Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • CUESTIONES RELATIVAS A LOS VEHÍCULOS DE USO MIXTO CEDIDOS A EMPLEADOS

    CUESTIONES RELATIVAS A LOS VEHÍCULOS DE USO MIXTO CEDIDOS A EMPLEADOS

    Se trae a colación, por ser una materia de muy reiterada consulta por las empresas y que en los casos de revisión o inspección fiscal (y laboral) saca a relucir con demasiada frecuencia el incorrecto tratamiento del tema, una muy reciente Nota de la AEAT (28/07/2023)  en la que se exponen los criterios interpretativos de  la AEAT  en el caso de vehículos de uso mixto cedidos a empleados, desarrollando  los siguientes extremos:

     

    • El criterio de disponibilidad para uso privado
    • La consideración de la cesión de vehículos por parte del empleador a efectos del IVA como prestación onerosa o gratuita
    • La deducibilidad por el empresario o profesional de las cuotas soportadas de IVA en la adquisición, arrendamiento o cesión de uso por otro título de vehículos.
    • El autoconsumo de servicios
    • La determinación de la base imponible a efectos de IVA y de IRPF.

     

    Se recomienda una atenta detallada lectura de la misma.

    Más información

  • CALENDARIO CONTRIBUYENTE. AGOSTO 2023

    CALENDARIO CONTRIBUYENTE. AGOSTO 2023

    • 14-08-2023  Hasta el 14 de agosto
      • Intrastat

     

    • 21-08-2023  Hasta el 21 de agosto
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto Especial y medioambientales
      • Renta y sociedades

     

    • 30-08-2023  Hasta el 30 de agosto
      • IVA

     

    • 31-08-2023  Hasta el 31 de agosto
      • IVA

     

    Fuente: AEAT

  • FEMZ Y BANKINTER SUMAN SINERGIAS PARA AYUDAR A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA TORMENTA

    FEMZ Y BANKINTER SUMAN SINERGIAS PARA AYUDAR A LAS EMPRESAS AFECTADAS POR LA TORMENTA

    FEMZ sigue trabajando para facilitar ayudas a las empresas afectadas por la tormenta del pasado 6 de julio que ocasionó daños millonarios y puso en jaque la continuidad y actividad de decenas de empresas zaragozanas.

    En ese sentido, Bankinter, al igual que hizo Ibercaja el pasado 19 de julio, ha alcanzado un acuerdo con la FEMZ para tender su mano a los socios de la Federación en materia de acompañamiento y financiación de proyectos ligados a la reconstrucción de daños ocasionados, en particular, por las graves inundaciones sufridas en Zaragoza y los municipios circundantes como consecuencia de la mencionada tormenta.

    Así pues, la entidad bancaria presentará periódicamente a FEMZ un catálogo de productos que puedan ser de interés para los socios y que estén relacionados con los proyectos. En virtud del acuerdo, si algún socio manifiesta interés por alguno de los productos mencionados, Bankinter le asignará un gestor que estará a su disposición para facilitar el procedimiento.

  • ESTOS SON LOS PUNTOS CLAVES DEL NUEVO CONVENIO DE INDUSTRIA, TECNOLOGÍA Y SERVICIOS DEL METAL

    ESTOS SON LOS PUNTOS CLAVES DEL NUEVO CONVENIO DE INDUSTRIA, TECNOLOGÍA Y SERVICIOS DEL METAL

    Esta mañana se ha firmado el acuerdo del Convenio Colectivo Provincial para la Industria, la Tecnología y los Servicios del Metal de Zaragoza por parte de la FEMZ y los sindicatos UGT y CCOO en Aragón.

     

    Los principales aspectos del documento:

     

    Se trata de un acuerdo que recoge herramientas innovadoras y que marca un hito en los convenios colectivos, ya que somos el primer sector que incorpora la flexibilidad en la bolsa de horas para contribuir a una mejor planificación y organización empresarial.

    Plantea un cambio de enfoque de las subidas salariales y se fijan referencias por categorías con las cuantías mínimas a percibir como incremento para cada uno de los años de vigencia del acuerdo.

    Se valorará la adhesión al convenio estatal del Metal en el caso de que incluya un plan de pensiones, vinculando qué parte de los incrementos salariales que se pacten para cada año deban incorporarse a dicho plan.

    Del mismo modo, recoge el compromiso de extender los contratos temporales hasta los 12 meses de duración, en referencia al Convenio Estatal del Metal (CEM).

     

    El acuerdo proporciona seguridad, certidumbre y estabilidad a todas nuestras empresas y trabajadores para los próximos cuatro años, con subidas salarias contenidas cercanas al Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) y herramientas de competitividad.

    Asimismo, nos gustaría destacar el esfuerzo y el ejercicio de responsabilidad que se ha hecho para alcanzar un acuerdo lo antes posible, dada la compleja situación tanto económica como política que atravesamos.

    Más información

    Para cualquier aclaración o sugerencia:

    976 768 768

    607 247 127 (mensajes)   

    socios@femz.es

     

  • SE AMPLIA EL PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD COMO PROVEEDOR A UNA DE LAS EMPRESAS EUROPEAS

    SE AMPLIA EL PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD COMO PROVEEDOR A UNA DE LAS EMPRESAS EUROPEAS

    Desde la FEMZ y en colaboración con Aragón Exterior (AREX) nos complace informarles de que la Empresa 3 de las consultas que les comunicamos la semana pasada nos ha transmitido una ampliación de sus intereses de búsqueda.

    Plazo límite: 28 de julio (En todo caso, agradeceremos mucho que puedan responder a la mayor brevedad posible)

    @cgonzalez@femz.es

     

    Perfiles buscados

     

    • Empresas de mecano soldadura para piezas de acero negro S255 + 355, inox 17.4PH
    • Fabricantes de moldes para industrias de materiales plásticos
    • Fabricantes de materias primas plásticas (TPU ou PA)
    • Fabricantes de materias pláticas TPU (ESTANE, ESTALOC, ISOPLAST, + PA (PA6 + PA12)
    • Fabricantes / Distribuidores de acero, inox
    • Fundición de metal, principalmente de acero negro

    Esta información se ha incorporado también al Excel del documento adjunto.

    Ampliación consulta Empresa 3

     

    En caso de que deseen que informemos de su actividad al comprador de la Empresa 3, por favor, envíen de nuevo para este apartado específico el Excel cumplimentado (y, si lo desean, una presentación de la empresa en FRANCÉS o INGLÉS).

  • OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN PARA AUTÓNOMOS SOCIETARIOS

    OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN PARA AUTÓNOMOS SOCIETARIOS

    De entre las obligaciones formales recogidas en el Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, para actualizar su regulación respecto a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, recordamos la prevista en la DTª única de la norma citada, referente a la obligación – por parte de las sociedades que, por su participación, cargo o relación con otros socios se derive la obligación de encuadramiento en el RETA –  de comunicar a la TGSS, antes del 31 de octubre de 2023 y por medios electrónicos, los datos previstos en el artículo 30.2.b) del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y que reproducimos a continuación:

                    Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.

                    Artículo 30.2.b):

                    (…)

                    b) En la solicitud de alta de los trabajadores por cuenta propia, además de los datos indicados en el párrafo primero del párrafo a) relativos a los trabajadores por cuenta ajena, figurarán los referidos a la actividad económica u ocupación que determina su inclusión en el régimen de la Seguridad Social en el que se solicita el alta y a la sede de la actividad, si fuera distinta al domicilio del trabajador, así como, en su caso, los siguientes datos:

                                    1.º Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte los trabajadores por cuenta propia incluidos en el régimen especial que corresponda al amparo de lo establecido en el artículo 14.1.b) y en los párrafos b), c), d), e) y l) del artículo 305.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    2.º Desempeño del cargo de consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad, a que se refiere el artículo 305.2.b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    3.º Porcentaje de participación en el capital social, a que se refieren los párrafos b) y e) del artículo 305.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    4.º Nombre y apellidos y número del documento nacional de identidad o equivalente de los familiares con los que conviva el trabajador autónomo, a que se refieren los párrafos b).1.º y e) del artículo 305.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    5.º Número de identificación fiscal del cliente del que dependan económicamente los trabajadores autónomos incluidos en este régimen especial al amparo de lo establecido en el artículo     305.2.f) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    6.º Colegio profesional en el que deban figurar incorporados los trabajadores autónomos incluidos en este régimen especial al amparo de lo establecido en el artículo

    305.2.g) del texto   refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    7.º Número de identificación fiscal de la empresa o empresas para las que se presten las actividades complementarias privadas a que se refiere el artículo 305.2.j) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    8.º Nombre y apellidos y número del documento nacional de identidad o equivalente del trabajador autónomo en cuya actividad económica o profesional trabajen los familiares a que se    refiere el artículo 305.2.k) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

                                    9.º Declaración de los rendimientos económicos netos que el trabajador autónomo prevea obtener durante el año natural en el que se produzca el alta por su actividad económica o profesional, de forma directa y/o por su participación en la sociedad o comunidad de bienes que determine su inclusión en el régimen especial que corresponda, salvo en el caso de los miembros de institutos de vida consagrada de la Iglesia Católica incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los trabajadores por cuenta propia incluidos en los grupos segundo y tercero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

                                    A tal efecto, la determinación de tales rendimientos se efectuará mediante orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

                                    10.º Cualquier otro dato que suponga una peculiaridad en materia de cotización y acción protectora respecto al trabajador por cuenta propia.

                    (…)

     

    La citada obligación informativa viene normativamente encuadrada en la reforma general del sistema de cotización de autónomos (RETA) ya en vigor, centrándose en este caso en la actualización de datos de los llamados “autónomos societarios”.

  • LANZAMOS UN PLAN DE AYUDAS A LAS PYMES AFECTADAS POR LA TORMENTA JUNTO A CEPYME ZARAGOZA E IBERCAJA

    LANZAMOS UN PLAN DE AYUDAS A LAS PYMES AFECTADAS POR LA TORMENTA JUNTO A CEPYME ZARAGOZA E IBERCAJA

    Ibercaja se suma a las iniciativas de apoyo a pymes y empresas que se están activando desde distintas asociaciones empresariales, como CEPYME y la Federación de Empresarios del Metal, para ayudar a pymes y empresas damnificadas por la gran tormenta que se produjo el pasado 6 de julio en la ciudad de Zaragoza, Cuarte de Huerva y Cadrete, así como en otras localidades de la provincia.

    Ante la posibilidad de declaración de zona catastrófica por parte del Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, CEPYME y la FEMZ, que aglutina un gran número de las empresas más afectadas, están centralizando las incidencias sufridas por sus asociados con la finalidad de apoyarles en la gestión y tramitación de la solicitud de ayudas.

    Ibercaja, por su parte, ha dispuesto una rebaja de hasta medio punto porcentual en el coste de las operaciones de financiación de sus clientes destinadas a reparar los daños ocasionados por esta tormenta, así como una ampliación de hasta 36 meses en el plazo de devolución estos préstamos.

    Tal y como ha declarado el director territorial de Ibercaja en Aragón, Antonio Lacoma, “uno de los compromisos históricos de Ibercaja es favorecer el desarrollo económico de los territorios en los que tiene implantación, por lo que ante situaciones especiales que pueden tener un efecto negativo sobre determinadas zonas, como pueden ser las catástrofes naturales, este compromiso adquiere una mayor relevancia para ofrecer apoyo a los diferentes colectivos afectados que necesitan de una ayuda extraordinaria para restablecer la normalidad de su actividad”.

    El Banco muestra una vez más el apoyo incondicional a sus clientes y se solidariza con ellos, así como con CEPYME Zaragoza y FEMZ, que están sufriendo las graves consecuencias del excepcional fenómeno meteorológico acontecido en la ciudad de Zaragoza, en las localidades de Cuarte de Huerva, Cadrete y en otros puntos de la provincia aragonesa.

    Destacar además que continúa abierto el proceso de participación a todos los damnificados a través de las páginas web de ambas instituciones que servirá de apoyo a la documentación que se entregará y se elevará al Consejo de Ministros.

  • EL OBSERVATORIO DE MÁRGENES EMPRESARIALES ESTUDIA A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS CON DECLARACIONES DE SOCIEDADES, IVA Y RETENCIONES POR RENDIMIENTOS DEL TRABAJO

    EL OBSERVATORIO DE MÁRGENES EMPRESARIALES ESTUDIA A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS CON DECLARACIONES DE SOCIEDADES, IVA Y RETENCIONES POR RENDIMIENTOS DEL TRABAJO

    El Observatorio de márgenes empresariales es un proyecto conjunto del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Banco de España y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que tiene como objetivo disponer de información para el seguimiento y el análisis de los márgenes empresariales.

    En esta web se ofrecen varias bases de datos, anuales y trimestrales, procedentes del Impuesto sobre Sociedades y de los modelos de IVA y retenciones sobre rendimientos del trabajo.

    Más información

    En el caso del Impuesto sobre Sociedades, se proporciona una selección de variables de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. De las declaraciones del IVA y de retenciones sobre rendimientos del trabajo se facilitan cifras de ventas totales (interiores, exportaciones) y compras totales (interiores, importaciones), en el primer caso, y de masa salarial y perceptores de salarios, en el segundo.

    La población objeto de estudio en cada año son todas aquellas empresas no financieras que tengan declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, del IVA y de retenciones por rendimientos del trabajo. Tan solo se excluyen algunas actividades con un alto porcentaje de operaciones exentas a efectos del IVA. Las actividades se clasifican a dos dígitos de la CNAE, excepto en el comercio mayorista y minorista (tres dígitos y en algún caso a cuatro) y algunas agrupaciones especiales.

  • LAS EMPRESAS EUROPEAS, EN BÚSQUEDA DE PROVEEDORES ESPAÑOLES

    LAS EMPRESAS EUROPEAS, EN BÚSQUEDA DE PROVEEDORES ESPAÑOLES

    Desde la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ) y en colaboración con Aragón Exterior (AREX) nos complace informarles de las consultas que nos han transmitido diversas empresas europeas con motivo de su búsqueda de nuevos proveedores en España.

    Plazo límite: 21 de julio (agradecemos que puedan responder a la mayor brevedad posible)

      En caso de estar interesados: cgonzalez@femz.es.

    En el documento adjunto encontrarán una breve descripción de su actividad y de sus intereses de búsqueda.

    Consultas de las empresas europeas

    En caso de estar interesados en algunas o todas las solicitudes, por favor, contacten con la técnico de FEMZ, Carmen González. Si lo desean, pueden adjuntar una presentación de la empresa en francés o inglés.