Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • Los festivos de la Semana Santa no alteran la fecha de domiciliación fiscal del primer trimestre

    Los festivos de la Semana Santa no alteran la fecha de domiciliación fiscal del primer trimestre

    La variedad de días festivos -en especial el Lunes de Pascua- en el territorio nacional, provoca dudas en los contribuyentes sobre los plazos de cumplimiento de las obligaciones fiscales en este primer trimestre del 2025 (1T).

    Existen dos términos a tener en consideración:

    • Fecha limite de domiciliación del impuesto (de optarse por esta modalidad de pago).
    • Fecha límite de presentación y pago del impuesto (por otros medios distintos a la domiciliación)

    La fecha límite de domiciliación es un mínimo tres días hábiles o cinco días naturales antes de finalizar el plazo de presentación. Normal, y respectivamente, los días 15 y 20 del mes del que se trate.

    En este caso, el mes de abril y refiriéndonos a las autoliquidaciones del primer trimestre del 2025, hay que tener en cuenta que en algunas zonas de España, el día 21 del mes en curso, el Lunes de Pascua, es festivo. En esos casos, el plazo límite de presentación se traslada al día 22, inmediato hábil siguiente. Pero entonces la duda se trasladaba a si tal hecho afectaba a su vez a la fecha límite de domiciliación.

    La AEAT interpreta el texto de artículo 3,2 b) de la Orden EHA/1658/2009 de 12 de junio, que habla de al menos 3 días hábiles o 5 naturales, concluyendo: el plazo de presentación de las autoliquidaciones con domiciliación de pago anteriormente aludidas concluirá en la fecha establecida en el anexo II de la Orden EHA/1658/2009 de 12 de junio (es decir, el 15 de abril de 2025), y ello con independencia de que el Lunes de Pascua sea o no festivo para el contribuyente.

  • El Gobierno de España reacciona a los aranceles con 7 medidas para mitigar sus daños

    El Gobierno de España reacciona a los aranceles con 7 medidas para mitigar sus daños

    La política arancelaria recientemente anunciada por el Gobierno de Estados Unidos va a suponer un gran desafío para algunos sectores. La imposición norteamericana de elevados aranceles sobre productos europeos y las recíprocas medidas adoptadas por las distintas economías mundiales afectadas amenazan con impactar negativamente en la economía global.

    Tales efectos aterrizan en un contexto económico que todavía se está reponiendo de los efectos que trajo consigo el COVID-19, la seguida guerra de Ucrania, una muy acusada subida de la inflación  y de los tipos de interés, el elevado precio de los combustibles. En definitiva, un conjunto de factores que ha hecho muy difícil la completa absorción de las pérdidas que el virus trajo consigo.

    La  exposición de motivos del Real Decreto-ley 4/2024, de 8 de marzo, publicado espera que el impacto sobre la economía española sea limitado, debido al limitado peso relativo del comercio bilateral de mercancías con Estados Unidos en el PIB español.

    No obstante, el impacto puede resultar muy heterogéneo dependiendo del sector de actividad o el ámbito territorial, ya que hay empresas y sectores particularmente expuestos al comercio con Estados Unidos.

    En ese sentido, se considera necesario establecer un plan de respuesta que de tranquilidad al tejido productivo, estableciendo una red de instrumentos que permitan a las empresas adaptarse a los efectos de este shock comercial y mitigar sus efectos.

    El impacto territorial de esta medida es especialmente intenso en determinadas comunidades autónomas, cuya estructura económica presenta una elevada exposición al comercio exterior y, particularmente, a las relaciones comerciales con Estados Unidos, por lo que se predica la aplicación de un criterio de asimetría territorial a efectos de planificación y aplicación de las medidas previstas en la norma.

    El incremento anunciado de los aranceles podría llegar a ocasionar efectos significativos sobre la actividad comercial, la producción y el empleo de las empresas españolas. En primer lugar, por la magnitud de los incrementos anunciados -en ocasiones superiores al 25 %- en un contexto en el que los aranceles aduaneros habían venido disminuyendo entre las principales economías desarrolladas. En segundo lugar, porque actualmente la producción se organiza en torno a cadenas de valor globales, de modo que el endurecimiento de la política arancelaria tiende a generar efectos que trascienden a los competidores directos de las empresas nacionales cuya actividad se pretende proteger, afectando incluso a clientes y proveedores intermedios que operan en terceros países.

    Bien sea de forma directa, como exportadores recurrentes a Estados Unidos, o de forma indirecta, en tanto que proveedores de compañías con exposición directa al mercado norteamericano, el incremento de los aranceles puede tener un impacto importante para un gran número de empresas. Muchas de las afectadas deberán ajustar sus procesos productivos a las nuevas circunstancias, o adaptar su cadena de valor. Otras podrán experimentar tensiones de liquidez por el ajuste en el comercio internacional que puede aparejar un shock de esta magnitud. Por último, otras intentarán diversificar su actividad orientando sus exportaciones a nuevos mercados.

    El Plan de Respuesta y Relanzamiento Comercial, diseñado por el Gobierno de España, pretende mitigar los impactos negativos del shock arancelario atendiendo a estos tres elementos:

    • Favoreciendo la inversión productiva.
    • Facilitando liquidez.
    • Facilitando la actividad exportadora de las empresas afectadas.

    Por un lado, se busca desplegar una red de protección inmediata que permita amortiguar el impacto de las medidas arancelarias sobre empresas y trabajadores, evitando posibles problemas de liquidez y compensando la caída de la demanda.

    Por otro, el objetivo final es relanzar la actividad de manera que se vea reforzada nuestra autonomía estratégica. Para ello, se trabajará tanto en la mejora de la capacidad productiva, como en el impulso a la presencia internacional de nuestras empresas y la búsqueda de mercados alternativos.

    El Plan movilizará un total de 14.100 millones de euros, de los cuales 7.400 son de nueva financiación y otros 6.700 se van a emplear de instrumentos ya existentes para impulsar las medidas señaladas en esos dos grandes objetivos.

    Medidas contra los aranceles

    Línea de avales

    Se establece una línea de avales por valor de 5.000 millones de euros para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por las entidades financieras a las empresas afectadas por el cambio de la política arancelaria de Estados Unidos, dirigida a las empresas exportadoras e importadoras que tengan una exposición significativa directa o indirecta, por ser proveedoras de empresas expuestas significativamente, al mercado de Estados Unidos, con el objetivo de contribuir a paliar las tensiones de liquidez generadas por la disminución de los ingresos derivada de la imposición de nuevos aranceles, así como para la realización de proyectos de reconversión de las empresas.

    Fondo para la Internacionalización de la Empresa

    Uso del Fondo para la Internacionalización de la Empresa, F.C.P.J., en adelante FIEM, que se creó como instrumento para la financiación de apoyo oficial a la internacionalización de la economía y la empresa española, siendo su objeto promover las operaciones de exportación de las empresas españolas, así como las de inversión española directa en el exterior. Resulta imprescindible incrementarlo de 500 millones de euros a 700 millones de euros, de cara a que FIEM pueda contribuir de forma decisiva a apoyar los proyectos de exportación e inversión en el exterior de las empresas españolas afectadas por las medidas arancelarias establecidas por Estados Unidos.

    El real decreto-ley también establece que las operaciones de carácter no reembolsable se financiarán con cargo a los recursos propios del FIEM, para seguir apoyando las iniciativas estratégicas de política comercial internacional de España, y los proyectos de diversificación en terceros países de las empresas españolas afectadas por la política proteccionista de Estados Unidos.

    Cobertura a gran parte de los riesgos asociados a las operaciones de internacionalización

    Igualmente es necesario reforzar la cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización, mediante la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.M.E., en adelante, CESCE. Mediante este instrumento el Estado da cobertura a gran parte de los riesgos asociados a las operaciones de internacionalización, ya sean riesgos de carácter comercial, político o extraordinario. Como instrumento de política comercial, tiene la ventaja de complementar y completar la financiación privada, puesto que se apoya en ella, sirviendo de catalizador para financiar las operaciones de comercio e inversiones en el exterior. El Plan moviliza 2.000 millones de coberturas de CESCE para favorecer la internacionalización de las empresas afectadas por el impacto del shock arancelario. Adicionalmente, el presente real decreto-ley, eleva el límite a la cobertura que puede otorgar CESCE en 6.000 millones, hasta los 15.000 millones, de manera que se pueda seguir reforzando el apoyo público a la actividad exportadora sin que el límite actual de 9.000 millones suponga un freno.

    Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses

    Por otro lado, en el apoyo público a la actividad comercial internacional juega un papel de vital importancia el sistema del Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses (CARI), mecanismo que permite a las empresas protegerse ante cambios en los tipos de interés vinculados a la actividad comercial internacional. En este sentido, el CARI, al eliminar el riesgo de tipo de interés, puede contribuir a desbloquear la financiación bancaria a los proyectos de diversificación de las empresas afectadas, habilitándose también la financiación del propio CARI a través de deuda pública, a fin de permitir compensar de forma ágil e inmediata a Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. (ICO), organismo que realiza la gestión financiera del instrumento, por las potenciales pérdidas que se produzcan como consecuencia de la evolución de los tipos de interés.

    Suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales

    Especialmente necesario ante la actual amenaza de una nueva crisis es preservar nuestro tejido económico y el empleo, procurando las condiciones legales para que las empresas viables que componen nuestra economía puedan continuar su actividad. A tal fin, deviene necesario permitir que las empresas que lo precisen puedan disponer de un plazo adicional para absorber aquellas pérdidas que trajo el Covid-19, prolongando el tiempo en que las mismas no sean tenidas en cuenta a efectos de la causa de disolución.

    Plazo extraordinario para la formulación de cuentas anuales

    Asimismo, se establece que, en caso de que ya se hubiese formulado cuentas anuales antes de la entrada en vigor de este real decreto-ley, éstas podrán ser reformuladas en el plazo de un mes y, la junta se reunirá en el plazo de los 3 meses siguientes a la nueva formulación.

    Garantía de proporcionalidad territorial en la aplicación de los fondos

    Además, se garantiza que la puesta a disposición de las empresas de los instrumentos financieros regulados en el presente real decreto-ley se efectuará con respeto al equilibrio territorial.

  • Participa en los reconocimientos “Buenas prácticas en materia de igualdad”

    Participa en los reconocimientos “Buenas prácticas en materia de igualdad”

    Ha llegado el momento de reconocer el compromiso del sector del Metal con la igualdad. En la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza valoramos el esfuerzo diario de nuestros asociados para revertir las cifras actuales de representatividad, mejorar la conciliación, generar referentes y derribar los estereotipos en un sector históricamente masculino.

    Por ese motivo, lanzamos los reconocimientos FEMZ “Buenas prácticas en materia de igualdad”, con los que vamos a galardonar a empresas del sector que destaquen por sus acciones e iniciativas orientadas a promover la igualdad.

    Podrán presentarse las empresas socias que deseen poner en valor sus buenas prácticas en materia de igualdad.

    La fecha límite para presentar las candidaturas es el 7 de mayo de 2025.

    Aspectos a valorar

    Los aspectos que se valorarán positivamente son los siguientes:

    Innovación

    • Métodos novedosos para promover la igualdad.
    • Uso de tecnología, gamificación o estrategias innovadoras.
    • Capacidad de replicabilidad en otros contextos.

    Impacto y resultados

    • Evidencia de mejoras en igualdad de género o inclusión.
    • Porcentaje de la plantilla alcanzado.

    Sostenibilidad y continuidad

    • Compromiso a largo plazo con la iniciativa.
    • Recursos destinados a mantener la práctica en el tiempo.
    • Integración en la cultura organizacional o institucional.

    Visibilidad y difusión

    • Estrategias de comunicación y sensibilización.
    • Metodología de difusión interna.

    Alineación con ODS

    • Relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), especialmente el ODS 5 (Igualdad de Género).

    Las tres mejores buenas prácticas recibirán un galardón en un acto público que tendrá lugar el próximo 5 de junio de 2025 con la presencia de autoridades y empresas del sector.

    Asimismo se realizará una grabación de las empresas galardonadas para su proyección en el evento y posterior difusión.

    ¿Necesitas más información?

    igualdad@femz.es

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  • Nuevas medidas para compatibilizar la pensión con el trabajo y fomentar la jubilación flexible y progresiva

    Nuevas medidas para compatibilizar la pensión con el trabajo y fomentar la jubilación flexible y progresiva

    El Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo que introduce una serie de medidas que pretenden fomentar la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación, así como una salida del mercado de trabajo de forma más progresiva y flexible para los trabajadores llegada la hora de su jubilación.

    Asimismo, este Real Decreto-ley establece la ampliación del régimen transitorio de la jubilación parcial en la industria manufacturera y prevé una mejora de las condiciones de los trabajadores fijos-discontinuos en el acceso y cuantía de las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

    Novedades

    Jubilación demorada

    El artículo 210.2, letras a) y b) TRLGSS establece la compatibilidad entre el complemento de demora y la pensión de jubilación activa.

    Asimismo, establece un porcentaje adicional del 2% en los supuestos en que se haya demorado en dos o más años completos el acceso a la pensión de jubilación después de cumplir la edad ordinaria, pero con una demora adicional al último año completo igual o superior a seis meses.

    Jubilación activa

    El artículo 214 TRLGSS elimina el requisito de que, para acceder a esta modalidad de
    jubilación, se hayan tenido que acreditar cotizaciones suficientes a fin de que la pensión alcance el 100% de la base reguladora.

    También modifica la cuantía de la jubilación activa aplicando un porcentaje variable en función del tiempo de demora, que va desde el 45% de la pensión (1 año de demora) hasta el 100% (5 o más años de demora).

    Además, este porcentaje de la pensión se va incrementando 5 puntos porcentuales por cada 12 meses ininterrumpidos en los que el pensionista permanezca en situación de jubilación activa (sin superar el 100%).

    En el supuesto de que la actividad se realice por cuenta propia y se acredite tener contratado para la realización de la propia actividad, al menos, a un trabajador por cuenta ajena con carácter indefinido y con una antigüedad mínima de 18 meses, o si se contrata con carácter indefinido a un nuevo trabajador por cuenta ajena que no haya tenido vínculo laboral con el trabajador autónomo en los dos años anteriores al inicio de la jubilación activa, la cuantía de la pensión compatible con el trabajo alcanzará el 75% cuando la demora en el acceso a la pensión de jubilación haya sido de entre uno demora.

    Se amplía la reducción de jornada hasta un máximo del 75% para los trabajadores que se jubilan parcialmente habiendo cumplido la edad ordinaria de jubilación. Para los trabajadores que se jubilan parcialmente de forma anticipada, se amplía de dos a tres años la posibilidad de anticipo de la edad de jubilación con una reducción de la jornada de entre un mínimo del 25% y un máximo del 75%, si bien en los supuestos de anticipación superior a dos años la reducción de jornada permitida durante el primer año es menor, entre un 20 y un 33%.

    En todos los casos de jubilación parcial anticipada, los contratos de relevo que se establezcan como consecuencia de dicha jubilación tendrán carácter indefinido y a tiempo completo, debiendo mantenerseal menos durante los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial.

    Se aplicará el coeficiente de 1,5 para el cálculo del periodo de carencia exigido para acceder a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

    Asimismo, para el cálculo del porcentaje aplicable a base reguladora de las pensiones de jubilación e incapacidad permanente derivada de enfermedad común, todo el período durante el cual el trabajador haya estado en situación de alta con un contrato fijo-discontinuo se multiplicará por un coeficiente de 1,5, sin que el número
    total de días cotizados anualmente pueda superar el número de días naturales de cada año.

    Para el cálculo del complemento de demora, se tendrán en cuenta los periodos de cotización aplicando el coeficiente del 1,5.

    Se ampliará hasta el 31 de diciembre de 2029 el régimen transitorio de la jubilación parcial en la industria manufacturera. También se ampliará a 75% el porcentaje de trabajadores en la empresa cuyo contrato de trabajo lo sea por tiempo indefinido en el momento del hecho causante de la jubilación parcial.

    Cabe destacar que se introduce la obligación de empresa y trabajador de cotizar por el 80% de la base de cotización que, en su caso, hubiese correspondido al jubilado parcial de seguir trabajando este a jornada completa con unaaplicación progresiva de la base de cotización.

  • Informe de sentimiento económico del sector Metal del primer trimestre de 2025

    Informe de sentimiento económico del sector Metal del primer trimestre de 2025

    Confemetal presenta el 12º informe de evaluación de la encuesta de sentimiento económico del sector Metal (en adelante ESEM), donde se precisan los resultados de la encuesta correspondiente al primer trimestre de 2025, así como una comparación con la situación del periodo predio y con la vista puesta en las expectativas para el segundo trimestre de 2025.

    A través de la ESEM, Confemetal ha recopilado información cualitativa del sentimiento de las organizaciones empresariales miembro, respecto de tres elementos fundamentales de la situación y evolución del sector:

    • Estimación de la evolución actual de la facturación y evolución prevista de cara al próximo trimestre.
    • Estimación de la evolución actual de la exportación y evolución prevista de cara al próximo trimestre.
    • Estimación de la evolución actual del empleo y evolución prevista de cara al próximo trimestre.

    Adicionalmente, la encuesta ha recopilado información sobre el sentimiento de las organizaciones acerca del coste de la energía, de los transportes y de las materias primas.

  • Prorrogado el Plan Moves III de ayudas a la compra del coche eléctrico

    Prorrogado el Plan Moves III de ayudas a la compra del coche eléctrico

    El Gobierno de España lanza el programa MOVES III 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. Este programa está diseñado para fomentar la movilidad eléctrica, apoyando la adquisición de vehículos eléctricos y el despliegue de infraestructura de recarga.

    Beneficiarios

    Los beneficiarios directos de las ayudas son las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, que se encargan de gestionar las subvenciones a nivel local. A través de sus convocatorias, se destinarán ayudas a:

    • Personas físicas: Aquellos que deseen adquirir un vehículo eléctrico o instalar un punto de recarga en su hogar.
    • Empresas y autónomos: Que busquen incorporar vehículos eléctricos a sus flotas o instalar infraestructura de recarga en sus instalaciones.
    • Administraciones públicas: Para la renovación de flotas de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga en espacios públicos.

    Actuaciones subvencionables

    El programa MOVES III cubre dos líneas de actuación:

    • Adquisición de vehículos eléctricos
      La compra de vehículos eléctricos nuevos, como turismos, motocicletas y cuadriciclos eléctricos, está subvencionada. Se incluyen tanto vehículos eléctricos puros (BEV) como vehículos híbridos enchufables (PHEV) y vehículos de pila de combustible. 

    • Instalación de puntos de recarga
      Las ayudas también se destinan a la instalación de puntos de recarga, tanto en viviendas particulares como en instalaciones empresariales y públicas. 

    Cuantía

    Turismos Eléctricos (Categoría M1):

    Sin achatarramiento:?

    • Autonomía entre 30 km y 90 km: 2.500 euros.
    • Autonomía superior a 90 km: Ayuda: 4.500 euros.
     

    Con achatarramiento (vehículo antiguo con más de 7 años de antigüedad):?

    • Autonomía entre 30 km y 90 km: 5.000 euros.
    • Autonomía superior a 90 km: 7.000 euros.

    Furgonetas Eléctricas (Categoría N1):

    • Sin achatarramiento:? 7.000 euros.
    • Con achatarramiento:? 9.000 euros.

    Motocicletas Eléctricas (Categorías L3e, L4e, L5e):

    • Sin achatarramiento:? 1.100 euros.
    • Con achatarramiento:? 1.300 euros.

    Cuadriciclos Eléctricos (Categorías L6e, L7e):

    • Sin achatarramiento:? 1.400 euros.
    • Con achatarramiento:? 1.600 euros.

     

    Además, se mantiene la desgravación del 15% en el IRPF, con un máximo de 3.000 euros

    Se incrementará un 10% la ayuda para:

    • Personas con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados.
    • Personas empadronadas en municipios con menos de 5.000 habitantes.
    • Adquisición de vehículos destinados a servicios de taxi o VTC.

    Plazo

    Las solicitudes podrán presentarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025

    Las Comunidades Autónomas deberán realizar sus convocatorias dentro de un plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto.

  • IIª Tertulia logística de FEMZ

    IIª Tertulia logística de FEMZ

    Tras el éxito de su primera ‘Tertulia Logística’, la comisión de Comercio y Logística de FEMZ te invita a participar en un segundo encuentro el 8 de mayo a las 17:30h en el “Bunker” de Bunkerbar.

    Un encuentro informal y distendido en el que conocer de primera mano la experiencia de otras empresas e intercambiar conocimientos.

    Jueves, 8 de mayo.

    De 17:30h. a 19:00h.

    Bunkerbar (c/ Jerónimo Zurita 20, Zaragoza)

    En esta segunda sesión, en la que contaremos con la experiencia y conocimientos de un Jose Miguel Herrera Castro, director de Ventas en Dachser España y Portugal, abordaremos la optimización del transporte y la distribución de productos metálicos.

    Cuestiones a tratar

    • Planificación eficiente de rutas: Cómo optimizar los recorridos para reducir tiempos de entrega y minimizar costes.
    • Selección del transporte adecuado: Comparativa entre transporte por carretera, ferrocarril y marítimo, según volumen y destino.
    • Cómo reducir costes logísticos: Estrategias como la carga consolidada, negociación con transportistas y control del combustible​.
    • Cómo gestionar el ecommerce: Qué deben tener en cuenta las empresas a la hora de realizar actividades de ecommerce

    Inscríbete aquí

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    Así fue la primera tertulia logística

  • FEMZ forma a más de 100 profesionales en Instalaciones Fotovoltaicas

    FEMZ forma a más de 100 profesionales en Instalaciones Fotovoltaicas

    Un total de 111 profesionales en Montaje de Instalaciones Solares Fotovoltaicas están listos para empezar su andadura en el mercado laboral.

    La Federación de Empresas del Metal de Zaragoza (FEMZ) ha desarrollado en colaboración con el INAEM un programa integral de empleo para el Sector de energía y agua, con el que se ha mejorado la empleabilidad de más de un centenar de personas.

    Durante la formación, los usuarios han adquirido conocimientos de electricidad, cableado, mantenimiento y montaje. Así como una formación básica en PRL y soft skills como la comunicación o el trabajo en equipo.

    Un valor añadido del programa han sido las charlas de empresas punteras del sector, lo que ha facilitado la toma de contacto de los nuevos profesionales con la realidad y las demandas empresariales.

    Las empresas participantes han sido Arcess, IASOL, Levitec, Forestalia, Gedesel, Instalación Gonzalvo, TSE Solar e Incliza.

    Los talleres en imágenes

  • Los beneficiarios de prestaciones por desempleo deberán presentar declaración de IRPF en 2026

    Los beneficiarios de prestaciones por desempleo deberán presentar declaración de IRPF en 2026

    De acuerdo con el Informe emitido por el Ministerio de Trabajo y Economía Social de 12 de marzo de 2025, sobre la obligación universal de presentar declaración de IRPF por los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo, por motivos de seguridad jurídica el primer ejercicio económico en el que se aplicará la obligación universal de presentar la declaración del IRPF será el ejercicio 2025, teniendo en cuenta que la modificación normativa establecida por el RD-Ley 2/2024, de 21 de mayo, entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, y, por tanto, durante los diez primeros meses del actual ejercicio fiscal no habría existido la obligación.

    La obligación universal de presentar declaración de Renta por todos los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo no se aplicará en el IRPF 2024.

    No obstante, se mantiene para estos beneficiarios la obligación de presentar declaración de IRPF que pudieran tener por aplicación de lo dispuesto en el artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF, es decir, si por la precepción de otras rentas o cuantías tuvieran la obligación de presentarla.

  • Clenar impulsa un ciclo de jornadas sobre descarbonización en Aragón

    Clenar impulsa un ciclo de jornadas sobre descarbonización en Aragón

    El Clúster de la Energía de Aragón (Clenar) organiza un ciclo de jornadas en las tres capitales de provincia para acercar iniciativas prácticas enfocadas a reducir las emisiones de CO2 y conocer casos de éxito de otras empresas aragonesas que ya han implantado medidas.

    Primera jornada: Huesca

    La primera jornada de este ciclo, que cuenta con el patrocinio de hiberus, Kalfrisa, Switching Consulting e Ibercaja, tendrá lugar en la capital oscense.

    Martes, 8 de abril | De 09:30h. a 12:30h. 

    Centro Ibercaja Huesca. Palacio Villahermosa (Plaza Conde de Guara,1. Huesca)

    Programa

    09:30 – 09:40 | Apertura institucional

    09:40 – 10:10 | El futuro de la industria descarbonizada

    10:10 – 11:15 | Mesa redonda: Casos de éxito en descarbonización Industrial

    • Participan: Fernando Anel, jefe en Región Noreste de Public Affairs, Communication and Sustainability en Coca-Cola Europacific Partners; Roberto Cerdán, responsable de Medio Ambiente de Fundación Ibercaja
      Andrés Altabás, director de Tecnología y Sistemas en Fribin Foods.
    • Modera: Miguel Gil, presidente de la Comisión de Descarbonización del Clúster de la Energía de Aragón (Clenar).

    1:15 – 11:45 | Pausa – Café networking patrocinado por Ibercaja

    11:45 – 12:15 | Taller práctico: Herramientas y soluciones para la descarbonización

    Descarbonización – “Obligaciones y oportunidades que nos presenta la transformación energética”.

    • Daniel Penin, director del Centro de Energía y Sostenibilidad de hiberus.

    Descarbonización y eficiencia energética: innovación para una industria sostenible.

    12:15 – 12:30 | Clausura
    Miguel Gil, presidente de la Comisión de Descarbonización de Clenar.

    12:30 – 13:30 | Vino español patrocinado por Ibercaja