Sentarse a analizar números, revisar subvenciones o repasar las novedades normativas son tareas que quedan relegadas a un segundo plano para la mayoría de pymes y autónomos.
Opacados por la vorágine del día a día, los pequeños empresarios no tienen tiempo para descifrar cómo de rentable es su negocio o cuál es su verdadero margen de maniobra.
Por ese motivo, el Gobierno de Aragón ha convocado subvenciones para el análisis y diagnóstico de las pymes y los autónomos en Aragón.
Esta ayuda financia el 100 % del coste (IVA excluido y con un tope de 2.000 €) de un informe de diagnóstico económico-financiero completo de la empresa que lo solicite. En ese sentido, el informe final pretende ofrecer a las empresas una fotografía clara de su negocio, así como un plan de acción con recomendaciones concretas para mejorar la viabilidad, la rentabilidad y la sostenibilidad a largo plazo.
El plazo de presentación finaliza el 30 de septiembre de 2026, concediéndose las subvenciones por orden de llegada.
Beneficiarios
Pueden acceder a esta convocatoria las empresas que tengan su domicilio fiscal en Aragón y que cumplan con los siguientes perfiles:
- Pymes legalmente constituidas a la fecha de la solicitud, con menos de 250 trabajadores y un volumen de negocio anual que no supere los 50 millones de euros (o un balance general inferior a 43 millones).
- Autónomos dados de alta en el RETA o en una mutualidad de previsión social en el momento de pedir la subvención.
Solo pueden solicitar la ayuda aquellos autónomos que determinen su rendimiento económico a través del régimen de estimación directa (en cualquiera de sus modalidades) en el IRPF, y que tengan datos económicos de este año y de los dos anteriores.
En caso de tributar por estimación objetiva (módulos), las empresas quedan excluidas de la convocatoria.
Hasta el año pasado, el informe obligatorio estaba diseñado siguiendo el Plan General de Contabilidad (PGC), lo que en la práctica complicaba el acceso a muchísimos autónomos que no tienen este tipo de estructura contable. Para solucionar esto, la convocatoria de 2026 distingue dos tipos de informe:
Informe para empresas con contabilidad PGC (Artículo 7): se basa en los estados financieros actuales y de los dos años previos. Analiza el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, ratios del sector, flujos de efectivo y el umbral de rentabilidad.
Informe simplificado para autónomos sin contabilidad PGC (Artículo 8): se elabora directamente a partir de la documentación fiscal obligatoria de la empresa (libros registro de IVA e IRPF y declaraciones presentadas). Incluye un análisis patrimonial, de liquidez, flujos de caja y una cuenta de ingresos y gastos adaptada.
Al calcular los márgenes, el economista debe imputar un “coste empresa del autónomo” equivalente al precio de mercado de tu categoría profesional. De esta forma, se esclarece si un negocio es verdaderamente rentable por si mismo.

