Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • PRECIOS MEDIOS DE VENTA – IMPTO. TRANSMISIONES PATRIMONIALES, SUCESIONES Y DONACIONES Y DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE

    Orden HFP/1258/2017, de 5 diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

    Los precios medios de venta, que se aprueban por esta disposición, serán utilizables como medios de comprobación a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

    Para la determinación del valor de los vehículos de turismo, todo terrenos y motocicletas ya matriculados se aplicarán sobre los precios medios, que figuran en el anexo I de esta Orden, los porcentajes que correspondan, según los años de utilización y, en su caso, actividad del vehículo, establecidos en la tabla e instrucciones que se recogen en el anexo IV de esta Orden.

    La fijación del valor de las embarcaciones de recreo y motores marinos se efectuará valorando separadamente el buque sin motor y la motorización, para lo cual se tomarán los valores consignados en los anexos II y III de esta Orden, aplicándoseles los porcentajes de la tabla incluida en el anexo III de esta Orden, según los años de utilización, y sumando posteriormente los valores actualizados para obtener el valor total de la embarcación.

    En lo que se refiere al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, se aplicarán las siguientes reglas:

    • Primera. A los precios medios que figuran en los anexos I, II y III de esta Orden se le aplicarán los porcentajes que corresponda, según los años de utilización y, en su caso, actividad del vehículo, establecidos en la tabla e instrucciones que se recogen en el anexo IV de esta Orden.
    • Segunda. Cuando se trate de medios de transporte que hubieran estado previamente matriculados en el extranjero y que sean objeto de primera matriculación definitiva en España teniendo la condición de usados, del valor de mercado calculado teniendo en cuenta lo señalado en la regla primera anterior, se minorará el importe residual de las cuotas de los impuestos indirectos. Para ello se podrá utilizar la siguiente fórmula:  BI = VM / 1 + (tipoIVA + tipoiEDMT + tiposOTROS)
  • AYUDAS. MISIÓN COMERCIAL AL SUDESTE ASIÁTICO

    ANUNCIO de la Cámara de Comercio de Zaragoza, relativo a convocatoria a empresas Pymes de Aragón.

    La Cámara de Comercio de Zaragoza anuncia la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Misión Comercial a Sudeste Asiático: Tailandia, Malasia, Vietnam, del 12 al 25 de marzo de 2018).

    Beneficiarios: Pymes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Objeto: El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

    Cuantía: La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 59.900 euros en concepto de subvenciones. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje de 50% con cargo a los fondos FEDER, a través del “Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020”.

    Convocatoria: El texto completo de la convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Zaragoza. Además puede consultarse a través de la web www.camarazaragoza.com.

    Plazo: El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el día 31 de enero de 2018. El modelo de solicitud de participación podrá descargarse en la web www.camarazaragoza.com.

  • CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE. ENERO 2018

    02-01-2018  Hasta el 2 de enero de 2018

    RENTA

    • Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2018 y sucesivos: 036/037

    IVA

    • Noviembre 2017. Autoliquidación: 303
    • Noviembre 2017. Grupo de entidades, modelo individual: 322
    • Noviembre 2017. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
    • SII: Remisión de los registros de facturación del primer semestre de 2017: sin modelo
    • Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2018 y sucesivos: 036/037
    • Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2018 y sucesivos: 036
    • Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2018 y 2019: 036
    • Renuncia régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2018 sin modelo
    • Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades: 039
    • Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades: 039
    • Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades: 039
    • Opción por el régimen especial del criterio de caja para 2018: 036/037
    • Renuncia al régimen especial del criterio de caja para 2018, 2019 y 2020: 036/037

    Fuente: AEAT

  • MODIFICACIONES EN LOS MODELOS 309 Y 030

    Orden HFP/1247/2017, de 20 de diciembre, por la que se modifican la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de declaración censal de alta en el censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo, así como otra normativa tributaria.

    El primero de los cambios incorporados en el modelo 309, «Declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido», consiste en incluir como dato identificativo del transmitente de medios de transporte nuevos, el número de identificación fiscal a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.

    La segunda de las mejoras incorporadas responde a la conveniencia de identificar al adjudicatario, que tenga la condición de empresario o profesional, en los procedimientos administrativos o judiciales de ejecución forzosa a que se refiere la disposición adicional sexta de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta disposición adicional sexta faculta al adjudicatario para que, entre otras, presente la declaración-liquidación correspondiente en nombre y por cuenta del sujeto pasivo. En la disposición adicional quinta del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido se determinan las condiciones y requisitos para el ejercicio de las facultades atribuidas.

    Dado que la presentación del modelo 309 «Declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido», tiene carácter electrónico, con la inclusión de la identificación del adjudicatario en la autoliquidación, este podrá, sin necesidad de estar apoderado, hacer uso de las diferentes formas de presentación utilizando los sistemas de identificación especificados.

    Por otra parte, en el artículo segundo de esta orden se procede a la modificación de la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, para sustituir el anexo de la misma por el anexo II de la presente orden y para eliminar en el texto de la Orden todas las referencias a las etiquetas identificativas.

    Las modificaciones realizadas en esta declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, modelo 030, son mejoras principalmente de carácter técnico entre las que destaca como novedad la creación de un apartado específico de datos de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisos de carácter meramente informativos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La cumplimentación de este nuevo apartado implica la concesión de la autorización para recibir los mencionados avisos informativos.

  • AUTÓNOMOS SOCIETARIOS. TARIFA PLANA

    Nuevo servicio ofrecido por FEMZ a sus asociados y que resultará de gran interés para el Autónomo que no disfruta de las reducciones y bonificaciones que contempla la TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS.


    Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, están respaldando la iniciativa liderada por nuestro Abogado Laboralista del Servicio de Asesoría Legal a la hora de reclamar el derecho de los autónomos societarios a beneficiarse de las reducciones y bonificaciones que contempla la denominada Tarifa Plana para Autónomos.

    La Tesorería General de la Seguridad Social de forma sistemática negaba el derecho de los autónomos societarios de beneficiarse de la tarifa plana argumentando que “no procede la aplicación de tales beneficios respecto de los trabajadores por cuenta propia incluidos en el correspondiente Régimen Especial por su participación sociedades mercantiles capitalistas, ya sean de responsabilidad limitada o anónima, y aun cuando se trate de sociedades unipersonales, por cuanto que en tal caso tampoco estamos ante la constitución de un empresario como persona física, sino ante una sociedad de capital formada por un único socio, bien porque así se ha constituido desde el inicio o porque en el devenir de los hechos el número de socios haya quedado reducido a uno, tal y como recoge el artículo 12 de la Ley de Sociedades de Capital.”

    Tras la interposición de las correspondientes reclamaciones en vía administrativa y posteriores demandas ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Zaragoza, las Sentencias están siendo unánimes y favorables a los Administradores Societarios, que han luchado por un derecho que creían que también les correspondía, en base que “la literalidad de la norma de aplicación, no permite establecer la diferenciación que efectúa la Administración (…) la regulación debe aplicarse a todos los trabajadores encuadrados en el RETA.”

    El logro obtenido supone en términos económicos una reducción en los costes de seguridad social, por inclusión en el RETA, de una media de 3.000€, siendo la reducción a la que tienen derecho:

    • Durante los seis primeros meses: 80% de reducción de la cuota o 50 euros.
    • Desde el mes 7 al 12: 50% de reducción de la cuota o 137,97 euros.
    • Desde el mes 13 al 18: 30% de reducción de la cuota o 192,79 euros.
    • Jóvenes menores de 30 años y mujeres menores de 35 tienen bonificación adicional: se mantiene la reducción del 30% desde el mes 19 al 30.

    Hay que tener en cuenta que la NUEVA LEY de Autónomos prevé una ampliación del primer tramo a 12 meses a partir de 1 de Enero de 2018, por lo que el ahorro superará holgadamente, de media, los 4.000€.

    A juicio del equipo jurídico que lidera esta reclamación, las referidas Sentencias suponen el reconocimiento de un derecho para aquellos autónomos que eligen la forma jurídica societaria para el emprendimiento, e incluso han abierto la puerta a la reclamación de ingresos indebidos en el caso de que se decidiera proceder a reclamar períodos anteriores, habiéndose conseguido la estimación en los Juzgados de tal pretensión, aun cuando las resoluciones administrativas habían devenido firmes.


    Si usted está pensando en ser autónomo societario, o ya lo es y no viene disfrutando de la tarifa plana, le recomendamos que concierte una cita con nuestra Asesoría Legal/Laboral.
    Estudiaremos su caso, y le daremos un presupuesto sin compromiso
    .
    Tfno: 976 766060 · Email: ventajas@femz.es

  • ENERGÍAS RENOVABLES VS CARBÓN

    La UE frena en seco las renovables y da un balón de oxígeno al carbón

    La UE diluye la ambición de sus objetivos en el ámbito de la energía para cumplir el Acuerdo de París contra el cambio climático. El consejo de ministros de Energía, que concluyó la madrugada del martes, ha echado el freno a las energías renovables con metas más modestas que las que aprobó el Europarlamento. Además, ha dado un importante balón de oxígeno a las ayudas que ahora obtienen las plantas de carbón, las que más gases invernadero emiten. No obstante, la negociación entre las instituciones europeas aún sigue en marcha y deberá concluir al final del año que viene.

    Fuente (Noticia Completa): LA VANGUARDIA

  • PROGRAMA DE BECAS ESCOLARES PARA LEÓN (NICARAGUA)

    Hace 25 años, la ciudad de Zaragoza se hermanó con León (Nicaragua). Allí se han puesto en marcha más de 80 proyectos, que se ha materializado en diferentes líneas de acción: educación, mujeres, jóvenes, diversidad funcional, educación para el desarrollo o voluntariado.

    En el medio urbano destaca el trabajo comunitario en el Reparto Tomás Borge, el programa de dinamización juvenil creado en 2012 en el último asentamiento precario de la ciudad. Se trata de una zona periurbana en la que viven 1530 personas, con aproximadamente 450 niñas y 312 niños. La población no dispone de cableado eléctrico ni de agua corriente, el porcentaje de desempleo es superior al 70%, no cuenta con un centro educativo y el más cercano se encuentra a 2 kilómetros de distancia. Como consecuencia existe una alta tasa de absentismo escolar en educación primaria, una alta tasa de abandono escolar en formaciones superiores y, por lo tanto, la ausencia de jóvenes en la Universidad.

    Ante esta situación se ha creado un fondo de becas que incluyen mochila, uniforme, material escolar, transporte y pago al personal docente de refuerzo. El objetivo mínimo para lanzar el Programa es conseguir 10 becas escolares y, a día de hoy, el Fondo tiene la cantidad para conceder 5. Por ello, se pide la colaboración de todos.

    Se puede colaborar aportando una cantidad por estudiante, sea de primaria, de secundaria… así como a elección de la entidad donante. Con periodicidad trimestral y/o anual, los donantes recibirán información sobre el rendimiento escolar del estudiante, la asistencia al refuerzo escolar en el barrio y el testimonio de alumnos y alumnas, familia y docentes.

    Además, los primeros 150€ donados desgravarán el 75% y a partir de 150€ desgravarán el 30%.

    Más información
    Memoria 2016
  • RESPONSABILIDAD SOCIAL EN ARAGÓN

    Gestamp, Taisi, Isabel Félez-Chocolates Artesanos Isabel y el Centro Neuropsiquiátrico Ntra. Sra. del Carmen, han sido galardonadas con el Premio a la RSA.

    Además, un total de 377 organizaciones y autónomos (muchos de ellos Asociados de FEMZ) recibieron el sello RSA 2018 debido a sus buenas prácticas y actuaciones sostenibles con el medio ambiente y las personas de su entorno.

    -Listado Oficial de la entrega de sellos RSA 2018-

    Durante todo el año 2018, estas empresas poseerán esta acreditación y podrán renovarla anualmente.

    Enhorabuena a todos. Buen trabajo.

  • ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO 2017-2020

    Real Decreto 1032/2017, de 15 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020.

    El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020. Esta Estrategia da continuidad a la aprobada para el periodo 2014-2016, que supuso un importante cambio en la coordinación de las políticas activas de empleo que gestionan las CCAA.

    Tras la reforma del marco de coordinación de las políticas activas en el año 2013, la distribución de los fondos a las CCAA por parte del Servicio Público de Empleo Estatal ha pasado de realizarse en función de las condiciones sociolaborales de cada comunidad, hasta 2012, a vincularse plenamente al cumplimiento de objetivos, durante los últimos años.

    Para ello se estableció que la EEAE se configuraría como uno de los tres instrumentos de coordinación del Sistema Nacional de Empleo, junto con los Planes Anuales de Política de Empleo (PAPE) y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.

    Desde entonces, la finalidad de la Estrategia es determinar cómo debe ser la política de activación del Sistema Nacional de Empleo (SNE) de los próximos años, estableciendo unos principios generales, unos objetivos y un marco de planificación, ejecución, evaluación y financiación para las políticas activas del mercado de trabajo.