CONVOCADAS AYUDAS PARA EL DESARROLLO DEL DISEÑO INDUSTRIAL Y SU GESTIÓN

La subvención se enmarca en el Programa de Ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP).

Se convocan ayudas para posibilitar la introducción de la metodología y la actividad de diseño industrial en las empresas, favoreciendo la innovación de las empresas mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2024, en el marco del Programa de Ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP).

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las pymes o autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

Líneas de ayuda

 

Línea para empresas en consolidación

El objeto de esta línea de ayudas es la aplicación de metodologías de diseño ya desde una fase más temprana o inicial de la actividad empresarial para aquellas empresas de reciente creación.

Las empresas en consolidación podrán acceder a porcentajes superiores de subvención.

 

Línea para empresas consolidadas

Las ayudas se constituyen como un estímulo a la implantación de metodologías para la gestión del diseño de una manera más estable, en empresas ya consolidadas.

 

Línea para empresas de sectores maduros

El objeto de esta línea es acercar a las metodologías para la gestión del diseño en el ámbito del Producto a empresas de los sectores especificados en el artículo quinto. Así como el apoyo, solo en ese ámbito del producto, a la realización de herramientas de comunicación impresas o digitales basadas en el diseño externo como requisito imprescindible.

Así en los casos en los que se realice un proceso de diseño del producto el proyecto podrá ir acompañado del diseño por colaboradores externos homologados de herramientas impresas o digitales de comunicación, como catálogos o similar. Quedan excluidas las páginas web. La realización de estas herramientas no podrán ser el objeto único de la subvención, salvo que sean consecuencia de un proyecto de diseño de producto financiado en la convocatoria anterior.

En esta línea los diseñadores contratados específicamente en los sectores de confección y calzado podrán no ser del catálogo de colaboradores externos homologados, a que se hace referencia en el artículo tercero punto 3, si bien deberán estar en posesión de titulación específica en diseño y contar con experiencia en la materia. Y en la prestación de su servicio deberán atenerse a los procedimientos recogidos en esta Orden. Esta excepción no afectará al resto de sectores maduros, que deberán seleccionar diseñadores del catálogo, ni a la realización de las herramientas
impresas o digitales de comunicación en la que los diseñadores también deberán formar parte de ese catálogo de diseñadores homologados, en concreto de los incluidos en el ámbito del diseño de la identidad corporativa y la marca. Para la realización de estas herramientas solo los proveedores de fotografía y programación, en su caso, podrán no ser del catálogo de colaboradores homologados. Tampoco afectará a los colaboradores que realizan trabajos de análisis de empresa.

En el ámbito del diseño de Identidad y de servicios las empresas de estos sectores concurrirán en las mismas condiciones que las de cualquier otro sector, y no habrá lugar a la realización de las citadas herramientas de comunicación.

 

Cuantía

 

La ayuda se concreta en forma de subvención sobre los honorarios de colaboradores externos homologados de servicios de consultoría y de servicios de diseño, ayuda que es destinada por tanto a facilitar el acceso a la contratación de estos servicios.

En el caso de la línea de empresas de sectores maduros, la subvención podrá destinarse también a sufragar además de los gastos externos del diseño de las herramientas impresas o digitales de comunicación, los derivados de la fotografía y la maquetación, y programación -en el caso de las digitales- necesarios para obtenerlas. Y solo se podrá alcanzar el importe máximo establecido, si además de los procesos de diseño se realizan estas herramientas de comunicación. En caso contrario se descontará de la cuantía de la subvención el importe establecido para la realización de estas herramientas.

 

Plazo

 

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 8 de mayo de 2024.

Orden completa

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Todas las referencias terminológicas de género que se mencionan a lo largo de las publicaciones, se considerarán alusivas al masculino y femenino indistintamente.

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