Categoría: AYUDA/SUBV

  • AYUDAS DE SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA AUTÓNOMOS

    AYUDAS DE SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA AUTÓNOMOS

    Se convocan para el ejercicio 2021, mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, subvenciones públicas destinadas a financiar la asistencia técnica para el estudio de las posibilidades que permitan dotar de viabilidad a la actividad económica o el estudio de la insolvencia y formalización de la documentación necesaria para la mediación extrajudicial de las personas trabajadoras autónomas.

     

    Beneficiarios

     

    Se podrán beneficiar las personas físicas que, con anterioridad a la fecha de publicación de la Orden, se encontraran dados de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

    No podrán obtener la condición de beneficiarias de la subvención:

    • Las personas socias de sociedades mercantiles ni quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero/a o administrador/a para una sociedad mercantil.
    • Las personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas y sociedades laborales, aunque estén integradas en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
    • Las personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación.

     

    Gastos subvencionables

     

    • Gastos derivados de la asistencia técnica relativas al estudio de un Plan de Empresa que compruebe su viabilidad técnica y económica y/o la alternativa de la reconversión más adecuada para la continuidad de la actividad económica.
    • Gastos derivados de la asistencia técnica para el estudio de la insolvencia y formalización de la documentación necesaria para la mediación extrajudicial de las personas trabajadoras que se encontraran de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

    No serán subvencionables los bienes de inversión ni sus gastos de amortización, la adquisición de equipamiento y material inventariable, ni la de mobiliario e infraestructuras, ni los gastos cuyo valor sea superior al de mercado ni todos aquellos que no respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, de acuerdo en todo caso con lo señalado en el artículo 34 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo. Tampoco serán subvencionables los gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros, las comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal, ni el Impuesto de Valor Añadido (IVA).

    Todos los gastos imputados con cargo a la subvención deberán corresponder a las actividades subvencionadas y estar realizados en el periodo indicado en este apartado y pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación previsto en el apartado decimoctavo.

    No se admitirán pagos en efectivo.

     

    Cuantía

     

    Las subvenciones se concederán hasta agotar la consignación presupuestaria, y el importe de la subvención será el 80% del coste subvencionable, con el límite máximo de 2.500 euros (dos mil quinientos euros).

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 28 de octubre de 2021.

    Orden completa

  • PUBLICADA LA CONVOCATORIA DEL PLAN RENOVE DE MÁQUINA HERRAMIENTA

    PUBLICADA LA CONVOCATORIA DEL PLAN RENOVE DE MÁQUINA HERRAMIENTA

    Publicada en el BOE la Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de inversiones en la adquisición de nuevas máquinas herramienta que formen parte del proceso productivo de las pequeñas y medianas empresa (en adelante PYMES) industriales y que contribuyan a su modernización.

     

    Condiciones de las inversiones

     

    Tendrán el carácter de inversiones subvencionables con arreglo a las normas establecidas en esta orden, las inversiones realizadas en territorio nacional para la adquisición de máquinas herramienta para su incorporación al proceso productivo y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

    • Supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente
    • Supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales
    • Impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

     

    El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable será mayor o igual que 70.000 euros (excluido el IVA o IGIC).

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se consideran elegibles las inversiones en la adquisición de las siguientes tipologías de máquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva.

    • Tornos.
    • Fresadoras.
    • Mandrinadoras.
    • Taladros.
    • Roscadoras.
    • Rectificadoras.
    • Afiladoras, pulidoras y amoladoras.
    • Centros de mecanizado.
    • Máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado.
    • Brochadoras.
    • Máquinas de electro-erosión.
    • Máquinas de centrar y refrentar.
    • Prensas mecánicas.
    • Prensas hidráulicas/neumáticas.
    • Servoprensas.
    • Punzonadoras.
    • Sistemas de automatización industrial asociados a máquina-herramienta.
    • Equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas.
    • Talladoras/Máquinas de roscado.
    • Equilibradoras.
    • Máquinas para el conformado por encintado de piezas de composites.
    • Paneladoras para el trabajo de la chapa.
    • Sierras.
    • Biseladoras.
    • Mortajadoras.
    • Líneas de corte con prensa, láser, chorro de agua, gas o ultrasonidos.
    • Máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos.
    • Máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos.
    • Máquinas para grabar, marcar y/o puntear.
    • Remachadoras.
    • Granalladoras.
    • Equipos y sistemas industriales para la fabricación aditiva.

     

    Plazo de ejecución de las inversiones

     

    Serán subvencionables las inversiones y gastos objeto de la subvención incurridos desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de quince meses contados desde la fecha de la resolución de concesión.

     

    Límites de las ayudas

     

    Las ayudas concedidas al amparo de esta orden tendrán la forma de subvención.

    El importe de la subvención será, como máximo, de:

    • 20  de los gastos subvencionables en el caso de pequeñas empresas
    • 10% de los gastos subvencionables en el caso de medianas empresas

    Cada ayuda quedará limitada hasta un importe máximo de 175.000 euros por máquina y el importe máximo de ayuda que podrá recibir cada entidad jurídica será de 300.000 euros.

     

    Compatibilidad de ayudas

     

    Las ayudas reguladas en esta orden son incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

    El solicitante deberá declarar las ayudas de cualquier tipo de fondos públicos que haya obtenido o solicitado para financiar la adquisición de las máquinas herramienta.

    Además, deberá actualizar esta declaración si en cualquier momento ulterior de la instrucción se produce una modificación de lo inicialmente declarado.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación comenzará el día siguiente al de la publicación de esta orden de bases y convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (se ha publicado el 8 de octubre de 2021) y finalizará trascurridos quince días hábiles desde la misma.

    Orden completa

     

    El pasado 30 de septiembre la Asociación Española de Fabricantes de Máquinas-herramienta realizaron un webinar informativo al respecto.

    Puedes volver a verlo:

  • WEBINAR INFORMATIVO SOBRE EL PLAN RENOVE DE MÁQUINA HERRAMIENTA

    WEBINAR INFORMATIVO SOBRE EL PLAN RENOVE DE MÁQUINA HERRAMIENTA

    Como ya anunciamos, próximamente verá la luz un nuevo programa nacional dotado de 50 millones de euros para impulsar inversiones realizadas por PYMES industriales en territorio nacional para la adquisición de máquinas herramienta, y equipos industriales de fabricación aditiva.


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  • AYUDAS PARA SOLICITUDES DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

    AYUDAS PARA SOLICITUDES DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

    La Oficina Europea de la Propiedad Intelectual (EUIPO) acaba de abrir una nueva ventana para solicitar ayudas en el marco del programa Ideas Powered for Business SME Fund (Fondo para Pymes «Ideas Powered for Business») que forma parte del Plan de Acción sobre PI de la Comisión Europea.

    Ofrece bonos de Propiedad Industrial para ayudar a las pequeñas y medianas empresas (pymes) radicadas en la Unión Europea a acceder y beneficiarse de sus derechos de propiedad intelectual.

    El nuevo programa, abierto a todas las empresas de la UE que cumplan la definición oficial de pyme, ofrece apoyo financiero mediante los reembolsos siguientes:

    • 50% del importe de las solicitudes de marcas, dibujos y modelos nacionales, regionales o de la Unión Europea.
    • 75% de reembolso por el servicio de diagnóstico previo de la PI (IP Scan)

    El 1 de octubre se abrirá la sexta ventana para poder solicitar este tipo de ayudas y permanecerá abierta hasta el 31 del mismo mes.

    Además, desde la segunda ventana, la solicitud de bonificaciones ante la EUIPO puede ser presentada por un representante y no sólo por la pyme como ocurría en la ventana 1, aunque la devolución sólo se hará a un número de cuenta que esté a nombre de la PYME.

    Con el propósito de ayudar a las empresas españolas también en este sentido, la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) ha lanzado recientemente un nuevo Servicio de Diagnóstico de PI  para que las pymes españolas que lo deseen puedan solicitar la realización de este, pudiéndose asimismo beneficiar de las ayudas que ofrece el programa Fondo para Pymes «Ideas Powered for Business» mencionado anteriormente.

    Para ello, será necesario que primero soliciten la ayuda ante la EUIPO para, a continuación, solicitar el Servicio de Diagnóstico ante la OEPM, a través de un formulario que deberán cumplimentar y enviar al correo pyme@oepm.es

  • SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE ECONOMÍA CIRCULAR Y SOCIAL DE ZARAGOZA

    SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE ECONOMÍA CIRCULAR Y SOCIAL DE ZARAGOZA

    Se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones para proyectos que favorezcan la transición a una economía circular y social en el año 2021 del Ayuntamiento de Zaragoza.

    Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos o acciones que supongan la introducción en el mercado de nuevos productos o servicios siempre que sean realizados por alguno de los beneficiarios citados en el punto anterior, que desarrollen su actividad en el municipio de Zaragoza, que complementen o suplan las competencias de Zaragoza Dinámica en la realización de proyectos que favorezcan la transición hacia una economía circular y social, con especial apoyo a la creación de empleo que pudieran conllevar.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria los autónomos y pymes con actividad económica ya iniciada o a iniciar en el año 2021.

    Los solicitantes deberán revestir necesariamente alguna de las formas jurídicas de sociedad mercantil, sociedad cooperativa de trabajo asociado, sociedad civil, comunidad de bienes o empresario individual, y tener su domicilio social y fiscal en Zaragoza.

    Solo podrán tenerse en cuenta las solicitudes de subvención de proyectos o acciones favorecedoras de la economía circular y social cuando el proyecto presentado esté incorporado como mejora de la propia actividad de la empresa solicitante y siempre que sea explotado sin el concurso de terceros.

     

    Proyectos subvencionables

     

    La empresa solicitante solo podrá obtener subvención para una única solicitud que contemple la puesta en marcha de un proyecto o la realización de acciones, encuadradas en alguno o varios de los apartados que se relacionan a continuación:

    • Ecodiseño de productos o servicios que promuevan más eficiencia de los recursos materiales con una mejora de las prestaciones ambientales y una reducción del impacto ambiental en todo su ciclo de vida.
    • Instauración de nuevos modelos de negocio que favorezcan la eficiencia de los recursos. Reutilización, preparación para la reutilización, mantenimiento y reparación de productos y otras formas de alargar su vida útil y la de sus componentes.
    • Aprovechamiento alimentario.
    • Servicios de retorno de productos usados impulsados por el distribuidor o fabricante de estos productos, con el fin de reutilizarlos o remanufacturarlos.
    • Simbiosis industrial que promueva la eficiencia de recursos materiales.
    • Nuevas aplicaciones de materiales reciclados.

     

    Cuantía

     

    La cuantía máxima a conceder no podrá superar el 80% del gasto corriente relacionado con el proyecto, siempre que haya sido efectivamente realizado en el año 2021 y acometido por autónomos y pymes, con actividad económica ya iniciada o a iniciar en el año 2021, pudiendo alcanzar un importe máximo de 20.000 euros.

    El importe mínimo de subvención a conceder será de 2.000 euros, quedando excluidos aquellos proyectos cuyo importe de subvención no alcance esta cantidad.

    Asimismo, las empresas beneficiarias cuyo proyecto no haya sido subvencionado en su totalidad por Zaragoza Dinámica, podrán percibir ayudas públicas de cualquier Administración hasta completar el 80% del presupuesto del proyecto, de acuerdo con lo establecido en la cláusula vigésimo segunda «Compatibilidad» de la presente convocatoria.

     

    Plazo

     

    Las solicitudes de subvención podrán presentarse hasta el 18 de octubre de 2021.

    Más información

  • PLAN RENOVE MÁQUINA HERRAMIENTA 2021

    PLAN RENOVE MÁQUINA HERRAMIENTA 2021

    El martes 14 de Septiembre, el Consejo de Ministros aprobó un programa nacional dotado de 50 millones de euros para impulsar la inversión en equipos productivos, en concreto, máquinas herramienta y equipos de fabricación aditiva e impresión 3D.

     

    Objeto de la ayuda


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  • AYUDAS A EMPRESAS PARA FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

    AYUDAS A EMPRESAS PARA FORMACIÓN CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN

    El Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) pone en marcha una nueva convocatoria para establecer nuevos acuerdos de formación con compromiso de contratación con empresas y entidades aragonesas. Una línea de subvenciones que permiten a las compañías y organizaciones formar a nuevos trabajadores según sus necesidades, contratando posteriormente a, al menos, el 60% de las personas desempleadas que finalicen estos procesos de formación financiados por el INAEM.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:

    • Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.
    • Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
    • Las agrupaciones contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos establecidos en el punto 2 del artículo 6 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.

     

    Condiciones para la concesión de las subvenciones

     

    Las empresas, entidades y centros de formación que participen en esta convocatoria deben estar inscritos y/o acreditados para impartir las especialidades formativas solicitadas, en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo o en su caso, en el Registro estatal de centros y entidades de formación, siempre y cuando dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas, de acuerdo con el establecido en el apartado quinto de esta orden.

    Cuando la empresa o entidad que adquiera para sí misma el compromiso de contratación ejecute la formación a través de un centro de formación, será este quien deba estar inscrito y/o acreditado.

    Las empresas o entidades han de comprometerse a contratar, como mínimo, al 60% de las personas participantes en las acciones formativas a desarrollar.

    Cuando el crédito para distribuir entre las solicitudes presentadas en una misma fecha no alcanzase al necesario para cubrir el importe total de las subvenciones a conceder por dichas solicitudes, se procederá al prorrateo proporcional de dicho crédito entre los correspondientes solicitantes en función de la cantidad que les hubiera correspondido percibir, previa aceptación de los mismos en el plazo de 10 días. Si alguno de los solicitantes no aceptara el importe que le pudiera corresponder, dicho importe pasará a incrementar el total del remanente, que se prorrateará de nuevo entre el resto de solicitantes sin necesidad de una nueva aceptación

    La contratación de personas desempleadas deberá suponer un aumento de plantilla. No son subvencionables sustituciones del personal fijo, ni bajas de personas trabajadoras debidas a la voluntad del empresario o empleador, excepto en los casos de relevo generacional de la plantilla, siempre y cuando quienes accedan al empleo a través de este programa lo hagan en la misma modalidad contractual que las personas relevadas y esté amparado por un acuerdo con los trabajadores que se sustituyan o con su representación legal.

     

    Compromiso de contratación

     

    Las entidades beneficiarias deberán contratar entre sus centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos al sesenta por ciento de las personas trabajadoras formadas.

    Los compromisos de contratación de las empresas o entidades deberán incluir la siguiente información:

    • Determinación de las necesidades formativas y puestos a cubrir.
    • Proceso de selección previo al de formación, en su caso.
    • Perfiles de las personas a contratar.
    • Número de personas que se comprometen a contratar.
    • Tipo de contrato a realizar y duración del mismo.
    • Número de empleados en plantilla de la empresa o entidad contratante en la fecha de publicación de la convocatoria.

    Los contratos de trabajo que se celebren como consecuencia del compromiso de contratación serán conformes a la normativa laboral vigente, y la contratación se realizará, con carácter general, en un plazo máximo de seis meses tras la finalización de la acción formativa.

    La jornada de trabajo podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial, sin que, en este último caso, la jornada pueda ser inferior a un cincuenta por ciento de la correspondiente a un trabajador o trabajadora a tiempo completo comparable.

    Los contratos de duración determinada que se celebren tendrán una duración mínima de seis meses, en caso de concertarse a tiempo completo y de nueve meses, cuando la jornada sea a tiempo parcial.

    La contratación deberá realizarse en una ocupación relacionada con la especialidad formativa impartida. En este sentido, se entenderá como colocación adecuada, aquella que tenga por objeto la realización de trabajos vinculados a los conocimientos teórico-prácticos adquiridos durante la formación previa

     

    Acciones formativas

     

    Las empresas o entidades podrán ejecutar la formación por sí mismas, a través de un centro de formación, o simultaneando ambas opciones. En todo caso, la formación será teórico-práctica y se impartirá en modalidad presencial con un máximo de 25 participantes por acción formativa, que serán seleccionados por el INAEM, en colaboración con la empresa. La última fase del procedimiento de selección corresponderá siempre a la empresa o al centro de formación, salvo que renuncien expresamente a ello.

     

    Cuantía

     

    La cuantía de estas ayudas se incrementa en función del número de participantes, las horas y el nivel de cualificación de las acciones formativas, y de la calidad y porcentaje de contratos que se celebren posteriormente. Esos contratos deberán realizarse, con carácter general, en un plazo máximo de seis meses tras la finalización de la acción formativa y tendrán una duración mínima de seis meses en caso de concertarse a tiempo completo y de nueve meses cuando la jornada sea a tiempo parcial.

     

    Plazo

     

    La solicitud podrá presentarse hasta el día 30 de noviembre de 2021.

    Orden completa

  • RECOPILATORIO DE LA NORMATIVA PUBLICADA SOBRE EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

    RECOPILATORIO DE LA NORMATIVA PUBLICADA SOBRE EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

    El Ministerio de Hacienda y Función Pública incorpora en su web información actualizada sobre las actuaciones del Ministerio en relación con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que incluye:

    • Nombramiento del Comité de Personas Expertas para la Reforma Tributaria
    • Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

     

    Normativa publicada en relación al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

     

    Por otro lado, y en relación con dicho Plan de recuperación, transformación y resiliencia, se ha publicado en el BOE la siguiente normativa:

    • Jefatura del Estado (BOE 341 de 31/12/2020)
      Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOE 89 de 14/04/2021)
      Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
      Acceder

     

    • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOE 119 de 19/05/2021)
      Real Decreto 341/2021, de 18 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la restauración ambiental de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente a proyectos de zonas degradadas a causa de la minería del carbón.
      Acceder

     

    • Ministerio de Universidades (BOE 179 de 28/07/2021)
      Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas españolas para la modernización y digitalización del sistema universitario español en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE 185 de 04/08/2021)
      Real Decreto 685/2021, de 3 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a agrupaciones de entidades que realicen proyectos de inversión y reforma en materia de investigación para el desarrollo tecnológico, la innovación y el equilibrio de la cadena de comercialización en el sector pesquero y de la acuicultura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan para 2021.
      Acceder

     

    • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOE 185 de 04/08/2021)
      Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.
      Acceder

     

    • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOE 185 de 04/08/2021)
      Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOE 155 de 30/06/2021)
      Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOE 133 de 04/06/2021)
      Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB 65 de 20/05/2021)
      Resolución del Parlamento de las Illes Balears por la que se convalida el Decreto Ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Comunidad Autónoma de Extremadura (BOE 192 de 12/08/2021)
      Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (BOE 201 de 23/08/2021)
      Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021.
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    • Jefatura del Estado (BOE 22 de 26/01/2021)
      Corrección de errores del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Cortes Generales (BOE 30 de 04/02/2021)
      Resolución de 28 de enero de 2021, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Ministerio de Trabajo y Economía Social (BOE 202 de 24/08/2021)
      Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión “Plan Nacional de Competencias Digitales” y “Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (BOE 103 de 30/04/2021)
      Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE 61 de 31/03/2021)
      Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Asamblea de Extremadura, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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    • Ministerio de Ciencia e Innovación (BOE 130 de 01/06/2021)
      Orden CIN/538/2021, de 29 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Acceder

     

    • Ministerio de Ciencia e Innovación (BOE 141 de 14/06/2021)
      Corrección de errores de la Orden CIN/538/2021, de 29 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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  • TERCER PLAZO DE INSCRIPCIONES PARA INTERNACIONALIZACIÓN DE ICEX NEXT

    TERCER PLAZO DE INSCRIPCIONES PARA INTERNACIONALIZACIÓN DE ICEX NEXT

    ICEX NEXT ofrece una nueva oportunidad para desarrollar una estrategia internacional tanto offline como online para consolidar o abrir nuevos mercados y apoyar los gastos que permitan expandir tu negocio en el exterior.

     

    Puntos clave del programa

     

    • Hasta 20.000 euros para gastos de asesoramiento, prospección y promoción internacional.
    • Reflexión estratégica de tu plan de negocio internacional guiada por especialistas homologados, tanto en origen como en destino.
    • Asesoramiento especializado en áreas como Transformación Digital, Plan de Negocio Digital o Contratación Internacional.

     

    El objetivo del Programa ICEX Next es ayudar a desarrollar o contrastar tu estrategia de internacionalización, analizar los mejores destinos para tu producto o servicio y apoyarte en un plan de negocio enfocado a los mercados seleccionados.

    Todo ello, a través de un asesoramiento especializado por parte de los mejores consultores y asesores nacionales e internacionales homologados por ICEX, durante un proceso de 24 meses, y con el apoyo de una subvención económica dotada de una cuantía de hasta 20.000 euros.

     

    Plazo de solicitud

     

    Desde el 1 al 30 de septiembre de 2021

    Más información

  • JORNADA: FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU. CONVOCATORIAS DE AYUDAS Y SUBVENCIONES 2021

    JORNADA: FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU. CONVOCATORIAS DE AYUDAS Y SUBVENCIONES 2021

    CaixaBank, CEOS CEPYME Huesca, CEOE Teruel y CEOE Zaragoza organizan una jornada sobre los Fondos Europeos Next Generation EU: Convocatorias de ayudas y subvenciones 2021.

    La aprobación por parte de la Unión Europea del plan “España Puede” en julio de 2021 ha dado paso al paulatino lanzamiento de las primeras convocatorias de ayudas para las empresas. En esta jornada, desde un enfoque empresarial, se detallarán los procedimientos y las características de las licitaciones y subvenciones convocadas, tanto a nivel nacional como a nivel autonómico.

    El acto tendrá lugar el próximo 17 de septiembre de 10:00h a 12:30h en la sede de CEOE ARAGÓN.

     

    Programa

    10:00 h. Inauguración

    Ricardo Mur
    Presidente de CEOE Aragón

    Carlos Sánchez
    Director comercial de Empresas de la Territorial Ebro de CaixaBank

    María Teresa Pérez
    Consejera de Presidencia y relaciones Institucionales. Gobierno de Aragón

    10:30 h. Tipología de convocatorias de Fondos Next Generation a nivel autonómico

    Fermín Serrano
    Comisionado para la Agenda 2030.Gobierno de Aragón

    Antonio Pascual
    Asesor de Presidencia en programas europeos. Gobierno de Aragón

    11:15 h. Tipología de convocatorias de Fondos Next Generation a nivel nacional

    Jorge Alonso
    Director de Internacional. CEOE Aragón

    11.45 h. Financiación vinculada a los Fondos Next Generation

    Representante de CAIXABank

    12.15 h. Ruegos y Preguntas

    Inscripción