Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • SE ABRE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO QUALITY INNOVATION AWARD (QIA)

    SE ABRE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO QUALITY INNOVATION AWARD (QIA)

    Este Premio fue creado en 2007 para fomentar el surgimiento y desarrollo de innovaciones de producto, de proceso u organizativas. El Premio tienen una primera fase nacional, organizada por la Asociación de Centros de Excelencia y una segunda fase internacional a la que se presentan los proyectos ganadores en la fase nacional.

     

    ¿Qué es una Quality Innovation?

     

    Es una innovación que responde a estas 5 características:

    • Novedad: Es un producto, un servicio, una solución tecnológica, un cambio organizativo…que satisface y excede las necesidades de los clientes, o de la sociedad o del medio ambiente de un modo novedoso o significativamente revisado.
    • Utilidad: Ha sido implementada y presenta argumentos sólidos de cómo se aplica en la realidad esa innovación. Es una innovación práctica y útil para alcanzar los beneficios deseados.
    • Aprendizaje: Está basada en una nueva idea o descubrimiento, sobre la base de un conocimiento existente o ha surgido como fruto de un proceso de desarrollo sistemático.
    • Orientación al cliente: Da respuesta, satisface o excede necesidades actuales y/o futuras de los clientes y/o otros grupos de interés.
    • Efectividad: Presenta resultados e indicadores del éxito de esa innovación en los clientes, en las personas, en la sociedad o en el medio ambiente.

     

    ¿Cuáles son las categorías?

     

    Las categorías de la competición son:

    • Microempresa & Startups – Facturación menor a 2 millones y menos de 10 personas.
    • Pyme – Facturación menor a 50 millones y menos de 250 personas.
    • Gran Empresa – Facturación superior a 50 millones y/o más de 250 personas.
    • Economía circular y huella de carbono – Innovaciones con un foco claramente medioambiental.
    • Sector Sanitario – Innovaciones dirigidas al sector sanitario.
    • Sector público – Innovaciones en el sector público/administración local.
    • Sector Educativo – Innovaciones dirigidas al sector educativo.
    • Potencial – Planeamientos de innovación que aún no se han llevado a la práctica o no tienen resultados.

     

    Plazos de presentación

     

    • 15 de mayo a 30 de junio: PREINSCRIPCIÓN ONLINE
    • 1 de julio a 6 de septiembre: ENVÍO CANDIDATURA ONLINE
    • 7 de septiembre a 19 de octubre:  EVALUACIÓN Y ELECCIÓN PREMIADOS FASE NACIONAL
    • Diciembre: GALA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS FASE NACIONAL
    • Noviembre – diciembre: EVALUACIÓN FASE INTERNACIONAL
    • Febrero 2022: GALA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS FASE INTERNACIONAL (MOSCÚ).

    Más información

  • EL PRESIDENTE DE FEMZ, JAVIER FERRER, NOMBRADO VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

    EL PRESIDENTE DE FEMZ, JAVIER FERRER, NOMBRADO VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

    Javier Ferrer, vicepresidente de CEOE Zaragoza, vicepresidente de CEPYME Aragón, presidente de la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza y miembro del Comité Ejecutivo de CEOE Aragón, ha sido nombrado esta mañana vicepresidente del Consejo Económico y Social (CES).

    El pasado mes de enero, el empresario aragonés entró a formar parte de este órgano consultivo en materia socioeconómica y laboral en representación de las organizaciones empresariales. Cuatro meses después, Ferrer ha tomado posesión del cargo de vicepresidente a propuesta de CEOE y CEPYME nacional.

    Se trata de la segunda vez en la historia que esta plataforma institucional que refuerza la participación de los agentes sociales en la vida económica y social de España, cuenta con un aragonés en la vicepresidencia, tras el jacetano José María Lacasa.

     

    Qué es el CES

    El CES es el órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral y está formado por 60 miembros distribuidos en tres grupos: 20 vocalías en representación de las organizaciones sindicales, 20 vocalías en representación de las organizaciones empresariales y 20 vocalías en representación de los sectores agrario, pesquero, de la economía social, y de los consumidores y usuarios y seis expertos nombrados por el Gobierno.

    Este órgano constituye un canal de comunicación permanente entre los agentes económicos y sociales y el Gobierno, haciendo más fluida la relación y colaboración entre los mismos. Se trata, en definitiva, de la plataforma del Diálogo Social institucionalizada.

  • EL REGISTRO RETRIBUTIVO ES OBLIGATORIO PARA TODAS LAS EMPRESAS DESDE EL 14 DE ABRIL, ¿CÓMO HACERLO?

    EL REGISTRO RETRIBUTIVO ES OBLIGATORIO PARA TODAS LAS EMPRESAS DESDE EL 14 DE ABRIL, ¿CÓMO HACERLO?

    El pasado 14 de abril entró en vigor el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres que establece medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, y desarrolla los mecanismos que permiten identificar y corregir la discriminación en este ámbito.

    El Real Decreto establece la obligación para empresas y convenios colectivos de integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva, orientado a la identificación de discriminaciones derivadas de la incorrecta valoración de puestos trabajo. Este principio de transparencia se deberá aplicar en los registros retributivos, en las auditorías retributivas, en el sistema de valoración de puestos de trabajo y en el derecho de información de las personas trabajadoras.

    Todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras que tengan, deberán contar con un registro retributivo de toda su plantilla, incluyendo al personal directivo y altos cargos. Se trata de una obligación ya existente a la entrada en vigor del RD 902/2020, RD que ahora desarrolla su contenido. El registro incluirá los valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales desagregados por sexo. Además, deberá establecerse la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada grupo o categoría profesional, puesto, nivel…. con un periodo de referencia que con carácter general será de un año natural.

    Este registro será accesible para toda la plantilla a través de la representación legal de las personas trabajadoras. En caso de no existir representación legal no se dará a conocer el contenido íntegro del mismo, sino que se informará de las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres, que también deberán estar desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable.

     

    ¿Cómo hacer el registro retributivo?

     

    Las organizaciones sindicales y patronales y elaborada de manera conjunta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad han publicado una herramienta de Registro Retributivo que incorpora un modelo voluntario de registro retributivo que permite a las empresas cumplir con la obligación establecida.

    La herramienta cuenta con:

    • Guía de uso en formato pdf que proporciona las indicaciones necesarias para poder rellenar el fichero adecuadamente con los datos de la plantilla y posteriormente obtener a través de sus cálculos automatizados y tablas dinámicas los resultados de manera fácil. La automatización de la herramienta posibilita su uso con unos conocimientos de Microsoft Excel a nivel usuario/a.

    Descargar guía de uso

    • Fichero Excel en el que se deben incorporar los datos y a partir de ellos, de forma automatizada, la aplicación realizará los cálculos necesarios para los análisis.

    Descargar modelo

    • Fichero Excel con un ejemplo de uso, a través del cual se facilita la comprensión de los pasos a seguir para su cumplimentación.

    Descargar ejemplo

     

    Si tiene alguna consulta al respecto puede ponerse en contacto con FEMZ a través del 976 768 768 o en el correo electrónico laboral@femz.es
  • SANIDAD DESCONFINA CALATAYUD, VALDEJALÓN Y DE LAS ZONAS DE SALUD DE LUNA, TAUSTE, BORJA Y CASETAS

    SANIDAD DESCONFINA CALATAYUD, VALDEJALÓN Y DE LAS ZONAS DE SALUD DE LUNA, TAUSTE, BORJA Y CASETAS

    A partir del pasado 2 de mayo, se inició en Aragón una tendencia descendente de la incidencia de covid, que parece haberse ralentizado en los últimos días, situándose ahora en algo menos de 100 por 100.000 habitantes en siete días, lo que sigue siendo un nivel de afectación elevado. Además, la situación varía de unas zonas a otras, lo que condiciona la adopción de medidas de prevención y control en los territorios más afectados y los ajustes de las mismas según cambia la afectación por la enfermedad.

     

    Desconfinamiento perimetral

     

    El Departamento de Sanidad levanta el confinamiento perimetral y pasan, además, a nivel tres ordinario a partir de mañana sábado 22 de mayo:

    • Comarca de Valdejalón
    • Municipio de Calatayud
    • Municipios que se engloban en las zonas básicas de Luna, Tauste, Borja y Casetas

     

    ¿Qué territorios siguen confinados y en nivel de alerta 3 agravado?

     

    Las medidas de prevención quedan ahora circunscritas a la localidad de Jaca y a las zonas básicas de salud de Gallur, Alagón, Ejea y Sádaba, donde se mantienen las restricciones a la movilidad y el nivel de alerta tres agravado.

    Orden completa

  • FEMZ CREA ESPACIOS DE TRABAJO CON LAS EMPRESAS DEL METAL PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR

    FEMZ CREA ESPACIOS DE TRABAJO CON LAS EMPRESAS DEL METAL PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza, FEMZ, ha puesto en marcha esta mañana el primero de los dos grupos de trabajo que ha creado con sus empresas asociadas en aras de conseguir un sector moderno y competitivo. Esta actuación forma parte de la hoja de ruta del Plan Estratégico 2020-2022 de la organización empresarial.

    El nuevo ciclo que arrancó el año pasado FEMZ con la activación de su plan estratégico se vertebra en torno a tres líneas de trabajo: mantener la sostenibilidad financiera, incrementar la representatividad en el sector del metal y mejorar el reconocimiento social del sector. De esta última nace la necesidad de conocer las inquietudes de las empresas para, por un lado, defender sus intereses ante las administraciones correspondientes y, por otro, poder ofrecer los mejores servicios que responden a sus demandas. Para ello, la organización empresarial ha creado dos grupos de trabajo formados por empresas del sector, a través de los cuales las compañías puedan compartir experiencias y desvelos.

    Tras testear la situación del sector, la ciberseguridad se planteó como una de las principales preocupaciones y, por ello, este ha sido el contenido de la primera reunión. En ella las empresas han compartido dudas y buenas prácticas que les han permitido formar relaciones empresariales para aumentar la competitividad del sector.

    Con estos planes de actuación, FEMZ quiere coadyuvar con las empresas del sector y convertirse en un aliado proactivo en la mejora de sus procesos.

  • NUEVAS BONIFICACIONES POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR FILOMENA

    NUEVAS BONIFICACIONES POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR FILOMENA

    (BOE 19/05/2021)

     

    El Real Decreto-ley hoy publicado habilita partidas presupuestarias de hasta 509,5 millones de euros para resarcir aquellos daños provocados por la borrasca “Filomena” que puedan ser cubiertos mediante las ayudas previstas en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.

    La norma, además de indicar los tipos de ayuda a repartir para compensar los daños provocados por la borrasca, añade una serie de bonificaciones de tipo fiscal y laboral, amplía el territorio amparado por la declaración de zona afectada por la emergencia y extiende su vigencia a cualquier emergencia de protección civil en el periodo del 1 de abril de 2020 al 31 de junio de 2021.

    Ya el pasado 19 de enero se acordó la declaración de Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil (ZAGEPC) para las comunidades autónomas de Asturias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Andalucía, Aragón, Madrid, La Rioja, y Navarra, y puso en marcha el proceso de evaluación de los daños provocados por la tormenta, a los efectos de determinar las ayudas previstas en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil.

    El grueso de esta evaluación de daños ha sido realizado por las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, que han revisado 6.643 expedientes de siniestros provocados por el episodio “Filomena” entre los días 7 y 18 de enero y referidos en exclusiva a daños que hayan podido afectar a particulares, a corporaciones locales y a infraestructuras públicas. Esos 6.643 siniestros incluyen unos daños totales que, en una primera revisión de elegibilidad, alcanzan un importe de 493,6 millones de euros.

     

    Ampliación del ámbito de aplicación

     

    En resumen, la cuantificación de los daños provocados por el episodio “Filomena” directamente resarcibles por el Estado asciende a un máximo de 435,3 millones de euros. Pero durante este proceso de evaluación, los ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y de Agricultura, Pesca y Alimentación han documentado daños áreas de su competencia en territorios no contemplados en la ZAGEPC del 19 de enero.

    Por esta razón, el Real Decreto-ley aprobado este martes amplía su ámbito de aplicación a las comunidades autónomas de Canarias, Cantabria, Cataluña, Región de Murcia y Comunidad Valenciana, y eleva los daños evaluados en infraestructuras públicas e intereses privados en un montante global de 44,3 millones de euros.

    Además, el Real Decreto-ley añade los daños detectados en edificios e instalaciones dependientes de diferentes departamentos ministeriales, que cuantifica en 30 millones de euros.
    La suma de todos estos conceptos eleva a 509,5 millones de euros la disponibilidad presupuestaria habilitada por el Gobierno para resarcir los desperfectos ocasionados por la borrasca “Filomena”, de los cuales 435 millones se corresponderían con daños provocados en las comunidades autónomas incluidas en el acuerdo del Consejo de Ministros del 19 de enero de 2021; otros 44 millones en aquellas comunidades no incluidas entonces, y 30 millones por daños en edificios e instalaciones de los diferentes departamentos ministeriales, según el siguiente desglose:

    MINISTERIO VALORACIÓN DAÑOS EN EL ÁMBITO
    DEL ACM
    DEL 19/01/2021
    VALORACIÓN DAÑOS FUERA
    DEL ACM
    DEL 19/01/2021
    OTROS DAÑOS TOTAL
    Interior* 11.600.000,00€ – € – € 11.600.000,00€
    Política Territorial y Función Pública* 246.816.727,35€ – € – € 246.816.727,35€
    Transportes, Movilidad y Agenda Urbana 67.622.913,76€ 12.145.581,31€ 14.889.666,49€ 94.658.161,56€
    Agricultura, Pesca y Alimentación 33.330.000,00€ 32.230.000,00€ – € 65.560.000,00€
    Transición Ecológica y el Reto Demográfico 994.987,53€ – € 1.379.180,00€ 2.374.167,53€
    Defensa – € – € 13.527.265,86€ 13.527.265,86€
    Asuntos Económicos y Transformación Digital 8.617.972,00€ – € – € 8.617.972,00€
    Inclusión, Seguridad Social y Migraciones** 66.370.000,00€ – € – € 66.370.000,00€
    TOTAL 435.352.600,64€ 44.375.581,31€ 29.796.112,35€ 509.524.294,30€

    * Como valoración de daños se considera el importe total de las ayudas que se estima que se podrían llegar a conceder

    ** Como valoración de daños se considera el importe máximo estimado por la aplicación de las medidas de Seguridad Social previstas en el ACM de 19/01/2021, cuyo importe mínimo se estima en 13.260.000,00 euros

     

    Otras ayudas

     

    Además de la ampliación de las comunidades autónomas beneficiadas por la declaración de la ZAGEPC, el Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha recibido solicitudes por daños causados por otros episodios de naturaleza catastrófica acaecidos a partir del día 1 de abril de 2020.

    Por ello, el Real Decreto aprobado este martes incorpora una cláusula que prevé que el Gobierno podrá cualquiera de las medidas en él recogidas a otros sucesos de características similares que hubieran acaecido desde el 1 de abril de 2020 o que pudieran acaecer hasta el 30 de junio de 2021.

    Estas ayudas están reguladas por el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se determinan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establece el procedimiento para su concesión, y están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    Además, el real decreto añade otras medidas como la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, marítimo-pesqueros y profesionales, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares, dañados en cualquier siniestro catastróficos ocurrido en ese lapso.

    Otras medidas son posibles exenciones y bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social, que se concretarán en una orden ministerial posterior. A los trabajadores autónomos que perciban prestaciones por cese de actividad cuya causa inmediata sean los efectos de la borrasca “Filomena” no se les computará, a los efectos de consumir los períodos máximos de percepción establecidos, los cuatro primeros meses de percepción de la prestación, y se considerará cumplido, a los efectos de poder acceder a la prestación por cese de actividad, el requisito de periodo mínimo de cotización de doce meses continuados anteriores a la situación legal de cese de actividad.

    Además, los autónomos que tuvieran alguna bonificación o reducción de las cuotas de la Seguridad Social, y que como consecuencia de la borrasca solicitasen la baja, no perderán el derecho a esas bonificaciones o reducciones por el tiempo que hubiese quedado de disfrute al solicitar el alta.

    El real decreto-ley establece un régimen de ayudas a corporaciones locales y entidades locales para la recuperación de las zonas siniestradas, así como actuaciones de restauración forestal y medioambiental, así como en el dominio público hidráulico y marítimo terrestre.

     

    Producciones agrícolas y ganaderas

     

    El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha articulado por su parte, medidas destinadas a paliar daños en las producciones agrícolas y ganaderas, reducciones fiscales para actividades agrarias y financiación de avales.

    En el primer caso, se trata de ayudar a los titulares de explotaciones agrarias que hayan sufrido pérdidas superiores al 30% de su producción. Existen varios supuestos:

    • Explotaciones que, teniendo pólizas de seguro en vigor, hayan sufrido daños sobre las producciones aseguradas y dichos daños no estuvieran garantizados.
    • Explotaciones para las que en la fecha del siniestro no se hubiera iniciado el periodo de garantías del seguro, siempre y cuando se hubiese contratado este para la misma línea en la campaña anterior.

    Las medidas fiscales especiales para las actividades agrarias consisten en reducciones de los índices de rendimiento neto del método de estimación objetiva del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Las aprueba el Ministerio de Hacienda a propuesta del MAPA, que realiza un informe con tal fin tras recibir la información preceptiva por parte de las comunidades autónomas. En la medida en que esta justifique la reducción, el ministerio la propondrá.

    En cuanto a la financiación de avales, el MAPA podrá poner a disposición de los operadores económicos cuya actividad se haya visto afectada por la concurrencia de situaciones de alteración de las condiciones habituales de actividad líneas de financiación en las que subvencionará, en régimen de concesión directa, el coste de los avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) necesarios para la obtención de préstamos.

    Por último, todos los departamentos ministeriales, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial y la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública.

    El Gobierno creará una comisión interministerial para la aplicación y seguimiento de las medidas de apoyo previstas en este real decreto-ley, que estará adscrita a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior y de la que formarán parte representantes de todos los ministerios implicados, de las delegaciones de Gobierno en las comunidades autónomas afectadas y del Consorcio de Compensación de Seguros.

    La adopción de las medidas complementarias a las ya recogidas en la declaración de ZAGEPC de 19 de enero de 2021, la ampliación del ámbito territorial de aplicación de esa declaración y la extensión temporal de los efectos de la misma han hecho necesario la aprobación de un nuevo real decreto para dar respuesta a las consecuencias del episodio “Filomena”.

    Real Decreto completo

  • JORNADA “OBSERVATORIO INDUSTRIAL DEL METAL”

    JORNADA “OBSERVATORIO INDUSTRIAL DEL METAL”

    El III Convenio Estatal del Metal (CEM) estableció el Observatorio Industrial del Metal, como instrumento de análisis de las situaciones por las que atraviesa el Sector, y propuestas para adelantarse a los problemas y anticipación ante los posibles cambios tecnológicos. En el pasado año 2020 se han realizado los primeros proyectos de este Observatorio Industrial, por parte de las tres organizaciones que conforman la FMF, que es quien gestiona el Observatorio.

    El próximo miércoles, 26 de mayo a las 11.20h, se va a celebrar en Madrid un acto en el que se presentarán los tres proyectos y queremos que sea una fecha de reivindicación del Sector a partir de ahora. El acto será clausurado por la Vicepresidenta tercera del Gobierno y Ministra de Trabajo.

    La Jornada se podrá seguir a través de streaming: https://youtu.be/_TToiYg05CI

  • CEEIARAGON Y AREX BUSCAN 6 PROYECTOS INNOVADORES PARA SU PROGRAMA DE ACELERACIÓN EMPRESARIAL

    CEEIARAGON Y AREX BUSCAN 6 PROYECTOS INNOVADORES PARA SU PROGRAMA DE ACELERACIÓN EMPRESARIAL

    El Centro Europeo de Empresas e Innovación de Aragón (CEEIARAGON) y Aragón Exterior (AREX) ponen en marcha el Programa de Aceleración Empresarial “Scale Up”. En esta primera edición, se va a seleccionar seis proyectos empresariales de carácter innovador y con perspectivas de internacionalización para que participen en este programa y reciban asesoramiento personalizado y gratuito que les permita impulsar su desarrollo empresarial y su salto al mercado internacional.

    La contribución de CEEIARAGON al programa de aceleración empresarial se centrará, por un lado, en ajustar y orientar el modelo de negocio para potenciar la internacionalización de las compañías participantes; por otro, en facilitar el encaje entre producto y mercado, a través de la propuesta de valor y el diseño de una cartera de productos segmentada; y, además, les ayudará a diseñar una estrategia para gestionar la innovación. En función del grado de desarrollo de cada proyecto seleccionado, se propondrá un programa de aceleración personalizado en base a unos itinerarios acordes con las necesidades detectadas, fruto de la metodología CEEIARAGON basada en la conocida como Lean Startup.

    Por su parte, AREX se encargará de analizar el potencial de internacionalización de las empresas participantes, y definirá las líneas maestras de su Plan de Internacionalización y de la estrategia de expansión en los mercados exteriores. Además, organizará encuentros entre representantes de las empresas y los delegados de AREX en los mercados con mejores perspectivas de desarrollo, y les ofrecerá acceso preferente a otros de sus servicios especializados.

     

    Beneficiarios

     

    Pequeñas y medianas empresas con domicilio social y fiscal en Aragón, de carácter innovador y con potencial de internacionalización, y entre seis meses y cinco años de vida en el momento de presentar su solicitud (empresas constituidas entre el 15/06/2016 y el 15/01/2021). Esta delimitación temporal no tiene un carácter excluyente aunque sí preferencial.

    De carácter innovador son los proyectos empresariales que destacan por su innovación tecnológica, su potencial crecimiento, su oportunidad de mercado, su capacidad de cooperación empresarial y su compromiso social.

     

    Plazo

     

    Para participar en el Programa de Aceleración Empresarial “Scale Up”, los interesados deben completar y entregar antes del 15 de junio el formulario con los datos identificativos del proyecto y sus promotores, además de una memoria explicativa que incluya los detalles de su modelo de negocio, la innovación propuesta, un análisis económico y financiero y el posible impacto socioeconómico de la compañía, entre otros aspectos relevantes.

    Tras el análisis y valoración de las candidaturas, se seleccionarán los seis proyectos participantes y a partir del 1 de julio comenzará el programa de aceleración empresarial de la mano de CEEIARAGON y del análisis de internacionalización por parte de Aragón Exterior.

    Más información

  • ABIERTA LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS NACIONALES INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    ABIERTA LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS NACIONALES INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de su Secretaría General de Industria y de la pyme, convoca una nueva edición de los Premios Nacionales Industria Conectada 4.0.

    Los Premios Nacionales Industria Conectada 4.0 reconocen a aquellas organizaciones, empresas e industrias que hayan realizado un esfuerzo destacado en su transformación digital, logrando la excelencia empresarial en actividades encuadrados en la Sección C, Divisiones 10 a 32, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009).

    Se establecen dos modalidades de Premios Nacionales Industria Conectada 4.0:

    • Premio Nacional Industria Conectada 4.0 a la Gran Empresa Industrial
    • Premio Nacional Industria Conectada 4.0 a la Pequeña y Mediana Empresa Industrial

     

    ¿Cómo presentar solicitudes?

     

    Las solicitudes a cualquiera de las dos modalidades de los Premios se realizarán exclusivamente de forma electrónica en la sede del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://sede.serviciosmin.gob.es)

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de candidaturas para la III Edición finalizará el 11 de junio.

    Resolución completa

  • SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS

    SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS

    (BOE 14/05/2021)

    Se publica la convocatoria para el año 2021 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

    Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

    Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología ni las que, directa o indirectamente, ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas innovadoras que, además, cumplan con los siguientes requisitos:

    • No estar cotizadas. se añada en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
    • Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
    • No haber distribuido beneficios.
    • No haber surgido de una operación de concentración, según definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
    • Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, se atenderá exclusivamente a la fecha del asiento de inscripción registral, de forma que no se tendrá en cuenta, en ningún caso, la fecha del asiento de presentación. En los casos en que esta inscripción se publicite en el Boletín Oficial del Registro Mercantil o diario oficial correspondiente, se atenderá a la fecha de inscripción que figure en estos diarios.
    • Tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

     

    Costes subvencionables

     

    Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

    Se podrán financiar los siguientes gastos:

    • Inversiones en equipos.
    • Gastos de personal, en los términos recogidos en el Anexo I.
    • Materiales.
    • Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de
      empresa innovadora.
    • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de  solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de
      auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros. A efectos de esta convocatoria se considerarán, a nivel de desglose presupuestario, como partidas susceptibles de ayuda: las inversiones en equipo, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas y otros costes. A su vez dichas partidas presentarán desglose por conceptos.

    En ningún caso serán financiables los gastos financieros, las inversiones en terrenos, locales y obra civil, los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

    La financiación concedida tendrá los siguientes límites:

    • Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
    • Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo II, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.
    • La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
    • Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2022, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2022, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2023, si el proyecto tiene una duración de dos años.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y finalizará el día 8 de julio de 2021, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

    Resolución completa