Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • EL SUPREMO CONSIDERA QUE LA CESIÓN DEL COCHE DE EMPRESA A LOS TRABAJADORES PARA USO PARTICULAR NO ESTÁ SUJETA AL IVA

    EL SUPREMO CONSIDERA QUE LA CESIÓN DEL COCHE DE EMPRESA A LOS TRABAJADORES PARA USO PARTICULAR NO ESTÁ SUJETA AL IVA

    Se ha publicado una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2024 (recurso casación 5226/2022) en relación al controvertido tema – tanto en referencia al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), como en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por retribución en especie –  de la cesión de uso particular a trabajadores de vehículos de la empresa.

    La inspección de la AEAT había regularizado la situación de algunas empresas modificando al alza la deducibilidad del IVA soportado en la adquisición de los vehículos (del 50% al 100%), pero liquidando a su vez un IVA devengado, por considerar que la cesión de la empresa al trabajador era una operación onerosa sujeta a IVA, por la parte correspondiente al considerado uso privativo del trabajador. De esta forma no se aplicaba la deducibilidad del 50% del IVA soportado, recogida en el artículo 95.Tres.2º de la Ley 37/1992 del IVA.

    El Tribunal Supremo, analizando este supuesto (coches en renting de una empresa con uso particular cedido a determinados trabajadores) concluye lo siguiente:

     

    “Como ya se ha dicho en los antecedentes, en los años objeto de regularización, la empresa adquirió a terceros vehículos en régimen de renting que fueron cedidos a determinados empleados para su uso mixto, imputándosele a los trabajadores determinados importes en concepto de retribuciones en especie sobre las que practicó ingresos a cuenta del IRPF. La Inspección regularizó la diferencia entre el ingreso a cuenta que procede de dicho cálculo y el efectivamente practicado por la entidad. Tal aumento fue también considerado por la Inspección en la regularización del IVA, incrementándose el IVA soportado deducible del 50 por 100 al 100 por 100. Por ello, consideró que el obligado tributario debe repercutir al trabajador que recibe la retribución en especie, el IVA correspondiente a la disponibilidad del vehículo para los fines particulares del trabajador, siendo la base imponible el valor de mercado de esa cesión.

    Ya hemos visto que la sentencia recurrida no ha considerado, ante la falta de prueba de la contraprestación económica por la cesión a cargo de los trabajadores en los términos indicados, que la cesión de vehículos por parte de la entidad recurrente a sus empleados constituya una prestación onerosa de servicios.

    Por todo ello, la doctrina jurisprudencial que fijamos es la siguiente:

    La cesión por el sujeto pasivo del uso de un vehículo afectado —un 50 por 100, por aplicación de la presunción establecida en el artículo 95. Tres. 2ª LIVA, no desvirtuada por la AEAT— a la actividad empresarial, a su empleado para su uso particular, a título gratuito, cuando dicho empleado no realiza ningún pago ni deja de percibir una parte de su retribución como contraprestación y el derecho de uso de ese vehículo no está vinculado a la renuncia de otras ventajas, es una operación no sujeta al IVA, aunque por tal bien se hubiere deducido, también en dicho porcentaje, IVA soportado por el renting del vehículo”.

     

    El Tribunal Supremo no hace aquí sino confirmar el criterio ya reiterado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en cuanto a la onerosidad o gratuidad de la cesión de los vehículos a los empleados: No puede entenderse que existe una operación onerosa a IVA si el trabajador no realiza ningún pago, ni emplea parte de su retribución en metálico, y tampoco elige entre diversas ventajas ofrecidas por el sujeto pasivo conforme a un acuerdo entre las partes en virtud del cual el derecho al uso del vehículo de empresa está vinculado a la renuncia a otras ventajas.

     

    Alude también la sentencia al criterio de la inspección de la AEAT – también muy discutible  –  que “calculó el porcentaje de tiempo de uso profesional basándose en una prueba indiciaria como es el principio de disponibilidad aplicado en la regularización de las retenciones a cuenta del IRPF ( …)  La inspección asumió la ficción como cierta de que las horas laborables del año natural según el convenio colectivo aplicable se corresponden con un uso profesional de los vehículos, mientras que el resto de horas del año (incluyendo las horas de descanso en días laborables “horas de sueño incluidas”, así como las de los fines de semana y días de vacaciones por entero) deben atribuirse exclusivamente a un uso personal»”. Tal criterio – criticado en la sentencia – suele considerarse, además de irreal, claramente favorable a la AEAT en perjuicio del contribuyente, congeniando mal con las retribuciones en especie.

    Se descarta también la figura del autoconsumopuesto que la cesión de los vehículos a los empleados no se realiza para fines ajenos a su actividad, requisito ineludible para que se produzca el hecho imponible por asimilación con arreglo al artículo 12 LIVA (…). La cesión de los vehículos a los empleados no constituyó una prestación de servicios onerosa sujeta a IVA, por no concurrir ningún tipo de contraprestación económica o renuncia de derechos por parte de los trabajadores con arreglo a la jurisprudencia del TJUE, como sucede en el caso enjuiciado, asegura, pero, de ello, apunta, no se colige necesariamente que dichas cesiones “se realicen para fines ajenos a los de la actividad empresarial”. (…)  el uso tolerado fuera del horario laboral de los vehículos, los cuales son una mera herramienta de trabajo según se establece en el modelo de documento contractual descriptivo de las obligaciones que asume el trabajador al recibir un vehículo que consta en el expediente. De hecho, dicho uso tolerado puede cumplir funciones empresariales perfectamente legítimas, como evitar costes derivados del estacionamiento y vigilancia de los vehículos si estos permanecieran en las instalaciones de la empresa fuera del horario laboral, o mejoras de eficiencia en los desplazamientos desde los domicilios de los empleados al centro de trabajo, u a otras localizaciones por motivos laborales sin necesidad de realizar trayectos previos a las instalaciones de la empresa para recoger los vehículos“.

     

    Al parecer, existen otros recursos sobre la misma materia pendientes de resolución en el TS, por lo que estaremos pendientes sobre el criterio que se adopte en los mismos.

  • NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL

    NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL

    El Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) está notificando sus actos administrativos por vía electrónica, a través de la Dirección Electrónica Habilitada Única.

    De acuerdo con la normativa vigente (Artículo 14.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), todas las empresas que sean personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esta obligación implica el deber de recibir las notificaciones por vía electrónica.

    Para recibir una notificación electrónica, no es preciso realizar ningún trámite, pues la notificación está asociada al Código de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa. Efectuada una notificación, el destinatario dispone de 10 días para aceptarla o rechazarla; en otro caso, la notificación se tiene por efectuada y continúa el procedimiento.

    No obstante, para que una empresa sepa que la ITSS le ha enviado una notificación electrónica, es necesario que facilite al organismo una dirección de correo electrónico a través de la cual pueda ser avisado de que se le ha efectuado una notificación y que la misma está a su disposición en una dirección Web en la que el ITSS inserta el aviso.

    Facilita tu dirección

    Para realizar dicho trámite, será preciso identificarse con un certificado electrónico cualificado de representante de la persona jurídica.

    Si tiene cualquier duda sobre este trámite, puede plantearla al Centro de Atención a Usuarios:

    900 49 44 53

    cau@mites.gob.es

  • ACLARAMOS LOS CONTENIDOS DEL CURSO ‘EMPRESA FAMILIAR: ¿CÓMO AFRONTO EL RELEVO?’

    ACLARAMOS LOS CONTENIDOS DEL CURSO ‘EMPRESA FAMILIAR: ¿CÓMO AFRONTO EL RELEVO?’

    El relevo generacional es uno de los grandes desafíos que afrontan las empresas familiares y anticiparse es clave para evitar caer en las estadísticas: solo una de cada diez empresas familiares sobrevive a la tercera generación. 

    En ese sentido, FEMZ presenta la primera edición del curso “Empresa familiar: ¿Cómo afronto el relevo?”, una acción formativa con la que ayudar a las empresas a tener una visión global, a la vez que detallada, de los aspectos y situaciones que otras empresas se han encontrado en su camino a una sucesión organizada.

    El curso arrancará el próximo 14 de marzo y contará con diez sesiones repartidas en los tres meses que dura el curso. El ponente a cargo será Jorge Esteban Lorenzo, director y socio de LORESTE Consultoría Ad Hoc, S.L.

    Cabe destacar que, a modo de aclarar las posibles dudas de los interesados y explicar con más detalle los objetivos y contenidos del curso, se realizará un webinar aclaratorio el próximo 1 de marzo, que estará en manos de los expertos de Cuatrecasas.

     

     

    Inscripción webinar

     

    ¿Qué contenidos van a tratarse en el curso?

     

    • Introducción a la empresa familiar.
    • Gobierno Corporativo en la Empresa Familiar.
    • El Protocolo Familiar.
    • Plan personal de contingencias de la Empresa Familiar.
    • Planificación sucesoria e Instituciones de la Empresa Familiar.
    • Origen, fundamento y aplicación del régimen de Empresa Familiar.
    • Régimen de Empresa Familiar y aspectos laborales.
    • Aspectos más relevantes de la compraventa de empresas y pacto de socios en el régimen de Empresa Familiar.
    • Responsabilidad mercantil y tributaria de administradores.

     

    ¿Estás interesado/a?

    678 513 622

    cgonzalez@femz.es

     

     

  • ¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL MODELO 347?

    ¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL MODELO 347?

    La sede electrónica de la AEAT publica información e instrucciones en relación al MODELO 347 sobre la Declaración Informativa y Declaración anual de operaciones con terceras personas.

     

    ¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

     

    Quienes realicen actividades empresariales o profesionales deberán declarar todas las personas o entidades con quienes efectúen operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente.

     

    Las entidades a las que sea de aplicación la Ley 49/1960, de 21 de junio, sobre la propiedad horizontal

     

    Estas incluirán las adquisiciones que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza, excepto:

    • Suministros de energía eléctrica y combustibles
    • Suministro de agua.
    • Seguros.

     

    Las entidades o establecimientos privados de carácter social a que se refiere el artículo 20.3 de la LIVA

     

    Estas incluirán las adquisiciones que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza, excepto:

    • Suministros de energía eléctrica y combustibles
    • Suministro de agua.
    • Seguros.

     

    Las personas y entidades a que se refiere el artículo 94.1 y 2 de la LGT

     

    Estas declararán todas las personas o entidades a quienes hayan efectuado adquisiciones de bienes o servicios al margen de cualquier actividad empresarial o profesional, que en su conjunto, para cada una de aquéllas, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente, con las siguientes excepciones:

    • Las importaciones de mercancías.
    • Las adquisiciones de bienes que supongan envíos entre el territorio peninsular español o las islas Baleares y las islas Canarias, Ceuta y Melilla.
    • Las establecidas en el párrafo e) y en el párrafo i) del apartado 2 de este artículo.

     

    Las Administraciones públicas

     

    Estas declararán además todas las personas o entidades a quienes hayan satisfecho subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe.

     

    Las sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que realicen funciones de cobro

     

    Sea por cuenta de sus socios, asociados colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, de autor u otros, declararán las personas a las que satisfagan siempre que el total satisfecho a cada persona haya superado la cifra de 300,51 euros.

  • ARPA PARTICIPA EN UN PROYECTO PARA PALIAR LA DESNUTRICIÓN INFANTIL EN GUATEMALA

    ARPA PARTICIPA EN UN PROYECTO PARA PALIAR LA DESNUTRICIÓN INFANTIL EN GUATEMALA

    La empresa asociada a FEMZ, ARPA Equipos Móviles de Campaña, ha contribuido en ‘Gualtematecos por la nutrición’, el programa social de Castillo Hermanos que aborda de manera integral y sostenible el problema de la desnutrición en cinco comunidades de Huehuetenango, Guatemala.

    ARPA ha trabajado en el diseño y ejecución de unas clínicas móviles denominadas ‘Campamento de Nutrimóviles’, que han sido diseñados para atender a niños menores de cinco años con desnutrición o en riesgo de falta de alimentos, además de mujeres embarazadas en las mismas condiciones.

    Esta iniciativa, desde que arrancara el pasado 31 de marzo de 2023, “ha logrado recuperar al al 75 % de los niños inscritos al programa y diagnosticados con desnutrición aguda”, explican desde la empresa.

    Participar en un proyecto de estas características ha sido “verdaderamente motivador” para la empresa zaragozana porque “reducir los índices de desnutrición aguda es muy satisfactorio”, han matizado.

  • NUEVA OPORTUNIDAD DE NEGOCIO PARA LOS SOCIOS DE FEMZ

    NUEVA OPORTUNIDAD DE NEGOCIO PARA LOS SOCIOS DE FEMZ

    El próximo martes 5 de marzo los socios de FEMZ tendrán la oportunidad de abrirse a nuevas oportunidades de negocio en la jornada ‘Industry day’, el evento organizado por Navantia en Cádiz para presentar sus nuevos proyectos y estrechar lazos con empresas.

    Martes, 5 de marzo.

    8.30h. a 14.00h.

    Navantia Training Centre. San Fernando. Cádiz. 

     

    Contenido de la jornada

     

    Presentación de proyectos

    Cinco directores de las diferentes líneas de negocio de Navantia en la Bahía de Cádiz presentarán los programas futuros de sus áreas y sus requerimientos. La presentación consistirá en los programas de las siguientes 5 áreas de actividad: 

    • Construcción naval
    • Reparaciones
    • Sistemas
    • Servicios
    • Energías verdes

     

    Reuniones B2B individuales

    Las empresas participantes tendrán la oportunidad de agendar una reunión B2B personalizada con el representante de compras de su sector de actividad, en función de los intereses de búsqueda de Navantia y las capacidades comunicadas por las empresas en el registro de inscripción.

     

    La fecha límite de inscripción será el jueves, 22 de febrero.

     

    Con el fin de poder dar un seguimiento personalizado con Navantia a las inscripciones de las empresas aragonesas, se recomienda informar de su registro a Aragón Exterior a través del siguiente correo electrónico:

    idoya.vidondo@aragonexterior.es

     

    Inscripción

  • FEMZ, RECONOCIDA POR SU IMPLICACIÓN EN IMEFEZ

    FEMZ, RECONOCIDA POR SU IMPLICACIÓN EN IMEFEZ

    La Federación de Empresas del Metal de Zaragoza recibió el pasado viernes 9 de febrero un reconocimiento por su apuesta por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial (IMEFEZ) como canal de formación e inserción en el mercado laboral, en un acto en el Ayuntamiento de Zaragoza que ha congregado a casi un centenar de entidades de diversa índole.

     

    IMEFEZ en datos

     

    Las 99 organizaciones asistentes, entre las que se cuentan empresas, organizaciones sociales y las fuerzas de seguridad, han sido galardonadas por su implicación con un Instituto que, con más de 18.000 usuarios en 2023, ha logrado 643 inserciones, siendo la mayoría de ellas protagonizadas por hombres y mujeres mayores de 45 años.

    El año pasado, el IMEFEZ tuvo más de 18.000 usuarios (18.112), acogió a 2.150 personas nuevas en 2023 y logró, como ya se ha mencionado, 643 inserciones en el mercado laboral, lo que supone un 23% más que en 2022.

    El funcionamiento de este organismo, fundamentado en la colaboración público-privada, permitió que el año pasado se lanzaran 387 ofertas de trabajo para 990 puestos y un proceso con más de 11.000 candidaturas.

    Estos datos ponen de manifiesto la importancia de la colaboración público-privada como herramienta para mejorar la sociedad.

  • EMPRESA FAMILIAR: ¿CÓMO AFRONTO EL RELEVO?

    EMPRESA FAMILIAR: ¿CÓMO AFRONTO EL RELEVO?

    El relevo generacional en la empresa familiar es un proceso trascendental, clave para determinar el futuro de la compañía.

    En algunas ocasiones, este contexto puede ser problemático debido a los desafíos y particularidades a los que se enfrenta cada organización. Por ello, implantar un protocolo familiar es imprescindible para asegurar una sucesión exitosa.

    En ese sentido, FEMZ presenta ‘Empresa familiar: ¿cómo afronto el relevo?’, un curso que proveerá a los órganos de gobierno de estas las herramientas necesarias para gestionar este proceso.

    ¿Qué objetivos persigue el curso?

     

    • Obtener una mayor comprensión de la idiosincrasia propia de la empresa familiar, dotando al participante de estrategias de éxito en entornos de incertidumbre.
    • Actualizar y profundizar en nuevos conceptos, modelos y metodologías para mejorar la eficiencia en la gestión de su empresa familiar.
    • Profundizar en el régimen fiscal propio de la empresa familiar y los medios para facilitar su continuidad.
      Potenciar las capacidades de liderazgo de los participantes.

    Carlos Gonzalvo, CEO y propiedad de Taller Auxiliar de Carrocerías, vivió este proceso hace a penas dos años y medio y explica por qué cree que esta jornada es interesante:

     

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    cgonzalez@femz.es

  • ¿QUÉ PROYECTOS FINANCIA EL PERTE DE DESCARBONIZACIÓN?

    ¿QUÉ PROYECTOS FINANCIA EL PERTE DE DESCARBONIZACIÓN?

    El Ministerio de Industria y Turismo publicó el pasado 28 de diciembre de 2023 el extracto de la orden de bases del PERTE de Descarbonización Industrial correspondiente a la convocatoria anticipada del año 2024 de la línea de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera.

    También se publicó en el BOE a fecha de 2 de enero de 2024 la Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

     El plazo de presentación de solicitudes para el PERTE estará abierto entre el 24 de enero de 2024 y el 17 de abril de 2024.

    Esta convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, está destinada a la actuación integral para la descarbonización y contará con 1.000 millones de euros, 500 millones en subvención y 500 millones para préstamos.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias las Sociedades Mercantiles, tanto estatales como privadas, que realicen una actividad industrial y que ejecuten proyectos que descarbonicen la instalación industrial.

    Podrán presentarse empresas individualmente o en agrupación con otras empresas industriales, empresas proveedoras de conocimiento o empresas de servicios energéticos siempre que contribuyan a la descarbonización de la instalación industrial.

    Se subvencionarán proyectos tractores formados por uno o varios proyectos primarios, que tengan como objetivo la descarbonización de una única instalación principal.

     

    Requisitos para ser un proyecto tractor

     

    Debe tener un efecto incentivador: cualquier actuación deberá ser posterior a la presentación de la solicitud de ayuda.

    Debe cumplir con el principio DNSH

    Presupuesto mínimo: 1.000.000 euros

     Contribución climática

    • Al menos el 40%

    Plazo de ejecución: hasta 31 de marzo de 2026 

    Objetivo de descarbonización:

    • 3000 ton-eq CO2/ año.
    • Alternativa: reducción del 30% de emisiones.
    • Las instalaciones bajo RCDE, deberán conseguir una reducción significativa de emisiones.

    Un proyecto tractor deberá contener obligatoriamente, al menos, un proyecto primario en una de estas líneas:

    • Reducción de emisiones directas de la instalación
    • Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.

     

     

    Ejemplos de proyectos financiables

     

     

    Reducción de emisiones directas: descarbonización de fuentes de energía

     

    • Sustitución de equipos que utilicen combustibles fósiles por equipos eléctricos.
    • Tecnologías para la sustitución de combustibles fósiles por hidrógeno renovable.
    • Hornos híbridos de gas natural con hidrógeno renovable y/o biocombustibles.
    • Oxicombustión
    • Utilización de combustibles alternativos derivados de residuos no fósiles.
    • Otros proyectos

     

    Reducción de emisiones directas: gestión energética integral de procesos industriales

     

    • Recuperación de calor en procesos productivos o el aprovechamiento energético de flujos secundarios.
    • Equipos de recuperación de calor o frío de la propia instalación.
    • Recuperación de calor con tecnologías de absorción.
    • Transformadores de calor por absorción (AHT).
    • Aprovechamiento de calor residual de instalaciones cercanas en simbiosis industrial.
    • Herramientas digitales que habiliten un control y gobierno inteligente de los procesos industriales.
    • Otros proyectos.

     

    Mejora sustancial de la eficiencia energética

     

    • Sustitución de equipos eléctricos por otros con mejor desempeño energético.
    • Optimización de equipos y sistemas consumidores de energía eléctrica.
    • Implementación de sistemas de monitorización y control de consumos de energía eléctrica.
    • Otros proyectos.

     

    Instalaciones de energía renovable para autoconsumo en procesos industriales

     

    • Producción de energía eléctrica / térmica / cogeneración a partir de fuentes de energía renovables.
    • Sistemas de producción de cogeneración aprovechando gases residuales que no provoquen atrapamiento de activos intensivos en carbono ni retrase la descarbonización de la instalación. 
    • Sistemas de almacenamiento de energía en instalaciones de producción de energía eléctrica o térmica.

     

    I+D+i para impulsar la descarbonización de las instalaciones

     

    • Electrificación, uso de hidrógeno o combustibles renovables y otras para reducción de emisiones de GEI en procesos industriales.
    • Plantas piloto para la demostración de tecnologías innovadoras.
    • Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental para la captura de carbono o nuevos usos.

     

    Finalmente, cabe destacar que los límites e intensidades máximas de ayuda son los que se definen en el artículo 14 de la Orden de Bases.

    Texto legal completo

  • COFERDROZA ENTREGA 125 ZAPATOS DE SEGURIDAD AL I.E.S. MIRALBUENO

    COFERDROZA ENTREGA 125 ZAPATOS DE SEGURIDAD AL I.E.S. MIRALBUENO

    Esta mañana Coferdroza, empresa asociada a FEMZ, ha donado 125 pares de zapatos de seguridad al centro I.E.S. Miralbueno en un encuentro en el que el director del departamento de Fabricación mecánica del centro se ha desplazado hasta la sede de la organización para recibir el material donado.

    Los beneficiarios de esta entrega serán los alumnos matriculados en los grados de Fabricación mecánica y de Transporte y mantenimiento de vehículos.

    Esta acción se desarrolla en el marco de ‘UtilizaRed’, un espacio digital en el que las empresas asociadas a FEMZ pueden donar material industrial como maquinaria en desuso, excedentes de producción o de oficina a los centros educativos. Así mismo, los institutos pueden volcar en el portal sus necesidades a fin de que los socios de FEMZ puedan cubrir directamente sus demandas.

    De esta forma, las empresas dan salida a sus excedentes para que los centros educativos puedan darle una segunda vida a ese material, poniendo a disposición de los alumnos la maquinaria que van a encontrar una vez se incorporen al mundo laboral.

    ‘UtilizaRed’ es uno de los tres motores de arranque de ‘MetalíZate’, junto con el ‘work experience’ y las visitas a los centros educativos.