Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • CONSTITUIDA LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACTIVIDAD DEL COMERCIO DEL METAL DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA

    CONSTITUIDA LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACTIVIDAD DEL COMERCIO DEL METAL DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA

    Esta mañana se ha constituido la comisión negociadora del próximo Convenio Colectivo para la actividad del Comercio del Metal de la provincia de Zaragoza. La creación de esta comisión supone el inicio formal del proceso de negociación del convenio que regula las condiciones laborales de empresas y trabajadores del sector.

    La comisión está formada por la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ), la Federación de Empresarios de Comercio y Servicios de Zaragoza y provincias (ECOS) y la Federación Consejo de Comercio de CEPYME Zaragoza (FeCom), en representación de la parte empresarial; y la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Aragón (FeSMC-UGT Aragón), la Federación de Servicios de CCOO Aragón (Servicios-CCOO Aragón) y OSTA, en representación de la parte sindical.

    Este convenio afecta a más de 16.000 trabajadores de este sector en la capital aragonesa y su provincia y más de 1.900 empresas tan diversas como joyerías, tiendas de suministros industriales, venta de vehículos, de electrodomésticos, de material informático o ferreterías, entre otros.

  • CONSULTA PÚBLICA SOBRE ORDENANZA DE ZONA DE BAJAS EMISIONES

    CONSULTA PÚBLICA SOBRE ORDENANZA DE ZONA DE BAJAS EMISIONES

    En la web municipal del Ayuntamiento de Zaragoza figura en consulta pública el proyecto de Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones (ZBE), finando el día 30 de este mes el plazo para hacer alegaciones a la misma empleando el guion de preguntas que figura en la propia página.

    Web Ayuntamiento de Zaragoza

    Con origen en la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética y el RD 1052/2022, de 27 de diciembre, se imponía – en su Disposición transitoria única – la obligación de adecuación de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) establecidas con fecha anterior a la entrada en vigor del mencionado RD, debiendo revisarse con el fin de adecuarse al mismo, en un plazo máximo de 18 meses desde dicha entrada en vigor y posteriormente, cada cuatro años, de acuerdo con lo previsto en la norma.

     

    Zona de bajas emisiones

     

    Como municipio de más de 50.000 habitantes, el período de 18 meses de adaptación obligatoria de las ZBE comenzó a contar en el Ayuntamiento de Zaragoza, desde el 29 de diciembre de 2022 (fecha de entrada en vigor del RD 1052/2022) siendo la  ZBE que aprobó nuestro Ayuntamiento el 28 de diciembre de 2022 una primera fase provisional del proceso que continúa con la Ordenanza que ahora se somete a consulta pública.

    • Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética.
    • RD 1052/2022. (Este es el que detalla las ZBE … )

    No escapa a nadie la trascendencia de la creación de la ZBE en Zaragoza, con las implicaciones que el materia de movilidad y acceso a la zona prevista (de la que adjuntamos plano) tanto a particulares como a empresas. De la aplicación de la normativa referenciada recordamos, entre otros temas, el empleo de los distintivos adhesivos calificando los vehículos en tal materia, así como el establecimiento de un régimen sancionador vinculado a tal ZBE.

  • AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE SUELO INDUSTRIAL EN ZARAGOZA

    AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE SUELO INDUSTRIAL EN ZARAGOZA

    La Diputación Provincial de Zaragoza ha convocado una línea de ayudas dotada con 300.000 euros y subvenciona la compra de suelo municipal a empresas que quieran asentarse en algún municipio de la provincia, o bien ampliar la superficie del centro empresarial o trasladar empresas existentes en el núcleo urbano al polígono o área industrial.

     

    Beneficiarios

     

    Las personas físicas o jurídicas que adquieran suelo industrial conforme el planeamiento urbanístico del municipio y lo destinen a actividad profesional o empresarial por un periodo de cinco años.

     

    Exclusiones

     

    • Alfajarín
    • Botorrita
    • El Burgo de Ebro
    • Cadrete
    • Cuarte de Huerva
    • Fuentes de Ebro
    • Jaulín
    • María de Huerva
    • Mediana de Aragón
    • Mozota
    • Nuez de Ebro
    • Osera de Ebro
    • Pastriz
    • La Puebla de Alfindén
    • San Mateo de Gállego
    • Utebo
    • Villafranca de Ebro
    • Villamayor de Gállego
    • Villanueva de Gállego
    • Zaragoza
    • Zuera

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se consideran actuaciones subvencionables las inversiones siempre que la adquisición del suelo tenga por finalidad:

    • La instalación de nuevas empresas
    • La ampliación o aumento de superficie del centro empresarial
    • El traslado de empresas existentes del núcleo urbano a polígono o área de industrial

    Se consideran gastos subvencionables, única y exclusivamente, el coste de adquisición del suelo, siendo considerado como tal el importe reflejado en la escritura de compraventa con exclusión de los intereses, impuestos indirectos y sus recargos y siempre que se haya adquirido dentro del plazo previsto.

    El plazo para la adquisición del suelo industrial se extenderá desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023.

     

    Plazo

    Los interesados tienen de plazo hasta el 5 de diciembre inclusive para presentar sus solicitudes.

     

    Pueden encontrar más información, las bases de la convocatoria y comenzar con su tramitación en el siguiente enlace.

    Sede Electrónica

    Contacten con nosotros en caso de duda:

    cmurillo@cepymearagon.es

  • APUNTA EN EL CALENDARIO LOS DÍAS INHÁBILES DE 2024 PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

    APUNTA EN EL CALENDARIO LOS DÍAS INHÁBILES DE 2024 PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

    De acuerdo con el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de  un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la  organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros, sino la validez del día indicado para el cómputo de plazos en cualquier trámite con la Administración.

    Por todo ello, la Secretaría de Estado de Función Pública, y como todos los años,  aprueba y publica el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2024, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputo de  plazos.

     

    ¿Cómo se determinan en cada ámbito territorial?

     

    • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados  como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las  Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
    • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días  determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
    • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus  correspondientes calendarios de días inhábiles.

    Los días inhábiles a que se refieren los dos primeros puntos se recogen, especificados por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo que resumimos a continuación. También estará disponible en el Punto de Acceso General Electrónico (administracion.gob.es) de la Administración General del Estado (No está actualizado todavía, como se puede comprobar)

    Punto de Acceso General Electrónico

     

    Calendario de días inhábiles en Aragón, 2024

    Enero: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Febrero: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 13: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

     

    Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
    • Día 19: Inhábil en la Región de Murcia, así como en la Comunitat Valenciana.
    • Día 28: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La  Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La  Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la  Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 29: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Abril: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra y de la Comunitat Valenciana.
    • Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Comunidad de Castilla y León.

     

    Mayo: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
    • Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
    • Día 30: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Canarias y de Castilla-La  Mancha.
    • Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

     

    Junio: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 10: Inhábil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
    • Día 17: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como en la Comunitat Valenciana.

     

    Julio: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco, así como en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Foral de Navarra.

     

    Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 5: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
    • Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 9: Inhábil en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
    • Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

     

    Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana

     

    Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

     

    Se recogen igualmente especialidades sobre la materia en la Comunidad Autónoma de Canarias (en función de cada isla del archipiélago), en la Comunidad Autónoma de Cataluña, (en relación al territorio de Arán), y en la Comunitat Valenciana (que otorga carácter retribuido y recuperable el 24 de junio, San Juan).

     

  • JORNADA SOBRE PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS

    JORNADA SOBRE PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS

    El próximo lunes 27 de noviembre a las 12.00h en las instalaciones de FEMZ habrá una sesión presencial sobre competencia.

    Aunque se hablará más en detalle sobre el sector agrícola, por ser ahí donde han comenzado las acciones legales, se trata de un tema transversal al sector.

    Cabe destacar que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga posibles prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos de reparto del mercado de la distribución de maquinaria agrícola en España, a través de la restricción de las ventas pasivas a clientes situados fuera del área especificada en los contratos de distribución.

     

     

    La jornada contará con tres apartados:

    1. A modo de introducción se darán unas nociones generales de lo que son los procedimientos en materia de competencia, ayudando a visualizar los riesgos que están teniendo día a día en sus negocios
    2. El punto neurálgico de la intervención: el procedimiento sancionador que se va a iniciar y que es un trámite administrativo de suma importancia
    3. Y, por último, asesorar en las posibles reclamaciones que por daños puedan interponerles los distintos afectados por estas prácticas

    Lunes, 27 de noviembre de 2023.

     12:00h.

     Instalaciones de FEMZ, Calle Santander, 36, 2º planta.

    Si tenéis alguna duda, no dudéis en contactar con nosotros:

     socios@femz.es

    INSCRIPCIONES

    DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

    RESPONSABLE:
    FEMZ – FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DEL METAL DE ZARAGOZA.
    NIF: V50081033
    C/Santander 36, 2ª Pl. 50010 – Zaragoza 976768768
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    En nombre FEMZ tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado e informarles sobre el mismo y realizar, en su caso, la facturación. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación de servicio o comercial, o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en FEMZ estamos tratando sus datos personales, por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.

    DERECHOS: Puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición mediante escrito en la dirección del responsable arriba referenciada, dirigida al Departamento Jurídico.

    Más información.

  • ESTAS SON LAS FIESTAS LABORALES NACIONALES, AUTONÓMICAS Y LOCALES PARA EL AÑO 2024

    ESTAS SON LAS FIESTAS LABORALES NACIONALES, AUTONÓMICAS Y LOCALES PARA EL AÑO 2024

    Como todos los años, y tras haber remitido al Ministerio de Trabajo y Economía Social las diecisiete comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla la relación de fiestas laborales para el año 2024, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, se da publicidad a las mismas:

    Se recuerda que las comunidades autónomas tienen la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la comunidad autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la fiesta de san José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio. Por otro lado, y de acuerdo con lo previsto en el  Estatuto de los Trabajadores, se faculta igualmente a comunidades autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas para añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

    La relación de fiestas, así como la indicación de su carácter de fiesta nacional, fiesta nacional no sustituida por las CCAA o fiesta autonómica,  figuran en el ANEXO de la norma publicada:

    Anexo

    Tal y como se ha publicado en el BOA, los días de fiesta local para la ciudad de Zaragoza serán el 29 de enero y el 5 de marzo.

  • YA SE PUEDEN TRAMITAR LAS SOLICITUDES DE EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO A TRAVÉS DE SERENA

    YA SE PUEDEN TRAMITAR LAS SOLICITUDES DE EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO A TRAVÉS DE SERENA

    A partir del día 7 de noviembre las comunicaciones de inicio o solicitudes de expedientes de regulación de empleo se tramitan a través de la nueva aplicación SERENA – Sistema de Expedientes de Regulación de Empleo Nacional, a la que se puede acceder en el siguiente enlace: 

    SERENA

    SERENA es una aplicación informática pensada para la gestión y tramitación de expedientes de regulación de empleo (ERTE y ERE) y del Mecanismo RED. Por el momento, sólo se utilizará para los expedientes de ámbito supra autonómico y, por tanto, competencia de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, aunque en el futuro se desarrollará una extensión del uso a las Autoridades Laborales de todas las comunidades autónomasinteresadas.

     

    ¿A qué procedimientos de Regulación de Empleo se aplica?

     

    • Procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.
    • Extinción y suspensión de relaciones de trabajo y reducción de jornada por fuerza mayor.
    • Mecanismos Red
  • ASÍ SE DISTRIBUYE GEOGRÁFICA Y DEMOGRÁFICAMENTE LA RENTA Y EL MERCADO DE TRABAJO

    ASÍ SE DISTRIBUYE GEOGRÁFICA Y DEMOGRÁFICAMENTE LA RENTA Y EL MERCADO DE TRABAJO

    La estadística Mercado de trabajo y pensiones en las fuentes tributarias es una investigación de carácter censal basada en la Relación de Perceptores de Salarios, Pensiones y Prestaciones por Desempleo que presentan las personas empleadoras mediante la Declaración Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta sobre Rendimientos del Trabajo (Modelo 190).

    La estadística ofrece datos sobre las personas asalariadas, las desempleadas y las pensionistas así como las retenciones e ingresos sobre los rendimientos del trabajo a través de tablas estadísticas en las que tanto las personas perceptoras como las percepciones satisfechas se clasifican atendiendo a diversos criterios, entre otros, geográficos, actividad y dimensión de la empresa, sexo y edad de la persona perceptora.

    En el ejercicio 2007 se incorporó la clasificación por “nacionalidad” en los colectivos de personas asalariadas y desempleadas. También se mejoró la clasificación por tipo de entidad.

    En esta estadística el salario y la pensión medias se miden como el cociente de las masas declaradas de rendimientos del trabajo divididas por el número de personas perceptoras, sin tener en cuenta el tiempo efectivo de trabajo o el número de meses en los que se ha recibido la pensión. Este hecho produce un sesgo a la baja del salario y pensión medios en comparación con otras estadísticas en las cuales el denominador es el número medio anual de personas asalariadas o de pensionistas. Por la misma razón, no se puede interpretar el número de perceptores en la cola baja de la distribución salarial (por debajo de 1 SMI) como personas que perciben un salario inferior al salario mínimo. Ese tramo recoge a las personas perceptoras que solo han trabajado una fracción del año y su masa de retribuciones incluye nada más que las retribuciones salariales por el tiempo trabajado.

    En 2019 se ha añadido un módulo salarial que estima un Salario Medio Anual correspondiente al año completo a partir del conocimiento de los días trabajados en sus distintas relaciones laborales. Esta medida del salario es comparable a las obtenidas de otras estadísticas salariales.

    Última publicación:

    Estadística de 2022

    Próxima publicación: noviembre de 2024 (Datos de 2023)

     

  • ESTOS SON LOS PRODUCTOS A LOS QUE SE LES APLICA LA BAJADA DEL IVA

    ESTOS SON LOS PRODUCTOS A LOS QUE SE LES APLICA LA BAJADA DEL IVA

    Publicado el IPC del mes de octubre (5,8%), se aclara por la AEAT su incidencia en algunos tipo de IVA y Recargo de Equivalencia que se habían vinculado a la variación de tal índice económico. En particular, se recuerdan algunos tipos condicionados a variaciones de IPC y otros supuestos:

     

    Con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023:

    • Tributarán al tipo impositivo del 5% los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias. El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,62%. 
    • No obstante, estaba previsto que el tipo impositivo aplicable sería el 10 % a partir del día 1 del mes de noviembre de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de septiembre, publicada en octubre, fuera inferior al 5,5 %. En este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones sería del 1,4 %. Habiendo sido el IPC el 5,8%, se mantiene el tipo de IVA al 5% (y recargo de equivalencia al 0,62%) hasta el 31 de diciembre.
    • Tributarán al tipo impositivo del 0% los siguientes productos que tributaban al 4%: el pan común, masa de pan común congelada, harinas panificables, leche (natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo), quesos, huevos y frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario. 
    • A los productos naturales anteriores se les aplica el tipo del 0% con independencia del destino que les dé el adquirente (alimentación humana, animal u otros fines). 
    • El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0%.
    • No obstante, al igual que lo previsto en el IVA antes expuesto, estaba previsto que el tipo impositivo aplicable sería el 4 % a partir del día 1 del mes de noviembre de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de septiembre, publicada en octubre, hubiese sido inferior al 5,5 %. En este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones sería del 0,5 %. Habiendo sido el IPC el 5,8%, se mantiene el tipo de IVA (y recargo de equivalencia) al 0% hasta el 31 de diciembre.

    El tipo a aplicar en las ventas de los anteriores productos será el indicado, independientemente de que el cliente tenga la condición de empresario/profesional o consumidor final.

     

    ¿Qué productos tributan al tipo impositivo del 10%?

     

    • Sustancias o productos que sean susceptibles de ser utilizados para la nutrición humana o animal no incluidos en los párrafos anteriores.
    • Animales, vegetales y los demás productos susceptibles de ser utilizados, directamente o mezclados, para la obtención de los productos utilizados para la nutrición humana o animal.
    • Semillas y materiales de origen animal o vegetal utilizados para la reproducción de animales o vegetales.
    • Fertilizantes, residuos orgánicos.
    • Flores, las plantas vivas de carácter ornamental, así como las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtención.

    El resto de ventas de productos tributan al 21%.

    El tipo impositivo aplicable a cada operación será el vigente en el momento de la entrega del producto o del pago anticipado en su caso, independientemente del momento en que se emita la factura.

    En “Información adicional” se indica qué se entiende por productos naturales a efectos de la aplicación del Impuesto, así como los tipos de pasta a los que se aplica el 5%. 

    Más informaciónA

     

  • ATERRIZAMOS LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL ÁMBITO INDUSTRIAL CON CAMPAG

    ATERRIZAMOS LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL ÁMBITO INDUSTRIAL CON CAMPAG

    El próximo martes 21 de noviembre a las 12:00 h., realizaremos una charla informativa en las instalaciones de FEMZ orientada a mostrar cómo la Inteligencia Artificial Generativa está impactando en diversos sectores y cómo puede ser aplicada de manera efectiva en el ámbito industrial.

    El ponente a cargo de la sesión será Gabriel García Rubio, Director de Innovación de Integra Tecnología, que nos explicará el mundo de la Inteligencia Artificial Generativa, explorando modelos destacados como ChatGPT, Copilot, y otros. Abordaremos su evolución, aplicaciones prácticas y discutiremos cómo estas innovaciones están dando forma al futuro de la tecnología aplicada.

    Después del evento, habrá un almuerzo.

     Martes, 21 de noviembre de 2023.

     12:00h.

     Instalaciones de FEMZ, Calle Santander, 36, 2º planta.

    Si tenéis alguna duda, no dudéis en contactar con nosotros:

     socios@femz.es

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    RESPONSABLE:
    FEMZ – FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DEL METAL DE ZARAGOZA.
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    En nombre FEMZ tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado e informarles sobre el mismo y realizar, en su caso, la facturación. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación de servicio o comercial, o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en FEMZ estamos tratando sus datos personales, por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.

    DERECHOS: Puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición mediante escrito en la dirección del responsable arriba referenciada, dirigida al Departamento Jurídico.

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