Categoría: PRL

  • A partir del 1 de enero de 2026 todos los vehículos deberán llevar la V16

    A partir del 1 de enero de 2026 todos los vehículos deberán llevar la V16

    A partir del 1 de enero de 2026, todos los conductores de España tendrán que llevar obligatoriamente la baliza luminosa V16, que está llamado a reemplazar a los tradicionales triángulos de preseñalización de peligro.

    Se trata de una pequeña baliza de color amarillo que está dotada de conectividad y es capaz de emitir una luz 360º de alta intensidad de forma intermitente y continua al menos durante 30 minutos. Incorpora una pila o batería con una vida útil de un mínimo de 18 meses, al margen de si esta es o no recargable.

    ¿Dónde debe llevarse?

    Deberemos llevarla en la guantera de nuestro vehículo, accesible y cargada, y, en caso de avería o accidente, podremos activarla en cuestión de segundos.

    ¿Dónde debe colocarse en caso de accidente?

    En la parte más alta posible del vehículo inmovilizado y, en todo caso, garantizado su máxima visibilidad. Las especificaciones sobre su diseño exigen que se pueda mantener estable sobre una superficie plana; pero, si por la altura no es posible acceder al techo del vehículo, el dispositivo V16 deberá estar dotado de algún medio, como un imán, que le permita ser colocado en la puerta del conductor.

    En ese momento, además de emitir la señal luminosa de advertencia, se conectará a la plataforma DGT 3.0 para transmitir su ubicación en tiempo real y avisar a otros usuarios de la vía de la situación.

    ¿Cualquier dispositivo es válido?

    No. Únicamente las marcas y modelos publicados en el apartado Marcas y modelos certificados son los que han superado el proceso de certificación en los laboratorios designados y, por lo tanto, cumplen con lo dispuesto en el ANEXO XI “SEÑALES EN LOS VEHÍCULOS” del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

  • Convocadas ayudas para acciones en materia de bienestar laboral

    Convocadas ayudas para acciones en materia de bienestar laboral

    El Gobierno de Aragón convoca subvenciones para la promoción de acciones que contribuyan a la mejora de las condiciones de salud y el bienestar laboral de las personas trabajadoras de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    El objetivo de estos incentivos consiste en promover e impulsar la cultura de la prevención de riesgos laborales en el tejido empresarial, a través de acciones que pretendan mejorar la salud y el bienestar laboral de las personas trabajadoras colaborando así con un entorno laboral más sano y seguro.

    ¿Quién puede solicitar las ayudas?

    Puede presentarse aquellas empresas o entidades que tengan su actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón, y realicen los gastos y actividades objeto de la subvención en centros de trabajo y para personas trabajadoras dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Acciones subvencionables

    Se entenderá que contribuyen al bienestar laboral, entre otras, las siguientes acciones:

    Servicios de dietética y nutrición:

    La realización de programas o actividades para mejorar o adaptar la alimentación o la nutrición en los entornos de trabajo mediante la realización de acciones formativas, informativas y de asesoramiento sobre pautas de alimentación/nutrición saludable en función de los requerimientos psicofísicos de la actividad laboral individual o colectiva.

    Caben también otras acciones destinadas a favorecer hábitos de alimentación saludables: comedores con menú saludable, días de comida saludable, programas dirigidos a reducción de peso…

    Servicios de fisioterapia:

    La realización de programas o actividades para la prevención de trastornos músculo esqueléticos o la rehabilitación de patologías cardiovasculares, ambos de origen laboral, posibilitando el acceso a los servicios de fisioterapia individualizados o colectivos, disponibles en los centros de trabajo o mediante la contratación de profesionales cualificados o clínicas autorizadas, o bien mediante la habilitación de espacios cardiosaludables.

    Servicios de terapia ocupacional:

    La realización de programas o protocolos de adaptación al puesto de trabajo asociados a la reincorporación, individual o colectiva, a la actividad laboral tras un periodo de baja prolongado, para favorecer la reinserción laboral.

    Servicios de psicología del trabajo y las organizaciones:

    La realización de programas o actividades de asesoramiento, apoyo y rehabilitación psicológica que potencien la mejora de la salud mental y el bienestar emocional de las personas trabajadoras.

    Servicios de actividad física:

    La realización de programas o actividades para mejorar o mantener la aptitud física necesaria para el desarrollo profesional mediante la realización de planes deportivos, individuales o colectivos, para el mantenimiento o mejora de las capacidades psicofísicas.

    Actividades y programas dirigidos a la prevención y control de adicciones.

    Adecuación de espacios y servicios:

    Facilitar la conciliación de la vida social y familiar de los y las trabajadoras de la empresa adecuando espacios como salas de lactancia o servicio de guardería.

    Programas para favorecer el autoconocimiento y la gestión emocional de los trabajadores y trabajadoras con objeto de aumentar su resiliencia en la percepción y afrontamiento en situaciones de riesgo derivadas del trabajo.

    Cuantía

    El importe de la subvención será de hasta un 50% del gasto subvencionable
    (IVA excluido), sin que en ningún caso la cuantía de la misma supere la cantidad de 10.000 euros por beneficiaria y año.

    La subvención será de hasta un 70%, con la limitación anterior, en los siguientes supuestos:

    1. Cuando la empresa haya adoptado una de las siguientes medidas:
      • Aprobación de un plan de igualdad entre mujeres y hombres, cuando no esté obligada legalmente a tenerlo.
      • Aprobación de medidas para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, cuando no esté obligada a tener un Plan de Igualdad.
    2. Cuando la beneficiaria forme parte de la Red aragonesa de empresas
      saludables.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 5 de noviembre de 2025.

  • Jornada: “Riesgos relacionados con trabajos en cubiertas”

    Jornada: “Riesgos relacionados con trabajos en cubiertas”

    Según datos del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, cada 7 días un trabajador sufre un accidente grave o mortal al caerse desde el tejado o cubierta en la que estaba trabajando.

    Por ello, CEPYME Aragón, con la financiación del Gobierno de Aragón, organiza el próximo 8 de octubre la Jornada Riesgos relacionados con trabajos en cubiertas.

    8 octubre 2025

    9.30h

    CEPYME Aragón

    Plaza Roma f-1 oficinas, 2ª planta

    Esta jornada, dirigida a empresas, personas trabajadoras y profesionales del sector, abordará los principales aspectos preventivos relacionados con este tipo de tareas tratando de  concienciar sobre la importancia de crear entornos seguros de cara a la reducción y eliminación de los accidentes en cubiertas, así como las consecuencias derivadas de los mismos.

  • Consigue el segundo cartel de la campaña de PRL de CEPYME Aragón #PrevieneProtegeCrece

    Consigue el segundo cartel de la campaña de PRL de CEPYME Aragón #PrevieneProtegeCrece

    El 28 de abril se conmemora el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), una iniciativa instaurada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2003.

    El objetivo de esta jornada es, por ende, promover la prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales en todo el mundo, fomentando una cultura de trabajo segura, saludable y digna, objetivo reforzado desde 2022 con la proclamación por la Conferencia Internacional del Trabajo del derecho a entornos de trabajo seguros y saludables.

    En su apuesta firme por la mejora continua de las condiciones laborales y la promoción de entornos de trabajo seguros, saludables y sostenibles, CEPYME Aragón puso en marcha la campaña de sensibilización en materia de prevención de riesgos laborales #PrevieneProtegeCrece, compuesta por diez carteles divulgativos que abordan de forma directa temáticas clave en materia de prevención.

    La temática del SEGUNDO CARTEL de esta campaña que ahora presentamos se centra en la conmemoración del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Con este cartel se pretende poner en valor la importancia de promover una cultura preventiva que garantice entornos laborales seguros y saludables para todas las personas trabajadoras.

  • CEPYME Aragón desarrolla una guía sobre prevención y seguridad vial en desplazamiento in itinere, en misión y en el interior de las empresas situadas en polígonos industriales

    CEPYME Aragón desarrolla una guía sobre prevención y seguridad vial en desplazamiento in itinere, en misión y en el interior de las empresas situadas en polígonos industriales

    CEPYME Aragón ha desarrollado durante 2024 diversas actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales en colaboración con el Gobierno de Aragón. Una de estas acciones ha consistido en la elaboración de la guía «Prevención y seguridad vial en desplazamiento in itinere, en misión y en el interior de las empresas situadas en polígonos industriales. Manual dirigido a empresas situadas en el Polígono industrial La puebla de Alfindén»

    La siniestralidad laboral relacionada con los accidentes laborales de tráfico y en particular con los accidentes in itinere ofrece unas cifras preocupantes en nuestra Comunidad Autónoma, así en 2023 se produjeron 2194 accidentes in itinere en Aragón de los cuales 7 fueron mortales. Del total de los accidentes mortales, 7 fueron accidentes in itinere y 9 más fueron accidentes de tráfico.

    Como hemos visto, los accidentes laborales de tráfico siguen teniendo un gran peso específico en el total de los accidentes mortales acaecidos por lo que se hace necesario seguir trabajando en la materia concienciando e informando a las empresas y realizando estudios que contribuyan a la reducción de la siniestralidad en entornos empresariales como son los polígonos industriales.

    El polígono La Puebla Alfindén es un polígono situado en el KM 335 de la NII que tiene una superficie de 1.027.325 metros cuadrados y acoge a casi 800 empresas de diferentes sectores, lo que genera un importante trasiego de vehículos a lo largo de todo el día. Por ello desde CEPYME Aragón consideramos interesante centrarnos en este polígono dado el alto nivel de desplazamientos que en él se generan para continuar con la serie de publicaciones sobre prevención de riesgos laborales in itinere, en misión y en el interior de las empresas situadas en polígonos industriales.

    Todo ello con el objeto de informar y concienciar en seguridad vial, en cualquier tipo de desplazamiento que se realice en el ámbito laboral, y contribuir a la disminución de la siniestralidad y la prevención de los accidentes de tráfico laborales.

    Solicita aquí

  • ¿CÓMO SE DEBE LLEVAR A CABO LA GESTIÓN DE LOS DESPLAZAMIENTOS EN MISIÓN E IN ITINERE?

    ¿CÓMO SE DEBE LLEVAR A CABO LA GESTIÓN DE LOS DESPLAZAMIENTOS EN MISIÓN E IN ITINERE?

    CEPYME Aragón, con la financiación del Gobierno de Aragón, organiza la Jornada “Seguridad Vial Laboral. Retos actuales y Futuros” que tendrá lugar el próximo día 31 de mayo a las 9:00 horas en su sede.

    Con esta jornada se pretende proporcionar información sobre como llevar a cabo una adecuada gestión de los desplazamientos tanto en misión como in itinere en el ámbito de la empresa. 

    Viernes, 31 de mayo.

    09:00 horas.

    Plaza Roma, F-1 oficinas 2ª Planta (CEPYME).

     

    Programa

     

    09:00 horas. Inauguración. Mª Jesús Lorente. Presidenta CEPYME Aragón.

    09:15 horas. Planes de movilidad y medidas preventivas en seguridad vial laboral. Mª Victoria Pérez. CEPYME Aragón.

    09:30 horas. Seguridad vial en el ámbito de la empresa. Eduardo Colell. Director Fundación Educatrafic.

    10:00 horas. Mesa redonda: Políticas públicas y buenas prácticas en prevención de accidentes laborales de tráfico.

    • Jesús Divassón. Director General de Trabajo del Gobierno de Aragón.
    • José Antonio Mérida. Jefe Provincial de Tráfico de Zaragoza.
    • Tte. Coronel José Luis Díaz. Jefe del Sector de Tráfico de la Guardia Civil de Aragón.
    • Tte. Coronel Carlos M Ciprés. Jefe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Subdelegación de Defensa en Zaragoza.
    • José Antonio Moliner. Presidente de TRADIME.

    11:15 horas. Ruegos y preguntas.

    Inscripción

  • SOLICITA LA INTEGRACIÓN A LA RED ARAGONESA DE EMPRESAS SALUDABLES

    SOLICITA LA INTEGRACIÓN A LA RED ARAGONESA DE EMPRESAS SALUDABLES

    La Red Aragonesa de Empresas Saludables (RAES) está constituida por empresas que han manifestado interés en implementar proyectos orientados a promover y facilitar a los trabajadores la adopción de modos de vida saludables en ambientes favorables a la salud. Asimismo, cabe destacar que la Red facilita a las organizaciones una infraestructura para el intercambio de información, la colaboración entre empresas, la innovación en promoción de salud y contribuye a visibilizar las acciones emprendidas por estas.

     

    Destinatarios

     

    Podrán solicitar la integración a esta red microempresas, pymes, grandes empresas o entidades públicas que cumplan los objetivos y criterios determinados, que hayan implementado un proyecto o proyectos de promoción de salud en su organización, estando dichos proyectos apoyados tanto por la dirección como por las personas trabajadoras y basados en una amplia participación de todos los integrantes de la empresa.

     

    ¿Que características deben cumplir los proyectos?

     

    • Estar orientados a la promoción de un estilo de vida saludable por parte de los integrantes de la empresa y a la creación de un entorno laboral favorecedor de las opciones saludables. Se valorará especialmente el carácter innovador y promotor de la participación de las personas trabajadoras en los proyectos.
    • Llevar como mínimo un año de funcionamiento, tener proyección de futuro, ser transferible a otras empresas y contemplar la perspectiva de género.
    • Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar que impulse el o los proyectos, que contará, entre sus miembros, con una persona con funciones de coordinación.
    • Contar con una programación temporalizada de actividades y un sistema de evaluación de los resultados.

     

    ¿Qué compromisos adquieren las empresas seleccionadas?

     

    Las empresas u organizaciones seleccionadas se comprometen a:

    • Permanecer en la Red un periodo mínimo de dos años.
    • Recibir asesoramiento individualizado y seguimiento por parte del equipo coordinador de la RAES y del personal técnico de la Dirección General competente en materia de Salud Pública y del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.
    • Participar en las actividades de formación e intercambio de experiencias que se organicen por la RAES.
    • Facilitar la información sobre los proyectos que se soliciten a efectos de seguimiento de los mismos.
    • Compartir las experiencias y, en su caso, los materiales que se elaboren en el proyecto con otras empresas de la Red.
    • Adaptarse a los criterios de calidad de los proyectos que se defnan en la RAES.
    • Cumplimentar y enviar la información periódica solicitada desde el Equipo Coordinador de la RAES.

     

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 21 de mayo de 2024.

    Resolución completa

  • ¿QUÉ MEDIDAS INCLUYE EL NUEVO REAL DECRETO SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO AL AIRE LIBRE Y EL CALOR?

    ¿QUÉ MEDIDAS INCLUYE EL NUEVO REAL DECRETO SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO AL AIRE LIBRE Y EL CALOR?

    El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adopta medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y de refuerzo de la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales frente a elevadas temperaturas, que entró en vigor a partir del 13 de mayo, modifica el Real Decreto 486/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, suprimiendo el apartado 5 de su Anexo III para regular las condiciones de trabajo al aire libre en una nueva Disposición Adicional Única, que establece medidas cuando se desarrolle trabajo al aire libre y en los lugares de trabajo que por la actividad desarrollada no puedan quedar cerrados:

    • Deberán tomarse medidas adecuadas para proteger a las personas trabajadoras contra riesgos relacionados con fenómenos meteorológicos adversos, entre ellos el calor.
    • Las medidas a adoptar derivaran de la evaluación de riesgos laborales, tomando en consideración tanto los fenómenos meteorológicos, como las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de a persona trabajadora.

     

    Si no puede garantizarse de otro modo la debida protección, las medidas incluirán la prohibición de trabajar en las horas del día en las que concurran los fenómenos meteorológicos adversos. Cuando la AEMET o, en su caso, el órgano autonómico, emita un aviso de fenómenos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas no garanticen la protección de las personas trabajadoras, será obligatorio adaptar las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada laboral prevista.

    Real Decreto completo

  • A PARTIR DEL 1 DE ABRIL LOS TRABAJADORES YA NO TENDRÁN QUE PRESENTAR EL PARTE DE BAJA A LA EMPRESA

    A PARTIR DEL 1 DE ABRIL LOS TRABAJADORES YA NO TENDRÁN QUE PRESENTAR EL PARTE DE BAJA A LA EMPRESA

    De acuerdo con el RD publicado el pasado mes de enero, la tramitación de las bajas (incapacidades temporales) inferiores a 365 días sufrirá, a partir de este 1 de abril, una modificación esencial: los trabajadores dejarán de estar obligados de presentar a su empresa los partes de baja, confirmación y alta.

    Es intención de la norma, por un lado, agilizar los trámites y, por otro, evitar al trabajador una tarea burocrática de la gestión de su propia baja, trámite que puede ser en ocasiones especialmente gravoso. Ahora, es la propia Seguridad Social la que proporcionará toda la información de manera telemática a la empresa.

     

    ¿Cómo se tramitarán las bajas a partir del 1 de abril?

     

    Hasta ahora, el médico entrega al trabajador el parte médico, la copia correspondiente de la baja, confirmación y alta. Después, el trabajador lo remite a la propia empresa para que esta lo cumplimente y remita a la entidad gestora.

    Con la norma antes referenciada, y a partir del 1 de abril, ahora será el Servicio Público de Salud, (o la mutua, o la empresa colaboradora) la que remitan los partes al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).  Será el INSS quien comunicará entonces a la empresa todos los datos necesarios de los partes emitidos por el médico.

    Recibida tal comunicación, la empresa tendrá la obligación de transmitir a través del denominado Sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) de forma inmediata y, como máximo, en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos requeridos para que el trabajador perciba la prestación correspondiente.

    Lo mismo para el supuesto de alta: Será la Seguridad Social la que lo se comunicará al Servicio Público de Salud o a la mutua y estos, a su vez, a la empresa.

    En resumen:

    • El médico expide la baja, confirmación y alta y entrega la copia al trabajador para su conocimiento
    • El Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remite los datos al INSS
    • El INSS comunica los datos necesarios sobre los partes de baja, confirmación y alta para que la empresa conozca la situación
    • Se transmiten los datos Sistema de Remisión Electrónica de Datos para el cálculo de la prestación
    • El INSS gestiona los partes médicos y los datos comunicados a la entidad que corresponda la gestión de la prestación
    • En el momento del alta, se comunicará al Servicio Público de Salud o mutua y lo comunicará a la empresa

     

    Especialidades en función de la duración

     

    • Bajas de duración inferior a 5 días naturales:

    El médico emite el parte de baja y de alta en el mismo documento donde se indica el día de alta y baja.

    Se puede solicitar la revisión del día de alta, tanto si se comprueba que ya está en condiciones de reincorporarse o si necesita extender la duración.

     

    • Bajas de entre 5 y 30 días naturales:

    El médico emite el parte de baja, indicando la fecha de la revisión médica prevista, que no podrá exceder en más de siete días naturales a la fecha de baja.

    En la revisión, se emite el parte de alta o el parte de confirmación.

    Después de este primer parte de confirmación, si fuese necesario emitir alguno más, no podrán emitirse con una diferencia de más de catorce días naturales entre sí.

     

    • Bajas de entre 31 y 60 días naturales:

    Similar al anterior supuesto, pero después del primer parte de confirmación, los sucesivos no podrán emitirse con una diferencia de más de 28 días naturales entre sí.

     

    • Bajas a partir de 61 días de baja estimada:

    La fecha de revisión prevista no podrá exceder de más de 14 días naturales a la fecha de baja.

    Después del primer parte de confirmación, los siguientes no podrán emitirse con una diferencia de más de 35 días naturales entre sí.

    Real Decreto completo

    Presentación resumen del INSS

    FAQs

  • JORNADA: NUEVOS CRITERIOS EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

    JORNADA: NUEVOS CRITERIOS EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

    Los accidentes de trabajo son una realidad que afecta a miles de trabajadores y trabajadoras cada año, con consecuencias graves para su salud, y su bienestar. Por eso, es importante conocer las normas que regulan la prevención de riesgos laborales, la responsabilidad empresarial y las vías de reclamación ante posibles incumplimientos o negligencias.

    Conscientes de la importancia de este tema para nuestras empresas, desde la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza hemos organizado con los mejores expertos en este tema la jornada el próximo 28 de marzo a las 12.30h en nuestra sede: Nuevos criterios en las actuaciones administrativas y judiciales de los accidentes de trabajo, en la que trataremos los siguientes temas:

    Los conceptos básicos de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

    • Los deberes y obligaciones de las empresas en materia de prevención de riesgos laborales.
    • Los criterios técnicos que aplica la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los accidentes de trabajo.
    • Las consecuencias jurídicas que puede tener un accidente de trabajo para la empresa principal o contratista.
    • Las acciones judiciales que puede emprender el trabajador o la trabajadora accidentada para reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
    • La importancia de una formación sólida en PRL.

    La ponencia principal será realizada por D. Angel Moreno Zapirain, asociado principal y co-responsable de la práctica de Derecho Laboral en el despacho de Garrigues Zaragoza, quien nos podrá resolver todas las dudas relativas a los nuevos criterios en la actuaciones administrativas y judiciales de los accidentes de trabajo.

    Programa

    12:30 Bienvenida FEMZ.

    12:35 Ponencia: “Nuevos criterios en la actuaciones administrativas y judiciales en los accidentes de trabajo”.  D. Ángel Moreno Zapirain.  Asociado principal Garriges Zaragoza.

    13:30 Ponencia: ““Con la seguridad no se juega: La importancia de una formación sólida en PRL”.  Jose Luis Moya Lapuerta.  Director Académico Integra Technology School.

    14:00 Networking picoteo.

    El aforo es limitado, así que no pierdas esta oportunidad de informarte y resolver tus dudas sobre un tema tan relevante para tu seguridad y tu futuro laboral.

    Inscripción

    PLAZAS AGOTADAS

    DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

    RESPONSABLE:
    FEMZ – FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DEL METAL DE ZARAGOZA.
    NIF: V50081033
    C/Santander 36, 2ª Pl. 50010 – Zaragoza 976768768
    femz@femz.es

    En nombre FEMZ tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado e informarles sobre el mismo y realizar, en su caso, la facturación. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación de servicio o comercial, o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en FEMZ estamos tratando sus datos personales, por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios.

    DERECHOS: Puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición mediante escrito en la dirección del responsable arriba referenciada, dirigida al Departamento Jurídico.

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