Día: 23 de noviembre de 2023

  • CONSULTA PÚBLICA SOBRE ORDENANZA DE ZONA DE BAJAS EMISIONES

    CONSULTA PÚBLICA SOBRE ORDENANZA DE ZONA DE BAJAS EMISIONES

    En la web municipal del Ayuntamiento de Zaragoza figura en consulta pública el proyecto de Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones (ZBE), finando el día 30 de este mes el plazo para hacer alegaciones a la misma empleando el guion de preguntas que figura en la propia página.

    Web Ayuntamiento de Zaragoza

    Con origen en la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética y el RD 1052/2022, de 27 de diciembre, se imponía – en su Disposición transitoria única – la obligación de adecuación de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) establecidas con fecha anterior a la entrada en vigor del mencionado RD, debiendo revisarse con el fin de adecuarse al mismo, en un plazo máximo de 18 meses desde dicha entrada en vigor y posteriormente, cada cuatro años, de acuerdo con lo previsto en la norma.

     

    Zona de bajas emisiones

     

    Como municipio de más de 50.000 habitantes, el período de 18 meses de adaptación obligatoria de las ZBE comenzó a contar en el Ayuntamiento de Zaragoza, desde el 29 de diciembre de 2022 (fecha de entrada en vigor del RD 1052/2022) siendo la  ZBE que aprobó nuestro Ayuntamiento el 28 de diciembre de 2022 una primera fase provisional del proceso que continúa con la Ordenanza que ahora se somete a consulta pública.

    • Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética.
    • RD 1052/2022. (Este es el que detalla las ZBE … )

    No escapa a nadie la trascendencia de la creación de la ZBE en Zaragoza, con las implicaciones que el materia de movilidad y acceso a la zona prevista (de la que adjuntamos plano) tanto a particulares como a empresas. De la aplicación de la normativa referenciada recordamos, entre otros temas, el empleo de los distintivos adhesivos calificando los vehículos en tal materia, así como el establecimiento de un régimen sancionador vinculado a tal ZBE.

  • AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE SUELO INDUSTRIAL EN ZARAGOZA

    AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE SUELO INDUSTRIAL EN ZARAGOZA

    La Diputación Provincial de Zaragoza ha convocado una línea de ayudas dotada con 300.000 euros y subvenciona la compra de suelo municipal a empresas que quieran asentarse en algún municipio de la provincia, o bien ampliar la superficie del centro empresarial o trasladar empresas existentes en el núcleo urbano al polígono o área industrial.

     

    Beneficiarios

     

    Las personas físicas o jurídicas que adquieran suelo industrial conforme el planeamiento urbanístico del municipio y lo destinen a actividad profesional o empresarial por un periodo de cinco años.

     

    Exclusiones

     

    • Alfajarín
    • Botorrita
    • El Burgo de Ebro
    • Cadrete
    • Cuarte de Huerva
    • Fuentes de Ebro
    • Jaulín
    • María de Huerva
    • Mediana de Aragón
    • Mozota
    • Nuez de Ebro
    • Osera de Ebro
    • Pastriz
    • La Puebla de Alfindén
    • San Mateo de Gállego
    • Utebo
    • Villafranca de Ebro
    • Villamayor de Gállego
    • Villanueva de Gállego
    • Zaragoza
    • Zuera

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Se consideran actuaciones subvencionables las inversiones siempre que la adquisición del suelo tenga por finalidad:

    • La instalación de nuevas empresas
    • La ampliación o aumento de superficie del centro empresarial
    • El traslado de empresas existentes del núcleo urbano a polígono o área de industrial

    Se consideran gastos subvencionables, única y exclusivamente, el coste de adquisición del suelo, siendo considerado como tal el importe reflejado en la escritura de compraventa con exclusión de los intereses, impuestos indirectos y sus recargos y siempre que se haya adquirido dentro del plazo previsto.

    El plazo para la adquisición del suelo industrial se extenderá desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023.

     

    Plazo

    Los interesados tienen de plazo hasta el 5 de diciembre inclusive para presentar sus solicitudes.

     

    Pueden encontrar más información, las bases de la convocatoria y comenzar con su tramitación en el siguiente enlace.

    Sede Electrónica

    Contacten con nosotros en caso de duda:

    cmurillo@cepymearagon.es

  • APUNTA EN EL CALENDARIO LOS DÍAS INHÁBILES DE 2024 PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

    APUNTA EN EL CALENDARIO LOS DÍAS INHÁBILES DE 2024 PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

    De acuerdo con el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de  un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la  organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros, sino la validez del día indicado para el cómputo de plazos en cualquier trámite con la Administración.

    Por todo ello, la Secretaría de Estado de Función Pública, y como todos los años,  aprueba y publica el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2024, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputo de  plazos.

     

    ¿Cómo se determinan en cada ámbito territorial?

     

    • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados  como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las  Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
    • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días  determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
    • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus  correspondientes calendarios de días inhábiles.

    Los días inhábiles a que se refieren los dos primeros puntos se recogen, especificados por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo que resumimos a continuación. También estará disponible en el Punto de Acceso General Electrónico (administracion.gob.es) de la Administración General del Estado (No está actualizado todavía, como se puede comprobar)

    Punto de Acceso General Electrónico

     

    Calendario de días inhábiles en Aragón, 2024

    Enero: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Febrero: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 13: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • Día 28: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

     

    Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
    • Día 19: Inhábil en la Región de Murcia, así como en la Comunitat Valenciana.
    • Día 28: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de las Illes Balears, de Canarias, de Cantabria, de Castilla-La  Mancha, de Extremadura, de Galicia, de la Región de Murcia, del País Vasco, de La  Rioja, así como en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, en la  Comunidad Foral de Navarra, en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 29: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Abril: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, de Cantabria, de Cataluña, del País Vasco, de La Rioja, así como de la Comunidad Foral de Navarra y de la Comunitat Valenciana.
    • Día 23: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Comunidad de Castilla y León.

     

    Mayo: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 2: Inhábil en la Comunidad de Madrid.
    • Día 17: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Galicia.
    • Día 30: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Canarias y de Castilla-La  Mancha.
    • Día 31: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

     

    Junio: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 10: Inhábil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
    • Día 17: Inhábil en la Ciudad de Ceuta y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 24: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como en la Comunitat Valenciana.

     

    Julio: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 25: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Cantabria, de Galicia y del País Vasco, así como en la Comunidad de Madrid y en la Comunidad Foral de Navarra.

     

    Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 5: Inhábil en la Ciudad de Ceuta.
    • Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 9: Inhábil en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
    • Día 11: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

     

    Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 9: Inhábil en la Comunitat Valenciana

     

    Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

     

    Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.

    • Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 9: Inhábil en las Comunidades Autónomas de Andalucía, de Aragón, del Principado de Asturias, de Extremadura, de la Región de Murcia, así como en la Comunidad de Castilla y León y en la Ciudad de Melilla.
    • Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
    • Día 26: Inhábil en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

     

    Se recogen igualmente especialidades sobre la materia en la Comunidad Autónoma de Canarias (en función de cada isla del archipiélago), en la Comunidad Autónoma de Cataluña, (en relación al territorio de Arán), y en la Comunitat Valenciana (que otorga carácter retribuido y recuperable el 24 de junio, San Juan).