El próximo 8 de abril de 2026 arranca oficialmente la Campaña de la Renta 2025 que se prolongará hasta el 30 de junio.
La campaña correspondiente al IRPF del ejercicio 2025 llega con varias novedades que conviene tener presentes, tanto para personas trabajadoras como para autónomas y contribuyentes en general. Entre los cambios más destacados figura la nueva deducción vinculada al salario mínimo interprofesional, la continuidad de determinadas deducciones energéticas, la posibilidad de pagar por Bizum y la confirmación de que las personas que hayan cobrado prestación por desempleo no estarán obligadas a declarar solo por ese motivo en esta campaña.
Fechas clave de la Campaña de la Renta 2026
La Agencia Tributaria mantiene el calendario habitual por fases:
- La presentación por internet se abre el 8 de abril y estará disponible hasta el 30 de junio.
- La confección telefónica podrá solicitarse desde el 29 de abril y prestarse desde el 6 de mayo.
- La atención presencial en oficinas podrá solicitarse desde el 29 de mayo y se desarrollará entre el 1 y el 30 de junio.
Principales novedades
Nueva deducción para rentas vinculadas al SMI
Una de las principales novedades afecta a quienes percibieron el SMI en 2025, fijado en 16.576 euros anuales. Estas personas deberán presentar la declaración si quieren recuperar posibles retenciones soportadas en exceso. Además, se introduce una nueva deducción de hasta 340 euros para rendimientos del trabajo iguales al SMI, que se reduce gradualmente para rentas de hasta 18.276 euros anuales.
Las personas en desempleo no estarán obligadas por esta causa
Finalmente, no se aplicará en esta campaña la obligación general de declarar por el solo hecho de haber percibido prestación o subsidio por desempleo. Sí se mantienen, no obstante, las reglas generales: estarán obligadas a declarar quienes superen 22.000 euros de rendimientos del trabajo con un pagador, o 15.876 euros con dos o más pagadores en los términos previstos; también las personas dadas de alta como autónomas y las beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, incluidas las integrantes de la unidad de convivencia.
Novedades para determinados colectivos
En el ámbito de actividades económicas y otros rendimientos, esta campaña incluye ajustes para los rendimientos derivados de actividades artísticas y recuerda la subida del tipo aplicable al ahorro a partir de 300.000 euros, que pasa al 30%. Además, continúa la atención sobre el régimen de módulos de autónomos en un contexto de prórroga de umbrales.
Otras deducciones
La campaña incorpora o mantiene distintas medidas fiscales de interés. Entre ellas, las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, con porcentajes de hasta el 20%, 40% o 60% según el tipo de actuación, así como la deducción del 15% por adquisición de vehículo eléctrico o instalación de puntos de recarga realizada dentro de los plazos habilitados. También se recogen beneficios fiscales específicos para personas afectadas por la dana y por incendios, especialmente en la Comunitat Valenciana.
Nuevas formas de pago
Cuando la declaración resulte a ingresar, podrá abonarse mediante domiciliación, cargo en cuenta, NRC, tarjeta o transferencias instantáneas a través de plataformas seguras, entre ellas Bizum. También se mantiene la opción de fraccionar el pago en dos plazos: un 60% al presentar la declaración y el 40% restante posteriormente, si se opta por esta modalidad.
¿Tienes dudas sobre tu declaración?
AEAT cuenta con un ‘Asistente virtual de Renta’ que responde de forma personalizada a las consultas que realizan los usuarios y a las dudas más habituales de la campaña de la Renta.
Además, si necesitas más información podrás acceder al Informador de Renta que te permitirá seleccionar entre distintas opciones hasta llegar a la respuesta que buscas, o bien al chat atendido por especialistas de la Administración Digital Integral.
