El Real Decreto 846/2026, de 21 de octubre, modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos durante el trabajo, y el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
Real Decreto 846/2026, de 21 de octubre
El Real Decreto 846/2026, de 21 de octubre, es una normativa española publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 263 el 23 de octubre de 2026. Su objetivo principal es reforzar la seguridad laboral frente a sustancias peligrosas mediante la modificación de dos reglamentos clave en materia de prevención de riesgos laborales.
El texto modifica los Reales Decretos 665/1997 (agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos) y 374/2001 (agentes químicos).
Entre sus principales novedades destacan:
- Actualización de límites: Restringe los valores de exposición ambiental para compuestos como la acrilamida, 2-nitropropano y o-toluidina.
- Diisocianatos: Añade una disposición transitoria en el RD 374/2001 vigente hasta el 31 de diciembre de 2028, estableciendo límites específicos de exposición diaria (10 μg NCO/m³) y de corta duración (20 μg NCO/m³).
Real Decreto 847/2026, de 21 de octubre
el Real Decreto 847/2026, de 21 de octubre, establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
Esta norma, publicada de manera oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del viernes 23 de octubre de 2026, tiene como objetivo fundamental el reforzar la protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la inhalación de fibras de amianto en el entorno laboral.
En caso de existir la obligación de coordinar o ejecutar actividades afectadas por esta regulación, los pasos esenciales para cumplir con la nueva normativa son:
- Identificación previa: Determinar con exactitud la presencia de amianto en las estructuras o materiales antes de iniciar cualquier labor de mantenimiento, reparación o demolición.
- Elaboración del plan de trabajo: Redactar y presentar un plan detallado ante la autoridad laboral competente que describa el método de retirada, las medidas preventivas y el destino de los residuos.
- Equipos de protección y confinamiento: Suministrar los equipos de protección individual (EPI) adecuados e implementar sistemas de confinamiento dinámico y descontaminación para evitar la dispersión de fibras.
- Vigilancia de la salud: Someter a los trabajadores expuestos a los protocolos médicos específicos de control respiratorio vigentes.
Así, la norma detalla entre otras materias:
- Los nuevos límites de exposición permisibles (VLA-ED).
- Las obligaciones específicas para las empresas de desamiantado.
- El régimen sancionador.
- Plazos de adaptación de la norma.

