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La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales recoge en su artículo 19 el deber del empresario de “garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva”.
En este sentido, el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal (CEM) (BOE 19 de junio de 2017 – Resolución de 7 de junio de 2017), con entrada en vigor el 1 de octubre de 2017, regula, entre otras y como las materias reservadas al ámbito estatal por el art. 84,4 ET., el establecimiento de una formación mínima en prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores del sector, tanto si realizan su actividad en obras de construcción, como en cualquiera otro ámbito del sector.
Así, el empresario, desde el 1 de octubre de 2017 y en el plazo de tres años, debe proporcionar a cada trabajador, una formación teórica y práctica en materia de PRL a razón de un sexto de la plantilla por semestre. La formación mínima obligatoria en materia de PRL dependerá de la actividad u oficio que se desarrolle y se establecen -en resumen- las siguientes acciones formativas:
Para los trabajadores que NO acceden a obra:
Para los trabajadores que acceden a obra:
Si tiene cualquier duda sobre la formación necesaria para sus trabajadores o sobre cualquier materia relacionada con la prevención de riesgos laborales, CEPYME ARAGÓN, pone a disposición de los asociados de FEMZ el Servicio de Asistencia Técnica financiado por la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, dentro de la acción GABINETE TÉCNICO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DE PYMES (AT2017-0070).
Se trata de un Servicio gratuito de Asesoramiento en materia de Prevención de Riesgos laborales, a través del cual pretendemos dar respuesta a todas aquellas dudas en materia preventiva que pueden suscitarse en el día a día de las empresas, en especial pymes, micropymes y autónomos.
Si desean realizar una consulta pueden hacerlo:
De manera presencial en Calle Santander 36, 2ª Planta.
Telefónicamente: 976766060.
A través de correo electrónico, prevencion@cepymearagon.es
En el apartado Asesoría On Line en Prevención (Web de CEPYME Aragón).
El vigente II Convenio colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del sector del metal (C.E.M.), ha regulado el desarrollo y la gestión de los programas formativos y los contenidos específicos en materia de Prevención de Riesgos Laborales que deben observar tanto las empresas como los trabajadores del sector.
En su aplicación cotidiana a partir del mes de octubre del pasado año surgen cuestiones, que dada su novedad requieren respuestas con criterios precisos e inequívocos.
En esta línea Confemetal pone a disposición de todos los asociados (…)El resto del contenido es exclusivo para usuarios registrados.
INICIA SESIÓN CON TUS CLAVES DE ACCESOFecha: 9 de abril de 2018
Hora: de 10:00 a 13:00
Lugar de celebración: Edificio Pignatelli. Sala Jerónimo Zurita (Pº Mª Agustín, 36).

Los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de un hijo o fallecimiento de un familiar empezarán a contarse a partir del primer día laborable del hecho en sí, aunque este suceda en jornada festiva.
Es decir, que, si el fallecimiento de un familiar se produce (…)
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Para el supuesto de percepción de prestaciones de la SS o por desempleo, la administración, además de con usuario y contraseña, certificado digital o DNIe, permite la obtención de los certificados de retenciones con datos de contraste.
Así, el ciudadano deberá (…)
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Vistas las acta y tablas salariales para el año 2018 referidas a la revisión del convenio colectivo del sector Industria Siderometalúrgica de Zaragoza, suscritas el día 8 de febrero de 2018, por una parte por FEMZ, en representación de las empresas del sector, y de otra por UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores afectados, recibidas en la Subdirección Provincial de Trabajo el día 16 de febrero de 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Este Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo acuerda:
Primero. — Ordenar su inscripción en el Registro de convenios colectivos de este Servicio Provincial, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo. — Disponer su publicación en el BOPZ.
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece el nuevo marco jurídico en materia de contratación y deroga el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Este nuevo marco jurídico, que entra en vigor con carácter general el 9 de marzo de 2018, incorpora al ordenamiento jurídico español, como el título de la ley indica, las nuevas directivas europeas de contratación pública. Estas directivas incorporan novedades muy importantes, y entre ellas cabe destacar el refuerzo de la apuesta por la contratación estratégica.
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AYUDAS A EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS SIN EMPLEO Y A EMPRENDEDORES QUE DECIDAN INICIAR UNA ACTIVIDAD EMPRESARIAL
ANUNCIO de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, Huesca y Teruel, relativa a la convocatoria de ayudas económicas destinadas al fomento del empleo de 2018 Programa Integral de Cualificación y Empleo – Plan de Capacitación.Objeto
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Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, aprobado por el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, y el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
En el BOE del día 10 de febrero de 2018 se ha publicado el Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, así como el Reglamento de planes y fondos de pensiones.
Este Real Decreto, que entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, regula la liquidez de los fondos y planes de pensiones, posibilitando la disposición anticipada de los derechos consolidados del partícipe, correspondientes a aportaciones realizadas con al menos 10 años de antigüedad.
Así, se establece que (…)
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