Categoría: AYUDA/SUBV

  • CONVOCADAS AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD PARA AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS

    CONVOCADAS AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD PARA AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS

    El Ayuntamiento de Zaragoza ha promovido dos líneas de subvenciones dirigidas a acciones orientadas a la mejora de la competitividad de autónomos, microempresas y pequeñas empresas de Zaragoza.

     

    Las líneas de acción

     

    • Línea A. Impulsar el desarrollo de acciones para la mejora de la competitividad de los autónomos, microempresas y pequeñas empresas de la ciudad de Zaragoza. Con un presupuesto total de 500.000 euros.
    • Línea B. Ayudas para minimizar la pérdida de competitividad empresarial por afecciones meteorológicas (lluvias del 6 de julio, olas de calor, tormentas, etcétera) en el término municipal de Zaragoza. Con un presupuesto total de 400.000 euros.

    Cada solicitante podrá presentar una única solicitud a esta convocatoria, debiendo elegir si se presenta a la línea A o la línea B.

    El importe a conceder a cada entidad beneficiaria tendrá un límite mínimo de 500 euros y un límite máximo de 20.000 euros. La subvención otorgada no podrá superar el 80% del presupuesto presentado.

    Podrán presentar solicitudes hasta el 18 de octubre de 2023.

    Las acciones subvencionables y demás elementos relevantes de estas líneas de subvenciones pueden encontrarlos en la Convocatoria pública de subvenciones para la competitividad empresarial, en régimen de concurrencia competitiva

    Bases reguladoras

    Más información:

    cmurillo@cepymearagon.es

  • LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE POR CARRETERA PODRÁN SOLICITAR UNA AYUDA EXTRAORDINARIA DE FORMA TEMPORAL PARA SUFRAGAR EL PRECIO DE DETERMINADOS PRODUCTOS ENERGÉTICOS

    LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE POR CARRETERA PODRÁN SOLICITAR UNA AYUDA EXTRAORDINARIA DE FORMA TEMPORAL PARA SUFRAGAR EL PRECIO DE DETERMINADOS PRODUCTOS ENERGÉTICOS

    De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto- ley 5/2023, desde esta semana y hasta el próximo 31 de octubre se puede solicitar la ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio de determinados productos energéticos para las empresas de transporte por carretera que no tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.

    Beneficiarios: trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España que, en fecha 30 de junio de 2023 (fecha de entrada en vigor del) que:

            * Sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, atendiendo al número y tipología de los vehículos adscritos a la autorización y se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
            * Tengan a su disposición licencia expedida en Ceuta y Melilla para vehículos taxi.
            * Sean titulares de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y que a fecha 30de junio de 2023, se encuentren de alta en el Registro de vehículos de la Jefatura central de Tráfico.

    El importe de la ayuda (entre 150 euros y casi 2.000 euros), es incompatible con la ayuda para beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo profesional, por lo que no se aplicará la ayuda a los vehículos que tengan derecho a la mencionada devolución.

    RD-Ley 5/2023

  • SI ERES MUJER EMPRENDEDORA, TE INTERESA ESTA CONVOCATORIA DE AYUDAS

    SI ERES MUJER EMPRENDEDORA, TE INTERESA ESTA CONVOCATORIA DE AYUDAS

    La Fundación Isabel Martín, ONG de Cooperación al Desarrollo y Acción Social, presenta la II Convocatoria de ReActivadas, ayudas a los emprendimientos de mujeres en Aragón y que está dotada con 17.000 euros. 

    El plazo para la presentación de candidaturas finalizará el próximo jueves 15 de junio.

    Con esta iniciativa se pretende reconocer a las empresarias y profesionales así como colaborar en la reactivación de su actividad mediante la visibilización de sus emprendimientos ya que, simplemente con participar, su propuesta se podrá ver en el canal de YouTube de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión. Consulta las dudas:

    En el 876 280 063, de lunes a jueves de 09:00 a 17:00 y los viernes de 09:00 a 15:00.
     En cualquier momento por email en admin@fundacionisabelmartin.es, poniendo en el asunto “ReActivadas”.

    La ayuda consistirá en la financiación de un Plan de Reactivación para emprendedoras radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón (domicilio fiscal y unidad productiva/de negocio), dotada con diecisiete mil euros, en una única categoría (Primera Clasificada), consistente en:

    • Una ayuda económica de 10.500,00 euros (diez mil quinientos euros)
    • Una ayuda de 6.500,00 euros (seis mil quinientos euros), IVA incluido, para publicidad en radio y televisión en la CARTV y para merchandising del proyecto de Comercio Justo de la Fundación Isabel Martín.

    Más información Bases de la convocatoria

  • CONVOCADAS LAS AYUDAS DE SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS 2023

    CONVOCADAS LAS AYUDAS DE SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS 2023

     

    Ha sido publicada la ORDEN EPE/710/2023, del 18 de mayo, por la que se convocan ayudas de segunda oportunidad para personas trabajadoras autónomas para el año 2023. De la concesión de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se podrán beneficiar:

    a) Las personas físicas que se encuentren actualmente o hayan estado, en algún momento entre el 1 de marzo de 2020 y la fecha de publicación de la presente convocatoria, de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en cualquiera de las Mutualidades de Previsión Social existentes, que ejerzan o hayan ejercido su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    b) Las asociaciones profesionales intersectoriales representativas del trabajo autónomo a nivel autonómico que hayan sido reconocidas como tales mediante orden de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo del Gobierno de Aragón, que lleven a cabo una de las modalidades de asistencia técnica reguladas en el apartado primero cuyos destinatarios sean las personas físicas del punto 1.a) de este apartado tercero.

    c) Los mediadores concursales o instituciones de mediación concursal que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que se encuentren inscritos en el csv: BOA20230605011Núm. 105 Boletín Ofcial de Aragón 05/06/202323151 Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación en base a la Ley 16/2022, de 5 de  septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la efciencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades; que lleven a cabo una de las modalidades de asistencia técnica reguladas en el apartado primero cuyos destinatarios sean las personas físicas del punto 1.a) de este apartado tercero.

  • AYUDAS PARA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    AYUDAS PARA INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo efectúa la convocatoria de concesión de ayuda a proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 (ACTIVA Financiación) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2023.

     

    Beneficiarios

     

    Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial.

    Actividades incluidas:

    • Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
    • Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla)
    • Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial.

     

    Líneas de actuación

     

    Activa-Pymes

    Proyectos realizados por pequeñas y medianas empresas enmarcados en las prioridades temáticas:

    • Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa
    • Soluciones para el tratamiento avanzado de datos
    • Soluciones de inteligencia artificial
    • Proyectos de simulación industrial
    • Diseño y fabricación aditiva
    • Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial
    • Robótica colaborativa y cognitiva
    • Sensórica
    • Proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, los proyectos de innovación en materia de organización y procesos

     

    Activa-Grandes implementaciones

    Proyectos realizados por cualquier tipo de sociedades que puedan ser beneficiarias enmarcados en las prioridades temáticas:

    • Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa
    • Soluciones para el tratamiento avanzado de datos
    • Soluciones de inteligencia artificial
    • Proyectos de simulación industrial
    • Diseño y fabricación aditiva
    • Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial
    • Robótica colaborativa y cognitiva
    • Sensórica
    • Proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, los proyectos de innovación en materia de organización y procesos

     

    Cuantía

     

    La financiación total a conceder será como máximo del 80% del presupuesto financiable. Las ayudas se componen de una parte de préstamo y otra subvención a fondo perdido.

    Préstamos reembolsables con tipo de interés al 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10 años con 3 años de carencia para línea ACTIVA-Grandes Implementaciones.

    El presupuesto mínimo de conceptos financiables para proyectos en la línea ACTIVA-Grandes Implementaciones será de 100.000 €, y para el caso de proyectos de la línea ACTIVA-PYME será de 400.000 € para las microempresas y pequeñas empresas y de 1.000.000 € para medianas empresas.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación comenzará desde el día 29 de mayo y finalizará el día 27 de junio de 2023.

    Convocatoria completa

    Bases reguladoras

    Guía del MINCOTUR

  • AYUDAS A EMPRESAS ARAGONESAS PARA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

    AYUDAS A EMPRESAS ARAGONESAS PARA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

    El INAEM convoca ayudas para empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro que realicen contratos indefinidos.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias las empresas cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Líneas de subvención

     

    Subvenciones para el fomento de la contratación indefinida

    Podrán ser objeto de subvención los contratos indefinidos iniciales que se celebren a jornada completa con personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y pertenecientes a algunos de los siguientes colectivos:

    • Jóvenes menores de 30 años.
    • Personas mayores de 45 años.
    • Personas desempleadas de larga duración, cualquiera que sea su edad.
    • Otros colectivos que, en su caso, se determinen en las correspondientes órdenes de convocatoria y que resulten acordes con la normativa o la estrategia europea, estatal o autonómica en materia de empleo

     

    Subvenciones para la conversión en indefinidos de contratos formativos

    Podrán ser objeto de subvención la conversión a indefinido y a jornada completa de los contratos para la formación en alternancia y de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, favoreciendo de este modo la estabilidad en el empleo de las personas jóvenes.

    Para acceder a las subvenciones establecidas en este capítulo deberán cumplirse los siguientes requisitos:

    • La conversión del contrato se formalizará por escrito.
    • La contratación a transformar deberá haber tenido una duración mínima de, al menos, seis meses antes de su transformación en indefinida.
    • A efectos de la concesión de la subvención, se entenderá producida la conversión del contrato formativo en indefinido cuando ambas modalidades contractuales se sucedan sin interrupción de la relación laboral de la persona trabajadora con la empresa.
    • La duración de la jornada del contrato indefinido fruto de la conversión será a tiempo completo.
    • La conversión del contrato en indefinido deberá suponer un incremento neto del número de personas trabajadoras fijas de la empresa, en relación con el promedio de la plantilla en los seis meses anteriores a la conversión.

     

    Cuantía

     

    Subvenciones para el fomento de la contratación indefinida

    La cuantía básica de la subvención por contratación indefinida a tiempo completo será equivalente a 5 veces el salario mínimo interprofesional mensual vigente en el momento de publicación de la correspondiente convocatoria, excluida la parte proporcional de las pagas extras.

    La cuantía básica podrá incrementarse por cada uno de los siguientes supuestos y porcentajes hasta un límite máximo de 9.000 euros por contrato subvencionado:

    • Un 10% adicional cuando la persona contratada sea mujer.
    • Un 10% adicional cuando la persona contratada sea joven menor de 25 años.
    • Un 10% adicional cuando la persona contratada sea mayor de 52 años.
    • Un 10% adicional cuando la persona contratada hubiese estado desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo de forma ininterrumpida durante los 24 meses inmediatamente anteriores a dicha contratación.
    • Un 10% adicional cuando la empresa contratante cuente con una plantilla inferior a 10 trabajadores por cuenta ajena el día anterior a la fecha en que se produzca la contratación.
    • Un 10% adicional cuando la persona objeto de subvención sea contratada para prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en una localidad o núcleo de población aragonés de menos de 5.000 habitantes. Este incremento será del 20% cuando el centro de trabajo se ubique en una localidad o núcleo de población de menos de 500 habitantes. 
    • Un 20% adicional cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
      – Mujeres víctimas de violencia de género.
      – Mujeres víctimas de trata, explotación sexual o en situación de vulnerabilidad en contextos de prostitución.
      – Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción o del ingreso mínimo vital.
      – Personas jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
      – Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.

     

    Subvenciones para la conversión en indefinidos de contratos formativos

    La cuantía básica de la subvención por conversión en contratos indefinidos de las modalidades de contratación será equivalente a 3 veces el salario mínimo interprofesional mensual vigente en el momento de publicación de la correspondiente convocatoria, excluida la parte proporcional de las pagas extras.

    La cuantía básica indicada en el apartado anterior podrá incrementarse por cada uno de los siguientes supuestos y porcentajes hasta un límite máximo de 5.000 euros por contrato subvencionado:

    • Un 10% adicional cuando la persona cuyo contrato se transforma en indefinido sea mujer.
    • Un 10% adicional cuando la empresa contratante cuente con una plantilla inferior a 10 trabajadores por cuenta ajena el día anterior a la fecha en que se produzca la conversión, incluyendo en dicho cómputo la persona cuyo contrato se transforma.
    • Un 10% adicional cuando la persona objeto de subvención desempeñe su actividad laboral en un centro de trabajo ubicado en una localidad o núcleo de población aragonés de menos de 5.000 habitantes. Este incremento será del 20% cuando el centro de trabajo se ubique en una localidad o núcleo de población de menos de 500 habitantes. 

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de solicitudes de la correspondiente subvención será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

    En aquellos supuestos en que la fecha de inicio del contrato indefinido o de la conversión en indefinido de un contrato formativo estuviese comprendida entre el 23 de marzo de 2023 y el día de entrada en vigor de la presente convocatoria, ambas inclusive, el plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Extracto de la Orden

  • NUEVA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA ICEX NEXT CON AYUDAS DE HASTA 24.000€ PARA INTERNACIONALIZAR PYMES

    NUEVA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA ICEX NEXT CON AYUDAS DE HASTA 24.000€ PARA INTERNACIONALIZAR PYMES

    ICEX lanza una nueva convocatoria de su programa ICEX Next para internacionalizar pymes con asesoramiento especializado y personalizado.

     

    Requisitos de los beneficiarios

     

      • Ser PYME
    •  
      • Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.
    •  
      • No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
    •  
      • Contar con una facturación superior a 300.000 euros eliminándose este requisito para las start-ups de base tecnológica de reciente creación que ya cuenten con producto o servicio comercializado, dadas las especiales características de su crecimiento en cuanto a la rapidez exigida de acceso al mercado. Si no se alcanza dicha facturación en el ejercicio 2022, podrá considerarse el importe en el momento de presentación de solicitud siempre que esté convenientemente documentado.
    •  
      • Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dando especial foco, en esta convocatoria, en las empresas que consoliden o reorienten su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.
    •  
      • Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia.
    •  
      • No haber participado en programas de Iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next). No obstante, teniendo en cuenta la coyuntura actual relacionada con el Brexit, las empresas que hayan participado en estos programas con anterioridad al 1 de enero de 2015, cuya cifra de ventas en Reino Unido sea superior a 300.000 euros y/o, el porcentaje de sus ventas en Reino Unido sobre el total de sus ventas internacionales sea superior al 30% podrán ser beneficiarias del programa.
        Por otro lado, las empresas que hayan participado en estos programas entre los años 1997 y 2007, y que facturen más de 1.500.000 de euros en el último ejercicio podrán ser beneficiarias del programa.
    •  
      • No tener impagos con ICEX.
    •  

     

    Acciones

     

    El programa ICEX Next tiene como finalidad introducir y consolidar la cultura exportadora en la PYME española para que ésta pase a formar parte de su estrategia empresarial. Para ello, ofrece a la empresa asesoramiento especializado a través de consultores expertos para el desarrollo de su estrategia exterior y mejora de su competitividad internacional y subvenciona determinados gastos que se deriven del diseño e implementación de la estrategia internacional.

     

    Cuantía

     

    La subvención máxima por empresa beneficiaria es de 24.000 euros correspondiente al 60% de cofinanciación de ICEX de los gastos. Por tanto, la empresa podrá presentar hasta un máximo de 40.000 euros de gasto realizado al que se aplicará el 60% para determinar la subvención de ICEX.

     

    Plazo

     

    El plazo de inscripción finaliza el 31 de mayo de 2023.

    Más información

  • AYUDAS A EMPRESAS ARAGONESAS PARA PROYECTOS EMPRESARIALES DE ECONOMÍA CIRCULAR

    AYUDAS A EMPRESAS ARAGONESAS PARA PROYECTOS EMPRESARIALES DE ECONOMÍA CIRCULAR

    Se convocan subvenciones, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, para fomentar la inversión en economía circular, así como la realización en Aragón de proyectos empresariales que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial en economía circular en el año 2023.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas establecidas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Se entiende que una empresa está establecida en la Comunidad Autónoma de Aragón cuando tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento o haya solicitado ayuda para un nuevo establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. En este último caso, deberá disponer de establecimiento abierto y en funcionamiento en el momento de hacerse efectiva la ayuda.

    Será necesario que la entidad solicitante desarrolle o vaya a desarrollar la actividad productiva o de investigación, así como la ejecución del proyecto o, en su caso, la inversión subvencionable, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Líneas de ayudas

     

    Ayudas a la inversión en economía circular

    Las ayudas a la inversión en economía circular se destinarán a inversiones que permitan adaptar o mejorar el proceso productivo de la entidad beneficiaria para la consecución de objetivos propios de la economía circular. En concreto, se incluyen las siguientes actividades subvencionables:

    • Digitalización y modernización tecnológica mediante la automatización de procesos y la implantación de las soluciones tecnológicas dirigidas a la implantación de los principios de la economía circular.
    • Realización de inversiones en activos fijos específicamente afectos a la consecución de los objetivos propios de la economía circular.

    Las ayudas que se concedan en esta línea estarán amparadas en el Reglamento UE de ayudas de “minimis”.

     

    Ayudas a proyectos que contengan investigación industrial y/o desarrollo experimental en economía circular

    En estas ayudas sólo se considerarán subvencionables las actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental relativos a procesos o productos que tengan una contribución sustancial a la transición hacia una economía circular.

    En particular, las actividades subvencionables de estos proyectos será aquellas que se encuentren dentro de los siguientes ámbitos:

    • Ecodiseño de procesos y productos que promueva una mayor eficiencia de los recursos materiales a lo largo del ciclo de vida del producto, incluyendo la reutilización del producto o partes del mismo.
    • Reciclado de materiales u otras formas de valorización material de subproductos o residuos. Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.
    • Simbiosis industrial que promueva la eficiencia en el uso de residuos y subproductos.
    • Nuevos procesos, tecnologías o materiales que contribuyan a la valorización de residuos que actualmente no se están valorizando.

    La dimensión mínima de los proyectos debe ser superior a 500.000 euros para que puedan ser subvencionables.

    No se consideran subvencionables en esta convocatoria las actividades de valorización energética y las de eliminación de residuos.

     

    Cuantía

     

    La cuantía individualizada de la ayuda se calculará en dos tramos distintos, según el gasto subvencionable se someta al Reglamento UE de exención por categorías o al Reglamento UE de ayudas de “minimis”. Para el cálculo de la ayuda, en un mismo concepto concreto de gasto no se podrán aplicar regímenes de ayuda diferentes.

    En la línea de ayudas a la inversión en economía circular, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento UE de ayudas de “minimis”, el importe total de las ayudas de “minimis” concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante los ejercicios fiscales 2021 a 2023

    En la línea de ayudas a proyectos que contengan investigación industrial y/o desarrollo experimental en economía circular, no se concederán ayudas que supongan un importe superior a los umbrales máximos de notificación establecidos en el artículo 4 del Reglamento UE de exención por categorías.

     

    Plazo

     

     El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 22 de mayo de 2023.

    Orden completa

  • WEBINAR: INVERSIONES EN ECONOMÍA CIRCULAR DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

    WEBINAR: INVERSIONES EN ECONOMÍA CIRCULAR DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

    El próximo día 3 de mayo a las 9.30 horas, la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza organiza el webinar “Inversiones en economía circular del Gobierno de Aragón” para conocer las características de las subvenciones que el Gobierno de Aragón ha dispuesto para fomentar la inversión en economía circular, así como la realización en Aragón de proyectos empresariales que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial en economía circular, financiadas con fondos FEDER y cuyas bases reguladoras se encuentran recogidas en la ORDEN EPE/269/2023, de 14 de marzo.

     

     

    El detalle de la exposición correrá a cargo de D. Álvaro Monclús, abogado de SMF Monclús, despacho que asesora y acompaña a las empresas aragonesas en las diferentes convocatorias, tanto estatales como autonómicas, dirigidas a mejorar la competitividad del tejido empresarial aragonés, favorecer la descarbonización de sus procesos productivos, optimizar la implantación de tecnologías energéticas, innovar y digitalizar sus procedimientos; en definitiva, aprovechar las oportunidades de financiación para la empresa aragonesa.

    Inscripción

  • YA PUEDES SOLICITAR EL BONO TECNOLÓGICO DE ITAINNOVA

    YA PUEDES SOLICITAR EL BONO TECNOLÓGICO DE ITAINNOVA

    El Instituto Tecnológico de Aragón ITAINNOVA pone en marcha su cuarta edición del Programa Bonos Tecnológicos, que suponen descuentos para contratar servicios de desarrollo tecnológico, transferencia y ensayos.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser seleccionadas para este programa las empresas que:

    • Tengan su domicilio social o un centro de trabajo en Aragón
    • Ostenten la condición de PYME
    • Estén válidamente constituidas a fecha de presentación de la solicitud

     

    Cuantía

     

    Los Bonos se articulan como descuentos para desarrollar el trabajo acordado con las pymes.

    El importe del descuento puede ser del 50% para proyectos de I+D+i (con un máximo de 15.000 euros) y del 20% para ensayos (con un máximo de 5.000 euros).

    A estos porcentajes se añade un 10% más para pymes de fuera del término municipal de Zaragoza, y, como novedad, también se suma este 10% a las pymes que hayan participado en los programas INNOIDEA e INNORUTA promovidos desde el centro tecnológico.

    Al igual que en años anteriores, cada empresa sólo podrá disfrutar de un bono, y las pymes que ya hayan participado en ediciones anteriores no podrán acumular un descuento total mayor de 5.000 euros, a excepción de las participantes en INNOIDEA e INNORUTA a las que no se aplicarán restricciones. 

     

    Plazo

     

    El plazo para la presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta que se agoten los fondos disponibles y la asignación de los Bonos se realizará por orden de llegada.

    Más información

     

    Recuerda que sigue abierta la convocatoria PADIH para pymes

     

    Recuerda que sigue abierta también la convocatoria de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs basado en la prestación de servicios por EDIH españoles, entre los que se encuentra el Aragón EDIH.

    Aragón EDIH lo conforman, además de ITAINNOVA, el Instituto Aragonés de Fomento, la Universidad de Zaragoza, CEPYME Aragón, CEOE Aragón, el Consejo Aragonés de Cámaras de Comercio y el Clúster TIC de Aragón (Tecnara).

    La ayuda consiste en la prestación de servicios por parte de los EDIH de forma gratuita que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas por parte de las pymes.

    En esta convocatoria, las ayudas financian el 100% de las actuaciones en materia de innovación. En concreto, están enfocadas a servicios de asesoramiento y de implantación de tecnologías digitales disruptivas con el objetivo de transferir tecnología europea de centros de conocimiento de referencia a las pymes para mejorar su competitividad y diferenciación en el mercado.

    Más información