Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • ¿Quieres participar en Advanced Manufacturing Madrid 2024?

    ¿Quieres participar en Advanced Manufacturing Madrid 2024?

    Ya es posible inscribirse en Advanced Manufacturing Madrid. Esta feria, que tendrá lugar los días 20 y 21 de noviembre en IFEMA, es un punto de encuentro y negocios para la globalidad de la industria manufacturera gracias a la unión  de sus tres eventos; MetalMadrid, Robomática Madrid y Composites Madrid, y sus áreas transversales; Connected, Additive, Surface, Product testing & Quality Control.

     

    20 y 21 de noviembre de 2024

    Pabellones 7 y 9 de IFEMA Madrid

    MetalMadrid

    MetalMadrid es la feria líder en innovación industrial, fabricación, mecanizado y procesamiento de metales. 

    En esta decimoséptima edición volverá a concentrar todas las soluciones relacionadas con el sector metalúrgico y máquina-herramienta.

     

    Las propuestas de CIRCE

     
    CIRCE presentará en Metal Madrid 2024 sus soluciones tecnológicas para optimizar los procesos industriales y reducir los costes energéticos de la industria intensiva en energía.
     
    El centro tecnológico presentará una calculadora que permite a las industrias analizar el ahorro económico y energético que podrían lograr al reemplazar sus procesos de calentamiento a gas por inducción.
     
    También expondrán su servicio de simulación CFD para el diagnostico  energético de procesos industriales.
     
    Además, explicarán la visión artificial como una de las tecnologías que implementan para optimizar los procesos, y otros servicios que ofrecen para la industria del metal.

    Composites Madrid

    Composites Madrid es el único evento en España especialmente dedicado a los materiales del futuro y sus aplicaciones de esta industria en constante crecimiento.

    Es por tanto, una oportunidad exclusiva para conocer os últimos productos y novedades sobre materiales compuestos y avanzados, materias primas, diseño, procesado y sus aplicaciones.

    Robomática Madrid

    Robomática es el evento industrial donde se concentran las novedades en automatización, la robótica industrial y sus aplicaciones, factores clave en la transición hacia la Fábrica Inteligente.

    En Robomática tienes la oportunidad de presentar tus productos a miles de profesionales que vienen para automatizar sus factorías y hacerlas más productivas

    ¿Qué te ofrece este evento?

     

    • Networking con 600 expositores y 14.000 profesionales.
    • Miles de soluciones en todas las áreas del sector industrial.
    • TEHC CONGRESS 4.0. 3 salas de congreso incluidas con tu pase.
    • Innovation Tours. Recorridos guiados por los productos más innovadores.
    • Ceremonia de entrega de los Advanced Manufacturing Awards.

    ¿Estás interesado en participar?

  • Se presenta el proyecto “Aragón: la autonomía en la era digital”

    Se presenta el proyecto “Aragón: la autonomía en la era digital”

    La Fundación Manuel Giménez Abad, la Dirección General de Desarrollo Estatutario y la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción exterior y Transparencia del Gobierno de Aragón, organizan los próximo 13 y 14 de noviembre las Jornadas de Presentación del Proyecto “Aragón: La autonomía en la era digital”.

    Esta jornada busca debatir acerca del impacto en la sociedad de las nuevas tecnologías, con especial hincapié en los recientes avances en materia de inteligencia artificial, así como dar a conocer el marco jurídico europeo e internacional de la inteligencia artificial.

    La jornada tendrá lugar en la Sala de la Corona del edificio Pignatelli.

  • AECC celebra el IX Congreso de personas con cáncer y sus familias

    AECC celebra el IX Congreso de personas con cáncer y sus familias

    La Asociación Española Contra el Cáncer organiza los próximos días 8 y 9 de noviembre el IX Congreso de personas con cáncer y sus familias que reúne anualmente a personas con cáncer, familiares y a todo aquel que apoya la lucha contra el cáncer en Aragón.

    Una edición, que viene cargada de actividades con más de 30 talleres, 2 mesas de diálogo, 3 charlas magistrales y un punto de encuentro en el que compartir experiencias y aprendizajes con las personas con cáncer, sus familias y las entidades que trabajan día a día contra el cáncer, así como un espacio de convivencia en la comida, gratuita para todos los asistentes, el mediodía del sábado. 

    Dos días por y para las personas con cáncer y sus familias de todo Aragón con el objetivo de ofrecerles todo lo que necesitan: 

    • Información veraz de la mano de distintas Asociaciones. 
    • Testimoniales de personas que están pasando o han pasado por lo mismo y que podrán ayudarlos con sus relatos.

     

    Más información e inscripción

  • PUBLICADO EL ESTATUTO DE LA AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE

    PUBLICADO EL ESTATUTO DE LA AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE

    Publicado el RD que desarrolla la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, aprobada en cumplimiento de la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

    La Ley 2/2033 estableció – y así comunicamos en su momento – el llamado Canal de Denuncias, de obligada creación en la empresas y entidades que en la norma se especificaban, con la finalidad otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre alguna de las acciones u omisiones a que se refiere el artículo 2 de tal norma, y ello a través de los procedimientos previstos en la misma.

    En dicha normativa – además de los sistemas o canales de información internos (el llamado canal de denuncias) – se preveía la creación de esta autoridad (Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.)  como ente de Derecho público de ámbito estatal, estableciéndose como su finalidad la de garantizar la protección de la persona informante, servir de pilar institucional en la prevención y la lucha contra el fraude y la corrupción, y en la garantía de la integridad de las administraciones y del personal al servicio del sector público, actuando en coordinación en su caso, con otros organismos de control ya existentes en la Administración del Estado y con autoridades similares de otras administraciones territoriales. Ante la AAI, toda persona física podrá informar de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de dicha Ley, ya sea directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno.

    Sus funciones, son las derivadas de la aplicación del artículo 43 de la citada Ley 2/2023, entre otras, la llevanza del canal externo de comunicaciones, la asunción de la condición de órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno en materia de protección del informante, la elaboración de modelos de prevención de delito en el ámbito público, o la asunción de la competencia sancionadora en la materia.

    La norma detalla su régimen estatutario de composición y funcionamiento, indicándose – dada su condición de ente de derecho público – que se regirá por lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, así como por las disposiciones que la desarrollen, y por su Estatuto. Supletoriamente se regirá, en cuanto sea compatible con su plena independencia, por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre; por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, así como por las demás normas que resulten de aplicación. En defecto de norma administrativa se aplicará el Derecho común.

    Real Decreto completo

  • ¿Quieres conocer las condiciones de otros convenios y pactos de empresa del sector?

    ¿Quieres conocer las condiciones de otros convenios y pactos de empresa del sector?

    La Comisión de Relaciones Laborales de FEMZ ha preparado junto a SERLOG Consultora de Recursos Humanos un proyecto de aplicación colaborativa con el que poner a disposición de los socios de la federación una herramienta en Excel, Metalpedia, con la que comparar y analizar los mismos criterios en distintos convenios colectivos y pactos de empresa.

    Así pues, bajo el título “Del artículo al acuerdo: Radiografía del metal” se pretende ayudar a las empresas a sacar más partido de su convenio colectivo.

    Objetivos del proyecto

    Crear una base de datos común en la que compartir conocimiento

    La recopilación de estos acuerdos permitirá realizar un análisis comparativo de los aspectos clave recogidos en los convenios y pactos de empresa firmados en las compañías del sector de la provincia de Zaragoza. Además de poder comprobar cómo se llevan a la práctica.

    Identificar fortalezas y mecanismos en cada uno de los convenios.

    Este análisis comparativo brindará a los socios perspectiva y herramientas con las que con la que afrontar los retos de la forma más adecuada.

    Identificar aspectos susceptibles de mejora y planificar su cambio.

    Una vez identificadas sus debilidades y fortalezas los socios podrán planificar su línea de acción.

    Aspectos a analizar

     

    Los criterios que podrán analizarse comparativamente en Metalpedia son los siguientes: 

    • Compensación y absorción
    • Distribución irregular, distribución de turnos
    • Permisos y licencias
    • Horas extraordinarias
    • ERTE
    • Conciliación
    • Complementos
    • Incapacidad temporal
    • Movilidad geográfica
    • Gratificaciones extraordinarias
    • Movilidad geográfica
    • Dietas y kilometraje
    • Beneficios, reconocimientos, Ret. flexible y especie
    • Incrementos salariales y revisión
    • Vacaciones, calendarios cerrados o abiertos y jornada anual
    • Retribución
    • Plus de nocturnidad
    • Plus de productividad
    • Absentismo
    • Teletrabajo y desconexión digital
    • Plus transporte
    • Fijos discontinuos. Llamamientos

    ¿Qué tengo que hacer para participar?

    El primer paso es enviar un correo a laboral@femz.es comunicando tu interés en participar.

    Después, recibirás un correo de FEMZ con un enlace a una encuesta.

    Se firmará un acuerdo de confidencialidad (NDA).

    Una vez recibida la encuesta, el equipo de Serlog unificará los datos para crear la Metalpedia, una fuente de soluciones.

    Finalmente recibirás un informe personalizado con tus puntos fuertes y áreas de mejora y el acceso a Metalpedia, donde podrás analizar y filtrar la información de forma personalizada.

    FEMZ asume inicialmente el 50% del coste del proyecto, por lo que cada socio deberá aportar únicamente 750 euros.

    ¿Cómo funciona Metalpedia?

  • LAS FACTURAS DEBERÁN INCLUIR UN CÓDIGO QR EN 2025

    LAS FACTURAS DEBERÁN INCLUIR UN CÓDIGO QR EN 2025

    El BOE del 28/10/2024 (con entrada en vigor al día siguiente) ha publicado la Orden HAC/1177/2024 por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE de 6 de diciembre de 2023); y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (BOE de 28 de octubre de 2024).

    El artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, con el objetivo de impedir o dificultar la fabricación, producción, importación y tenencia de sistemas y programas informáticos que permitan o faciliten la manipulación u ocultación de datos contables, de facturación o de gestión a la Administración tributaria, introdujo una nueva obligación tributaria formal, que establece que los productores, comercializadores y usuarios de los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad.

     

    Las facturas deberán incluir un código QR

     

    El Reglamento establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, desarrollando lo prevenido en el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, regula las normas que deben cumplir dichos sistemas con el fin de garantizar lo exigido por la LGT: la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.

    Se aprovecha también la publicación para introducir modificaciones en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre). En especial en la exigencia prevista en dicho Real Decreto sobre la inclusión de un código “QR” en las facturas.

    Así, las facturas, tanto en papel como en soporte digital, deberán contener un código QR y en el caso de facturas expedidas por “Sistemas de emisión de facturas verificables” o “VERI*FACTU”, la frase “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERI*FACTU”.

     

    ¿Qué requisitos mínimos tendrán que tener los sistemas informáticos?

     

    El objeto de la orden es detallar los aspectos técnicos, funcionales y de contenido recogidos en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación y concreta las especificaciones técnicas y funcionales de formación del código “QR” y, en su caso, de la frase que deberán incluirse en las facturas expedidas por los sistemas informáticos.

    Se establecen una serie de requisitos mínimos que deben reunir los sistemas electrónicos de remisión de información a la Administración Tributaria (conexión a Internet, gestión de certificados electrónicos, remitir registros de facturación y recibir y procesar la respuesta de la Administración tributaria). Estos sistemas deben garantizar la integridad e inalterabilidad de los registros de facturación y su trazabilidad.

    Asimismo, el sistema informático deberá garantizar la conservación y accesibilidad de todos los registros de facturación y detectar posibles fallos y anomalías.

    Será necesaria una “DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN”, indicando que el funcionamiento del mismo lo es exclusivamente como como “Sistema de emisión de facturas verificable” y cumple con las especificaciones al efecto. El funcionamiento como “VERI*FACTU” puede comenzar en cualquier momento, pero deberá mantenerse siempre al menos hasta el final del último año en que haya funcionado como tal, es decir, hasta el 31 de diciembre de dicho año.

    El obligado tributario podrá suministrar los registros de facturación conservados mediante envío automático y seguro por medios electrónicos a la sede electrónica de dicha Administración tributaria.

     

    ¿Cuándo entra en vigor la nueva normativa?

     

    Se recuerda que la orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, esto es, el 29/10/2024; sin perjuicio de los plazos de adaptación establecidos por el Reglamento (Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE de 6 de diciembre de 2023) que entró en vigor el 07/12/2023. Es decir:

    • Los obligados tributarios que utilicen sistemas informáticos de facturación (empresas, empresarios, profesionales, etc.) deberán tener operativos los sistemas informáticos adaptados a las características y requisitos que se establecen en el reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 01/07/2025.
    • Los productores y comercializadores de los mencionados sistemas informáticos, en relación con dichas actividades de producción y comercialización, deberán ofrecer sus productos adaptados totalmente al reglamento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial de desarrollo. Ahora bien, en relación con sistemas informáticos incluidos en los contratos de mantenimiento de carácter plurianual contratados antes de este último plazo, deberán estar adaptados al contenido del reglamento con anterioridad al 01/07/2025

    Asimismo, se disponía que, en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial de desarrollo, estará disponible en la sede de la AEAT el servicio para la recepción de los registros de facturación remitidos por los “Sistemas de emisión de facturas verificables”.

     

    No confundir con la normativa de factura electrónica

     

    Reproducimos al efecto un párrafo de la exposición de motivos del tan citado Reglamento:

    “(…) En indirecta relación con este real decreto, la factura electrónica se presenta como una modalidad cada vez más extendida, que se encuentra incardinada en los esfuerzos para la digitalización del tejido empresarial español impulsados desde las administraciones públicas. Existen sensibles diferencias entre la normativa de factura electrónica, que afecta a la documentación, conservación y transmisión de estos documentos, y la materia regulada en este real decreto, que se refiere a los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de sus formatos. El contenido de este real decreto resulta compatible con la implantación de la factura electrónica, generando adicionalmente sinergias entre ambas normativas, que contribuirán conjuntamente a mejorar la asistencia al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, el control del fraude tributario, así como la prevención de la morosidad en transacciones comerciales. (…)”

    Y realizamos tal transcripción para -aclarando un error extendido – indicar que un tema es la obligación de realizar la facturación electrónicamente y otra (que es a lo que se refiere la norma de desarrollo publicada) las exigencias técnicas y de contenido de los sistemas y programas informáticos que soporten tal facturación.

    La conexión entre ambas materias es evidente, pero en relación a la factura electrónica, reproducimos igualmente y como recordatorio el texto informativo de la AEAT sobre el particular:

    “(…) En los plazos que se indican a continuación desde la aprobación del desarrollo reglamentario de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, será obligatorio expedir factura electrónica cuando el destinatario de la operación sea empresario o profesional:

    En el plazo de 1 año desde la aprobación del Reglamento que regula la factura electrónica para los empresarios y profesionales con volumen de operaciones superior a 8.000.000 de euros.

    En el plazo de 2 años desde la aprobación del Reglamento que regula la factura electrónica para los empresarios y profesionales con volumen de operaciones inferior a 8.000.000 de euros.

    El citado desarrollo reglamentario se encuentra recogido en el proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, en lo relativo a la facturación obligatoria entre empresas y profesionales, cuyo texto fue sometido a información pública el 20 de junio de 2023. (…0)”

     

    (Recordamos que el “desarrollo reglamentario”, cuya publicación supondrá el inicio del cómputo de los plazos, no ha tenido todavía lugar)

    Es decir, una cosa es la obligación introducida en el artículo 12 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre (por el que se modifica de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información) de facturar electrónicamente, que entra en vigor en los plazos indicados en el párrafo precedente, y otra es la obligación de adaptación de los sistemas y programas informáticos de facturación, con el plazo máximo de adaptación previsto en el Real Decreto 1007/2023 (1 de julio de 2025 o nueve meses desde la publicación de la Orden ministerial de desarrollo).

    Orden completa

  • AYUDAS PARA PROYECTOS DE MICROELECTRÓNICA Y TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN (IPCEI ME/TC)

    AYUDAS PARA PROYECTOS DE MICROELECTRÓNICA Y TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN (IPCEI ME/TC)

    Se convoca la concesión de ayudas a proyectos desarrollados en el marco del “Proyecto Importante de Interés Común Europeo” sobre Microelectrónica y Tecnologías de la Comunicación, en adelante IPCEI ME/TC.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en esta convocatoria las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño.

     

    Modalidades de participación

     

    A los efectos de esta orden, se considera que en el IPCEI ME/CT existen tres modalidades de participación: la de participante directo, la de participante asociado, y la de participante indirecto.

     

    Participantes directos

    Son los que se han sometido a un procedimiento de selección nacional previo para participar en el IPCEI ME/CT. Contribuyen al mismo con un proyecto propio y están obligados a participar en colaboraciones efectivas con otros participantes directos del mismo IPCEI, y participan directamente en los órganos del gobierno de éste: tienen derecho a voto en la Asamblea General (IPCEI ME/CT GA) y en el Supervisory Board (SB), siendo además elegibles para el Grupo de Facilitación (IPCEI ME/CT FG).

     

    Participantes asociados

    Tienen una colaboración efectiva con al menos un participante directo, y toman parte de una forma más restringida en los órganos de gobierno: sólo pueden participar como observadores en la Asamblea General (IPCEI ME/CT GA) y en el Supervisory Board (SB), y no son elegibles para el Grupo de Facilitación (IPCEI ME/CTFG).

     

    Participantes indirectos

    No contribuyen al IPCEI ME/CT con un proyecto propio, sino que lo hacen a través de colaboraciones efectivas con al menos un participante directo. Pueden participar como observadores en el IPCEI ME/CT GA.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Serán subvencionables las actuaciones que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:

    Estar enmarcadas dentro de una de las siguientes categorías según se definen a continuación:

    • Estudios de viabilidad
    • Proyectos de investigación industrial
    • Proyectos de desarrollo experimental

    En el caso de los participantes asociados, que los objetivos del proyecto se ajusten al contenido de la documentación aportada por el solicitante en la prenotificación efectuada a la Comisión Europea en diciembre de 2021 (SA 101.150) para las fases de I+D.

    En el caso de los participantes indirectos, que el proyecto cumpla simultáneamente las dos condiciones siguientes:

    • Que se encuentre vinculado al proyecto de un participante directo incluido en la Decisión C(2023) 3817 final, de 8 de junio de la Comisión Europea
    • Que se acredite una ejecución parcial previa del mismo de al menos el 15?% del presupuesto subvencionable entre el 21 de diciembre de 2021 y la fecha de publicación en el BOE de la orden.

     

    Cuantía

     

    Se establece un presupuesto financiable mínimo para cada proyecto de 1.000.000 de euros.

    Serán subvencionables los gastos realizados desde el 21 de diciembre de 2021 hasta la finalización de las actuaciones subvencionadas, que no podrá ser posterior al 30 de junio de 2026, o el ámbito temporal que conforme a la normativa europea pueda resultar en el futuro de aplicación.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del día 15 de noviembre de 2024.

  • ¿CÓMO AFECTA LA NORMALIZACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL?

    ¿CÓMO AFECTA LA NORMALIZACIÓN A LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL?

    La Asociación Española de Normalización (UNE) colabora con el Ministerio de Industria y Turismo, a través de la Escuela de Organización Industrial (EOI), en un estudio sobre el impacto de la normalización en la actividad empresarial en España. 

    Este trabajo busca comprender mejor cómo la aplicación de normas o estándares afecta al desempeño empresarial y los mecanismos a través de los cuales se producen estos efectos. El conocimiento obtenido servirá para seguir avanzando en la aplicación de normas cada vez más adecuadas a las necesidades de las empresas y organizaciones; y para poner en valor el camino recorrido hasta el momento por todo el ecosistema de normalización.

    Desde la UNE se invita a las empresas a rellenar el cuestionario que se adjunta a continuación, tanto si aplican normas y estándares como si no lo hacen, ya que se pretenden conocer también los obstáculos encontrados por estas últimas.

    La fecha límite para cumplimentar esta encuesta es el 31 de octubre.

    Cuestionario

  • CALENDARIO CONTRIBUYENTE. NOVIEMBRE 2024

    CALENDARIO CONTRIBUYENTE. NOVIEMBRE 2024

    • 05-11-2024  Hasta el 5 de noviembre
      • Renta

     

    • 12-11-2024  Hasta el 12 de noviembre
      • Intrastat

     

    • 20-11-2024  Hasta el 20 de noviembre
      • Impuesto sobre las transacciones financieras
      • Impuesto sobre las primas de seguros
      • Impuesto especiales y medioambientales
      • IVA
      • Renta y sociedades

     

    • 30-11-2024  Hasta el 30 de noviembre
      • IVA

     

    Fuente: AEAT

  • II PREMIOS METALÍZATE: ¿DÓNDE, CÓMO, CUÁNDO?

    II PREMIOS METALÍZATE: ¿DÓNDE, CÓMO, CUÁNDO?

    El reloj de los Premios MetalíZate empieza su particular cuenta atrás. Cada vez falta menos para que el Teatro de las Esquinas se convierta, nuevamente, en un punto de encuentro para empresas, centros educativos y, sobre todo, talento. El de los jóvenes que acaban de dar el primer paso de su carrera profesional y que tienen en sus manos el futuro del sector del Metal.

    Con el objetivo de poner en valor todo su potencial, FEMZ organiza la segunda edición de sus Premios MetalíZate. Una gala fresca y dinámica en la que se premiarán los mejores trabajos de fin de grado de los ciclos formativos de las familias: Energía y Agua, Instalación y Mantenimiento, Transporte y Mantenimiento de vehículos, Electricidad y Electrónica, Fabricación mecánica y Comercio y Marketing.

    12 de noviembre.

    De 09:15h. a 13:30h.

    El Teatro de las Esquinas.

     

    El papel de nuestros socios

     

    Este evento no solo pone de manifiesto el compromiso de FEMZ con la captación y retención del talento, sino también el de todo el sector.

    Nuestros socios apuestan por quienes construirán el futuro del Metal y lo hacen en forma de patrocinadores y colaboradores.

     

    Patrocinadores

     

    • Energia y Agua: Arpa Equipos Móviles de Campaña.
    • Instalación y Mantenimiento: ArcelorMittal Tailored Blanks.
    • Transporte y Mantenimiento de vehículos: Brembo.
    • Electricidad y Electrónica: Kalfrisa.
    • Fabricación mecánica: Cintasa y Umec.
    • Comercio y Marketing: Bilstein Group.

     

    Colaboradores

     

    También colaboran en los II Premios MetalíZate: Serma,  Mecánicas Aparicio, Joarjo, Grumetal, Suministros Industriales Herco, AEIEZ, Lacor Formación, Gotor Comunicaciones y Ringo Válvulas.

     

    ¿Qué es MetalíZate?

     

    MetalíZate es la iniciativa de la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza para dar a conocer el sector del Metal entre  quienes se plantean -o replantean- su futuro profesional; para poner en contacto a empresas y trabajadores, y para mejorar empleabilidad de cientos de personas.

    Sus tres líneas de acción son los programas de orientación y empleo, la bolsa de empleo y “Abriendo tu futuro”, un servicio de orientación académico-profesional.

     

    ¿Todavía no te has inscrito?