Categoría: AYUDA/SUBV

  • PUBLICADAS LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA PROYECTOS INNOVADORES CONTRA LA DESPOBLACIÓN

    PUBLICADAS LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA PROYECTOS INNOVADORES CONTRA LA DESPOBLACIÓN

    Se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.

    Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores de carácter singular y demostrativo, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica.

     

    Modalidades

     

    Modalidad A

    Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.

     

    Modalidad B

    Proyectos sociales promovidos por entidades sin ánimo de lucro, que tengan como finalidad incentivar y desarrollar la participación social en proyectos que tengan como objetivo la transformación territorial.

     

    Modalidad C

    Proyectos empresariales que tengan como finalidad el impulso, la diversificación y reactivación económica, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes, para el fomento del desarrollo de zonas con especiales dificultades demográficas, con especial atención a aquellos proyectos impulsados por la juventud y mujeres.

    Debe cumplir al menos dos objetivos específicos:

    • Estructura productiva y desarrollo económico. Propuesta, desarrollo y puesta en marcha de iniciativas empresariales y de actuaciones tendentes a la reactivación económica y social de las zonas interesadas, en especial mediante el aprovechamiento de los activos de capital fijo y el mantenimiento de la provisión de servicios.
    • Bienestar social y economía de los ciudadanos. Propuesta y desarrollo de iniciativas para la mejora de la atención y el cuidado de la población.
    • Formación y ayuda al emprendimiento. Propuesta, desarrollo y puesta en marcha de actividades formativas destinadas a mejorar la capacitación laboral y el apoyo al emprendimiento de la población activa.
    • Desarrollo en innovación en el territorio. Iniciativas dirigidas a la creación de actividades económicas que aporten una mejora de la competitividad y una puesta en valor de las ventajas absolutas y comparativas y fomenten el valor económico agregado de estas áreas geográficas.
    • Mantenimiento y renovación de la vivienda y la conservación del patrimonio arquitectónico. Actuaciones destinadas a la rehabilitación y puesta en valor de la vivienda rural, recuperación del patrimonio propio.
    • Transición digital y plena conectividad territorial. Actividades dirigidas a garantizar la conectividad de las zonas afectadas y fortalecer la interacción rural-urbana y la continuidad territorial.

     

    Los proyectos podrán desarrollarse en uno o varios municipios, siendo elegibles tanto los municipios con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes, como aquellos municipios de más de 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores con una población inferior a los 5.000 habitantes. Los proyectos podrán presentarse tanto para un municipio como para un conjunto de municipios.

     

    Cuantía

     

    Las ayudas concedidas no podrán superar el 90 % del total de gasto subvencionable para las modalidades A y B y el 70 % para la modalidad C.

    Orden completa

  • JORNADA INFORMATIVA SOBRE LAS AYUDAS AL DISEÑO INDUSTRIAL

    JORNADA INFORMATIVA SOBRE LAS AYUDAS AL DISEÑO INDUSTRIAL

    Tras la publicación de la convocatoria para el ejercicio 2022, de las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP), el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI) ha organizado una presentación on line el próximo día 5 de mayo a las 12,30h.

    Para asistir habrá que unirse a la reunión en el link que se facilitará a los inscritos.

    Los interesados deben enviar un correo con sus datos a cadi@aragon.es

    Más información de la convocatoria

  • SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL PERTE VEC

    SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL PERTE VEC

    Publicada en BOE una modificación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    La orden establece un modelo colaborativo de solicitud, de forma que las entidades interesadas en presentar una solicitud se deberán constituir como una agrupación de empresas sin personalidad jurídica y suscribir con carácter previo un acuerdo interno.

    Entre otras modificaciones, se amplía el plazo de presentación de solicitudes:

    “De acuerdo con el inciso final del segundo párrafo del artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se pospone los efectos de la convocatoria, de forma que el plazo de presentación comenzará desde el día 1 de abril de 2022 y finalizará el día 17 de mayo de 2022.

    La presentación de solicitudes se realizará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Solicitud que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo”

    Bases reguladoras

    Convocatoria

    Última modificación

    Resumen

  • AYUDAS PARA EMPRESAS ARAGONESAS CON PROBLEMAS DE LIQUIDEZ POR EL CONFLICTO DE UCRANIA

    AYUDAS PARA EMPRESAS ARAGONESAS CON PROBLEMAS DE LIQUIDEZ POR EL CONFLICTO DE UCRANIA

    El Departamento de Economía del Gobierno de Aragón, a través de SODIAR, acaba de lanzar una nueva Línea de Financiación denominada “Apoyo a Empresas Conflicto Ucrania”, dotada con 7 millones de euros, que se destinará a financiar las necesidades de liquidez ocasionadas directa o indirectamente, por el conflicto de Ucrania (elevación de precios de materias primas, suministros, energía, pérdida de contratos, perturbaciones de la cadena de suministros, etc.)

     

    Beneficiarios

     

    Autónomos y empresas que tengan necesidades de liquidez ocasionadas, directa o indirectamente, por el conflicto de Ucrania.

     

    Requisitos

     

    • Tener el domicilio social y fiscal en Aragón.
    • Proyecto viable técnica y económicamente.
    • Que se acredite y justifique la necesidad de financiación solicitada y la capacidad de reintegro.
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

     

    Gastos subvencionables

     

    Se podrán financiar las necesidades ya sean de liquidez o de inversión que sean consecuencia directa o indirecta de la crisis de Ucrania, derivadas de:

    • Elevación anormal de los precios de materias primas y suministros, en especial la energía.
    • Perturbaciones en las cadenas de suministros.
    • Reducción significativa de la demanda.
    • Interrupción o pérdidas de contratos y/o proyectos.

     

    Financiación

     

    Importe entre 10.000 € y 100.000 €. Excepcionalmente, y en el caso de que se destine el préstamo a paliar el incremento de los costes de energía, el importe mínimo se podrá reducir a 5.000 €. 

    La inversión se efectuará a través de préstamos, con o sin garantía de socios:

    • Los intereses podrán ser bonificados por SODIAR al 100%, sujeto a minimis.
    • Plazo de amortización: hasta 3 años con hasta 1 de carencia (1+2).
    • Sin comisiones.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes se efectuarán a través del formulario de solicitud de la página web de SODIAR (www.sodiar.es) hasta el 10 de diciembre de 2022.

    Documentación requerida: Plan de negocio (con arreglo al modelo que se incorpora en la propia página web) y cualquier otra documentación adicional que pueda precisar SODIAR para el análisis de viabilidad del proyecto.

    Más información

  • AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    Se efectúa la convocatoria de concesión de ayuda a proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la Industria Conectada 4.0. (ACTIVA_Financiación) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2022.

     

    Beneficiarios

     

    Sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.

     

    Prioridades temáticas

     

    Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria manufacturera y habrán de adaptarse al menos a alguna de las prioridades temáticas siguientes:

    • Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa
    • Soluciones para el tratamiento avanzado de datos
    • Soluciones de inteligencia artificial
    • Proyectos de simulación industrial
    • Diseño y fabricación aditiva
    • Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial
    • Robótica colaborativa y cognitiva
    • Sensórica

     

    Cuantía

     

    Las ayudas podrán tener la forma de préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades.

    El importe total máximo convocado será de 140.000.000 euros de los que 100.000.000 euros serán en forma de préstamo y 40.000.000 euros en forma de subvención.

    La financiación total a conceder será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable.

    Los préstamos reembolsables serán con tipo de interés al 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10 años con 3 años de carencia para línea ACTIVA-Grandes Implementaciones.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación comenzará desde el día 25 de abril de 2022 y finalizará el día 17 de mayo de 2022.

    Bases reguladoras

    Modificación posterior de las bases

  • NUEVAS CONVOCATORIAS VINCULADAS A LOS FONDOS NEXT GENERATION

    NUEVAS CONVOCATORIAS VINCULADAS A LOS FONDOS NEXT GENERATION

    CEOE Aragón publica un resumen de las nuevas convocatorias para empresas vinculadas a fondos Next Generation UE:

    • Industria Conectada 4.0
    • Kit Digital
    • Largometrajes sobre proyecto
    • Cobertura de vacantes en sectores estratégicos

    Recuerda que su Servicio de Apoyo a la Elaboración de proyectos Empresariales puede ayudarte a optar a estas ayudas, conocer otras abiertas y previstas dentro de las convocatorias con fondos europeos. Asesoramiento integral especializado.

    Más información

  • WEBINAR SOBRE LAS AYUDAS A PLANES DE INNOVACIÓN Y SOSTENIBILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

    WEBINAR SOBRE LAS AYUDAS A PLANES DE INNOVACIÓN Y SOSTENIBILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

    Con motivo de la próxima convocatoria del programa ACTIVA Financiación y de las Ayudas a Planes de Innovación y Sostenibilidad en el ámbito de la Industria Manufacturera (IDI), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2022, la Secretaría General de Industria y de la PYME va a realizar una sesión informativa, con el fin de favorecer la participación y facilitar la preparación de la documentación necesaria para la presentación de solicitudes.

    Por ello, se celebrará una sesión técnica virtual previa a la apertura de los plazos de solicitud. La fecha para la celebración de este webinar será el 22 de abril, de 10:30 a 11:30 y será una sesión pública, de carácter técnico, en la que podrá participar cualquier entidad interesada.

    No se requiere registro previo.

    Acceder

  • CONVOCADAS LAS AYUDAS PARA DISEÑO INDUSTRIAL DEL PROGRAMA PAIP

    CONVOCADAS LAS AYUDAS PARA DISEÑO INDUSTRIAL DEL PROGRAMA PAIP

    Se convocan para el ejercicio 2022, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) o autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    En función de las líneas de ayudas y ámbitos de actuación, y siempre que manifiesten la voluntad de avanzar hacia una gestión estable del diseño como una parte importante de su estrategia de empresa, podrán ser beneficiaras de las ayudas:

    a) Las empresas consolidadas: aquellas que en la fecha de presentación de su solicitud tengan más de cinco años de antigüedad desde su constitución (o alta en el caso de trabajadores autónomos).

    b) Las empresas en consolidación: aquellas que en la fecha de presentación de su solicitud cuenten con una antigüedad menor o igual a cinco años desde su constitución (o alta en el caso de trabajadores autónomos). A los efectos de la consideración de empresa en consolidación o empresa consolidada, se estará a la fecha de la declaración de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. No siendo admisible a estos efectos la segunda o posteriores declaraciones de alta para nuevas actividades económicas de una empresa ya constituida.

    c) Las empresas de los sectores maduros: aquellas pertenecientes a los sectores, textil, confección, calzado, mobiliario, iluminación, menaje y juguete. En estas empresas se fomentará especialmente el diseño de producto.

    Dentro del ámbito Producto, podrán solicitar ayudas las empresas con cartera de productos propios y las fabricantes mono-producto si obtienen la valoración necesaria con arreglo a los baremos establecidos.

    En el caso del ámbito Servicios podrán solicitar ayudas además de las empresas de servicios, las industriales fabricantes de producto, en tanto que este forme parte significativa de un servicio prestado por la empresa distinto del servicio post venta.

     

    Líneas de ayudas

     

    Línea para empresas consolidadas

    Las ayudas se constituyen como un estímulo a la implantación de metodologías para la gestión del diseño de una manera más estable, en empresas ya consolidadas.

     

    Línea para empresas en consolidación

    El objeto de esta línea de ayudas es la aplicación de metodologías de diseño ya desde una fase más temprana o inicial de la actividad empresarial para aquellas empresas de reciente creación. Las empresas en consolidación podrán acceder a porcentajes superiores de subvención.

     

    Línea para empresas de sectores maduros

    El objeto de esta línea es acercar a las metodologías para la gestión del diseño en el ámbito del Producto a empresas de los sectores especificados en el artículo sexto. Así como el apoyo, solo en ese ámbito del producto, a la realización de herramientas de comunicación impresas o digitales basadas en el diseño externo como requisito imprescindible.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se considerará actuación subvencionable la realización a las empresas beneficiarias de trabajos específicos en materia de gestión de diseño, como método dirigido al desarrollo del diseño industrial para la innovación, por parte de colaboradores externos homologados.

    El catálogo de los colaboradores externos homologados estará a disposición de las empresas en el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI), y en la página web del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.

    Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse en los siguientes ámbitos o modalidades:

    a) “Producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas.

    b) “Identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas.

    c) “Servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas

     

    Cuantía

     

    La ayuda se concreta en forma de subvención sobre los honorarios de colaboradores externos homologados de servicios de consultoría y de servicios de diseño, ayuda que es destinada por tanto a facilitar el acceso a la contratación de estos servicios.

    En el caso de la línea de empresas de sectores maduros, la subvención podrá destinarse también a sufragar además de los gastos externos del diseño de las herramientas impresas o digitales de comunicación, los derivados de la fotografía y la maquetación, y programación -en el caso de las digitales- necesarios para obtenerlas. Y solo se podrá alcanzar el importe máximo establecido, si además de los procesos de diseño se realizan estas herramientas de comunicación. En caso contrario se descontará de la cuantía de la subvención el importe establecido para la realización de estas herramientas.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 20 de mayo de 2022.

    Orden completa

  • AYUDAS PARA EL AUTOEMPLEO Y EL EMPRENDIMIENTO EN ARAGÓN

    AYUDAS PARA EL AUTOEMPLEO Y EL EMPRENDIMIENTO EN ARAGÓN

    Se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.

    La finalidad de estas subvenciones es apoyar el autoempleo y el emprendimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentando para ello el establecimiento de personas desempleadas como trabajadores autónomos, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica y promoviendo el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones aquellas personas físicas que, cumpliendo los requisitos previstos específicamente en la Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, para cada modalidad de subvención y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

    • Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
    • Que se incorporen al negocio familiar como autónomos colaboradores.
    • Que alcancen el primer año de actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia y hayan sido beneficiarios de la subvención al establecimiento como trabajador autónomo o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
    • Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
    • Que contrate al primer trabajador por cuenta ajena.
    • Que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y soliciten y obtengan un préstamo a título individual.

    Se entenderá que las personas beneficiarias ejercen la actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón cuando su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Colegio profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas se encuentre en el ámbito territorial de Aragón.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Podrán ser objeto de subvención, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria, todos aquellos supuestos previstos en los Capítulos del II al VII, ambos inclusive, de la Orden EPE/35/2021, de 28 de enero, que se produzcan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre los días 1 de octubre de 2021 y 30 de septiembre de 2022, ambos inclusive y para los que se establecen las siguientes subvenciones:

    • Subvención al establecimiento como trabajador autónomo, destinada a promocionar el empleo por cuenta propia de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo.
    • Subvención para el fomento del relevo generacional, destinada a facilitar la continuidad del negocio más allá de la vida laboral de su promotor.
    • Incentivo a la consolidación de proyectos para favorecer el mantenimiento de la actividad por cuenta propia.
    • Subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de trabajadores autónomos colaboradores.
    • Subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena por parte de un trabajador autónomo, para favorecer el crecimiento de su proyecto de autoempleo.
    • Subvención financiera para reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones y otros gastos necesarios para la puesta en marcha y el desarrollo de la actividad

     

    Plazo

     

    Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son los siguientes:

    a) Para la subvención al establecimiento como trabajador autónomo, la subvención para el fomento del relevo generacional y la subvención para favorecer la incorporación al negocio familiar de trabajadores autónomos colaboradores: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.

    b) Para el incentivo a la consolidación de proyectos: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el primer año de actividad.

    c) Para la subvención por la contratación del primer trabajador por cuenta ajena por parte de un trabajador autónomo: un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

    d) Para la subvención financiera: en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del préstamo si éste se formalizase con posterioridad al inicio de actividad. Por el contrario, si el préstamo se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, el plazo de seis meses se computará desde dicho inicio. En todo caso, tanto los gastos como los pagos de la inversión deben estar realizados en la fecha de solicitud.

    Orden completa

  • AYUDAS A PYMES ARAGONESAS PARA ACTUACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

    AYUDAS A PYMES ARAGONESAS PARA ACTUACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

    Se convocan para el ejercicio 2022 ayudas para la realización de actuaciones en materia de comercio exterior en la Comunidad Autónoma de Aragón, realizadas por PYMES aragonesas.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas o medianas empresas que tengan su domicilio fscal en Aragón o desarrollen una actividad industrial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las actuaciones subvencionables se destinarán a financiar las siguientes actividades:

    • Organización y participación en misiones comerciales o ferias. La organización y participación por parte de los beneficiarios de acciones presenciales o virtuales de prospección comercial y presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional, misiones inversas y otras acciones similares dirigidas a la promoción de las pequeñas y medianas empresas aragonesas, de sus productos y servicios en el ámbito internacional.
    • Aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación.
    • Mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora

     

    Serán gastos subvencionables aquellos que deriven de los siguientes conceptos:

    Respecto de la organización y participación por parte de los beneficiarios de acciones de prospección comercial y la presencia en ferias fuera del territorio español o dentro si tienen reconocido oficialmente su carácter internacional, misiones inversas y otras acciones similares, los gastos de organización:

    • Agenda de trabajo
    • Canon de ocupación e inscripción
    • Diseño, montaje e instalación de stands en los espacios contratados para la organización de misiones comerciales directas e inversas, encuentros empresariales, exposiciones y participación en ferias internacionales.

    Respecto del aprovechamiento en el área de internacionalización y comercio exterior de las tecnologías de la información y comunicación: los gastos derivados de la contratación de servicios de mantenimiento y actualización de los cuadros de mando de servicios de información personalizados durante el periodo subvencionable, que tracen la información de los movimientos de exportación e importación de productos y empresas, procedente de diversas fuentes contrastadas para identificar los movimientos estratégicos del sector sobre las siguientes cuestiones:

    • Tendencias de los mercados internacionales. Identificación de los países con una evolución más favorable, zonas geográficas de mayor interés y seguimiento de países seleccionados.
    • Identificación de clientes y competidores de un producto/sector en los mercados de interés.
    • Seguimiento de clientes y competidores seleccionados para identificar su estrategia y movimientos en los mercados internacionales.

    Respecto de la mejora en la gestión y en la eficacia de la actividad exportadora: los gastos de contratación de servicios de consultoría especializada, planificación de las acciones de internacionalización y análisis de mercados.

    La actuación anterior deberá haberse ejecutado desde el 15 de septiembre de 2021 y con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura.

    Para la concesión de la ayuda deberá justificarse en el momento de la solicitud tanto la ejecución de la actividad como la realización del pago.

    Se considerará gasto realizado y pagado el que haya sido facturado y abonado entre el 15 de septiembre de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud. El gasto máximo subvencionable no podrá ser superior a 25.000 euros.

    No se consideran subvencionables los siguientes gastos:

    • Gastos de viaje, alojamiento y dietas.
    • Pago de impuestos.
    • Gastos corrientes de estructura de las empresas.
    • Nóminas o seguros sociales.
    • Alquileres excepto los derivados del montaje e instalación de los stands.
    • Gastos del transporte y aduaneros de las mercancías en las acciones de prospección comercial y ferias fuera de territorio español.
    • Gastos que generen autofacturación.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 14 de septiembre de 2022.

    Orden completa