Formación

Todas las empresas disponen de un crédito anual para poder formar a sus trabajadores.

El período de uso de este crédito es del 1 enero al 31 de diciembre.

 


 

[expand title=”Gestión de la Bonificación”]

El crédito disponible para cada empresa varía en función de las cotizaciones que haya realizado durante el ejercicio anterior (relativas a la contingencia por formación profesional y el volumen de plantilla).

Las empresas recuperan el dinero de su crédito de formación mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social, una vez realizada la formación.

Requisitos para la correcta bonificación de la formación

Disponer de créditos formativos en la empresa.

Escoger un curso (On Line o Presencial) relacionado con la actividad de la empresa.

Tener contratado al trabajador que realiza el curso durante la acción formativa.

No tener deudas con Hacienda o Seguridad Social al comenzar la acción formativa.

FEMZ  gestiona la bonificación de una manera sencilla y sin complicaciones para el empresario.

La empresa dispone de apoyo y asesoramiento durante todo el proceso:

Cálculo del crédito.

Información actualizada de los requisitos necesarios para bonificar un curso.

Registro en el sistema de gestión de bonificaciones y preparación de la documentación requerida.

Realización de comunicaciones ante FUNDAE correspondientes a las distintas acciones que se ejecuten en la empresa.

Gestión y custodia de la documentación.

Gestión de incidencias.

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[expand title=”Formación de Oferta”]

FEMZ trabaja en colaboración con centros de reconocido prestigio en formación específica para el sector, Grupo Integra, Grupo San Valero, Escuela Profesional Salesiana o CPIFP Corona de Aragón a la cabeza, con el objetivo de diseñar formación adaptada y actualizada a las necesidades de las empresas y sus trabajadores, con el apoyo en las TIC´s y con el soporte de FEMZ para la gestión y correcta aplicación de las bonificaciones a cargo del crédito de formación a disposición de cada empresa en función de sus cotizaciones a la Seguridad Social.

En la misma línea y en su calidad de organización miembro de CONFEMETAL, FEMZ sienta las bases para proporcionar a las empresas del sector, asesoría y formación que les permita cumplir con las obligaciones que emanan del II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal en materia de Prevención de Riesgos Laborales, acreditándose ante la Fundación del Metal, Cualificación y el Empleo (FMF) para impartir los contenidos en materia de PRL que se anotan en el mencionado convenio colectivo.

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[expand title=”Formación de Demanda”]

Las acciones de formación en las empresas son aquellas que se planifican, organizan y gestionan desde las empresas para sus trabajadores, y que pueden disponer para su financiación de una cuantía asignada a cada empresa en función de su plantilla. Estas acciones tienen su desarrollo normativo en la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio y en la ORDEN TAS 37/2008 que modifica la anterior.

El citado marco jurídico, resuelto en virtud del desarrollo de la Ley 30/2015 de 9 de septiembre por la que se regula el subsistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, obligó ya en 2016 a adaptar los procesos de asesoría y gestión de bonificaciones llevados a cabo por el departamento de formación.

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Más información:

Departamento de Formación (976 768 768 · formacion@femz.es)

Además…

Tarjeta Profesional del Metal

Formación mínima en PRL obligatoria para todos los trabajadores del sector del metal.

· Cursos programados
· Demandar formación a la carta

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