Autor: FEMZ

  • Vuelve a ver el webinar “Obligaciones en materia de envases y residuos para 2025”

    Vuelve a ver el webinar “Obligaciones en materia de envases y residuos para 2025”

    El 1 de enero de 2025 entraron en vigor diversas obligaciones derivadas del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

    Una normativa que impacta especialmente en las empresas envasadoras, importadoras o adquirentes de productos envasados para su puesta en el mercado español. Entre ellas, a muchas de las asociadas a FEMZ.

    Por ese motivo, la comisión de Industria, Competitividad y Movilidad de la federación organizó, de la mano de ECOLEC, el webinar “Obligaciones en materia de envases y residuos para 2025”, que quedó en mano de Luis Moreno, director general de ECOLEC, y Miguel Ángel Vázquez, Sales Manager.+

  • Nueva ley para el fomento de las comunidades energéticas y el autoconsumo industrial en Aragón

    Nueva ley para el fomento de las comunidades energéticas y el autoconsumo industrial en Aragón

    “… Artículo 1. Objeto. Es objeto de esta Ley impulsar el proceso de transición energética en Aragón promoviendo el autoconsumo, residencial o productivo, mediante la vinculación de la planificación de inversiones productivas y de generación de energía a partir de fuentes renovables y el desarrollo legislativo, en el marco de la normativa europea y básica estatal, del régimen de las líneas directas, el autoconsumo, las comunidades de energía, las redes cerradas de distribución y determinados aspectos de las plantas hibridadas de generación en Aragón…”

    La norma publicada, la Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón, recoge el contenido del Decreto-Ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón, que había sido anulado por el Tribunal Constitucional al considerar que no quedaban suficientemente justificadas las razones de extraordinaria y urgente necesidad que han de habilitar el uso de este instrumento normativo.

    Esta Ley 5/2024, de 19 de diciembre, enmienda el defecto formal constatado y reproduce esencialmente el citado Decreto Ley con alguna otra corrección sugerida por el Tribunal Constitucional.

    Objetivos fundamentales

    Esta Ley recoge entre sus fines fundamentales (artículo 2):

    • Favorecer el autoconsumo, en cualquiera de sus modalidades, tanto para usos residenciales como productivos o de cualquier otra naturaleza.
    • Incrementar el nivel de autoabastecimiento y diversificación energéticos regionales aprovechando la gran capacidad de generación de electricidad a partir de fuentes renovables del territorio aragonés.
    • Promover la expansión de las energías renovables y la participación del sector económico empresarial en Aragón, a través del fomento de instalaciones energéticas a que utilicen fuentes renovables, para aprovechar las economías de escala, el potencial de producción y demanda del tejido empresarial.
    • La mejora de la competitividad de nuestro tejido productivo y facilitar la constitución de comunidades de energía de cualquier naturaleza con objeto de empoderar a los consumidores de energía y hacerlos partícipes del mercado eléctrico.
    • El impulso y promoción de la planificación energética, incorporando una ordenación territorial de las energías renovables en Aragón que pondere los impactos ambientales, paisajísticos, agrícolas, culturales, urbanos y territoriales que puedan verse implicados.

    Publica igualmente una serie de disposiciones para impulsar el autoconsumo de electricidad en Aragón en el marco de la regulación de esta cuestión en la normativa básica estatal:

    • Sin discutir la aplicación de la normativa estatal en la materia y asumiendo las cargas y obligaciones que de la misma se derivan, recomienda la elaboración de un plan energético que contenga una ordenación territorial, incluyendo una propuesta de “zonas de aceleración de renovables”.
    • El impulso y promoción de un procedimiento participativo dirigido a la aprobación de un plan energético de Aragón que sustituya al anterior Plan Energético de Aragón 2013-2020, que habrá de comprender una ordenación territorial de las energías renovables en Aragón que pondere los impactos ambientales, paisajísticos, agrícolas, culturales, urbanos y territoriales que puedan verse implicados mediante el establecimiento de una serie de criterios sobre la idoneidad de su implantación en determinadas zonas de Aragón, lo que puede afectar, entre otros casos, a los embalses
    • Del mismo modo, de acuerdo con tales recomendaciones, esta ordenación debe reservar determinadas zonas para el despliegue preferente de renovables, con los efectos previstos, en su caso, por la normativa comunitaria europea, en atención a la concurrencia de circunstancias que hacen que las mismas sean especialmente propicias la implantación de proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, como puede ser el caso de los terrenos vinculados o cercanos a las zonas de desarrollo industrial y al impulso del autoconsumo.
    • Crea el Foro Permanente de la Energía atendiendo a la recomendación número 18 de la comisión parlamentaria.
    • Se desarrolla en atención a las peculiaridades de nuestra comunidad y en uso de su autonomía y competencias, ciertos aspectos sobre instalaciones próximas y asociadas, el autoconsumo sin excedentes y el autoconsumo con excedentes.

    Modalidades

    En el capítulo tercero de esta Ley se regula el régimen de las comunidades de energía, en sus modalidades:

    • Comunidad ciudadana de energía
    • Comunidad de energía renovable

    Las comunidades de energía en las que participen entidades locales podrán tener la consideración de comunidades de energía locales.

    El Capítulo cuarto se dedica a las redes de distribución cerradas íntegramente ubicadas en el territorio de Aragón, incorporándolas a nuestro ordenamiento.

    El Capítulo quinto incluye la regulación de los proyectos e inversiones prioritarios con generación renovable asociada, configurados como una modalidad especial de planes y proyectos de interés general de Aragón declarados inversión de interés autonómico.

    En el capítulo sexto se regula el informe autonómico preceptivo y no vinculante en los concursos de acceso y de transición justa que se convoquen en relación con nudos ubicados en el territorio de Aragón. Dado que en dichos concursos tienen un peso notable criterios territoriales, económicos, sociales o ambientales, resulta evidente que la comunidad ha de ser cuando menos oída en los procedimientos que se tramiten al efecto.

    El capítulo séptimo crea el Fondo Aragonés de Solidaridad Energética, cuyo objetivo fundamental es canalizar la reinversión en los territorios afectados por instalaciones de generación de una parte sustancial de los ingresos obtenidos por los tributos ambientales autonómicos que gravan tales afecciones, estableciendo los criterios de dotación del fondo, su destino, los municipios destinatarios de este y el procedimiento y criterios de reparto.

    El capítulo octavo tiene por objeto incorporar al ordenamiento aragonés determinadas normas del derecho comunitario, regulando, en coherencia con las Directivas, la definición de líneas directas íntegramente ubicadas en el territorio de Aragón, sus objetivos y tipología, los criterios determinantes para su autorización y, finalmente, su funcionalidad en el autoconsumo sin excedentes, individual o colectivo. Se trataría de instalaciones eléctricas cuyo aprovechamiento no afecte a otra comunidad y que no transporten energía que salga del ámbito territorial de Aragón, lo cual, otorgaría – de acuerdo con esta norma – la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Aragón.

    El capítulo noveno de esta Ley incluye medidas para impulsar el despliegue de las energías renovables en Aragón, optimizando, además, el uso de la red, especialmente en posiciones de generación ya en explotación:

    • Se regula la autorización autonómica del incremento de potencia o hibridación de plantas de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables previamente autorizada por la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Se establecen criterios para la comunicación al gestor de la red de transporte o distribución del cumplimiento de hitos conforme al artículo 1.2 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

    Por último, la parte final de esta Ley contiene siete disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y ocho finales:

    • Dentro de las disposiciones adicionales resulta destacable, de un lado, la creación del Foro Permanente de la Energía, como un órgano administrativo integrado por los agentes públicos y privados que participan en el ámbito energético, con funciones de carácter consultivo de la Administración autonómica.
    • Se recoge igualmente el mandato dirigido al Gobierno de Aragón para el impulso y promoción de un procedimiento participativo dirigido a la aprobación de un plan energético que comprenda una ordenación territorial de las energías renovables en Aragón que pondere los impactos ambientales, paisajísticos, agrícolas, culturales, urbanos y territoriales que puedan verse implicados.
    • Las dos disposiciones transitorias regulan el régimen transitorio aplicable a los proyectos inversores y a los proyectos de generación energética renovable aprobados, o a los procedimientos que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de esta Ley.
    • Se recoge por último una relación de normas afectadas por la publicación de esta Ley.

    Entrada en vigor

    El 31 de diciembre de 2024, salvo lo dispuesto en el capítulo VII que entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

  • Criterio interpretativo sobre el SMI para 2025

    Criterio interpretativo sobre el SMI para 2025

    El Congreso derogó el 22 de enero de 2025 el decreto ómnibus que prorrogaba el salario mínimo interprofesional de 2024 hasta que se aprobase el de 2025, ya que el real decreto 145/2024, de 6 de febrero, que aprobó el SMI de 2024, tenía vigencia solo hasta el 31 de diciembre de ese año.

    Tras el rechazo parlamentario, la Dirección General de Trabajo ha emitido un criterio interpretativo al respecto según el cual:

    • La desaparición de la prórroga del SMI de 2024 no afecta a los contratos ya vigentes, que no pueden reducir la cuantía de su salario.
    • Las nuevas contrataciones no deberían tomar referencias salariales inferiores al SMI vigente en 2024.
    • La fijación de salarios por debajo del SMI de 2024 tampoco serían posibles cuando fuera consecuencia del empleo de instrumentos como el ius variandi empresarial, las modificaciones de las condiciones de trabajo o los descuelgues de los convenios.

    Descargar criterio completo

  • Salgar abre un showroom en el centro de Zaragoza

    Salgar abre un showroom en el centro de Zaragoza

    La empresa aragonesa Salgar, líder en mobiliario de baño desde hace más de 75 años, ha inaugurado su nuevo showroom dentro de las instalaciones de Saneamientos Marín en la calle San Miguel de Zaragoza, fruto de su estrecha y longeva relación de colaboración en el tiempo. Esta superficie expositiva supone para Salgar la posibilidad de ofrecer, de forma permanente, un catálogo actualizado de sus productos en el centro de la capital aragonesa y facilitar el acceso de todos sus públicos a las novedades del sector.

    Al acto han asistido, entre otras autoridades, la alcaldesa de Zaragoza, Natalia Chueca, que ha estado acompañada por la propietaria de Salgar, Milagros Salinas; el marido de esta, Pedro Agustín; y dos de sus hijos, Manuel y Lucía, así como por Manuel Teruel, asesor de la compañía. Con más de 75 años de historia, Salgar es una empresa familiar que diseña y produce el 100% de los muebles de baño en su planta de Zaragoza, donde tiene una plantilla de 300 trabajadores, y vende equipamiento a más de 60 países de todo el mundo. Pionera en la fabricación industrializada de muebles de madera, su facturación supera los 50 millones de euros, con una cuota de exportación que alcanza el 58%.

    Sus instalaciones de la carretera de Logroño, que superan los 60.000 metros cuadrados, están dotadas con la más avanzada tecnología y cuentan con una capacidad de producción de 290.000 unidades al año, lo que la posiciona como uno de los principales fabricantes de Europa. Gracias a su departamento de I+D en nuevos materiales, modelos y funcionalidades, las inversiones en nueva tecnología y la digitalización, Salgar es capaz de llevar a cabo proyectos y ofrecer soluciones vanguardistas propios de un líder en innovación del segmento del equipamiento del cuarto de baño.

    Fundada por Manuel Salinas Lázaro a mediados del siglo pasado, en 2007 fue adquirida por un fondo de inversión, pero, diez años más tarde, regresa a manos de la familia Salinas, que se hace con el 100% de la propiedad. La operación responde a una apuesta personal de Milagros Salinas Villalba, hija del fundador, quien desea dar continuidad al sueño de su padre contando con la tercera generación, ya incorporada actualmente a la gestión de la empresa.

    Un modelo de sostenibilidad

    Apuesta por la sostenibilidad Salgar es una compañía firmemente concienciada con el respeto del medio ambiente. Muestra de ello son algunas decisiones que ha tomado en los últimos años que refrendan su apuesta por la sostenibilidad, convirtiéndose en un referente de su sector en la aplicación de medidas que contribuyen a la descarbonización y la lucha contra el cambio climático.

    Así, se ha realizado una inversión en una instalación fotovoltaica con 1.530 paneles, operativa desde el pasado mes de noviembre, que permite el aprovechamiento de la energía solar para autoabastecer un 40% su consumo energético, y todas las instalaciones cuentan con iluminación LED, tanto la fábrica como el almacén y las oficinas.

    Del mismo modo, se ha eliminado el plástico en el embalaje del mobiliario, sustituyendo más de un millón de cantoneras EPS por cartón de nido de abeja, y se han suprimido los disolventes químicos para todos los colores mate gracias a una tecnología propia desarrollada por Salgar que permite reemplazarlos por agua, un proceso que muy pronto se aplicará también a los productos con lacad brillo y cortina.

    Por otra parte, su compromiso con la reforestación le ha impulsado a plantar más de 1.000 árboles en Soto del Real (Madrid) y Lobera de Onsella (Huesca) entre 2022 y 2024, además de colaborar con el Ayuntamiento de Zaragoza en distintas iniciativas municipales de este ámbito de la responsabilidad social empresarial.

  • Nuevo Reglamento UE sobre seguridad general de los productos

    Nuevo Reglamento UE sobre seguridad general de los productos

    “ … Artículo 5 Requisito general de seguridad

     Los operadores económicos solo comercializarán o introducirán en el mercado productos que sean seguros …”

    Los productos en el mercado de la Unión Europea (UE) pueden estar sujetos a la legislación armonizada, aquella que se aplica a los estados miembros por igual, o a la legislación no armonizada, en cuyo caso se regulan mediante disposiciones nacionales.

    Hasta ahora resultaba de aplicación el marco general de seguridad de los productos establecido en la Directiva (CE) 2001/95relativa a la seguridad general de los productos y el principio de reconocimiento mutuo consagrado en el Derecho de la UE para impedir obstáculos y promover la libre circulación de mercancías establecido en el Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas legalmente en otro Estado miembro.

    Esta Directiva 2001/95/CE ha sido derogada por el Reglamento (UE) 2023/988 sobre seguridad general de los productos, en vigor desde el 13 de diciembre de 2024.

    Los Estados miembros no impedirán la comercialización de los productos sujetos a la Directiva 2001/95/CE que sean conformes con ella y que se hayan introducido en el mercado antes del 13 de diciembre de 2024, si bien los que se introduzcan después de esta fecha deberán ajustarse a lo establecido en el  actual reglamento 2023/988.

    Este Reglamento establece nuevos requisitos para fabricantes, importadores, distribuidores y plataformas de venta online, con el objetivo de garantizar que todos los productos comercializados sean seguros, confiables y trazables. Supone una actualización muy importante en relación a la anterior Directiva de Seguridad General de los Productos. Introduce disposiciones específicas para productos vendidos a través de plataformas online y abarca productos con Marcado CE y sin él, ofreciendo una mayor protección al consumidor. Este reglamento establece medidas más estrictas en cuanto a seguridad de productos y la trazabilidad en toda la cadena de suministro.

    Finalidad de la norma

    El reglamento establece los requisitos de seguridad para los productos nuevos,  de segunda mano y los productos reparados, reacondicionados o reciclados que vuelvan a entrar en la cadena de suministro en el transcurso de una actividad comercial.

    Se exceptúan aquellos productos de los que el consumidor no pueda esperar razonablemente que cumplan las normas de seguridad más actuales, como los productos que se presenten expresamente como destinados a ser reparados o a ser reacondicionados o que se comercialicen como objetos de colección de importancia histórica y que no quedan amparados bajo otras normas armonizadas, como como medicamentos, alimentos, piensos, plantas y animales vivos, productos fitosanitarios, equipos de transporte, aeronaves, antigüedades o productos de los que se indique de forma clara que deben ser reparados o reacondicionados antes de su utilización.

    Evaluación de la seguridad

    Se establecen criterios para evaluar la seguridad de los productos, en especial  para determinadas categorías de consumidores que puedan utilizar esos productos, como puedan ser niños, personas mayores y personas con discapacidad.

    El nuevo reglamento, establece las medidas que los operadores económicos que intervengan en la cadena de suministro y distribución deben adoptar para asegurarse de que solo comercializan productos seguros, distribuyendo las obligaciones que corresponden a cada operador en el proceso de suministro y distribución.

    Los operadores económicos que intervienen en el proceso de comercialización serán  el fabricante, el representante autorizado, el importador, el distribuidor, el prestador de servicios logísticos o cualquier otra persona física o jurídica sujeta a obligaciones en relación con la fabricación de productos o su comercialización.

    En esencia, para cumplir con el Reglamento GPSR 2023/988, las empresas deben seguir el procedimiento para obtener la certificación de seguridad:

    • Evaluación de riesgos: los fabricantes deben realizar evaluaciones exhaustivas de riesgos para asegurar que sus productos sean seguros para todos los grupos de consumidores.
    • Trazabilidad: todos los productos deben contar con un sistema de trazabilidad claro que permita rastrear su origen y verificar su cumplimiento con la normativa.
    • Certificación: en función del tipo de producto, algunos deberán obtener la certificación específica de seguridad, asegurándose de que se cumplan los estándares establecidos en el reglamento.

    Para obtener esta certificación, las empresas deben ajustar sus procesos de producción y documentación técnica, y pueden consultar con expertos para asegurarse de que cumplen con los requisitos (Organismos nacionales de acreditación, en España la Entidad Nacional de Acreditación – ENAC).

    En especial, los importadores y distribuidores, también deben velar:

    • Para que los productos que comercialicen cumplan con la legislación vigente.
    • Asegurarse de que los productos tienen el marcado y la documentación necesarios.
    • Garantizar la trazabilidad de los productos y colaborar activamente con las autoridades de vigilancia del mercado.

    La norma afecta igualmente a las ventas por internet u online, como las grandes plataformas de venta, que deberán cumplir con la regulación del Reglamento y garantizar que los productos comercializados en sus sitios cumplan con los requisitos de seguridad establecidos, verificando que los productos sean seguros, y detectando y retirando los productos no conformes y diseñando las plataformas de venta de forma que se permita a los comerciantes que ofrezcan el producto proporcionar, información sobre el producto ofrecido:

    • El nombre, nombre comercial registrado o marca registrada del fabricante, así como la dirección postal y de correo electrónico en las que se pueda contactar al fabricante;
    • En caso de que el fabricante no esté establecido en la Unión, el nombre y la dirección postal y de correo electrónico de la persona responsable en el sentido del artículo 16, apartado 1, del presente Reglamento o del artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/1020;
    • Información que permita identificar el producto, incluidos una imagen del producto, su modelo y cualquier otro identificador del producto, y
    • Cualquier advertencia o información relativa a la seguridad que deba colocarse en el producto o su envase o deba acompañarlo de conformidad con el presente Reglamento o con la legislación de armonización de la Unión aplicable en un lenguaje fácilmente comprensible para los consumidores, según determine el Estado miembro donde se comercialice.
  • Ya puedes solicitar los bonos tecnológicos del ITA para pymes

    Ya puedes solicitar los bonos tecnológicos del ITA para pymes

    El Instituto Tecnológico de Aragón pone en marcha su cuarta edición del Programa Bonos Tecnológicos, que suponen descuentos para contratar servicios de desarrollo tecnológico, transferencia y ensayos.

    ¿Quién puede solicitarlos?

    Podrán ser seleccionadas para este programa las empresas que:

    • Tengan su domicilio social o un centro de trabajo en Aragón.
    • Ostenten la condición de PYME.
    • Estén válidamente constituidas a fecha de presentación de la solicitud.

    ¿En qué consisten los bonos?

    Se materializan con la aplicación de un descuento sobre el presupuesto definido por los técnicos del ITA para el desarrollo del trabajo acordado con la PYME en el marco de su proyecto.

    El descuento será del 50% en el caso de actividades de I+D+i, con un máximo de 15.000€ y de un 20% en el caso de servicios tecnológicos de ensayos, con un máximo de 5.000€. A estos porcentajes se añade un 10% más para pymes de fuera del término municipal de Zaragoza.

    Como en años anteriores, cada empresa sólo podrá disfrutar de un bono y las pymes que ya hayan participado en ediciones anteriores no podrán acumular un descuento total mayor de 5.000 euros, a excepción de las PYMEs que hayan participado con el ITA en los Programas INNOruta, Activa I4.0 o INNOidea.

    Plazo

    El plazo para la presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta que se agoten los fondos disponibles y la asignación de los Bonos se realizará por orden de llegada.

  • II Edición del curso “Empresa familiar, ¿cómo afronto el relevo?”

    II Edición del curso “Empresa familiar, ¿cómo afronto el relevo?”

    El relevo generacional es uno de los grandes desafíos que afrontan las empresas familiares y anticiparse es clave para evitar caer en las estadísticas: solo una de cada diez empresas familiares sobrevive a la tercera generación. 

    Por ese motivo, FEMZ pone en marcha la segunda edición del curso “Empresa familiar: ¿Cómo afronto el relevo?”, con el que ofrece a las empresas una visión global, a la vez que detallada, de los aspectos y situaciones que otras compañías se han encontrado en su camino a una sucesión organizada.

    🗓️ Todos los jueves del 13 de marzo al 29 de mayo de 2025

    🔟 Sesiones en horario de tarde

    👥 Impartido por expertos de Loreste y Cuatrecasas

    👉🏼 Dirigido a órganos de gobierno de las empresas familiares aragonesas

    ⚠️El plazo de inscripción finaliza el 7 de marzo.

    💶 Las empresas que se apunten antes del 3 de marzo recibirán un 20% de descuento sobre el precio de la matrícula, que es de 1000€.

    Temas a tratar

    • Introducción a la empresa familiar.
    • Gobierno Corporativo en la Empresa Familiar.
    • El Protocolo Familiar.
    • Plan personal de contingencias de la Empresa Familiar.
    • Planificación sucesoria e Instituciones de la Empresa Familiar.
    • Origen, fundamento y aplicación del régimen de Empresa Familiar.
    • Régimen de Empresa Familiar y aspectos laborales.
    • Aspectos más relevantes de la compraventa de empresas y pacto de socios en el régimen de Empresa Familiar.
    • Responsabilidad mercantil y tributaria de administradores.
     
    Cabe destacar que, a modo de aclarar las posibles dudas de los interesados y explicar con más detalle los objetivos y contenidos del curso, se realizará un webinar aclaratorio en las próximas semanas.
     
    ¿Te interesa? Ponte en contacto con Carmen González, responsable de Operaciones, Procesos e Innovación en la empresa de FEMZ.
    cgonzalez@femz.es | 678 513 622

    ¿Qué opinan los socios?

    Lucía Pérez

    Finanzas y gestión de proyectos corporativos

    “Este curso te enseña a separar claramente lo personal de lo profesional, lo que facilita un proceso de sucesión más fluido y transparente”.

    Fernando Sierra

    Electricidad Sierra Gregorio

    “Gracias a este curso, pude aprender a planificar la sucesión de mi empresa familiar de manera práctica. Las herramientas fiscales y laborales que adquirí me han dado mucha seguridad para el futuro del negocio”.

    Pilar Gotor

    Gotor Comunicaciones

    “Lo que más valoro de este curso es que me ayudó a entender los riesgos y beneficios de la sucesión empresarial de una manera clara. Gracias a eso, me siento más preparada para tomar decisiones que garanticen la sostenibilidad de mi empresa familiar”.

    Raquel Cester

    Calderería y Obras

    “Al tomar este curso, me sentí mucho más preparada para el relevo generacional. El curso me dio una visión clara y práctica de cómo hacer todo sin sorpresas, y eso me dio mucha tranquilidad”.

  • I Jornadas de salud mental y trabajo. En el punto de mira: Salud psíquica y absentismo en la era digital

    I Jornadas de salud mental y trabajo. En el punto de mira: Salud psíquica y absentismo en la era digital

    La Cátedra MAZ de la Universidad de Zaragoza, en colaboración con la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Aragón, organiza las I Jornadas de salud mental y trabajo. En el punto de mira: Salud psíquica y absentismo en la era digital. La entrada es gratuita y libre hasta completar aforo.

    27 de enero.

    09:00h. 

    Sala Pilar Sinués del edificio Paraninfo.

    Programa

    09:00 -09:30 Registro y café


    09:30 -09:45 Inauguración de las jornadas

    • D. José Antonio Mayoral Murillo. Rector de la Universidad de Zaragoza.
    • Dª María del Mar Vaquero Periáñez. Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Justicia de Aragón.
    • D. Guillermo de Vílchez Lafuente. Director Gerente de la MAZ.


    09:45-10:00 Propuestas incluidas en planes generales en salud mental

    • D. Manuel Corbera Almajamo. Director General de Salud Mental de Aragón.


    10:00-10:10 Presentación del proyecto de la Cátedra MAZ¬Unizar

    • Dª Mª Pilar Borraz Mir. Directora de la Gerencia Única de Atención Primaria de Aragón.
    • D. Andrés Alcázar Crevillén. Jefe de Estudios de la Cátedra MAZ & UNIZAR.


    10:10-11:05 Mesa redonda: La salud mental y su efecto multiplicador de la incapacidad temporal

    Modera: Dª Begoña Martínez Jarreta.

    • Dª Patricia Pérez Poza. Inspección Sanitaria.
    • D. Javier Frías Jarque – INSS.
    • Dª Loreto Beltrán Audera – CEOE.
    • Dª Mª Victoria Pérez Sierra – CEPYME.
    • D. Luis Clarimón Torrecillas – CCOO.
    • D. José de las Morenas de Toro – UGT.


    11:05-11:25 Conferencia: Entendiendo la salud mental. Fundamentos

    • D. Eduardo Fonseca Pedrero Catedrático de la Universidad de La Rioja.


    11:25-11:40 Clausura de las jornadas

    • D. José Luis Bancalero Flores. Consejero de Sanidad de Aragón.
    • D. Jesús Divassón Mendívil. Director General de Trabajo de Aragón.
    • Dª Begoña Martínez Jarreta. Directora Cátedra MAZ & UNIZAR.
  • El CADI organiza una jornada sobre el diseño como herramienta clave para mejorar la competitividad

    El CADI organiza una jornada sobre el diseño como herramienta clave para mejorar la competitividad

    El Centro Aragonés de Diseño Industrial organiza “Diseño para competir desde Aragón”. Una jornada centrada en el diseño como herramienta estratégica clave para mejorar la competitividad empresarial que tendrá lugar el 27 de enero.

    27 enero, lunes.
    09:00h.
    CADI. C/ Monasterio de Samos, 42 (edificio antiguo matadero).

    La sesión contará con una mesa redonda en la que tres empresas aragonesas mostrarán, con su ejemplo, el potencial de este factor de transformación para ofrecer soluciones innovadoras.

    Posteriormente, se dará a conocer la nueva Norma UNE 66184 sobre requisitos para la mejora del proceso de diseño en el marco de la Norma ISO 9001, desarrollada por iniciativa del CADI y que viene a plantear un lenguaje común para el ecosistema de I+D+i de Aragón en materia de diseño. Los 50 primeros inscritos que asistan a la jornada recibirán un ejemplar de la norma.

    Programa

    09:00 h. Recepción asistentes.

     

    09:30 h. Presentación de la jornada.

     

    09:35 h. Bienvenida.

    • Mar Paños. Directora General de Promoción Industrial e Innovación del Gobierno de Aragón.

     

    09:45 h. Ponencia: El diseño como herramienta estratégica clave para la competitividad de las empresas.

    • Itinerario de programas o servicios que ofrece el Cadi. Elena Bernia, asesora técnica del Centro Aragonés de Diseño Industrial.

     

    10:0 h. Mesa redonda. Empresas que han incorporado el diseño a su estructura y procesos.
    Modera: Luis Humberto Menéndez, jefe de Economía de Heraldo de Aragón

    • Jesús Tolosana. CEO Tolosana. Diseño para la coherencia.
    • Ana Félez. Directora Comercial. Alcomobi. El diseño industrial como conector creativo y colaborativo.
    • Marta Bes. Sales Manager. BMC Maquinaria. El diseño industrial, más que un embellecedor. 

     

    10:55 h. Presentación de la Norma UNE 66184:2023: Requisitos para la mejora del proceso de diseño en el marco de la Norma ISO 9001.

    • Carlos Yerro. AENOR.
      Mesa redonda:
    • Javier Santacruz. Director de Tecnología e IoT en Contazara.
    • Vocales asesores del grupo de trabajo que ha desarrollado la norma.

     

    12:00 h. Clausura de la jornada.

    • Mar Paños. Directora General de Promoción Industrial e Innovación del Gobierno de Aragón.

     

    12:15 h. Vino español y entrega de los ejemplares de la Norma.

  • Webinar “Obligaciones en materia de envases y residuos para 2025”

    Webinar “Obligaciones en materia de envases y residuos para 2025”

    El 1 de enero de 2025 entraron en vigor diversas obligaciones derivadas del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

    Una normativa que impacta especialmente en las empresas envasadoras, importadoras o adquirentes de productos envasados para su puesta en el mercado español. Entre ellas, a muchas de las asociadas a FEMZ.

    Por ese motivo, la comisión de Industria, Competitividad y Movilidad de la federación organiza, de la mano de ECOLEC el webinar “Obligaciones en materia de envases y residuos para 2025”.

    Viernes, 24 de enero.

    12:30 h.

    Ponentes: Luis Moreno, director general de ECOLEC, y Miguel Ángel Vázquez, Sales Manager.

    Durante la sesión aclararemos aclararemos conceptos como responsabilidad ampliada, SCRAP (sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor de residuos), registro integrado industrial o la ley de residuos e impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizable.