Como todos los años, y para dar cumplimiento a la obligación formal para todas las personas jurídicas inscritas en el Registro Mercantil de publicitar sus resultados contables e información de relevancia sobre su funcionamiento y organización, se publican los modelos de cuentas anuales ordinarias (normal, abreviada y pyme) y consolidadas.
Desde la publicación de los anteriores modelos se han hecho precisas tres modificaciones en los modelos de cuentas anuales que a continuación se detallan:
Novedades
- Se elimina toda referencia al CNAE 2009, y mantiene el CNAE 2025, según lo dispuesto en el Real Decreto 10/2025 de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), válida a partir 1 de enero de 2025.
- Se adapta la disposición final décima de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen tres nuevos impuestos. En primer lugar, un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud. En segundo lugar, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Finalmente, un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Además de las mencionadas cargas fiscales, se modifican otras normas tributarias. Como consecuencia de lo expuesto, cada entidad deberá suministrar determinada información en la nota 12 de la memoria individual correspondiente a la situación fiscal.
- Se incluye en el modelo normal del informe público relativo al impuesto de sociedades, la presentación de información por países, una presentación exigida por la disposición final sexta de la
la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que en su apartado dos introduce una disposición adicional undécima a la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas (trasposición de la Directiva (UE) 2021/2101 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2021). Esta modificación implica también el añadido en la solicitud de presentación para que las empresas marquen en un box cuando reportan este informe.
De esta forma, las modificaciones que se incluyen en los nuevos modelos, en relación con los anteriores aprobados por la Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, según apartado afectado y tipo de modelo, son las siguientes:
- Cambios en todos los modelos (Normal, Abreviado y Pyme).
- Cambios en la hoja de identificación. Se elimina toda referencia al CNAE09 quedando únicamente el CNAE25.
- Cambios en el modelo normal.
- Cambios en la solicitud de presentación PR en el Registro Mercantil. Se incluye un box para indicar si la empresa presenta información relativa al impuesto de sociedades (presentación de información por países).
Incorporación del nuevo modelo relativo al impuesto de sociedades. Se incluye el modelo normalizado (IP) de la información relativa al impuesto de sociedades (presentación de información por países) a continuación de la información sobre titularidad real.
Cambios en la memoria. La nota 12 de la memoria individual correspondiente a la situación fiscal se modifica según lo establecido en la disposición final décima de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre.
- Cambios en los tests de errores. Se elimina de los test la referencia al código CNAE09.

