Autor: FEMZ

  • Confemetal presenta el libro de referencia para la negociación colectiva de la industria del metal

    Confemetal presenta el libro de referencia para la negociación colectiva de la industria del metal

    La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (Confemetal) presenta ‘La Negociación Colectiva en la Industria del Metal 2024’, el libro de referencia para los interlocutores sociales del sector. Como cada año, el Servicio de Relaciones Laborales publica este estudio comparado de los convenios colectivos provinciales de la Industria y de los Servicios del Metal.

    En 2024, el incremento medio salarial pactado en los convenios provinciales se situó en el 3,12%, resultado de la ponderación entre los convenios de nueva firma y los revisados. Esta cifra está en línea con las recomendaciones del V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). La variación salarial de la industria del metal supera ligeramente al incremento experimentado en el conjunto de los sectores económicos, que fue del 3,06%.

    Los convenios colectivos permiten adaptar la jornada laboral a las necesidades productivas y las particularidades del mercado laboral sin necesidad de una ley que lo impulse. La evolución del tiempo de trabajo demuestra que los acuerdos colectivos ajustan paulatinamente la jornada conforme la productividad lo permite.

    Así, la jornada media pactada por los convenios provinciales de la industria del metal se estableció en 2024 en 1.749,09 horas anuales, el equivalente a 38,31 horas semanales, tras una ligera reducción de 0,84 horas respecto al año previo.

    Las cláusulas de revisión o de garantía salarial permiten que las condiciones económicas pactadas para alguno o para todos los años de vigencia del convenio no sufran pérdida de poder adquisitivo, en el caso de que el Índice de Precios al Consumo (IPC) sea mayor al incremento salarial pactado.

    43 convenios provinciales incorporaron cláusulas de revisión salarial en 2024. De ellos, 30 incluyeron revisiones limitadas a un porcentaje máximo, mientras que 11 recogieron la fórmula clásica de garantía salarial, vinculada a la diferencia entre el incremento pactado y la tasa interanual del IPC.

  • Ayudas para el autoempleo y el relevo empresarial en Zaragoza

    Ayudas para el autoempleo y el relevo empresarial en Zaragoza

    El Ayuntamiento de Zaragoza convoca ayudas para subvencionar el inicio y el relevo de actividad en las iniciativas empresariales de autoempleo de la ciudad de Zaragoza potenciando la competitividad del tejido empresarial local.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias las personas que se hayan dado de alta como autónomos en el año 2025 antes de la fecha de solicitud de la subvención o vayan a ser autónomos a partir de la publicación de la convocatoria y antes del 31/10/2025.

    Los autónomos deberán disponer de domicilio social en el término municipal de Zaragoza, y tenga o vaya a disponer de, al menos, un centro de trabajo en el término municipal de Zaragoza.

    También podrán ser beneficiarios los autónomos que sucedan al titular de una actividad empresarial desarrollada en Zaragoza, siempre que suponga el mantenimiento de un establecimiento abierto al público que de otra forma hubiese cerrado.

    Requisitos inicio de actividad y relevo empresarial:

    • Alta entre el 1 de enero del 2025 y 31 de octubre del 2025 en el régimen especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores.
    • Que esté en posesión de plan de empresa de la actividad proyectada.
    • Que la actividad económica propuesta por el autónomo sea de nueva creación, no se admite modificación o ampliación de actividades ya existentes, ni la apertura de delegaciones de similar actividad de empresas existentes.
    • El inmueble donde se inicie la actividad podrá ser una oficina, bajo comercial, o taller, con entidad independiente, no podrá ser parte de un local, ni parte de una vivienda familiar, ni espacio compartido con otra actividad económica.
    • Que la actividad económica por la que se solicita subvención deberá permanecer en alta de autónomos y alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores durante al menos 2 años a contar desde la citada alta.
    • Solamente se concederá una única subvención por beneficiario.

     

    Requisitos específicos para el relevo de actividad: 

    • El objeto del plan será la planificación, adaptación y preparación del proceso de relevo de la actividad económica y/o comercial.
    • Que la transición sea motivada por la situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, por jubilación o muerte de la persona titular del negocio o por circunstancias sobrevenidas debidamente acreditadas.
    • Que el negocio objeto de transmisión tenga una antigüedad superior a 3 años a contar desde el alta en el régimen especial de trabajadores Autónomos de su nuevo titular.
    • Que el nuevo titular mantenga la misma actividad del negocio traspasado y en el mismo local durante, al menos, 2 años.
    • Que no hayan transcurrido más de 6 meses desde el cierre de la actividad económica a suceder, o que no hubiese finalizado en el momento de efectuarse el traspaso, cesión o venta del negocio.
    • Que la transmisión de la actividad empresarial se realice mediante contrato

    Cuantía

    Según el importe de la inversión y gasto inventariable indicado en el plan de empresa, la subvención será como máximo, sin perjuicio de los incrementos que posteriormente se indican y siempre de acuerdo al 80% de financiación máxima pública:

    • Inversión y gasto inventariable entre 4.000,00 y 6.000,00 euros: 3.000 euros
    • Inversión y gasto inventariable entre 6.000,01 y 10.000,00 euros: 5.000 euros
    • Inversión y gasto inventariable entre 10.000,01 y 15.000,00 euros: 8.000 euros
    • Inversión y gasto inventariable superior a 15.000,00 euros: 10.000 euros
    • Incremento de 1.000 euros si el empresario autónomo procede del alumnado de los cursos de formación para el empleo del Instituto municipal de empleo y fomento empresarial de Zaragoza, siempre y cuando el curso tenga una duración superior a l00 horas.
    • Incremento de 1.000 euros cuando se trate del traspaso o venta de un negocio o actividad y que cumplan los requisitos.

    Plazo

    El plazo máximo para solicitar la subvención, en el caso que no se agote el crédito será hasta el 31/10/2025 incluido.

  • EMBOU

    EMBOU

    El operador de Internet y telefonía aragonesa EMBOU ofrece soluciones de fibra y móvil con un 10% de descuento para los asociados a FEMZ con ofertas desde 31,50€/mes.

    • Conectividad profesional
    • Telefonía fija corporativa
    • Ciberseguridad
    • vSIP y Cloud

    Más información: socios@femz.es

  • FEMZ pide al Gobierno que el Real Decreto de centros de datos se ajuste a la normativa europea

    FEMZ pide al Gobierno que el Real Decreto de centros de datos se ajuste a la normativa europea

    La Federación de Empresas del Metal de Zaragoza, FEMZ, ha presentado alegaciones al Proyecto de Real Decreto sobre eficiencia energética y sostenibilidad en centros de datos, actualmente en tramitación. La organización empresarial comparte el compromiso con la eficiencia energética, la sostenibilidad y la reducción del impacto ambiental, y apoya la adaptación a los estándares europeos en la materia; pero advierte que el borrador del Real Decreto introduce exigencias adicionales, no previstas en la normativa europea.

    FEMZ recuerda que los centros de datos forman parte del sector metal, un sector con más de 8.400 empresas y más de 100.000 personas trabajadoras en todo Aragón, que abarca a la industria, la tecnología, los servicios y el comercio del metal. Además, el metal está acaparando buena parte de las grandes inversiones de futuro que se han ido anunciando en nuestra Comunidad, especialmente vinculadas a la digitalización, la automoción o el desarrollo de nuevas infraestructuras. De este modo, el sector refuerza su papel como motor de empleo y competitividad y se posiciona como un actor clave en la atracción de proyectos de gran envergadura que marcarán el desarrollo económico de Aragón en los próximos años.

    La organización empresarial considera que la norma puede generar inseguridad jurídica al invadir competencias de las Comunidades Autónomas. Se recuerda que el Estado no puede regular en materia de energía más allá de las bases y la coordinación general, debiendo respetar las competencias autonómicas de desarrollo y ejecución. De igual modo, la entidad critica que se piden más requisitos que los fijados por la Directiva y el Reglamento europeos, como la publicación de datos sensibles como clientes, empleo, impacto económico…, lo que crea una desventaja competitiva para las empresas españolas frente a otros países de la Unión Europea.

    La Federación, asimismo, considera que se imponen requisitos de difícil o imposible cumplimiento, como la reutilización obligatoria del calor residual (se convierte en condición previa para licencias y acceso a la red eléctrica, aunque muchas veces no es técnica o económicamente viable); o la adhesión al 15% de los centros europeos más eficientes (se exige que los centros estén dentro del 15% de mejores instalaciones, cuando ese código es voluntario y no existen criterios claros para medirlo).

    Igualmente, FEMZ alega contra la retroactividad en la aplicación del texto a los centros de datos ya existentes. Hay que tener en cuenta que algunos proyectos en marcha no incorporan la infraestructura de aprovechamiento del calor residual en el inicio del mismo, lo que genera costes inesperados a las empresas.

    Por otro lado, la entidad pone de relieve el impacto administrativo que la norma puede acarrear, ya que se cargan a las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos nuevas tareas e informes sin recursos adicionales, con el consiguiente retraso en licencias y trámites.

    Por ello, FEMZ insta al Gobierno a alinear estrictamente el Real Decreto con lo establecido en la Directiva Europea, promoviendo la sostenibilidad mediante incentivos y buenas prácticas, en lugar de barreras que pongan en riesgo la competitividad de nuestro país.

    España debe avanzar hacia una economía más verde y digital, pero sin comprometer la viabilidad económica y la igualdad de condiciones de las empresas españolas respecto a las del resto de Europa.

  • ACCEPTABLE

    ACCEPTABLE

    ACCEPTABLE ofrece a todos los asociados de FEMZ condiciones especiales en la contratación de sus servicios: Plataforma electrónica para elaborar, enviar, firmar y cobrar contratos y presupuestos con la confidencialidad y seguridad de la tecnología Blockchain.

    FEMZ y ACCEPTABLE han alcanzado un acuerdo de colaboración para facilitar a todos los asociados el acceso en condiciones especiales a la plataforma de contratación electrónica Acceptable Legal

    • 10% de reducción del coste de contratación de los servicios ACCEPTABLE
    • Soporte jurídico gratuito en el proceso de redacción y generación de la contratación utilizando ACCEPTABLE
    • Inclusión de los servicios en el sistema de KIT DIGITAL siempre que el asociado invoque esta posibilidad y pueda utilizarse este sistema
    • Acceso para clientes de hasta 2 certificaciones mensuales gratuitas en el proceso de Certificaciones de ACCEPTABLE basado en EBSI (Infraestructura europea de servicios Blockchain) de archivos y documentos (sujeto a los límites de capacidad y disponibilidad del sistema)

    Más información: socios@femz.es

  • CEOE y CEPYME valoran positivamente el rechazo a la reducción de jornada

    CEOE y CEPYME valoran positivamente el rechazo a la reducción de jornada

    CEOE y CEPYME han agradecido a los grupos parlamentarios el rechazo del proyecto de Ley de reducción de jornada, que es plenamente coherente con la ausencia de resultados en el diálogo social.

    Con esta decisión se evita un grave impacto negativo sobre la economía, el empleo y también sobre los consumidores. El debate sobre la jornada laboral debería regresar al espacio que le corresponde: el diálogo social y la negociación colectiva sectorial. Ese es el marco en el que empresas y trabajadores deben abordar cualquier elemento esencial de las condiciones laborales, lejos del ruido mediático.

    Desde el primer momento CEOE y CEPYME han advertido de que una reducción de jornada impuesta, sin tener en cuenta la realidad de empresas, pymes y autónomos, generaría problemas organizativos, menor productividad, más costes, una menor calidad de los servicios, y un menor atractivo para la inversión, todo ello en un contexto de difícil cobertura de vacantes. Esto habría afectado al crecimiento económico, la creación de empleo y la oferta para los consumidores.

    Las organización empresariales defienden que la reducción de jornada, como cualquier mejora en las condiciones de los trabajadores, debe hacerse mediante la negociación colectiva, equilibrando las necesidades de empresas y trabajadores. Ese ha sido siempre el camino del progreso y la paz social en España durante más de 40 años.

    Lo contrario, permitir que un ministerio legisle sobre una materia ya acordada en la negociación colectiva, debilita los mecanismos esenciales de diálogo social y, con ellos, nuestra convivencia.

    CEOE y CEPYME animan a retomar cuanto antes las mesas de negociación y a reactivar la negociación colectiva, ralentizada por la insistente injerencia del Ministerio de Trabajo.

  • ¿Cómo queda el nuevo permiso por nacimiento y cuidado del menor?

    ¿Cómo queda el nuevo permiso por nacimiento y cuidado del menor?

    Llevando a cabo la transposición de una Directiva europea, el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE 30/7/25), aprobó la ampliación en tres semanas – de 16 a 19- el permiso por nacimiento y cuidado del menor para cada progenitor y lo incrementó a 32 semanas para familias monoparentales/monomarentales.

    El 9 de septiembre el Congreso ha convalidado tal normativa, por lo que recordamos nuevamente su contenido.

    El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó.

    ¿Quién puede beneficiarse?

    Pueden acogerse a este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta, tengan cubierto un periodo mínimo de cotización, y cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas adicionales de cuidado podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

    ¿Cómo se distribuyen las semanas?

    El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del otro progenitor durante 19 semanas o 32 en el caso de existir una única persona progenitora. El permiso se distribuye de la siguiente forma:

    17 semanas (28 en el caso de las familias monoparentales o monomarentales) hasta que el bebé cumpla un año:

    • Las seis primeras semanas se disfrutan de forma obligatoria e ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.
    • Las once semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé.

    Dos semanas adicionales (cuatro en el caso de monoparentales o monomarentales):

    • Se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad.
    • En supuestos de nacimiento o adopción múltiple o discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.
  • El Registro para inscribir los vehículos que necesiten acceder a la Zona de Bajas Emisiones se habilitará el 11 de septiembre

    El Registro para inscribir los vehículos que necesiten acceder a la Zona de Bajas Emisiones se habilitará el 11 de septiembre

    En 2023, el Gobierno de Zaragoza aprobó la creación de una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) para adaptarse a la Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica.

    La nueva Zona de Bajas Emisiones (ZBE) estará delimitada por Paseo Echegaray y Caballero, San Vicente de Paúl, Coso, Plaza de España, Conde Aranda, Mayoral, Plaza de Santo Domingo y calle Ramón Celma.

    Su implantación comenzó el 12 de septiembre de 2024 y se desarrollará de manera progresiva en cuatro fases.

    La primera fase finalizó el pasado 11 de marzo de 2025, un periodo de carácter informativo, durante el cual no se han aplicado sanciones. La segunda fase, en la que nos encontramos actualmente y durante la cual la Policía Local ha llevado a cabo labores de vigilancia, pudiendo levantar actas con carácter exclusivamente informativo, esta a punto de finalizar.

    Así, a partir del próximo 11 de septiembre de 2025 y hasta el 11 de diciembre de 2025 arrancará la tercera fase que supondrá el inicio del proceso de registro para aquellos vehículos que necesiten autorización para acceder a la ZBE.

    Desde el 12 de diciembre de 2025 hasta el 1 de enero de 2030 entrará en funcionamiento la cuarta fase con sistemas de vigilancia automatizado y aplicando las respectivas sanciones por incumplimiento de la Ordenanza.

    ¿Qué vehículos están autorizados a acceder a la ZBE?

    El acceso será libre para:

    • Bicicletas (incluidas eléctricas) y vehículos de movilidad personal
    • Vehículos con distintivo ambiental B, C, ECO y 0.

     

    Además, los siguiente vehículos podrán circular con la autorización mencionada:

    Tipo de vehículo

    Tiempo de autorización
    Vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida con tarjeta en vigor y expuesta en el parabrisasMientras esté vigente la tarjeta de PMR
    Vehículos en régimen de propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, retribución en especie o como vehículo de sustitución, de propietarios o arrendatarios de una plaza de garaje situadas en la zona Zaragoza ZBEAnual, renovable
    Vehículos en régimen de propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, retribución en especie o como vehículo de sustitución, de propietarios o arrendatarios de locales con actividad comercial en la zona de bajas emisionesAnual, renovable
    Vehículos en régimen de propiedad, usufructo, “renting”, “leasing”, retribución en especie o como vehículo de sustitución, de residentes con tarjeta de residente de la zona de estacionamiento regulado cuando estacione en la zona que tenga asignadaAnual, renovable

    Vehículos de servicios, que prestan servicios de emergencia y esenciales siguientes:

    Vehículos que prestan servicios médicos del servicio público de salud de asistencia sanitaria a domicilio.

    Ambulancias.

    Grúa municipal.

    Vehículos que prestan servicios funerarios.

    Vehículos de protección civil y salvamento.

    Vehículos de bomberos.

    Vehículos de policía y de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y militares.

    Vehículos de Limpieza pública, alumbrado, semáforos y obra pública.

    Los vehículos declarados registralmente como, de los servicios públicos
    esenciales.

    Permanente
    Vehículos de matrícula extranjera que cumplan los requisitos tecnológicos y de emisiones de acceso a la ZBE y no estén identificados en la base de datos de la DGTAnual, renovable
    Vehículos dedicados al transporte de personas con enfermedades, tanto ambulancias como particulares, que les condicionan el uso del transporte públicoAnual, renovable o hasta cuando finalice la situación de enfermedad
    Vehículos que accedan a estacionamientos públicos cuando en éstos exista sistema de control de acceso conectado con el control de la ZBEPor cada acceso aparcamiento público
    Vehículos que accedan a reservas de hoteles cuando en éstos exista sistema de control de acceso conectado con el control de la ZBEPor cada estancia en el hotel

    Vehículos que prestan un servicio singular que pueden disfrutar de una exención de acceso a la ZBE. A continuación, se indican algunos ejemplos:

    Vehículos de escuela de conductores: Automóviles destinados a las prácticas de conducción. Categoría homologación: N2, N3, M2, M3.

    Vehículos Blindados: Vehículos destinados al transporte de personas o mercancías, de caja cerrada reforzada especialmente con un blindaje. Categoría homologación: N1, N2, N3.

    RTV: Vehículos especialmente acondicionados por emisoras de radio o televisión. Categoría homologación: N1, N2, N3.

    Taller o laboratorio: Vehículos condicionados para el transporte de herramientas y piezas de recambio que permitan efectuar reparaciones, servicios de mantenimiento y urgencias en todo tipo de inmuebles. Categoría homologación: N1, N2, N3.

    Biblioteca: Vehículos adaptados y acondicionados de forma permanente para la lectura y exposición de libros. Categoría homologación: N1, N2, N3, M3.

    Tienda: Vehículos adaptados especialmente y acondicionados de forma permanente para vender artículos. Categorías homologación: N1, N2.

    Grúa de arrastre: Automóvil provisto de dispositivos que permiten, al elevarlos parcialmente, arrastrar a otro vehículo. Categoría homologación: N1, N2, N3.

    Grúa de elevación: Vehículo equipado con dispositivos que permiten elevar cargas, pero no transportarlas (no incluye los vehículos con dispositivos de autocarga). Categoría homologación: N1, N2, N3, N3G.

    Hormigonera: Vehículo construido especialmente para transportar elementos constitutivos del hormigón y que permite mezclarlos durante el transporte. Categoría homologación: N3, N3G.

    Vehículo para ferias: Vehículo adaptado para maquinaria de circo o ferias recreativas ambulantes. Categoría homologación: N1, N3.

    Bomba de hormigón: Vehículo autobomba diseñado especialmente para mover hormigón fluido. Categoría homologación: N3.

    Riego asfáltico: Vehículo destinado a esparcir y extender sobre los diferentes pavimentos betún asfáltico fluidificado. Categoría homologación: N1, N2, N3.

    Pinta líneas: Vehículo usado para trazar líneas de señalización en el suelo. Categoría homologación: N1, N2, N3.

    Quitanieves: Vehículo de motor destinado exclusivamente a retirar la nieve de las calzadas y caminos.

    Anual, renovable
    Los vehículos declarados registralmente como taxis adaptadosPermanente
    Los vehículos declarados registralmente y clasificados como históricos por la normativa de la DGTPermanente
    Los vehículos sin distintivo ambiental declarados registralmente que requieren una autorización de carácter diario o bien temporal porque necesitan acceder esporádicamente dentro de la ZBE, tendrán número máximo de 8 autorizaciones mensuales para acceder esporádicamente a la ZBEDía de autorización
    Los vehículos declarados registralmente de titulares de plazas de Aparcamientos Municipales para Residentes en el interior del áreaLa autorización registral será para estacionar un único vehículo, únicamente en la plaza de aparcamiento del titular.

    ¿Cómo conseguir el distintivo ambiental?

    Una vez comprobado que tienes derecho a un distintivo ambiental, la adquisición y compra de los distintivos ambientales puede realizarse a través de:

    • Oficinas de Correos
    • Red de talleres de la Confederación Española de talleres (CETRAA) y otras redes de talleres autorizados
    • Gestores Administrativos
    • Instituto de Estudios de Automoción (IDEAUTO)
    • Para el caso de flotas, puedes obtener los distintivos a través de la asociación Ganvam
       

    ¿Cómo conseguir la autorización?

    Si el vehículo NO tiene derecho a distintivo ambiental, se puede obtener la autorización registral de las siguientes formas:

    • Telemáticamente (recomendada)

    A través del enlace que se habilitará en Web municipal.

    • Presencialmente

    En cualquier registro oficial, rellenando los datos de una Declaración responsable.

  • Webinar: Cómo acceder a las ayudas PAIP-Línea TDI Feder

    Webinar: Cómo acceder a las ayudas PAIP-Línea TDI Feder

    ¿Has invertido en nueva maquinaria o en mejorar la eficiencia energética de tu producción? Tu empresa podría beneficiarse de la próxima convocatoria de ayudas PAIP – Líneas TDI-FEDER.

    La nueva convocatoria de ayudas a proyectos empresariales para la transformación y desarrollo industrial en Aragón está a punto de publicarse y desde la Federación de Empresas del Metal de Zaragoza organizamos una jornada informativa online para resolver dudas sobre esta oportunidad de conseguir financiación, de la que pueden beneficiarse tanto PYMES como grandes empresas que desarrollen su actividad en Aragón.

    11 septiembre

    9 horas

    Online

    De la mano de Álvaro Monclús, socio de SMF Monclús Abogados y especialista en fondos europeos y ayudas públicas, conoceremos las claves para acceder a las ayudas, los requisitos principales y resolveremos las dudas más frecuentes.

  • Abierta la quinta edición de los Premios Impulso a la Innovación en Movilidad Sostenible

    Abierta la quinta edición de los Premios Impulso a la Innovación en Movilidad Sostenible

    Ya está en marcha la V edición de los Premios Impulso a la Innovación en Movilidad Sostenible, una iniciativa promovida por Anfac, Faconauto, Sernauto y Fundación Ibercaja, que se ha consolidado como un referente en el reconocimiento de los proyectos más innovadores en este ámbito en España.

    Estos galardones tienen como objetivo dar visibilidad y difundir las mejores prácticas y desarrollos que contribuyen a construir una movilidad más sostenible, eficiente, segura, conectada y automatizada, impulsados tanto desde el tejido empresarial y emprendedor como desde el ámbito institucional.

    Categorías

    Los Premios Impulso 2025 se otorgarán en las siguientes categorías:

    • Mejor proyecto de innovación de una start-up española (Premio Mobility City).
    • Mejor proyecto de movilidad sostenible para zonas urbanas.
    • Mejor desarrollo de movilidad sostenible en entornos rurales.
    • Innovación en movilidad eléctrica y conectada.

    Plazo de presentación

    Las candidaturas podrán presentarse hasta el 26 de septiembre de 2025, a través del correo candidaturaspremiosimpulso.com, siguiendo las instrucciones recogidas en las bases de participación, disponibles en www.premiosimpulso.com.

    El fallo del jurado se dará a conocer en la ceremonia de entrega, que tendrá lugar el 10 de octubre de 2025 en Mobility City (Zaragoza).