Categoría: AYUDA/SUBV

  • AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN PARA LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

    AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN PARA LA INDUSTRIA MANUFACTURERA

    Se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de concesión de ayudas a proyectos industriales de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de la industria manufacturera en el año 2019.

    Beneficiarios

    Sociedades con personalidad jurídica propia en España legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que desarrollen una actividad industrial productiva, durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del Sector Público, encuadrada en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera) o en cualquiera de las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla).

    Temáticas

    Los proyectos habrán de adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:

    • Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor
    • Descarbonización, eficiencia energética y nuevas fuentes de energía sostenible
    • Materiales y productos avanzados
    • Innovación en procesos de calidad y seguridad
    • Innovaciones del proceso productivo derivados de la prioridad temática 3

    Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

    Sectores

    El ámbito temático de esta orden será:

    • Sector automoción
      Se considerará dentro de este sector a las empresas cuya actividad principal esté encuadrada en la CNAE 29, así como otras empresas manufactureras cuya actividad tenga como resultado un producto que tenga como destino final a empresas de dicha CNAE.
    • Sector ferroviario
      Se considerará dentro de este sector a las empresas cuya actividad principal esté encuadrada en la CNAE 30.2, así como otras empresas manufactureras cuya actividad tenga como resultado un producto que tenga como destino final a empresas de dicha CNAE.
    • Otras industrias manufactureras
      Resto de empresas cuya actividad se encuadre en alguna de las CNAE incluidas en el artículo 4 de la Orden ICT/859/2019, de 1 de agosto.

    Las empresas que no se encuadren en las CNAEs específicas de los ámbitos temáticos 1 y 2 anteriores, tendrán que estar integradas en la cadena de valor de dichas CNAEs en el momento de la solicitud para poder clasificarse dentro de dichos ámbitos temáticos.

    Financiación

    Las ayudas convocadas mediante esta orden tendrán la forma de préstamos reembolsables.

    El importe del préstamo a conceder será como máximo el 80% de la inversión financiable, con las limitaciones establecidas en el artículo 11 de la Orden ICT/859/ 2019, de 1 de agosto, con un plazo de amortización total de 10 años y 3 años de carencia, tipo de interés aplicable será del 0% y el método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización del principal serán anuales y de igual cuantía y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.

    Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de los préstamos concedidos:

    • Para los proyectos de investigación industrial, 10.000.000 euros por empresa y proyecto.
    • Para los proyectos de desarrollo experimental, 7.500.000 euros por empresa y proyecto.
    • Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, 5.000.000 euros por empresa y proyecto.
    • Por empresa 10.000.000 euros por el total de los proyectos en los que resulte beneficiaria en la misma convocatoria, respetando los límites anteriores

    Plazo

    El plazo de presentación finalizará el día 21 de noviembre de 2019.

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  • MODIFICACIONES EN LOS PLAZOS DE LAS AYUDAS AL DESARROLLO DEL VEHÍCULO ELÉCTRICO

    MODIFICACIONES EN LOS PLAZOS DE LAS AYUDAS AL DESARROLLO DEL VEHÍCULO ELÉCTRICO

    En el punto 3 del apartado vigesimotercero de la Orden por la que se convocan subvenciones para realizar en Aragón proyectos empresariales relativos al desarrollo del vehículo eléctrico se establece como plazo máximo para solicitar el anticipo sobre la primera anualidad, el 20 de octubre de 2019.

    En el punto 3 del apartado vigesimotercero de la misma Orden se establece como plazo máximo para presentar la justificación parcial correspondiente a la anualidad del 2019 para aquellos beneficiarios a los que no se les ha concedido un anticipo de subvención, el 20 de noviembre de 2019.

    Dada la proximidad de los plazos citados y considerando que a fecha actual todavía no se ha emitido Resolución, resulta imprescindible modificar la Orden EIE/497/2019, de 13 de mayo, al objeto de modificar el plazo máximo para solicitar el anticipo sobre la primera anualidad y modificar el plazo máximo para presentar la justificación parcial correspondiente a la anualidad del 2019 para aquellos beneficiarios a los que no se les ha concedido un anticipo de subvención.

    Por ello:

    1. El punto 3 del apartado vigesimotercero queda redactado de la siguiente manera:

    “Dado que se trata de una ayuda plurianual, además del plazo de justificación final indicado en el punto anterior, se prevén los siguientes plazos máximos de justificación parcial para cada una de las anualidades asociadas a la realización efectiva del proyecto:

    • Anualidad 2019:
      – Para aquellos beneficiarios a los que no se les ha concedido un anticipo de subvención hasta el 27 de noviembre de 2019.
      – Para aquellos beneficiarios a los que se les ha concedido un anticipo de subvención hasta el 20 de noviembre de 2020.
    • Anualidad 2020: Hasta el 20 de noviembre de 2020.

    En esta justificación parcial se presentará la documentación señalada en el apartado siguiente y un informe sobre los trabajos efectuados, estado y evolución del proyecto, en comparación con lo previsto en la memoria inicial, para la realización del seguimiento científico-técnico del mismo. El contenido del informe incluirá la descripción de los logros, el cumplimiento de los objetivos y la ejecución del presupuesto hasta la fecha.

    En esta justificación parcial también se presentará el Informe de Plantilla media de trabajadores en situación de alta relativo al mes anterior en que proceda presentar la justificación parcial.

    2. El punto 3 del apartado vigesimoquinto queda redactado de la siguiente manera:

    No obstante lo anterior, se podrán autorizar pagos anticipados en la primera anualidad, de hasta el 50% de la ayuda concedida al beneficiario y con el límite máximo del importe que se le ha concedido para la primera anualidad.

    El anticipo deberá solicitarse como máximo hasta el 20 de noviembre de 2019 y se podrá acordar siempre que el beneficiario garantice el importe a que asciende el pago anticipado mediante la presentación de aval o depósito en metálico en la Caja General de Depósitos del Gobierno de Aragón. Dicho aval o depósito será devuelto cuando se haya justificado el importe anticipado.

    Orden completa

  • SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA PRESENTAR PROYECTOS AL PLAN REINDUS 2019

    SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA PRESENTAR PROYECTOS AL PLAN REINDUS 2019

    Publicada la convocatoria de 2019 del Programa de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (Plan Reindus), que apoya mediante préstamos la inversión realizada por empresas industriales
    manufactureras.

    El Plan Reindus incentiva las inversiones realizadas en el contexto de la transformación digital de la empresa industrial, pudiendo financiar tanto la adquisición de aparatos y equipos de producción como los gastos de ingeniería de proceso de producción asociados a dichos equipos.

    Beneficiarios

    Sociedades con personalidad jurídica, legalmente constituidas en España, que no formen parte del sector público, y que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño, encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera) o en cualquiera de las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados., y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 3 de la Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre, modificada por la Orden ICT/768/2019, de 11 de julio.

    Actuaciones subvencionables

    Este estímulo adoptará la forma de apoyo financiero a la inversión industrial a través de la concesión de préstamos a largo plazo, para financiar las siguientes tipologías de inversión:

    • Creación de establecimientos industriales
      Inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
    • Traslado
      Cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
    • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción
      Realización de inversiones de adquisición de equipos, que permitan la modernización de líneas de producción existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
    • Implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0.”
      Realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.

     

    Financiación

    La financiación que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la convocatoria, tendrá una cuantía total máxima de 400.000.000 €.

    Préstamos rembolsables de hasta el 75% de la inversión financiable con un plazo de amortización total de 10 años y 3 años de carencia.

    Plazo

    El plazo de presentación comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el día 4 de noviembre de 2019.

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  • AYUDAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA PLAN INTERNACIONAL DE PROMOCIÓN

    AYUDAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA PLAN INTERNACIONAL DE PROMOCIÓN

    La Cámara de Comercio de Zaragoza, anuncia la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado en un 40% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Misión Comercial a México -canal contract-) del 10 al 17 de noviembre de 2019).

    El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

    Beneficiarios

    Pymes, micropymes y autónomos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Se admitirán empresas hasta un máximo de 12, siendo el importe total máximo objeto de subvención por empresa beneficiaria de 1.820€ (de los cuales un 40% con cargo a los fondos FEDER, a través del programa operativo “Plurirregional de España FEDER 2014-2020, y el resto a cargo de la empresa).

    Cuantía

    El presupuesto máximo de ejecución de la actuación (Misión Comercial a México -canal contract-) en el marco de esta convocatoria para el periodo 2019 es de 31.540 euros, dentro del programa operativo “Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO”.

    Los recursos estimados para los servicios de apoyo prestados por la Cámara de Comercio de Zaragoza, será de 9.700 euros, y serán aportados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y por la Cámara de Comercio de Zaragoza.

    La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria, a las empresas participantes en la actuación (Misión Comercial a México -canal contract-) es de 21.840 euros en concepto de subvención. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje del 40% con cargo a los fondos FEDER, a través del programa operativo “Plurirregional de España FEDER 2014-2020 PO” y el resto con cargo a la empresa.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el día 15 de octubre de 2019. El modelo de solicitud de participación podrá descargarse en la web www.camarazaragoza.com

    Texto completo

  • CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INDUSTRIA PARA IMPULSAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL

    CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INDUSTRIA PARA IMPULSAR LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL

    Convocatoria la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto “Industria Conectada 4.0”.

    Beneficiarios

    Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las empresas que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.

    Tipo de ayuda

    Las ayudas en especie objeto de esta convocatoria consisten en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

    La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

    • Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.
    • Plan de Transformación que incluirá la definición de las actuaciones del Plan, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y un benchmarking de habilitadores.
    • Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria.
    • Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.

    Cuantía

    El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.

    La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de seis mil novecientos treinta y cinco euros (6.935,00) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento. La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando tres mil cuatrocientos sesenta y cinco euros (3.465,00).

    Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20% del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.

    La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente al de la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial del Estado”, hasta el 16 de septiembre de 2019, inclusive.

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  • AYUDAS A PYMES INDUSTRIALES PARA IMPULSAR SU CRECIMIENTO

    AYUDAS A PYMES INDUSTRIALES PARA IMPULSAR SU CRECIMIENTO

    Se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la industria española en el marco del Proyecto “Programa de Crecimiento Empresarial”. El objeto que se pretende con estas ayudas es impulsar el crecimiento de la industria española, a través de las empresas industriales con fabricación en España.

    Beneficiarios

    Podrán tener la condición de empresas beneficiarias de toda España, las PYME, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en estas bases, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva siempre que su objeto social se refiera a actividades encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

    Actuaciones

    La ayuda en especie objeto de las bases reguladoras será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, la elaboración de un plan de asesoramiento temático, así como el seguimiento del plan. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará con 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

    La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios: Diagnóstico previo de la situación de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio, Plan de Asesoramiento personalizado, Seguimiento y evaluación del Plan de Asesoramiento y Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria (2 en la fase de diagnóstico y 2 en el asesoramiento temático).

    Cuantía

    El precio del servicio objeto de ayuda es de 6.497,29 € por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.

    La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía de 5.522,70 €, impuestos incluidos, por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento permitido (50 horas).

    La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando 974,59 €, impuestos incluidos. La empresa beneficiaria abonará el importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. La emisión de la factura se realizará a la finalización del asesoramiento.

    Plazo

    El plazo máximo de presentación de solicitudes será de 2 meses desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE (publicado el 6 de julio de 2019).

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  • CONVOCATORIA PARA PROYECTOS BILATERALES DE I+D EN DIVERSOS SECTORES ENTRE ESPAÑA Y JAPÓN

    CONVOCATORIA PARA PROYECTOS BILATERALES DE I+D EN DIVERSOS SECTORES ENTRE ESPAÑA Y JAPÓN

    El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E. (CDTI), y New Energy and Industrial Technology Development Organization (NEDO), perteneciente al Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón, han llegado a un acuerdo con el objetivo de publicar la primera convocatoria conjunta en el marco del Programa Bilateral Hispano-Japonés de Cooperación Tecnológica (JSIP Japan-Spain Innovation Program) para la presentación de Propuestas de Cooperación Tecnológica en diversos sectores.

    Beneficiarios

    El proyecto debe contar, al menos, con la participación de un socio español y un socio japonés.

    La convocatoria está abierta a proyectos de I+D liderados por empresas en las siguientes áreas de interés:

    • Energía
    • Medioambiente
    • Soluciones inteligentes, como IoT, AI, Big data etc.
    • Fabricación avanzada
    • Materiales
    • Nanotecnología
    • Los campos relacionados con Ciencias de la vida, Biotecnología y Medicina serán susceptibles de presentación siempre y cuando estén relacionados con otros bajo la responsabilidad de NEDO
    • Cualquier otro sector de mutuo interés

    Plazo

    La fecha límite para la presentación de solicitudes es el 17 de septiembre de 2019.

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    Convocatoria completa (inglés)

  • CONVOCATORIA PARA PROYECTOS BILATERALES ESPAÑA-CHINA DE I+D

    CONVOCATORIA PARA PROYECTOS BILATERALES ESPAÑA-CHINA DE I+D

    En el marco del Acuerdo de Colaboración para apoyar la participación de entidades de España y China en proyectos bilaterales de I+D en el ámbito de materiales avanzados, el próximo otoño se va a realizar una convocatoria conjunta para la presentación de propuestas dentro del programa CHINEKA.

    ¿Quién puede presentarse?

    Los proyectos deben tener las siguientes características:

    • Los proyectos bilaterales CHINEKA se caracterizan por tener como resultado un producto, proceso o servicio innovador orientado a mercado consecuencia de la cooperación tecnológica de los participantes.
    • El proyecto debe tener participantes de ambos países y debe ser relevante para todos los socios (ningún país debe tener más del 70% de presupuesto).
    • El presupuesto debe ser coherente a los desarrollos a realizar y a la capacidad técnica/financiera de los participantes.
    • Los participantes deben firmar un acuerdo de consorcio que especifique los derechos y obligaciones de las partes respecto al desarrollo realizado y los posibles derechos de propiedad intelectual, explotación y comercialización de los resultados.

    Presentación de solicitudes

    Los participantes españoles tendrán que registrar en CDTI la solicitud del proyecto bilateral a través de la aplicación de solicitud de proyectos on-line. En esta solicitud, además del formulario web, deberán incluir el APPLICATION FORM firmado y un ACUERDO DE CONSORCIO.

    La convocatoria se abrirá a lo largo de los meses de septiembre/octubre de 2019.

    Más información

    Convocatoria completa (inglés)

  • SUBVENCIONES A PYMES ARAGONESAS PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD

    SUBVENCIONES A PYMES ARAGONESAS PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD

    EXTRACTO de la Orden EIE/741/2019, de 30 de mayo, por la que se convocan ayudas a la Pequeña y Mediana Empresa para la elaboración e Implantación de planes de igualdad, correspondientes a 2019.

    Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas destinadas a pequeñas y medianas empresas cuya plantilla se encuentre entre 25 y 49 personas trabajadoras, con centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo fin sea elaborar o implantar, por primera vez, planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

    Beneficiarios

    Empresas, cuya plantilla se encuentre entre 25 y 49 personas trabajadoras y que, en el ámbito de las relaciones laborales, adopten por primera vez un plan de igualdad tendente a alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

    No podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente convocatoria aquellas pequeñas y medianas empresas de entre 25 y 49 personas trabajadoras que previamente a la fecha de publicación de esta convocatoria tengan aprobado un plan de igualdad, con independencia de que hayan obtenido o no subvenciones o ayudas públicas para dicha finalidad.

    Cuantía

    Se podrá financiar hasta el 80% de la actividad subvencionada. En el caso de percibir otras ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no podrá superar este porcentaje. El importe de la actividad subvencionable no alcanzado por la subvención que se otorgue será cubierto con fondos propios del beneficiario. No obstante, en ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

    La determinación de la cuantía individualizada de la subvención será la ponderación de la cuantía solicitada en función de la puntuación obtenida al aplicar los criterios de valoración establecidos en el apartado decimosegundo de esta Orden. La cuantía máxima a percibir será de veinte mil euros (20.000 €) y, solo se otorgará una única ayuda para cada empresa.

    En aplicación de los criterios de valoración y baremación fijados en esta convocatoria, se subvencionarán los siguientes porcentajes:

    – 80% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 90 y 100 puntos.

    – 70% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 89 y 70 puntos.

    – 60% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 69 y 50 puntos.

    Plazo

    El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • AYUDAS PARA ACTUACIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES

    AYUDAS PARA ACTUACIONES DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES

    EXTRACTO de la Orden EIE/739/2019, de 30 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2019 para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones para la promoción de la prevención de riesgos laborales frente a los riesgos psicosociales en el trabajo.

    Convocatoria para el ejercicio 2019, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones públicas destinadas a la realización de acciones en materia de prevención de factores de riesgo de naturaleza psicosocial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón. Estas acciones se encuentran enmarcadas entre las líneas de actuación y objetivos de la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2020, aprobada por el Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.

    Beneficiarios

    Tendrán la condición de beneficiarios, las empresas y entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y lleven a cabo alguna de las acciones subvencionables señaladas en esta Orden.

    Las empresas y entidades beneficiarias, deberán cumplir con los requisitos generales siguientes:

    • Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, lo que deberá acreditarse conforme a lo establecido en el apartado 7 del artículo citado.
    • Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.

    Los beneficiarios deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Hacienda del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma ni ser deudor por Resolución de procedencia de reintegro.

    Las empresas y entidades beneficiarias deberán acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.

    Acciones subvencionables

    Las acciones subvencionables en esta convocatoria, que deberán ejecutarse entre la fecha de aceptación por el solicitante de la propuesta de Resolución de la Dirección General de Trabajo y el 31 de diciembre de 2019, son las que se relacionan a continuación:

    Estudio envejecimiento de la población activa y nuevas tecnologías.

    Objetivo: Análisis de los distintos sectores de la población trabajadora de Aragón por estratos de edad donde se dé una mayor incidencia del uso e implantación de las nuevas tecnologías.
    – Identificación de los riesgos de naturaleza psicosocial relacionados con el envejecimiento, de forma comparativa entre estratos de edad.
    – Propuesta de medidas y estrategia de implantación incidiendo en las medidas preventivas que eliminen barreras y minimicen la brecha digital
    – Talleres prácticos con implantación de motivación en el uso y aprendizaje de nuevas tecnologías.
    Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.

    Estudio de los factores de riesgo psicosocial de las personas trabajadoras de empresas de limpieza que realizan su actividad laboral en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Objetivo: Identificar y analizar los distintos factores de riesgo de naturaleza psicosocial de las personas trabajadoras del sector de empresas que se dedican a la limpieza, incidiendo en temas relacionados con las condiciones de trabajo.
    – Situación del sector en la actualidad. Valorar la carga de trabajo, movilidad, horarios, conciliación de la vida familiar, comunicación, monotonía, aislamiento, falta de promoción interna, etc.
    – Repercusión sobre la salud de las personas trabajadoras.
    – Necesidades formativas, organizativas y de promoción de la salud.
    – Propuesta de mejora e intervención en los aspectos mencionados en el objetivo.
    Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros

    Experiencias prácticas de intervención para la mejora de los canales de comunicación interna y la participación de las personas trabajadoras en empresas de Aragón.

    Objetivo: Desarrollar herramientas que mejoren la comunicación interna y la participación de las personas trabajadoras en empresas de Aragón
    – Diseñar protocolos de comunicación y gestión de conflictos con la participación de las personas trabajadoras, mandos intermedios y directivos de las empresas.
    – Realizar talleres prácticos donde se analice la comunicación como generadora de conflictos y la importancia de una buena comunicación en la mejora de las relaciones interpersonales.
    Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.

    Intervención y medidas que mejoren las condiciones de trabajo y beneficien la promoción de la salud de las personas trabajadoras de las empresas del sector call center.

    Objetivo: desarrollar un programa de intervención psicosocial de las personas trabajadoras del sector call center de Aragón.
    – Diseñar e implementar el programa en un mínimo de cuatro empresas de Aragón a partir del estudio y análisis de los factores de riesgos psicosocial.
    – Realizar un análisis de los resultados obtenidos en la mejora de las condiciones laborales de las personas trabajadoras.
    – Analizar el impacto/beneficios de la promoción de la salud en las personas trabajadoras de las empresas participantes en el programa.
    Cuantía subvencionada: Hasta 25.000 euros.

    Plazo

    El plazo para la presentación de la solicitud será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.