APUNTA EN EL CALENDARIO LOS DÍAS INHÁBILES DE 2024 PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Te contamos mes a mes los días inhábiles para la Administración tanto a nivel nacional como autonómico.

De acuerdo con el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de  un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la  organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros, sino la validez del día indicado para el cómputo de plazos en cualquier trámite con la Administración.

Por todo ello, la Secretaría de Estado de Función Pública, y como todos los años,  aprueba y publica el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2024, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputo de  plazos.

 

¿Cómo se determinan en cada ámbito territorial?

 

  • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados  como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las  Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
  • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días  determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
  • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus  correspondientes calendarios de días inhábiles.

Los días inhábiles a que se refieren los dos primeros puntos se recogen, especificados por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo que resumimos a continuación. También estará disponible en el Punto de Acceso General Electrónico (administracion.gob.es) de la Administración General del Estado (No está actualizado todavía, como se puede comprobar)

Punto de Acceso General Electrónico

 

Calendario de días inhábiles en Aragón, 2024

Enero: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

 

Febrero: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 13: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
  • Día 19: Inhábil en la Región de Murcia, así como en la Comunitat Valenciana.
  • Día 28: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La  Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La  Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la  Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 29: Inhábil en todo el territorio nacional.

 

Abril: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 1: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra y de la Comunitat Valenciana.
  • Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Comunidad de Castilla y León.

 

Mayo: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
  • Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Día 30: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Canarias y de Castilla-La  Mancha.
  • Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

 

Junio: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 10: Inhábil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • Día 17: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como en la Comunitat Valenciana.

 

Julio: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco, así como en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Foral de Navarra.

 

Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 5: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
  • Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

 

Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 9: Inhábil en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
  • Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

 

Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana

 

Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

 

Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.

  • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Ciudad de Melilla.
  • Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
  • Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

 

Se recogen igualmente especialidades sobre la materia en la Comunidad Autónoma de Canarias (en función de cada isla del archipiélago), en la Comunidad Autónoma de Cataluña, (en relación al territorio de Arán), y en la Comunitat Valenciana (que otorga carácter retribuido y recuperable el 24 de junio, San Juan).

 

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