| Circular 26/2023 27/06/2023 | |||||||||||||||||
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los efectos de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales y su normativa de desarrollo, por la que se regula el derecho de
información en la recogida de datos, le informamos que sus datos
personales quedarán incorporados y serán tratados en un fichero
titularidad del firmante del presente correo, con la finalidad de poder
realizar las comunicaciones que sean necesarias para el cumplimiento de
las relaciones entabladas entre ambas partes, durante el plazo de vigencia
de las mismas y el impuesto por la legislación, no cediéndose dicha
información a ningún tipo de organismo, ni público ni privado. | |||||||||||||||||
Día: 27 de junio de 2023
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FEMZ SE SUMA A LA DECLARACIÓN DE ARAGÓN CIRCULAR
El pasado viernes 23 de junio el presidente de FEMZ, Benito Tesier, consolidó el compromiso de la federación con la sostenibilidad al agregar su firma a la “Declaración por la Economía Circular en Aragón” junto a la del Director General de Planificación y Desarrollo Económico del Gobierno de Aragón, Miguel Luis Lapeña.
Declaración Institucional Aragón Circular
Esta iniciativa emana del deseo de transitar hacia una economía innovadora circular, competitiva, diversificada, vertebradora del territorio, generadora de empleo de calidad, eficiente en el uso de los recursos y más resiliente ante los efectos derivados del cambio climático.
El germen de esta propuesta se encuentra en el Plan de Acción por la Economía circular en Europa presentado por la Comisión Europea en el año 2015 con la Estrategia Europea de Crecimiento 2020 y la Hoja de
Ruta hacia una Europa Eficiente en el uso de los recursos. Todas ellas recogen objetivos y herramientas para una transición de la economía tradicional a un nuevo modelo más respetuoso con el medio ambiente.Con ese mismo propósito, el Gobierno de Aragón lanzó esta “Declaración por la Economía Circular en Aragón” a la que FEMZ ha querido adherirse desde el convencimiento de que es imperativo comprometerse con la transición a un nuevo ecosistema empresarial más sostenible.
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ATENCIÓN A NOVEDADES EN LAS TITULARIDADES REALES: LAS EMPRESAS DEBERÁN ACREDITARLAS EN EL CONTEXTO DE LOS FONDOS NEXT GNERATION
Con motivo de la publicación de la Ley 13/2003, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias, se han venido publicando sucesivas notas interpretativas o informativas en la sede electrónica de la AEAT, dado el gran número de novedades que implica tal Ley.
Toca ahora el informar sobre la exigencia de acreditación de las titularidades reales en el contexto de los fondos Next Generation (y el uso de la herramienta informática de análisis de conflictos de intereses, “MINERVA”):
La modificación legal
La Ley 13/2023, de 24 de mayo ha modificado el artículo 93 de la LGT, añadiendo una nueva letra e) en el apartado 1, y el artículo 95 de la LGT, añadiendo una nueva letra n) en el apartado 1.
En virtud de esta modificación normativa, las entidades deberán proporcionar a la Administración tributaria la información referida a las personas físicas que son los titulares reales de las mismas, y la Administración tributaria podrá ceder cierta información en esta materia para ser utilizada en los procedimientos de análisis del conflicto de interés que deban realizarse en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Consejo Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, instrumento de estímulo económico financiado por la Unión Europea, en respuesta a la crisis sin precedentes causada por el coronavirus.
Para la materialización de estas ayudas se creó el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, instrumento que pone a disposición de los 27 Estados miembros apoyo a través de transferencias directas y préstamos para incrementar las inversiones públicas y acometer reformas estructurales que contribuyan a la recuperación de la economía y el empleo y a abordar los principales retos económicos y sociales en los años post COVID-19.
Dicho Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia exige a cada Estado miembro la elaboración de un Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La aplicación del Mecanismo debe efectuarse en consonancia con el principio de buena gestión financiera, incluyendo la prevención y persecución efectiva del fraude, en particular, el fraude y la evasión fiscal, la corrupción y los conflictos de intereses.
En cumplimiento de lo anterior, la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, reguló el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo del conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, basándose en una herramienta informática bautizada como MINERVA, íntegramente desarrollada con los medios técnicos de la Agencia Tributaria.
Esta herramienta verifica las relaciones existentes entre los miembros de los órganos de contratación y los órganos responsables de concesión de subvenciones, y los participantes en esas convocatorias, cuando los contratos o subvenciones sean financiados con los fondos Next Generation. Se trata con ello de prevenir situaciones en las que exista conflicto de interés.
Para poder realizar el análisis de conflicto de interés ha sido necesario constituir una base de datos de titulares reales de personas y entidades jurídicas. Y es en este contexto, con objeto de mantener de una forma ágil y actualizada información de dichos titulares reales, en el que se ha modificado el artículo 93 de la LGT para solicitar que se comunique esta información en determinadas declaraciones tributarias.
Lo anterior debe entenderse sin perjuicio de que la base nacional de titularidades reales se constituya por parte del Ministerio de Justicia, responsable a estos efectos, con la participación de Notarios y Registradores.
Por su parte, la modificación del artículo 95 de la LGT permite levantar la reserva de los datos e informaciones manejados por la administración tributaria, para comunicar los resultados del análisis del conflicto de interés sobre titularidad real y vinculaciones de tipo familiar, a los responsables de las operaciones que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para que, en su caso, puedan adoptar las medidas de prevención del conflicto de interés que procedan.
De esta forma se garantiza la gestión ágil y segura de los Fondos europeos mediante un adecuado análisis ex ante del conflicto de interés.
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FEMZ PRESENTA SUS COMISIONES DE TRABAJO PRESIDIDAS POR EMPRESARIOS PUNTEROS EN EL SECTOR DEL METAL
El pasado viernes 23 de junio FEMZ presentó sus siete Comisiones de Trabajo en un acto interno que supone la puesta en funcionamiento de dichos grupos. El encuentro, iniciado a las 13:00 horas, arrancó con el discurso de Benito Tesier, presidente de la Federación, y contó con la participación de los presidentes de cada comisión, empresarios punteros en el sector del metal.
Esta propuesta innovadora nace del objetivo fundacional de defender los intereses de las empresas del sector que representa y prestarles servicios que les aporten un valor añadido. Su creación servirá, también, para incrementar la participación de las empresas asociadas en la toma de decisiones.
Así pues, estas comisiones se constituyen como una herramienta con la que abordar los ámbitos técnicos y políticos más relevantes en la actividad empresarial. En ese sentido, su labor se va a centrar en realizar una adecuada labor de interlocución y representación frente a los diferentes agentes sociales y políticos; coordinar la ejecución y participación de las empresas asociadas en proyectos de interés, y diseñar servicios adecuados a las necesidades reales de los asociados.

Las comisiones y sus presidentes
Diego Alierta, director gerente en UMEC, será la cara visible de la comisión de Industria, Competitividad y Movilidad; José Luis Lapetra, director de Logística RRHH y Control de Gestión de COFERDROZA, será el encargado de liderar la comisión de Comercio y Logística; Antonio García García, presidente de la Asociación de Empresas de Ascensores de Aragón por MAGAIZ, dirigirá la comisión de Instalaciones y Servicios.
La Comisión de Relaciones Laborales quedará en manos de Inmaculada Avellaneda Martínez, directora de RRHH-CERLER Global Electronics; la comisión de Innovación, Desarrollo y Energía quedará bajo la responsabilidad de Tomás Ramos Simón, Plant Manager de ArcelorMittal Tailored Blanks Zaragoza S.L.; y la comisión de Transición Ecológica la presidirá Clara Arpa, CEO – EQUIPOS MÓVILES DE CAMPAÑA ARPA, S.A.
También se ha creado una comisión de Potenciación de la presencia de la mujer en el metal que tendrá como cabeza visible a Mar Alot, de ALOT METAL, S.L. y a María Somma, de ESPRINET, S.A. e Inmaculada Avellaneda como vicepresidentas.
Cabe mencionar que se va a contar con espacios de encuentro para nuestras asociadas, en los que el mutuo aprendizaje contribuirá, sin duda, a la mejora continua de nuestras organizaciones y del propio sector.
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ESTOS SERÁN LOS DÍAS DE FIESTA LABORAL RETRIBUIDA, NO RECUPERABLE E INHÁBIL DE 2024
Este es el listado de fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2024 en la Comunidad Autónoma de Aragón, recogido en el Decreto 93/2023, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón.
Así pues, los trabajadores aragoneses podrán desconectar de la oficina los siguientes días:
1 de enero, lunes, Año Nuevo.
6 de enero, sábado, Epifanía del Señor.
28 de marzo, Jueves Santo.
29 de marzo, Viernes Santo.
23 de abril, martes, San Jorge, Día de Aragón.
1 de mayo, miércoles, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, jueves, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, sábado, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, viernes, Todos los Santos.
6 de diciembre, viernes, Día de la Constitución Española.
9 de diciembre, lunes, en sustitución de día 8, domingo, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, miércoles, Natividad del Señor.
A los efectos de cómputo de plazos, de acuerdo con el artículo 30.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán días inhábiles las fiestas relacionadas en el artículo anterior y – además – las que se determinen como fiestas locales por la autoridad laboral competente de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Pleno de los ayuntamientos correspondientes, pendientes de publicación oficial.
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¿CÓMO PUEDE AFECTARME LA CAMPAÑA DE CONTROL DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE CUOTA DE RESERVA DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD DE LA ITSS?
En próximas fechas se procederá a la ejecución de las actuaciones de control de las obligaciones en materia de cuota de reserva de trabajadores con discapacidad.
Este programa de actuaciones se viene desarrollando en Aragón desde el año 2000, en estrecha colaboración y coordinación con el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM).
En función de la experiencia adquirida y en cumplimiento de los objetivos aprobados para 2023 en la Comisión Operativa Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) en Aragón, se van a desarrollar tres líneas de trabajo o acciones por parte de la ITSS:
- Control de inspección mediante visita directa a 61 empresas para verificar el cumplimiento de las obligaciones en la materia señalada. Se trata de empresas que deberían tener más de una persona con discapacidad contratada pero no consta esta información, ni su cumplimiento mediante medidas alternativas. Estas empresas recibirán la carta que se adjunta a continuación
- Remisión de escrito de requerimiento de la ITSS sin visita a 100 empresas con declaración de excepcionalidad en vigor para recordar sus obligaciones anuales de cumplimiento y comunicación de las medidas alternativas autorizadas en sustitución total o parcial de la obligación de contratación. Estos requerimientos se reiteran a las empresas cada uno de los 3 años de vigencia de la declaración de excepcionalidad y deben justificar ante el INAEM la aplicación de las cantidades equivalentes autorizadas. Es importante elaborar la correspondiente memoria anual justificativa y remitirla al INAEM para evitar ser objeto de inspección directa al año siguiente.
- Remisión de escrito de requerimiento a 142 empresas que no han realizado comunicación obligatoria anual en 2023, y que consta que deberían tener contratada a una persona con discapacidad.
Con la difusión previa de este programa se pretende incentivar el cumplimiento de las obligaciones vigentes con independencia de la actuación inspectora, mediante la revisión del cumplimiento por parte de las empresas obligadas respecto de la cuota de reserva del 2% a favor de trabajadores con discapacidad contemplado en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, (BOE de 3 de diciembre) y de la aplicación, en su caso, de medidas alternativas.
La experiencia de esta metodología de actuación desarrollada en años anteriores pone de manifiesto que las empresas incrementan el grado de cumplimiento de sus obligaciones en esta materia, permitiendo la finalidad última de facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en nuestra Comunidad Autónoma.
































