Día: 21 de mayo de 2024

  • TOYOTA (ARTAL)

    TOYOTA (ARTAL)

    FEMZ y Artal Automoción han alcanzado un acuerdo que permitirá a todos los asociados beneficiarse de extraordinarios descuentos en la adquisición y renting de vehículos Toyota.

    Modelo Descuento empresa Cuota sin IVA Renting (*)
    Corolla 5P/TS
    22%
    Desde 350€
    RAV 4
    HEV 7,5% / PHEV 8%
    Desde 565€ / 588€
    CHR
    HEV 16% / PHEV 16,5%
    Desde 380€ / 403€
    Proace Van
    VAN 22,5% / VAN EV 33,5%
    Desde 410€ / 450€
    Proace City Van
    VAN 22,5% / VAN EV 33,5%
    Desde 357€ / 306€

    (*) Renting: Plazo de 48 meses, 10.000 km/año en los modelos y motorizaciones de partida de campaña en blanco.

    Consultar condiciones de la oferta y del resto de la gama

    Más información: socios@femz.es

  • DESCUENTOS PARA SOCIOS EN LA ADQUISICIÓN Y RENTING DE VEHÍCULOS TOYOTA

    DESCUENTOS PARA SOCIOS EN LA ADQUISICIÓN Y RENTING DE VEHÍCULOS TOYOTA

    FEMZ y Artal Automoción han alcanzado un acuerdo que permitirá a todos los asociados beneficiarse de extraordinarios descuentos en la adquisición y renting de vehículos Toyota.

    Artal Automoción ofrece a las empresas asociadas de FEMZ los siguientes descuentos:

    MODELO Descuento Empresa (*)

    (Sobre PFF+Pintura)

    Cuota sin IVA Renting (**)
    COROLLA 5P/TS 22% Desde 350 €
    RAV 4 5 P 15,5% Desde 500 €
    PROACE CITY VAN 21,5% Desde 340 €
    PROACE VAN 22% Desde 500 €

     

    (*) Renting: Plazo de 48 meses, 10.000 km/año en los modelos y motorizaciones de partida de campaña en blanco.

    Consultar condiciones de la oferta y del resto de la gama.

    (**) Autónomos: Consultar condiciones.

     

    Más información:

    socios@femz.es

    Haz clic para acceder a DESCUENTOS-FEMZ-TOYOTA-2024-MAYO.pdf

  • ¿QUIERES DARLE UNA SEGUNDA VIDA A TUS OBJETOS ESTROPEADOS?

    ¿QUIERES DARLE UNA SEGUNDA VIDA A TUS OBJETOS ESTROPEADOS?

    ¿Todavía no tienes claro en qué consiste el Repair Café que organiza Suministros Herco? Se trata de un espacio en el que varios expertos se ofrecen a dar una segunda vida, de manera totalmente voluntaria, a objetos o aparatos de otras personas que se han estropeado.

    Así pues, expertos en iluminación, mecánicos de bicicletas o profesionales de la costura, entre muchos otros, se reunirán el próximo 31 de mayo en nuestra sede para reparar todo tipo de objetos. Cabe destacar que los profesionales cuentan con distintas herramientas y materiales para llevar a cabo las reparaciones y enseñar a los asistentes cuál era el problema y explicar los pasos a seguir para que en futuras ocasiones puedas hacerlo tú mismo.

    La Federación de Empresas del Metal de Zaragoza ha querido sumarse a esta enriquecedora, sostenible -y totalmente gratuita- iniciativa de Suministros Industriales Herco, acogiendo en su sede a este grupo de expertos.

    Viernes, 31 de mayo.

    18:00 h. a 20:00h. 

    C/Santander, nº36, 2ª planta, 50010, Zaragoza (FEMZ).

    Inscripción

     

     

    Importancia del Repair Café

     

    Suministros Herco lleva muchos años detrás de esta iniciativa que pretende ayudarnos a ser más sostenibles. Como ellos explican, “vivimos en un mundo material en el que lo estropeado se tira o se reemplaza sin dar opción a intentar arreglar, reutilizarlo, darle un nuevo uso”. 

    Por otra parte, el Repair Café es un encuentro que busca el intercambio de conocimiento y de experiencias.

  • AYUDAS PARA EL ESTABLECIMIENTO COMO AUTÓNOMO/A EN ARAGÓN

    AYUDAS PARA EL ESTABLECIMIENTO COMO AUTÓNOMO/A EN ARAGÓN

    Se convocan subvenciones de cinco líneas del programa Fomento de Empleo Autónomo 2024 para apoyar el autoempleo y el emprendimiento, fomentando el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica y promoviendo el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores.

     

    Ayudas para el establecimiento como persona trabajadora autónoma

     

    Beneficiarios

     

    Personas físicas desempleadas, incluidas aquellas que formen parte de una sociedad civil o comunidad de bienes, que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que hayan iniciado una actividad económica en nombre propio

     

    Requisitos

     

    • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
    • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
    • Estar desempleado e inscrita como demandante de empleo de forma ininterrumpida durante, al menos, los dos meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad. A excepción de los siguientes supuestos:
      • Joven menor de 30 años
      • Persona con discapacidad
      • Mujer con víctima de violencia de género
      • Persona que haya finalizado, en los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la actividad, su formación como alumno trabajador en un programa experiencial de empleo y formación
      • Si se desarrolla la actividad en una localidad de menos de 1.000 habitantes
    • Plan de empresa de la actividad proyectada.
    • Haber realizado, en el periodo entre los cuatro meses anteriores al inicio de la actividad y la fecha de solicitud de la subvención, una inversión en inmovilizado necesaria para el desarrollo de esa actividad por un importe no inferior a 4.500 euros sin incluir impuestos. Este importe se reducirá en los siguientes casos:
      • Si la actividad se desarrolla en una localidad entre 5.000 y 1.000 habitantes la inversión será de 3.000€
      • Si la actividad se desarrolla en una localidad de menos de 1.000 habitantes la inversión será de 2.000€
      • No se exige inversión para personas con discapacidad o mujeres víctimas de violencia de género
    • Realizar la actividad de forma exclusiva.

     

    Plazo

     

    El plazo presentar solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.

    El plazo de presentación de la convocatoria finaliza el 30 de octubre de 2024.

    Más información

     

    Ayudas para el fomento del relevo generacional

     

    Beneficiarios

     

    Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que sucedan al titular de una actividad empresarial desarrollada por cuenta propia, siempre que suponga el mantenimiento de un establecimiento que de otra forma hubiese cerrado.

     

    Requisitos

     

    • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
    • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
    • Que tenga un plan de empresa de la actividad proyectada
    • Que la transmisión sea motivada por la situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, por jubilación o muerte de la persona titular del negocio.
    • Que el negocio objeto de transmisión tenga una antigüedad superior a 3 años a contar desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de su nuevo titular.
    • Que el nuevo titular mantenga la misma actividad del negocio traspasado y en el mismo local
    • Que no hayan transcurrido más de seis meses entre la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del titular a suceder y el alta en el mismo régimen de quien adquiera el negocio.
    • Que la transmisión de la actividad empresarial se realice mediante contrato de traspaso elevado a escritura pública, con indicación expresa del relevo como objeto de dicho contrato y del valor del inmovilizado trasmitido, así como, en su caso, de las mercaderías y del fondo de comercio.

     

    Plazo

     

    El plazo presentar solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.

    El plazo de presentación de la convocatoria finaliza el 30 de octubre de 2024.

    Más información

     

    Incentivo a la consolidación de proyectos para favorecer el mantenimiento de la actividad por cuenta propia

     

    Esta ayuda es complementaria a la de establecimiento como trabajador autónomo y la subvención para el relevo generacional, una vez se haya alcanzado el primer año de actividad.

     

    Beneficiarios

     

    Personas beneficiarias de la subvención al establecimiento como persona trabajadora autónoma o de la subvención para el fomento del relevo generacional

     

    Requisitos 

     

    • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
    • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
    • Haber sido beneficiario/a de la ayuda al establecimiento como trabajador/a autónomo/a o de la subvención para el fomento del relevo generacional.
    • Haber permanecido ininterrumpidamente en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los 12 meses siguientes al inicio de la actividad
    • Estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el momento de tramitar la solicitud.

     

    Plazo

     

    El plazo presentar solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el primer año de actividad.

    El plazo de presentación de la convocatoria finaliza el 30 de octubre de 2024.

    Más información

     

    Ayudas para favorecer la incorporación al negocio familiar de personas trabajadoras autónomas colaboradoras

     

    Beneficiarios

     

    Personas desempleadas, no ocupada e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, que se incorpore al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como persona autónoma colaboradora en un negocio familiar

     

    Requisitos

     

    • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
    • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
    • Que sea cónyuge, pareja estable no casada, ascendiente, descendiente o tenga una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o adopción de la persona titular del negocio.
    • Que se incorpore como persona trabajadora autónoma colaboradora al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
    • La persona colaboradora y la titular deben trabajar en el mismo lugar de manera habitual y no de forma esporádica o puntual.

     

    Plazo

     

    El plazo presentar solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.

    El plazo de presentación de la convocatoria finaliza el 30 de octubre de 2024.

     
     

    Ayudas para la contratación de la primera persona trabajadora por cuenta ajena

     

    Beneficiarios

     

    Personas que ejercen una actividad por cuenta propia y consten de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o mutualidad de colegio profesional correspondiente que suscriban por primera vez un contrato de trabajo con una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo.

     

    Requisitos

     

    • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
    • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
    • El contrato se formalizará dentro de los primeros 24 meses a contar desde el inicio de la actividad por cuenta propia del/de la trabajador/a autónomo/a.
    • El contrato deberá suscribirse por tiempo indefinido desde su comienzo y se comunicará al Instituto Aragonés de Empleo en la forma reglamentariamente establecida.
    • Los contratos se formalizarán a jornada completa o a tiempo parcial no inferior al 50% de la jornada ordinaria en cómputo anual.
    • La persona contratada debe ser desempleada y estar inscrita como demandante de empleo, al menos, desde el día inmediatamente anterior a la fecha de su contratación
     

    Plazo

     

    El plazo presentar solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

    El plazo de presentación de la convocatoria finaliza el 30 de octubre de 2024.

    Más información

     

    Ayudas para reducir intereses de préstamos

     

    Beneficiarios

     

    Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que se hubiesen establecido como trabajadoras autónomas por cuenta propia o como miembros de una sociedad civil o comunidad de bienes y que hubiesen solicitado y obtenido un préstamo a título individual.

     

    Requisitos

     

    • Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
    • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
    • Los préstamos deberán formalizarse en el período comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los doce meses posteriores.
    • Los gastos como los pagos deben estar realizados en el periodo comprendio entre los tres meses anteriores a la fecha de formalización del préstamo y los seis meses posteriores a dicha fecha
    • Los préstamos subvencionables tendrán un importe máximo de 30.000 euros.
    • El plazo mínimo de amortización será mínimo de dos años
    • El préstamo deberá destinarse a financiar inversiones en inmovilizado material e inmaterial, así como otros gastos necesarios para el inicio de la actividad.

     

    Plazo

     

    El plazo presentar solicitudes es de seis meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del préstamo si éste se formalizase con posterioridad al inicio de actividad. Pero si éste se hubiese formalizado con anterioridad al inicio de la actividad, se computará desde el inicio. En todo caso, los gastos y pagos de la inversión deben estar realizados en la fecha de solicitud.

    El plazo de presentación de la convocatoria finaliza el 30 de octubre de 2024.

  • PRÓXIMOS CONTROLES EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE CUOTA DE DISCAPACIDAD

    PRÓXIMOS CONTROLES EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE CUOTA DE DISCAPACIDAD

    El Instituto Aragonés de Empleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, desarrollan de forma conjunta una campaña de información y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones que la legislación establece en materia de cuota de reserva para personas con discapacidad, para garantizar su integración laboral.

     

    Actuaciones de control de la ITSS Aragón

     

    En función de la experiencia adquirida y en cumplimiento de los objetivos aprobados para 2024 en la Comisión Operativa Autonómica de la ITSS en Aragón, se van a desarrollar las siguientes actuaciones por parte de la ITSS:

     

    1. Control de inspección mediante visita a 102 empresas para verificar el cumplimiento de las obligaciones en la materia señalada. Se trata de empresas que deberían tener más de una persona con discapacidad contratada pero no consta esta información, ni su cumplimiento mediante medidas alternativas.
    1. Control de inspección mediante visita a 129 empresas con declaración de excepcionalidad para comprobar que la empresa ha aplicado en el año en curso y en los anteriores de vigencia, el contenido de las medidas alternativas autorizadas.

     

    Con carácter previo estas empresas recibirán el modelo de carta que se adjunta a continuación:

    Modelo de carta

     

    Con la difusión previa de este programa se pretende incentivar el cumplimiento de las obligaciones vigentes con independencia de la actuación inspectora, mediante la revisión del cumplimiento por parte de las empresas obligadas respecto de la cuota de reserva del 2% a favor de trabajadores con discapacidad contemplado en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, (BOE de 3 de diciembre)  y de la aplicación, en su caso, de medidas alternativas.

    La experiencia de esta metodología de actuación desarrollada en años anteriores pone de manifiesto que las empresas incrementan el grado de cumplimiento de sus obligaciones en esta materia, permitiendo la finalidad última de facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad en nuestra Comunidad Autónoma.

     

  • Circular 21/2024

    Circular 21/2024

    CIRCULAR 21/2024
    21/05/2024
         


     INFORMACIÓN DE INTERÉS

    Analizamos los retos de la empresa familiar

    Te esperamos en nuestra sede el 23 de mayo. ¡No te lo pierdas!

    Jornada informativa sobre el PEAC en el sector Metal

    CEPYME Aragón organiza una jornada informativa sobre el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias para representantes de empresas líderes del sector.


     CONVENIO

    Firmado el convenio colectivo para la actividad de comercio del metal de Zaragoza 2023-2024

    Consúltalo en nuestra web.


     INFORMACIÓN LEGAL

    Próximos controles en el cumplimiento de las obligaciones en materia de cuota de discapacidad

    En las próximas fechas se procederá a la ejecución de dichas actuaciones de vigilancia.

    Ayudas para el establecimiento como autónomo/a en Aragón

    El plazo de presentación de la convocatoria finaliza el 30 de octubre de 2024.

    Informe del mercado laboral y la negociación colectiva de mayo de CEOE

    ¡Descárgalo en nuestra web!


     SOCIOS

    ¿Quieres darles una segunda vida a tus objetos estropeados?

    No te pierdas el Repair Café de Suministros Industriales Herco el próximo 31 de mayo en FEMZ.

    Umec, la pyme que nació con la Opel y ahora despega hasta el espacio

    Conoce su historia y sus objetivos.


     COMISIONES

    Nueva reunión de la Comisión de comercio y logística

    Los miembros han conocido el PEAC.


     METALÍZATE

    ¿Qué buscan los estudiantes en las empresas?

    Los alumnos de Salesianos responden a la pregunta y nos cuentan cómo ven el Metal.


     AHORROS Y VENTAJAS

    Descuentos para socios en la adquisición y renting de vehículos Toyota

    FEMZ y Artal Automoción han alcanzado un acuerdo que permitirá a todos los asociados beneficiarse de estos descuentos.

    UtiliZaRed: Peticiones de material.
    ¿Nos ayudas?

    Material neumático/hidráulico

    Perfilería metálica y chapa

    Material fungible: electrodos, hilo, gas para MIG/MAG

    Material eléctrico/electrónico, cable, protecciones, autómatas o pequeños robot de manipulación y/o soldadura.

    Maquinaria para calderería.

    CATÁLOGO DE SERVICIOS



    AYUDA EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA



    ASESORÍA EN RELACIONES LABORALES



    SERVICIOS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN



    ASESORÍA EN MEDIOAMBIENTE



    SERVICIOS DE FORMACIÓN



    GESTIÓN DE BONIFICACIONES DE FORMACIÓN



    ASESORÍA EN PROCESOS INDUSTRIALES



    ASESORÍA EN PRL Y EMERGENCIAS



    ASESORÍA DE IGUALDAD



    ASESORÍA JURÍDICO MERCANTIL



    ASESORÍA EN TRANSFORMACIÓN DIGITAL



    SERVICIO DE GESTIÓN LABORAL



    AULA VIRTUAL GRATUITA



    BOLSA DE
    EMPLEO



    ORIENTACIÓN ACADÉMICO PROFESIONAL

    Más info:
    socios@femz.es

    AHORROS Y VENTAJAS

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