores de Coferdroza, ha batido un récord de participación, “concentrando, aproximadamente, el 90% del volumen de negocio de la cooperativa”, señalan desde la organización.

    Los más de 10.000 m² expositivos del pabellón han estado ocupados por un entramado de 160 stands, que han reunido a más de 2.000 asistentes y un volumen de negocio que asciende a los 15.000.000 euros. Unas cifras que han consolidado el encuentro como “un auténtico éxito de participación y negocio”, señalan desde la organización.

    ¿Asististe a la feria? Encuéntrate en las fotos

    60 años resumidos en un vídeo

    Esta edición también ha sido especial por coincidir con la celebración del 60 aniversario de Coferdroza, que ha querido “rendir homenaje a una historia compartida de esfuerzo, compromiso y crecimiento conjunto”. 

    Valores que han marcado el carácter y la trayectoria empresarial de una cooperativa que nació como la ilusión de quienes, en 1965, se aventuraron a formar un grupo para “hacer más grande al pequeño ferretero”. 

  • José María Tejero, nuevo secretario general de CONFEMETAL

    José María Tejero, nuevo secretario general de CONFEMETAL

    La Junta Directiva de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (CONFEMETAL) ha ratificado, tras su aprobación en el Comité Ejecutivo de la organización, el nombramiento de José María Tejero González, hasta ahora responsable de Relaciones Laborales, como nuevo Secretario General.

    Sucederá a Andrés Sánchez de Apellániz, que ha ocupado este cargo desde 1994. La sala Carlos Ferrer Salat ha brindado un emotivo homenaje a Sánchez de Apellániz con motivo de su salida de Confemetal, organización a la que ha contribuido a construir e impulsar desde su entrada, en 1981.

    José María Tejero González es licenciado en Derecho y Ciencias Políticas, además de obtener un master en Derecho Comunitario. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en el ecosistema empresarial, enfocado en el ámbito formativo, laboral y jurídico.

    Inició su carrera en Fundación Confemetal como gestor de Planes de Formación. Posteriormente, como Gerente de la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo (FMFCE), entidad paritaria formada por Confemetal y los sindicatos más representativos del sector.

    Se incorporó a Confemetal en 2024, cuando fue nombrado responsable del departamento de Relaciones Laborales de Confemetal, realizando el trabajo técnico de las negociaciones del V CEM y diversos estudios anuales sobre la negociación colectiva del sector, así como diversas publicaciones de coyuntura económica y laboral.

    Previamente, ha dirigido las secretarías del Clúster Marítimo Español (CME) y de la Asociación de Fabricantes de Bienes de Descanso (ASOCAMA), ambas organizaciones integradas en Confemetal.

    Sobre CONFEMETAL

    La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal, CONFEMETAL, es la organización empresarial cúpula del Sector del Metal en España. En CONFEMETAL se agrupan 78 asociaciones que representan un número cercano a las 220.000 empresas, que emplean a más de un millón y medio de trabajadores y 320.000 autónomos, es decir, la Industria, el Comercio y los Servicios del Sector del Metal, tanto a nivel territorial, con 40 asociaciones provinciales, como a nivel sectorial, con 38 asociaciones nacionales representativas de las diversas ramas de actividad.

  • Jornada: “Riesgos relacionados con trabajos en cubiertas”

    Jornada: “Riesgos relacionados con trabajos en cubiertas”

    Según datos del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, cada 7 días un trabajador sufre un accidente grave o mortal al caerse desde el tejado o cubierta en la que estaba trabajando.

    Por ello, CEPYME Aragón, con la financiación del Gobierno de Aragón, organiza el próximo 8 de octubre la Jornada Riesgos relacionados con trabajos en cubiertas.

    8 octubre 2025

    9.30h

    CEPYME Aragón

    Plaza Roma f-1 oficinas, 2ª planta

    Esta jornada, dirigida a empresas, personas trabajadoras y profesionales del sector, abordará los principales aspectos preventivos relacionados con este tipo de tareas tratando de  concienciar sobre la importancia de crear entornos seguros de cara a la reducción y eliminación de los accidentes en cubiertas, así como las consecuencias derivadas de los mismos.

  • Calendario del contribuyente. Octubre 2025

    Calendario del contribuyente. Octubre 2025

    • 13 octubre
      • Intrastat: estadística comercio intracomunitario
    • 20 octubre
      • Aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una CA
      • IVA
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las primas de seguro
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • Renta y sociedades
    • 30 octubre
      • IVA
      • Impuestos especiales y medioambientales
    • 31 octubre
      • Cuenta corriente tributaria
      • Declaraciones informativas
      • IVA
      • Impuesto sobre determinados servicios digitales
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • Número de identificación fiscal

    Fuente: AEAT

  • Vuelve a ver el webinar sobre las ayudas PAIP-TDI Feder

    Vuelve a ver el webinar sobre las ayudas PAIP-TDI Feder

    La nueva convocatoria de ayudas PAIP – Líneas TDI-FEDER a proyectos empresariales para la transformación y desarrollo industrial en Aragón está a punto de publicarse. Por eso, desde la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza organizamos el pasado 11 de septiembre una jornada informativa online para resolver dudas sobre esta oportunidad de conseguir financiación.

  • Trabajo inicia la consulta pública sobre el nuevo decreto sobre el registro horario

    Trabajo inicia la consulta pública sobre el nuevo decreto sobre el registro horario

    El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha abierto a consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores en materia de registro de la jornada.

    El reglamento tendrá por objeto el desarrollo, entre otros, de los siguientes aspectos:

    1. Establecimiento de disposiciones que garanticen la realización personal y directa de los asientos por las personas trabajadoras, así como la identificación de las interrupciones. Ello podría determinar la posibilidad de requerir que el registro sea electrónico, con mecanismos de verificación de la identidad.
    2. La precisión de cada tipo de tiempo de trabajo registrado debiendo registrar toda la jornada, pero cabe prever que se señale si el tiempo de trabajo es efectivo o de disponibilidad, o si las horas son ordinarias o extraordinarias.
    3. El control de las modificaciones de los asientos. Esta garantía puede incluir obligaciones específicas como la de que la RLT obtenga copias del registro con una cierta periodicidad, o que deban estar presentes para modificar el registro.
    4. La obligación de acceso inmediato, así como remoto en el caso de los registros electrónicos.
    5. Las formas de mantener los registros individuales a disposición de las personas trabajadoras y, del conjunto de los registros a disposición de su representación y de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social.

    El proyecto estará abierto a contribuciones hasta el 26 de septiembre con el objetivo de recoger feedback de ciudadanos, entidades y asociaciones antes de proceder con la redacción final del decreto.

  • ARPA recibe la visita de las consejeras Pérez Forniés y Hernández

    ARPA recibe la visita de las consejeras Pérez Forniés y Hernández

    ARPA Equipos Móviles de Campaña recibió ayer la visita de la consejera de Empleo, Ciencia y Universidades, Claudia Pérez Forniés, y de la consejera de Educación, Cultura y Deporte, Tomasa Hernández, quienes conocieron de primera mano las instalaciones de esta compañía líder en el diseño y fabricación de equipamientos modulares.

    De la mano de Clara Arpa, consejera delegada de la empresa, las representantes del Gobierno de Aragón recorrieron la planta de producción para constatar los proyectos que está desarrollando la entidad, así como para explorar los convenios de colaboración en materia académica.

    Este encuentro pone de manifiesto la voluntad del sector de colaborar con la administración pública para generar sinergias que contribuyan a atraer y fidelizar el talento aragonés en el metal.

  • Confemetal presenta el libro de referencia para la negociación colectiva de la industria del metal

    Confemetal presenta el libro de referencia para la negociación colectiva de la industria del metal

    La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (Confemetal) presenta ‘La Negociación Colectiva en la Industria del Metal 2024’, el libro de referencia para los interlocutores sociales del sector. Como cada año, el Servicio de Relaciones Laborales publica este estudio comparado de los convenios colectivos provinciales de la Industria y de los Servicios del Metal.

    En 2024, el incremento medio salarial pactado en los convenios provinciales se situó en el 3,12%, resultado de la ponderación entre los convenios de nueva firma y los revisados. Esta cifra está en línea con las recomendaciones del V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). La variación salarial de la industria del metal supera ligeramente al incremento experimentado en el conjunto de los sectores económicos, que fue del 3,06%.

    Los convenios colectivos permiten adaptar la jornada laboral a las necesidades productivas y las particularidades del mercado laboral sin necesidad de una ley que lo impulse. La evolución del tiempo de trabajo demuestra que los acuerdos colectivos ajustan paulatinamente la jornada conforme la productividad lo permite.

    Así, la jornada media pactada por los convenios provinciales de la industria del metal se estableció en 2024 en 1.749,09 horas anuales, el equivalente a 38,31 horas semanales, tras una ligera reducción de 0,84 horas respecto al año previo.

    Las cláusulas de revisión o de garantía salarial permiten que las condiciones económicas pactadas para alguno o para todos los años de vigencia del convenio no sufran pérdida de poder adquisitivo, en el caso de que el Índice de Precios al Consumo (IPC) sea mayor al incremento salarial pactado.

    43 convenios provinciales incorporaron cláusulas de revisión salarial en 2024. De ellos, 30 incluyeron revisiones limitadas a un porcentaje máximo, mientras que 11 recogieron la fórmula clásica de garantía salarial, vinculada a la diferencia entre el incremento pactado y la tasa interanual del IPC.

  • Ayudas para el autoempleo y el relevo empresarial en Zaragoza

    Ayudas para el autoempleo y el relevo empresarial en Zaragoza

    El Ayuntamiento de Zaragoza convoca ayudas para subvencionar el inicio y el relevo de actividad en las iniciativas empresariales de autoempleo de la ciudad de Zaragoza potenciando la competitividad del tejido empresarial local.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias las personas que se hayan dado de alta como autónomos en el año 2025 antes de la fecha de solicitud de la subvención o vayan a ser autónomos a partir de la publicación de la convocatoria y antes del 31/10/2025.

    Los autónomos deberán disponer de domicilio social en el término municipal de Zaragoza, y tenga o vaya a disponer de, al menos, un centro de trabajo en el término municipal de Zaragoza.

    También podrán ser beneficiarios los autónomos que sucedan al titular de una actividad empresarial desarrollada en Zaragoza, siempre que suponga el mantenimiento de un establecimiento abierto al público que de otra forma hubiese cerrado.

    Requisitos inicio de actividad y relevo empresarial:

    • Alta entre el 1 de enero del 2025 y 31 de octubre del 2025 en el régimen especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores.
    • Que esté en posesión de plan de empresa de la actividad proyectada.
    • Que la actividad económica propuesta por el autónomo sea de nueva creación, no se admite modificación o ampliación de actividades ya existentes, ni la apertura de delegaciones de similar actividad de empresas existentes.
    • El inmueble donde se inicie la actividad podrá ser una oficina, bajo comercial, o taller, con entidad independiente, no podrá ser parte de un local, ni parte de una vivienda familiar, ni espacio compartido con otra actividad económica.
    • Que la actividad económica por la que se solicita subvención deberá permanecer en alta de autónomos y alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores durante al menos 2 años a contar desde la citada alta.
    • Solamente se concederá una única subvención por beneficiario.

     

    Requisitos específicos para el relevo de actividad: 

    • El objeto del plan será la planificación, adaptación y preparación del proceso de relevo de la actividad económica y/o comercial.
    • Que la transición sea motivada por la situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, por jubilación o muerte de la persona titular del negocio o por circunstancias sobrevenidas debidamente acreditadas.
    • Que el negocio objeto de transmisión tenga una antigüedad superior a 3 años a contar desde el alta en el régimen especial de trabajadores Autónomos de su nuevo titular.
    • Que el nuevo titular mantenga la misma actividad del negocio traspasado y en el mismo local durante, al menos, 2 años.
    • Que no hayan transcurrido más de 6 meses desde el cierre de la actividad económica a suceder, o que no hubiese finalizado en el momento de efectuarse el traspaso, cesión o venta del negocio.
    • Que la transmisión de la actividad empresarial se realice mediante contrato

    Cuantía

    Según el importe de la inversión y gasto inventariable indicado en el plan de empresa, la subvención será como máximo, sin perjuicio de los incrementos que posteriormente se indican y siempre de acuerdo al 80% de financiación máxima pública:

    • Inversión y gasto inventariable entre 4.000,00 y 6.000,00 euros: 3.000 euros
    • Inversión y gasto inventariable entre 6.000,01 y 10.000,00 euros: 5.000 euros
    • Inversión y gasto inventariable entre 10.000,01 y 15.000,00 euros: 8.000 euros
    • Inversión y gasto inventariable superior a 15.000,00 euros: 10.000 euros
    • Incremento de 1.000 euros si el empresario autónomo procede del alumnado de los cursos de formación para el empleo del Instituto municipal de empleo y fomento empresarial de Zaragoza, siempre y cuando el curso tenga una duración superior a l00 horas.
    • Incremento de 1.000 euros cuando se trate del traspaso o venta de un negocio o actividad y que cumplan los requisitos.

    Plazo

    El plazo máximo para solicitar la subvención, en el caso que no se agote el crédito será hasta el 31/10/2025 incluido.