Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL IRPF EN MATERIA DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

    SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL IRPF EN MATERIA DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

    El Real Decreto 1039/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, elevó las cuantías de los rendimientos íntegros del trabajo a partir de las cuales existe la obligación de retener. De esta forma, se evitaba someter a retención o ingreso a cuenta a aquellos salarios que no superasen la cuantía de 15.000 euros anuales.

    La reciente (publicada en el BOE del 07/02/2024) elevación de la cuantía del salario mínimo interprofesional a 15.876 euros anuales llevada a cabo por el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024, conlleva la consecuencia de revisar la regulación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para evitar que los contribuyentes que perciben rendimientos del trabajo por cuantía igual o inferior al salario mínimo interprofesional soporten retención o ingreso a cuenta.

    Igualmente, como consecuencia de lo antes expuesto, se anuncia en la exposición de motivos de la norma hoy publicada que se realizará en breve la correspondiente modificación normativa para elevar  la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo regulada en el artículo 20 y de la obligación de declarar regulada en el artículo 96, ambos de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, con la finalidad de permitir que la rebaja en la cuantía de la retención derivada del nuevo marco reglamentario se consolide en la declaración anual en caso de estar obligado a su presentación.

    Así, se  modifica el apartado 1 del artículo 81 del Reglamento del IRPF indicando las  nuevas cuantías de los rendimientos de trabajo a partir de los cuales se practica  retención e ingreso a cuenta, en función del número de hijos y otros descendientes y de  la situación del contribuyente.

    Norma completa

  • NUEVO INCREMENTO DEL SMI

    NUEVO INCREMENTO DEL SMI

    Se publica RD 145/2024 por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024. Fruto del acuerdo del Gobierno y organizaciones sindicales, y sin haber obtenido el beneplácito de las organizaciones empresariales, se establece en la norma hoy publicada que:

    El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 37,8 euros/día o 1.134 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.

    Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata. Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en la norma publicada.

     

    Complementos salariales

     

    En cuanto a los complementos salariales, al salario mínimo consignado en el artículo 1 se adicionarán, sirviendo el mismo como módulo, en su caso, y según lo establecido en los convenios colectivos y contratos de trabajo, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.

    El Artículo 3 de la norma – a cuyo contenido nos remitimos – establece los criterios para la aplicación de la compensación y absorción en cómputo anual prevista en el último párrafo del artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.

    Finaliza la norma – tras regular los supuestos de personas trabajadoras eventuales, temporeros y temporeras, y empleadas y empleados de hogar – con las habituales disposiciones de carácter transitorio para la aplicación del incremento publicado.

    Como comentamos hace unos días, la fijación del SMI para el 2024 repercutirá igualmente en la cuantía de las bases de cotización a la SS, recogidas en la reciente (BOE 30/01/2024) Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024, que se publicaban con el carácter de provisionales a la espera de la determinación del SMI hoy publicado.

    Norma completa

  • LA IOT APLICADA A LA EXTRACCIÓN E INTEGRACIÓN DE DATOS DE PROCESOS INDUSTRIALES: IOT/INDUSTRIA

    LA IOT APLICADA A LA EXTRACCIÓN E INTEGRACIÓN DE DATOS DE PROCESOS INDUSTRIALES: IOT/INDUSTRIA

    ¿Conoces cómo la IOT puede ayudarte en tu día a día?

    ¿Quieres conocer las tendencias emergentes en la automatización de la extracción de datos?

    ¿Sabes cómo te va a afectar no usar herramientas de IOT en tus procesos?

    En la era actual de la industria 4.0, la extracción de datos de procesos industriales se ha convertido en un pilar fundamental para la eficiencia y competitividad. Desde sensores hasta sistemas MES, la automatización de esta tarea mediante tecnologías como NodeRed, scripts en Python o servicios en la nube aplicados a Industria, desempeña un papel crucial en la toma de decisiones basada en datos.

    En esta charla, Andrés Mallada, responsable técnico IOT & Industria 5.0 en Integra, explorará la importancia actual y futura de la automatización de la extracción de datos, destacando cómo estas tecnologías transforman diversas industrias, mejorando la productividad, la calidad y la toma de decisiones estratégicas.

    Jueves, 22 febrero.

    De 12:30 a 13:30 h.

    C. de Santander, 2ªPl, 50010, Zaragoza.

    Agenda

     

    12:30 h.
    Bienvenida y presentaciones

    12:35 h.
    Fundamentos de la Extracción de Datos Industriales: Breve repaso de los conceptos clave, la pirámide tecnológica industrial, desde sensores hasta sistemas MES, y su relevancia en la actualidad.

    12:50 h.
    Sistemas On-Prem vs Cloud: Exploración detallada de cómo estas tecnologías pueden ser aplicadas para optimizar la extracción de datos, con ejemplos prácticos.

    13:05 h.
    Desafíos y Soluciones en la Extracción de Datos: Identificación de obstáculos comunes y estrategias para superarlos, destacando buenas prácticas y casos de éxito.

    13:20 h.
    Perspectivas Futuras y Tendencias: Un vistazo hacia el futuro de la extracción de datos industriales, incluyendo tecnologías emergentes y su impacto en la industria.

    13:30 h.
    Preguntas.

    ¿Por qué asistir a este evento?

    1. Descubre cómo la automatización puede transformar la eficiencia de tus procesos industriales.
    2. Obtén insights prácticos sobre la implementación de NodeRed y Python en la extracción de datos o de los servicios Cloud para la industria.
    3. Conoce estrategias efectivas para superar desafíos comunes en la extracción de datos.
    4. Explora las perspectivas futuras de la tecnología de extracción de datos en la industria.
    5. Interactúa con expertos en el campo y forma parte de la conversación sobre el futuro de la automatización industrial.
  • MODELO EFQM: LA PALANCA PARA TRANSFORMAR LAS ORGANIZACIONES

    MODELO EFQM: LA PALANCA PARA TRANSFORMAR LAS ORGANIZACIONES

    El próximo viernes 9 de febrero a las 13.00h. profundizaremos en el modelo EFQM y sus posibilidades como herramienta para transformar las organizaciones en la senda de la gestión excelente, innovadora y sostenible, de la mano de D. Tomás Ramos, vicepresidente del Club de Excelencia en gestión. 

    Este evento es EXCLUSIVO para socios.

    Viernes, 9 de febrero.

    13.00h.

    C/Santander, 36, Pl.2, 50010, Zaragoza. 

    Organizado por la Comisión de innovación, desarrollo y energía de la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza.

    ¿Qué es el modelo EFQM?

    El modelo EFQM (European Foundation for Quality Management) es un marco de gestión de calidad reconocido a nivel mundial que ofrece numerosas ventajas para las empresas.

    Este modelo se centra en la mejora continua y la excelencia en la gestión, lo que puede resultar en una mayor eficiencia, productividad y satisfacción del cliente.

    Elementos clave

    • Mejora continua: apostar por este aspecto puede llevar a un rendimiento mejorado a lo largo del tiempo.
    • Enfoque en el cliente: buscar la satisfacción del cliente repercute en una mayor lealtad del cliente y un crecimiento sostenible.
    • Innovación: fomenta que las empresas generen nuevos productos, servicios y procesos, lo que puede conllevar una ventaja competitiva.
    • Sostenibilidad: ayuda a la la empresa a minimizar su impacto ambiental y a operar de una manera más responsable.

    No te pierdas esta oportunidad de transformar tu organización hacia una gestión excelente, innovadora y sostenible. ¡Inscríbete!

    ¡Las plazas son limitadas!

    El número de participantes restringido al aforo, respetando por ello estrictamente el orden de inscripción, dando asimismo prioridad a la participación de un mayor número de empresas cuando existan varias inscripciones para una sola de ellas.

    DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

    RESPONSABLE:
    FEMZ – FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DEL METAL DE ZARAGOZA.
    NIF: V50081033
    C/Santander 36, 2ª Pl. 50010 – Zaragoza 976768768
    femz@femz.es

    En nombre FEMZ tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado e informarles sobre el mismo y realizar, en su caso, la facturación. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación de servicio o comercial, o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en FEMZ estamos tratando sus datos personales, por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.

    DERECHOS: Puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición mediante escrito en la dirección del responsable arriba referenciada, dirigida al Departamento Jurídico.

    Más información. 

  • ACERCAMOS LA REALIDAD LABORAL A LOS CENTROS EDUCATIVOS: VEN A VISITAR EL I.E.S MIRALBUENO

    ACERCAMOS LA REALIDAD LABORAL A LOS CENTROS EDUCATIVOS: VEN A VISITAR EL I.E.S MIRALBUENO

    El próximo miércoles 21 de febrero se retomarán las visitas de empresas a centros educativos con el encuentro entre los asociados que se inscriban y los profesores y estudiantes del instituto Miralbueno.

     

    Agenda

     

    🕘 9:00h
    Bienvenida por parte de la Dirección del centro.

    🕘 9:15h
    Visita a talleres de Fabricación mecánica e intercambio de experiencias con los alumnos/as.

    🕘 10:00h
    Visita a los talleres de Automoción / Vehículos e intercambio de experiencias con los alumnos/as.

    🕘 10:45h
    Desayuno de trabajo en el aula Ateca.
    Networking empresarios – profesores.

    🕚 11:15h
    Fin de la visita.

     

    Las plazas son limitadas, por lo que animamos a los interesados a que se inscriban lo antes posible: 

     

    Inscripción

     

    Las ‘Visitas de empresas a centros educativos’ responden al primer motor de MetalíZate, el programa de FEMZ que busca despertar vocaciones entre los más jóvenes, así como acercar la realidad laboral al mundo académico.

  • ¿QUÉ OBLIGACIONES DEBE CUMPLIR MI EMPRESA EN MATERIA DE IGUALDAD?

    ¿QUÉ OBLIGACIONES DEBE CUMPLIR MI EMPRESA EN MATERIA DE IGUALDAD?

    Las obligaciones que deben cumplir las empresas en materia de igualdad varían dependiendo de su tamaño.

    La FEMZ te clarifica las diferencias:

     

    Empresas de < de 50 trabajadores

     

    1. Respetar la igualdad de trato y oportunidades, así como adoptar medidas que eviten las discriminaciones
    2. Completar un registro salarial.
    3. Elaborar un protocolo frente al acoso sexual, por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual y la integridad moral.
    4. Formar y sensibilizar para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio.

     

    Empresas de >= de 50 trabajadores

     

    1. Elaborar un plan de igualdad.
    2. Pasar una auditoría retributiva.
    3. Elaborar un registro salarial.
    4. Elaborar un protocolo frente al acoso sexual, por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual y la integridad moral.
    5. Formar y sensibilizar para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio.

     

    ¿Quieres que te lo expliquemos con más detalle?

     igualdad@femz.es

     

    Resumen obligaciones

  • FEMZ ADVIERTE DE QUE LAS CONTINUAS REFORMAS DEL GOBIERNO CREAN INCERTIDUMBRE Y AFECTAN A LA COMPETITIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD DEL SECTOR

    FEMZ ADVIERTE DE QUE LAS CONTINUAS REFORMAS DEL GOBIERNO CREAN INCERTIDUMBRE Y AFECTAN A LA COMPETITIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD DEL SECTOR

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza, FEMZ, ha mantenido reunión de su Comité Ejecutivo para aprobar las cuentas de la organización y analizar la estrategia a seguir este 2024. En el encuentro, asimismo, los empresarios han expresado su preocupación por la desaceleración de la economía europea en su conjunto, así como por algunas de las medidas anunciadas por parte del Gobierno central, como la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la reducción de la jornada laboral o la modificación de las condiciones de despido.

    El sector ha advertido que las continuas reformas crean incertidumbre económica, generando inseguridad a los empresarios que alargan sus decisiones de contratación ante las expectativas de nuevas subidas, lo que afecta, en consecuencia, a la creación de empleo.

    FEMZ considera necesario analizar previamente y en profundidad la posible afección de este tipo de medidas económicas sobre la salud financiera de las pequeñas y medianas empresas. En este sentido, los miembros del Comité Ejecutivo han mostrado su preocupación ante el aumento de locales y naves vacíos, tanto en las calles como en los polígonos de las localidades de la provincia. “El Gobierno debería tener en cuenta que está en juego la sostenibilidad de muchas empresas. El tejido productivo no está compuesto mayoritariamente por grandes compañías, sino por negocios impulsados por pequeños empresarios con mucho esfuerzo y su propio patrimonio”, han asegurado.

    En la reunión, las empresas del Metal han mostrado su total oposición la ruptura del Diálogo Social tras la aprobación sin consenso de la subida del SMI y han trasladado su inquietud ante nuevas medidas anunciadas, como la reducción de la jornada laboral o la reforma del despido. “En el momento en que se excluye a una de las partes de la negociación, no puede considerarse Dialogo Social”, han subrayado.

    Sobre el incremento del SMI, el sector también ha advertido, por un lado, que hay contratos públicos que están quedando desiertos porque la Administración no contemplan estos incrementos; y, por otro, que algunas contratas ya existentes están sufriendo desajustes y pérdidas.

    Respecto a la reducción de la jornada laboral, los empresarios del metal consideran que debe ser cada sector, a través de la negociación colectiva, el que pacte este tipo de cuestiones de acuerdo a sus necesidades y circunstancias propias. La propia FEMZ y los sindicatos del sector en la provincia de Zaragoza acordaron el pasado año, en el marco de la negociación del nuevo convenio colectivo, reducir la jornada anual en ocho horas, además de incluir cuestiones relacionadas con la flexibilidad.

  • ASÍ QUEDAN LOS TOPES MÁXIMOS Y MÍNIMOS DE LAS BASES DE COTIZACIÓN PARA EL 2024

    ASÍ QUEDAN LOS TOPES MÁXIMOS Y MÍNIMOS DE LAS BASES DE COTIZACIÓN PARA EL 2024

    El 30 de enero de 2024 se publicó en el BOE la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024, que surte efectos desde el día 1 de enero de 2024.

     

    En la Orden publicada, los topes máximos y mínimos de las bases de cotización para el ejercicio 2024 quedan fijados de la siguiente manera:

    • El tope máximo asciende a 4.720,50 euros mensuales.
    • El tope mínimo asciende al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado en un sexto, salvo disposición expresa en contrario.

     

    Se detalla igualmente la cotización al Régimen General por contingencias comunes para cada grupo de categorías profesionales con expresión de sus bases mínimas y máximas (nos remitimos al texto de la norma)

    La peculiaridad más destacable de la norma, además de la propia tardanza en su publicación, es que, en tanto no se publique en el BOE el salario mínimo interprofesional para el año 2024, las bases de cotización tendrán carácter provisional, por lo que queda pendiente una aprobación definitiva de las bases hasta entonces.

    Los tipos de cotización por contingencias comunes para el Régimen General de la Seguridad Social (ver texto de la norma), reproducen los hasta ahora vigentes con un incremento de  hasta un 0,70 % de cotización adicional correspondiente al mecanismo de equidad intergeneracional (MEI).

    La orden fija, igualmente, las bases mínimas y máxima y los tipos de cotización, para colectivos incluidos en el Régimen General con especialidades y para los regímenes especiales de Seguridad Social (trabajadores por cuenta ajena agrarios, trabajadores del mar, artistas, profesionales taurinos, etc.).

    Para los trabajadores por cuenta propia, las bases de cotización se remiten al nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, vinculado a los rendimientos netos de conformidad con la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.

  • ¿TE PERDISTE EL WEBINAR SOBRE RIESGOS IN ITINERE Y EN MISIÓN?

    ¿TE PERDISTE EL WEBINAR SOBRE RIESGOS IN ITINERE Y EN MISIÓN?

    La semana pasada tuvo lugar el webinar organizado por FEMZ, CEPYME Zaragoza y la Fundación Educatrafic sobre la importancia de la prevención de riesgos laborales in itinere y en misión.

    Eduardo Colell, director de la Fundación, y María José directora de proyectos en la misma, presentaron las claves para prevenir este tipo de accidentes laborales.

     

    Claves para prevenir accidentes laborales in itinere y en misión

     

    Incidir en la educación y la formación en seguridad vial laboral

     

    Los datos que deja el instituto de seguridad social en 2022 se traducen en un 35% de fallecidos por accidente laboral en España, lo que refleja la necesidad de incidir en nuestra educación en seguridad vial.

     

    Conocer qué ocurre en el vehículo en un accidente de tráfico

    Ser conocedores de lo que sucede en nuestro coche durante un accidente nos ayuda a saber reaccionar en caso de que se produjera tal situación.

     

    Mejorar las vías de acceso y las carreteras

    Como es evidente, unas infraestructuras en condiciones óptimas ayudan a frenar la siniestralidad en la carretera. Cabe destacar que el 2023 cerró con unas cifras fatídicas para Aragón al ascender a 34 el número de fallecidos por accidente in itinere o en misión.

     

    El papel de las organizaciones empresariales en la concienciación sobre seguridad vial

    La FEMZ tiene la capacidad de promocionar y concienciar sobre la importancia de prevenir los riesgos laborales en general e in itinere y en misión en concreto.

    Vuélvelo a ver

     

  • CALENDARIO CONTRIBUYENTE. FEBRERO 2024

    CALENDARIO CONTRIBUYENTE. FEBRERO 2024

    • 12-02-2024  Hasta el 12 de febrero
      • Intrastat
    • 20-02-2024  Hasta el 20 de febrero
      • Declaraciones informativas
      • Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito
      • Gravamen temporal energético
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • IVA
      • Número de identificación fiscal
      • Renta y sociedades
    • 29-02-2024  Hasta el 29 de febrero
      • Autoliquidación de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una comunidad autónoma
      • Declaraciones informativas
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Impuesto sobre sociedades

    Fuente: AEAT