Día: 16 de abril de 2026

  • Ayudas al transporte de mercancías para compensar el aumento del coste de los combustibles

    Ayudas al transporte de mercancías para compensar el aumento del coste de los combustibles

    El Gobierno publica el Real Decreto-ley 9/2026, de 14 de abril, de medidas urgentes en materia de transporte que tiene como objetivo principal implementar medidas de apoyo y regulación en el sector del transporte, con un enfoque destacado en el transporte ferroviario de mercancías. 

    Es una norma en la línea del previo Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, centrándose esta vez en el transporte y el incremento del precio de los combustibles.

    Ayudas al transporte ferroviario

    Se establece un capítulo específico (Capítulo II) dedicado a la creación de un sistema de ayudas directas para empresas ferroviarias de mercancías. El objetivo es compensar el incremento extraordinario de los costes operativos, específicamente aquellos derivados de los productos petrolíferos con motivo del conflicto bélico en Irán.

    Contexto de urgencia

    La norma se tramita como un Real Decreto-ley debido a la necesidad urgente de dar respuesta a la situación económica del sector transporte

    Revisión de precios del gasóleo

    Se aborda la cláusula de revisión del precio del transporte por carretera en relación con la variación del precio del gasóleo para el año 2026.

    La dimensión del aumento de costes en partidas esenciales dentro de esta actividad, y la rapidez con la que se ha producido, se focalizan en una actividad que tiene una dificultad estructural para trasladar de manera inmediata estos aumentos de costes a sus clientes, lo que ha derivado en un deterioro extraordinario en la viabilidad económica de esta actividad, siendo además un sector esencial para el país ya que es responsable del 95% del transporte de mercancías en España.

    Así, procede sustituir la fórmula original establecida en la Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, por una de nuevo cuño, introduciendo una variable dinámica que permita, en caso de variaciones significativas del precio del combustible, que la revisión del precio de transporte pueda realizarse automáticamente sin necesidad de acudir a alternativas regulatorias específicas.

    Concretamente se establece un coeficiente cuyo valor queda determinado en función del precio del gasóleo antes de impuestos, en base a unas tablas establecidas en la propia condición general de contratación.

    En esta línea, y en relación a Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, se modifica el artículo relativo a la revisión del precio del transporte como consecuencia de la variación del precio del combustible entre el momento de la contratación y el de la efectiva realización del transporte, aportando mayor seguridad jurídica e incidiendo en la obligatoriedad de tal revisión.

    Asimismo, se determina que la variación respecto del precio inicialmente pactado se reflejará obligatoriamente en la factura de manera desglosada, suprimiéndose la posibilidad de que en el contrato se refleje este ajuste de forma alternativa. En esta línea, se efectúan una serie de modificaciones menores en las condiciones generales de variación del precio del combustible y revisión del precio inicialmente pactado a efectos de una mayor seguridad jurídica y de su correcta adecuación al artículo 38 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre.

  • Así es el nuevo decreto sobre regularización extraordinaria de migrantes

    Así es el nuevo decreto sobre regularización extraordinaria de migrantes

    Publicado en BOE el Real Decreto que establece un proceso extraordinario de regularización para personas extranjeras que se encuentran en España en situación irregular. 

    Esta regularización se implementa mediante la modificación del Reglamento recogido en el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre (Reglamento de extranjería), en desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros para facilitar su integración social y laboral. 

    Así, se introducen esencialmente modificaciones en el trámite administrativo de obtención del permiso de residencia.

    Claves de la nueva normativa de extranjería

    Población beneficiada

    Se estima que el proceso permitirá regularizar a cerca de 500.000 personas.

    Requisito de residencia

    Los solicitantes deben demostrar que se encontraban en España antes del 31 de diciembre de 2025.

    Plazos de solicitud

    • Vía telemática: Comienza el jueves 16 de abril de 2026.
    • Vía presencial: A partir del 20 de abril de 2026 en oficinas habilitadas (Extranjería, Seguridad Social y Correos).
    • Cierre del plazo: El proceso finaliza el 30 de junio de 2026.

    Condiciones principales

    • Carecer de antecedentes penales.
    • Acreditar uno de los siguientes vínculos: laboralfamiliar (reagrupación) o encontrarse en situación de vulnerabilidad.  

    ¿Qué beneficios tendrán los solicitantes?

    Los extranjeros que superen el proceso obtendrán un permiso de residencia y trabajo por un año. Esto les otorga acceso pleno al sistema de Seguridad Social y sanidad.

    Entre otras muchas modificaciones, destacamos que el artículo 130.5 se prevé la habilitación provisional a trabajar desde la comunicación de inicio de la tramitación de la solicitud del arraigo sociolaboral, a efectos de facilitar el inicio de la relación laboral y que la dilación que pudiera existir hasta la resolución del procedimiento no afecte al mantenimiento de la oferta de trabajo.

    Por otro lado, y en previsión de la esperable carga administrativa que va a suponer el proceso, la disposición adicional primera regula la habilitación al grupo TRAGSA y, en su caso, a su filial TRAGSATEC, mediante el correspondiente encargo, para la realización de actuaciones administrativas de carácter estrictamente instrumental, de gestión material, apoyo técnico y canalización documental en la tramitación de las solicitudes.