Autor: FEMZ

  • CONTINÚA EL IMPORTANTE DESCENSO DE HIPOTECAS CONSTITUIDAS Y, EN MENOR MEDIDA, LAS COMPRAVENTAS INSCRITAS

    CONTINÚA EL IMPORTANTE DESCENSO DE HIPOTECAS CONSTITUIDAS Y, EN MENOR MEDIDA, LAS COMPRAVENTAS INSCRITAS

    El Colegio de Registradores incluye en esta nota informativa (11/09/2023)  un avance de datos provisionales de la Estadística Registral Inmobiliaria, correspondiente al mes de julio de 2023, relativa a compraventas e hipotecas inscritas, mediante la comparación de datos con el mismo mes del año anterior.

    En julio, las compraventas totales vuelven a disminuir respecto al mismo mes del año anterior, con lo que se acumulan ya ocho meses consecutivos de descensos, después de crecimientos habituales desde marzo de 2020. De las 96.104 operaciones realizadas en julio de 2022 se ha pasado a las 87.674 en julio de este año, en torno a 8.400 operaciones menos. Las compraventas de viviendas descienden de forma algo más intensa, de las 51.490 inscripciones de julio de 2022 se ha pasado a las 45.630 de este mes de julio, reduciéndose la cifra en 5.800 operaciones.

     

    La evolución del número de hipotecas constituidas durante los últimos meses, tal y como ocurre en las compraventas, muestra una tendencia negativa, situándose con ligeras oscilaciones en el entorno del 20-25% de descenso. En cuanto a las hipotecas totales, se han constituido 45.268 operaciones frente a las 36.356 del mismo mes del año anterior, con una diferencia cercana a las 9.000 operaciones. En cuanto a las hipotecas de vivienda, en julio se constituyeron 27.693 operaciones frente a las 34.121 del mismo mes del año anterior, con una reducción en torno a las 6.400 operaciones.

    Si se mide la evolución mediante la tasa de variación de las compraventas inscritas en julio frente al mismo mes de 2022, se puede precisar mejor este descenso. Las compraventas totales han descendido en julio el 8,8%, siendo mayor el descenso en viviendas, con una caída del 11,4%. En cuanto a las hipotecas totales inscritas, disminuyeron el 19,7% en julio, mientras las de vivienda las descendieron algo menos, el 18,8%.

    Por territorios, durante el mes de julio, la evolución anual de las compraventas totales, en comparación al mismo mes del año anterior, vuelve a mostrar descensos generalizados, sobre todo en Galicia (-17,8%), Navarra (-17,4%), Melilla (-15,9%) y Madrid (-13,1%). Únicamente en Murcia (3,0%), y Asturias (2,1%) se han producido incrementos de compraventas.

    Con relación a las hipotecas totales constituidas frente a julio del año anterior, descendieron más en Cantabria (-38,1%), Melilla (-37,0%), Galicia (-36,3%), La Rioja (-28,8%), Castilla-La  Mancha (-27,4%) y Cataluña (-24,2%), mientras que aumentaron únicamente en Baleares (13,6%).

    Por último, el análisis mensual de la evolución anual de compraventas e hipotecas totales en los registros de la propiedad durante los últimos doce meses, de agosto de 2022 a julio de 2023, mediante la comparación con el mismo mes del año anterior, muestra los siguientes resultados:

    Desde junio de 2022 se produce una ralentización en el número de compraventas totales, que venía precedido de importantes crecimientos anuales sostenidos. En septiembre pasado, se produjo el primer descenso de los últimos meses, una ligera caída del 0,7%, y aunque repuntaron suavemente durante dos meses consecutivos, en diciembre se observó la caída más importante del periodo (-13,3%). Tras una ligera recuperación en enero, en los siguientes meses hasta junio se han producido caídas moderadas, mientras que en julio se intensifican las caídas, descendiendo el 8,% las compraventas totales y más intensamente, el 11,4% las de vivienda.

    Observando globalmente las hipotecas constituidas, se aprecia una tendencia descendente similar a las compraventas hasta diciembre de 2022, habiendo mostrado durante este año una intensificación en sus caídas por los efectos restrictivos de las subidas sostenidas de los tipos de interés. Tras una ligera recuperación en enero, siguiendo la tendencia de las compraventas, se acumulan seis meses consecutivos de caídas progresivas, con ambas modalidades, hipotecas totales y de vivienda,  en valores negativos por encima de los dos dígitos desde marzo, manteniendo una gran similitud en sus caídas hasta llegar a julio con descenso del 19,7% en las hipotecas totales y del 18,8% en las de vivienda, mostrando síntomas de estabilización en los descensos hasta el momento actual.

     

  • ¿TE PERDISTE EL WEBINAR SOBRE OBLIGACIONES LABORALES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS?

    ¿TE PERDISTE EL WEBINAR SOBRE OBLIGACIONES LABORALES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS?

    El pasado jueves 14 de septiembre tuvo lugar el webinar sobre obligaciones laborales en materia de protección de datos. Esta formación surgió con el objetivo de esclarecer las modificaciones en la recogida y el uso de datos por parte de la empresa y los derechos de las personas trabajadoras tras la implantación del Reglamento General de Protección y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). 

    Los socios recibieron las pautas de la mano de Lourdes Hernández Crespo, Jefa de servicio de la Subdireccción general de promoción y autorizaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

    Los puntos tratados fueron el tratamiento de datos personales en el ámbito laboral, la selección y contratación, el desarrollo de la relación laboral, el control de la actividad laboral, el tratamiento y acceso a datos personales por la representación de las personas trabajadoras y la vigilancia de la Salud.

    Si te lo perdiste pero estás interesado en conocer los contenidos de este webinar, puedes volverlo a ver aquí:


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  • FEMZ DEFIENDE TUS INTERESES: ENCUESTA SOBRE LA SITUACIÓN DEL SECTOR METAL

    FEMZ DEFIENDE TUS INTERESES: ENCUESTA SOBRE LA SITUACIÓN DEL SECTOR METAL

    Desde la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza queremos conocer la situación y expectativas de nuestras empresas para defender de la mejor manera posible los intereses de nuestros asociados.

    Por ello, remitimos regularmente a nuestros asociados una sencilla encuesta, que no supone más de 4 minutos su cumplimentación, con el objetivo de recoger la percepción empresarial en relación con el trimestre en curso y el siguiente.

    Actúa

  • ASÍ FUE EL CURSO DE MARKETING AUTOMATION

    ASÍ FUE EL CURSO DE MARKETING AUTOMATION

    El pasado viernes 15 de septiembre los socios de FEMZ se reunieron en las instalaciones de la organización para recibir un curso sobre estrategias de marketing automation con el fin de aprender a optimizar los procesos en dicha materia y aumentar las ventas en su empresa.

    La formación quedó en manos de Adrián Gimeno Grima: BDM de Marketing Automation en Integra.

    La sesión comenzó con una introducción a la materia en la que se explicó su significado y se expusieron los objetivos, ventajas, funcionamiento general y la terminología clave. Se prosiguió con un desarrollo de las estrategias en sus vertientes B2B y B2C. El cierre se aprovechó para señalar las plataformas existentes en el mercado utilizadas para desarrollar el marketing automation.

     

    ¿Qué es el marketing automation?

     

    Gimeno define el marketing automation como “una metodología que basa su funcionamiento en la utilización de la tecnología para automatizar todos los procesos derivados de una estrategia de marketing digital, con el propósito de conducir a tus usuarios en un viaje guiado y ofreciendo la mejor experiencia y la consecución de objetivos”.

    La mencionada formación se enmarca en el programa de “Píldoras Formativas 2023”, entroncado en el firme compromiso de la FEMZ con las personas trabajadoras del sector.

  • VENTAS ATÓMICAS: CÓMO INTRODUCIRSE EN EL MERCADO NUCLEAR FRANCÉS

    VENTAS ATÓMICAS: CÓMO INTRODUCIRSE EN EL MERCADO NUCLEAR FRANCÉS

    Amplía tu horizonte comercial

    Saca partido a la mayor inversión nuclear de la unión europea

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ) en su búsqueda de nuevas oportunidades de negocio para sus asociados ha organizado un evento exclusivo en el que abordaremos el mercado nuclear francés como oportunidad de crecimiento para nuestras empresas del metal.

    6 de octubre

    12:00 h

    Sede de FEMZ, C/ Santander 36, 2ª planta

    Para ello contaremos con el conocimiento y experiencia de D. Fabien Berrier, ingeniero industrial titulado y empresario fundador de Fabe Business Development, que cuenta con más de 15 años de experiencia en la industria nuclear y más de 300 solicitudes de contratación de proveedores en su haber. Su ponencia ofrecerá una perspectiva única y valiosa sobre la industria nuclear y su futuro, y brindará a los asistentes la oportunidad de aprender de un experto en la materia.

    Durante la ponencia, Fabien Berrier compartirá su conocimiento y experiencia en la industria y discutirá las oportunidades y desafíos que enfrenta el mercado nuclear en la actualidad. También abordará el impacto de las últimas tecnologías y tendencias en la industria y cómo estas pueden afectar el futuro del mercado.

    Esta ponencia es una oportunidad única para conocer más sobre la industria nuclear y su futuro.

    Objetivo de la jornada

    Dar a conocer a nuestras empresas las posibilidades de negocio del mercado nuclear francés.

    ¿Por qué es interesante?

    Francia ha decidido apostar fuerte por la energía nuclear con la construcción de 6 nuevos reactores de última generación con un horizonte temporal que llegará hasta 2035. Se trata de una inversión de cerca de 30.000 millones de euros. Los franceses no descartan aumentar el número de centrales a 14 y por lo tanto incrementar la inversión proporcionalmente.

    La industria auxiliar francesa no puede atender toda la demanda de trabajo que va a producir el nuevo plan nuclear de su país. Además, se han producido procesos de concentración que han dejado determinadas áreas de la cadena de valor en régimen de monopolio y absoluta dependencia de una única compañía especializada, como por ejemplo la construcción de grúas puente para la fabricación de grandes piezas nucleares. Eso ha supuesto aumentos evidentes del precio y pérdida de competitividad.

    La conclusión es que se va a producir un problema de “cuello de botella” ante el cual nuestras empresas pueden ser buena parte de la solución, tanto por cercanía como por competitividad y calidad profesional. En este contexto la misión de FABE es atraer negocio del sector nuclear francés a España y ayudar a las empresas españolas a cumplir los duros requisitos de un sector tan exigente como el nuclear francés.

    La visión consiguiente de FAB es fortalecer la industria española en un sector de alta calidad en términos de valor añadido, empleo e innovación. España es un país industrial además de un destino turístico de primer orden. La industria puede y debe ser un eje de transformación y bienestar social.

    Nuestra región cuenta con un interesante tejido industrial vinculado al sector metalúrgico, con capacidades sobradas para orientar su actividad a este mercado.

    España es un país donde, aparte de la calidad, se fabrica con menor coste, un 30 % menos aproximadamente que nuestros competidores franceses, y con una mayor flexibilidad. Nuestras empresas son más capaces de adaptar su funcionamiento para acortar plazos o sacar el trabajo adelante y eso es siempre un factor decisivo desde la perspectiva del cliente. Por eso desde la FEMZ os animamos a conocer más sobre estas cuestiones participando en la jornada:

    Ventas atómicas: Cómo introducirse en el mercado nuclear francés

    ¡Las plazas son limitadas!

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    DERECHOS: Puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición mediante escrito en la dirección del responsable arriba referenciada, dirigida al Departamento Jurídico.

    Más información.

  • EL AUTONOMO SOCIETARIO NO PUEDE ACOGERSE A LA JUBILACIÓN ACTIVA CON EL 100% DE LA PENSIÓN, RESUELVE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TS

    EL AUTONOMO SOCIETARIO NO PUEDE ACOGERSE A LA JUBILACIÓN ACTIVA CON EL 100% DE LA PENSIÓN, RESUELVE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TS

    En reciente sentencia, el Tribunal Supremo (Sentencia Nº  506/2023, de 12 de julio de 2023 de la Sala de lo Social) ha determinado que un autónomo que sea socio administrador único de una sociedad mercantil no cumple los requisitos para acogerse la jubilación activa en la que se puede estar en activo y cobrar a la vez el 100% de la pensión, aunque esté dado de alta en el RETA y tenga trabajadores a su cargo. Considera en esencia que, al realizar la actividad para una sociedad de capital, es ésta quien asume los riesgos derivados de la actividad y no el autónomo en cuestión.

    La sala de lo Social del Tribunal Supremo resolvió el fallo después de que el Juzgado de lo Social 2 de Vigo y el Tribunal Superior de Justicia de Galicia dieran la razón al interesado al considerar que el autónomo “de alta en RETA” es “socio unipersonal y administrador único de una Sociedad Limitada Unipersonal”, con siete trabajadores contratados en este caso. Sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió ante el Supremo, quien ha negado nuevamente la pensión al societario.

    El demandante, dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, era socio y administrador único de la consultoría, y tenía dados de alta a siete trabajadores. En 2019 decidió retirarse y solicitar la modalidad de jubilación activa, para la que hay que demostrar un periodo mínimo de cotización de 37 años y nueve meses y tener, al menos, un trabajador en nómina, pero el Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegó la solicitud al no considerarlo “persona física con trabajadores a su cargo”.

    Tras llevar el caso ante la justicia, tanto el Juzgado de lo Social de Vigo como el TSJG, fallaron a su favor. En primera instancia y en el Tribunal Superior consideraron que tenía derecho a percibir el 100% de su pensión, cuya base reguladora ascendía por encima de los 2.500 euros, mientras mantenía de manera simultánea actividad laboral, que puede ser a tiempo completo o parcial según este modelo. A pesar de ello, el INSS, amparado bajo el art. 241.2 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de septiembre, decidió elevar el caso al Alto Tribunal.

    El TS aclara que es el autónomo persona física el que puede beneficiarse.

    El TS da a razón al INSS y declara que el  demandante no tiene derecho a recibir la jubilación activa, ya que le considera “autónomo societario” y no “clásico”. Aunque un autónomo esté dado de alta en el RETA, controle la sociedad mercantil de manera única y directa, y tenga siete trabajadores a su cargo, se beneficia “de la limitación de la responsabilidad societaria”. Como autónomo “clásico” uno asume los riesgos a título personal, mientras que en el caso del autónomo societario la responsabilidad de asumir los riesgos y deudas está limitada al capital de la propia sociedad.

    Según el Alto Tribunal, el primero responde de los riesgos por cuenta propia con todo su patrimonio personal, mientras que el segundo no lo hace por sí mismo sino para la sociedad de capital. “El autónomo clásico (…) asume con su patrimonio todas las deudas de su negocio, incluidos salarios y cotizaciones de la Seguridad Social, respondiendo con sus bienes presentes y futuros”. Además, la prolongación de la vida activa con el 100% de la pensión de jubilación conlleva “un riesgo empresarial” con el que éste “justifica plenamente” el acceso a dicho derecho. El segundo, siendo el caso al que pertenece el demandante, funciona como administrador único cumpliendo las funciones de dirección y gerencia de manera directa y habitual: funciones que se ejercen para la sociedad capital y de las cuales ésta se beneficia.

    No es esta, sin embargo, la primera sentencia sobre el particular. Ya el 21 de julio de 2021, la Sala de lo Social del TS dictó sentencia unificando doctrina en la que ya recogía expresamente esos argumentos:

    Texto legal completo

     

    “… CUARTO.- 1.- La compatibilidad plena de la pensión de jubilación activa (en la cuantía del 100%) con el trabajo exige dos requisitos, conforme al tenor literal del art. 214.2, párrafo 2º de la LGSS: realizar la actividad por cuenta propia y tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena.

    2.- En cuanto al primer requisito: realizar la actividad por cuenta propia, tanto el art. 305 de la LGSS como el art. 1 de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo (en adelante LETA) diferencian:

                   1) En su apartado 1 definen a los trabajadores autónomos como a “las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo”.

                   2) En su apartado 2, que incluye los autónomos societarios, dichas normas establecen:

    1. a) El art. 305.2 de la LGSS dispone: “A los efectos de esta ley se declaran expresamente comprendidos en este régimen especial:”
    2. b) El art. 2.2 de la LETA estatuye: “Se declaran expresamente comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley, siempre que cumplan los requisitos a los que se refiere el apartado anterior”.

    Se trata de sendas ampliaciones del ámbito del RETA y de la LETA que mencionan supuestos muy heterogéneos distintos del concepto legal de trabajador autónomo establecido en el apartado primero de ambas normas, incluyendo entre ellos a los autónomos societarios.

     3.- La diferencia entre el autónomo societario y el que ejerce su actividad actuando como persona física, denominado “autónomo clásico” por el preámbulo de la Ley 20/2007, afecta a su responsabilidad patrimonial. Estos últimos responden de sus deudas, incluidas las salariales con los trabajadores contratados y las cotizaciones a la Seguridad Social, con todos sus bienes presentes y futuros ( art. 1911 del Código Civil). asumiendo personalmente el riesgo y ventura de la actividad empresarial. La prolongación de la vida activa supone asumir un riesgo empresarial personal que justifica que, si tiene contratado al menos a un trabajador, disfrute de una compatibilidad plena de la pensión de jubilación y de sus ingresos como autónomo.

    Por el contrario, el citado consejero o administrador de una sociedad mercantil se beneficia de la limitación de la responsabilidad societaria, que en principio no afecta a su patrimonio personal, sin que él suscriba contrato alguno con ningún trabajador (en todo caso, lo suscribe representando a la empresa), ni responda de las deudas salariales, ni de las cotizaciones a la Seguridad Social derivadas del alta en la Seguridad Social del trabajador contratado por la mercantil. Si quiere disfrutar de la compatibilidad plena entre pensión e ingresos, deberá desarrollar una actividad por cuenta propia actuando como persona física y no a través de una sociedad mercantil. No cabe que se pretenda actuar bajo el amparo de una sociedad mercantil, con personalidad jurídica propia, para lo que es favorable (la limitación legal de responsabilidad para los socios o partícipes, art.1 de la Ley de Sociedades de Capital); y soslayarlo para lo que pueda ser desfavorable.

    4.- Respecto del segundo requisito exigido por el art. 214.2, párrafo 2º de la LGSS (tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena) si la empresa es una sociedad mercantil, el empleador es la persona jurídica y no sus consejeros o administradores. (…)  En el supuesto enjuiciado la demandante, que era una autónoma societaria, no tenía contratado a ningún trabajador. Los contratos laborales los había suscrito la sociedad anónima … SA, que tenía la condición de empleador. El hecho de que la actora controle la citada sociedad y, en consecuencia, esté afiliada en el RETA, no significa que tenga contratado a ningún trabajador. Ello supondría ignorar que existe una persona jurídica, la cual ha suscrito los contratos de trabajo, respondiendo con su patrimonio social, distinto del de sus socios y administradores sociales.”

  • ¿TIENES ALGUNA DUDA SOBRE LOS PERMISOS Y MODIFICACIONES RECOGIDAS POR EL REAL DECRETO LEY-5/2023?

    ¿TIENES ALGUNA DUDA SOBRE LOS PERMISOS Y MODIFICACIONES RECOGIDAS POR EL REAL DECRETO LEY-5/2023?

    El pasado jueves 7 de septiembre se impartió desde la Federación de Empresarios del Metal un webinar sobre los nuevos permisos laborales y modificaciones recogidos por el Real Decreto-Ley 5/2023.

     

    Los puntos tratados fueron:

     

    1. El derecho a no ser discriminado por el ejercicio de los derechos de conciliación.
    2. El permiso parental.
    3. Las modificaciones en materia de adaptación de jornada.
    4. Los permisos retribuidos.
    5. Los nuevos supuestos de reducción de jornada y excedencia por cuidado de familiares.
    6. Permiso de lactancia y coincidencia de solicitud por dos progenitores.
    7. La reducción de jornada o excedencia por el cuidado de hijos.
    8. El régimen transitorio de los permisos.
    9. Las nuevas cápsulas de nulidad del despido.
    10. La prórroga de medidas laborales vinculadas con el disfrute de ayudas públicas.
    11. La entrada en vigor de la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas.

     

    Si tienes dudas al respecto y no pudiste conectarte al webinar del pasado jueves… ¡Tranquilo! Todavía estás a tiempo de volver a verlo:


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    (Soy asociado, pero NO tengo claves)


  • PARTICIPA EN NUESTRO DESAYUNO DE TRABAJO SOBRE RIESGO DE CRÉDITO Y MOROSIDAD

    PARTICIPA EN NUESTRO DESAYUNO DE TRABAJO SOBRE RIESGO DE CRÉDITO Y MOROSIDAD

    ¿Estás preparado para proteger la estabilidad financiera de tu empresa del sector metal?

    ¡Participa en nuestro Desayuno de Trabajo sobre Riesgo de Crédito y Morosidad!

    28 de septiembre, a partir de las 9:00 a.m.

    Sede de FEMZ, C/ Santander 36, 2ª planta

    El sector metal enfrenta desafíos financieros constantes que pueden afectar el crecimiento y éxito de tu empresa. Es por eso que la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ) te invita a un evento exclusivo donde abordaremos estrategias clave para mitigar los riesgos de crédito y morosidad.

    Agenda:

    1. Entorno económico. Riesgo de crédito y morosidad: Conoce de cerca el panorama económico actual y cómo afecta a las empresas. Aprende a identificar y enfrentar los riesgos financieros para tomar decisiones más sólidas.
    2. Soluciones y herramientas de mitigación y transferencia de riesgos crediticios y financiación: Descubre las innovadoras soluciones que WTW, bróker de seguros con el equipo especializado líder en seguro de crédito, tiene para ofrecerte. Protege tu negocio contra riesgos crediticios y explora opciones de financiación alternativa y soluciones de seguros de Caución.
    3. Bases de datos y Sistemas de acceso a información financiera de empresas: Informa D&B te mostrará cómo acceder a información financiera crucial de otras empresas para tomar decisiones informadas y reducir el riesgo de morosidad.
    4. Soluciones aseguradoras de impagos para empresas y soluciones para pymes: No pierdas la oportunidad de descubrir las soluciones que CESCE ofrece para proteger a tu empresa contra impagos y asegurar la continuidad de tus operaciones.

    Tu asistencia a este desayuno de trabajo te brindará el conocimiento y las herramientas esenciales para fortalecer tus finanzas empresariales y enfrentar los desafíos del mercado.

    ¡Las plazas son limitadas!

    No te pierdas esta oportunidad de conectar con otros empresarios del sector metal y aprender de expertos en el campo financiero. ¡Te esperamos en nuestro Desayuno de Trabajo sobre Riesgo de Crédito y Morosidad para un evento enriquecedor y productivo!

    INSCRIPCIONES

    DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

    RESPONSABLE:
    FEMZ – FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DEL METAL DE ZARAGOZA.
    NIF: V50081033
    C/Santander 36, 2ª Pl. 50010 – Zaragoza 976768768
    femz@femz.es

    En nombre FEMZ tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado e informarles sobre el mismo y realizar, en su caso, la facturación. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación de servicio o comercial, o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en FEMZ estamos tratando sus datos personales, por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.

    DERECHOS: Puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición mediante escrito en la dirección del responsable arriba referenciada, dirigida al Departamento Jurídico.

    Más información.

  • WEBINAR: OBLIGACIONES LABORALES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

    WEBINAR: OBLIGACIONES LABORALES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

    ¿Existe algún límite en cuanto al acceso a datos del registro y la auditoría salarial por parte de la representación de las personas trabajadoras?

    ¿Cómo debe realizarse el acceso y el tratamiento de los datos por parte de la representación de las personas trabajadoras?

    ¿Cuáles son los límites al tratamiento de datos en materia de selección y contratación?…

     

    La aplicación del Reglamento General de Protección y la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) supuso una serie de cambios en la recogida y uso de datos por parte de la empresa, así como en lo relativo a los derechos de las personas trabajadoras.

    El cumplimiento de la legislación laboral en determinados casos en los que ha de compartirse cierta información sensible genera dudas en la empresa sobre qué datos pueden o no compartirse para no infringir la normativa en materia de protección de datos.

    En cuanto al acceso a datos del registro y la auditoría salarial por parte de la representación de las personas trabajadoras, es importante destacar que existe un límite claro: la información debe ser proporcionada de manera que se preserve la privacidad de los empleados. La representación de los trabajadores tiene derecho a acceder a información relacionada con las condiciones laborales y salariales, pero no deben tener acceso a datos personales sensibles o información que no esté directamente relacionada con su función representativa. El acceso debe ser limitado a lo estrictamente necesario para el ejercicio de sus funciones y con pleno respeto a la privacidad de los trabajadores.

    El acceso y tratamiento de datos por parte de la representación de las personas trabajadoras debe realizarse de manera transparente y con el consentimiento de los empleados cuando sea necesario. Es fundamental establecer protocolos claros y garantizar que cualquier información compartida esté relacionada con las cuestiones laborales en cuestión. Además, se deben adoptar medidas de seguridad adecuadas para proteger los datos y prevenir su divulgación no autorizada.

    En lo que respecta a la selección y contratación de personal, existen límites claros en el tratamiento de datos. Las empresas pueden recopilar y utilizar datos personales de candidatos, pero deben hacerlo de manera legítima y proporcionar la información adecuada sobre cómo se utilizarán esos datos. Los candidatos deben otorgar su consentimiento explícito para el procesamiento de sus datos y tienen el derecho de acceder a la información recopilada y solicitar su corrección o eliminación.

    Es importante destacar que la recopilación de datos debe ser relevante y proporcional al proceso de selección y contratación. No se pueden solicitar datos que no estén directamente relacionados con la evaluación de la idoneidad del candidato para el puesto. Además, las empresas debemos garantizar la confidencialidad de la información recopilada y evitar su uso indebido o la divulgación a terceros no autorizados.

    Las sanciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones laborales en materia de protección de datos son una preocupación seria para nuestras empresas. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) establecen multas significativas en caso de infracciones graves que pueden tener un impacto significativo en las finanzas de una empresa. Además, las sanciones también pueden incluir la obligación de cesar inmediatamente el procesamiento de datos personales o la revocación de la autorización para procesar dichos datos, lo que podría interrumpir gravemente las operaciones comerciales.

    Es importante destacar que las sanciones no solo afectan a la parte financiera, sino que también pueden tener un impacto en la reputación de la empresa. Las violaciones de la protección de datos pueden generar publicidad negativa y erosionar la confianza de los clientes y empleados. La pérdida de confianza puede ser difícil de recuperar y afectar a largo plazo la relación con los clientes. Para evitar sanciones, las empresas deben tomar medidas proactivas para cumplir con las regulaciones de protección de datos. Esto incluye, entre otras acciones, la implementación de políticas y procedimientos internos que garanticen el cumplimiento, la formación del personal en cuestiones de privacidad y protección de datos, o si es necesario, la realización de evaluaciones de impacto en la protección de datos cuando sea requerido.

    Este webinar organizado por la Comisión de potenciación de la presencia de la mujer en el metal de la FEMZ pretende dar respuesta a estas y otras dudas.

    Para ello contaremos con Lourdes Hernández Crespo, Jefa de servicio de la Subdireccción general de promoción y autorizaciones de la Agencia Española de Protección de Datos que nos realizará una aproximación a aquellos aspectos en materia de protección de datos personales que más preocupan a nuestras empresas y resolverá las dudas que se planteen.

     

    Jueves 14 de septiembre

    9:30 h.

    Modalidad online 

    Inscripción

  • ¿QUÉ ES ESO DEL NETWORKING+?

    ¿QUÉ ES ESO DEL NETWORKING+?

    El lunes pasado vimos el atardecer desde el Moncayo. Más pequeño, de acero y cambiando la tranquilidad por el tráfico, esta peculiar cima metálica firmada por Fernando Navarro en la rotonda de los Enlaces es un recuerdo grabado en la retina de los zaragozanos. Bajo su armazón rojo se esconde el trabajo de quienes, desde Alot Metal, levantaron esta estructura y cuya labor parece quedar relegada al anonimato. Una situación que recuerda inevitablemente al sector del metal, el corazón que bombea sangre al tejido aragonés en casi absoluto silencio.

    La FEMZ es consciente de que no se puede conocer lo que no se explica y que es imposible ser visible cuando no se muestra la cara. Por eso, la Federación quiere asomarse con sus socios por la ventana de las redes sociales y desnudar al sector con el proyecto Networking +.

    Networking + va más allá de posibilitar contactos profesionales y generar oportunidades de negocio: es una apuesta audiovisual dual que se adapta a las particularidades de cada empresa para producir vídeos únicos que cambien la imagen gris del metal en el imaginario colectivo por la pluralidad cromática que corresponde a un sector de oportunidades.

    Este proyecto busca ofrecer una visión multiperspectivista, actual y adaptada a las tendencias de las redes sin dejar de lado la esencia de cada negocio, buscando el equilibrio entre lo técnico y lo humano. Y es que, la FEMZ quiere mostrar que detrás de cada máquina y cada pieza hay una historia: la de las manos que la ejecutan, la de la mente que la idea o la del empresario o empresaria que se levanta cada día permitiendo que este particular corazón siga latiendo. Eso sí, a partir de ahora, haciendo un poco más de ruido.

    Déjanos contar tu historia:

    cgonzalez@femz.es

    Vídeo de Alot Metal