Categoría: AYUDA/SUBV

  • AMPLIADO DE NUEVO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL PERTE VEC

    AMPLIADO DE NUEVO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL PERTE VEC

    Publicada en BOE una nueva modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC).

    La nueva modificación amplía, otra vez, el plazo de presentación de solicitudes:

    De acuerdo con el inciso final del segundo párrafo del artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se pospone los efectos de la convocatoria, de forma que el plazo de presentación comenzará desde el día 1 de abril de 2022 y finalizará el día 3 de junio de 2022

    Bases reguladoras

    Convocatoria

    Modificación 27 abril

    Modificación 14 mayo

  • MECANISMO DE COMPENSACIÓN DE COSTES INDIRECTOS IMPUTABLES A LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

    MECANISMO DE COMPENSACIÓN DE COSTES INDIRECTOS IMPUTABLES A LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

    Se establecen las bases reguladoras del mecanismo de compensación de costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero, repercutidos en los precios de la electricidad, consecuencia de la aplicación del cuarto período del régimen europeo de comercio de derechos de emisión (en adelante, RCDE), para determinados sectores y subsectores expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono.

     

    Finalidad

     

    Evitar el traslado de la actividad productiva propia de aquellos sectores más expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono, a terceros países que no están sujetos al RCDE ni a la normativa de la Unión Europea (en adelante, UE), lo que conllevaría una pérdida de la actividad productiva en España y en la UE, así como el peligro de producir un aumento global de las emisiones de gases de efecto invernadero debido a las menores restricciones en países no pertenecientes a la UE.

    El mecanismo de compensación adoptará la forma de subvención.

     

    Beneficiarios

     

    Las personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en RCDE, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que cumplan los requisitos siguientes:

    • Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
    • Realicen una o varias actividades o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I de las nuevas Directrices, bajo los códigos NACE que se explicitan en el mismo, los cuales se encuentran igualmente incluidos en el anexo I del presente real decreto.
    • Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año precedente a la convocatoria del mecanismo de compensación de ayudas, como consecuencia de los costes indirectos soportados en los gastos de suministro destinados a los procesos productivos.

     

    Ámbito temporal

     

    Será aplicable a las subvenciones que se convoquen en el periodo 2022-2031, para compensar los costes indirectos soportados en los años 2021-2030 correspondientes al cuarto periodo del RCDE.

     

    Criterios de evaluación

     

    Las ayudas se concederán por el procedimiento de concurrencia competitiva y las solicitudes se evaluarán de acuerdo con el cumplimiento de los siguientes criterios:

    • Estar en riesgo de fuga de carbono, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 10 ter de la Directiva 2003/87/CE, en relación a las actividades o productos definidos en el anexo I del presente real decreto, por haber incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, como consecuencia de los procesos de producción.
    • Haber acreditado actividad productiva destinada a la comercialización y al beneficio empresarial, y, por ello, sometido a la competencia del mercado, durante el correspondiente ejercicio fiscal anterior al año de la convocatoria derivada de este real decreto.

     

    Sectores primarios que se consideran expuestos a un riesgo real de fuga de carbono

     

      Código NACE (rev. 2) Descripción
    1 14.11 Confección de prendas de vestir de cuero.
    2 24.42 Producción de aluminio.
    3 20.13 Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica.
    4 24.43 Producción de plomo, zinc y estaño.
    5 17.11 Fabricación de pasta papelera.
    6 17.12 Fabricación de papel y cartón.
    7 24.10 Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.
    8 19.20 Refino de petróleo.
    9 24.44 Producción de cobre.
    10 24.45 Producción de otros metales no férreos.
    11 Los siguientes subsectores dentro del sector de los plásticos (20.16):
      20.16.40.15 Polietilenglicoles y los demás poliéter-alcoholes, en formas primarias.
    12 24.51 Todas las categorías de productos en el sector de la fundición de hierro.
    13 Los siguientes subsectores dentro del sector de la fibra de vidrio (23.14):
      23.14.12.10 Esteras de fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio).
    23.14.12.30 Velos de fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio).
    14 Los siguientes subsectores dentro del sector de los gases industriales (20.11):
      20.11.11.50 Hidrógeno.
    20.11.12.90 Compuestos oxigenados inorgánicos de elementos no metálicos.

    Real Decreto completo

  • PUBLICADAS LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA PROYECTOS INNOVADORES CONTRA LA DESPOBLACIÓN

    PUBLICADAS LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA PROYECTOS INNOVADORES CONTRA LA DESPOBLACIÓN

    Se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.

    Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores de carácter singular y demostrativo, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica.

     

    Modalidades

     

    Modalidad A

    Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.

     

    Modalidad B

    Proyectos sociales promovidos por entidades sin ánimo de lucro, que tengan como finalidad incentivar y desarrollar la participación social en proyectos que tengan como objetivo la transformación territorial.

     

    Modalidad C

    Proyectos empresariales que tengan como finalidad el impulso, la diversificación y reactivación económica, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes, para el fomento del desarrollo de zonas con especiales dificultades demográficas, con especial atención a aquellos proyectos impulsados por la juventud y mujeres.

    Debe cumplir al menos dos objetivos específicos:

    • Estructura productiva y desarrollo económico. Propuesta, desarrollo y puesta en marcha de iniciativas empresariales y de actuaciones tendentes a la reactivación económica y social de las zonas interesadas, en especial mediante el aprovechamiento de los activos de capital fijo y el mantenimiento de la provisión de servicios.
    • Bienestar social y economía de los ciudadanos. Propuesta y desarrollo de iniciativas para la mejora de la atención y el cuidado de la población.
    • Formación y ayuda al emprendimiento. Propuesta, desarrollo y puesta en marcha de actividades formativas destinadas a mejorar la capacitación laboral y el apoyo al emprendimiento de la población activa.
    • Desarrollo en innovación en el territorio. Iniciativas dirigidas a la creación de actividades económicas que aporten una mejora de la competitividad y una puesta en valor de las ventajas absolutas y comparativas y fomenten el valor económico agregado de estas áreas geográficas.
    • Mantenimiento y renovación de la vivienda y la conservación del patrimonio arquitectónico. Actuaciones destinadas a la rehabilitación y puesta en valor de la vivienda rural, recuperación del patrimonio propio.
    • Transición digital y plena conectividad territorial. Actividades dirigidas a garantizar la conectividad de las zonas afectadas y fortalecer la interacción rural-urbana y la continuidad territorial.

     

    Los proyectos podrán desarrollarse en uno o varios municipios, siendo elegibles tanto los municipios con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes, como aquellos municipios de más de 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores con una población inferior a los 5.000 habitantes. Los proyectos podrán presentarse tanto para un municipio como para un conjunto de municipios.

     

    Cuantía

     

    Las ayudas concedidas no podrán superar el 90 % del total de gasto subvencionable para las modalidades A y B y el 70 % para la modalidad C.

    Orden completa

  • JORNADA INFORMATIVA SOBRE LAS AYUDAS AL DISEÑO INDUSTRIAL

    JORNADA INFORMATIVA SOBRE LAS AYUDAS AL DISEÑO INDUSTRIAL

    Tras la publicación de la convocatoria para el ejercicio 2022, de las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP), el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI) ha organizado una presentación on line el próximo día 5 de mayo a las 12,30h.

    Para asistir habrá que unirse a la reunión en el link que se facilitará a los inscritos.

    Los interesados deben enviar un correo con sus datos a cadi@aragon.es

    Más información de la convocatoria

  • SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL PERTE VEC

    SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL PERTE VEC

    Publicada en BOE una modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    La orden establece un modelo colaborativo de solicitud, de forma que las entidades interesadas en presentar una solicitud se deberán constituir como una agrupación de empresas sin personalidad jurídica y suscribir con carácter previo un acuerdo interno.

    Entre otras modificaciones, se amplía el plazo de presentación de solicitudes:

    “De acuerdo con el inciso final del segundo párrafo del artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se pospone los efectos de la convocatoria, de forma que el plazo de presentación comenzará desde el día 1 de abril de 2022 y finalizará el día 17 de mayo de 2022.

    La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo”

    Bases reguladoras

    Convocatoria

    Última modificación

    Resumen

  • AYUDAS PARA EMPRESAS ARAGONESAS CON PROBLEMAS DE LIQUIDEZ POR EL CONFLICTO DE UCRANIA

    AYUDAS PARA EMPRESAS ARAGONESAS CON PROBLEMAS DE LIQUIDEZ POR EL CONFLICTO DE UCRANIA

    El Departamento de Economía del Gobierno de Aragón, a través de SODIAR, acaba de lanzar una nueva Línea de Financiación denominada “Apoyo a Empresas Conflicto Ucrania”, dotada con 7 millones de euros, que se destinará a financiar las necesidades de liquidez ocasionadas directa o indirectamente, por el conflicto de Ucrania (elevación de precios de materias primas, suministros, energía, pérdida de contratos, perturbaciones de la cadena de suministros, etc.)

     

    Beneficiarios

     

    Autónomos y empresas que tengan necesidades de liquidez ocasionadas, directa o indirectamente, por el conflicto de Ucrania.

     

    Requisitos

     

    • Tener el domicilio social y fiscal en Aragón.
    • Proyecto viable técnica y económicamente.
    • Que se acredite y justifique la necesidad de financiación solicitada y la capacidad de reintegro.
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

     

    Gastos subvencionables

     

    Se podrán financiar las necesidades ya sean de liquidez o de inversión que sean consecuencia directa o indirecta de la crisis de Ucrania, derivadas de:

    • Elevación anormal de los precios de materias primas y suministros, en especial la energía.
    • Perturbaciones en las cadenas de suministros.
    • Reducción significativa de la demanda.
    • Interrupción o pérdidas de contratos y/o proyectos.

     

    Financiación

     

    Importe entre 10.000 € y 100.000 €. Excepcionalmente, y en el caso de que se destine el préstamo a paliar el incremento de los costes de energía, el importe mínimo se podrá reducir a 5.000 €. 

    La inversión se efectuará a través de préstamos, con o sin garantía de socios:

    • Los intereses podrán ser bonificados por SODIAR al 100%, sujeto a minimis.
    • Plazo de amortización: hasta 3 años con hasta 1 de carencia (1+2).
    • Sin comisiones.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes se efectuarán a través del formulario de solicitud de la página web de SODIAR (www.sodiar.es) hasta el 10 de diciembre de 2022.

    Documentación requerida: Plan de negocio (con arreglo al modelo que se incorpora en la propia página web) y cualquier otra documentación adicional que pueda precisar SODIAR para el análisis de viabilidad del proyecto.

    Más información

  • AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    Se efectúa la convocatoria de concesión de ayuda a proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la Industria Conectada 4.0. (ACTIVA_Financiación) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2022.

     

    Beneficiarios

     

    Sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.

     

    Prioridades temáticas

     

    Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria manufacturera y habrán de adaptarse al menos a alguna de las prioridades temáticas siguientes:

    • Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa
    • Soluciones para el tratamiento avanzado de datos
    • Soluciones de inteligencia artificial
    • Proyectos de simulación industrial
    • Diseño y fabricación aditiva
    • Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial
    • Robótica colaborativa y cognitiva
    • Sensórica

     

    Cuantía

     

    Las ayudas podrán tener la forma de préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades.

    El importe total máximo convocado será de 140.000.000 euros de los que 100.000.000 euros serán en forma de préstamo y 40.000.000 euros en forma de subvención.

    La financiación total a conceder será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable.

    Los préstamos reembolsables serán con tipo de interés al 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10 años con 3 años de carencia para línea ACTIVA-Grandes Implementaciones.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación comenzará desde el día 25 de abril de 2022 y finalizará el día 17 de mayo de 2022.

    Bases reguladoras

    Modificación posterior de las bases

  • NUEVAS CONVOCATORIAS VINCULADAS A LOS FONDOS NEXT GENERATION

    NUEVAS CONVOCATORIAS VINCULADAS A LOS FONDOS NEXT GENERATION

    CEOE Aragón publica un resumen de las nuevas convocatorias para empresas vinculadas a fondos Next Generation UE:

    • Industria Conectada 4.0
    • Kit Digital
    • Largometrajes sobre proyecto
    • Cobertura de vacantes en sectores estratégicos

    Recuerda que su Servicio de Apoyo a la Elaboración de proyectos Empresariales puede ayudarte a optar a estas ayudas, conocer otras abiertas y previstas dentro de las convocatorias con fondos europeos. Asesoramiento integral especializado.

    Más información

  • WEBINAR SOBRE LAS AYUDAS A PLANES DE INNOVACIÓN Y SOSTENIBILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

    WEBINAR SOBRE LAS AYUDAS A PLANES DE INNOVACIÓN Y SOSTENIBILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

    Con motivo de la próxima convocatoria del programa ACTIVA Financiación y de las Ayudas a Planes de Innovación y Sostenibilidad en el ámbito de la Industria Manufacturera (IDI), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2022, la Secretaría General de Industria y de la PYME va a realizar una sesión informativa, con el fin de favorecer la participación y facilitar la preparación de la documentación necesaria para la presentación de solicitudes.

    Por ello, se celebrará una sesión técnica virtual previa a la apertura de los plazos de solicitud. La fecha para la celebración de este webinar será el 22 de abril, de 10:30 a 11:30 y será una sesión pública, de carácter técnico, en la que podrá participar cualquier entidad interesada.

    No se requiere registro previo.

    Acceder

  • CONVOCADAS LAS AYUDAS PARA DISEÑO INDUSTRIAL DEL PROGRAMA PAIP

    CONVOCADAS LAS AYUDAS PARA DISEÑO INDUSTRIAL DEL PROGRAMA PAIP

    Se convocan para el ejercicio 2022, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) o autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    En función de las líneas de ayudas y ámbitos de actuación, y siempre que manifiesten la voluntad de avanzar hacia una gestión estable del diseño como una parte importante de su estrategia de empresa, podrán ser beneficiaras de las ayudas:

    a) Las empresas consolidadas: aquellas que en la fecha de presentación de su solicitud tengan más de cinco años de antigüedad desde su constitución (o alta en el caso de trabajadores autónomos).

    b) Las empresas en consolidación: aquellas que en la fecha de presentación de su solicitud cuenten con una antigüedad menor o igual a cinco años desde su constitución (o alta en el caso de trabajadores autónomos). A los efectos de la consideración de empresa en consolidación o empresa consolidada, se estará a la fecha de la declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. No siendo admisible a estos efectos la segunda o posteriores declaraciones de alta para nuevas actividades económicas de una empresa ya constituida.

    c) Las empresas de los sectores maduros: aquellas pertenecientes a los sectores, textil, confección, calzado, mobiliario, iluminación, menaje y juguete. En estas empresas se fomentará especialmente el diseño de producto.

    Dentro del ámbito Producto, podrán solicitar ayudas las empresas con cartera de productos propios y las fabricantes mono-producto si obtienen la valoración necesaria con arreglo a los baremos establecidos.

    En el caso del ámbito Servicios podrán solicitar ayudas además de las empresas de servicios, las industriales fabricantes de producto, en tanto que este forme parte significativa de un servicio prestado por la empresa distinto del servicio post venta.

     

    Líneas de ayudas

     

    Línea para empresas consolidadas

    Las ayudas se constituyen como un estímulo a la implantación de metodologías para la gestión del diseño de una manera más estable, en empresas ya consolidadas.

     

    Línea para empresas en consolidación

    El objeto de esta línea de ayudas es la aplicación de metodologías de diseño ya desde una fase más temprana o inicial de la actividad empresarial para aquellas empresas de reciente creación. Las empresas en consolidación podrán acceder a porcentajes superiores de subvención.

     

    Línea para empresas de sectores maduros

    El objeto de esta línea es acercar a las metodologías para la gestión del diseño en el ámbito del Producto a empresas de los sectores especificados en el artículo sexto. Así como el apoyo, solo en ese ámbito del producto, a la realización de herramientas de comunicación impresas o digitales basadas en el diseño externo como requisito imprescindible.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se considerará actuación subvencionable la realización a las empresas beneficiarias de trabajos específicos en materia de gestión de diseño, como método dirigido al desarrollo del diseño industrial para la innovación, por parte de colaboradores externos homologados.

    El catálogo de los colaboradores externos homologados estará a disposición de las empresas en el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI), y en la página web del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.

    Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse en los siguientes ámbitos o modalidades:

    a) “Producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas.

    b) “Identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas.

    c) “Servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas

     

    Cuantía

     

    La ayuda se concreta en forma de subvención sobre los honorarios de colaboradores externos homologados de servicios de consultoría y de servicios de diseño, ayuda que es destinada por tanto a facilitar el acceso a la contratación de estos servicios.

    En el caso de la línea de empresas de sectores maduros, la subvención podrá destinarse también a sufragar además de los gastos externos del diseño de las herramientas impresas o digitales de comunicación, los derivados de la fotografía y la maquetación, y programación -en el caso de las digitales- necesarios para obtenerlas. Y solo se podrá alcanzar el importe máximo establecido, si además de los procesos de diseño se realizan estas herramientas de comunicación. En caso contrario se descontará de la cuantía de la subvención el importe establecido para la realización de estas herramientas.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 20 de mayo de 2022.

    Orden completa