Categoría: AYUDA/SUBV

  • AYUDAS A PYMES Y AUTÓNOMOS ARAGONESES PARA EL DESARROLLO DEL DISEÑO INDUSTRIAL Y SU GESTIÓN

    AYUDAS A PYMES Y AUTÓNOMOS ARAGONESES PARA EL DESARROLLO DEL DISEÑO INDUSTRIAL Y SU GESTIÓN

    Se convocan para el ejercicio 2023, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) o autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Líneas de ayuda

     

    Línea para empresas consolidadas

    Las ayudas se constituyen como un estímulo a la implantación de metodologías para la gestión del diseño de una manera más estable, en empresas ya consolidadas.

     

    Línea para empresas en consolidación

    El objeto de esta línea de ayudas es la aplicación de metodologías de diseño ya desde una fase más temprana o inicial de la actividad empresarial para aquellas empresas de reciente creación. Las empresas en consolidación podrán acceder a porcentajes superiores de subvención.

     

    Línea para empresas de sectores maduros

    El objeto de esta línea es acercar a las metodologías para la gestión del diseño en el ámbito del Producto a empresas de los sectores especificados. Así como el apoyo, solo en ese ámbito del producto, a la realización de herramientas de comunicación impresas o digitales basadas en el diseño externo como requisito imprescindible.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se considerará actuación subvencionable la realización a las empresas beneficiarias de trabajos específicos en materia de gestión de diseño, como método dirigido al desarrollo del diseño industrial para la innovación, por parte de colaboradores externos homologados. 

    El catálogo de los colaboradores externos homologados estará a disposición de las empresas en el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI), y en la página web del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.

    Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse en los siguientes ámbitos o modalidades:

    • “Producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas.
    • “Identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas.
    • “Servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas.

     

    Cuantía

     

    La ayuda se concreta en forma de subvención sobre los honorarios de colaboradores externos homologados de servicios de consultoría y de servicios de diseño, ayuda que es destinada por tanto a facilitar el acceso a la contratación de estos servicios.

    En el caso de la línea de empresas de sectores maduros, la subvención podrá destinarse también a sufragar además de los gastos externos del diseño de las herramientas impresas o digitales de comunicación, los derivados de la fotografía y la maquetación, y programación -en el caso de las digitales- necesarios para obtenerlas.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 2 de mayo de 2023, inclusive.

    Orden completa

  • SE CONVOCAN AYUDAS PARA PROYECTOS EMPRESARIALES EN LAS ZONAS DE TRANSICIÓN JUSTA

    SE CONVOCAN AYUDAS PARA PROYECTOS EMPRESARIALES EN LAS ZONAS DE TRANSICIÓN JUSTA

    Se convocan las ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el ejercicio 2023.

    Las ayudas buscan promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas afectadas por el cierre de explotaciones de carbón, de centrales térmicas de carbón y centrales nucleares, así como su entorno, con el fin último de generar actividades económicas alternativas en dichas zonas, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes para incentivar su desarrollo, considerando su condición de regiones desfavorecidas.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo que fundamenten la concesión de la ayuda.

     

    Municipios aragoneses en zonas de transición justa:

    • Alacón
    • Albalate del Arzobispo
    • Alcorisa
    • Alloza
    • Andorra
    • Ariño
    • Azaila
    • Berge
    • Calanda
    • Cañizar del Olivar
    • Castel de Cabra
    • Castellote
    • Castelnou
    • Crivillén
    • Ejulve
    • Escatrón
    • Escucha
    • Estercuel
    • Foz-Calanda
    • Gargallo
    • Híjar
    • Jatiel
    • La Mata de los Olmos
    • La Puebla de Híjar
    • Los Olmos
    • Molinos
    • Montalbán
    • Oliete
    • Palomar de Arroyos
    • Samper de Calanda
    • Seno
    • Urrea de Gaén
    • Utrillas
    • Vinaceite

     

    Actuaciones financiables

     

    Todas las actividades económicas susceptibles de recibir ayudas, de acuerdo con la normativa nacional y de la Unión Europea aplicable, exceptuando:

    • sector del acero
    • sector del carbón
    • sector de la construcción naval
    • sector de las fibras sintéticas
    • el sector de los transportes e infraestructuras conexas
    • Producción distribución e infraestructuras de energía
    • actividades de pesca y acuicultura, y la agricultura
    • transformación y comercialización de productos agrícolas (cuando supedite la transmisión a productores o se determine en función del precio del producto primario)
    • para facilitar el cierre de minas de carbón
    • actividades relacionadas con la exportación cuando las ayudas estén vinculadas a las cantidades exportadas, y al establecimiento y funcionamiento de una red de distribución;
    • Ayudas condicionadas al uso de bienes nacionales en lugar de importados
    • sector del tabaco (fabricación, transformación, comercialización)
    • Combustibles fósiles (transporte, distribución almacenamiento…)
    • Desmantelamiento o construcción de Centrales Nucleares
    • Incineración de residuos
    • Sector servicios, excepto aquellos cuya actividad esté destinada a facilitar servicios industriales a las empresas; actividades asistenciales y sociosanitarias; alojamientos turísticos y actividades relacionadas con el turismo, el ocio, el medio ambiente en municipios de menos de 40.000 habitantes; proyectos del sector servicios destinados al desarrollo de la sociedad de la información, de la innovación y de las nuevas tecnologías; comercio al por menor de productos producidos por el promotor
    • Bares, restaurantes, concesionarios de automóviles, comercio minorista, lavanderías, peluquerías, tintorerías, despachos profesionales y consultoría, empresas de promoción de viviendas o suelo, inmobiliarias, de construcción, agencias de colocación, agencias de trabajo temporal y empresas de juego y apuestas

     

    Cuantía

     

    Intensidad máxima de la ayuda: Grandes empresas Medianas empresas Pequeñas empresas
    Teruel 20% 30% 40%
    Zaragoza 15€ 25% 35%

     

    Requisitos:

    • Efecto incentivador: Los proyectos no podrán haber iniciado los trabajos antes de la presentación de la solicitud de ayuda, no se tendrá en consideración, los trabajos preparatorios y la compra de terrenos.
    • Inversión mínima: 100.000€
    • Creación y mantenimiento de empleo: como mínimo 3 puestos (mantenerse durante 3 años)
    • Inicio del proyecto: A los 9 meses siguientes de la fecha de notificación de la resolución definitiva, deberán ejecutar y haber pagado al menos un 15% de la inversión subvencionable.
    • Plazo máximo de ejecución: 24 meses (tanto para la creación de empleo como para la ejecución y puesta en funcionamiento de la inversión)

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (publicada el 7 de marzo de 2023).

    Resolución completa

    Bases reguladoras

  • AYUDAS A PROYECTOS EMPRESARIALES INNOVADORES DE PYMES

    AYUDAS A PROYECTOS EMPRESARIALES INNOVADORES DE PYMES

    Publicada la convocatoria para el año 2023 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) del CDTI.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas innovadoras, constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.

     

    Gastos subvencionables

     

    Se financiarán los gastos destinados a la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo de este.

    En concreto, se podrán financiar los siguientes gastos:

    • Inversiones en equipos
    • Gastos de personal
    • Materiales
    • Colaboraciones externas/asesoría
    • Otros costes como: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros, así como gastos de promoción y difusión y gastos de formación, y gastos derivados del informe de auditor

     

    Cuantía

     

    Con carácter general, se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

    En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en la convocatoria, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

    Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en la misma al respecto.

    La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros, sin contar los gastos de formación previstos en la convocatoria.

    Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse en 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2024, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, solicitando en todo caso ayuda para el año 2023.

    En ningún caso podrán ser susceptibles de ayudas aquellas actuaciones que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 20 de abril de 2023.

    Resolución completa

    Bases reguladoras

  • AREX LANZA AYUDAS DE HASTA 3.500 EUROS PARA IMPULSAR LA ESTRATEGIA DIGITAL INTERNACIONAL DE LAS EMPRESAS ARAGONESAS

    AREX LANZA AYUDAS DE HASTA 3.500 EUROS PARA IMPULSAR LA ESTRATEGIA DIGITAL INTERNACIONAL DE LAS EMPRESAS ARAGONESAS

    Aragón Exterior lanza una convocatoria de ayudas para actividades específicas de internacionalización online que complementen la estrategia offline de la empresa: Marketplaces, redes sociales, aplicaciones de gestión, big data y business intelligence y otros proyectos online.

     

    Beneficiarios

     

    • La empresa solicitante deberá tener su sede social o el centro de trabajo que lidere el proyecto en Aragón.
    • Estar al corriente de pagos con ARAGON EXTERIOR
    • Disponer de página web en Inglés
    • Disponer de una estrategia de internacionalización actualizada
    • Disponer de un producto/servicio susceptible de ser promocionado online en mercados internacionales.
    • Las acciones objeto de solicitud en AREX DIGITAL, no deberán haber comenzado, ni haber sido objeto de pagos por parte de la empresa solicitante al proveedor digital en el momento de la solicitud y adjudicación de la ayuda.
    • Se priorizarán a empresas que no hayan sido beneficiarias de AREX DIGITAL en las convocatorias anteriores, ni de otras convocatorias de ayudas regionales o nacionales que tengan por objeto el apoyo de las mismas acciones. No obstante, las empresas que hayan participado en convocatorias anteriores, podrán cursar su solicitud y podrán ser atendidas en caso de disponibilidad presupuestaria.

     

    Acciones subvencionables

     

    • Creación y optimización de la marca de la empresa en mercados digitales de los países objetivo.
    • Presencia en marketplaces internacionales
    • Estrategia y optimización en redes sociales con enfoque internacional
    • Desarrollo de canal digital para red de distribuidores y/o clientes internacionales (B2B/ B2C)
    • Business Intelligence internacional.
    • Proyectos a medida (e-commerce propio, marketing digital, plataformas de gestión para red internacional.)

     

    Cuantía

     

    El apoyo ofrecido será del 35% del coste total elegible hasta un máximo de 3.500 euros por empresa.

    Si la empresa decide reforzar el proyecto online con un proyecto de consultoría en el país objeto de la acción online (por ejemplo búsqueda de distribuidor/agente comercial en destino, consultoría para homologación de producto en destino, asesoría legal operativa en destino, etc.), AREX apoyará el coste de este proyecto al 50% hasta un máximo de 2.000 euros/proyecto offline (el apoyo habitual en este tipo de proyecto es de un 30% hasta un máximo de 1.200 euros /proyecto).

     

    Plazo

     

    La empresa interesada deberá cumplimentar y remitir el formulario de solicitud del programa.

    Para presentarse, no es necesario que la empresa presente inicialmente un proyecto /presupuesto digital cerrado, basta conocer cuáles son los objetivos de la empresa, su enfoque internacional y lo que le gustaría potenciar a nivel digital en líneas generales para valorar el impacto del proyecto y su coherencia con su estrategia internacional. Una vez estudiada la solicitud, la empresa dispondrá de 1 mes para armar el proyecto y presentar a AREX el presupuesto elegido.

    El plazo para recibir solicitudes finalizará el 17 de marzo (inclusive).

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  • SE ABRE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A PYMES DENTRO DEL PADIH

    SE ABRE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A PYMES DENTRO DEL PADIH

    Se abre la convocatoria de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs basado en la prestación de servicios por EDIH españoles, entre los que se encuentra el Aragón EDIH.

    La ayuda consiste en la prestación de servicios por parte de los EDIH de forma gratuita que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas por parte de las pymes.

     

    Tipos de servicios

     

    Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías

    Consistirá en un servicio de consultoría especializada con objeto de ofrecer conocimientos expertos en materia de transformación digital que proporcionen ideas a la pyme para que sea más competitiva y mejore su modelo empresarial gracias a la utilización de las nuevas tecnologías. 

     

    Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas

    Incluirán la aplicación práctica de conocimientos expertos técnicos y servicios en materia de transformación digital, incluidas instalaciones de ensayo y experimentación, para permitir a la pyme comprobar la viabilidad técnica de una idea, por medio de la evidencia de su funcionalidad y potencial.

     

    Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología

    Consistirá en acciones grupales, talleres, sesiones de mentorización o cualquier otra metodología de enseñanza que se considere adecuada para la trasmisión de conocimiento al caso concreto de la pyme y la tecnología que desea implantar.

     

    Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología

    Pretende apoyar a las pymes mediante el estudio de las necesidades financieras requeridas para la implementación de la tecnología y la búsqueda de los instrumentos e instituciones adecuados a los que recurrir como fuentes de financiación, pudiendo incluir  orientación y apoyo en el desarrollo de la documentación a presentar.

     

    Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación

    Consiste en facilitar la transferencia de experiencia y conocimientos especializados entre las regiones, en particular poniendo en contacto a pymes establecidas en una región con EDIH establecidos en otras regiones que resulten más idóneos para prestar los servicios pertinentes, incentivar el intercambio de capacidades y conocimiento, iniciativas conjuntas y buenas prácticas. 

     

    Cuantía

     

    • Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías: cuantía máxima 10.000 euros.
    • Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas: cuantía máxima 20.000 euros.
    • Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología: cuantía máxima 5.000 euros.
    • Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología: cuantía máxima 5.000 euros.
    • Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación: cuantía máxima 5.000 euros.

     

    La cuantía máxima total, incluyendo la suma de los distintos servicios según su tipología, para todas las subvenciones concedidas por beneficiario es de 30.000 euros para cualquier entidad.

     

    Plazo

     

    La presentación de las solicitudes se llevará a cabo a través del formulario electrónico de la sede electrónica de EOI.

    El plazo de presentación finalizará el 30 de septiembre de 2025 o hasta que se agote el crédito presupuestario.

    Para presentar una solicitud, previamente se debe haber solicitado una Propuesta de Servicios a un EDIH y la realización del servicio objeto de la Propuesta de Servicios debe finalizarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de la resolución de concesión.

     

    ¿Tienes dudas?

     

    Contacta con Aragón EDIH en info@aragondih.com

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    Más información sobre Aragón DIH

  • CALENDARIO DE CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES Y LICITACIONES PARA EL PRIMER SEMESTRE DE 2023

    CALENDARIO DE CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES Y LICITACIONES PARA EL PRIMER SEMESTRE DE 2023

    La Unidad de Seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia publica en la web del Plan el listado actualizado de próximas convocatorias de subvenciones y licitaciones para el primer semestre de 2023.

    El calendario muestra una previsión de qué convocatorias van a ser publicadas durante los próximos meses, para que los beneficiarios finales puedan identificar con tiempo cuáles son de su interés y planificar la presentación de su solicitud.

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  • CONVOCADAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EMPRESARIALES VINCULADOS A LA MOVILIDAD SOSTENIBLE O AL SECTOR FARMACÉUTICO

    CONVOCADAS SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EMPRESARIALES VINCULADOS A LA MOVILIDAD SOSTENIBLE O AL SECTOR FARMACÉUTICO

    Se convocan subvenciones para el año 2023, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para fomentar la realización de proyectos empresariales en Aragón vinculados al ámbito de la movilidad sostenible o del sector farmacéutico, con elementos de desarrollo experimental y/o investigación industrial.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Se entiende que una empresa u organismo está establecido en la Comunidad Autónoma de Aragón cuando tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento o haya solicitado ayuda para
    un nuevo establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. En este último caso, deberá disponer de establecimiento abierto y en funcionamiento en el momento de hacerse efectiva la ayuda.

    En caso de proyectos de cooperación, todas las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos participantes deben estar establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Movilidad sostenible

    Los proyectos empresariales que contengan actividades de desarrollo experimental y/o investigación industrial en el ámbito de la movilidad sostenible a través de actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente, mediante la reducción de emisiones o descarbonización, diseño e implantación de nuevos sistemas de movilidad urbana o interurbana, mejora del coste energético, desarrollo de sistemas de recarga de vehículos eléctricos, fabricación de los mismos, etc.

     

    Sector farmacéutico

    Los proyectos empresariales que contengan actividades de desarrollo experimental y/o investigación industrial en el ámbito del sector farmacéutico. A estos efectos se entenderá por sector farmacéutico las empresas dedicadas a la fabricación de vacunas, medicamentos y tratamientos médicos, productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes, ropa y equipos de protección sanitaria, y/o a la distribución en exclusiva de los citados productos al sector farmacéutico.

     

    La dimensión mínima de los proyectos debe ser superior a 1.000.000 euros. Se podrá establecer la colaboración efectiva entre empresas y entre empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos a través de la cual se definan proyectos con objetivos innovadores más amplios.

    No se considerarán actividades subvencionables aquellas que no tengan un efecto incentivador en la inversión en investigación y desarrollo, considerándose que carecen de tal efecto incentivador las actividades relativas a proyectos que hubieran comenzado en una fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda al amparo de esta convocatoria.

    Las actividades subvencionables deberán tener una duración mínima de 12 meses, debiendo concluir en todo caso con fecha límite 30 de septiembre de 2025.

     

    Cuantía

     

    La intensidad bruta de las ayudas (expuesta en porcentaje de los costes subvencionables), así como la cuantía máxima que se podrá subvencionar serán las indicadas a continuación:

    Categoría de la ayuda Intensidad de la ayuda (%) Importe máximo de la ayuda (euros)
    Desarrollo experimental 25% 1.500.000
    Investigación industrial 50% 2.000.000

     

    La intensidad de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental se aumentará un 10 % si el proyecto implica una colaboración efectiva en los siguientes términos:

    • Entre empresas, al menos una de las cuales debe ser pyme, y ninguna de ellas por sí sola puede correr con más del 70% de los costes subvencionables
    • Entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimiento, asumiendo cada uno de estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 27 de febrero de 2023.

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  • SE ABRE NUEVA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE AYUDA A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE ICEX PARA PYMES

    SE ABRE NUEVA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE AYUDA A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE ICEX PARA PYMES

    El próximo 1 de febrero ICEX abre el plazo para apuntarte al Programa de Ayuda a la Internacionalización de ICEX Next.

    El programa busca ofrecer ayudas a la internacionalización de pymes con asesoramiento especializado en Comercio Exterior, a través de consultores externos y homologados por ICEX, con amplia experiencia en consultoría empresarial e internacionalización, y una subvención económica para afrontar los gastos del crecimiento internacional de las empresas.

     

    Cuantía

     

    Ayuda máxima por empresa de 24.000 euros para gastos de asesoramiento, prospección y promoción internacional, red comercial exterior y contratación de personal internacional.

     

    Servicios

     

    • Servicio de consultoría estratégica de tu plan de negocio internacional guiado por especialistas homologados por ICEX, tanto en origen como en destino.
    • Asesoramiento especializado en áreas como Transformación Digital, Plan de Negocio Digital, Contratación Internacional, Licitaciones Internacionales o el Plan de Contingencia frente al BREXIT.

     

    Gastos subvencionables

     

    • Prospección y Estudio
    • Promoción Internacional
    • Desarrollo de la Red Comercial Exterior
    • Departamento de Internacional

     

    Plazo

     

    El plazo de inscripción al programa será del 1 al 20 de febrero de 2023.

    Más detalles

  • AYUDAS PARA FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

    AYUDAS PARA FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

    Se convocan subvenciones para financiar la impartición de acciones de formación dirigidas a personas desempleadas, que incluyan obligatoriamente la contratación de un porcentaje de las que finalicen la formación, por las empresas o entidades que adquieran el citado compromiso de contratación.

     

    Beneficiarios

     

    • Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.
    • Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
    • Las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos establecidos en el punto 2 del artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.

    Las empresas o entidades que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación podrán ejecutar la formación bien por sí mismas o a través de un centro de formación, pudiendo simultanearse ambas formas de ejecución, teniendo en cuenta, en todo caso, lo previsto en el apartado decimoctavo de la presente convocatoria relativo a la subcontratación.

     

    Personas destinatarias finales de la formación

     

    Las acciones formativas irán dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, siempre que figuren inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo.

    Para la selección del alumnado, la/s empresa/s que asume/n el compromiso de contratación, deberá/n presentar con anterioridad a la fecha de inicio de la acción formativa, la/s correspondiente/s oferta/s de empleo, sellada/s y firmada/s, ante la oficina de empleo del Instituto Aragonés de Empleo que corresponda.

    El proceso de selección de las personas trabajadoras participantes se llevará a cabo por el Instituto Aragonés de Empleo, en colaboración y de acuerdo con la empresa o, en su caso, con el centro de formación que pueda resultar beneficiario de la subvención. En todo caso, la última fase del procedimiento de selección corresponderá siempre a la empresa o al centro de formación, salvo que renuncien expresamente a ello. Las personas participantes que se seleccionen siempre serán a partir de los candidatos remitidos desde la Oficina de Empleo del Instituto Aragonés de Empleo que corresponda.

    En los procesos de selección del alumnado, se tendrá en especial consideración el acceso a este programa a las personas trabajadoras jóvenes menores de 35 años, en cumplimiento del Plan para la mejora de la empleabilidad Joven del Gobierno de Aragón, así como a las personas paradas de larga duración mayores de 45 años, entendiéndose por tales aquellas que hayan permanecido en situación de desempleo 360 días durante los 540 días anteriores a su incorporación a la acción formativa. Por último, también se garantizará el cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación y se tenderá a la paridad entre mujeres y hombres.

     

    Compromiso de contratación

     

    Las entidades beneficiarias deberán contratar entre sus centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos al 60% de las personas trabajadoras formadas en aquellos casos en los que el contrato que se realice no tenga carácter indefinido.

    Cuando el contrato que se formalice vaya a tener carácter indefinido, el porcentaje mínimo de contratación anterior será del 50% de las personas trabajadoras formadas.

    En todos aquellos casos en los que la acción formativa se dirija en su totalidad a personas trabajadoras con discapacidad o en riesgo de exclusión social y/o laboral, el porcentaje mínimo de contratación de las personas formadas será del 40%, independientemente de la modalidad temporal o indefinida del contrato de trabajo.

     

    Acciones formativas subvencionables

     

    • Acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad
    • Acciones formativas de especialidades formativas no conducentes a la obtención de un certificado de profesionalidad.

     

    Plazo

     

    La solicitud podrá presentarse hasta el día 31 de julio de 2023.

    Orden completa

  • LAS EMPRESAS YA PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS PARA EL TRANSPORTE COLECTIVO DE TRABAJADORES A POLÍGONOS DEL ÁREA DE ZARAGOZA

    LAS EMPRESAS YA PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS PARA EL TRANSPORTE COLECTIVO DE TRABAJADORES A POLÍGONOS DEL ÁREA DE ZARAGOZA

    Publicado en BOA el acuerdo del Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza por el que se aprueban las bases del procedimiento administrativo y primera convocatoria para la concesión de ayudas a las empresas que contraten servicios de transporte público regular de trabajadores a polígonos industriales y empresas en el ámbito territorial del CTAZ.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de esta subvención todas aquellas personas jurídicas que desarrollen su actividad empresarial en el ámbito de actuación del CTAZ que así lo soliciten en el plazo establecido en estas bases.

    También podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo las actuaciones objeto de subvención.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las subvenciones podrán financiar dos líneas de actuación:

    • Los servicios mancomunados de transporte público regular de viajeros de uso especial (trabajadores) prestados en el ámbito de territorial del CTAZ, que se mantengan activos en el momento de publicación de la convocatoria.
    • La implementación de nuevos servicios mancomunados de transporte público regular de viajeros de uso especial (trabajadores) dentro del ámbito territorial del CTAZ. La obtención de la subvención en este supuesto estará condicionada a la puesta en marcha del servicio en el plazo que se indique en la correspondiente convocatoria de las ayudas.

    A efectos de la aplicación de las presentes bases se entiende como servicio mancomunado aquel que proporciona servicio a trabajadores de más de una empresa realizando para ello más de una parada en destino.

     

    Cuantía

     

    Las subvenciones otorgadas se instrumentarán como entrega, sin contraprestación, de un porcentaje de los costes subvencionables que será el siguiente en cada una de las líneas de actuación:

    En el caso de la primera línea de actuación equivaldrá al 20% de los costes operativos anuales subvencionables acreditados y dicho porcentaje se percibirá por el beneficiario con carácter definitivo cuando se certifiquen los costes incurridos. El límite máximo de ayuda por solicitud será el indicado en la convocatoria.

    En el caso de la segunda línea de actuación equivaldrá al 30% de los costes operativos subvencionables acreditados incurridos durante el período que se indique en la correspondiente convocatoria de las ayudas y, en su caso, el 50% de aquellos costes que estén relacionados con la implementación de desarrollos tecnológicos aplicados a la gestión del servicio también incurridos en el mismo período que indique la referida convocatoria. En esta segunda línea de actuación la subvención será percibida por el beneficiario cuando se verifique la ejecución del proyecto y se certifiquen los costes incurridos. El límite máximo de ayuda por solicitud será el indicado en la convocatoria.

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 31 de enero de 2023.

    Acuerdo completo