El próximo 31 de julio finaliza el plazo de presentación de las Memorias Anuales de Inversiones Exteriores para residentes españoles que tengan participaciones en empresas o sucursales en el exterior y para empresas españolas con participación extranjera en capital y sucursales en España de no residentes, en el caso de que el cierre de su ejercicio haya sido el 31 de diciembre de 2024.
Residentes españoles que tengan participaciones en empresas extranjeras o sucursales en el exterior (Modelo D8)
Según el art. 8.4 del Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores, los residentes en España, ya sean personas físicas o jurídicas, con participación en entidades extranjeras y las empresas residentes con sucursales en el exterior deben presentar la correspondiente memoria anual ante la DGCII cuando el objeto de su inversión sea:
- Sucursales con una dotación o con un patrimonio neto superior a 1.500.000 euros.
- Sociedades extranjeras en las que la participación del inversor español en el capital o en el total de los derechos de voto sea igual o superior al 10%. siempre que se den alguna de estas dos circunstancias:
- La sociedad extranjera tenga un capital social o un patrimonio neto superior a 1.500.000 euros.
- La actividad de la sociedad extranjera sea la tenencia, directa o indirecta, de participaciones en el capital de otras sociedades.
A tal efecto, deberá presentarse el impreso Modelo D8, al que se adjuntarán copia de las cuentas anuales individuales del ejercicio y documento acreditativo del código de identificación de la sociedad extranjera participada (y de las participadas por dicha sociedad extranjera, en su caso).
El modelo D8 deberá presentarse ante la DGCII en el plazo de siete meses a contar desde del ejercicio contable de la sociedad extranjera o de la sucursal.
En aquellos casos en los que el cierre de ejercicio sea el 31 de diciembre, el plazo para presentar el modelo D8 finalizaría el 31 de julio de 2025.
Empresas españolas con participación extranjera en su capital y sucursales en España de no residentes (Modelo D4)
El art. 5.4 del Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores establece que las sociedades residentes en España y las sucursales en España de no residentes con participación extranjera deben presentar una memoria anual en estos casos:
- Sucursales en España de empresas no residentes que tengan una dotación o un patrimonio neto superior a 3.000.000 de euros.
- Sociedades españolas en las que la participación del inversor no residente sea igual o superior al 10 % del capital o derechos de voto siempre que se den alguna de estas dos circunstancias:
- La sociedad española tenga un capital social o un patrimonio neto superior a 3.000.000 de euros.
- La sociedad española sea dominante de un grupo de empresas según el art. 42 CCo.
Recordemos que, conforme al art. 42 CCo, “grupo” es un conjunto formado por una sociedad dominante española y otra u otras dependientes (españolas o extranjeras).
Y dentro del grupo la sociedad dominante española es la sociedad que tiene o puede tener, directa o indirectamente, el control (o poder de dirigir las políticas financieras y de explotación, con la finalidad de obtener beneficios económicos de sus actividades). Se presume que existe control cuando la sociedad dominante dispone (vía propiedad, vía acuerdos con terceros) de la mayoría del capital, de votos o de miembros del órgano de administración de las dependientes o haya designado con sus votos a la mayoría de tales miembros que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores.
El modelo D4 deberá presentarse ante la DGCII en el plazo de siete meses a contar desde el cierre del ejercicio contable de la sociedad española o de la sucursal.
En aquellos casos en los que el cierre de ejercicio sea el 31 de diciembre, el plazo para presentar el modelo D4 finalizaría el 31 de julio de 2025.