Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • PRÓXIMA CONVOCATORIA PLAN RENOVE 2020

    PRÓXIMA CONVOCATORIA PLAN RENOVE 2020

    Próximamente el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicará la convocatoria para la concesión directa de subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria (Plan Renove).

    Con el fin de elaborar un censo de máquinas susceptibles de recibir las ayudas (reguladas en el artículo 4 del citado Real Decreto), los fabricantes o sus representantes pueden ponerse en contacto con el MAPA en las siguientes direcciones de correo electrónico: vamorest@mapa.esmpayoevv@mapa.es

    En los casos de nuevos equipos fitosanitarios y abonadoras que no han estado incluidos en anteriores convocatorias del Plan Renove, deberán cumplir los siguientes requisitos:
     

    Procedimiento de ensayo de equipos de aplicación de productos fitosanitarios nuevos para su posible inclusión en las ayudas del Plan Renove 2020

     Con el fin de poder acogerse a las ayudas contempladas en el Real Decreto 704/2017, modificado por el Real Decreto 294/2018, los equipos de aplicación de productos fitosanitarios, deberán superar unas pruebas para comprobar su correcta distribución y el cumplimiento de la normativa en vigor en determinados laboratorios autorizados por el MAPA.

    Se verificará el cumplimiento de las Normas UNE EN ISO-16119 y 16122.

    En los siguientes enlaces figura el procedimiento de ensayo y las fichas descriptivas del equipo a cumplimentar por el fabricante o su representante legal.

    El fabricante se dirigirá a uno de los Laboratorios autorizados para la inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios. Estas entidades aportarán al MAPA certificado del cumplimiento de la norma UNE EN ISO 16122, además del boletín de resultados en el que se añadirá un check list relativo a los aspectos contemplados en el procedimiento de ensayo del MAPA, correspondiente a la norma UNE EN ISO 16119.

    El MAPA decidirá, una vez evaluado el número de solicitudes realizadas, si es necesario que las pruebas puedan ser realizadas además por otras entidades.

    Los informes de resultados con la certificación mencionada deberán ser remitidos al MAPA, debidamente firmados y sellados por el responsable de los ensayos en los Laboratorios a las siguientes direcciones de correo electrónico: vamorest@mapa.esmpayoevv@mapa.es

    Las verificaciones a realizar recogidas en el Procedimiento, tanto relativos a la norma UNE EN ISO 16122 y UNE EN ISO 16119, serán realizados con el mayor rigor y con el instrumental necesario, en su caso, debidamente calibrado para ello. A los efectos del cumplimiento de la norma UNE EN ISO 16122 serán válidos los manuales y guías de inspección publicados en la página web del MAPA.

    El periodo de inclusión de nuevos modelos en la base de datos del MAPA, estará abierto desde el 2 de marzo hasta el 15 de septiembre de 2020.

     

    Procedimiento de ensayo de equipos de aplicación de abonadoras nuevas para su posible inclusión en las ayudas

    Con el fin de poder acogerse a las ayudas contempladas en el Real Decreto 704/2017, modificado por el Real Decreto 294/2018, las abonadoras deberán superar unas pruebas para comprobar su correcta distribución y el cumplimiento de la normativa en vigor. Para ello el MAPA ha designado la Estación de Ensayo de Abonadoras y Sembradoras de Palencia (EECAS) para llevar a cabo estos ensayos.

    La dirección de contacto de la EECAS es:

    Avenida de Madrid, 50
    34004 Palencia
    Teléfono de contacto 979 10 83 71
    Correo electrónico momaf@iaf.uva.es

    El laboratorio verificará el cumplimiento de las Normas UNE EN 13.739-2 y 68-088-88. Estas pruebas se llevarán a cabo con el mayor rigor y con el instrumental necesario, en su caso, debidamente calibrado para ello.

    En los siguientes enlaces figura el procedimiento de ensayo y el Anejo 1 del equipo a cumplimentar por el fabricante o su representante legal.

    El fabricante se dirigirá al Laboratorio autorizado para la inspección de abonadoras. El laboratorio enviará al MAPA el certificado de cumplimiento de las Normas anteriormente citadas, además del boletín de resultados debidamente firmados y sellados por el responsable a las siguientes direcciones de correo electrónico: vamorest@mapa.esmpayoevv@mapa.es

     

    Procedimiento para la inclusión de marcas y modelos de sembradoras de siembra directa

    Los fabricantes o representantes que deseen incluir modelos de máquinas de siembra directa para la convocatoria de ayudas correspondientes al año 2020, deberán realizar una solicitud al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), indicando los siguientes datos:

    – MARCA
    – MODELO
    – PAÍS DE FABRICACIÓN
    – CLASE DE SEMBRADORA (Se debe indicar que se trata de una sembradora solo apta para la siembra directa)
    Además debe adjuntar un manual de uso de la máquina donde se refleje el modelo o modelos. Además se aportará una foto por cada uno de los modelos solicitados donde pueda apreciarse ese modelo en el chasis.
    Las solicitudes pueden realizarse por correo electrónico en algunas de las siguientes direcciones: vamorest@mapa.esmpayoevv.@mapa.es
    NOTA: Ninguno de los modelos de sembradoras de siembra directa incluidos en convocatorias anteriores lo están para la presente. Los fabricantes o representantes deberán cumplir con lo expresado anteriormente para volver a incluir los modelos.
     

    Marcas y modelos de máquinas incluidas

    En el siguiente listado se puede consultar las máquinas que actualmente se encuentran incluidas para la próxima convocatoria del Plan Renove. El listado se irá actualizando semanalmente hasta que quede abierto el plazo de la convocatoria.
    En este listado no se encuentran incluidos los tractores. Los interesados en consultarlos, puede hacerlo en el siguiente enlace.
    Para acotar la búsqueda a modelos de tractores que se encuentran en venta (*), se debe seleccionar SI en el campo “Comercializable”
    (*) Esta información procede de la comunicación que han realizado los distintos fabricantes. En último caso, serán estos los que puedan confirmar este extremo.
  • CEPYME ARAGÓN ELABORA UNA GUÍA INFORMATIVA SOBRE LAS IMPLICACIONES DEL CORONAVIRUS EN LAS EMPRESAS

    CEPYME ARAGÓN ELABORA UNA GUÍA INFORMATIVA SOBRE LAS IMPLICACIONES DEL CORONAVIRUS EN LAS EMPRESAS

    Ante la preocupación del tejido empresarial por los posibles efectos del coronavirus en el ámbito laboral, CEPYME Aragón ha elaborado un documento informativo con las implicaciones de este virus en las empresas.

    ¿Qué ocurre si una persona trabajadora está contagiada? ¿Qué ocurre en el caso de restricciones de movimiento que impiden a los empleados acudir a su centro de trabajo? ¿Qué soluciones puede adoptar una empresa en caso de que se hiciese imposible mantener la actividad de la empresa? Son algunas de las cuestiones que estos días se están preguntando los empresarios ante el alarmismo creado por la aparición del coronavirus en nuestro país.

    La organización empresarial insiste en pedir calma desde el punto de vista social, expresando su máxima confianza en el sistema sanitario español y aragonés, y requiere a las Administraciones que prevengan medidas por el posible impacto económico en el tejido empresarial.

    CEPYME Aragón se pone a disposición de las empresas para atender cualquier duda al respecto a través del teléfono 976 76 60 60.

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  • EL CLUSTER DE MAQUINARIA AGRÍCOLA DE ARAGÓN CELEBRA SU SEGUNDO ANIVERSARIO EN EL MARCO DE FIMA

    EL CLUSTER DE MAQUINARIA AGRÍCOLA DE ARAGÓN CELEBRA SU SEGUNDO ANIVERSARIO EN EL MARCO DE FIMA

    El Cluster de Maquinaria Agrícola de Aragón organizó ayer por la tarde, coincidiendo con la celebración de FIMA, una jornada técnica sobre innovación en el uso y gestión del purín para la mejora de la agricultura a la que asistieron un centenar de personas.

    Durante la jornada se ha puesto de relieve cuatro proyectos innovadores sobre gestión de purines que se están desarrollando: PURINIR, desarrollado por varios socios del cluster aragonés; LIFE ARIMEDA, coordinado por el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA); DEPUPORC, desarrollado por DEPUBOX; y COOPUR, puesto en marcha por la Sociedad Cooperativa del Campo Nuestra Señora de los Pueyos de Alcañiz.

    PURINIR

    El proyecto PURINIR, cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Comunidad Autónoma de Aragón, surge de la unión de todos los fabricantes de cisternas aragoneses (Rigual, Aguas Tenías, Remolques Beguer y Cisternas Agudo ) para resolver mediante tecnología el problema de la aplicación del purín en Aragón.

    Este proyecto tiene una finalidad triple, por un lado pretende potenciar el uso de los estiércoles como fertilizante aplicándolos utilizando sistemas de agricultura de precisión; por otro lado, el uso de un sensor NIRS permite una mejor gestión al determinar de manera más exacta el contenido de nutrientes existentes en el purín que transporta la cuba y, por último, la protección del medio ambiente realizando un manejo más sostenible de los estiércoles generados por las granjas de porcino al geoposicionar en todo momento las operaciones de la cuba.

    LIFE ARIMEDA

    LIFE ARIMEDA está coordinado por el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA) y cuenta con la participación de la Universidad de Milán, asociaciones de ganaderos (ADS Ejea y ARAL) y empresas de ingeniería y tecnología aplicada al ámbito del fertirriego en agricultura (Regaber, Mecaniques Segales, Acquafert y Agriter).

    El proyecto desarrolla tecnologías de fertirriego que permiten aplicar la fase líquida del purín o del digerido a lo largo de todo el ciclo de desarrollo de cultivos extensivos como el maíz. Se pretende ajustar las dosis de nitrógeno y sincronizar su aplicación con las necesidades del cultivo, mejorando la eficiencia de uso de este nutriente y reduciendo las pérdidas por emisión de amoniaco.

    DEPUPORC

    DEPUBOX implanta sistemas patentados, comercializando el “sistema de tratamiento de purines patentado DEPUPORC que incluye tecnología ORIGINCLEAR” para la correcta gestión del purín de cerdo, depurando, valorizando y convirtiendo un residuo en un subproducto, cerrando el ciclo del porcino. El proceso patentado por DEPUPORC evita la emisión a la atmósfera de una tonelada de CO² equivalente por cada 7 toneladas de purín depurado aproximadamente. Evitamos la contaminación de aire, suelo y agua.

    La tecnología está reconocida por el MAPAMA dentro del Programa Clima. Esta tecnología permite la reducción de tierras asociadas a la granja en más de un 80%, al reducir el nitrógeno, el potasio y el fósforo en más de un 90 % y recuperando gran parte de este último en el sólido que se obtiene durante el proceso, obteniendo una relación NPK muy buena para la aplicación a campo.

    COOPUR

    COOPUR surge en 2017, los agricultores de la Sociedad Cooperativa del Campo Nuestra Señora de los Pueyos de Alcañiz, conscientes de la necesidad del uso racional de los fertilizantes y preocupados por optimizar los costes de producción de sus explotaciones agrícolas, decidieron, junto con la Agrupación Arcoiris y bajo la coordinación del CITA, llevar a cabo el proyecto COOPUR.

    COOPUR ha concluido con éxito y le ha permitido a la sociedad cooperativa ser la primera cooperativa agrícola de Aragón en crear un Centro Gestor de Purines y Estiércoles (CGE) que promueve y controla la óptima aplicación de purines y estiércoles de distintas especies animales en las tierras de cultivo de sus socios.

    El Cluster de Maquinaria Agrícola de Aragón, que celebra su segundo aniversario en el marco de esta feria, donde se presentó en 2018., ha querido poner de relieve las interesantes e innovadoras iniciativas que están realizando las empresas aragonesas en esta nueva edición de FIMA en la que han participa 26 de las 42 empresas que forman parte del cluster.

  • FEMZ ANALIZA LA SITUACIÓN DEL SECTOR

    FEMZ ANALIZA LA SITUACIÓN DEL SECTOR

    La Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza (FEMZ) ha celebrado reunión de su Comité Ejecutivo en la que ha analizado, entre otros asuntos, el desarrollo de las negociaciones del nuevo Convenio Colectivo Provincial para la Industria Siderometalúrgica de Zaragoza, la armonización de impuestos entre las Comunidades Autónomas, la reforma de la normativa sobre subcontratación y el impacto del coronavirus en las empresas.

    El Comité Ejecutivo de la federación ha conocido los avances de las negociaciones del que será el nuevo Convenio Colectivo Provincial para la Industria Siderometalúrgica de Zaragoza en el que la organización empresarial está apostando fuertemente por la formación en todas sus variantes, y la modernización del sector.

    Por otro lado, el máximo órgano de la organización empresarial ha mostrado su preocupación por la fiscalidad al alza que ha aprobado el nuevo Gobierno con la puesta en marcha de nuevas tasas a servicios digitales y transacciones bancarias; así como por la propuesta de reforma de la normativa de subcontratación que el Gobierno central ha llevado a la mesa del dialogo social en Madrid y que, de resultar impuesta, supondría un revés a todo un modelo económico.

    El Comité Ejecutivo de FEMZ también ha valorado el impacto en las empresas ante una posible prolongación del efecto “Coronavirus”. La organización empresarial pide calma y no alarmismo desde el punto de vista social, expresando su máxima confianza en el sistema sanitario español y aragonés y, a su vez, pidiendo a las Administraciones que prevengan medidas ante la repercusión por la posible interrupción de suministros provenientes de países afectados por la epidemia, que puede llevar a algunas empresas a suspender la actividad empresarial y por tanto el empleo.

    De persistir más de una o dos semanas la paralización productiva y el bloqueo de transporte de mercancías en los países afectados (especialmente de China), un alto porcentaje de las empresas fabricantes del sector, podrían no disponer de componentes para continuar la fabricación.

    La organización empresarial ya tiene constancia de varias empresas del sector afectadas por esta cuestión y hace un llamamiento para realizar un ejercicio de consenso de medidas ante los escenarios previsibles a corto plazo de pérdidas y EREs.

  • ¿QUÉ TIENES QUE SABER SOBRE EL CORONAVIRUS?

    ¿QUÉ TIENES QUE SABER SOBRE EL CORONAVIRUS?

    El Comité de Emergencias del Reglamento Sanitario Internacional (RSI, 2005) ha declarado el actual brote de nuevo coronavirus como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) en su reunión del 30 de enero de 2020.

    A continuación les mostramos información de interés sobre coronavirus, síntomas, medidas de protección etc. elaboradas por el Ministerio de Sanidad.
     

    ¿Qué son los coronavirus?

    Los coronavirus son una amplia familia de virus que normalmente afectan sólo a los animales. Algunos tienen la capacidad de transmitirse de los animales a las personas. Producen cuadros clínicos que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves como el síndrome respiratorio agudo.

    El nuevo coronavirus se llama SARS-CoV-2 y causa la enfermedad llamada COVID-19.

    Este nuevo tipo de coronavirus puede afectar a las personas tiene un genoma diferente al de otros coronavirus y se detectó por primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, en China. Todavía hay muchas cuestiones que se desconocen en relación a la enfermedad que produce: COVID-19.
     

    ¿Los animales transmiten el nuevo coronavirus SARS-COV-2 al ser humano?

    Existe la posibilidad de que la fuente inicial fuera algún animal.

    Algunos coronavirus son virus zoonóticos, lo que significa que se pueden transmitir de los animales al ser humano.
     

    ¿Cuáles son los síntomas del COVID-19?

    Los síntomas más comunes son fiebre, tos, y sensación de falta de aire.

    En algunos casos también puede haber síntomas como diarrea y dolor abdominal. En casos más graves, la infección puede causar neumonía, dificultad importante para respirar, fallo renal e incluso la muerte. Los casos más graves, generalmente ocurren en personas ancianas o que padecen alguna otra enfermedad como, por ejemplo, del corazón, del pulmón o problemas de inmunidad.
     

    ¿De qué forma se puede adquirir la infección?

    Si bien no se conoce de forma precisa, por analogía con otras infecciones causadas por virus similares, parece que la transmisión sería a través del contacto con animales infectados o por contacto estrecho con las secreciones respiratorias que se generan al toser o estornudar una persona enferma. Estas secreciones infectarían a otra persona si entran en contacto con su nariz, sus ojos o su boca.
     

    ¿La infección es muy contagiosa?

    La infección es transmisible de persona a persona y su contagiosidad depende de la cantidad del virus en las vías respiratorias. Para que se produzca la infección se necesitaría un contacto directo de las secreciones respiratorias de un animal infectado o de una persona infectada con las mucosas de otra persona (nariz, boca, ojos). Parece poco probable la transmisión por el aire a distancias mayores de uno o dos metros.
     

    Medidas de protección individual

    • Realizar una higiene de manos frecuente (lavado con agua y jabón o soluciones alcohólicas), especialmente después de contacto directo con personas enfermas o su entorno;
    • Evitar el contacto estrecho con personas con signos de afección respiratoria, como tos o estornudos; mantener una distancia de un metro aproximadamente con las personas con síntomas de infección respiratoria aguda;
    • Cubrirse la boca y la nariz con pañuelos desechables al toser o estornudar y lavarse las manos.
    • No hay que tomar precauciones especiales con los animales en España, ni con los alimentos

     

     Información extraída del documento Preguntas y respuestas sobre el SARS-CoV-2 y el COVID-19 elaborado por el Ministerio de Sanidad.

    Más información

  • DICOME S.L. ESTRENA NUEVA WEB

    DICOME S.L. ESTRENA NUEVA WEB

    Estimados asociados, en Dicome SL tienen muchas ganas de seguir progresando y cumpliendo retos, por eso inauguran hoy su web corporativa.

    Llevan más de 25 años al servicio de sus clientes en el sector del metal. Para seguir creciendo con ellos, Dicome ha creado una herramienta de comunicación en la que ha puesto su mejor hacer porque quieren que su presencia digital trasmita los valores de la empresa y sea un reflejo fiel de quiénes son y de su trabajo.

    Hoy la empresa sigue apostando por la tecnología de vanguardia, dispone de una de las instalaciones de corte láser para perfiles de grandes dimensiones más novedosas en España.

    Os invitamos a que conozcáis la empresa y sus nuevos proyectos con imágenes y vídeos a través de su nueva web


    Tú también puedes ser el protagonista de FEMZ: Cuéntanos tus novedades.

    Otros Protagonistas de FEMZ

  • VENTAJAS DEL CONVENIO CON LA FUNDACIÓN SAN EZEQUIEL MORENO PARA ASOCIADOS A FEMZ

    VENTAJAS DEL CONVENIO CON LA FUNDACIÓN SAN EZEQUIEL MORENO PARA ASOCIADOS A FEMZ

    El 12 de julio del pasado año, la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza firmó un convenio de colaboración con la Fundación San Ezequiel Moreno para incorporar mano de obra especializada al sector. Según el convenio rubricado, los asociados a FEMZ podrán beneficiarse del servicio integral de la fundación, así como sus herramientas para explorar oportunidades de incorporar mano de obra cualificada al sector.
     

    Servicio de contratación de trabajadores extranjeros en su país de origen

    El objetivo de este servicio es facilitar a los empresarios la información especializada y las gestiones en contratación y formación de profesionales extranjeros para cubrir las necesidades de la empresa no satisfechas por la población residente.

    A continuación describimos los servicios que ofrece la Fundación San Ezequiel Moreno:
     

    Trámites para la contratación de trabajadores extranjeros desde países de origen

    • Proceso de selección
    • Acogida y acompañamiento en la llegada
    • Formación en cultura laboral
    • Acogida y vivienda
    • Acompañamiento en gestiones básicas

     

    Asesoría legal y tramitación de expedientes en materia de extranjería: impatriados y expatriados

    • Régimen General ordinario
    • Procedimiento de Gestión colectiva de contrataciones en origen
    • Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos

    La fundación cuenta con experiencia en Polonia, Rumanía, Bulgaria, Rep. Dominicana, Ecuador o Colombia y los perfiles más solicitados son soldadores, conductores, mecánicos, CNC, electricistas, caldereros, médicos, enfermeras y dependientes de comercio.
     

    Consultoría en comunicación intercultural para la internacionalización

    Consultoría, asesoramiento y formación en comunicación intercultural en las relaciones de internacionalización de la empresa hacia nuevos países en desarrollo para el fomento de relaciones de codesarrollo empresarial.

     

    Si estás interesado o interesada, ponte en contacto con nosotros en empleo@femz.es

  • CEPYME DESARROLLA UNA GUÍA PARA AYUDAR A LAS PYMES A IMPLANTAR LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE

    CEPYME DESARROLLA UNA GUÍA PARA AYUDAR A LAS PYMES A IMPLANTAR LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE

    La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), la Red Española del Pacto Mundial y el Consejo General de Economistas de España (CGE) han elaborado una Guía para pymes ante los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

    La Guía es un manual práctico que tiene por objeto orientar a estas empresas en la adopción de principios de sostenibilidad y mostrar las oportunidades de negocio que ello les puede reportar.

    Los ODS podrían generar hasta 12 billones de dólares hasta 2030. El 66% de las empresas del IBEX 35 ya evalúan a sus proveedores bajo criterios sociales y el 71% lo hace en base a criterios ambientales. El 64% de los consumidores españoles tiene en cuenta en sus compras casi siempre o a veces la sostenibilidad. La Unión Europea pretende que, en 2030, el 32% de la energía consumida en toda la unión, sea de origen renovable. En España ya se recicla el 77,1% de los envases de plástico, latas y briks y los envases de papel y cartón. El 63% de los españoles ha realizado compras online desde el móvil en 2018 y el 67% de los consumidores españoles se basa en las recomendaciones en redes sociales de otros usuarios en internet a la hora de comprar.

    En los últimos tiempos se está viendo una creciente involucración de las empresas en la Agenda 2030, pero todavía queda mucho por avanzar. De hecho, el 78% de las pymes no conoce la Agenda 2030 o solo lo hace de forma superficial. Por ello, con esta guía se pretende acelerar la acción empresarial de las pequeñas y medianas empresas respecto a los ODS ya que son uno de los motores decisivos para llevarlo a cabo.

    Descargar guía

  • CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE. MARZO 2020

    CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE. MARZO 2020

    • 02-03-2020  Hasta el 2 de marzo
      • IVA
      • Impuesto sobre Sociedades
      • Declaración anual de consumo de energía eléctrica
      • Declaración informativa anual de operaciones realizadas por empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o débito
      • Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo
      • Declaración anual de operaciones con terceros
    • 20-03-2020  Hasta el 20 de marzo
      • Renta y Sociedades
      • IVA
      • Impuesto sobre las Primas de Seguros
      • Impuestos Especiales de Fabricación
      • Impuesto Especial sobre la Electricidad
    • 30-03-2020  Hasta el 30 de marzo
      • IVA
      • Impuestos medioambientales
    • 31-03-2020  Hasta el 31 de marzo
      • Declaración informativa de valores, seguros y rentas
      • Declaración informativa sobre clientes perceptores de beneficios distribuidos por instituciones de inversión coletiva españolas, así como de aquellos por cuenta de los cuales la entidad comercializadora haya efectuado reembolsos o transmisiones de acciones o participaciones
      • Declaración informativa sobre clientes con posición inversora en instituciones de inversión colectiva españolas, referida a fecha 31 de diciembre del ejercicio, en los supuestos de comercialización transfronteriza de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva españolas
      • Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero
      • Impuesto sobre hidrocarburos

      Fuente: AEAT

  • DEROGADO EL DESPIDO POR FALTA DE ASISTENCIA

    DEROGADO EL DESPIDO POR FALTA DE ASISTENCIA

    El despido por faltas de asistencia al trabajo regulado en el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores es un precepto que legitima el despido objetivo de las personas trabajadoras que incurren en faltas de asistencia al trabajo, tanto justificadas como injustificadas, que superen determinados porcentajes. Aunque todas las faltas injustificadas pueden ser contabilizadas a efectos de aplicar el despido objetivo por faltas de asistencia, las faltas de asistencia justificadas que pueden ser contabilizadas son limitadas, puesto que el propio artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores establece expresamente aquellas que no son admisibles para aplicar esta modalidad de despido.

    A lo largo de los años el precepto ha ido incorporando nuevas inasistencias que no admiten contabilización a efectos de la aplicación del despido objetivo (suspensión por riesgo durante el embarazo o la lactancia, faltas de asistencia vinculadas a la violencia de género, etc.), lo que ha supuesto en la práctica que el supuesto aplicativo del artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores haya quedado reducido de hecho a las faltas de asistencia injustificadas y a las bajas por contingencias comunes de duración inferior a veinte días.

    En 2012, en España se eliminó el requisito de existencia de un absentismo general en la empresa de esta causa de despido objetivo. Desde entonces, el despido por faltas de asistencia del artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores se aplica en España cuando se alcanzan los porcentajes de faltas de asistencia establecidos, sin que el precepto requiera expresamente que se realice en cada caso juicio de adecuación y proporcionalidad. En definitiva: la fórmula del despido por faltas de asistencia al trabajo establecido en el art. 52.d) del Estatuto de los Trabajadores actualmente vigente es – en opinión del legislador  – un mecanismo que legitima la extinción contractual con derecho a una indemnización reducida en el caso de que existan tanto inasistencias injustificadas como bajas médicas por contingencias comunes de duración inferior a veinte días de la persona trabajadora que superen determinados porcentajes, refiriéndose estos porcentajes tan solo a la persona trabajadora, y sin que existan en el precepto mecanismos que tengan en cuenta la adecuación y proporcionalidad de la medida extintiva en relación con la situación de la empresa.

    La Sentencia del Tribunal Constitucional 118/2019, de 16 de octubre, dictaminó que el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores no era contrario a la Constitución Española, porque no vulneraba ni el derecho a la integridad física (artículo 15 CE), ni el derecho al trabajo (artículo 35.1 CE), ni el derecho a la protección de la salud (artículo 43.1 CE).

    La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 18 de enero de 2018, dictada en el asunto Ruiz Conejero, estableció que el art. 52.d) del Estatuto de los Trabajadores no se acomoda a la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, por atentar al derecho a la no discriminación por razón de la discapacidad, admitiendo solo con carácter excepcional, limitado y condicionado su aplicación cuando existiera análisis de adecuación y proporcionalidad. En el fallo de la STJUE de 18 de enero de 2018, dictada en el asunto Ruiz Conejero, el Tribunal advierte del carácter discriminatorio del precepto español entendiendo, no obstante, que si el ordenamiento admite mecanismos de control de proporcionalidad y adecuación de la medida, cabría admitir su acomodación a la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000.

    En la STJUE de 11 de septiembre de 2019, asunto Nobel Plastiques Ibérica, el TJUE volvió de nuevo a establecer que el despido al que se llegara como consecuencia de una situación de bajas médicas reiteradas podía ser constitutivo de discriminación por razón de discapacidad. Pero en esta sentencia el TJUE estableció, además, que el empresario está obligado a realizar ajustes razonables en el puesto de trabajo antes de proceder al despido de la persona con discapacidad derivada, entre otros factores, de sus faltas de asistencia al trabajo. En definitiva, la doctrina del TJUE (en los asuntos Ruiz Conejero y en Nobel Plastiques Ibérica) obliga a que existan mecanismos dirigidos a contraponer y evaluar la situación concreta caso por caso, a efectos de determinar si la medida es proporcionada. Por contra, esta previsión de análisis «ad hoc» no existe en el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, que se aplica con carácter automático cuando concurren los porcentajes de inasistencia que refiere.

    Atendiendo a estos antecedentes legales y jurisprudenciales, el Real Decreto-ley 4/2020, entiende que el mecanismo establecido en el artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, entendido como procedimiento de aplicación automática que no permite el juicio de adecuación y proporcionalidad requerido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es un instrumento susceptible de provocar discriminación indirecta por razón de discapacidad y también de género, requiriéndose – en opinión del legislador –  la inmediata corrección normativa a efectos de asegurar que se aplica adecuadamente en España la doctrina establecida por el TJUE.

    Así, se declara la inmediata derogación del artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores (Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) a efectos de garantizar el derecho a la no discriminación de las personas, así como para evitar el riesgo de exclusión social de colectivos de especial vulnerabilidad.

    Real Decreto-ley