Categoría: INFORMACIÓN DE INTERÉS

  • ABIERTA LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS NACIONALES INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    ABIERTA LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS NACIONALES INDUSTRIA CONECTADA 4.0

    El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de su Secretaría General de Industria y de la pyme, convoca una nueva edición de los Premios Nacionales Industria Conectada 4.0.

    Los Premios Nacionales Industria Conectada 4.0 reconocen a aquellas organizaciones, empresas e industrias que hayan realizado un esfuerzo destacado en su transformación digital, logrando la excelencia empresarial en actividades encuadrados en la Sección C, Divisiones 10 a 32, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009).

    Se establecen dos modalidades de Premios Nacionales Industria Conectada 4.0:

    • Premio Nacional Industria Conectada 4.0 a la Gran Empresa Industrial
    • Premio Nacional Industria Conectada 4.0 a la Pequeña y Mediana Empresa Industrial

     

    ¿Cómo presentar solicitudes?

     

    Las solicitudes a cualquiera de las dos modalidades de los Premios se realizarán exclusivamente de forma electrónica en la sede del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://sede.serviciosmin.gob.es)

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de candidaturas para la III Edición finalizará el 11 de junio.

    Resolución completa

  • SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS

    SUBVENCIONES PARA PROYECTOS EMPRESARIALES DE EMPRESAS INNOVADORAS

    (BOE 14/05/2021)

    Se publica la convocatoria para el año 2021 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

    Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

    Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología ni las que, directa o indirectamente, ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas innovadoras que, además, cumplan con los siguientes requisitos:

    • No estar cotizadas. se añada en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
    • Estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
    • No haber distribuido beneficios.
    • No haber surgido de una operación de concentración, según definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
    • Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, se atenderá exclusivamente a la fecha del asiento de inscripción registral, de forma que no se tendrá en cuenta, en ningún caso, la fecha del asiento de presentación. En los casos en que esta inscripción se publicite en el Boletín Oficial del Registro Mercantil o diario oficial correspondiente, se atenderá a la fecha de inscripción que figure en estos diarios.
    • Tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

     

    Costes subvencionables

     

    Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

    Se podrán financiar los siguientes gastos:

    • Inversiones en equipos.
    • Gastos de personal, en los términos recogidos en el Anexo I.
    • Materiales.
    • Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de
      empresa innovadora.
    • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de  solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de
      auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros. A efectos de esta convocatoria se considerarán, a nivel de desglose presupuestario, como partidas susceptibles de ayuda: las inversiones en equipo, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas y otros costes. A su vez dichas partidas presentarán desglose por conceptos.

    En ningún caso serán financiables los gastos financieros, las inversiones en terrenos, locales y obra civil, los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

    La financiación concedida tendrá los siguientes límites:

    • Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
    • Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo II, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.
    • La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
    • Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2022, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2022, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2023, si el proyecto tiene una duración de dos años.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y finalizará el día 8 de julio de 2021, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

    Resolución completa

  • NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDA

    NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDA

    (BOA 14/05/2021)

    El Gobierno de Aragón ha presentado la nueva convocatoria de ayudas de rehabilitación que se centrarán en la accesibilidad y que está dotada con un presupuesto de 6,5 millones de euros, cofinanciados a través del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y que se podrá ampliar con la incorporación de remanentes, hasta los 10,7 millones de euros.

     

    Líneas de subvención

     

    Podrán ser objeto de subvención las obras de rehabilitación en materia de accesibilidad, de viviendas y edificios ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, comprendidos en una de las dos líneas siguientes:

    • Línea 1. Accesibilidad de viviendas individuales, tanto unifamiliares, aisladas o agrupadas en fla, como viviendas en pisos de edificios de tipo residencial colectivo.
    • Línea 3. Accesibilidad de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva (de dos o más viviendas con elementos comunes).

    Serán subvencionables las obras no iniciadas, y las iniciadas después del 1 de enero de 2019, terminadas o sin terminar, que cumplan los requisitos de la convocatoria y no superen el plazo máximo de ejecución de 24 meses.

     

    Gastos subvencionables

     

    Se consideran gastos subvencionables los de ejecución de la obra y también los referidos a la redacción de proyectos, memorias, certificados e informes técnicos necesarios, de acuerdo con la normativa aplicable, así como todos los gastos necesarios para la puesta en marcha y autorización de las instalaciones, los honorarios de los profesionales directamente relacionados con la ejecución de la actuación subvencionable, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, debidamente justificados.

    En el caso de obras ya terminadas, se considerará como gasto subvencionable el que se acredite con las facturas emitidas por el contratista o contratistas de las obras y el resto de profesionales que hayan intervenido.

    Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales y los de administración específicos, así como los de garantía bancaria, son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

    No son subvencionables, ni por tanto se podrán incluir en los gastos generales, impuestos, tasas o tributos, ni los intereses deudores de las cuentas bancarias. No son subvencionables, en concreto, ni el IVA, ni los costes de los títulos habilitantes de naturaleza urbanística correspondientes.

    El coste subvencionable total se calculará de acuerdo con los gastos que resulten subvencionables según la actuación de que se trate.

    No se admitirán solicitudes con coste subvencionable inferior a 2.000 €.

     

    Requisitos generales

     

    En cada una de las secciones del capítulo II correspondientes a las líneas subvencionables de esta Orden se establecen los requisitos específicos que deben cumplir las viviendas o los edificios objeto de la subvención. Con carácter general las actuaciones subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

    • Deberán estar construidos antes del 1 de enero de 1996. Esto se comprobará, de oficio, con la información catastral descriptiva y gráfica disponible. En caso de que el solicitante quiera acreditar una fecha diferente, podrá hacerlo mediante certificado final de obras, escritura pública o nota simple registral. Se exceptúan de este requisito las viviendas y edificios finalizados en fecha posterior al 31 de diciembre de 1995, en los que residan personas con discapacidad superior o igual al 33 % y que realicen actuaciones de accesibilidad subvencionables de acuerdo con esta convocatoria.
    • Se deberá aportar proyecto de las actuaciones a realizar, como requisito previo a la obtención de la ayuda. Si, de acuerdo con la normativa aplicable, las actuaciones no exigen proyecto, será necesario justificar en una memoria suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación.
    • Igualmente será requisito previo a la obtención de la ayuda presentar con la solicitud un informe técnico que acredite la necesidad de la actuación y tendrá unas condiciones específicas en función del tipo de actuación que se acometa, que se detallan en la sección correspondiente a cada línea de subvención en el capítulo II de esta Orden.
      Este informe podrá estar incluido en la documentación técnica referida en el apartado anterior (proyecto o memoria, en su caso), siempre que se incluya en estos un apartado específico sobre “justificación de la necesidad de la actuación”. Si no está incluido en dicha documentación, se presentará como anexo al proyecto o memoria.
    • Las actuaciones contarán con el correspondiente título habilitante de naturaleza urbanística y el resto de autorizaciones necesarias, como requisito imprescindible para proceder al pago de la subvención. Con la solicitud de la ayuda se deberá aportar copia de las autorizaciones obtenidas y/o de su solicitud.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará un mes después de la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y durará 30 días naturales; si el día número 30 del plazo de solicitud coincide con domingo o festivo, el plazo concluirá el siguiente día hábil.

    Orden completa

  • NUEVAS MEDIDAS EN ARAGÓN: SE DESCONFINA CAMPO DE CARIÑENA, TERUEL PASA A NIVEL 2 Y EL RESTO DE ARAGÓN A NIVEL 3

    NUEVAS MEDIDAS EN ARAGÓN: SE DESCONFINA CAMPO DE CARIÑENA, TERUEL PASA A NIVEL 2 Y EL RESTO DE ARAGÓN A NIVEL 3

    El Departamento de Sanidad ha emitido tres órdenes por las que Aragón pasa a tener tres niveles de alerta en el territorio.

     

    Desconfinamiento de la comarca Campo de Cariñena

     

    Se levanta el confinamiento perimetral de la comarca Campo de Cariñena, que pasa a adscribirse al nivel 3 a partir de esta medianoche.

    Continúan confinadas perimetralmente:

    • Municipio de Calatayud
    • Municipio de Jaca
    • Comarcas Campo de Borja
    • Comarca Ribera Alta del Ebro
    • Comarca Valdejalón
    • Comarca Cinco Villas (en concreto los municipios adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste)

     

    La provincia de Teruel pasa a nivel de alerta 2

     

    La situación epidemiológica de la provincia de Teruel permite aplicar a partir de esta medianoche en este territorio el nivel de alerta sanitario 2, establecido en la ley 30/2020, con varias modulaciones que se detallan en la orden:

    • Establecimientos de hostelería y restauración: Cierre a las 24,00 horas. Aforos al 50% en el interior y al 100% en el exterior. Cada mesa podrá ser ocupada por un máximo de seis personas en el interior y diez personas en terraza.
    • Comercio: 50% de aforo.
    • Mercadillos: 100% de los puestos. El aforo del recinto no podrá superar el de dos personas por cada cinco metros cuadrados.
    • Competiciones deportivas: Se permite público, también en las competiciones de menores de 16 años, con el 50% de aforo.
    • Piscinas al aire libre: 50% de aforo.
    • Gimnasios: 50% de aforo.
    • Museos y salas de exposiciones: 50% de aforo. 15 personas en las actividades guiadas.
    • Establecimientos de juego: Cierre a las 24,00 horas. 50% de aforo.
    • Celebraciones (bodas, bautizos, comuniones…): 40 personas en el interior y 60 personas en el exterior.
    • Plazas, recintos e instalaciones taurinas: 50% de aforo.
    • Salas de concierto: 50% de aforo, con butacas preasignadas.
    • Atracciones de feria: 50% de aforo en cada atracción.
    • Reuniones de órganos de gobierno, conferencias, congresos: 50% del aforo hasta un máximo de 300 personas.

     

     

    El resto de Aragón pasa a nivel de alerta 3

     

    Se flexibiliza las medidas aplicables en el nivel de alerta sanitaria 3, dada la tendencia descendente en el conjunto de la comunidad. De este modo, se establecen las siguientes modulaciones:

    • En los establecimientos de hostelería y restauración se prolonga el horario de cierre una hora más, hasta las 23,00 horas. Además, cada mesa podrá ser ocupada por un máximo de seis personas tanto en el interior (hasta ahora eran 4) como en terraza.
    • Se incluye la limitación de aforo en las piscinas al aire libre y zonas de baño, que será del 30%.

     

    ¿Cómo queda la Comunidad?

     

    Con la entrada en vigor de estas órdenes, Aragón pasa a tener tres niveles de alerta activos en su territorio:

    • Nivel 2: provincia de Teruel.
    • Nivel 3 agravado: los municipios de Calatayud y Jaca, las comarcas Campo de Borja, Ribera Alta del Ebro, Valdejalón y Cinco Villas (en concreto los municipios adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste).
    • Nivel 3: resto de Aragón.

    Orden completa

  • FUNDAE ACTUALIZA LA INFORMACIÓN SOBRE LOS PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN EN SU WEB

    FUNDAE ACTUALIZA LA INFORMACIÓN SOBRE LOS PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN EN SU WEB

    La Fundación Estatal para la Formación para el Empleo, Fundae, con el fin de difundir la iniciativa de Permisos Individuales de Formación a empresas y personas trabajadoras, así como facilitar el acceso a los mismos, ha reorientado y actualizado la información disponible en su página Web, tanto en la sección de “Trabajadores” como de “Empresas”.

    Trabajadores

    Empresas

     

    Para más información, puede contactar en el teléfono 91 119 54 30 o también rellenando el formulario de contacto disponible en su página web.

  • JORNADA EMPRESARIAL: INDUSTRIA. TENDENCIAS ESTRATÉGICAS Y DE GESTIÓN

    JORNADA EMPRESARIAL: INDUSTRIA. TENDENCIAS ESTRATÉGICAS Y DE GESTIÓN

    CEOE Aragón, CaixaBank y Directivas de Aragón organiza la primera jornada del ciclo Impulsa Aragón2021. Sectores Estratégicos.

    Bajo el lema Tendencias y gestión para un nuevo futuro: Industria, el objetivo de esta sesión es analizar la situación y perspectivas de la industria aragonesa y sus subsectores, incidiendo en sus tendencias estratégicas a través de la visión de tres directivas de empresas líderes en el sector.

    Su perspectiva sectorial mostrará, además, la presencia y aportación femenina a un sector que representa el 19,6% del PIB y el 18% del empleo de la Comunidad Autónoma, con datos más similares a la media europea que a la nacional.

    Fecha: 20/05/2021

    Hora:10 a 11.30h.

     

    Programa

     

    Bienvenida:
    Ricardo Mur Monserrat, Presidente de CEOE Aragón
    Isabel Moreno Bartolomé, Directora territorial Ebro en CaixaBank

    Intervenciones y debate:
    Ana Blanch, Directora General de ARGYOR
    Ana Martínez, CEO y Consejera Delegada de MAGAIZ
    María Domínguez, Directora Ejecutiva de EQUIMODAL
    Modera: Directivas de Aragón

    Formato híbrido. Asistencia presencial de ponentes y con aforo limitado para inscritos, y retransmisión en streaming

    Inscripción

  • NUEVA CONVOCATORIA DE ICEX NEXT PARA PYMES QUE QUIEREN INTERNACIONALIZAR SU NEGOCIO

    NUEVA CONVOCATORIA DE ICEX NEXT PARA PYMES QUE QUIEREN INTERNACIONALIZAR SU NEGOCIO

    ICEX NEXT abre el segundo plazo de inscripciones de la convocatoria 2021 dirigida a pymes que quieren internacionalizar su negocio o consolidar tu presencia en el exterior.

    El programa ofrece una nueva oportunidad para desarrollar una estrategia internacional tanto offline como online que  ayude a consolidar o abrir nuevos mercados y apoyar los gastos que permitan expandir tu negocio en el exterior.

     

    Beneficiarios

     

    ICEX Next se dirige a pymes españolas (se excluyen Asociaciones y Fundaciones) que deseen internacionalizar su negocio y consolidar su presencia en el exterior y que:

    • Tengan producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente. En el caso de empresas de servicios, que estos se presten en el exterior.
    • Tengan marca propia
    • No sean filiales comerciales o productivas de empresas extranjeras.
    • Cuenten con una facturación superior a 100.000 €. Este requisito no aplica a start-ups de base tecnológica que cuenten con producto o servicio comercializado
    • No haber participado en programas de iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next). Este requisito no aplica a empresas que habiendo participado en este programa con anterioridad a 01/01/2015 cuentan con  una presencia en Reino Unido muy relevante (más de 300.000€ de exportación a este mercado o más de un 30% de su volumen de exportación). Este requisito no aplica a empresas que hayan participado en el programa PIPE antes del 31/12/2001 y que facturen en la actualidad más de 1 Millón de Euros.

     

    Plazo

     

    Desde el 1 al 31 de mayo de 2021.

    Más información

  • WEBINAR: PROTECCIÓN DE LA INNOVACIÓN – PATENTES Y SU UTILIDAD

    WEBINAR: PROTECCIÓN DE LA INNOVACIÓN – PATENTES Y SU UTILIDAD

    El próximo 26 de mayo ITAINNOVA  ofrece un seminario online en el que expertos en la materia expondrán conceptos básicos relacionados con el sistema de patentes, visto como una potente fuente de de información y como un mecanismo de protección de la innovación.

    La jornada se dirige a todo aquel que quiera introducirse en el sistema de las patentes y conocer las principales bases de datos de información de patentes disponibles en Internet.

    La jornada es gratuita y se celebrará en horario de 10:30h a 12:00h. Para asistir es obligatorio inscribirse.

    Inscripción

  • ¿QUÉ SE PUEDE HACER EN ARAGÓN A PARTIR DEL 9 DE MAYO?

    ¿QUÉ SE PUEDE HACER EN ARAGÓN A PARTIR DEL 9 DE MAYO?

    Se publica la normativa que regula la nueva el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia covid-19 en Aragón a partir del 9 de mayo.

     

    Confinamientos perimetrales

     

    Se modifica la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, por el que se adoptan confinamientos perimetrales y el restablecimiento del nivel de alerta 3 agravado en:

    • Municipio de Calatayud
    • Municipio de Jaca
    • Comarca Campo de Borja
    • Comarca Campo de Cariñena
    • Comarca Ribera Alta del Ebro
    • Comarca Valdejalón
    • Cinco Villas (en concreto los municipios adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste)

     

    Tarazona sale del confinamiento

     

    Sale del confinamiento perimetral y del nivel 3 agravado el municipio de Tarazona, que ha pasado de una incidencia e 654 casos por 100.000 habitantes a comienzos de abril a 180 en la actualidad.

     

    ¿Cuáles son las restricciones del nivel 3 agravado?

     

    Las unidades territoriales confinadas seguirán bajo el nivel de alerta tres agravado:

    • Se limita la permanencia de grupos de personas en espacios públicos o privados a un máximo de cuatro
    • El cierre de la actividad no esencial queda establecido a las 20 horas.
    • El aforo de la hostelería pasan al 75% en el exterior y al 30% en el interior.
    • Aforo de lugares de culto al 25%

     

    ¿Cuáles serán las restricciones del nivel 3 ordinario?

     

    El nivel 3 ordinario incluye algunas modulaciones respecto a las medidas actuales:

    Deporte

    En deporte, se exceptúa el uso de la mascarilla dentro del terreno de juego o pista o en la realización de la prueba deportiva correspondiente.

     

    Cultura

    En museos, salas de exposiciones, bibliotecas y actividades que se realicen en ellos se amplía el aforo al 50%.

    Las salas de concierto, en las que se desarrollan actividades escénicas y musicales, podrán desarrollar su actividad con asientos preasignados, respetando medidas de seguridad y con límite del 50% del aforo, con sujeción a los límites horarios fijados para establecimientos de hostelería y restauración. No se permitirá el consumo de alimentos ni bebidas durante la sesión o actuación.

     

    Turismo

    En las guías turísticas, turismo activo y de naturaleza, los grupos quedan ampliados a 15 personas, excluyendo el guía.

     

    Transporte público

    En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano o metropolitano en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, la ocupación será de la totalidad de las plazas sentadas disponibles y del aforo máximo autorizado al vehículo en la zona habilitada para viajar de pie. Además, en todos los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en los que la venta de billetes se realice por el conductor se permitirá el pago en efectivo.

     

    Celebraciones

    Las celebraciones nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles, que puedan tener lugar tras la correspondiente ceremonia en establecimientos de hostelería y restauración, se tendrán que respetar las medidas generales de seguridad, sin superar las 30 personas en el interior y las cincuenta en el exterior. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso y el consumo será siempre sentado en mesa.

    En plazas, recintos e instalaciones taurinas, tendrán que desarrollar su actividad taurina con localidades preasignadas y sin superar la mitad del aforo autorizado.

    En cuanto a los eventos multitudinarios, el criterio general es que deberán contar con localidades preasignadas y, si superan las 500 personal en interior y las 1.000 en el exterior, los organizadores deberán solicitar autorización a la autoridad sanitaria. En dichos eventos o espectáculos no se permite fumar ni consumir alimentos o bebidas, excepto en la zona de restauración habilitada al efecto.

     

    Ferias

    Excepcionalmente, los ayuntamientos podrán autorizar la instalación de atracciones de feria al aire libre, con una limitación de doce atracciones en cada recinto habilitado y un aforo máximo del 50 por ciento del máximo autorizado en cada una de las atracciones. El recinto contará con una zona de entrada y otra de salida claramente diferenciadas, y las atracciones contarán con la separación suficiente para permitir el tránsito de personas por el recinto con una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros.

     

    Se cancelan las fiestas patronales hasta el 31 de agosto

     

    La celebración de fiestas, verbenas y otros eventos populares queda suspendida hasta las 24:00 horas del día 31 de agosto de 2021.

    A partir de dicha fecha, salvo que se acuerde expresamente la posibilidad de celebrarlas con carácter general, podrán autorizarse por la autoridad sanitaria, en su caso, siempre que la evolución de la situación epidemiológica así lo permita.

    Decreto competo

  • FERTINAGRO ORGANIA Y TECNALIA SE INCORPORAN AL CLÚSTER CAMPAG

    FERTINAGRO ORGANIA Y TECNALIA SE INCORPORAN AL CLÚSTER CAMPAG

    El Clúster Aragonés de los Medios de Producción Agrícolas y Ganaderos, CAMPAG, continúa consolidándose con la incorporación de dos nuevos socios de relevancia en el sector empresarial e investigador de Aragón: Fertinagro Organia y Fundación Tecnalia.

    El cluster manager de CAMPAG, Juan Manuel Castell ha destacado que “las incorporaciones de Fertinagro y Tecnalia, dos referentes de empresa y de centro de reconocimiento a nivel nacional, suponen para CAMPAG un significativo incremento de las capacidades del clúster ampliando su presencia en la cadena de valor agroalimentaria y sumando recursos en materia de innovación”.

    Fertinagro Organia es una empresa radicada en la cuenca minera de Teruel, perteneciente al grupo turolense Tervalis, que destaca por ser el mayor fabricante nacional de fertilizantes en base a materias orgánicas. Gran parte de su catálogo está certificado para agricultura ecológica con certificaciones de ámbito nacional e internacional, permitiendo que una parte de su fabricación esté destinada a la exportación. Además, cuenta con certificado Cero Emisiones CO2, consolidando en el mercado su apuesta por ser el mayor fabricante europeo en agricultura ecológica y sostenible, siempre en pro de dar al sector primario más por menos.

    Por su parte, Tecnalia es un Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico referente en Europa, cuya misión es transformar la tecnología en PIB para mejorar la calidad de vida de las personas, creando oportunidades de negocio en las empresas. Trabaja con un modelo de relación con las empresas cada vez más estratégico, basado en la confianza, la colaboración y una estrategia tecnológica compartida, siendo sus principales ámbitos de actuación la transformación digital, la fabricación avanzada, la transición energética, la movilidad sostenible, la salud y el ecosistema urbano. Es la primera organización privada estatal en contratación, participación y liderazgo en el programa Horizon 2020 de la Comisión Europea y la segunda en solicitud de patentes europeas.

    En este primer trimestre de 2021, CAMPAG ha concurrido a la convocatoria INNOSUP del programa H2020 con una propuesta para incrementar las competencias en tecnologías de fabricación avanzada de las empresas del clúster; dos iniciativas innovadoras a la convocatoria de grupos de los cooperación del PDR de Aragón relacionadas con la agricultura de precisión; tres proyectos de digitalización, visión artificial y robots autónomos a la convocatoria de AEIs nacionales; y otros dos proyectos más a la convocatoria de AEIs de Aragón para impulsar la doble transformación verde y digital de los socios del clúster.

    Además, el pasado viernes el clúster organizó en su comisión de I+D+i un webinar sobre el diseño industrial en la fabricación de maquinaria agrícola y la reciente convocatoria PAIP de ayuda a la innovación a través del diseño industrial en el que participó Juan Manuel Urbiego, Director del Centro Aragonés de Diseño Industrial.