Categoría: AYUDA/SUBV

  • AYUDAS PARA LA INDUSTRIA 4.0 Y LAS INICIATIVAS DE VALOR AÑADIDO DE LAS PYMES

    EXTRACTO de la Orden EIE/614/2018, de 6 de abril, por la que se convocan para el ejercicio 2018, ayudas para la Industria 4.0 y las iniciativas de valor añadido de las PYME, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

    Beneficiarios

    Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Actuaciones subvencionables (…)

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  • SESIÓN SOBRE AYUDAS PÚBLICAS PARA EL SECTOR DEL METAL EN ESPAÑA

    Día: 26/04/2018
    Lugar: Confemetal (Príncipe de Vergara 74, 5ª planta · 28006 Madrid)
    Asistencia Gratuita. Plazas Limitadas.

    Encuentro organizado  por CONFEMETAL y la Secretaría General de Industria y PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, para facilitar el acceso a la financiación de los proyectos industriales del sector del metal.
    El objetivo de la jornada es dar a conocer a las empresas los instrumentos financieros que la Administración General del Estado pone a su disposición y que puedan aprovechar para aumentar su
    competitividad, ganar tamaño y tener un mayor acceso a los mercados internacionales.
    En la jornada se proporcionará información específica de programas de apoyo a acciones de gran interés en nuestro sector como son los instrumentos del Centro de Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) para la financiación de proyectos nacionales e internacionales de I+D+i empresarial y los programas IDAE de eficiencia energética en PYME y grandes empresas del sector industrial.

    La inscripción se realizará mediante el envío de un correo electrónico a coyuntura@confemetal.es indicando nombre y empresa/organización a la que el participante pertenezca.

  • AYUDAS: EMPRENDEDORES Y CONTRATACIÓN DE PERSONAS SIN EMPLEO

    AYUDAS A EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS SIN EMPLEO Y A EMPRENDEDORES QUE DECIDAN INICIAR UNA ACTIVIDAD EMPRESARIAL

    ANUNCIO de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, Huesca y Teruel, relativa a la convocatoria de ayudas económicas destinadas al fomento del empleo de 2018 Programa Integral de Cualificación y Empleo – Plan de Capacitación.

    Objeto

    (…)

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  • SUBVENCIÓN. CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (MODIFICACIÓN DE BASES)

    MODIFICACIÓN DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    ORDEN EIE/210/2018, de 5 de febrero, por la que se modifica la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

    Al objeto de favorecer el tránsito del empleo protegido al empleo ordinario y contribuir así a la plena integración laboral de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad con el resto de trabajadores, se opta por matizar alguna de las exclusiones del acceso a las ayudas previstas en la citada Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, que vienen impidiendo la obtención de dichas ayudas en supuestos de trabajadores procedentes del mismo grupo de empresas al que perteneciese la solicitante de subvención. Se considera oportuno no aplicar esta exclusión cuando la empresa de la que proceda el trabajador con discapacidad incorporado a la empresa solicitante de la ayuda fuese un centro especial de empleo y dicho trabajador hubiese estado vinculado a aquélla por una relación laboral de carácter especial.

    Por otro lado, la experiencia en la aplicación de las citadas bases reguladoras y la permanente interlocución con las entidades representativas de las personas con discapacidad aportan nuevos enfoques en algunas cuestiones tales como la necesidad de identificar aquellos conceptos que han de considerarse subvencionables en el ámbito de la adaptación de puestos de trabajo o la eliminación de barreras en el acceso al empleo de las personas con discapacidad. En este ámbito se considera oportuno incluir expresamente en la norma, como una eliminación de barreras, la contratación de servicios de interpretación en lengua de signos española que faciliten el acceso al empleo de personas sordas o con discapacidad auditiva.

  • REDUCCIÓN DE BOLSAS DE PLÁSTICO. PROYECTO DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA

    PROYECTO DE REAL DECRETO DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA DE REDUCCIÓN DE BOLSAS DE PLÁSTICO –DIRECTIVA 2015/720 DE LA UNIÓN EUROPEA-

    Hace escasas fechas finalizó un segundo período de información pública sobre la norma (Proyecto de Real Decreto de transposición de la Directiva de reducción de bolsas de plástico –Directiva 2015/720 de la Unión Europea para la reducción del consumo de plástico) [+]

    Si bien en la norma se preveía un margen de exigibilidad hasta el 1 de marzo de este mismo año, lo cierto es que la misma NO HA SIDO PUBLICADA TODAVIA, por lo que tal fecha de exigibilidad puede ser modificada.

    En todo caso (…)


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  • SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO AUTÓNOMO Y LA CREACIÓN DE MICROEMPRESAS

    EXTRACTO de la Orden EIE/2251/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    La finalidad de estas subvenciones es apoyar a los emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o que pongan en marcha iniciativas emprendedoras de ámbito local que den lugar a microempresas.

    Beneficiarios

    • Para las subvenciones destinadas a emprendedores autónomos previstas en la sección 1.ª del capítulo II de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo: aquellas personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho capítulo y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
      a) Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
      b) Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
      c) Que constituyan una sociedad limitada unipersonal y desarrollen su actividad en la misma.
    • Para las subvenciones para Microempresas – Iniciativas Locales Emprendedoras (MILE) previstas en la sección 2.ª del capítulo II de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo: las microempresas que hayan obtenido del Instituto Aragonés de Empleo la calificación de Iniciativa Local Emprendedora siempre que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y siempre que no haya transcurrido un plazo superior a un año desde el inicio de la actividad empresarial.
    • Para las subvenciones previstas en la sección 3.ª del capítulo II de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo: aquellos emprendedores que en aplicación del artículo 1 del Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, hayan percibido la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, por la totalidad del importe a percibir, y que se constituyan como:
      a) Socios trabajadores o de trabajo de una cooperativa de trabajo o de una sociedad laboral.
      b) Trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33 %.

    Cuantía

    La financiación de esta convocatoria estará constituida por fondos procedentes del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón 2014-2020, por fondos de empleo autonómicos del Gobierno de Aragón destinados a cofinanciar dichos fondos europeos y por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

    Asimismo, podrán incorporarse a la presente convocatoria si fuesen desbloqueados fondos de empleo autonómicos del Gobierno de Aragón (fondo financiador 91002) incluidos en el presupuesto prorrogado de 2016 y que actualmente no se encuentran disponibles en aplicación del artículo 4 de la Orden HAP/1903/2016, de 23 de diciembre, por la que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2016, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2017.

    Las subvenciones previstas en esta orden podrán contar con una cofinanciación del 50 por ciento, procedente del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón para el período de 2014-2020, aprobado por decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015. Dicho Programa contempla dentro del Eje Prioritario 1, dirigido a promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y a favorecer la movilidad laboral, el objetivo específico 8.3.1 de promover el trabajo por cuenta propia, el estímulo empresarial y la creación de empresas.

    El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a un millón seiscientos cincuenta y dos mil ciento cuarenta y ocho mil euros (1.652.148 €) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el anteproyecto del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2017 que a continuación se relacionan:

    Aplicación
    Presupuestaria
    Descripción Crédito
    G/3221 470039 11201 Programa de fomento de empleo de autónomos 433.574€
    G/3221 470039 91001 Programa de fomento de empleo de autónomos 433.574€
    G/3221 470039 33003 Programa de fomento de empleo de autónomos 400.000€
    G/3221 470041 33005 Subvenciones a Empresas Iniciativa+Empleo 325.000€
    G/3221 480150 33005 Subvenciones cuotas Seguridad Social pago único 60.000€
  • SUBVENCIONES PARA FORMACIÓN DIRIGIDA A TRABAJADORES DESEMPLEADOS

    EXTRACTO de la Orden EIE/2248/2017, de 27 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.

    La presente orden tiene como objeto convocar de manera anticipada para su ejecución a lo largo del año 2018, las subvenciones públicas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Aspectos a destacar:

    • Formación a medida de las necesidades de la empresa, bien impartida por la misma o por un centro de formación.
    • Los cursos podrán iniciarse desde la aprobación y hasta el 31 de agosto de 2018.
    • Máximo de 25 alumnos por curso.
    • La empresa se compromete a contratar a, al menos, el 60% de los alumnos con una duración minima de 6 meses y dentro de los 6 meses siguientes a la finalización de la acción formativa.
    • La selección de los participantes se llevará a cabo por el Instituto Aragonés de Empleo en colaboración con la empresa.
    • Cuantía de la subvención a determinar en función del número de alumnos, horas de formación y especialidad formativa.
    • Los modelos de solicitud estarán disponibles en los próximos días en la Oficina Virtual de Trámites en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria:

    • Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.
    • Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
    • Las agrupaciones de personas jurídicas (empresas o entidades) que, aún careciendo de personalidad jurídica, se comprometan a desarrollar la formación y realizar las contrataciones requeridas, asumiendo cada miembro de dicha agrupación el compromiso de contratar un porcentaje determinado del alumnado hasta completar el porcentaje y los periodos mínimos de contratación exigidos.

    Cuantía

    La cuantía de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos y por el importe del módulo económico recogido en la convocatoria.

    Plazo

    La solicitud podrá presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y hasta el día 30 de junio de 2018.

    Ficha resumen  

  • SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES DESEMPLEADOS INSCRITOS EN EL SISTEMA DE GARANTÍA JUVENIL

    EXTRACTO de la Orden EIE/2247/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

    La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de los citados jóvenes siempre que los contratos tengan una duración de seis meses y contemplen una jor­nada laboral de al menos el 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colec­tivo de referencia.

    Beneficiarios

    • De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras aprobadas por Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las siguientes entidades:
      a) Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autó­nomos, así como las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y cuya titularidad corresponda ínte­gramente a dichas entidades.
      b) Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas depen­dientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
      c) Las Universidades.
      d) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legal­mente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de per­sonalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.
    • Los proyectos de obras, servicios o actividades a realizar en el marco de este programa de subvenciones se deberán encuadrar en los ámbitos previstos en el número 1 del artículo 6 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, no pudiendo ser objeto de subvención aquellos contratos vinculados a la realización de obras, servicios o actividades ejecutados por las entidades beneficiarias que, por su carácter habitual, produzcan un efecto de sustitución de empleo. Corresponderá a la entidad solicitante motivar el cumplimiento de esta condición por medio de la memoria descriptiva del proyecto a la que se refiere la letra b) del apartado Noveno de esta orden.
      Conforme dispone el número 3 del artículo 6 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de sep­tiembre, no serán objeto de subvenciones los contratos vinculados al ejercicio de actividad económica oferta de bienes y servicios en el mercado en competencia con otros operadores.

    Cuantía

    Las subvenciones convocadas por medio de la presente orden se financiarán con cargo a los créditos del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2018 que a continuación se relacionan:

    Crédito

    Aplicación
    Presupuestaria
    Descripción Crédito
    G/3221 440156 19090 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 138.750,00€
    G/3221 440156 91001 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 11.250,00€
    G/3221 460119 19090 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 982.350,00€
    G/3221 460119 91001 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 79.650,00€
    G/3221 480442 19090 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 290.644,00€
    G/3221 480442 91001 Contratación Jóvenes. Garantía Juvenil 21.600,00€

    Plazo

    De conformidad con lo establecido en artículo 12 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de sep­tiembre, el plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria.

  • SUBVENCIONES PARA INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN

    EXTRACTO de la Orden EIE/2246/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/529/2016, de 30 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad.

    La finalidad de estas subvenciones es incentivar la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años, mayores de 45 años, parados de larga duración y mujeres, promover la estabilidad en el empleo por medio de la conversión de contratos temporales en indefinidos, apoyar a los trabajadores autónomos que contraten a su primer empleado e incentivar la contratación en prácticas de jóvenes con titulación universitaria, todo ello con un enfoque de género en la configuración de unas medidas de acción positiva hacia el colectivo femenino y con un enfoque local incentivando especialmente el empleo en núcleos de población reducida.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de esta orden las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que contraten a trabajadores por cuenta ajena, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones establecidos en el capítulo II de la citada orden.

    Cuantía

    El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a dos millones doscientos mil euros (2.200.000€) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el proyecto de presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el año 2018, que a continuación se relacionan:

    Aplicación
    Presupuestaria
    Descripción Crédito
    G/3221 470091 11201 Fomento de la contratación y estímulo del mercado 1.050.000€
    G/3221 470091 91001 Fomento de la contratación y estímulo del mercado 1.050.000€
    G/3221 470091 91002 Fomento de la contratación y estímulo del mercado 100.000€

    Plazo

    El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador. En caso de transformación de contratos temporales, el plazo de un mes se contará a partir de la fecha de inicio del contrato indefinido.

    En los supuestos de subvención para la contratación temporal con fines integradores previstos en el artículo 10 de la citada Orden EIE/529/2016, de 30 de mayo, la subvención se solicitará en el plazo de un mes desde la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social.

    No obstante, en aquellos supuestos en que la fecha de inicio del contrato o de su conversión en indefinido quedase comprendida entre el 1 de octubre de 2017 y la entrada en vigor de la presente convocatoria, el plazo de un mes al que se refieren los dos párrafos anteriores se contará a partir de dicha entrada en vigor.

  • PLAN RENOVE ARAGÓN 2017. ELECTRODOMÉSTICOS Y EQUIPOS DE FRÍO/CALOR Y AGUA CALIENTE

    ORDEN EIE/2101/2017, de 18 de noviembre, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del “Plan Renove Aragón 2017” de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

    Dado que el volumen de solicitudes con derecho a ayuda es muy numeroso y con el fin de no demorar excesivamente el pago a los beneficiarios directos, se ha aplicado lo
    dispuesto en el artículo 11 de la orden de convocatoria, que dispone que “los establecimientos o empresas instaladoras adheridas, podrán realizar justificaciones al ritmo de ejecución de las
    acciones subvencionadas, abonándose la ayuda por cuantía equivalente a la justificación presentada”.

    Se concede ayuda…

    …a los particulares, beneficiarios finales, a través de los comercios y empresas instaladoras adheridos al Plan Renove Aragón 2017, beneficiarios directos, de conformidad con la Orden EIE/1126/2017, de 20 de julio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2017 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, relativa a las solicitudes presentadas desde el 5 de octubre al 10 de noviembre de 2017, que figuran en el anexo, “Informe 2 sobre las ayudas concedidas. Periodo del 5 de octubre de 2017 al 10 de noviembre de 2017” por las cuantías que en el mismo se indican y por el importe total para cada una de las líneas de actuación siguiente:
    Línea Electrodomésticos: 350.457,86 euros.
    Línea Calderas: 44.302,32 euros.
    Línea Aires Acondicionados: 200 euros.

    Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir todas las obligaciones que se establecen en el artículo 9 de la mencionada convocatoria.