ABIERTA LA CONVOCATORIA DEL PROYECTO MEMTA: AYUDAS A MICROEMPRESAS, AUTÓNOMOS, SOCIEDADES LABORALES Y COOPERATIVAS DE MUNICIPIOS Y NÚCLEOS DE POBLACIÓN DE MENOS DE 25.000 HABITANTES

El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 5 de mayo de 2023, inclusive.

Se convocan para el año 2023 las subvenciones del Proyecto MEMTA, que buscan contribuir al mantenimiento del empleo de los trabajadores contratados por microempresas y trabajadores autónomos, así como el de los socios trabajadores y de trabajo de sociedades laborales y cooperativas, para facilitar la transición productiva hacia la economía verde y la economía digital.

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las microempresas y trabajadores autónomos, así como las sociedades laborales y cooperativas, para facilitar la transición productiva hacia la economía verde y la economía digital en municipios y núcleos de población de menos de 25.000 habitantes, donde las empresas beneficiarias han de tener, al menos, un centro de trabajo.

 

Actuaciones subvencionables

 

La realización por la empresa beneficiaria de una actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia la economía verde o a su transformación digital podrá consistir, entre otras, en alguna de las siguientes acciones:

En el ámbito de la transición ecológica hacia una economía verde:

  • Implantación de medidas que contribuyan al ahorro de energía o a la utilización de energías renovables.
  • Impulso de mercados locales para productos y servicios.
  • Impulso de producción de bienes o prestación de servicios que contribuyan a la transición ecológica y a la reducción del impacto ambiental de dicha actividad.
  • Iniciativas en el ámbito de la economía circular y la reducción de residuos.

En el ámbito de la transformación digital:

  • Desarrollo de competencias digitales en los empleados a través de acciones formativas.
  • Incorporación de procesos de digitalización.
  • Mejora o implantación de infraestructuras tecnológicas.
  • Impulso de acciones en materia de ciberseguridad y protección de datos.
  • Creación y mejora de contenidos digitales, páginas web y Apps.
  • Implantación de modelos de flexibilización horaria y teletrabajo adaptados al mundo digital para la mejora de la productividad, ayuda a la conciliación y apoyo a una economía sostenible mediante la reducción de las emisiones ligadas al transporte.
  • Creación de plataformas on-line de e-commerce y marketing digital.

 

Gastos subvencionables

 

La actividad subvencionada, en función del tipo de beneficiario, podrá consistir:

a) En el mantenimiento en la plantilla, durante seis meses contados a partir de la fecha de solicitud de la correspondiente subvención, de los trabajadores asalariados por cuenta ajena que, en el momento de la solicitud, tuviera contratados la microempresa o la persona trabajadora autónoma, en un centro de trabajo ubicado en un municipio o núcleo de población de menos de 25.000 habitantes.

b) En el mantenimiento, durante seis meses contados a partir de la fecha de solicitud de la correspondiente subvención, de los socios trabajadores o de trabajo que, en el momento de la solicitud, estuvieran de alta en la sociedad laboral o cooperativa, en un centro de trabajo de la entidad beneficiaria ubicado en un municipio o núcleo de población de menos de 25.000 habitantes.

 

Cuantía

 

La cuantía de la subvención, hasta un máximo de 5.000 euros por empresa beneficiaria, será 2.500 euros a tanto alzado por cada trabajador por cuenta ajena que figurase contratado mediante contrato temporal o indefinido por la microempresa o trabajador autónomo beneficiario, o por cada persona que tuviese la condición de socia trabajadora o de trabajo en la sociedad laboral o cooperativa beneficiaria.

 

Plazo

 

El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 5 de mayo de 2023, inclusive.

Folleto informativo

Orden completa

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FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DE ZARAGOZA

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