Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • FEMZ Y LA FUNDACIÓN SAN EZEQUIEL MORENO COLABORARÁN PARA INCORPORAR MANO DE OBRA ESPECIALIZADA AL SECTOR

    FEMZ Y LA FUNDACIÓN SAN EZEQUIEL MORENO COLABORARÁN PARA INCORPORAR MANO DE OBRA ESPECIALIZADA AL SECTOR

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ) se ha reunido esta mañana con los responsables de la Fundación San Ezequiel Moreno para explorar oportunidades de incorporar mano de obra cualificada al sector.

    FEMZ ha denunciado en numerosas ocasiones las dificultades de las empresas para planificar sus recursos humanos debido a la falta de mano de obra especializada. Los perfiles más buscados son para los campos de electricidad, soldadura, informática, mecánica y electrónica, calderería o electrotecnia, entre otros. Una percepción que, además, se incrementa en aquellas radicadas en el territorio.

    Ante los problemas del sector, la Federación ha decidido estudiar nuevas posibilidades a través de la Fundación San Ezequiel Moreno, organización sin ánimo de lucro que responde a las necesidades sociales, formativas y laborales que aparecen entre trabajadores de diferente origen cultural y empresarios.

    Tras la reunión, ambas organizaciones han decidido desarrollar un acuerdo de colaboración para poner en marcha una línea de trabajo conjunta.

  • CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE. JUNIO 2019

    CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE. JUNIO 2019

  • PREOCUPACIÓN EN EL SECTOR DEL METAL POR LA NUEVA NORMATIVA DE REGISTRO DE LA JORNADA

    PREOCUPACIÓN EN EL SECTOR DEL METAL POR LA NUEVA NORMATIVA DE REGISTRO DE LA JORNADA

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ) ha celebrado reunión de su Comité Ejecutivo en Cintasa, empresa especializada en el diseño y fabricación de transportadores. Tras la visita a la planta de esta empresa familiar, el Comité se ha reunido para analizar, entre otros asuntos, la nueva normativa sobre el registro de la jornada.

    Los empresarios del sector han expresado gran preocupación por las incertidumbres que está generando esta norma. A pesar de que la Dirección General de Trabajo ha publicado una guía informativa, son muchas las empresas, especialmente pymes, que desconocen cómo proceder, más aún cuando no se ha publicado todavía las directrices que van a seguir desde Inspección.

    FEMZ solicita que la norma se aclare lo antes posible, ya que afecta al normal funcionamiento de las empresas, y reclama que su desarrollo se remita a la negociación colectiva en la que puedan negociar todas las partes implicadas.

  • EL PRÓXIMO 28 DE MAYO ENTRAN EN CIRCULACIÓN LOS NUEVOS BILLETES DE 100 Y 200 EUROS

    EL PRÓXIMO 28 DE MAYO ENTRAN EN CIRCULACIÓN LOS NUEVOS BILLETES DE 100 Y 200 EUROS

    Con motivo de la emisión de los nuevos billetes de 100 y 200 €, el próximo 28 de mayo, el Banco de España considera esencial que el conocimiento de estos billetes llegue al mayor número de ciudadanos, además de a profesionales que manejan efectivo, y por ello ha puesto en marcha una campaña informativa.

    Folleto informativo

    Los nuevos billetes de 100€ y 200€ incorporan los mismos elementos de seguridad que el billete de 50€, como el retrato en la marca de agua y en el holograma, además de otros elementos nuevos y mejorados que dificultan su falsificación y siguen siendo fáciles de comprobar:

    • Holograma con satélite: este nuevo elemento está situado en la parte superior de la banda plateada. Al girar el billete, se aprecian pequeños símbolos «€» que se mueven alrededor de la cifra que indica su valor. Los símbolos «€» se ven más claramente bajo una luz directa.
    • Número verde esmeralda: al girar el billete, el número brillante situado en la esquina inferior izquierda produce un reflejo metálico que se desplaza verticalmente. También cambia de color, pasando del verde esmeralda al azul oscuro. En los nuevos billetes de 100€ y 200€ también se aprecian símbolos «€» dentro de este número.

    Además de los elementos de seguridad que el público puede reconocer a simple vista, los nuevos billetes están dotados de elementos nuevos y mejorados para su verificación con máquinas y dispositivos.

    Medidas de seguridad del nuevo billete de 100€ 

    Medidas de seguridad del nuevo billete de 200€

  • ACTUALIZACIÓN DEL MODELO DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS

    ACTUALIZACIÓN DEL MODELO DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS

    Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el nuevo modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.

    La empresa obligada a elaborar y presentar en sus cuentas consolidadas un estado de información no financiera, según establece el Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre, por el que se modifican el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, puede hacerlo como estado separado, o bien formando parte del informe de gestión consolidado. De la selección efectuada, se dejará constancia explícita en la página de presentación en el Registro Mercantil, que desdobla la casilla destinada al efecto con esta finalidad en el nuevo modelo aprobado en esta Resolución.

    En consecuencia, se debe actualizar el anexo II «Formato de los depósitos digitales» de los modelos de depósito, para recoger la información de la casilla desdoblada. En concreto, se añade el cuadro «Página PRC (Documento de presentación)»:

    Descripción clave Rango clave Tipo de clave Longitud N.º decimales Rango mín. Rango máx. Longitud exacta Lista de opciones No modificable
    Estado sobre información no financiera (estado separado). 8080825 Entero. 1 0 1 Sí.
    Estado sobre información no financiera (incluido en Informe de Gestión). 8080826 Entero. 1 0 1 Sí.

    La utilización del modelo aprobado por la presente Resolución será obligatoria para las cuentas anuales formuladas y aprobadas por los sujetos obligados, que sean presentadas en el Registro Mercantil con posterioridad a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

  • AYUDAS PARA LA CREACIÓN DE EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO Y SOCIEDADES LABORALES

    AYUDAS PARA LA CREACIÓN DE EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO Y SOCIEDADES LABORALES

    EXTRACTO de la Orden EIE/521/2019, de 8 de mayo, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/607/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.

    La finalidad de estas subvenciones es fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales aragonesas, de desempleados y de trabajadores con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios, así como apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación.


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  • CONVOCADAS LAS AYUDAS A LA INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL VEHÍCULO ELÉCTRICO

    CONVOCADAS LAS AYUDAS A LA INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL VEHÍCULO ELÉCTRICO

    EXTRACTO de la Orden EIE/497/2019, de 13 de mayo, por la que se convocan subvenciones para realizar en Aragón proyectos empresariales relativos al desarrollo del vehículo eléctrico.

    Esta convocatoria establece y concreta las condiciones de acceso a un régimen de subvenciones para el año 2019, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para fomentar la realización de proyectos empresariales en Aragón vinculados al desarrollo del vehículo eléctrico con elementos de desarrollo experimental y/o investigación industrial.

    Beneficiarios

    Empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la Comunidad Autónoma de Aragón y que cumplan los requisitos previstos en el artículo 5 de las Bases Reguladoras y en esta convocatoria. Se podrá participar en esta convocatoria de manera individual o en cooperación de varias empresas en un proyecto común.

    Cuantía

    La cuantía máxima del crédito será de 12.000.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15020 G/6122/770001/91002 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con la siguiente distribución temporal:

    – 2019: 2.735.000.

    – 2020: 4.632.500.

    – 2021: 4.632.500.

    La distribución temporal es estimativa y podrá ser objeto de modificación según las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, las cuantías de los proyectos presentados y su ejecución prevista.

    Actividades subvencionables

    • Se considerarán actividades subvencionables los proyectos empresariales que contengan actividades de desarrollo experimental y/o investigación industrial relativos al desarrollo del vehículo eléctrico.
    • Las actividades subvencionables serán ambiciosas y propondrán innovaciones disruptivas, por lo que el importe mínimo del proyecto deberá ser superior a 3 millones de euros.
    • Se podrá establecer la colaboración efectiva con organismos de investigación y difusión de conocimientos a través de la cual se definan proyectos con objetivos innovadores más amplios y con mayor riesgo tecnológico.
    • No se considerarán actividades subvencionables aquellas que no tengan un efecto incentivador en la inversión en investigación y desarrollo, considerándose que carecen de tal efecto incentivador las actividades relativas a proyectos que hubieran comenzado en una fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda al amparo de esta convocatoria, salvo en el supuesto de haber presentado una manifestación de interés ajustada a los requisitos y condiciones requeridos en la Orden EIE/922/2018, de 22 de mayo (“Boletín Oficial de Aragón”, número 109, de 7 de junio de 2018), en cuyo caso se tendrá en cuenta la fecha de presentación de la citada manifestación a los efectos de este apartado
    • Las actuaciones subvencionables deberán tener una duración mínima de 12 meses, debiendo concluir en todo caso con anterioridad al 20 de octubre de 2021.

    Gastos subvencionables

    • Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se ejecuten en el plazo señalado en el apartado anterior.
    • El gasto elegible será únicamente el destinado a desarrollo experimental y/o investigación industrial y en concreto los que comprendan los conceptos siguientes:
      a) los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto;
      b) los costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados;
      c) los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
    • Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
    • Cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a 40.000 euros, en el supuesto de ejecución de obra, o de 15.000 euros, en el supuesto de suministros de bienes o prestación de servicios, el beneficiario deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que las realicen, presten o suministren o salvo que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la solicitud de subvención.
      La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
    • En ningún caso serán gastos subvencionables:
      a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
      b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
      c) Los gastos de procedimiento judiciales.
      d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de esta convocatoria.

    Orden completa

    Modificación posterior

  • ENCUENTRO INVESTIGACIÓN – EMPRESA SOBRE ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

    ENCUENTRO INVESTIGACIÓN – EMPRESA SOBRE ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

    La Fundación General CSIC (FGCSIC), en colaboración con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), y las confederaciones de empresarios de CEOE Aragón y CEOE Zaragoza organizan, en Zaragoza, un exclusivo encuentro entre empresas e investigadores, en torno a los sectores de ENERGÍA y MEDIO AMBIENTE.

    La jornada consta de una visita a tres centros de investigación del CSIC, punteros en estos ámbitos: el Laboratorio de Investigación en Fluidodinámica y Tecnologías de la Combustión, LIFTEC; el Instituto de Carboquímica, ICB; y el Instituto de Ciencia de Materiales de Aragón, ICMA; y una sesión posterior de networking, con reuniones B2B entre las empresas asistentes y los líderes científicos de las líneas de investigación que sean de mayor interés para las empresas. 

    La jornada se celebrará el 4 de junio de 2019, a las 10:00 horas, en el Auditorio del Instituto de Carboquímica (ICB), en la calle Miguel Luesma Castán, 4. 50018, Zaragoza.

    Esta actividad representa una excelente oportunidad para que las empresas de la región puedan conocer la actividad de estos centros de investigación y de sus profesionales, así como establecer las bases para futuras colaboraciones que, en último término, contribuyan a aumentar la competitividad empresarial en el territorio.

    Las empresas interesadas en participar deben cumplimentar el formulario de inscripción, con sus datos y los grupos de investigación de interés para el desarrollo de la actividad de networkingantes del viernes 31 de mayo de 2019 a las 14:00 h.

    Formulario de inscripción

  • INVITACIÓN A +INDUSTRY: ENCUENTRO INTERNACIONAL SOBRE PROCESOS DE FABRICACIÓN Y SUMINISTROS PARA LA INDUSTRIA

    INVITACIÓN A +INDUSTRY: ENCUENTRO INTERNACIONAL SOBRE PROCESOS DE FABRICACIÓN Y SUMINISTROS PARA LA INDUSTRIA

    FEMZ le invita a acudir al encuentro internacional sobre Procesos de Fabricación y Suministros para la Industria que tendrá lugar del 4 al 6 de junio en Bilbao Exhibition Centre. Inscríbase al evento que sea de mayor interés para Ud., y tendrá acceso gratuito a la zona expositiva a través de los siguientes enlaces.


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  • TRABAJO ELABORA UNA GUÍA SOBRE EL REGISTRO DE LA JORNADA

    TRABAJO ELABORA UNA GUÍA SOBRE EL REGISTRO DE LA JORNADA

    Desde este domingo 12 de mayo, las empresas están obligadas a registrar diariamente la jornada de sus trabajadores, en virtud de un Real-Decreto ley aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo en el que se daba a las empresas un plazo de dos meses para adaptarse a esta nueva normativa.

    Esta norma indica que: 

    “Artículo 34.9 La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.

    Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

    La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes”

     

    ¿Quién está obligado al registro horario?


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