Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • WEBINAR: IMPACTO DE LAS NUEVAS TARIFAS ELÉCTRICAS EN EL COSTE ENERGÉTICO DE LAS EMPRESAS

    WEBINAR: IMPACTO DE LAS NUEVAS TARIFAS ELÉCTRICAS EN EL COSTE ENERGÉTICO DE LAS EMPRESAS

    Este mes de junio han entrado en vigor los cambios en las tarifas eléctricas que afectan a todas las empresas y a todo tipo de contrataciones de energía eléctrica. 

    Por ello, el Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón (COIIAR), los clústeres TECNARA, AERA, ANMOPYC y CAMPAG y FEMZ organizan un webinar el próximo 25 de junio de 9.30 a 10.30 horas, que impartirá  José María Yusta, miembro de la Comisión de Energía del Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja, profesor titular de la UNIZAR y experto en mercados energéticos e infraestructuras eléctricas.

    Inscripción

  • PLAN RENOVE DE MAQUINARIA AGRARIA 2021

    PLAN RENOVE DE MAQUINARIA AGRARIA 2021

    Se convocan las ayudas correspondientes al Plan de renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agraria (PLAN RENOVE) para el ejercicio 2021.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este real decreto:

    a) Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), o, en el caso de cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotaciones.

    b) Las personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 911.

    c) Las agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera. Estas subvenciones solamente se destinarán para maquinaria y equipos agrícolas cuyo uso esté destinado a sus actividades específicas.

     

    Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos adicionales:

    a) Estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.

    b) No tener la consideración de empresa en crisis de acuerdo con Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación 2014/C 249/01, de la Comisión, de 31 de julio de 2014).

    c) Cumplir los requisitos aplicables a las pequeñas o medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

    d) No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

    e) Haber adquirido la nueva maquinaria que se prevé en el artículo 4, que sustituya a la maquinaria anterior, y que cumpla los requisitos previstos en dicho artículo en ambos casos.

    f) No podrán estar incursos en alguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se establece, en régimen de concesión directa, las ayudas para la adquisición de los siguientes tipos de máquinas nuevas:

    a) Tractores.

    b) Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes, excluidas cisternas de purín.

    c) Máquinas arrastradas o suspendidas: sembradora directa, abonadora, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, cisternas de purín con sistemas de localización de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna. 

    Para la concesión de las ayudas, se deberán achatarrar tractores o máquinas del mismo tipo que las adquiridas, cumpliendo los requisitos del artículo 4.4 del Real Decreto 704/2017, de 7 de julio.

    Los tractores y máquinas a adquirir, deberán seleccionarse de entre las relacionadas en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapa.es, en la que se realizará la solicitud de ayuda. Estarán identificadas mediante su marca, modelo y cuando proceda, por el tipo, variante y versión. En el caso de las cisternas, también mediante el sistema de localización de purines con el que va equipada, de acuerdo a las siguientes definiciones:

    • Esparcidor de purines con distribución localizada por tubos flexibles (mangueras), o rígidos
    • Esparcidor de purines con distribución inyección por rejas
    • Esparcidor de purines con distribución inyección por discos

    Los accesorios de aplicación de purines con localización en el suelo a adquirir mediante la ayuda, deberán identificarse en el listado correspondiente, identificándose mediante su marca, modelo y sistema de aplicación localizada de purín, y se documentará con el anexo II de esta convocatoria, de acuerdo a las siguientes definiciones:

    • Accesorio de distribución localizada de purines por tubos flexibles (mangueras), o rígidos.
    • Accesorio de distribución de purines por inyección de rejas
    • Accesorio de distribución de purines por inyección de discos.

    El accesorio de aplicación de purín con el que vaya equipada la cisterna, será documentado mediante el anexo I de esta convocatoria.

    En el caso de que la ayuda se dirija solamente a la instalación de un accesorio de aplicación localizada de purín en una cisterna en uso, ésta deberá haber sido inscrita en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola, a nombre del solicitante de la ayuda, con anterioridad a la solicitud de la ayuda.

     

    Cuantía

     

    Se establecen dos líneas, una solo para cisternas de purín con sistemas de localización de producto en el suelo (rejas, discos o mangueras), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna, y otra para el resto de máquinas.

    El presupuesto para subvencionar las cisternas de purín con sistemas de localización de producto en el suelo, así como los accesorios de localización en suelo del purín, por riguroso orden de presentación tal y como establece el artículo 6, apartado 2 del Real Decreto 704/2017, de 7 de julio, será de 4.000.000 euros.

    El presupuesto para subvencionar el resto de máquinas contempladas en la convocatoria será de 2.550.000 euros.

    No se concederán subvenciones por importe inferior a 1.000 euros, a excepción de que la ayuda se destine a la adquisición de un dispositivo de aplicación localizada para cisternas de purines, en cuyo caso, el límite será de 600 euros.

     

    Plazo

     

    Se iniciará a los 10 días contados a partir de la publicación del extracto de esta orden y finalizará el 15 de septiembre de 2021.

    Extracto de la Orden

    Orden completa

  • ITAINNOVA ORGANIZA LA JORNADA “MODELOS DE NEGOCIO BASADOS EN SOFTWARE: PROTECCIÓN DE INTANGIBLES”

    ITAINNOVA ORGANIZA LA JORNADA “MODELOS DE NEGOCIO BASADOS EN SOFTWARE: PROTECCIÓN DE INTANGIBLES”

    El Instituto Tecnológico de Aragón ITAINNOVA celebrará el próximo día 30 una jornada titulada: “Modelos de negocio basados en software: protección de intangibles”, dirigida, especialmente, a start-ups y empresas. Esta convocatoria será presencial, con limitaciones en el aforo, debido a la situación de pandemia, y también se podrá seguir en streaming, por la plataforma Zoom.

    Desde las 10 y hasta las 13 horas, la ponente invitada es Cristina Alemany Lázaro, de la I2T, de la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), responsable del licenciamiento del software de la UPV, aspecto que combina en la actualidad con la comercialización de las patentes de la entidad.

    Alemany hablará sobre la variabilidad y versatilidad del software, que permite muchas rutas para su explotación desde Licencias de uso, libres o no, asociadas a desarrollos adicionales, plataformas de uso de software (SaaS), licencia de distribución del software, licencias de contenidos, plataformas de distribución de app, etcétera.

    Responderá preguntas del tipo: ¿Cómo voy a explotar el software? ¿Todo el software se regula del mismo modo? ¿Qué tipo de acceso puede darse? ¿Bajo qué licencia? ¿Ésta puede escogerse? ¿Hay que dar acceso al código fuente?

    La jornada se enmarca dentro del proyecto ACELEStart-Ups, cofinanciado por los fondos FEDER a través del programa de cooperación España-Francia-Andorra 2014-2020 (POCTEFA) y cuyo objetivo final es ayudar a las start-ups a crecer e internacionalizarse.

    El evento, que es gratuito, se celebrará de forma híbrida: presencial y remota. Dado que las normas de seguridad sanitarias reducen en gran manera el número de plazas presenciales, agradecen que solamente solicite acudir en persona si tiene la seguridad de asistir.

    En caso de alcanzar el límite del aforo, se dará preferencia a las startups y a las jóvenes empresas localizadas en el territorio POCTEFA.

    Inscripción

  • AYUDAS A PROYECTOS EMPRESARIALES INDUSTRIALES EN ARAGÓN

    AYUDAS A PROYECTOS EMPRESARIALES INDUSTRIALES EN ARAGÓN

    (BOA 14/06/2021)

    Se convocan ayudas destinadas a proyectos empresariales de las PYME que puedan considerarse como de actividad industrial o conexa, o que, desarrollando una actividad económica de otra índole, posea potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social, para la realización de las actuaciones previstas en el dispositivo segundo de esta Orden, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y a la PYME en Aragón (PAIP) y de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica.

    Se trata de subvenciones a fondo perdido a conceder en régimen de concurrencia competitiva y tienen la consideración de ayudas “de minimis”.

     

    Beneficiarios

     

    Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas o tener su domicilio social en Aragón, estar válidamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial en el sentido que determina el texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón, a otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma o a otras actividades económicas cuando éstas tengan un potencial diferenciado de valor añadido, económico o social.

    Así, por ejemplo, las empresas que prestan servicios específicos para la industria tales como las dedicadas a I+D+i, diseño industrial, logística, sostenibilidad o digitalización, entre otras, son también potenciales beneficiarios de esta convocatoria de ayudas.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las ayudas podrán concederse dentro de las siguientes categorías de las contempladas en el artículo 7.1 de la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre (“Boletín Oficial de Aragón”, número 189, de 29 de septiembre de 2016):

    a) Ayudas regionales a la inversión:

    • Una inversión en activos nuevos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio esencial en el proceso general de producción.

    b) Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:

    • Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
    • Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.

    c) Ayudas a la innovación-derechos de propiedad industrial:

    • Podrán ser objeto de ayuda trabajos para la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.

    d) Ayudas para servicios de consultoría técnica:

    • Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que hagan uso de servicios de consultoría de planificación y orientación del negocio, de nivel estratégico. Estos servicios no podrán ir dirigidos a dar soporte a las actividades permanentes o periódicas de gestión habitual de la empresa, como pueden ser los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios informáticos de soporte, los servicios jurídicos o los de publicidad habituales en la gestión de la empresa.
    • Ayudas para el asesoramiento y realización de trabajos específicos en materia de diseño industrial, tanto de productos como de servicios.

     

    Cuantía

     

    Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aun cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 2.000
    euros.

    Las intensidades de las ayudas, expresadas en porcentaje de los gastos subvencionables y sin perjuicio de que puedan ser incrementadas son las siguientes:

    Categoría de ayudas regionales a la inversión Intensidad de la ayuda (%)
    Ámbito geográfico

    Microempresa

    Empresa Pequeña

    Empresa Mediana

    Huesca

    60%

    50%

    40%

    T.M. Zaragoza

    50%

    40%

    30%

    Resto Provincia Zaragoza

    60%

    50%

    40%

    Teruel

    70%

    60%

    50%

     

    Resto de categorías de ayudas Intensidad de la ayuda (%)
      Microempresa Empresa Pequeña Empresa Mediana
    Investigación y desarrollo industrial 80% 70% 60%
    Innovación-Propiedad Industrial 70% 60% 50%
    Consultoría técnica 70% 60% 50%

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será de un mes calculado a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

    Orden completa

  • JORNADA INFORMATIVA SOBRE EL PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA ESTRATEGIA DE ESPECIALIZACIÓN INTELIGENTE DE ARAGON (S3), EL III PLAN AUTONÓMICO DE INVESTIGACIÓN DESARROLLO E INNOVACIÓN (IIIPAIDI) Y LA ESTRATEGIA ARAGONESA DE I+D+I

    JORNADA INFORMATIVA SOBRE EL PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA ESTRATEGIA DE ESPECIALIZACIÓN INTELIGENTE DE ARAGON (S3), EL III PLAN AUTONÓMICO DE INVESTIGACIÓN DESARROLLO E INNOVACIÓN (IIIPAIDI) Y LA ESTRATEGIA ARAGONESA DE I+D+I

    El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Investigación e Innovación y el Instituto Aragonés de Fomento, y con el apoyo de la Dirección General de Gobierno Abierto e Innovación Social, impulsa un proceso de participación ciudadana con el objetivo de generar un espacio de debate, reflexión y aportaciones para la elaboración de la Estrategia regional de especialización inteligente (S3 Aragón), el III Plan Autonómico de Investigación, Desarrollo e Innovación (III PAIDi) y la Estrategia aragonesa de I+D+i (EAIDi).

    Por ello, organiza una sesión informativa online el próximo 16 de junio de 12 a 13 horas en la que se contextualizarán los tres instrumentos de planificación, se presentará el diagnóstico de la I+D+i, así como el cronograma y la metodología del proceso de participación ciudadana.

    Toda la información sobre este proceso participativo y los documentos que se generen, podrá ser consultada a través de la página web gobiernoabierto.aragon.es

    Inscripción

  • WEBINAR “¿CÓMO AFECTAN A NUESTRAS EMPRESAS LOS CAMBIOS EN LAS TARIFAS ELÉCTRICAS?”

    WEBINAR “¿CÓMO AFECTAN A NUESTRAS EMPRESAS LOS CAMBIOS EN LAS TARIFAS ELÉCTRICAS?”

    Desde el 1 de junio ha cambiado la estructura de las tarifas de electricidad en cuanto a horarios y costes de potencia y energía, ¿sabes cómo puede afectar este cambio a tu empresa?

    FEMZ, en colaboración con la Fundación CIRCE, organiza el próximo 15 de junio de 9 a 9:30 horas un webinar para explicar con detalle los cambios.

    Inscripción

     

  • LA DGA CONVOCA AYUDAS A PEQUEÑAS EMPRESAS PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD

    LA DGA CONVOCA AYUDAS A PEQUEÑAS EMPRESAS PARA LA ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD

    El Gobierno de Aragón convoca ayudas a la pequeña empresa y entidades sin ánimo de lucro para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes a 2021. Los planes de igualdad constituyen una herramienta de desarrollo y modernización que favorece las relaciones laborales. Por ello, a través de ayudas, el departamento de Economía, Planificación y Empleo impulsa su elaboración e implantación, fomentando así la igualdad efectiva en los entornos de trabajo.

     

    Beneficiarios

     

    Pueden optar a estas ayudas las empresas y entidades sin ánimo de lucro con plantillas compuestas por entre 25 y 49 trabajadores que, en el ámbito de las relaciones laborales, adopten por primera vez un plan de igualdad para alcanzar en su organización la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo, siempre y cuando no se encuentren obligadas por convenio colectivo.

     

    Requisitos

     

    Los planes de igualdad que se presenten deberán impulsar principalmente acciones en relación con las áreas de trabajo que se especifican a continuación:

    a) Proceso de selección y contratación: Igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización, asegurando la ausencia de políticas discriminatorias en materia de selección y contratación.

    b) Clasificación profesional: Medidas que garanticen la igualdad en la clasificación de los grupos profesionales para todas las personas trabajadoras con iguales aptitudes profesionales, titulaciones y desempeño de las mismas tareas, funciones o especialidades profesionales y responsabilidades.

    c) Formación: Formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que estén subrepresentadas. Acciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres dirigidas al personal de la entidad.

    d) Promoción profesional: Reglas de ascenso basadas en criterios que no lleven a situaciones de discriminación en función de sexo.

    e) Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres: Medidas que impulsen la igualdad en materia retributiva, tipología de contrato, presencia de mujeres en cargos de responsabilidad y puestos directivos, entre otras.

    f) Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral: Medidas de adaptación de la jornada para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación de la vida laboral, personal y familiar, así como la corresponsabilidad.

    g) Infrarrepresentación femenina: Medidas que aseguren mayor representación de las mujeres en aquellos grupos profesionales en que se hallan infrarrepresentadas con el fin de conseguir la paridad entre mujeres y hombres, asegurando la ausencia de políticas discriminatorias y fomentando la promoción de las trabajadoras a todos los grupos y funciones en las que estén infrarrepresentadas.

    h) Retribuciones: Igualdad en materia retributiva, eliminando la discriminación directa o indirecta por razón de sexo en las condiciones salariales y la brecha salarial.

    i) Prevención del acoso sexual y por razón de sexo: Elaboración de un procedimiento/ protocolo para la prevención y el tratamiento del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en la entidad, implantando medidas preventivas para la erradicación de estas conductas

     

    Cuantía

     

    Se podrá financiar hasta el 80% de la actividad subvencionada. En el caso de percibir otras ayudas públicas para la misma actividad, la suma de las mismas no podrá superar este porcentaje. El importe de la actividad subvencionable no alcanzado por la subvención que se otorgue será cubierto con fondos propios de la entidad beneficiaria. No obstante, en ningún caso, el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

    La determinación de la cuantía individualizada de la subvención será un porcentaje de la cuantía solicitada en función de la puntuación obtenida al aplicar los criterios de valoración establecidos en el apartado decimotercero de esta convocatoria. La cuantía máxima a percibir será de ocho mil euros (8.000 €) y, solo se otorgará una única ayuda para cada entidad.

    En aplicación de los criterios de valoración y baremación fijados en esta convocatoria, se subvencionarán los siguientes porcentajes:

    • 80% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 90 y 100 puntos.
    • 70% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 89 y 70 puntos.
    • 60% de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan una puntuación entre 69 y 50 puntos.

     

    Plazo

     

    Las empresas y entidades que deseen optar a estas ayudas tienen hasta el 21 de junio para realizar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

    Orden completa

     

    Si tiene alguna consulta al respecto puede ponerse en contacto con FEMZ a través del 976 768 768 o en el correo electrónico laboral@femz.es
  • ¿TE GUSTARÍA ACOGER ESTUDIANTES EUROPEOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN PRÁCTICAS? CONVIÉRTETE EN EMPRESA ERASMUS+

    ¿TE GUSTARÍA ACOGER ESTUDIANTES EUROPEOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN PRÁCTICAS? CONVIÉRTETE EN EMPRESA ERASMUS+

    MUNDUS recibe cada año –mayoritariamente en Barcelona y Zaragoza- a distintos grupos de estudiantes internacionales que vienen a realizar sus prácticas laborales a empresas españolas de diversos sectores profesionales. Conviértete en Empresa ERASMUS+ acogiendo a estudiantes europeos de formación profesional en prácticas y da una dimensión internacional a tu empresa.

    Es una oportunidad de conocer a otros conciudadanos europeos que  aportan alegría, idiomas, nuevas ilusiones y buenas ideas, no en vano, han sido seleccionados por sus centros de Formación como beneficiarios de una beca Erasmus+ para viajar a España y realizar parte de sus prácticas profesionales en nuestro país.  

    Las fechas en las que vienen los grupos Administración son del 1 al 20 de julio y del 22 de julio al 10 de agosto. También, en el mes de julio y agosto, acogen estudiantes de prácticas de otras dos especialidades, Mantenimiento mecánico de vehículos del 1 al 30 de julio y otra, Forestal, desde el 1 de julio hasta el 23 de agosto.

    Actualmente diferentes empresas, instituciones públicas y organizaciones sin ánimo de lucro colaboran ofreciendo puestos de prácticas para estudiantes internacionales. El enriquecimiento mutuo: que el estudiante vuelva con una experiencia profesional útil para su vida laboral y que la empresa y sus trabajadores desarrollen sus capacidades lingüísticas, interculturales y técnicas.

    Más información

  • ENCUENTROS DIGITALIZARAGÓN: AUTOMOCIÓN

    ENCUENTROS DIGITALIZARAGÓN: AUTOMOCIÓN

    El Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y CEOE Aragón organizan digitalizAragón, una iniciativa para desarrollar actuaciones destinadas a las empresas aragonesas, sus líderes y profesionales, compartiendo experiencias de éxito en transformación digital, en el marco del Plan de Actuación del Aragón DIH.
     
    En los próximos meses, se va a realizar un ciclo de encuentros empresariales de 6 sectores estratégicos para Aragón, en los que expertos y empresas compartirán su visión y buenas prácticas aplicando la digitalización. 

    La primera sesión se centra en Automoción, sector que representa el 6% del PIB, el 30% del empleo industrial y el 35% de las exportaciones de Aragón, y tendrá lugar el próximo 16 de junio de 9 a 10.30 horas.

    Inscripción

  • ARAGÓN PASA A NIVEL DE ALERTA 2

    ARAGÓN PASA A NIVEL DE ALERTA 2

    Tras el análisis de la evolución epidemiológica, el Departamento de Sanidad emite nuevas órdenes que modifica las restricciones actuales en Aragón.

     

    Desconfinamiento

     

    Se desconfinan las zonas básicas de salud de Gallur, Alagón y Ejea, las únicas en las que ahora había limitación a la movilidad, que pasan del nivel 3 de alerta agravado al nivel 2.

     

    Aragón pasa a nivel de alerta 2

     

    Todo Aragón pasa a nivel de alerta 2 con las siguientes modulaciones:

    • 10 personas en reuniones sociales, tanto en el ámbito público como privado.

     

    • Establecimientos de hostelería y restauración: Cierre a las 00,00 horas. Aforos al 50% en el interior y al 100% en el exterior. Cada mesa podrá ser ocupada por un máximo de seis personas en el interior y diez personas en terraza.

     

    • Ocio nocturno: Pueden reabrir con las mismas condiciones que el resto de la hostelería hasta las 24,00 horas.

     

    • Comercio: 50% de aforo.

     

    • Mercadillos: 100% de los puestos. El aforo del recinto no podrá superar el de dos personas por cada cinco metros cuadrados.

     

    • Competiciones deportivas: Se permite público, también en las competiciones de menores de 16 años, con el 50% de aforo.

     

    • Piscinas al aire libre: 50% de aforo.

     

    • Gimnasios: 50% de aforo. Grupos de 10 en las actividades.

     

    • Cines, museos y salas de exposiciones: 50% de aforo. 20 personas en las actividades guiadas. En las salas con butacas preasignadas, distancias de metro y medio o butacas alternas.

     

    • Establecimientos de juego: Cierre a las 00,00 horas. 50% de aforo.

     

    • Celebraciones (bodas, bautizos, comuniones…): 40 personas en el interior y 70 personas en el exterior.

     

    • Plazas, recintos e instalaciones taurinas: 50% de aforo, con butacas preasignadas, con distancias de metro y medio o butacas alternas.

     

    • Salas de concierto: 50% de aforo, con butacas preasignadas, con distancias de metro y medio o butacas alternas.

     

    • Atracciones de feria: 50% de aforo en cada atracción.

     

    • Reuniones de órganos de gobierno, conferencias, congresos: 50% del aforo hasta un máximo de 500 personas.

     

    • Lugares de culto: aforo del 50%. Se permite cantar.

     

    • Actividades de guía turístico: 20 personas.

    Orden completa