Autor: FEMZ
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Aragón publica un Plan Renove de calderas centrales
Aragón publica un Plan Renove de calderas centrales que aportará ayudas económicas y otros incentivos provenientes del sector privado.
El objetivo de este convenio es sustituir las calderas centrales que utilizan combustibles distintos al gas natural por espacios con calderas de condensación que utilicen este recurso. Esta renovación supondrá una mejora de la eficiencia y de la seguridad de las instalaciones existentes mediante la reducción del precio final del producto instalado.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de las empresas instaladoras que participen en el plan de renovación mediante la correspondiente adhesión.
¿Qué empresas pueden adherirse?
Podrá adherirse al Plan Renove de Calderas Centrales 2025, cualquier instalador que posea la habilitación correspondiente, cualquier empresa fabricante de calderas centrales de condensación y compañías energéticas suministradoras de combustible.
Cada compañía energética definirá el proceso de adhesión para el Plan Renove de calderas centrales 2025.
Los instaladores que se adhieran al Plan Renove, deberán estar habilitados por el organismo competente para ejercer la actividad de empresa instaladora en la especialidad de instalaciones térmicas en los edificios y cumplir con todos los requisitos exigidos por la correspondiente reglamentación de seguridad industrial para el ejercicio de la mencionada actividad.
Acciones subvencionables
Tendrán la consideración de inversiones incentivables las reformas de instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural como combustible, y ubicadas en el territorio de la Comunidad de Aragón, en las que se instalen generadores de calor que utilicen gas natural como combustible.
Dichos generadores, en adelante calderas eficientes, deberán ser siempre de condensación, no utilizarse en procedimientos industriales y dar servicio a:
- Comunidades de propietarios o fincas de propiedad particular de dos o más viviendas
- Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes, con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.
- Con carácter excepcional, podrá admitirse otro tipo de calderas, siempre y cuando no sea posible la instalación de calderas de condensación. De esta forma, tras la pertinente justificación técnica y con el acuerdo favorable de la comisión de seguimiento se considerará el incentivo aplicable.
Además, deben cumplir las condiciones siguientes:
- Los aparatos que se instalen deben ser nuevos, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente.
- En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación.
- Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados.
- Podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas sustituciones firmadas desde la fecha de firma de este convenio hasta el 31 de diciembre de 2025.
Con carácter general, sólo podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este plan quienes, siendo los titulares o arrendatarios del inmueble en el que esté ubicada la instalación, sean, además – y en último término – quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita.
Descentralización
De manera adicional se habilita una partida económica en el Plan Renove de centrales 2025 que permite la sustitución de caldera central por calderas individuales.
La oferta se encuentra sujeta a disponibilidad de gas en la zona, para contratación de nuevos puntos de suministro en fincas plurifamiliares y con uso centralizado de energía que sustituyan el sistema centralizado de calefacción y/o ACS que utilice otro combustible distinto del gas natural por sistemas individuales que utilicen gas natural. La finca sólo precisa la construcción de la acometida para conectarla a la red de distribución de la compañía energética.
Requisitos para la aplicación:
- Fincas con sistemas centralizados para calefacción y/o agua caliente sanitaria que utilicen combustibles distintos del gas natural, con un mínimo de 6 viviendas.
- Fincas situadas sobre la red de distribución actual.
- La IRC a construir será propiedad de la compañía energética, quien la cederá a los consumidores, que abonarán el canon correspondiente.
Para estos supuestos, la aportación de la compañía energética consiste en:
Los clientes, a través de la empresa instaladora, recibirán una aportación de 600 € para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento existente necesario para el cambio a consumo de gas. Esta aportación será de aplicación a aquellos clientes que firmen el documento “solicitud conexión nuevo punto de suministro” antes del 31 de diciembre de 2025 y la instalación receptora a la que hace referencia el documento sea puesta efectivamente en servicio antes de sesenta días desde la construcción de la acometida.
La empresa instaladora incluirá el importe de la aportación (600 euros) junto con el resto de conceptos en la certificación mensual que emita, una vez realizada la puesta en servicio y previa entrega de la siguiente documentación.
La empresa instaladora deberá firmar con la compañía energética la correspondiente adhesión a la misma.
Cuantía
Para el caso de sustitución de calderas centrales, todas las empresas instaladoras que se adhieran al Plan Renove de Calderas Centralizadas 2025 concederán una aportación de 1€/kW por caldera central sustituida.
Dicha aportación se materializará a través de un descuento que la empresa instaladora realizará en la factura de compra e instalación de la caldera.
Las empresas fabricantes que se adhieran al Plan, realizarán los descuentos que cada una de ellas se haya comprometido a aplicar al adherirse al Plan, a las empresas energéticas por la compra de calderas centralizadas de potencia termina superior a 70 kw cuando se instale.
Las empresas REDEXIS, NEDGIA e IBERPROPANO, contribuirán cada una, con el tipo de aportación por la compra de calderas centrales de potencia nominal superior a 70 kW de 200€ por vivienda en concepto de equipos y/o calderas.
Para el caso de las descentraliazaciones, las empresas energéticas contribuirán con una aportación 600€ por vivienda para la construcción y adaptación de las instalaciones y equipamiento.
Plazo
El Convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2025.
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Entra en vigor la Ley de apoyo fiscal a la empresa familiar
La Ley 3/2025, de 27 de junio, es de carácter esencialmente fiscal y tiene como objetivo principal, de acuerdo con sus promotores, fortalecer el tejido productivo aragonés, dotando a cualquier negocio familiar de mayor seguridad jurídica, estabilidad y certidumbre en los procesos de transmisión empresarial en Aragón.
En este sentido, cabe destacar que el tejido empresarial aragonés está compuesto por 28.000 empresas familiares (un 87,6% del total) que generan 165.000 puestos de trabajo.
Como adelantábamos en una publicación anterior, la norma introduce cuatro novedades principales:
- La posibilidad de aplicar la bonificación fiscal incluso cuando el negocio heredado se transmite posteriormente a otro heredero.
- La inclusión de beneficios no distribuidos como activos afectos durante un periodo de hasta 10 años, favoreciendo así la reinversión.
- La reducción de la edad mínima del donante en transmisiones ‘inter vivos’ a 60 años y la eliminación de la obligación de cesar en sus funciones.
- El reconocimiento expreso del pacto sucesorio como figura propia del Derecho civil aragonés, con un tratamiento fiscal claro y favorable.
La norma publicada, modifica -y amplia en algún caso- las exenciones y bonificaciones de tipo fiscal que ya estaban en vigor en nuestra Comunidad para el caso de transmisión (inter vivos o mortis causa) de la empresa familiar, siempre condicionadas en su aplicación con el compromiso de permanencia y mantenimiento de la estructura empresaria objeto de transmisión.
En Aragón estaba vigente hasta el momento una alta protección fiscal de su transmisión lucrativa, mortis causa o inter vivos, al existir una reducción de la base imponible del 99 % del valor de lo adquirido. Ahora se reforma nuevamente el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, realizando una recopilación de los preceptos existentes, para facilitar su aplicación, así como una ampliación en alguno de sus beneficios fiscales, aunque la referencia sobre la que se construye el concepto de empresa familiar a estos efectos sigue siendo la normativa estatal del Impuesto sobre el Patrimonio.
Transmisión mortis causa
Así, en la reducción para la adquisición mortis causa de la empresa individual, destaca que la transmisión del negocio por parte de un causahabiente a otro no suponga, en determinadas condiciones, la pérdida del beneficio para el primero.
Este favorecimiento en la obligación de mantener la actividad económica está también presente en los otros tres beneficios.
En el beneficio por la adquisición mortis causa de participaciones en entidades es donde se concentra el mayor número de novedades:
- Pensando en estructuras societarias de más de una entidad, se facilita la prueba de la finalidad de la tenencia de valores en otras entidades o la de la existencia de medios para su dirección y gestión.
- El requisito de que existiera implicación gerencial en las sociedades cuyas acciones se heredan se puede cumplir en el año del fallecimiento o en el año natural anterior.
- Se configura, más claramente, que el grupo de parentesco de hasta el cuarto grado es el que hay que tomar tanto para verificar que se da el requisito de control de la entidad como el de realización de labores directivas.
- El valor contable de los activos financieros presentes en el momento del devengo, por un importe que no sobrepase el de los beneficios no distribuidos en ese ejercicio y en los diez años anteriores, se puede añadir al importe de los activos, de esa o distinta naturaleza, de los que se haya probado su afectación.
Transmisión inter vivos
Se destacan como novedades:
- En la regulación de la transmisión lucrativa inter vivos del negocio individual se muta su naturaleza de “mejora” del beneficio estatal preexistente por la de “reducción propia” aragonesa.
- Se facilita el cumplimiento del requisito de que lo donado esté exento en el Impuesto sobre el Patrimonio y se flexibiliza la condición de mantenimiento de lo adquirido durante 5 años.
- En la regulación de la transmisión lucrativa inter vivos de participaciones en entidades se rebaja la edad que debe tener el donante para aplicar el beneficio (dejándola en 60 años) y se estructura sobre la idea de propiciar el cambio generacional, exigiendo la involucración del donatario en la gerencia empresarial, aunque eliminando la obligación de que el donante, normalmente creador de la empresa, cese en sus responsabilidades en la misma.
Coordinación con la normativa foral aragonesa
La presente Ley tiene como segundo eje sustancial, junto al de la protección de la sucesión empresarial, la adecuada consideración de alguna de nuestras más singulares instituciones civiles, pretendiendo una mejor sintonía entre la fiscalidad de aquél fenómeno y la normativa foral aragonesa con la que se puede instrumentar la transmisión de los negocios familiares, algo que habitualmente causa discordancias, en especial en la parte de aplicación de la normativa estatal que conllevaba la inaplicación de beneficios fiscales a tales figuras forales.
- Pactos sucesorios de presente
Por el pacto sucesorios de presente se formaliza una ordenación mortis causa en la que la voluntad del ordenante — instituyente— queda vinculada a otra voluntad —instituido o tercero— no pudiendo revocarse dicha disposición por acto unilateral del causante. Una suerte de testamento en vida no modificable unilateralmente.
Esta institución mortis causa, desconocida en el derecho común, desencadena como efecto propio y principal una transmisión inter vivos de difícil subsunción en la normativa tributaria básica, fundada en el derecho del Código Civil. Tan es así que la actual interpretación administrativa de la normativa estatal de este impuesto lleva a que los beneficios de la sucesión empresarial no sean aplicables a los pactos de presente, ni a los contemplados para los actos mortis causa (diseñados sobre la premisa de un fallecimiento), ni a los correspondientes a negocios inter vivos (configurados para instituciones no sucesorias).
La presente Ley, en concordancia con la Sentencia del Tribunal Constitucional 62/2023 de 24 de mayo, confirma y asegura la aplicación de los beneficios previstos para las transmisiones inter vivos, tanto los específicos de la sucesión empresarial como el resto, a los pactos de presente.
- La fiducia
Mediante la fiducia una persona – el testador normalmente – da poderes a un tercero (normalmente el cónyuge u otro heredero) para que decida el reparto de sus bienes cuando haya fallecido (en una o varias veces, inter vivos o mortis causa …) . Se considera una alternativa al reparto de una herencia sin testamento, ya que será la persona que ostente la fiducia sucesoria quién decidirá el reparto de los bienes y derechos de la herencia, así como (entre ellos la empresa familiar). Tal institución plantea problemas de determinación del momento del devengo y obligación de pago del impuesto (el fallecimiento del causante o el momento de ejercicio de la facultad fiduciaria), que “casaban” mal con una normativa estatal que no preveía tal institución, inexistente en el Código Civil.
En este caso, la expulsión del artículo 131-13 del texto refundido, cuyo ámbito de repercusión es más amplio que el de la fiducia, lo que persigue es que la normativa aplicable a los beneficios fiscales procedentes, y singularmente los relativos a la sucesión empresarial, sean los vigentes en el momento del devengo. Y, por tanto, en el caso de esta figura foral, en el momento de su ejecución o extinción.
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El Observatorio Aragonés del Sector Automoción se consolida como espacio de consenso estratégico para el futuro del sector
El Observatorio Aragonés del Sector Automoción ha celebrado hoy en el Espacio Xplora de Ibercaja una nueva jornada de trabajo para analizar los últimos cambios referidos a esta rama de actividad, al tiempo que se consolida como lugar de reflexión estratégica para el ecosistema industrial aragonés. La iniciativa, impulsada por la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza (FEMZ) y el Clúster de Automoción y Movilidad de Aragón (CAAR), ha reunido a los principales portavoces empresariales, sindicales e institucionales del sector.
Este encuentro da continuidad al trabajo iniciado hace un año con la creación del Observatorio, concebido como una herramienta de reflexión colectiva para diseñar una estrategia común de futuro. La última jornada, celebrada el pasado mes de marzo, sirvió para presentar las conclusiones del trabajo realizado desde su puesta en marcha. En esta nueva sesión, se ha insistido en la importancia de seguir generando espacios de diálogo y colaboración para afrontar de forma eficaz los retos del contexto actual, entre los que destacan la atracción de inversiones estratégicas, el impulso a la digitalización y sostenibilidad, la captación de talento, la diversificación industrial o el apoyo a las pymes del sector.
Un diálogo entre agentes clave del sector
La mesa redonda ha reunido a portavoces de referencia en el ámbito empresarial, sindical e institucional como Tomás Ramos, miembro del comité ejecutivo de FEMZ; Luis Arruga, director de operaciones de Linamar Light Metals y miembro de la junta directiva de CAAR; Javier Martínez, director general de Política Económica del Gobierno de Aragón; Ignacio Serrano, secretario general de CCOO Industria Aragón; y Sergio Sancho, secretario general de UGT-FICA Aragón.
Juntos han abordado los principales ejes estratégicos que marcarán el futuro del sector: desde el impulso a la inversión industrial y la necesidad de una estrategia de atracción de talento, hasta los desafíos de la digitalización, sostenibilidad, diversificación y competitividad global. Precisamente a su análisis periódico se dedican las áreas de trabajo del Observatorio: innovación, competitividad, talento y sostenibilidad.
En la jornada, el director general de Política Económica del Gobierno de Aragón, Javier Martínez, ha anunciado una nueva convocatoria de ayudas para el sector industrial y se ha debatido sobre la necesidad de consolidar Aragón como destino de inversiones estratégicas en automoción y movilidad.
Asimismo, se ha puesto sobre la mesa la urgencia de mejorar infraestructuras en zonas industriales para atraer perfiles cualificados, la creciente preocupación por el absentismo laboral y la necesidad de diseñar programas específicos de captación de talento internacional.
Los ponentes, igualmente, han defendido un mayor acompañamiento a las pequeñas y medianas empresas del sector en ámbitos como la formación, la innovación y la digitalización; y se ha planteado la oportunidad de diversificación hacia sectores como la defensa, sin perder de vista el objetivo de una movilidad más sostenible.
La automoción desde tres prismas
La jornada ha concluido con las tres voces clave del sector: Manuel Pina, secretario general de CCOO Aragón; José Juan Arceiz, secretario general de UGT Aragón; y Benito Tesier, presidente de FEMZ y CAAR, quienes han coincidido en señalar la necesidad de mantener un modelo industrial fuerte, innovador y competitivo, donde el diálogo social, la inversión sostenida y la formación de calidad serán factores determinantes para afrontar con éxito la transición que vive el sector.
El encuentro ha reafirmado la voluntad del sector de trabajar de forma coordinada entre empresas, administraciones públicas y agentes sociales para afrontar unidos los cambios que ya están redefiniendo el mapa de automoción europeo.
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Los convenios provinciales del Comercio del Metal incrementan los salarios un 3,01% en 2024 y superan a la inflación
La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (en adelante Confemetal) ha presentado el libro sobre negociación colectiva en el Comercio del Metal. Un extenso documento que compara el contenido de los distintos convenios colectivos del comercio del metal, con el objetivo de conocer su evolución y desarrollo en el tiempo.
Este libro es un referente para la negociación de los acuerdos entre las empresas y organizaciones que forman parte de Confemetal.
La negociación colectiva del Metal
La estructura negociadora del sector del Metal en su conjunto emana del Convenio Estatal del Metal (CEM). Este acuerdo, que es competencia de Confemetal, regula cuestiones transversales que no son motivo de competitividad de las empresas.
Otras cuestiones, como el tiempo de trabajo, las retribuciones, las prestaciones o los complementos que sí que afectan de forma directa a la competitividad de las empresas, están regulados en los 52 convenios provinciales, negociados por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de cada territorio. De esta forma, recae en ellas la determinación de aspectos como los salarios, la jornada y demás cláusulas laborales.
Cabe destacar, que además de estos convenios sectoriales de competencia territorial, el Metal cuenta con, aproximadamente, 600 convenios de empresa.
Actividades más representativas
El Comercio del Metal aglutina a 579.200 afiliados a la Seguridad Social.
Actividad Representación Venta de automóviles y vehículos de motor ligero56.600 afiliados (6,545)Comercio al por mayor de maquinaria y equipo42.900 afiliados (5,96%)Comercio al por mayor de equipos electrónicos y de telecomunicaciones y sus componentes27.400 afiliados (3,19%)Evolución salarial
El incremento salarial promedio de los convenios en revisión fue del 3,01%, a excepción de los nuevos convenios provinciales firmados en 2024 en Alicante, Guipúzcoa, Huelva, Tenerife y Zamora.
El ritmo de crecimiento de los salarios por convenio en el comercio del metal (3,01%) superó ligeramente a la inflación del pasado ejercicio (2,8%).
Por otra parte, el incremento salarial promedio, una vez ponderados los nuevos acuerdos y las revisiones, fue del 4,35%.
Ordenación del tiempo de trabajo
Los acuerdos rubricados en la negociación colectiva han recogido y recogen en la
actualidad una moderación del tiempo efectivo de trabajo, bien a través de la duración máxima de la jornada como a través de distintas cláusulas.En el caso de los convenios del Comercio del Metal, la jornada media anual se sitúa en 1.778,3 horas, el equivalente a 38,9 horas semanales, por debajo del límite establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Únicamente tres provincias (Badajoz, Málaga y Orense) tienen una jornada de 40 horas semanales.
Debe tenerse en cuenta que hay otros elementos que reducen indirectamente la jornada en la práctica, como la reducción de jornada por motivos familiares, para el cuidado de menores, personas con discapacidad o familiares.
Otras cláusulas que reducen el tiempo efectivo de trabajo es el tiempo de descanso o del bocadillo en La Rioja y Pontevedra, donde esta pausa está considerada tiempo efectivo de trabajo.
Cada vez más convenios provinciales del Comercio del Metal contienen un número
de horas anuales de libre disposición, reduciendo así la jornada efectiva de los trabajadores. Ocurre en Jaén, Madrid, Navarra, Palencia o Vizcaya. -

Fersa e Idalsa, galardonadas en los Premios Empresa Aragón de CEOE
Fersa e Idalsa son dos de las ocho empresas galardonadas en la IV edición de los Premios Empresa Aragón de CEOE Aragón, que se han consolidado como un evento referente en el reconocimiento a la excelencia empresarial.
Cada uno de los reconocimientos se ha enmarcado dentro de las ocho categorías establecidas, que son: Autónomo, Pyme, Gran Empresa, Proyección de Aragón, Sostenibilidad Empresarial, Contribución al Medio Rural, Innovación y Premio Especial del Jurado.
Los galardones de Fersa e Idalsa responden a las categorías de Innovación y Sostenibilidad Empresarial, respectivamente.
Desde Fersa han querido poner en valor que este premio significa “un reconocimiento a toda una trayectoria enfocada en la innovación, que es parte de nuestro ADN como compañía desde nuestros inicios en los años 40”.
Por su parte, desde Idalsa han apuntado que “recibir el Premio a la Sostenibilidad Empresarial es justamente ser reconocidos en nuestra esencia. Idalsa es una empresa que nació con la vocación de dar servicio a sus clientes en el tratamiento de sus residuos de aluminio para convertirlos de nuevo en materia prima conforme a unas especificaciones químicas y técnicas y así poder ser reincorporado en su proceso industrial cerrando el círculo de cero residuo”.
Sobre Fersa
Con más de mil empleados, una facturación anual en torno a 200 millones de euros y presencia en más de cien países, Fersa es una empresa aragonesa del sector de automoción que ha hecho de la innovación su sello distintivo. Desde su sede en Zaragoza, lidera el desarrollo de soluciones avanzadas en rodamientos, como su línea de bujes de rueda Fuel Efficient, capaz de reducir el consumo de combustible hasta un 7,3 %.
La empresa cuenta con 4 centros de I+D y con Fersa Lab, desde donde impulsa tecnologías punteras como gemelos digitales, sensórica y mantenimiento predictivo, consolidando su papel en la transición hacia la Industria 4.0. Su compromiso con la innovación ha sido reconocido con el Premio Empresa Innovadora (Gala Cotizar 2024) y su tecnología se ha utilizado en entornos de élite como el Tour de Francia.
Fersa demuestra así que la transformación industrial sostenible es posible, integrando eficiencia, digitalización y diseño inteligente en cada paso de su cadena de valor. Su objetivo es claro: liderar el cambio tecnológico desde Aragón con impacto global.
Sobre Ibérica de Aleaciones
Con más de 40 años de historia y ubicada en Pradilla de Ebro, Idalsa es una empresa aragonesa dedicada a la producción de aluminio de segunda fusión, actividad que impulsa la economía circular y reduce hasta un 95 % el consumo energético frente al aluminio primario. Desde su integración en 2022 en el Grupo Alibérico, Idalsa ha consolidado su papel como industria verde, innovadora y estratégica.
Aplica procesos de lean manufacturing, desarrolla proyectos europeos de inteligencia artificial y promueve la sostenibilidad con tecnologías de recuperación de aluminio y empleo local. Su modelo combina crecimiento económico, mejora tecnológica y compromiso social en el entorno rural de las Cinco Villas.
La empresa trabaja con altos estándares de eficiencia, apuesta por la salud y el bienestar de su plantilla, y contribuye decididamente a la creación de empleo de calidad en Aragón. Su propósito es claro: dar nueva vida al aluminio con una gestión responsable, humana y sostenible.
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Nueva convocatoria del Plan Renove para aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor y frío
Se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2025, de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío.
Esta línea de ayuda pretende servir de revulsivo para el sector comercial e igualmente de incentivo para la renovación de electrodomésticos y equipos productores de frío y calor por otros de mayor eficiencia energética y, en consecuencia, más respetuosos con el medio ambiente.
Beneficiarios
Los compradores de un aparato o equipo serán considerados beneficiarios finales de las ayudas y los establecimientos adheridos, comercios e instaladores, serán considerados beneficiarios directos del Plan, dado que se les abonará a estos últimos la ayuda que habrán trasladado al beneficiario final mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.
¿Qué establecimientos pueden adherirse?
Se podrán adherir a este “Plan Renove Aragón 2025” los establecimientos comerciales minoristas o empresas instaladoras entre cuyas actividades figure la venta al por menor y/o la instalación de los aparatos previstos en esta orden y que dispongan al menos de un establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Los establecimientos minoristas adheridos deberán contar con la colaboración de una empresa instaladora adherida para realizar la instalación de los equipos y/o aparatos que necesariamente requieran una instalación.
Todas las empresas instaladoras, tanto las que actúen independientemente como las que lo hagan en colaboración con un comercio, deberán estar habilitadas por el organismo competente paraejercer la actividad de empresa instaladora en la especialidad de instalaciones térmicas en los edificios y cumplir con todos los requisitos exigidos por la correspondiente reglamentación de seguridad industrial para el ejercicio de la mencionada actividad.
¿Qué tengo que hacer para adherirme?
Los establecimientos que deseen participar en el “Plan Renove Aragón 2025”, deberán obtener la condición de establecimiento adherido. Para ello, deberán presentar solicitud de adhesión debidamente cumplimentada y firmada por el interesado o por persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho, a través de la web de la campaña.
Se facilitará la participación en el presente plan a las empresas que ya estuviesen adheridas en el Plan Renove Aragón 2024. Estas empresas deberán confirmar la vigencia de sus datos.
La adhesión no se producirá efectivamente hasta el momento en el que la entidad colaboradora manifieste su aceptación mediante la asignación individual al comercio o empresa instaladora de un código de adhesión, tras la comprobación de que el establecimiento cumple los requisitos exigidos.
Cuantía
La cuantía individualizada de la subvención a otorgar será de una cantidad fija por cada tipo de aparato o equipo, a descontar en el precio de la compra.
La cuantía de ayuda, en ningún caso podrá ser superior al 25% del coste de los aparatos o equipos correspondientes (IVA no incluido). Asimismo, el importe de la subvención, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de adquisición del aparato.
Tipo de aparato y clasificación energética (ce) Ayuda (€/equipo) Frigorífico, frigorífico-congelador (ce) A o B150Frigorífico, frigorífico-congelador (ce) C o D125Congelador (ce) A o B100Congelador (ce) C o D85Lavadora (ce) A o B150Lavadora (ce) C125Lavavajillas (ce) A o B145Lavavajillas (ce) C o D125Horno clase energética A+85Encimera de inducción105Aparatos de aire acondicionado con (ce) A+ o superior, en función de las siguientes potencias en kW (Pf) Pf<5150Aparatos de aire acondicionado con (ce) A+ o superior, en función de las siguientes potencias en kW (Pf) 5?Pf200Aparatos de aire acondicionado con (c.e.) A+ o superior, en función de las siguientes potencias en kW (Pf) 10?Pf?12250Plazo
El plazo para presentar solicitudes finalizará en el momento en que se produzca el agotamiento de las disponibilidades presupuestarias existentes destinadas al efecto y, en todo caso, hasta el día que se cumplan tres meses desde el inicio de la convocatoria.
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El Gobierno de Aragón subvencionará la contratación de servicios de informe y diagnóstico de situación en las pymes
Se convocan subvenciones para el año 2025, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, del Programa de Análisis y Diagnóstico de Empresas, dirigido a la mejora de la situación financiera de las pymes y los autónomos en Aragón.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las pequeñas y medianas empresas que estén legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud, así como las personas físicas que se encuentren, a fecha de solicitud, de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, o en cualquiera de las Mutualidades de Previsión Social existentes, que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, y que hayan adquirido los servicios a los que hace referencia el artículo anterior.
En el caso de las personas físicas, será requisito que sigan el Plan General de Contabilidad.
Actuaciones subvencionables
Se subvencionará la contratación, por parte de las entidades beneficiarias, de servicios de informe y diagnóstico de situación elaborados por economistas expertos colegiados e inscritos en alguno de los órganos especializados o registros profesionales del Consejo General de Economistas, y que hayan sido prestados desde el 1 de enero de 2025.
El estudio realizado por los economistas deberá contener todos los elementos que proporcionen a la Pyme una visión financiera global de su situación actual y las áreas en las que se puede enfocar para mejorar su desempeño y su competitividad.
El porcentaje de la subvención será del 100% del coste del servicio, siendo el importe máximo a otorgar 2.000 euros por cada beneficiario y servicio.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 31 de octubre de 2025.
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Aprobada la Ley de Apoyo Fiscal a la Empresa Familiar en Aragón
El Pleno de las Cortes de Aragón ha aprobado este jueves la Ley de Apoyo Fiscal a la Empresa Familiar, una iniciativa impulsada por el Departamento de Hacienda que consolida un marco fiscal estable, claro y adaptado a la realidad económica y jurídica de la Comunidad.
La nueva ley, ampliamente consensuada con el sector, tiene como objetivo principal fortalecer el tejido productivo aragonés, dotando a cualquier negocio familiar de mayor seguridad jurídica, estabilidad y certidumbre en los procesos de transmisión empresarial en Aragón, donde más de 28.000 empresas tienen carácter familiar, lo que supone un 87,6% de las 32.061 sociedades mercantiles existentes, que además emplean a alrededor de 165.000 trabajadores.
La ley entrará en vigor una vez se publique en BOA, previsiblemente, la semana que viene.
Novedades
- La posibilidad de aplicar la bonificación fiscal incluso cuando el negocio heredado se transmite posteriormente a otro heredero.
- La inclusión de beneficios no distribuidos como activos afectos durante un periodo de hasta 10 años, favoreciendo así la reinversión.
- La reducción de la edad mínima del donante en transmisiones ‘inter vivos’ a 60 años y la eliminación de la obligación de cesar en sus funciones.
- El reconocimiento expreso del pacto sucesorio como figura propia del Derecho civil aragonés, con un tratamiento fiscal claro y favorable.
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Aplazada la IV Tertulia Logística de FEMZ
Lamentamos comunicar que la IV Tertulia Logística, que iba a celebrarse el 26 de junio a las 17:30h. en el Camping de Zaragoza, se aplaza a septiembre.
Cuando se acerque la fecha en cuestión publicaremos la información al respecto.
