Autor: FEMZ

  • ESTAS SON LAS MEDIDAS ENERGÉTICAS APROBADAS POR EL GOBIERNO PARA 2024

    ESTAS SON LAS MEDIDAS ENERGÉTICAS APROBADAS POR EL GOBIERNO PARA 2024

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

    Entre ellas, destacan las centradas en materia energética. En ese sentido, se han tomado medidas para la incorporación ordenada de las instalaciones de producción de origen renovable en el sistema eléctrico y se regula el acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica para la promoción del autoconsumo, la electrificación de la demanda y la descarbonización de industria: liberación de capacidad para autoconsumo en los nudos reservados para concurso y se regulan los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica para el impulso ordenado de la demanda de electricidad.

     

    Extensión de medidas para contrarrestar las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania

     

    • Prórroga del mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva.

     

    • Prórroga de la flexibilización temporal de los contratos de suministro de energía eléctrica.

     

    • Prórroga de la flexibilización temporal de los contratos de suministro de gas natural.

     

    • Extensión temporal de los descuentos del bono social de electricidad, de garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables y de la aplicación temporal del bono social de electricidad a los hogares trabajadores con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética.

     

    • Ampliación del alcance temporal de la limitación del precio máximo de venta de los gases licuados del petróleo envasados.

     

    • Prórroga de la limitación de la variación del valor del coste de la materia prima en la tarifa de último recurso de gas natural.

     

    • Prórroga de la tarifa último recurso de gas natural aplicable temporalmente a las comunidades de propietarios de hogares.

     

    Otras medidas energéticas

     

    • Aportación extraordinaria al sector eléctrico para financiar los costes asociados a los cargos del sistema eléctrico.

     

    • Prórroga de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad.

     

    • Previsiones relativas a la actualización de la retribución a la operación para las instalaciones tipo cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible a partir del 1 de enero de 2024.

     

    • Valores unitarios de aplicación para la financiación del bono social y coste de suministro de los consumidores a que hace referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, correspondientes al año 2024

     

    Real Decreto

  • NUEVAS MEDIDAS EN MATERIA FISCAL

    NUEVAS MEDIDAS EN MATERIA FISCAL

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

    Entre las aprobadas, destacan las medidas adoptadas en los ámbitos económico y fiscal.

     

    Medidas en materia económica

     

    Se han adoptado medidas de carácter urgente relativas al régimen de compensaciones y comisiones de reembolso anticipado de operaciones hipotecarias a tipo de interés variable y de conversión a tipo de interés fijo.

     

    Medidas en materia de servicios y sistemas de pago

     

    Se ha modificado del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera; se ha creado el Fondo de Coinversión, F.C.P.J., y se han realizado aportaciones al Fondo de Resiliencia Autonómica y al instrumento financiero InvestEU.

     

    Medidas fiscales

     

    Se han adoptado medidas en materia fiscal que afectarán a las siguientes cuestiones: 

    • La prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

     

    • La deducción en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.

     

    • La base liquidable del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

     

    • La libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

     

    • El tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable temporalmente a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de alimentos.

     

    • El tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable temporalmente a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de productos energéticos.

     

    • El tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad.

     

    • La determinación de la base imponible y del importe de los pagos fraccionados del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica durante el ejercicio 2024.

     

    • El impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

     

    Real Decreto

  • REPASAMOS LOS CAMBIOS LABORALES QUE TENDRÁN LUGAR EN 2024

    REPASAMOS LOS CAMBIOS LABORALES QUE TENDRÁN LUGAR EN 2024

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

     

    Prórroga de jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera

     

    Se incorpora a este real decreto-ley la prórroga de jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera.

    Así, se seguirá aplicando esta regulación para trabajadores con alto esfuerzo físico con al menos seis años de antigüedad en la empresa y siempre que en el momento de jubilación el porcentaje de trabajadores en la empresa con contrato indefinido supere el 70% de la plantilla. La reducción de jornada se mantiene entre el 25% y el 67%.

    La prórroga se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024.

     

    Se modifican los incentivos a la contratación previstos para las siguientes situaciones:

     

    Entre los contratos que pueden ser objeto de bonificación, se encuentran los contratos de duración determinada celebrados para la sustitución de personas trabajadoras que disfruten de descansos por nacimiento y cuidado del menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.

     

    El último inciso del primer párrafo de la letra c) del artículo 11.1 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, podría tener efectos contrarios a los objetivos perseguidos por la norma anteriormente señalada, ya que impide, al exigir que en los últimos seis meses la persona trabajadora con la que se suscriba el contrato de sustitución no haya prestado servicios mediante un contrato de duración determinada en la misma empresa o entidad, que se aplique la bonificación en un contrato directamente vinculado a la conciliación de la vida familiar y laboral: y es que esta excepción del artículo 11.1 c) da lugar a que, si bien sí se podría bonificar un contrato de duración determinada de sustitución de persona trabajadora que se encuentre en situación de incapacidad temporal por riesgo durante el embarazo, una vez que finaliza este contrato temporal no se podría bonificar otro de sustitución de la misma persona trabajadora, por ejemplo, que se encontrase disfrutando del permiso por nacimiento.

    Esta exclusión podría fomentar el fin de una relación laboral no deseada por la norma: la de la persona sustituta. Por ello, se procede a modificarlo en consecuencia.

     

    En consonancia con lo anterior se modifica la letra c) del artículo 11.1, que queda redactada como sigue:

     

    “Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que en los doce meses anteriores a la fecha de alta de la persona trabajadora en el correspondiente régimen de la Seguridad Social hubiesen prestado servicios en la misma empresa o entidad mediante un contrato por tiempo indefinido, o en los últimos seis meses mediante un contrato de duración determinada o un contrato formativo, cualquiera que sea su modalidad y la duración de su jornada”.

    “No se aplicará lo establecido en el párrafo anterior en los supuestos de transformación de contratos que estén incentivados con arreglo a esta norma. Tampoco se aplicará a los contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas para la sustitución de personas trabajadoras en los supuestos previstos en el artículo 17, así como a los sucesivos contratos realizados sin solución de continuidad cuando la persona sustituta y sustituida coincidan con las del primer o anterior contrato de sustitución”.

     

    Bonificación por la contratación de personal investigador bajo la modalidad de contrato predoctoral

     

    La contratación de personal investigador bajo la modalidad de contrato predoctoral establecida en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, dará derecho, durante la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas, a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 115 euros/mes.

    A los efectos de lo previsto en el artículo 4.1.a), no se requerirá la inscripción en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo.

     

    Real Decreto

     

  • LA BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN SE MANTIENE Y LA MÁXIMA SUBE UN 5%

    LA BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN SE MANTIENE Y LA MÁXIMA SUBE UN 5%

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

    En la D.T. 9.ª de la norma se relacionan el incremento de las bases mínimas de cotización de los grupos de cotización de los regímenes que los tengan establecidos al salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto fijando el incremento del tope máximo de las bases de cotización del sistema por aplicación del porcentaje que se establezca para la revalorización de pensiones y el tope máximo de las bases de cotización.

     

    Bases mínimas de cotización

     

    Para el ejercicio 2024, y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, las bases mínimas de cotización, de los grupos de cotización de los regímenes que las tengan establecidas, se incrementarán de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto.

    Base mínima de cotización (hasta la publicación del SMI 2024) seguirá siendo: 1.260,00 euros mensuales (42 euros diarios).

    Bases máximas de cotización

     

    Las bases máximas de cada categoría profesional y el tope máximo de las bases de cotización se fijarán aplicando el porcentaje previsto para la revalorización de pensiones al que se sumará el establecido en la D.T. 38.ª de la LGSS de la Ley General de la Seguridad Social.

    Base máxima: sube un 5% (se pasaría de los 4.495,5 euros vigentes a 4.720,5 euros mensuales).

     

    Aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

     

    Para el ejercicio 2024 y hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional, recogida en el apartado catorce del artículo 122 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, será de 0,70 puntos porcentuales.

    Cuando ese tipo de cotización deba ser objeto de distribución entre empresa y trabajador, el 0,58 por ciento será a cargo de la empresa y el 0,12 por ciento a cargo del trabajador.

     

    Prórroga temporal de la vigencia de salario mínimo interprofesional para 2023

     

    Hasta que se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2024 en el marco del diálogo social, en los términos establecidos en aquel, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se prorroga la vigencia del Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023.

    De esta forma, por el momento, el salario mínimo para cualquiera actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 36 euros/día o 1.080 euros/mes (14 pagas), según el salario esté fijado por días o por meses, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel (Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero).

  • LA SITUACIÓN DE LAS PENSIONES Y LAS PRESTACIONES PÚBLICAS EN 2024

    LA SITUACIÓN DE LAS PENSIONES Y LAS PRESTACIONES PÚBLICAS EN 2024

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
     
    Entre las medidas, se concreta la revalorización de las pensiones del sistema de la SS, Clases Pasivas y de otras prestaciones públicas para el ejercicio 2024.

     

    El complemento para la reducción de brecha de género tendrá:

    33,20 euros mensuales.

     

    Cuantía mínima de las pensiones contributivas:

    Se incrementará en el año 2024 en función del tipo de pensión conforme a lo previsto en el art. 58 y la D.A. 53.ª de la LGSS, con los importes que se especifican (anexo IV).

     

    Límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión en 2024:

    • Sin cónyuge a cargo 8.942,00 euros/año.
    • Con cónyuge a cargo 10.430,00 euros/año.

     

    SOVI:

    7.399,00 euros al año.

     

    Pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social de invalidez y jubilación:

    7.250,60 euros anuales.

     

    Prestaciones familiares de la Seguridad Social:

    Con efectos de 1 de enero de 2024, la cuantía anual de las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, por hijo a cargo con 18 años o más, y un grado de discapacidad mayor del 65% se fija en 5.647,20 euros. Si la discapacidad es mayor o igual al 75% la cuantía anual será de 8.469,60 euros

     

    Límites de ingresos anuales en el año 2024 para las personas beneficiarias del IMV (D.T. 6.ª de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre):

    14.544,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 21.888,00 euros anuales, incrementándose en 3.546,00 euros anuales por cada hijo a cargo a partir del cuarto, este incluido. La cuantía de la asignación económica será de 588,00 euros/año.

     

    Límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos para mínimos:

    Experimentará un incremento del 3,8 por ciento sobre el límite vigente en 2023.

     

    Real Decreto

  • ¿CÓMO FUNCIONA EL SISTEMA DE COTIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS FORMATIVAS?

    ¿CÓMO FUNCIONA EL SISTEMA DE COTIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS FORMATIVAS?

    Entre las novedades introducidas por el Real Decreto Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, publicado el pasado 28 de diciembre, se encuentra el establecimiento un sistema de determinación de la cotización por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas.

    No implica un gasto excesivo, pero sí una carga formal más para las empresas que hagan uso de tales modalidades contractuales laborales.

    Así, hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2024, la cotización por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación se ajustará, en dicho ejercicio, a las siguientes reglas:

    1.  En el caso de prácticas formativas remuneradas, se aplicarán las cuotas únicas mensuales por contingencias comunes y profesionales correspondientes a los contratos de formación en alternancia, de conformidad con el apartado 6.a) de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

    Dichas cuotas se aplicarán también respecto a las prácticas realizadas al amparo del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y del Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.

    1. En el caso de prácticas formativas no remuneradas, de conformidad con el apartado 7.a) de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, la cotización consistirá en una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de 2,54 euros por contingencias comunes excluida la prestación de incapacidad temporal y de 0,31 euros por contingencias profesionales, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 57,87 euros y por contingencias profesionales de 7,03 euros.

    De la cuota diaria por contingencias profesionales de 0,31 euros, 0,16 euros corresponderán a la contingencia de incapacidad temporal y 0,15 euros a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

    1. En ambos casos, a las cuotas por contingencias comunes les resultará de aplicación la reducción del 95 por ciento establecida en el apartado 5.b) de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social resultando una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de 0,13 euros por contingencias comunes excluida la prestación por incapacidad temporal, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual de 2,89 por contingencias comunes.

    A las prácticas formativas iniciadas y no concluidas antes del día 1 de enero de 2024, les resultará de aplicación el régimen jurídico previsto en la citada disposición adicional únicamente desde dicha fecha.

    Se establece un plazo excepcional, que finalizará el día 31 de marzo de 2024, para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social las altas y las bajas en la Seguridad Social correspondientes al inicio o finalización de las prácticas formativas no remuneradas a las que se refiere la referida disposición adicional quincuagésima segunda que tengan lugar en el período comprendido entre el 1 de enero y el 20 de marzo de 2024.

    Real Decreto

     

  • FÓRMATE EN PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA SEXUAL EN EN EL TRABAJO

    FÓRMATE EN PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA SEXUAL EN EN EL TRABAJO

    CEPYME Aragón, con la financiación del Gobierno de Aragón, ha elaborado el cursoProtección integral contra la violencia sexual en el ámbito laboral” – Ley Orgánica 10/2022.

    El objetivo de este curso es promover la sensibilización y formar a las personas trabajadoras en la protección integral contra las violencias sexuales en el ámbito laboral.

    Se trata de una acción formativa GRATUITA en modalidad online con una duración de 8 horas, que tiene como objetivo promover la sensibilización y formar a las personas trabajadoras en la protección integral contra las violencias sexuales en el ámbito laboral dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 10/2022.

  • ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA EL PREMIO EMPRESA FAMILIAR DE ARAGÓN 2024

    ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA EL PREMIO EMPRESA FAMILIAR DE ARAGÓN 2024

    Ya es posible inscribirse en el Premio Empresa Familiar de Aragón 2024 que reconoce públicamente a las empresas familiares referentes en el territorio. El plazo de presentación de candidaturas estará abierto hasta el próximo 26 de enero.

    Plazo abierto hasta el 26 de enero de 2024

    Organizado por la Asociación de Empresa Familiar de Aragón (AEFA), el Instituto de la Empresa Familiar y el Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Fomento (IAF), este galardón se estructura en las categorías de ‘Empresa’ (organizaciones con más de 50 trabajadores) y ‘Pequeña Empresa’ (menos de 50). Los criterios de valoración son: la trayectoria empresarial, la sostenibilidad y la continuidad familiar.

    Las empresas galardonadas recogerán el premio el próximo 29 de febrero de 2024.

    Inscripción

     

  • INSCRIPCIONES ABIERTAS PARA EL PLAN DE EXCELENCIA EMPRESARIAL 2024

    INSCRIPCIONES ABIERTAS PARA EL PLAN DE EXCELENCIA EMPRESARIAL 2024

    Las organizaciones interesadas en sumarse al Plan de Excelencia Empresarial en Aragón 2024, en su XXVIII Edición, tendrán hasta el próximo 31 de enero de 2024 para presentar su solicitud.

    Se trata de un proceso totalmente personalizado y gratuito, iniciado por el IAF hace ya más de 25 años, para guiar a las organizaciones en la implantación de la Excelencia en las 3 categorías: Pyme, Gran Empresa y Entidad no lucrativa. Desde entonces, más de 1300 organizaciones, entre las que se encuentran FEMZ y empresas asociadas como HMY Yudigar, S.L.U., Coferdroza y Magaiz, han apostado por el Modelo EFQM como camino de mejora competitiva a través del Plan de Excelencia.

    El hecho de participar en este Plan supone un serio ejercicio de reflexión que permite planificar y revisar la estrategia, así como un reto de motivación para el equipo humano y una mejora de la imagen de la organización a través del reconocimiento social e institucional. Además, las organizaciones candidatas reciben formación especializada, asesoramiento y un informe de evaluación que permite ver medido su grado de avance hacia la Excelencia y dirigir todos los esfuerzos en la dirección adecuada.

    La convocatoria de este Plan es anual, y las organizaciones comienzan por una fase de formación común a todas ellas. A continuación se realiza un diagnóstico asistido personalizado para determinar si deben continuar participando en el Premio a la Excelencia Empresarial en Aragón o en el Plan Formativo Compromiso por la Excelencia.

     

    Inscripción

  • ¿CÓMO HA SIDO EL ÚLTIMO TRIMESTRE DE 2023 PARA EL SECTOR METAL EN EUROPA?

    ¿CÓMO HA SIDO EL ÚLTIMO TRIMESTRE DE 2023 PARA EL SECTOR METAL EN EUROPA?

    Confemetal ha publicado su cuarto y último Boletín de la Unión Europea del año 2023. La patronal ha hecho balance del último trimestre del año, analizando el trabajo de las patronales europeas y sintetizando los acontecimientos y previsiones económicas que competen a las empresas del sector.

    A continuación, se resumen los puntos tratados:

     

    Balance del trabajo de Ceemet

     

    En el mencionado documento se hace referencia a la actividad realizada por la patronal europea del Metal, Ceemet, mencionando su respuesta a la segunda fase de consulta pública a los interlocutores sociales de la 6ª revisión de la Directiva 2004/37/CE sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos, mutágenos o sustancias reprotóxicas en el trabajo y su valoración de la encuesta anual de Crecimiento Sostenible 2024 de la Comisión Europea.

    Así mismo, se reseña el workshop organizado en octubre de 2023 por Ceemet en materia de negociación colectiva y se desarrollan las recomendaciones y perspectivas económicas 2023/2024 elaboradas.

     

    ¿Y el resto de patronales?

     

    Por lo que se refiere a la actividad de otras patronales europeas, se incluyen en el Boletín las perspectivas económicas de otoño elaboradas por la patronal europea Orgalim, ahora presidida por Javier Ormazabal.

    También se resumen los mensajes empresariales que la patronal Businesseurope ha dirigido a la próxima presidencia belga del Consejo de la UE.

     

    Los países de nuestro entorno

     

    Confemetal recoge las actividades en otros países de nuestro entorno. En esta ocasión, la patronal se ha hecho eco del reciente acuerdo de colaboración entre UIMM y ONISEP para dar a conocer las profesiones del sector industrial a los jóvenes, así como de las acciones de difusión que la patronal francesa está realizando para informar a las empresas francesas del sector sobre el nuevo convenio colectivo del sector del metal.

    También se hace hincapié en la opinión de la patronal alemana del metal (Gesamtmetall) sobre la Directiva de la UE sobre la cadena de suministro. También se incluye una encuesta realizada a las empresas alemanas metalúrgicas y eléctricas sobre cómo les afecta la burocracia administrativa.

     

    Asuntos europeos

     

    En este apartado, la patronal ha incidido en el Informe de la Comisión Europea del año 2023 sobre la evolución del mercado laboral y los salarios en Europa y en la adopción por parte del Consejo de Competitividad de su posición sobre Net Zero Industry Act.

     

    Acontecimientos clave

     

    También se han incluido noticias de relevancia para el sector en diversas materias como: el informe conjunto sobre el empleo para el año 2024, el acuerdo provisional de Consejo y Parlamento relativo al trabajo en plataformas, el rechazo a la moción sobre la modificación de los criterios de tamaño de las PYME, la 7ª reunión plenaria del Foro Industrial, las prioridades de la presidencia belga del Consejo Europeo para el primer semestre de 2024, el acuerdo provisional del Parlamento y el Consejo sobre la propuesta de directiva de diligencia debida, la solicitud del Reino de España del cuarto desembolso del mecanismo de recuperación y resiliencia, así como el IV Informe de Ejecución de los fondos europeos del Ministerio de Economía español.