Confemetal presenta el libro de referencia para la negociación colectiva de la industria del metal

Los convenios de la industria del metal recogen subidas salariales del 3,12% y establecen la jornada laboral en 38,3 horas semanales.

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (Confemetal) presenta ‘La Negociación Colectiva en la Industria del Metal 2024’, el libro de referencia para los interlocutores sociales del sector. Como cada año, el Servicio de Relaciones Laborales publica este estudio comparado de los convenios colectivos provinciales de la Industria y de los Servicios del Metal.

En 2024, el incremento medio salarial pactado en los convenios provinciales se situó en el 3,12%, resultado de la ponderación entre los convenios de nueva firma y los revisados. Esta cifra está en línea con las recomendaciones del V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC). La variación salarial de la industria del metal supera ligeramente al incremento experimentado en el conjunto de los sectores económicos, que fue del 3,06%.

Los convenios colectivos permiten adaptar la jornada laboral a las necesidades productivas y las particularidades del mercado laboral sin necesidad de una ley que lo impulse. La evolución del tiempo de trabajo demuestra que los acuerdos colectivos ajustan paulatinamente la jornada conforme la productividad lo permite.

Así, la jornada media pactada por los convenios provinciales de la industria del metal se estableció en 2024 en 1.749,09 horas anuales, el equivalente a 38,31 horas semanales, tras una ligera reducción de 0,84 horas respecto al año previo.

Las cláusulas de revisión o de garantía salarial permiten que las condiciones económicas pactadas para alguno o para todos los años de vigencia del convenio no sufran pérdida de poder adquisitivo, en el caso de que el Índice de Precios al Consumo (IPC) sea mayor al incremento salarial pactado.

43 convenios provinciales incorporaron cláusulas de revisión salarial en 2024. De ellos, 30 incluyeron revisiones limitadas a un porcentaje máximo, mientras que 11 recogieron la fórmula clásica de garantía salarial, vinculada a la diferencia entre el incremento pactado y la tasa interanual del IPC.

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