Categoría: AYUDA/SUBV

  • LA FUNDACIÓN LA CAIXA LANZA AYUDAS DIRECTAS A EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES

    LA FUNDACIÓN LA CAIXA LANZA AYUDAS DIRECTAS A EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES

    La Fundación ”la Caixa” lanza la cuarta convocatoria Empleo Joven que pretende ser una ayuda directa a empresas y entidades para la contratación de personas jóvenes (mayores de 16 y menores de 30 años) inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en las presentes bases reguladoras:

    • Las empresas, incluidos/as los/las empresarios/as autónomos/as.
    • Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

    No podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en las presentes bases reguladoras:

    • Las uniones temporales de empresas.
    • Las sociedades civiles.
    • Las comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica.
    • Los entes del sector público estatal, autonómico y local

     

    Contratos subvencionables

     

    Son subvencionables aquellos contratos que se ajusten a las previsiones del  Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo y/o a su normativa específica de aplicación y que sean contratos indefinidos, a tiempo completo, con un periodo mínimo de permanencia de 6 meses.

    A efectos del cómputo del período mínimo de permanencia de 6 meses, si el contrato de la persona joven trabajadora continua vigente, pero se ve afectado por un ERTE motivado por el COVID-19, ya sea de suspensión total o de reducción de jornada, el período afectado por el ERTE se considerará como mantenimiento a efectos de cómputo del periodo mínimo de permanencia.

    No tendrán la consideración de contratos subvencionables los siguientes:

    • Contrato para la formación y el aprendizaje
    • Contrato en prácticas
    • Contrato de interinidad
    • Contrato temporal
    • Contrato fijo discontinuo
    • Contrato de puesta a disposición

     

    Cuantía

     

    Por cada contrato indefinido subvencionado al amparo de las presentes bases se otorgará una ayuda máxima de 4.800 euros, correspondiente a una cuantía fija de 800 euros mensuales durante los SEIS (6) primeros meses de contrato (periodo de permanencia mínima).

     

    Plazo

     

    El plazo de solicitud de las ayudas se inició el día 22 de noviembre de 2022 y finalizará una vez agotado el crédito disponible en la convocatoria o el 31 de marzo de 2023 .

    Más info

  • PRESENTADAS LAS BASES DE LA PRÓXIMA CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE ECONOMÍA CIRCULAR

    PRESENTADAS LAS BASES DE LA PRÓXIMA CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DE ECONOMÍA CIRCULAR

    La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha organizado una jornada para explicar y difundir las bases de la próxima convocatoria de ayudas a proyectos de economía circular dirigido a empresas (línea 2 del PERTE) que serán publicadas en los próximos días.

    A partir de su publicación en BOE, el cronograma será el siguiente:

     

    Volver a ver la jornada

  • AMPLIADO EL PLAZO PARA ACCEDER A LA LÍNEA DE AVALES PARA EMPRESAS AFECTADAS POR LA GUERRA DE UCRANIA

    AMPLIADO EL PLAZO PARA ACCEDER A LA LÍNEA DE AVALES PARA EMPRESAS AFECTADAS POR LA GUERRA DE UCRANIA

    El Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, (B.O.E. 30 de marzo de 2022), por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, introdujo una línea de avales por importe de hasta 10.000 millones de euros destinados a garantizar la financiación concedida a autónomos y empresas españolas afectados por los efectos económicos de la guerra.

    Las condiciones de los avales fueron desarrolladas por dos Acuerdos del Consejo de Ministros:

    La Comisión Europea ha adoptado una modificación del Marco Temporal Europeo en la que, entre otras modificaciones, extiende el plazo para otorgar ayudas hasta el 31 de diciembre de 2023.

    Por ello, se ha modificado el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para extender el plazo de concesión de los avales hasta 31 de diciembre de 2023.

  • SUBVENCIONES A INVERSIONES PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN OFICINAS Y LOCALES DE AUTÓNOMOS Y DE PEQUEÑAS EMPRESAS DE ZARAGOZA

    SUBVENCIONES A INVERSIONES PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN OFICINAS Y LOCALES DE AUTÓNOMOS Y DE PEQUEÑAS EMPRESAS DE ZARAGOZA

    El Ayuntamiento de Zaragoza convoca subvenciones para actuaciones (obras e inversiones) que consigan una mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida reduciendo las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria podrán ser los autónomos y pequeñas empresas de la ciudad de Zaragoza que dispongan de un local u oficina donde desarrollan su actividad ubicado dentro del término municipal de Zaragoza que realicen durante el año 2022 inversiones que encajen en las descritas.

    Se considera  “pequeña empresa” a aquella que tenga menos de 10 trabajadores a tiempo completo el día que se presente la solicitud. Los trabajadores a tiempo parcial se contabilizarán se contarán en la misma proporción que el horario que tengan (por ejemplo, un trabajador contratado a media jornada contará como 0,5 trabajadores).

     

    Gastos subvencionables

     

    Las actuaciones subvencionables habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida justificando el ahorro energético y la reducción de las emisiones de CO2 mediante la obtención la certificación energética.

    Serán costes elegibles aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos de esta convocatoria que podrán incluir:

    • los costes de ejecución de la obra civil siempre que no supere el 50 % de la inversión elegible
    • los costes de montaje de las instalaciones necesarias para el funcionamiento de la actuación (electricidad, fontanería, albañilería, etc), siempre que no supere el 50 % de la inversión elegible
    • los costes de los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias para obtener el objetivo de mejora de eficiencia energética.

    Algunos ejemplos de actuaciones subvencionables son:

    • Instalaciones de autoconsumo de electricidad
    • Cambio de bombas de calor, calderas u otros sistemas de calefacción o refrigeración por otros equipos de mayor eficiencia
    • Cambio de luminarias halógenas o similares por luminarias tipo led.
    • Cambio de puertas y ventanas que minimicen las pérdidas de aire caliente en invierno o de aire frio en verano.
    • Instalación de aislamientos térmicos en techo o paredes del local u oficina

     

    Cuantía

     

    La cantidad máxima a conceder no podrá superar el 80% del presupuesto presentado, con el límite de 25.000 €.

    Los beneficiarios podrán percibir ayudas públicas de cualquier otra Administración hasta completar el 80% del presupuesto (art. 34 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón), siendo obligatoria la declaración de financiaciones existente.

    El solicitante deberá aportar como mínimo el 20% del presupuesto de gastos del presupuesto presentado.

    En el caso de que el importe total de las ayudas públicas obtenidas para las actuaciones previstas sea superior al 80% del coste total del mismo, se reducirá la ayuda concedida por el Ayuntamiento de Zaragoza en la cantidad correspondiente al exceso.

    La cantidad mínima a otorgar será de 5.000 euros, quedando excluidos aquellas solicitudes cuyo importe no alcance la citada cantidad una vez aplicados los criterios de valoración establecidos.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación será del 15 al 28 de noviembre de 2022.

    Más info

  • SE CONVOCAN AYUDAS A PROYECTOS SINGULARES DE COMUNIDADES ENERGÉTICAS

    SE CONVOCAN AYUDAS A PROYECTOS SINGULARES DE COMUNIDADES ENERGÉTICAS

    Publicada la resolución de 27 de octubre de 2022 del Consejo de  Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), por la que se establece la cuarta convocatoria del programa de incentivos a  proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE IMPLEMENTA), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán obtener la condición de beneficiarios cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y  válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, y que conformen una  comunidad energética.

     

    Proyectos objeto de ayuda

     

    Los proyectos piloto singulares subvencionables serán los que se lleven a cabo por las comunidades energéticas beneficiarias de las ayudas reguladas por esta orden,  que fomenten la participación en el sector energético de actores no participantes en el  mismo tradicionalmente, y realicen una o varias de las actuaciones relacionadas con:

    • Energías renovables eléctricas
    • Energías renovables térmicas
    • Eficiencia energética
    • Movilidad sostenible
    • Gestión de la demanda

    El programa de realización deberá de contemplarse en un plan de trabajo que contenga un plan de negocio que se acompañará junto con la solicitud correspondiente, conforme al contenido que se
    especificará en la convocatoria correspondiente.

    La ayuda a conceder en este programa se limita a una única solicitud por convocatoria y por comunidad energética.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 19 de diciembre de 2022 y  finalizará a las 12:00 horas del día 13 de febrero de 2023.

    Resolución completa

    Bases reguladoras

  • EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA BONIFICARÁ UN 40% LA TARIFA DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS A LAS EMPRESAS QUE VIERON REDUCIDA SU ACTIVIDAD ECONÓMICA MÁS DEL 60% EN 2020

    EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA BONIFICARÁ UN 40% LA TARIFA DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS A LAS EMPRESAS QUE VIERON REDUCIDA SU ACTIVIDAD ECONÓMICA MÁS DEL 60% EN 2020

    El Ayuntamiento de Zaragoza ha aprobado la modificación de la Ordenanza reguladora de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al saneamiento y depuración de agua.

    Así, “durante los dos primeros períodos de liquidación del año 2022, las actividades económicas que puedan demostrar una reducción de su actividad económica superior al 60% durante el año 2020, previa solicitud, podrá beneficiarse de una reducción de un 40% del importe de la cuota fija resultante de la liquidación de esta tarifa. Para el disfrute de esta bonificación se exigirá estar al corriente de pago de todos los recibos de saneamiento tanto en el momento de la solicitud como en el de cada devengo, así como que el pago de los mismos esté domiciliado”

    Texto completo

  • SE PRORROGAN LAS DEDUCCIONES APLICADAS EN EL IRPF POR OBRAS PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS VIVIENDAS

    SE PRORROGAN LAS DEDUCCIONES APLICADAS EN EL IRPF POR OBRAS PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS VIVIENDAS

    El Ministerio de Hacienda y Función Pública prorroga un año más las deducciones existentes que se aplican en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, una ampliación temporal que se incluye en el Real Decreto-ley por el que se aprueban medidas de refuerzo a la protección a los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural.

    Actualmente, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) prevé una serie de deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, que van del 20% al 60% en función de la reducción de consumo obtenida y del tipo de inmueble, ya sea vivienda individual o edificio residencial.

    En concreto, el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la rehabilitación de edificaciones en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluyó nuevas deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales, que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia de la vivienda habitual y en los edificios residenciales:

    • Los contribuyentes pueden deducirse el 20% de las cantidades invertidas por las obras de rehabilitación o mejora, encaminadas a reducir la demanda de calefacción y refrigeración en un 7% en una vivienda individual. En este caso debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual. La deducción puede ascender hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

     

    • También se contempla una deducción del 40% por actuaciones de rehabilitación que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética, alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’. En este caso también debe tratarse de la vivienda habitual o que se destine al alquiler como tal. En este caso el consumidor puede obtener una deducción de hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.

     

    • En el caso de edificios residenciales, se contempla una deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación, alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’ en el edificio donde se lleve a cabo las obras de mejora, que deben afectar al conjunto del inmueble. En ese caso, pueden acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio. En esa ocasión, la deducción puede ser de hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

     

    Hasta este momento, las deducciones se podían aplicar hasta el 31 de diciembre de 2022, por las obras realizadas para reducir el consumo de calefacción y refrigeración en el caso de una vivienda individual. Con las modificaciones que ahora se aprueban, se ampliará un año más, hasta el 31 de diciembre de 2023, el ámbito temporal de aplicación de la deducción prevista en el IRPF, con la finalidad de mejorar su eficiencia energética.

    Asimismo, en el caso de obras de rehabilitación energética realizadas en edificios residenciales, se amplía un año más el ámbito temporal de la deducción, de manera que ésta se podrá aplicar hasta el 31 de diciembre de 2024. Hasta el momento el plazo para aplicar las deducciones en el caso de obras de rehabilitación en edificios culminaba a finales de 2023.

     

    Amortizar inversiones en instalaciones destinadas a autoconsumo

     

    El Real Decreto-ley contempla también introducir en el Impuesto sobre Sociedades una medida por la que los contribuyentes podrán amortizar libremente las inversiones desarrolladas en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables fósiles.

    En ese sentido, se establece como condición que la entrada en funcionamiento de las nuevas instalaciones deberá producirse en el año 2023.

    Real Decreto completo

  • PUBLICADAS NUEVAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS CONSUMIDORES DE ENERGÍA

    PUBLICADAS NUEVAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS CONSUMIDORES DE ENERGÍA

    Se ha publicado en el BOE de 19 de octubre de 2022, el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

    Contempla entre otros temas:

    • Modificación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

     

    • Nueva tarifa de último recurso de gas natural aplicable temporalmente a las comunidades de propietarios de hogares.

     

    • Refuerzo presupuestario para el Bono Social Térmico 2022

     

    • Ampliación del ámbito subjetivo y el alcance temporal de las medidas de flexibilización de contratos de suministro de gas natural.

     

    • Flexibilización temporal de los contratos de suministro de energía eléctrica.

     

    • Modificaciones varias a bono social eléctrico.

     

    • Declaración de utilidad pública de las líneas directas de conexión de plantas de producción de gases renovables con la red de transporte y distribución de gas natural.

     

    • Despliegue de contadores inteligentes de gas natural.

     

    • Modificación del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

     

    • Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

     

    • Modificaciones en acceso y conexión para inyección rápida de energía en la red.

     

    • Simplificación administrativa para la construcción de instalaciones de pequeña potencia.

     

    • Se modifica la instrucción técnica complementaria EA-01, «Eficiencia Energética», aprobada por el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre.

     

    • Deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.

     

    • Libertad de amortización en inversiones que utilicen energías procedentes de fuentes renovables en el Impuesto sobre Sociedades (Se introduce una nueva disposición adicional decimoséptima en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades)

     

    • Medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

     

    • Disposición final segunda. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

    Real Decreto completo

  • SE CONVOCAN AYUDAS A PROYECTOS EMPRESARIALES PARA LA TRANSFORMACIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL EN ARAGÓN

    SE CONVOCAN AYUDAS A PROYECTOS EMPRESARIALES PARA LA TRANSFORMACIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL EN ARAGÓN

    El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial convoca esta nueva línea de ayudas destinadas a proyectos empresariales para la Transformación y Desarrollo Industrial en Aragón, a través de la línea TDI-FEDER. 

    El objetivo final de esta convocatoria es que las empresas cuenten con un soporte concreto para sus proyectos de inversión que se inician en la última mitad del año 2022 y puedan continuar en 2023, concretamente el periodo que incluye comienza el 1 de septiembre de 2022 y se extiende hasta el 31 de agosto de 2023, ambas fechas inclusive.

     

    Beneficiarios

     

    Está especialmente dirigida a los proyectos de las empresas, ya sean pyme o gran empresa, que puedan considerarse como de actividad industrial o conexa, o que, desarrollando una actividad económica de cualquier índole, que tenga potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social, sirva para incentivarlos mediante el fomento de la inversión productiva, el desarrollo de proyectos de I+D, la innovación en organización y procesos, la protección de la innovación a través de la propiedad industrial y el desarrollo de proyectos de consultoría técnica, para actuaciones de nivel estratégico y para proyectos específicos de diseño industrial.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se podrán subvencionar las actuaciones relacionadas con proyectos que se realicen e implanten de forma efectiva en Aragón, requiriendo el mantenimiento del empleo en Aragón. Las ayudas se pueden solicitar en categorías diferenciadas:

    • Ayudas regionales a la inversión: activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
    • En el caso de grandes empresas, en el tramo en el que la ayuda se acoja al Reglamento General de Exención por Categorías, solo se concederá para una inversión inicial en favor de una nueva actividad económica en la zona de que se trate.
    • Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental.
    • Ayudas a la innovación en materia de procesos y organización.
    • Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial: la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.
    • Ayudas para servicios de consultoría técnica: actuaciones que hagan uso de servicios de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico.

     

    Cuantía

     

    Como novedad, se limita el importe máximo de la ayuda, que podrá acumular, en su caso, distintas categorías y no excederá de los 500.000 euros por solicitud o beneficiario.

    Esta convocatoria de ayudas se tramita en régimen de concurrencia competitiva y tendrán el carácter de ayudas “de minimis”, ayuda «de minimis», y/o de ayuda de Estado ordinaria.

     

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive.

    Extracto de la Orden

  • EL INAEM CONVOCA AYUDAS A EMPRESAS PARA QUE FORMEN Y CONTRATEN TRABAJADORES

    EL INAEM CONVOCA AYUDAS A EMPRESAS PARA QUE FORMEN Y CONTRATEN TRABAJADORES

    El Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) abre una nueva convocatoria del programa de Acuerdos de Formación con Compromiso de Contratación, dotada con 905.874 euros. Esta herramienta del departamento de Economía, Planificación y Empleo permite a empresas y entidades recibir subvenciones y acompañamiento para formar a futuros trabajadores a medida de sus necesidades a cambio de comprometerse a contratar, al menos, a la mitad de los participantes en la formación organizada.

     

    Beneficiarios

     

    Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.

     

    Compromiso de contratación

     

    Las entidades beneficiarias deberán contratar entre sus centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos al 60% de las personas trabajadoras formadas en aquellos casos en los que el contrato que se realice no tenga carácter indefinido. Cuando el contrato que se formalice vaya a tener carácter indefinido, el porcentaje mínimo de contratación anterior será del 50% de las personas trabajadoras formadas.

    Para facilitar también la ejecución de actuaciones con alto contenido social e inclusivo, en los casos en los que la acción formativa se dirija en su totalidad a personas con discapacidad o en riesgo de exclusión, el porcentaje mínimo de contratación será del 40%, independientemente de la modalidad del contrato de trabajo.

    Asimismo, en los casos en los que las personas a contratar formen parte de un programa de integración social y laboral de personas con discapacidad, podrá admitirse la sustitución del compromiso inicial de contratación de una empresa por el suscrito con otra distinta que mejore las condiciones.

     

    Acciones formativas subvencionables

     

    Las acciones formativas que se incluyan dentro de los compromisos con contratación podrán ser:

    • Acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad
    • Acciones formativas de especialidades formativas no conducentes a la obtención de un certifcado de profesionalidad

    La formación será teórico-práctica y se impartirá, en todo caso, en modalidad presencial, con un número máximo de 25 participantes por acción formativa.

    La formación tendrá una duración mínima de 50 horas y máxima de 360 horas. Se excepcionan aquellos casos en los que la formación esté dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, cuya duración será la establecida en los correspondientes reales decretos que los regulan, o bien se trate de especialidades formativas conducentes a la obtención de un título o habilitación profesional que tenga carácter necesario para el ejercicio de una actividad laboral o profesional concreta, cuya duración será la establecida en el Catálogo de Especialidades Formativas.

     

    Plazo

     

    La solicitud podrá presentarse hasta el día 30 de noviembre de 2022.

    Orden completa