Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • EL NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN DE AUTÓNOMOS: PREGUNTAS Y RESPUESTAS DE LA TGSS

    EL NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN DE AUTÓNOMOS: PREGUNTAS Y RESPUESTAS DE LA TGSS

    Insistiendo en la información sobre el nuevo sistema de cotización de autónomos (RETA), se facilita información genérica sobre el mismo, así como acceso a la “calculadora” de bases de cotización en función de la cifra de rendimientos netos.

    Se recuerda que este tema constituye el eje de la reforma: la cotización se realiza en función de la pertenencia a alguno de los 12 tramos (3 reducidos, para algunos supuestos) de rendimientos netos. Se podrá cotizar – entre un mínimo y un máximo – pero solo dentro del tramo que te corresponda de acuerdo con tus rendimientos netos.

    Compartimos las preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema de cotización de autónomos publicadas en la Revista de la Seguridad Social.

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    Asimismo, recordamos que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha puesto en marcha un simulador informativo para que los trabajadores autónomos calculen la cuota que les puede corresponder con el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos que entra en funcionamiento en enero de 2023.

    Acceder al simulador

    Por otro lado, compartimos presentación de la Dirección Provincial del INSS y TGSS en sobre  “El  Nuevo sistema de cotización al RETA”  

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  • TE ESCUCHAMOS: ENCUESTA SENTIMIENTO ECONÓMICO DEL SECTOR METAL 4º TRIMESTRE

    TE ESCUCHAMOS: ENCUESTA SENTIMIENTO ECONÓMICO DEL SECTOR METAL 4º TRIMESTRE

    FEMZ pone en marcha la encuesta de coyuntura económica del sector metal del cuarto trimestre del año para determinar la situación y expectativas de nuestras empresas y defender de la mejor manera posible los intereses de nuestros asociados.

    Se trata de una sencilla encuesta de sentimiento que es remitida trimestralmente a nuestros asociados para su cumplimentación con el objetivo de recoger la percepción empresarial en relación con el trimestre en curso y el siguiente.

    Realizar encuesta

  • CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES DE LA ADMINISTRACIÓN PARA 2023

    CALENDARIO DE DÍAS INHÁBILES DE LA ADMINISTRACIÓN PARA 2023

    Se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2023.

    Son días inhábiles:

    • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
    • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
    • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus
      correspondientes calendarios de días inhábiles.

     

    Calendario de días inhábiles 2023

     

    Enero

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 2: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y
      León.
    • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Febrero

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 21: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

     

    Marzo

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
    • Día 20: Inhábil en la Comunidad de Madrid.

     

    Abril

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 6: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 7: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 10: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cataluña, del País Vasco, de la Comunitat Valenciana, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra.
    • Día 21: Inhábil en la Ciudad de Melilla.
    • Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón.

     

    Mayo

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
    • Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
    • Día 30: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Canarias.
    • Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

     

    Junio

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 8: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
    • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de La Rioja y de la Región de Murcia.
    • Día 29: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.

     

    Julio

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Galicia y del País Vasco, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Comunidad Foral de Navarra.
    • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

     

    Agosto

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Septiembre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 8: Inhábil en las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Extremadura.
    • Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
    • Día 15: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

     

    Octubre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana.
    • Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Noviembre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Diciembre

    • Todos los sábados y domingos del mes.
    • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña

     

    En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 156/2022, de 30 de junio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2023, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 12 de julio de 2022) dispone que: «En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El Hierro: el 25 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe; en La Palma: el 5 de agosto,
    festividad de Nuestra Señora de Las Nieves; en Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria».

    En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/81/2022, de 21 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2023 (DOGC de 28 de abril de 2022) dispone que: «En el territorio de Arán, de acuerdo con el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)».

    Asimismo, dispone que: «de las trece fiestas mencionadas en el apartado a) (las transcritas en el cuadro precedente) habrá una, a escoger entre el 6 de enero (Reyes), el 10 de abril (lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tendrá el carácter, de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable».

    En la Ciudad Autónoma de Ceuta, el Decreto de la Presidenta Acctal. de la Ciudad de Ceuta, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la ciudad de Ceuta para el año 2023, dispone que «[…] se añade una fiesta más, con carácter recuperable, al máximo de catorce, por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales para poder establecer una de las fiestas tradicionales de la ciudad de Ceuta, siendo la siguiente: Día 2 de septiembre: Día de Ceuta».

    Resolución completa

  • AYUDAS PARA INSTALACIONES INNOVADORAS DE RECICLAJE DE PALAS DE AEROGENERADORES

    AYUDAS PARA INSTALACIONES INNOVADORAS DE RECICLAJE DE PALAS DE AEROGENERADORES

    Se publica la primera convocatoria correspondiente al “Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores“, incluido en los programas de “Repotenciación Circular” para la concesión de ayudas en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del PRTR.

     

    Beneficiarios

     

    Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas; consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia; legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España siempre que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado y lleven a cabo la inversión o satisfagan el gasto correspondiente a la actuación incentivable.

     

    Proyectos subvencionables

     

    Nueva instalación que suponga la mejora de la calidad o eficiencia de las actividades de reciclaje de las palas -u otros componentes de los aerogeneradores que utilicen materiales compuestos- con respecto a un proceso convencional de actividades de reciclado con la misma capacidad anual de tratamiento. A este respecto, dado el estado actual de la técnica, se utiliza como proceso convencional de referencia en España el depósito en vertedero, salvo que la convocatoria establezca otro proceso convencional de referencia para adaptarlo a los avances tecnológicos que se hubiesen producido.

    Estas instalaciones podrían ser tanto proyectos comerciales como precomerciales que permitan avanzar en el desarrollo de nuevas alternativas para el reciclaje de los materiales compuestos de los aerogeneradores

     

    Cuantía

     

    Para los proyectos del programa 3 se establece una inversión mínima por proyecto superior a 200.000 €. A estos efectos, se considerará como inversión, la suma de las partidas que cumplan con la consideración de costes elegibles de la actuación.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 12:00 horas del día 17 de enero de 2023 y finalizará a las 12:00 horas del día 10 de marzo de 2023.

    Bases reguladoras

    Extracto de la Orden

  • ¿SABÍAS QUE INCIBE OFRECE HERRAMIENTAS DE CIBERSEGURIDAD GRATUITAS PARA EMPRESAS?

    ¿SABÍAS QUE INCIBE OFRECE HERRAMIENTAS DE CIBERSEGURIDAD GRATUITAS PARA EMPRESAS?

    Es noticia habitual la de quiebras en la seguridad informática y digital de entidades públicas o privadas o empresas de todo tamaño, así como las graves consecuencias de las mismas en el desarrollo de cualquier actividad.

    Se hace por ello imprescindible la adopción de protocolos y medidas de seguridad en tal materia, en un mundo cada vez más vinculado en su actividad (pública, empresarial o privada) al uso de medios informáticos y redes digitales propios – en el ámbito empresarial que nos ocupa –  del comercio y comunicaciones electrónicas, teletrabajo, etc., así como para mantenerse informado de forma constante en posibles amenazas, herramientas para desactivarlas y medios de formación en tales materias para empresarios, técnicos y empleados

    Esa pretende ser, en esencia, la función del INCIBE, por lo que creemos necesario recordar su existencia y los medios que pone a nuestra disposición.

    El Instituto Nacional de Ciberseguridad de España (INCIBE), anteriormente Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación, es una sociedad dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y consolidada como entidad de referencia para el desarrollo de la ciberseguridad y de la confianza digital de ciudadanos, red académica y de investigación, profesionales, empresas y especialmente para sectores estratégicos.

    Con una actividad basada en la investigación, la prestación de servicios y la coordinación con los agentes con competencias en la materia, INCIBE contribuye a construir ciberseguridad a nivel nacional e internacional, trabajando para afianzar la confianza digital, elevar la ciberseguridad y la resiliencia y contribuir al mercado digital de manera que se impulse el uso seguro del ciberespacio en España.

    La misión de INCIBE es:

    • Mejorar la ciberseguridad y la confianza digital de ciudadanos, menores y empresas privadas de España.
    • Proteger y defender a los ciudadanos, menores y empresas privadas de España.
    • Potenciar la industria española de ciberseguridad.
    • Impulsar la I+D+i española en ciberseguridad.
    • Identificar, generar, atraer y desarrollar profesionales del sector de ciberseguridad.

    Todo ello como un motor para la transformación digital de la sociedad, protegiendo a ciudadanos, menores y empresas privadas en España y fomentando la industria de la ciberseguridad, la I+D+i y el talento.

    Centrándonos en lo que a las empresas (PYMES y autónomos especialmente) afecta, señalamos algunos de los vínculos web a las materias y herramientas (todas ellas gratuitas y de libre acceso) de relevancia empresarial que aparecen en la página web de la entidad:

     

    INCIBE – Empresas

    Con información sobre ciberseguridad en el entorno empresarial

    Acceder

     

    Políticas de seguridad para la pyme

    Documentos («políticas de seguridad»), de descarga gratuita, que recogen los procesos internos con los que mejorar la ciberseguridad en la Pyme.

    Son una serie de guías (para el empresario, para el personal técnico y para el empleado) de recomendaciones y protocolos de uso en materias como uso de la wi-fi, correo electrónico, teletrabajo, almacenamiento en nube, etc., intentando minimizar los riesgos de seguridad con origen en el uso de herramientas y medios digitales.

    Acceder

     

    Ciberseguridad para microempresas y autónomos

    Con cursos gratuitos.

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    Kit de concienciación

    Con el kit de concienciación – igualmente de acceso y uso libre – los empleados de una empresa podrán acceder a recursos didácticos y herramientas de entrenamiento para evitar los incidentes de ciberseguridad que afectan a las empresas. Este kit ha sido diseñado para que su implantación puedan llevarla a cabo organizaciones de todos los sectores, sin necesidad de tener conocimientos técnicos previos.

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    Formación sectorial

    Herramienta informativa / formativa de carácter virtual sobre estas materias, adaptada por sectores de actividad.

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  • SE ESTABLECEN NUEVOS FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LAS EMPRESAS INSTALADORAS O MANTENEDORAS

    SE ESTABLECEN NUEVOS FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LAS EMPRESAS INSTALADORAS O MANTENEDORAS

    Se modifican y publicitan los nuevos modelos de formularios que se utilizarán en la Comunidad Autónoma de Aragón para la presentación de la declaración responsable de las empresas instaladoras o mantenedoras, de la división B del Registro de Establecimientos Industriales, establecidas en Aragón o establecidas en otro Estado miembro de la Unión Europea, que vayan a ejercer o hayan ejercido la libre prestación de servicios, inicialmente en Aragón.

    Así, se establecen los nuevos modelos E0201 y E0202 que serán obligatorios a partir del día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” (publicado el 12 de diciembre de 2022).

    Resolución completa

  • NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA 2023 INTRODUCIDAS POR LA ORDEN DE MÓDULOS

    NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA 2023 INTRODUCIDAS POR LA ORDEN DE MÓDULOS

    Analizamos las principales novedades tributarias introducidas por la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

     

    Para el período impositivo 2022

     

    • Se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15% para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad con arreglo al método de estimación objetiva.

     

    • La reducción que se tiene en cuenta para cuantificar el pago fraccionado correspondiente al cuarto trimestre del 2022 pasa del 5% al 15%.

     

    • Las actividades agrícolas y ganaderas podrán reducir el rendimiento neto previo:
      • En el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola
      • En el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes

    En ambos casos, las adquisiciones tienen que ser necesarias para el desarrollo de dichas actividades, se deben haber efectuado en el ejercicio 2022 y figurar documentadas en facturas emitidas en dicho período que cumplan los requisitos previstos en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

    • El índice corrector por piensos adquiridos a terceros se establece en el 0,5 y el índice por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica en el 0,75.

     

    • Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en la Isla de la Palma podrán reducir el rendimiento neto de módulos correspondiente a esas actividades en un 20%.
      Esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos del pago fraccionado correspondientes al cuarto trimestre de 2022.

     

    Para el período impositivo 2023

     

    • Se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 10% para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad con arreglo al método de estimación objetiva.

     

    • La reducción que se tiene en cuenta para cuantificar los pagos fraccionados correspondientes a 2023 pasa del 5% al 10%.

     

    • Las actividades agrícolas y ganaderas podrán reducir el rendimiento neto previo:
      • En el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola
      • En el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes

    En ambos casos, las adquisiciones tienen que ser necesarias para el desarrollo de dichas actividades, se deben haber efectuado en el ejercicio 2023 y figurar documentadas en facturas emitidas en dicho período que cumplan los requisitos previstos en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

     

    • El índice corrector por piensos adquiridos a terceros se establece en el 0,5 y el índice por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica en el 0,75.

     

    • Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en la Isla de la Palma podrán reducir el rendimiento neto de módulos correspondiente a esas actividades en un 20%.
      Esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionado correspondientes al 2023.

     

    • Las ayudas directas desacopladas de la Política Agraria Común, (ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, ayuda redistributiva complementaria a la renta, regímenes en favor del clima y del medio ambiente o ayuda complementaria para jóvenes agricultores) se acumularán a los ingresos procedentes de los cultivos o explotaciones del perceptor en proporción a sus respectivos importes.
      No obstante, cuando el perceptor de la ayuda directa hubiera obtenido ingresos por actividades agrícolas y ganaderas, distintos de la ayuda directa, por cuantía inferior al 25% del importe del total de los ingresos de tales actividades, el índice de rendimiento neto a aplicar sobre las ayudas directas será el 0,56.

     

    • Los contribuyentes que deseen renunciar o revocar su renuncia para el año 2023 pondrán ejercitar dicha opción desde el día 2 de diciembre hasta el 31 de diciembre del año 2022.

    Orden completa

  • EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA PONE EN MARCHA UNA OFICINA VIRTUAL TRIBUTARIA

    EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA PONE EN MARCHA UNA OFICINA VIRTUAL TRIBUTARIA

    El Ayuntamiento de Zaragoza, a través de la Consejería de Presidencia, Hacienda e Interior, pone en marcha una nueva Oficina Virtual Tributaria de la Agencia Municipal Tributaria. El nuevo servicio, enmarcado dentro del proceso de transformación digital municipal, está disponible a través de internet.

    El objetivo es simplificar, tanto a ciudadanos como a profesionales, su relación con el Ayuntamiento de Zaragoza en todos aquellos trámites relacionados con tasas, impuestos y otras gestiones centralizadas en la Agencia Municipal Tributaria. 

    A través de la nueva plataforma, los profesionales disponen de un entorno de trabajo, con todas las herramientas necesarias para realizar sus gestiones con la Agencia Municipal Tributaria. Cuentan con herramientas específicas que permiten realizar, de forma electrónica, el seguimiento del estado de los expedientes y de las notificaciones de los clientes a los que representan. Además, para facilitar el uso de la nueva Oficina Virtual Tributaria, el Ayuntamiento de Zaragoza ha previsto canales de soporte y acompañamiento específicos para profesionales, donde el profesional podrá recibir asistencia personalizada en la presentación de autoliquidación de plusvalías y otros trámites destacados como los relacionados con el Plan Fiscal de Atracción de Inversiones, la “fiscalidad verde” o solicitud de bonificaciones contempladas para familias numerosas o pequeño comercio.

    El Ayuntamiento de Zaragoza ofrece un servicio de asistencia on-line’ por videoconferencia, y presencial. Para reservar cita en el servicio de asistencia a través del canal online, los profesionales pueden acceder a la opción solicita tu cita de la Oficina Virtual Tributaria, y seleccionar las opciones disponibles, escogiendo el día y hora que mejor se adapte a sus necesidades. Para recibir asistencia presencial, los profesionales pueden acudir a los puntos de atención presencial habilitados en el Edificio Seminario. La asistencia presencial se realizará únicamente en horario de 8:30 a 13.30 horas, atendiéndose por orden de llegada.

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  • ABIERTA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE ECONOMÍA CIRCULAR

    ABIERTA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE ECONOMÍA CIRCULAR

    Se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular.

    La finalidad de estas ayudas es fomentar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales para mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular, que supere el anterior modelo de producción lineal.

     

    Beneficiarios

     

    Las personas jurídicas de derecho privado con personalidad jurídica propia, distintas de las del apartado

    Las entidades de economía social definidas en el artículo 5 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. Estas entidades no podrán formar parte del sector público y deberán estar incorporadas en el catálogo de entidades de economía social  previsto en el artículo 6 de la Ley 5/2011.

    Las agrupaciones de las anteriores siempre que estén participadas por, al  menos, una PYME, start-up o entidad de economía social que cumplan con los requisitos  del apartado anterior, sin necesidad de que dichas agrupaciones dispongan de personalidad jurídica propia diferente de las entidades que las compongan.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Serán subvencionables las actuaciones que pertenezcan a las siguientes  categorías de actuación, que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:

    • Reducción del consumo de materias primas vírgenes.
    • Ecodiseño y puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño.
    • Mejora de la gestión de residuos.
    • Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas.

     

    Efecto incentivador

     

    Las ayudas reguladas en esta orden solo serán aplicables si tienen efecto  incentivador sobre la actividad de la empresa objeto de la ayuda. Se considera que la ayuda concedida tiene efecto incentivador cuando el inicio de los trabajos comience a partir de que el beneficiario ha presentado la solicitud y la memoria.

     

    Cuantía

     

    El porcentaje máximo puede variar entre el 15 y el 60% en función de tipología de empresas (micropymes, medianas empresas y no pymes) y tipología de proyectos.

    La ayuda revestirá la forma de subvención y tendrá una cuantía total máxima en su conjunto para el total de la inversión de 10 millones de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 150.000 euros por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrá una cuantía máxima de 5.000.000 de euros

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 23 de enero de 2023.

    Orden completa

    Más información

  • EL ISSLA PUBLICA FORMACIÓN GRATUITA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA AUTÓNOMOS

    EL ISSLA PUBLICA FORMACIÓN GRATUITA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA AUTÓNOMOS

    La Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social del Gobierno de Aragón a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA) va a publicar y gestionar cursos de formación en materia de prevención de riesgos laborales dirigidos a trabajadores autónomos.

    Estos cursos son gratuitos y la formación será totalmente online. Además, a la finalización del curso se le entregará un diploma al alumno participante.

    El objetivo es capacitar a las personas incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para el desarrollo de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales recogidas en el Reglamento de Servicios de Prevención.

    Los requisitos para poder inscribirse en estos cursos son los siguientes:

    1. Estar al corriente de pago de la cuota de autónomos del mes de noviembre de 2022
    2. Tener domicilio fiscal en Aragón

    Más información