Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • ¿TE HAN CONCEDIDO UNA PATENTE O UN MODELO DE UTILIDAD EN 2O22?

    ¿TE HAN CONCEDIDO UNA PATENTE O UN MODELO DE UTILIDAD EN 2O22?

    La Oficina de Patentes y Marcas (OEPM) ha convocado por tercer año consecutivo los “Premios a las mejores invenciones protegidas mediante derechos de propiedad industrial” para reconocer las mejores patentes y modelos de utilidad concedidos en el 2022. Estos premios en un referente de apoyo del Gobierno de España a la innovación y a su protección mediante derechos de propiedad industrial.

     

    ¿Quiénes pueden recibir los premios?

     

    Podrán ser galardonados inventores de nacionalidad española o con residencia legal en España que figuren como tales en una solicitud de patente o modelo de utilidad nacional concedido por la OEPM en 2022 y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en la convocatoria.

     

    ¿Quién puede presentar las candidaturas?

     

    Podrán presentar una candidatura personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, a favor de un inventor o inventora, que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

    Las solicitudes se deben presentar en la Sede Electrónica de la OPEM en el apartado: “Otros trámites (PDAS/PATER/Subvenciones/Autorización presentación en el extranjero)”.

     

    Cuantía

     

    La “Mejor Patente absoluta” estará premiada con 4.000 euros. La misma cuantía que se ha establecido para las categorías específicas para jóvenes inventores y mujeres inventoras.

    El reconocimiento del mejor modelo de utilidad se organizará siguiendo el mismo esquema, con la diferencia de que el premio desciende a 2.500 euros.

     

    El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 19 de abril.

  • ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA LA SEGUNDA EDICIÓN DE LAS FORMACIONES DEL ARAGÓN EDIH ACADEMY BASIC

    ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA LA SEGUNDA EDICIÓN DE LAS FORMACIONES DEL ARAGÓN EDIH ACADEMY BASIC

    Aragón EDIH abre las inscripciones para la segunda edición de sus formaciones gratuitas, financiadas por la Comisión Europea, Aragón EDIH Academy nivel Basic, que está compuesto por cuatro módulos dedicados al Marketing digital, Aplicaciones y herramientas para la comunicación empresarial, Ciberseguridad y resolución de problemas y Decisiones basadas en datos.

    Aragón EDIH Academy es un programa diseñado por expertos de las entidades de referencia en formación y digitalización en Aragón que forman el hub: Instituto Tecnológico de Aragón, Instituto Aragonés de Fomento, Universidad de Zaragoza, CEOE AragónCEPYME Aragón y Cámaras de Aragón.

     

    ¿A quién está dirigido?

     

    Estas formaciones están dirigidas a trabajadores de PYMEs aragonesas que deseen mejorar sus habilidades profesionales, así como aquellas que quieran formar a sus empleados en materia de digitalización. Los programas están diseñados siguiendo los conocimientos exigidos en el nivel B2 del Marco Europeo de Competencias Digitales, DIGCOMP y tienen como objetivo final mejorar la competitividad de las empresas aragonesas en el mercado único digital.

    Los alumnos que hayan realizado la formación de alguno de los módulos formativos recibirán un diploma acreditativo expedido por Aragón EDIH, uno de los 12 Centros de Innovación Digital españoles de referencia en Europa y que cuenta con sello de excelencia.

     

    ¿Qué formación incluye el Nivel Basic?

     

    Cada uno de los módulos formativos del nivel Basic cuenta con una duración de 24 horas, que serán impartidas en seis sesiones de cuatro horas cada una, realizadas los martes y jueves durante tres semanas. Los alumnos podrán asistir de forma presencial en las instalaciones del Parque Tecnológico Walqa, en Huesca, y de forma remota desde cualquier parte de Aragón.

    En la última jornada formativa de cada módulo, los alumnos que asistan de forma presencial realizarán una visita a empresas destacadas por su implementación digital ubicadas en el Parque Tecnológico, teniendo la oportunidad de participar en un café networking. Las empresas serán Itzidata en el módulo 1, Ecomputer en el módulo 2, IriusRisk en el módulo 3 y Podoactiva en el módulo 4.

     

    Cuatro módulos formativos

     

    La primera formación será la dedicada al Marketing digital y se desarrollará los días 2, 4, 9, 11, 16 y 18 de abril. El programa, creado desde Cámaras de Aragón, se centrará en la introducción, planificación y generación de contenido de marketing digital, el posicionamiento en buscadores SEO/SEM y publicidad online, estrategias para el comercio electrónico y la analítica de datos orientada al marketing digital y el entorno web.

    El segundo módulo estará dirigido a Aplicaciones y herramientas para la comunicación empresarial. Organizado por CEOE Aragón, se realizará los días 7, 9, 14, 16, 21 y 23 de mayo. Permitirá interactuar, colaborar y compartir a través de tecnologías digitales, así como gestionar la identidad digital, conocer las normas de comportamiento en entornos digitales y participar en la sociedad mediante el uso de servicios digitales públicos y privados.

    El tercer módulo, dirigido por CEPYME Aragón, se ocupará de la Ciberseguridad y resolución de problemas, los días, 4, 6, 11, 13, 18 y 20 de junio. Los alumnos podrán aprender sobre la seguridad en sistemas de información, ciberseguridad, los softwares dañinos, la seguridad en redes inalámbricas, herramientas para la seguridad y la resolución de problemas.

    El cuarto módulo se centra en la Información y alfabetización de datos: Decisiones basadas en datos. Impulsado desde el Instituto Aragonés de Fomento se centrará en la búsqueda y filtrado de datos, información y contenidos digitales, así como la evaluación y tratamiento de los datos, y la gestión de la información. Será en septiembre, los días 10, 12, 17, 19, 24 y 26.

     

    Las formaciones se realizarán de forma presencial en el Parque Tecnológico Walqa, polo de innovación e I+D especializado en Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), biotecnología y energías renovables, ubicado en Huesca, donde los alumnos podrán realizar networking con su ecosistema. Al mismo tiempo, se podrán seguir las clases de forma online desde cualquier punto de la geografía aragonesa. De esta forma, Aragón apuesta por eliminar las barreras de la digitalización empresarial.

     

    Más información

  • CALENDARIO CONTRIBUYENTE. ABRIL 2024

    CALENDARIO CONTRIBUYENTE. ABRIL 2024

    • 01-04-2024  Hasta el 1 de abril
      • Declaraciones informativas
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • IVA

     

    • 03-04-2024  Hasta el 3 de abril
      • Renta y patrimonio

     

    • 12-04-2024  Hasta el 12 de abril
      • Intrastat

     

    • 22-04-2024  Hasta el 22 de abril
      • Aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una CA
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuestos especiales y medioambientales
      • IVA
      • Renta y sociedades
    • 30-04-2024  Hasta el 30 de abril
      • Declaraciones informativas
      • Impuesto sobre determinados servicios digitales
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Número identificación fiscal

     

    Fuente: AEAT

  • CONVOCADAS AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN DE PEQUEÑAS EMPRESAS

    CONVOCADAS AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN DE PEQUEÑAS EMPRESAS

    El Ministerio de asuntos económicos y transformación digital aprobó el Extracto de la Resolución de 20 de julio de 2023, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se convoca las ayudas destinadas a la digitalización de las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida, de los segmentos I, II, y III, en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el PRTR (PKD).

    Las ayudas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria “bono digital”) de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital, regulado en el artículo 12 de las Bases Reguladoras.

    Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. De conformidad con el artículo 3.2 de las Bases Reguladoras, habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias: que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras, y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de esta Convocatoria de ayudas las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en los Segmentos que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:

    • Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
    • Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
    • Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados.

     

    Requisitos

     

    Los beneficiarios deberán cumplir el resto de los requisitos establecidos en el artículo 8 de las Bases Reguladoras:

    • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) n.º 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021, tal y como se recoge en el Anexo II de las Bases Reguladoras.
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
    • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
    • No superar el límite de ayudas de minimis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de las Bases Reguladoras.
    • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

     

    Cuantía

     

    El importe máximo de ayuda por beneficiario será:

    • Segmento I (Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados):  12.000 €.
    • Segmento II (Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados):  6.000 €.
    • Segmento III (Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados):  2.000 €.

     

    Plazo

     

    Desde el 12 de septiembre de 2023 a las 11 horas hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11 horas.

  • SOLICITA LA INTEGRACIÓN A LA RED ARAGONESA DE EMPRESAS SALUDABLES

    SOLICITA LA INTEGRACIÓN A LA RED ARAGONESA DE EMPRESAS SALUDABLES

    La Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES) está constituida por empresas que han manifestado interés en implementar proyectos orientados a promover y facilitar a los trabajadores la adopción de modos de vida saludables en ambientes favorables a la salud. Asimismo, cabe destacar que la Red facilita a las organizaciones una infraestructura para el intercambio de información, la colaboración entre empresas, la innovación en promoción de salud y contribuye a visibilizar las acciones emprendidas por estas.

     

    Destinatarios

     

    Podrán solicitar la integración a esta red microempresas, pymes, grandes empresas o entidades públicas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

     

    ¿Que características deben cumplir los proyectos?

     

    • Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.
    • Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.
    • Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.
    • Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados.

     

    ¿Qué compromisos adquieren las empresas seleccionadas?

     

    Las empresas u organizaciones seleccionadas se comprometen a:

    • Permanecer en la Red un periodo mínimo de dos años.
    • Recibir asesoramiento individualizado y seguimiento por parte del equipo coordinador de la RAES y del personal técnico de la Dirección General competente en materia de Salud Pública y del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.
    • Participar en las actividades de formación e intercambio de experiencias que se organicen por la RAES.
    • Facilitar la información sobre los proyectos que se soliciten a efectos de seguimiento de los mismos.
    • Compartir las experiencias y, en su caso, los materiales que se elaboren en el proyecto con otras empresas de la Red.
    • Adaptarse a los criterios de calidad de los proyectos que se defnan en la RAES.
    • Cumplimentar y enviar la información periódica solicitada desde el Equipo Coordinador de la RAES.

     

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 21 de mayo de 2024.

    Resolución completa

  • RECORDATORIO EN LA NORMATIVA DE REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE BOLSAS DE PLÁSTICO EN EMPRESAS Y COMERCIOS

    RECORDATORIO EN LA NORMATIVA DE REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE BOLSAS DE PLÁSTICO EN EMPRESAS Y COMERCIOS

    Se recuerda por las autoridades de Consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en previsión de posible campaña de inspección sobre el tema, el cumplimiento por parte de las empresas y comercios de las obligaciones previstas en el RD 293/2018 sobre reducción del consumo de bolsas de plástico

     

    Objeto y finalidad

     

    El citado real decreto, del año 2018, tiene por objeto, además de la creación de un Registro de Productores de Productos, el adoptar medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico, con la finalidad de prevenir y reducir los impactos adversos que los residuos generados por dichas bolsas de plástico, siendo su ámbito de aplicación todas las bolsas de plástico puestas en el mercado en el territorio del Estado, así como los residuos generados por dichas bolsas.

     

    Medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico

     

    Las medidas que se adoptaron en la citada norma para reducir el consumo de bolsas de plástico, en función de su fecha de entrada en vigor, fueron las siguientes:

     

    A partir del 1 de julio de 2018:

     

    a) Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.

    b) En el caso de la excepción para las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras prevista en el apartado anterior, los comerciantes deberán disponer de documentación proporcionada por el fabricante que acredite dicho porcentaje.

    c) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor.

    d) Asimismo, los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenida en los apartados anteriores.

     

    A partir del 1 de enero de 2020:

     

    a) Se prohíbe la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico fragmentables.

    b) Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado.

     

    A partir del 1 de enero de 2021:

     

    Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase para sustituir a las bolsas de plástico.

    Esta última obligación constituye la fase final de todo el período transitorio expuesto, que ha ido incrementando las obligaciones/prohibiciones para el uso de las bolsas de plástico. En la actualidad, desde el 1 de enero de 2021 y como resumen:

     

    • Las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras deben ser compostables, estando exceptuadas de su cobro únicamente las bolsas de plástico compostable muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor) que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel; las bolsas de plástico compostable ligeras (15-50 micras), deben cobrarse desde el 1 de julio de 2018.

     

    • Las bolsas de un espesor igual o superior a las 50 micras entregadas a los consumidores deben contener un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado.

     

    • Deben cobrarse las bolsas de espesor igual o superior a 50 micras con contenido igual o superior a 50% de plástico reciclado pero inferior al 70%, pudiendo dispensarse gratuitamente las que tengan un porcentaje igual o superior al 70% de plástico reciclado.

     

    • Están prohibidas todas las bolsas de plástico fragmentable, independientemente de cuál sea su espesor.

     

    Todas las medidas expuestas afectan tanto a las bolsas de plástico que se entreguen en los puntos de venta de bienes o productos como a las que puedan suministrarse en la venta online, así como a las entregadas a domicilio. Se excluyen los sobres de plástico empleados para las ventas a distancia, si bien éstos deberán ser considerados envases de acuerdo con la Ley 11/1997, de 24 de abril.

    Por su parte, y en lo que a los productores compete, se exige el marcado de las bolsas de plástico compostables que se pongan en el mercado del territorio nacional, de acuerdo con la normativa europea de aplicación.

    Por ello, y en evitación de la posible imposición por las autoridades competentes de las sanciones previstas en la norma en caso de inspección en nuestras empresas o comercios, se recuerda nuevamente el cumplimiento de las obligaciones expuestas y ya hace tiempo en vigor.

     

  • ÚLTIMOS DÍAS PARA SOLICITAR LAS AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN DE PYMES EN ZARAGOZA Y HUESCA

    ÚLTIMOS DÍAS PARA SOLICITAR LAS AYUDAS PARA LA DIGITALIZACIÓN DE PYMES EN ZARAGOZA Y HUESCA

    El departamento de Economía, Empleo e Industria, a través del Instituto Aragonés de Fomento, ha convocado las ayudas para actuaciones de digitalización de las pymes que desarrollen la actividad subvencionada en las provincias de Zaragoza y Huesca.

    El plazo para presentar solicitudes finaliza el 21 de marzo de 2024.

    Beneficiarios

     

    Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta convocatoria las PYME que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes CNAEs 2009:

    • Sección C – Industria Manufacturera – Divisiones 10 a 33.
    • Sección F – Construcción- Divisiones 41 a 43.
    • Sección H – Transporte y Almacenamiento – Divisiones 49 a 53.

     

    Requisitos

     

    • Realizar las actividades e inversiones objeto de subvención en las provincias de Zaragoza y Huesca.
    • Tener personalidad jurídica propia, y estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud y dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.
    • Tener la consideración de PYME.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Son subvencionables las inversiones (software y hardware) para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización, así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas, en los siguientes ámbitos:

    • Ciberseguridad.
    • Mejora de servicios, procesos y productos mediante utilización de soluciones desarrolladas con cloud computing, procesos cognitivos y/o big data.
    • Sistemas de conectividad e incorporación de soluciones TIC que permita la monitorización, control y gestión en tiempo real en la empresa y la digitalización de los procesos de negocio: producción, relaciones con proveedores o clientes, gestión logística y distribución, recursos humanos, cuadros de mando, business intelligence, analítica de datos y soporte a la toma de decisiones.
    • Automatización de la producción, robótica avanzada y proyectos IoT.
    • Realidad virtual, aumentada y mixta.
    • Visión artificial.
    • Fabricación aditiva e impresión 3D.

     

    Cuantía

     

    El importe de cada subvención no podrá ni ser inferior a 12.000 euros ni superar los 50.000 euros.

    Las ayudas, que estarán sujetas al régimen de minimis, tendrán un importe máximo que será del 70% del presupuesto subvencionable para la microempresas y del 50% del presupuesto subvencionable para las PYMEs.

    Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención pública que tenga por objeto la misma finalidad.

     

    Orden completa

  • AUDITORÍAS ENERGÉTICAS OBLIGATORIAS

    AUDITORÍAS ENERGÉTICAS OBLIGATORIAS

    Mantener al día a las empresas con las auditorías energéticas es imprescindible. Así lo exige el RD 56/2016 del 12 de febrero que insta a las organizaciones a realizarlas periódicamente y mantenerlas debidamente registradas y actualizadas. Este proceso es clave, además, para evitar sanciones administrativas y garantizar la eficiencia y sostenibilidad de las acciones de la empresa.

     

    ¿Qué empresas están obligadas a realizar estas auditorías energéticas?

     

    Deberán realizar estas auditorías energéticas:

    • Las empresas con un mínimo de 250 empleados.
    • Aquellas que tengan un volumen de negocio mayor de 50 millones de euros y que, a su vez, tengan un balance general mayor de 43 millones de euros.
    • Los grupos de sociedades que cumplan las condiciones de gran empresa.

     

    ¿Cuál es la sanción por no llevarla a cabo?

     

    El régimen sancionador aprobado con el Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio establece sanciones de hasta 60.000€ por centro no auditado.

    Orden completa

    FEMZ informa a sus socios de que Naturelek Consulting se pone a su disposición para ayudarles en todo el proceso, desde la evaluación inicial hasta la implementación de soluciones eficientes y la gestión del cumplimiento normativo.

     

     

  • TE ESCUCHAMOS: ENCUESTA DE SENTIMIENTO ECONÓMICO DEL SECTOR METAL DEL 1º TRIMESTRE

    TE ESCUCHAMOS: ENCUESTA DE SENTIMIENTO ECONÓMICO DEL SECTOR METAL DEL 1º TRIMESTRE

    Participa en la encuesta de coyuntura económica del sector metal para determinar la situación y expectativas de nuestras empresas.

    FEMZ lanza la encuesta de coyuntura económica del sector metal del primer trimestre del año para determinar la situación y expectativas de nuestras empresas y defender de la mejor manera posible los intereses de nuestros asociados.

    Se trata de una sencilla encuesta de sentimiento que es remitida trimestralmente a nuestros asociados para su cumplimentación con el objetivo de recoger la percepción empresarial en relación con el trimestre en curso y el siguiente.

    Encuesta

  • LA JORNADA ‘ROMPIENDO MOLDES: MUJER AGROINDUSTRIAL’, EN IMÁGENES

    LA JORNADA ‘ROMPIENDO MOLDES: MUJER AGROINDUSTRIAL’, EN IMÁGENES

    El pasado viernes FEMZ y CAMPAG reunieron a las protagonistas del sector agroindustrial: las valientes que han sido, y todavía son, excepcionales en la industria por el mero hecho de ser mujeres. Un lugar que Marta Bes, gerente de BMC agrícola y participante en la mesa redonda, definió como “un mundo de hombres grises” y en el que ellas han entrado pisando fuerte.

    Dar visibilidad a sus experiencias es clave para generar referentes y ahondar en la idea de que en el Metal hay sitio para todos.

     

    Así fue la jornada

    Mar Alot, presidenta de la Comisión para la potenciación de la presencia de la mujer en el Metal.

     

    Foto de familia con los participantes en la jornada y algunas componentes de la Comisión para la potenciación de la presencia de la mujer en el Metal.

     

    De izquierda a derecha: Marta Bes (BMC Agrícola), Berta Gonzalvo (Aitiip Centro Tecnológico), Silvia Plaza, (APD); Mar Alot (Alot Metal), y Malgarí Lagrasta (Gascón Internacional).

     

    Mar Vaquero, vicepresidenta segunda y consejera de Economía, Empleo e Industria del Gobierno de Aragón, tampoco quiso perderse la jornada.

     

    Llenazo en la jornada ‘Rompiendo moldes: mujer agroindustrial’.

     

    Teresa Rey, una mujer que ‘rompe moldes’ en el mundo del fútbol.