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Se informa por la Agencia Tributaria, tras la publicación en el BOE del pasado día 4 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018, de las novedades de naturaleza tributaria más relevantes:
IRPF:(…)
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El B.O.E (04/07/2018) en su disposición 9268, publica la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
En estos Presupuestos Generales se integran:
a) Los presupuestos con carácter limitativo de las siguientes entidades:
b) Los presupuestos con carácter estimativo de las siguientes entidades:
Ver Presupuestos Generales del Estado para 2018

Coincidiendo con el inicio del plazo legalmente previsto para la confección y presentación, ya figura en la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) – NOVEDADES – , información de interés sobre el Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes 2017.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales recoge en su artículo 19 el deber del empresario de “garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva”.
En este sentido, el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM) (BOE 19 de junio de 2017 – Resolución de 7 de junio de 2017), con entrada en vigor el 1 de octubre de 2017, regula, entre otras y como las materias reservadas al ámbito estatal por el art. 84,4 ET., el establecimiento de una formación mínima en prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores del sector, tanto si realizan su actividad en obras de construcción, como en cualquiera otro ámbito del sector.
Así, el empresario, desde el 1 de octubre de 2017 y en el plazo de tres años, debe proporcionar a cada trabajador, una formación teórica y práctica en materia de PRL a razón de un sexto de la plantilla por semestre. La formación mínima obligatoria en materia de PRL dependerá de la actividad u oficio que se desarrolle y se establecen -en resumen- las siguientes acciones formativas:
Para los trabajadores que NO acceden a obra:
Para los trabajadores que acceden a obra:
Si tiene cualquier duda sobre la formación necesaria para sus trabajadores o sobre cualquier materia relacionada con la prevención de riesgos laborales, CEPYME ARAGÓN, pone a disposición de los asociados de FEMZ el Servicio de Asistencia Técnica financiado por la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, dentro de la acción GABINETE TÉCNICO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DE PYMES (AT2017-0070).
Se trata de un Servicio gratuito de Asesoramiento en materia de Prevención de Riesgos laborales, a través del cual pretendemos dar respuesta a todas aquellas dudas en materia preventiva que pueden suscitarse en el día a día de las empresas, en especial pymes, micropymes y autónomos.
Si desean realizar una consulta pueden hacerlo:
De manera presencial en Calle Santander 36, 2ª Planta.
Telefónicamente: 976766060.
A través de correo electrónico, prevencion@cepymearagon.es
En el apartado Asesoría On Line en Prevención (Web de CEPYME Aragón).

Envases. Registro de Productores
Como recordatorio de nuestras anteriores Circulares, publicadas con motivo de la promulgación del Real Decreto, reproducimos a continuación el texto informativo de la Dirección General de Sostenibilidad sobre la materia, destacando en todo caso del texto de la norma lo siguiente:
“ … c) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio de las bolsas de plástico, los comerciantes podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I.
d) Asimismo, los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones contenida en los apartados anteriores”.
Información útil para ciudadanos y comerciantes
El Real Decreto indica que a partir del 1 de julio de 2018:
Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico, a excepción de las muy ligeras (de menos de 15 micras) y las gruesas (de espesor igual o superior a 50 micras) con un porcentaje de al menos el 70% de plástico reciclado.
El precio lo fija el comerciante, aunque el anexo I del Real Decreto establece los siguientes precios orientativos (con el IVA incluido):
Espesor <15 micras necesarias por razones de higiene o empleadas como envase primario para alimentos a granele
gratuitas
Espesor <15 micras NO necesarias por razones de higiene o empleadas como envase primario para alimentos a granel.
0,05 € / bolsa
Espesor ≥15 micras y <50 micras.
0,15 € / bolsa
Espesor ≥50 micras con un contenido en plástico reciclado <50%
0,15 € / bolsa
Espesor ≥ 50 micras con un contenido en plástico reciclado ≥50% pero <70%
0,10 € / bolsa
Espesor ≥ 50 micras con un contenido en plástico reciclado ≥ 70%
gratuitas
El comerciante debe informar a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible.
A partir del 1 de enero de 2020:
A partir del 1 de enero de 2021:
Estas medidas afectan tanto a las bolsas de plástico entregadas en los puntos de venta como a las que puedan suministrarse en la venta online y las entregadas a domicilio.
Información útil para fabricantes e importadores de bolsas de plástico
El Real Decreto también establece una serie de obligaciones para aquellos que ponen por primera vez bolsas de plástico en el mercado nacional. Estos son los fabricantes nacionales y los importadores de bolsas de plástico terminadas.
Es obligatoria su inscripción antes del 19 de agosto de 2018 en la sección de bolsas de plástico del Registro de Productores de Productos, adscrito a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Transición Ecológica, así como es obligatorio proporcionar la información anual relativa a la puesta en el mercado de bolsas de plástico.
En breve se pondrá a disposición de los fabricantes la aplicación informática para su inscripción en el registro. En cuanto esté disponible se anunciará en la página web del Ministerio de Transición Ecológica.
Modelo/Ejemplo (descargable) de cartel OBLIGATORIO para comercios y establecimientos:
Cartel informativo Campaña Dirección General de Sostenibilidad

02-07-2018 Hasta el 2 de julio
20-07-2018 Hasta el 20 de julio
25-07-2018 Hasta el 25 de julio
30-07-2018 Hasta el 30 de julio
31-07-2018 Hasta el 31 de julio
Fuente: AEAT
En el IV Plan Aragonés de Formación Profesional, aprobado por el Gobierno de Aragón el 23 de enero de 2018, se ha establecido, en el marco de la línea estratégica 3 Incrementar el porcentaje de población cualifcada en el mercado de trabajo aragonés, la línea de actuación A3.1 Impulsar con diferentes medios una mayor y más ágil oferta del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.
El día 12 de junio se publicaron en el BOA las nuevas convocatorias PEAC, entre las que se incluyen las ligadas a la cualificaciones de Soldadura y 3 de la familia de Transporte y Mantenimiento de vehículos.
El calendario de las convocatorias establece que las solicitudes de inscripción deben presentarse entre los días 3 y 21 de septiembre de 2018 en los centros gestores (CPIFP para Soldadura y CPIFP Bajo Aragón para Automoción) o en cualquier registro de la administración.
Para aclarar posibles dudas se han organizado una reunión informativa en Zaragoza:
Día: 5 septiembre
Hora: 17:30 horas
Lugar: CPIFP Corona de Aragón (ZARAGOZA)
Las personas que acrediten todas las unidades de competencia de Soldadura logran dos certificados de profesionalidad y pueden convalidar dos módulos importantes del ciclo de Soldadura y Calderería.
| Unidad de competencia acreditada | Módulo profesional convalidables |
| UC0098_2: Realizar soldaduras y proyecciones térmicas por oxigás. UC0099_2: Realizar soldaduras con arco eléctrico con electrodo revestido. | 0093. Soldadura en atmósfera natural. |
| UC0100_2: Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo no consumible (TIG). UC0101_2: Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo consumible (MIG, MAG) y proyecciones térmicas con arco. | 0094. Soldadura en atmósfera protegida. |
Las personas que acrediten todas las unidades de competencia de Transporte y Mantenimiento de Vehículos logran tres certificados de profesionalidad y pueden convalidar casi todo el ciclo de Electromecánica de vehículos automóviles.
| Unidades de competencia acreditadas | Módulos profesionales convalidables |
| UC0626_2: Mantener los sistemas de carga y arranque de vehículos. | 0456. Sistemas de carga y arranque. |
| UC0627_2: Mantener los circuitos eléctricos auxiliares de vehículos. | 0457. Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo. |
| UC0628_2: Mantener los sistemas de seguridad y confortabilidad de vehículos. | 0458. Sistemas de seguridad y confortabilidad. |
| UC0132_2: Mantener el motor térmico. | 0452. Motores. |
| UC0133_2: Mantener los sistemas auxiliares del motor térmico. | 0453. Sistemas auxiliares del motor. |
| UC0130_2: Mantener los sistemas hidráulicos y neumáticos, dirección y suspensión. | 0454. Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección. |
| UC0131_2: Mantener los sistemas de transmisión y frenos. | 0455. Sistemas de transmisión y frenado. |
NOTA: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título de acuerdo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1244/2009, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o por vías no formales de formación, tendrán convalidado el módulo profesional «0260. Mecanizado básico».