Autor: FEMZ

  • SETIMIENTO ECONÓMICO DEL SECTOR METAL EN EL ÚLTIMO TRIMESTRE DE 2023

    SETIMIENTO ECONÓMICO DEL SECTOR METAL EN EL ÚLTIMO TRIMESTRE DE 2023

    La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (Confemetal) ha publicado en un informe los resultados de su última encuesta de sentimiento económico del sector del metal (ESEM), correspondiente al cuarto trimestre de 2023. Cabe mencionar que en dicho informe se comparan los resultados con la situación en el periodo previo y con las expectativas para el primer trimestre de 2024.

     

    ¿Qué parámetros evalúa la ESEM?

     

    A través de la ESEM se evalúa, cada tres meses, el sentimiento de las organizaciones miembro respecto de la evolución prevista en ciertos parámetros clave para la actividad económica del sector.

    Así pues, la encuesta ha recopilado información cualitativa de sentimiento de las organizaciones empresariales miembro de Confemetal respecto de tres elementos fundamentales de la situación y evolución del sector:

     

    • Estimación de la evolución actual de la facturación y evolución prevista de cara al próximo trimestre.
    • Estimación de la evolución actual de la exportación y evolución prevista de cara al próximo trimestre.
    • Estimación de la evolución actual del empleo y evolución prevista de cara el próximo trimestre.

     

    Adicionalmente la encuesta ha consultado a las organizaciones sobre su percepción en relación con los principales factores de coste para el sector:

    • Estimación de la evolución actual y prevista del coste de la energía.
    • Estimación de la evolución actual y prevista del coste de los transportes.
    • Estimación de la evolución actual y prevista del coste de las materias primas.

     

    Criterios de medición de las respuestas

     

    Este séptimo informe detalla los resultados obtenidos de la encuesta sobre todas estas cuestiones considerando una escala de cinco posibles niveles de respuesta: descenso significativo, descenso leve, estabilidad, aumento leve y aumento significativo.

    Las gráficas y resultados obtenidos parten de un índice generado en el que se ponderan las respuestas recibidas con un valor que va de 0 a 100, correspondiendo 0 a “descenso significativo” y 100 a “aumento significativo”, y siendo por tanto el eje del 50 el que correspondería a una previsión de “estabilidad”.

    7ºInforme ESEM

  • ¿CÓMO DEBEN USARSE LOS DATOS BIOMÉTRICOS PARA EL REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL?

    ¿CÓMO DEBEN USARSE LOS DATOS BIOMÉTRICOS PARA EL REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL?

    La Agencia Española de Protección de Datos personales (AEPD) publicó el pasado 23 de noviembre una Guía sobre la utilización de datos biométricos (huella dactilar, ocular, etc.) como medio de control de acceso o presencia, incluyendo el registro de jornada laboral de obligado cumplimiento.

    Esta guía recoge contenidos de alto interés para las empresas que empleen o pretendan emplear sistemas biométricos de control, ponderando el bien jurídico protegido (la protección de los datos personales y los derechos fundamentales que se ven afectados por su uso) y la necesaria existencia de una cobertura legal y de causa bastante que justifique de forma razonable el uso de una tecnología que comprometa tales datos, más aún si en la gestión de los mismos intervienen sistemas basados en la IA (inteligencia artificial).

    Así pues, la mencionada guía fija los criterios de uso de esta tecnología tanto con fines laborales como no laborales. 

    Los sistemas biométricos y el tratamiento de los datos que se pueden obtener a partir de ellos están evolucionando muy rápidamente. Los nuevos sistemas aumentan el detalle de la información recogida e incluso permiten la posibilidad de recoger información sin la cooperación de la persona, que en ocasiones ni siquiera es consciente de ello. A ello se suma el desarrollo de la inteligencia artificial, que puede utilizarse para inferir información adicional sobre las personas.

    La Agencia considera el tratamiento de datos biométricos, tanto para identificación como para autenticación, como un tratamiento de alto riesgo que incluye categorías especiales de datos. Tal y como establece el RGPD, para poder tratar esas categorías es necesario que exista una circunstancia que levante la prohibición de su tratamiento y, además, una condición que lo legitime.

     

    ¿Cómo afecta en el ámbito laboral?

     

    En el caso de registro de jornada y control de acceso con fines laborales, si el levantamiento de la prohibición se basa en el artículo 9.2.b) del RGPD, el responsable debe contar con una norma con rango de ley que autorice específicamente utilizar datos biométricos para dicha finalidad. La Agencia especifica que, en el marco de estos tratamientos, el consentimiento no puede levantar la prohibición o ser una base para determinar la licitud de este, al existir un desequilibrio entre la persona a la que se somete al tratamiento y quien lo está llevando a cabo.

     

    En el caso del control de accesos fuera del ámbito laboral, el consentimiento tampoco podrá ser una circunstancia que levante la prohibición, al ser un tratamiento de alto riesgo, y no superar el requisito de necesidad (artículo 35.7.b).

    La Guía también establece restricciones en los tratamientos biométricos realizados para el control de presencia cuando se toman decisiones automatizadas sin intervención humana que tengan efectos jurídicos sobre la persona o le afecten significativamente de modo similar.

    En todo caso, la Guía precisa que, en caso de pretender captar datos biométricos, de forma previa al inicio del tratamiento, será obligatoria la realización de una Evaluación de Impacto para la Protección de Datos  (EIPD) en la que, entre otros aspectos, se acredite la superación del triple análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad del tratamiento.

     

    Medidas para el uso de los datos biométricos en el ámbito laboral

     

    La Agencia también añade un listado de medidas que deben llevarse a cabo si se superan todos los requisitos de cumplimiento de los principios del RGPD.

    • Informar a las personas sobre el tratamiento biométrico y los riesgos elevados asociados al mismo.

     

    • Implementar en el sistema biométrico la posibilidad de revocar el vínculo de identidad entre la plantilla biométrica y la persona física.

     

    • Implementar medios técnicos para asegurarse la imposibilidad de utilizar las plantillas para cualquier otro propósito.

     

    • Utilizar cifrado para proteger la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la plantilla biométrica.

     

    • Utilizar formatos de datos o tecnologías específicas que imposibiliten la interconexión de bases de datos biométricos y la divulgación de datos no comprobada.

     

    • Suprimir los datos biométricos cuando no se vinculen a la finalidad que motivó su tratamiento.

     

    • Implementar la protección de datos desde el diseño.

     

    • Aplicar la minimización de los datos recogidos, con una evaluación objetiva de que no hay tratamiento de categorías especiales de datos.

     

    Guía AEPD completa

  • WEBINAR: “LA IMPORTANCIA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES IN ITINERE Y EN MISIÓN”

    WEBINAR: “LA IMPORTANCIA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES IN ITINERE Y EN MISIÓN”

    La prevención de riesgos laborales in itinere y en misión es fundamental para garantizar la seguridad y el bienestar de los trabajadores, ya que los accidentes laborales de tráfico mortales son la segunda causa de los fallecidos en accidentes de trabajo (33,3%), sólo por detrás de las causas naturales.

    En su compromiso por cuidar la seguridad de los colaboradores, la Federación de Empresas del Metal organiza junto a Educatrafic el webinar “La importancia de la prevención de riesgos laborales in itinere y en misión” el próximo jueves 25 de enero a las 9:00h.

    Jueves 25 de enero.

    9:00 h.

    Durante la sesión se explicará el proyecto de Seguridad vial, se presentará su situación en cifras de siniestralidad, acciones para aumentar la sensibilización y medidas a adoptar al respecto. También se expondrán prácticas para lograr una conducción segura. 

    Inscripción

  • PONTE AL DÍA EN SOSTENIBILIDAD CON LA JORNADA: “LAS PYMES ANTE EL RETO DE LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL”

    PONTE AL DÍA EN SOSTENIBILIDAD CON LA JORNADA: “LAS PYMES ANTE EL RETO DE LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL”

    La inclusión de la sostenibilidad en la gestión empresarial es imprescindible para las empresas, independientemente de su tamaño. Por eso, aprender a conjugar la responsabilidad medioambiental con la productividad es clave para las pymes.

    En esa línea, el Grupo Heraldo, CEPYME Zaragoza y PreZero proponen la jornada “Las Pymes ante el Reto de la Gestión Ambiental”, que tendrá lugar el próximo lunes 22 de enero a las 13:30 h en la rotativa de Heraldo de Aragón.

     

    Lunes 22 de enero.

    13:30 h.

    Rotativa de Heraldo Villanueva de Gallego ( C. Albert Einstein, 44).

     

    La jornada se centrará en los retos medioambientales que tiene que afrontan las pymes, subrayando la importancia de adoptar prácticas sostenibles para lograr el cumplimiento normativo y reducir la huella de carbono. Además, se abordarán herramientas que agilicen y faciliten este proceso, reduciendo tiempo, como la nueva plataforma digital “Contenedor Online”. Esta sesión concluirá un pequeño ágape. 

     

    En el acto intervendrán Rafael San Martín, director comercial de PreZero España, Héctor Benito, técnico del Grupo  Carreras, María Jesús Lorente, presidenta de CEPYME Zaragoza, Pilar Gómez, Gerente de la Federación de Empresas Químicas y Plásticos de Aragón y María Martínez directora general de calidad ambiental Gobierno de Aragón.

     

    Inscripción

  • ASÍ CAMBIA LA UNIDAD TRANSITORIA DEL GOBIERNO DE ARAGÓN PARA LA GESTIÓN DE AYUDAS EUROPEAS EN 2024

    ASÍ CAMBIA LA UNIDAD TRANSITORIA DEL GOBIERNO DE ARAGÓN PARA LA GESTIÓN DE AYUDAS EUROPEAS EN 2024

    A nadie escapa la importancia, para la economía en general y las empresas en particular, de las ayudas encuadradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en adelante PRTR, como un instrumento promovido desde la Unión Europea en vista de mitigar los impactos de la pandemia COVID-19 y transformar la sociedad, con el objetivo de modernizar el tejido productivo, así como impulsar la “descarbonización” y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación, consiguiendo en última instancia la capacitación de la sociedad para superar problemas como la acontecida pandemia.

    La gestión coordinada de los procedimientos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y la adecuada atención procedimental al elevado número de peticiones planteadas para acogerse a tales planes pasa a ser el elemento esencial que determinará el éxito o fracaso de tal planificación.

    El Gobierno de Aragón, en el año 2022, consciente de la gran cantidad de actuaciones que se iban a desarrollar en ejecución del PRTR en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y su sector público institucional; de la necesaria coordinación que resultaría precisa para su desarrollo; y de la multiplicidad de órganos y organismos afectados en la ejecución de dicho Plan, aprobó inicialmente Orden conjunta de 3 de diciembre de 2021, del Vicepresidente del Gobierno, la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales y el Consejero de Hacienda y Administración Pública y un posterior Decreto 5/2022, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas para impulsar la gestión urgente y coordinada de los procedimientos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Este Decreto 5/2022, procedió a crear una Unidad Transitoria para el impulso y apoyo a la gestión coordinada de subproyectos financiados con cargo al MRR en ejecución del PRTR (en adelante, Unidad Transitoria)

     

    Modificaciones de la Unidad Transitoria

     

    Tras casi dos años de funcionamiento de esta Unidad Transitoria, se considera conveniente modificar dicho Decreto 5/2022, de 26 de enero, del Gobierno de Aragón, en algunos aspectos concretos, que es lo que se pretende con el Decreto hoy publicado y que entra en vigor de forma inmediata (BOA 5/1/2024):

     

    Su composición

    La nueva organización, implantada por el actual Gobierno autonómico que entró en vigor el 12 de agosto de 2023, obliga a llevar a cabo una actualización, habida cuenta de la creación de una Dirección General de Financiación y Fondos Europeos, a la que, específicamente, se le asignan las competencias en materia de Fondos Europeos, entre los que se encuentran incluidos los procedentes del MRR.

     

    Sus funciones

    Al atribuir a la creada Dirección General de Financiación y Fondos Europeos algunas de las asignadas inicialmente a la Unidad Transitoria cuando ésta se constituyó.

     

    Sus competencias

    Derivada de la experiencia adquirida a lo largo del primer trienio de gestión de estos Fondos Europeos procedentes del MRR (2021-2023) y que aconseja incorporar y precisar las funciones de la Unidad Transitoria, así como determinar que las competencias para promover esta modificación se encuentran, actualmente, centralizadas en el Departamento de Hacienda y Administración Pública, de acuerdo con la nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por corresponderle tanto las competencias relativas a los fondos europeos, la gestión presupuestaria, la información y asesoramiento a la Comunidad Autónoma de Aragón sobre las acciones del Estado con trascendencia presupuestario-financiera para la Comunidad Autónoma de Aragón y al ejercicio del control interno de la actividad económico-financiera y la contabilidad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma.

  • BENITO TESIER, PRESIDENTE DE LA FEMZ: “LA PRÓRROGA DE LA JUBILACIÓN PARCIAL CON CONTRATO DE RELEVO DEBERÍA SER INDEFINIDA”

    BENITO TESIER, PRESIDENTE DE LA FEMZ: “LA PRÓRROGA DE LA JUBILACIÓN PARCIAL CON CONTRATO DE RELEVO DEBERÍA SER INDEFINIDA”

    El Gobierno central ha prorrogado la jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera a través del Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, publicado en el BOE del pasado 28 de diciembre.

    Así pues, se seguirá aplicando hasta el 31 de diciembre de 2024 esta regulación para trabajadores con alto esfuerzo físico con al menos seis años de antigüedad en la empresa y siempre que en el momento de jubilación el porcentaje de trabajadores en la empresa con contrato indefinido supere el 70% de la plantilla. Igualmente, la reducción de jornada se mantendrá entre el 25% y el 67%.

    Aunque la extensión de esta medida suponga “una buena noticia para el sector”, como ha calificado Benito Tesier, presidente de la FEMZ, no debería tener, sin embargo, fecha de caducidad: “La prórroga de la jubilación parcial con contrato de relevo debería ser indefinida”, ha concluido.

    Este tipo de contrato permite que el trabajador que se jubila parcialmente le pueda traspasar sus conocimientos y experiencia al relevista en el periodo de tiempo en el que coincidan en la empresa, convirtiéndose en una herramienta clave para asegurar el relevo generacional en la industria. Así lo ha explicado Tesier: “En un sector, como es el del Metal, en el que la cobertura de vacantes y la inadecuación entre lo que se estudia en las aulas y la realidad laboral son problemas generalizados, la existencia de este tipo de contratos es clave para que los colaboradores senior puedan transmitir su experiencia a los jóvenes y para asegurar el relevo generacional”.

  • LA CONVOCATORIA DEL PERTE DE DESCARBONIZACIÓN INDUSTRIAL ESTARÁ ABIERTA EL 24 DE ENERO

    LA CONVOCATORIA DEL PERTE DE DESCARBONIZACIÓN INDUSTRIAL ESTARÁ ABIERTA EL 24 DE ENERO

    El Ministerio de Industria y Turismo publicó el pasado 28 de diciembre de 2023 el extracto de la orden de bases del PERTE de Descarbonización Industrial correspondiente a la convocatoria anticipada del año 2024 de la línea de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera.

    También se publicó en el BOE a fecha de 2 de enero de 2024 la Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    El plazo de presentación de solicitudes para el PERTE estará abierto entre el 24 de enero de 2024 y el 17 de abril de 2024.

    Esta convocatoria, en concurrencia no competitiva, está dotada con 1.000 millones de euros, de los que 500 millones se otorgarán en forma de subvención y otros 500 millones en forma de préstamo, de la que podrán ser beneficiarias las Sociedades Mercantiles, tanto estatales como privadas, que realicen una actividad industrial y que ejecuten proyectos que descarbonicen la instalación industrial.

    Podrán presentarse empresas individualmente o en agrupación con otras empresas industriales, empresas proveedoras de conocimiento o empresas de servicios energéticos siempre que contribuyan a la descarbonización de la instalación industrial.

     

    Líneas de actuación y líneas de ayuda

     

    Un proyecto tractor deberá contener, al menos, un proyecto primario de estas líneas:

    • Reducción de emisiones directas de la instalación (excluyendo el subtipo d) Captura, almacenamiento y uso del carbono).
    • Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.

     

    Líneas de actuación

     

    Reducción de emisiones directas de la instalación, que se podrá dirigir a:

    • Descarbonización de fuentes de energía: electrificación de procesos, incorporación de hidrogeno renovable y sustitución de combustibles fósiles por combustibles renovables, uso de calor renovable como la energía solar térmica.
    • Gestión energética integral de procesos industriales: recuperación de calor de procesos productivos, aprovechamiento energético de flujos secundarios, almacenamiento energético, digitalización para la mejora de la eficiencia energética y la gestión de flujos térmicos.
    • Descarbonización por reducción de recursos naturales: utilización de materias primas secundarias, utilización de subproductos de residuos y valorización de residuos en sustitución de combustibles y materias primas fósiles.
    • Captura, almacenamiento y uso del carbono. Se considerará que estos proyectos no contravienen el principio de DNSH y se podrán financiar mediante esta línea de ayudas si cumplen las condiciones establecidas en el artículo 11 de la orden.

    Mejora sustancial de la eficiencia energética por el ahorro de energía eléctrica.

    Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización.

    I+D+i para impulsar la descarbonización de la instalación principal del proyecto tractor.

     

    Líneas de ayuda

     

    Cada uno de los proyectos primarios que compongan el proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las líneas de ayudas siguientes, y dentro, de cada línea, únicamente en una de sus tipologías:

    1. Línea de Investigación industrial y desarrollo experimental. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

    • Proyectos de investigación industrial
    • Proyectos de desarrollo experimental
    • Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental

    2. Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

    • Proyectos de innovación en materia de organización
    • Proyectos de innovación en materia de procesos

    3. Línea de ayudas a la inversión para la protección del medioambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías de proyectos:

    • Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador, siempre que permitan a la entidad incrementar en nivel de protección del medioambiente y descarbonización, con carácter general.
    • Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales.

    4. Línea de ayudas a la inversión en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.

    5. Línea de ayudas de inversiones para la promoción de la energía procedente de energías renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales. Estas inversiones deberán realizarse en la instalación principal o sus aledaños y las instalaciones de generación de energía y la instalación principal deberán estar físicamente conectadas.

    6. Estudios ambientales, incluidas las auditorías energéticas, o la viabilidad técnica asociada, directamente vinculados a las inversiones contempladas en las líneas de ayuda de 3,4 y 5.

    7. Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYMES. La única tipología de proyecto dentro de esta línea consiste en una inversión en activos materiales o inmateriales destinados a un cambio esencial en el proceso general de producción de una PYME existente, complementaria a alguna de las líneas de actuación establecidas en el artículo 11, y que contribuya al conjunto del proyecto tractor para la descarbonización de la instalación principal.

     

    Cuantía

     

    El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será de concurrencia no competitiva.

    Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria, podrán tener la forma préstamo reembolsable, subvención o ser una combinación de ambas.

    La financiación pública total del proyecto, computada como suma de los recursos públicos concedidos por cualquier Administración y/o ente público, no podrá exceder del 80 por ciento sobre el total del presupuesto que haya sido considerado financiable.

     

    Bases PERTE de Descarbonización

  • ¿CÓMO SE CUMPLIMENTA EL MODELO 303 PARA ARRENDADORES DE HACIENDA?

    ¿CÓMO SE CUMPLIMENTA EL MODELO 303 PARA ARRENDADORES DE HACIENDA?

    La sede electrónica de la AEAT, recoge un apartado de  ayuda para la cumplimentación del modelo 303 para arrendadores correspondiente al cuarto trimestre (4T) del 2023.

    Este servicio le ayuda a determinar los importes y otra información a consignar en el modelo 303 para su posterior traslado al Formulario 303, donde se mostrará el resultado de la declaración. 

    Una vez explicado el servicio dispuesto por AEAT cabe señalar que únicamente puede ser utilizado por arrendadores de locales y viviendas urbanos que no lleven a cabo otra actividad.

    Se prevén en un desplegable las opciones posibles (ordinario, con régimen de caja, con prorrata …) desplegándose en cada caso las instrucciones de cumplimentación que corresponden

     

    ¿En qué situaciones no es aplicable este modelo?

     

    NO es aplicable si durante el trimestre se han realizado alguna de las siguientes operaciones:

    • Arrendamiento con opción de compra.
    • Servicios complementarios de hostelería.
    • Adquisición de bienes o servicios a proveedores extranjeros o establecidos en Canarias, Ceuta o Melilla (sí será aplicable en el caso de obras realizadas por extranjeros).

    Servicio de ayuda

  • ¿QUÉ MEDIDAS HA ADOPTADO EL GOBIERNO PARA 2024 EN MATERIA SOCIAL?

    ¿QUÉ MEDIDAS HA ADOPTADO EL GOBIERNO PARA 2024 EN MATERIA SOCIAL?

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

    En materia social, se han aprobado las que se señalan a continuación:

     

    Medidas en materia de Seguridad Social

     

    Se prorroga el aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social.

    Se aprueba la prestación de cese de actividad para los trabajadores autónomos que se han visto obligados a cesar en la actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.

    Se prorrogan las exenciones en la cotización aplicables en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla, reguladas en el artículo 177 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

     

    Medidas de apoyo para paliar la sequía

     

    En cuanto a las acciones que se han aprobado para paliar la sequía, cabe destacar que se ha determinado la exención del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua recogidos en el artículo 114 del texto refundido de la Ley de Aguas a los usuarios que han sufrido reducciones en las dotaciones por efecto de la sequía.

    Se  modifican temporalmente las condiciones de utilización del dominio público hidráulico, con modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, estableciéndose expresamente que las medidas establecidas en los planes especiales de sequía tomadas por las administraciones públicas competentes, incluidas las limitaciones en el uso del dominio público hidráulico, no darán derecho a indemnización.

     

    Otras medidas

     

    Se modifica el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma: apertura de nuevo plazo de solicitud de las medidas de suspensión de obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria concedidos a afectados por los movimientos sísmicos y erupciones volcánicas acaecidos en la isla de La Palma desde el pasado día 19 de septiembre de 2021.

    Se amplían los plazos de ejecución de proyectos de la línea de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Igualmente se amplían los plazos de ejecución de determinadas ayudas convocadas para el sector turístico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

     

    Prórroga de los gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y del Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas:

    Se prorroga a 2024 la aplicación de los gravámenes aprobados por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias, sin perjuicio del establecimiento en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2024 de un incentivo que resultará de aplicación en el sector energético para las inversiones estratégicas realizadas desde 1 de enero de 2024 y de la revisión de la configuración de ambos gravámenes para su integración en el sistema tributario en el propio ejercicio fiscal 2024 y se concertarán o conveniarán, respectivamente, con la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra.

    Se prorroga la aplicación del Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas aprobado por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, en tanto no se produzca la revisión de la tributación patrimonial en el contexto de la reforma del sistema de financiación autonómica.

     

    Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, para el año 2024 (D.T. 2.ª).

    El plazo de renuncias al que se refieren los artículos 33.1.a) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el artículo 33.2, párrafo segundo, del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, así como la revocación de las mismas, que deben surtir efectos para el año 2024, será desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente Real Decreto-ley hasta el 31 de enero de 2024.

    Las renuncias y revocaciones presentadas, para el año 2024, a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido o al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, durante el mes de diciembre de 2023, con anterioridad al inicio del plazo previsto en el apartado 1 anterior, se entenderán presentadas en período hábil».

     

    Real Decreto

  • ¿CUÁL SERÁ LA SITUACIÓN DE LA VIVIENDA Y EL TRANSPORTE EN 2024?

    ¿CUÁL SERÁ LA SITUACIÓN DE LA VIVIENDA Y EL TRANSPORTE EN 2024?

    Se publica en el BOE del 28/12/2023 el Real Decreto-Ley 8/2023, de medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.

    Entre las aprobadas se incluyen varias relativas al transporte y la vivienda.

     

    Medidas en materia de transportes

     

    Se aprueban ayudas directas al transporte de viajeros: se establece un sistema de ayudas directas desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 para la concesión de apoyo financiero a las comunidades autónomas y entidades locales que presten servicio de transporte colectivo urbano o interurbano, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio de transporte público colectivo, que cumplan las condiciones a las que se hace referencia en el artículo 65.

    Se reduce el precio de los títulos multiviaje por parte de los concesionarios de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado.

    Entre el 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024 los usuarios recurrentes para un trayecto con origen-destino determinado de un servicio público de transporte por carretera de competencia de la Administración General del Estado tendrán derecho a una bonificación del 100% del precio del billete en los términos establecidos en el art. 71.

    Se reduce el precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME SA.

    Se establece un descuento del 100% en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las islas Canarias y Baleares.

     

    Medidas en materia de vivienda

     

    Se aprueba una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación, con fondos provenientes de la Adenda del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para incrementar el parque de vivienda en alquiler social o a precio asequible, así como para mejorar el parque de vivienda ya existente destinado a alquiler social o asequible.

    Se han adoptado medidas para la protección de personas vulnerables. Se modifica el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, en materia de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.

    Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2024 el procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apartados 2.º, 4.º y 7.º del artículo 250.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal.

    Modificación del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

    Modificación del Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que se refieren los artículos 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

     

    Real Decreto