Con motivo de la publicación de la Ley 3/2023, de 28 de febrero (BOE 01/03/2023), de Empleo, que modifica el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, INAEM actualiza el Cuadro Resumen de Modalidades de Contratación.
Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS
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SE MODIFICA LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE A LAS EXENCIONES RELATIVAS AL USO DE PLOMO EN ALEACIONES DE ALUMINIO PARA FINES DE MECANIZADO, EN ALEACIONES DE COBRE Y EN DETERMINADAS BATERÍAS
Se modifica la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las exenciones relativas al uso de plomo en aleaciones de aluminio para fines de mecanizado, en
aleaciones de cobre y en determinadas baterías.Así, el anexo II de la Directiva 2000/53/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Directiva por la que se tolerará un valor de concentración máximo de hasta el 0,1 % en peso de plomo, cromo hexavalente y mercurio en material homogéneo, y de hasta el 0,01 % en peso de cadmio en material homogéneo.
Las piezas de recambio comercializadas después del 1 de julio de 2003 y que se utilicen en vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2003, con excepción de los contrapesos de equilibrado de ruedas, las escobillas de carbón para motores eléctricos y los forros de freno, quedan exentas de lo establecido en el artículo 4, apartado 2, letra a), de la
Directiva 2000/53/CE. -

AYUDAS A PYMES Y AUTÓNOMOS ARAGONESES PARA EL DESARROLLO DEL DISEÑO INDUSTRIAL Y SU GESTIÓN
Se convocan para el ejercicio 2023, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) o autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Líneas de ayuda
Línea para empresas consolidadas
Las ayudas se constituyen como un estímulo a la implantación de metodologías para la gestión del diseño de una manera más estable, en empresas ya consolidadas.
Línea para empresas en consolidación
El objeto de esta línea de ayudas es la aplicación de metodologías de diseño ya desde una fase más temprana o inicial de la actividad empresarial para aquellas empresas de reciente creación. Las empresas en consolidación podrán acceder a porcentajes superiores de subvención.
Línea para empresas de sectores maduros
El objeto de esta línea es acercar a las metodologías para la gestión del diseño en el ámbito del Producto a empresas de los sectores especificados. Así como el apoyo, solo en ese ámbito del producto, a la realización de herramientas de comunicación impresas o digitales basadas en el diseño externo como requisito imprescindible.
Actuaciones subvencionables
Se considerará actuación subvencionable la realización a las empresas beneficiarias de trabajos específicos en materia de gestión de diseño, como método dirigido al desarrollo del diseño industrial para la innovación, por parte de colaboradores externos homologados.
El catálogo de los colaboradores externos homologados estará a disposición de las empresas en el Centro Aragonés de Diseño Industrial (CADI), y en la página web del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.
Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse en los siguientes ámbitos o modalidades:
- “Producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas.
- “Identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas.
- “Servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas.
Cuantía
La ayuda se concreta en forma de subvención sobre los honorarios de colaboradores externos homologados de servicios de consultoría y de servicios de diseño, ayuda que es destinada por tanto a facilitar el acceso a la contratación de estos servicios.
En el caso de la línea de empresas de sectores maduros, la subvención podrá destinarse también a sufragar además de los gastos externos del diseño de las herramientas impresas o digitales de comunicación, los derivados de la fotografía y la maquetación, y programación -en el caso de las digitales- necesarios para obtenerlas.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 2 de mayo de 2023, inclusive.
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EL CLÚSTER CAMPAG, FINALISTA EN LOS PREMIOS PILOT 2023: IMPULSANDO LA LOGÍSTICA SOSTENIBLE EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO
El martes 14 de marzo se celebran los premios PILOT otorgados por el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) a través del Programa Aragón Empresa, un premio que distingue a las mejores organizaciones en gestión logística de Aragón. Desde el año pasado, para reconocer las innovaciones, se celebran con un nuevo formato competitivo enfocado en proyectos que incidan en la competitividad logística de las empresas y se centren en dos aspectos: movilidad y logística sostenible y digitalización e innovación logística.
El proyecto Vertical Farming Solutions (VFS), financiado por el Programa de Ayudas de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en la convocatoria extraordinaria de 2022. El presupuesto total del proyecto es de 309.326,00€ y su número de expediente es el AEI-010500-2022b-314. VFS surge como respuesta a los diversos desafíos que presenta el sector agrícola, con el objetivo de ser más sostenible, accesible y eficiente, como: garantizar la producción de alimentos para satisfacer la creciente demanda de la población, la urbanización, la reducción de la disponibilidad de superficies para la agricultura tradicional, la incorporación de tecnologías en los sistemas productivos y el control de los recursos utilizados.
El proyecto VFS tiene como objetivo desarrollar el conocimiento agronómico necesario para impulsar el modelo de producción vertical de alimentos. Para ello, se están identificando las variables que afectan el crecimiento de las plantas en diferentes etapas, como la iluminación, la humedad, la temperatura y los sistemas de riego. También se incorporan tecnologías y sistemas de gestión que permitan producir durante todo el año, independientemente del clima o la estación. La sensorización de estos parámetros permitirá optimizar los recursos utilizados, reduciendo el consumo de agua y fertilizantes y evitando el uso de químicos para el control de plagas. Además, este proyecto tiene la ventaja de permitir el cultivo en zonas urbanas, lo que puede reducir el tiempo de entrega y los costes de transporte al consumidor final, disminuyendo la huella de carbono y proporcionando productos más frescos.
En el proyecto participan el cluster CAMPAG, el Clúster Logístico ALIA, Atria Innovation, Groots, Infinitia Research, la Universidad de Zaragoza, Zalux y Grupo Tatoma. También se destaca a Tecnalia y a la Escuela Universitaria Politécnica de la Almunia por contribuir a la creación de la iniciativa.
Los demás proyectos seleccionados en la misma línea son el proyecto PRISMA y el proyecto Transformación Sostenible y Digital mediante IA de Procesos Intralogísticos de las cadenas de suministro de Coferdroza.
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PRESENTA TU CANDIDATURA AL PREMIO ARAGÓN MEDIO AMBIENTE 2023
El Gobierno de Aragón convoca el Premio Aragón Medio Ambiente en el año 2023. El contenido del Premio consistirá, en todas sus modalidades, en un título o diploma acreditativo o reconocimiento de carácter simbólico.
Candidatos
Podrán optar al Premio Aragón Medio Ambiente, en sus distintas modalidades, todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cuya actividad en favor del medio ambiente se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que no hayan incurrido en sanción por infracción administrativa o delito medioambiental, o en sanción administrativa o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
Las acciones, trabajos, estudios o proyectos objeto de candidatura deben reunir los siguientes requisitos:
- Estar vinculados directa o indirectamente, con la conservación y mejora del medio ambiente en Aragón
- Haber sido desarrollados fundamentalmente a lo largo de 2022, aun cuando continúen en la actualidad
Modalidades
- Premio Aragón Medio Ambiente 2023, que se otorgará a aquellas personas físicas o jurídicas de reconocido prestigio, cuya trayectoria se distingue por su labor en favor de la conservación y la mejora del medio ambiente aragonés
- Premio Aragón Medio Ambiente por la contribución al medio ambiente rural, destinado a las personas físicas o jurídicas que hayan realizado una labor de mejora ambiental del medio rural en Aragón.
- Premio Aragón Medio Ambiente por la contribución al medio ambiente urbano, destinado a reconocer las iniciativas en favor del medio ambiente urbano aragonés, cuando éstas han sido llevadas a cabo por personas físicas o jurídicas
- Premio Aragón Medio Ambiente por la contribución al conocimiento y difusión del medio ambiente, destinado a todas las personas físicas o jurídicas que hayan realizado una labor que contribuya al mejor conocimiento y a la difusión de la problemática ambiental o de los valores naturales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón
Plazo
El plazo de presentación de candidaturas finalizará el 30 de marzo de 2023.
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¿SABES CÓMO DETERMINAR EL RENDIMIENTO NETO CON EL NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN DEL RETA?
Dado lo novedoso del sistema y el elevado número de consultas de asociados, nos remitimos a la información facilitada en anteriores notas informativas y recordamos, por su utilidad, la página web de la AEAT en la que se facilita y explica el modo de determinar el rendimiento neto (base del nuevo sistema de cotización en RETA) en IRPF.
Información para determinar el rendimiento neto
Con efectos desde el 1 de enero de 2023, se establece un nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia o autónomos basado en los rendimientos netos anuales, obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales, a título individual o como socio o integrante de cualquier tipo de entidad.
En resumen y recordando: El rendimiento neto – a estos efectos – resultará de los ingresos menos gastos deducibles, obtenidos todas las actividades económicas que realices como autónomo, y a éstas se le sumarán las cuotas de autónomo abonadas a la Seguridad Social por estar dado de alta en el RETA, y a ese importe resultante, se le aplicará una reducción del 7% del rendimiento neto (en el caso de los autónomos societarios o mercantiles la reducción será del 3%).Una vez así determinado el rendimiento neto, se satisfará la cuota del RETA (que podrá fijarse entre una cuantía mínima y máxima de cada tramo), del tramo de cotización que corresponda por tales rendimientos (hay 12 posibles).
El rendimiento neto computable de cada una de las actividades ejercidas se calculará de acuerdo con lo previsto a las normas del IRPF y con algunas particularidades en función del colectivo al que pertenezcan.
En función del método de determinación del rendimiento neto de la actividad, el rendimiento neto computable a efectos de calcular las cuotas de cotización puede obtenerse del siguiente modo:
Método de estimación directa
La suma del importe de las siguientes casillas de la declaración de la Renta:
- Casilla 0224: “Rendimiento neto”
- Casilla 0186: “Cuotas de la Seguridad Social o aportaciones a mutualidades alternativas del titular de la actividad”
Módulos
- Actividades distintas de las agrícolas, ganaderas y forestales
El importe de la casilla 1465: “Rendimiento neto previo” de la declaración de la Renta.
- Actividades agrícolas, ganaderas y forestales
El importe de la casilla 1539: “Rendimiento neto minorado” de la declaración de la Renta.
Obtención de otros rendimientos
Rendimientos obtenidos a través de entidades en régimen de atribución de rentas
La casilla 1577 de la declaración de Renta, recoge el rendimiento neto atribuido al socio, comunero o partícipe de la entidad. Pero esta casilla NO refleja exactamente los rendimientos computables a tener en cuenta para determinar la base de cotización.
En función del método de determinación del rendimiento neto de la actividad de la entidad en régimen de atribución de rentas, el rendimiento neto computable a efectos de calcular las cuotas de cotización puede obtenerse del siguiente modo:
- Estimación directa normal
El importe de la casilla 1577 de la declaración de la Renta.
- Estimación directa simplificada
El importe de la casilla 1577 de la declaración de la Renta.
Se deberá restar el importe de la casilla 1579 “Provisiones deducibles y gastos de difícil justificación”.
- Módulos
Para determinar el rendimiento, se deberá calcular el importe atribuible al socio, comunero o partícipe que equivalga al importe que le correspondería si se realizara la actividad de forma individual, es decir:
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- Actividades distintas de las agrícolas, ganaderas y forestales
El importe de la casilla 1465: “Rendimiento neto previo”.
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- Actividades agrícolas, ganaderas y forestales
El importe de la casilla 1539: “Rendimiento neto minorado”.
Autónomos societarios
Tendrán la consideración de trabajadores autónomos con actividades de carácter societario:
- Personas que tengan acciones que supongan el 33%, o más, del capital social de una sociedad.
- Personas que ejerzan funciones de dirección y gerencia de una sociedad, cuando sus acciones supongan el 25%, o más, del capital social.
Para determinar el rendimiento neto se computarán de manera adicional a los rendimientos que pudieran obtener por su propia actividad económica desarrollada a título individual, los siguientes:
- Rendimientos íntegros de capital mobiliario, dinerarios o en especie, derivados de su condición de socios y/o administrador.
- Rendimientos del trabajo derivados de la actividad en dichas entidades.
Caso particular: Los autónomos societarios que presten sus servicios a entidades profesionales se deberá tener en cuenta los rendimientos de la actividad económica.
Cooperativistas
- Socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado
A efectos de determinar el rendimiento neto se computarán, de manera adicional a los rendimientos que pudieran obtener de su propia actividad económica, los rendimientos íntegros de trabajo o capital mobiliario, dinerarios o en especie, derivados de su condición de socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado.
Otros supuestos
- Socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
- Comuneros de Comunidades de Bienes y socios de sociedades civiles irregulares.
- Socios trabajadores de sociedades laborales cuando su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado con los que convivan alcance, al menos, el 50 por ciento, salvo que acrediten que el ejercicio del control efectivo de la sociedad requiere el concurso de personas ajenas a las relaciones familiares.
A efectos de determinar el rendimiento neto se computarán, de manera adicional a los rendimientos que pudieran obtener de su propia actividad económica, la totalidad de los rendimientos íntegros de trabajo o capital mobiliario, dinerarios o en especie, derivados de su condición de socios o comuneros de estas entidades.
Se informa que, desde el 1 de enero de 2023, estarán obligadas a presentar declaración de IRPF, todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
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NUEVAS SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL PARA LAS MUJERES
La Ley Orgánica 1/2023, de salud sexual y reproductiva (BOE 1.03) establece, por primera vez en la UE a partir del día 2 de marzo, una nueva causa de baja laboral por incapacidad temporal “especial” por contingencias comunes de las mujeres en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, o dificultad en la salida de sangre menstrual de cualquier tipo, pudiendo implicar síntomas como dispareunia, disuria, infertilidad, o sangrados más abundantes de lo normal, entre otros.
Igualmente, se reconoce como ITCC la debida a la interrupción del embarazo (voluntario o involuntario), mientras la mujer reciba asistencia sanitaria del Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo, y la de gestación de la mujer desde el día primero de la semana 39.
Por otra parte, a partir de los tres meses de la publicación en el BOE, en las situaciones de menstruación incapacitante, el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el primer día de la baja en el trabajo, mientras que en los supuestos generales de IT por contingencias comunes solo se tiene derecho a la prestación desde el cuarto día. En los otros dos supuestos señalados, el pago se hará desde el día siguiente de la baja en el trabajo, estando a cargo de la empresa el salario íntegro correspondiente al día de la baja.
Para la situación de IT a partir de la semana 3ª, el subsidio se abona desde que se inicie la baja, hasta la fecha del parto, salvo que con anterioridad se hubiera iniciado una situación de riesgo durante el embarazo, en este caso, seguirá percibiendo la prestación si esta debe mantenerse.
Esto último puede dar lugar a la inclusión de supuestos no patológicos previos.
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SE CONVOCAN AYUDAS PARA PROYECTOS EMPRESARIALES EN LAS ZONAS DE TRANSICIÓN JUSTA
Se convocan las ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el ejercicio 2023.
Las ayudas buscan promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas afectadas por el cierre de explotaciones de carbón, de centrales térmicas de carbón y centrales nucleares, así como su entorno, con el fin último de generar actividades económicas alternativas en dichas zonas, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes para incentivar su desarrollo, considerando su condición de regiones desfavorecidas.
Beneficiarios
Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo que fundamenten la concesión de la ayuda.
Municipios aragoneses en zonas de transición justa:
- Alacón
- Albalate del Arzobispo
- Alcorisa
- Alloza
- Andorra
- Ariño
- Azaila
- Berge
- Calanda
- Cañizar del Olivar
- Castel de Cabra
- Castellote
- Castelnou
- Crivillén
- Ejulve
- Escatrón
- Escucha
- Estercuel
- Foz-Calanda
- Gargallo
- Híjar
- Jatiel
- La Mata de los Olmos
- La Puebla de Híjar
- Los Olmos
- Molinos
- Montalbán
- Oliete
- Palomar de Arroyos
- Samper de Calanda
- Seno
- Urrea de Gaén
- Utrillas
- Vinaceite
Actuaciones financiables
Todas las actividades económicas susceptibles de recibir ayudas, de acuerdo con la normativa nacional y de la Unión Europea aplicable, exceptuando:
- sector del acero
- sector del carbón
- sector de la construcción naval
- sector de las fibras sintéticas
- el sector de los transportes e infraestructuras conexas
- Producción distribución e infraestructuras de energía
- actividades de pesca y acuicultura, y la agricultura
- transformación y comercialización de productos agrícolas (cuando supedite la transmisión a productores o se determine en función del precio del producto primario)
- para facilitar el cierre de minas de carbón
- actividades relacionadas con la exportación cuando las ayudas estén vinculadas a las cantidades exportadas, y al establecimiento y funcionamiento de una red de distribución;
- Ayudas condicionadas al uso de bienes nacionales en lugar de importados
- sector del tabaco (fabricación, transformación, comercialización)
- Combustibles fósiles (transporte, distribución almacenamiento…)
- Desmantelamiento o construcción de Centrales Nucleares
- Incineración de residuos
- Sector servicios, excepto aquellos cuya actividad esté destinada a facilitar servicios industriales a las empresas; actividades asistenciales y sociosanitarias; alojamientos turísticos y actividades relacionadas con el turismo, el ocio, el medio ambiente en municipios de menos de 40.000 habitantes; proyectos del sector servicios destinados al desarrollo de la sociedad de la información, de la innovación y de las nuevas tecnologías; comercio al por menor de productos producidos por el promotor
- Bares, restaurantes, concesionarios de automóviles, comercio minorista, lavanderías, peluquerías, tintorerías, despachos profesionales y consultoría, empresas de promoción de viviendas o suelo, inmobiliarias, de construcción, agencias de colocación, agencias de trabajo temporal y empresas de juego y apuestas
Cuantía
Intensidad máxima de la ayuda: Grandes empresas Medianas empresas Pequeñas empresas Teruel 20% 30% 40% Zaragoza 15€ 25% 35% Requisitos:
- Efecto incentivador: Los proyectos no podrán haber iniciado los trabajos antes de la presentación de la solicitud de ayuda, no se tendrá en consideración, los trabajos preparatorios y la compra de terrenos.
- Inversión mínima: 100.000€
- Creación y mantenimiento de empleo: como mínimo 3 puestos (mantenerse durante 3 años)
- Inicio del proyecto: A los 9 meses siguientes de la fecha de notificación de la resolución definitiva, deberán ejecutar y haber pagado al menos un 15% de la inversión subvencionable.
- Plazo máximo de ejecución: 24 meses (tanto para la creación de empleo como para la ejecución y puesta en funcionamiento de la inversión)
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (publicada el 7 de marzo de 2023).


